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RESOLUCIÓN 4386 DE 2018

(diciembre 28)

Diario Oficial No. 50.872 de 19 de febrero 2019

MINISTERIO DE CULTURA

<No se efectúan las modificaciones que surgen de esta norma>

Por la cual se corrige la Resolución número 3205 del 29 de noviembre de 2016.

LA MINISTRA DE CULTURA,

en ejercicio de las facultades legales que le confiere el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 397 de 1997 (modificada por el artículo 7o de la Ley 1185 de 2008) y el Decreto 1080 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución 3205 del 29 de noviembre de 2016, se modifica la Resolución número 2401 del 6 de agosto de 2014 que modificó, adicionó y aclaró la Resolución 2432 del 24 de noviembre de 2009 mediante la cual se aprobó el Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) del Sector Antiguo de Popayán, declarado como bien de interés cultural del ámbito nacional;

Que en el artículo primero de la Resolución 3205 del 29 de noviembre de 2016, se incurrió en el yerro, de indicar, que para los niveles de conservación Tipo Arquitectónico y Conservación Contextual el Consejo Departamental de Patrimonio del Cauca debe remitir al Ministerio de Cultura, copia de las actas donde se emita autorización de la intervención de los sin muebles (sic);

Que en aplicación del artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que señala:

“Artículo 45. Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos, en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. (…)”;

Que dado lo anterior, y de manera oficiosa se hace necesario corregir la Resolución 3205 del 29 de noviembre de 2016 en el sentido, que el Consejo Departamental de Patrimonio del Cauca, debe remitir al Ministerio de Cultura copia de las actas donde se emita el concepto de la intervención de los inmuebles;

En mérito de lo expuesto;

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Corregir el artículo primero de la Resolución 3205 del 29 de noviembre de 2016 en el siguiente sentido:

“Artículo 4o. Niveles permitidos de intervención.

(…)

Nivel 2. Conservación de tipo arquitectónico. (...)

Las intervenciones en los inmuebles de Conservación del Tipo Arquitectónico requieren del concepto previo favorable por parte del Consejo Departamental de Patrimonio del Cauca, el cual debe remitir al Ministerio de Cultura copia de las actas donde se emita el concepto de la intervención de los inmuebles en esta categoría, (…)”.

“Artículo 4o. Niveles permitidos de intervención.

(…)

Nivel 3. Conservación contextual. (...)

Las intervenciones en los inmuebles de Conservación del Tipo contextual requieren del concepto previo favorable por parte del Consejo Departamental de Patrimonio del Cauca, el cual debe remitir al Ministerio de Cultura copia de las actas donde se emita el concepto de la intervención de los inmuebles en esta categoría, (....)”.

ARTÍCULO 2o. Que en los demás la Resolución 3205 del 29 de noviembre de 2016 sin modificación alguna.

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 28 de diciembre de 2018.

La Ministra de Cultura,

Carmen Inés Vásquez Camacho

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