RESOLUCIÓN 1086 DE 2010
(junio 1o)
Diario Oficial No. 47.735 de 9 de junio de 2010
MINISTERIO DE CULTURA
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 77 de la Resolución 1021 de 2016>
Por medio de la cual se modifica el artículo 6o de la Resolución 1708 del 25 de agosto de 2009.
LA MINISTRA DE CULTURA,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las atribuciones que le confiere las Leyes 397 de 1997, 489 de 1998 y los Decretos 358 de 2000 y el 352 de 2004 modificado por el Decreto 768 de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución número 1708 del 25 de agosto de 2009, se reglamentó el ejercicio de algunas funciones del Ministerio de Cultura relativas a la actividad cinematográfica;
Que en el artículo 6o de la Resolución 1708 de 2010, se conformó un Comité encargado de conceptuar a la Dirección de Cinematografía cuando esta considere que una obra audiovisual en estudio no puede ser reconocida como obra cinematográfica, por encontrarse en alguna de las características del artículo 5o de la misma resolución;
Que la Ministra y la Viceministra de Cultura requieren la modificación del Comité Excepcional de Análisis en el sentido de incluir en el mismo a la Directora de Artes del Ministerio de Cultura;
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 77 de la Resolución 1021 de 2016> Modificar la integración del Comité Excepcional de Análisis contemplado en el artículo 6o de la Resolución 1708 del 25 de agosto de 2009, el cual quedará así:
1. La Directora de Artes o su delegado.
2. El Director de Cinematografía o su delegado.
3. El Director de Comunicaciones o su delegado.
4. Un (1) Coordinador de Grupo de la Dirección de Cinematografía, quien actuará como Secretario(a) con voz pero sin voto.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 77 de la Resolución 1021 de 2016> Los demás artículos de la Resolución 1708 del 25 de agosto de 2009, continúan iguales.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 77 de la Resolución 1021 de 2016> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 1o de junio de 2010.
La Ministra de Cultura,
PAULA MARCELA MORENO ZAPATA.