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RESOLUCIÓN 817 DE 2008

(mayo 30)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE CULTURA

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 10 de la Resolución 2275 de 2013>

Por la cual se crea el Comité de Comunicaciones del Ministerio de Cultura

LA MINISTRA DE CULTURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial las que le confiere el numeral 17 del articulo 6o. del Decreto 1746 de 2003.

RESUELVE:

ARTICULO 1o. COMITÉ DE COMUNICACIONES.- <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 2275 de 2013> Crease el Comité de Comunicaciones del Ministerio de Cultura como instancia asesora del Despacho del Ministro (a) de Cultura, para trazar políticas y estrategias de las comunicaciones de la Entidad, de manera coherente, eficiente, transparente.

ARTICULO 2o. COMPOSICIÓN.- <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 2275 de 2013> El comité de Comunicaciones del Ministerio de Cultura, estará integrado por los siguientes funcionarios:

a) El Ministro (a) de Cultura o su delegado, quien lo presidirá.

b) El Director de Comunicaciones del Ministerio de Cultura.

c)El Coordinador del Grupo de Divulgación y Prensa del Ministerio de Cultura, quien actuará como secretario

d) El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación del Ministerio de Cultura.

e) Un representante de las Entidades Adscritas al Ministerio de Cultura

f) Un representante de las Unidades Administrativas Especiales del Ministerio de Cultura.

PARAGRAFO Podrán asistir como invitados los Directores o Coordinadores de Grupo del Ministerio de Cultura y los funcionarios que manifiesten interés en someter a consideración del comité, algún tema de comunicaciones de la dependencia a su cargo.

ARTICULO 3o. FUNCIONES.- <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 2275 de 2013> El Comité de Comunicaciones tendrá como funciones las siguientes:

a) Asesorar al Despacho del Ministro (a) de Cultura en la formulación de la política de las comunicaciones para todas las dependencias de la Entidad.

b) Formular políticas y estrategias para las comunicaciones e imagen corporativa del Ministerio de Cultura.

c) Determinar la pertinencia de las publicaciones frente a las prioridades del Ministerio de Cultura y escoger las propuestas más convenientes para la Entidad, en términos de calidad y costos.

d) Evaluar y aprobar el plan de medios del Ministerio de Cultura.

e) Evaluar y aprobar la selección de contenidos, títulos, artes, diagramación, logotipos y demás aspectos relacionados con la edición y producción de libros, folletos, revistas, catálogos y todo tipo de publicaciones en el Ministerio de Cultura.

f) Velar por el cumplimiento en la aplicación de las políticas establecidas para la entidad en materia de comunicaciones.

g) Fijar lincamientos sobre estrategias de distribución.

h) Evaluar y aprobar nuevos proyectos en matera de comunicaciones que presenten las Direcciones del Ministerio de Cultura.

i) Establecer con el apoyo de las diferentes Direcciones y demás dependencias del Ministerio de Cultura, los lincamientos mínimos básicos de aplicación general respecto del diseño, redacción, edición, diagramación, producción, impresión, divulgación, distribución y comercialización de todas las publicaciones de la Entidad y elaborar un cronograma que permita el seguimiento de todos y cada uno de los procesos de publicaciones.

j) Asesorar al Despacho del Ministro (a) y las demás dependencias del Ministerio en la redacción de prólogos y presentaciones de todas sus publicaciones y velar por que el lenguaje empleado en éstas guarde coherencia con los programas y políticas de la Entidad.

k) Fomentar la divulgación de las publicaciones del Ministerio de Cultura, a través de la participación en los diferentes eventos, ferias del libro, foros y congresos nacionales e internacionales.

l) Aprobar la participación en eventos tales como foros y eventos de interés para las publicaciones del Ministerio de Cultura y gestionar su participación en los mismos.

m) Aprobar la celebración de contratos y convenios de coedición y distribución, cuya finalidad sea promover el acceso y divulgación de las publicaciones del Ministerio de Cultura.

n) Emitir concepto respecto de los procesos de contratación en materia de publicaciones.

o) La demás que le sean asignadas por el Ministro (a) de Cultura.

ARTICULO 4o. REUNIONES.- <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 2275 de 2013> El Comité de Comunicaciones del Ministerio de Cultura será convocado de manera ordinaria por el Secretario del Comtie, cada dos (2) meses y de manera extraordinaria, cuando las circunstancias lo exijan y aprobará las actas de sus propias reuniones.

ARTICULO 5o. SECRETARIA DEL COMITÉ.- <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 2275 de 2013> Son funciones de la Secretaria del Comité de Comunicaciones del Ministerio de Cultura, las siguientes:

1. Preparar la información objeto de estudio de cada Comité y remitirla junto con las invitaciones a las sesiones para el conocimiento previo de los temas a tratar por parte de los funcionarios que lo integra.

2. Elaborar con el apoyo de las Direcciones y demás dependencias del Ministerio de Cultura las actas de seguimiento y verificación del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 3o. del presente acto administrativo.

3. Velar por la actualización permanente del inventario del material editado y publicado por el Ministerio de Cultura, así como de las donaciones de publicaciones que se hagan desde el Ministerio de Cultura.

4. Elaborar las actas de cada sesión del Comité.

ARTICULO 6o.- <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 2275 de 2013> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su comunicación y deroga las resoluciones 0627 de 2004 y 1519 de 2006.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

PAULA MARCELA MORENO ZAPATA

Ministro de Cultura

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