RESOLUCION 227 DE 2023
(mayo 24)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE CULTURA
Por medio de la cual se prorroga el proceso de convocatoria a los servidores del Ministerio de Cultura para que se inscriban como candidatos de los empleados ante el Comité de Convivencia Laboral 2023-2025 y se modifica parcialmente la Resolución DM No. 0207 del 5 de mayo de 2023.
EL MINISTRO (E) DE CULTURA
En ejercicio de sus facultades constitucionales legales y en especial las que le confiere la Ley 1010 de 2006, Resoluciones No. 652 y 1356 de 2012 proferidas por el Ministerio de Protección Social, y en especial las conferidas en la Resolución No. 1665 de 2012, modificada por la Resolución No. 1722 de 2012,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución DM No. 0207 del 5 de mayo de 2023 se convocó a los servidores y servidoras del Ministerio de Cultura, para que se inscriban como candidatos a representar a los empleados de la entidad ante el Comité de Convivencia Laboral para el período 2023-2025.
Que en el artículo tercero (3) de la referida Resolución se dispuso que el proceso de selección para ser elegido integrante del Comité de Convivencia Laboral comenzaba el 5 de mayo de 2023 a las ocho de la mañana (08:00 am) y finalizaba el 9 de mayo de 2023 a las cinco de la tarde (05:00 pm).
Que el parágrafo 2 del artículo 3 de la Resolución DM No. 207 de 2023, estableció que la lista de elegibles se conformará con mínimo cuatro (4) candidatos.
Que la Coordinadora del Grupo de Gestión Humana informó que durante los días del 5 de mayo de 2023 desde las ocho de la mañana (08:00 am) al 9 de mayo de 2023 a las cinco de la tarde (05:00), se postularon solo tres (3) servidores del Ministerio de Cultura como candidatos para representar a los empleados ante el Comité de Convivencia Laboral período 2023-2025.
Que el parágrafo tercero del artículo 3 ibidem, dispuso: “Si dentro del período dispuesto para el proceso de inscripción no se inscriben por lo menos cuatro (4) candidatos o los inscritos no acreditan los requisitos dispuestos en el artículo segundo (2) de la presente Resolución, el término de inscripción se prorrogará por un lapso igual, esto es, cuatro (4) días. Si pasado dicho período persiste la situación, la convocatoria se declarará desierta y se establecerá fecha para la nueva convocatoria mediante acto administrativo.”
Que en el artículo 4 de la referida Resolución, este despacho estableció que, cuando se haya inscrito un número mínimo de cuatro (4) candidatos, se declarará abierto el proceso de elecciones, teniendo en cuenta el siguiente
ACTIVIDAD | FECHA | |||
INICIO | HORA | FINAL | HORA | |
Divulgación de propuestas y campaña | 10-5-2023 | 8:00 a.m. | 12-5-2023 | 5:00 p.m. |
Publicación lista de sufragantes y designación de jurados | 12-5-2023 | 8:00 a.m. | 12-5-2023 | 5:00 p.m. |
Elecciones | 15-5-2023 | 8:00 a.m. | 15-5-2023 | 5:00 p.m. |
Publicación de resultados de elecciones | 16-5-2023 | 8:00 a.m. | 16-5-2023 | 5:00 p.m. |
Reclamaciones | 17-5-2023 | 8:00 a.m. | 17-5-2023 | 5:00 p.m. |
Acto administrativo de conformación del Comité de Convivencia Laboral 2023-2025 | 18-5-2023 | 8:00 a.m. | 18-5-2023 | 5:00 p.m. |
Que teniendo en cuenta lo expuesto, se hace necesario prorrogar por un término de 4 días, el proceso de inscripción para ser elegido integrante del Comité de Convivencia Laboral período 2023-2025 y en consecuencia modificar el cronograma del proceso de elecciones.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Prorrogar por un término de cuatro (4) días el proceso de inscripción para ser elegido integrante del Comité de Convivencia Laboral período 2023-2025. Este proceso se extiende del 26 de mayo de 2023 a las ocho de la mañana (8:00 a.m.) a Las cinco de la tarde (5:00 p.m.) del 31 de mayo de 2023.
ARTÍCULO 2. Modificar el artículo 4 de La Resolución DM No. 207 de 5 de mayo de 2023, el cual quedará así:
Artículo 4.-: Cuando se haya inscrito un número mínimo de cuatro (4) candidatos, dentro del término establecido en el artículo tercero del presente acto administrativo, se declarará abierto el proceso de elecciones, teniendo en cuenta el siguiente cronograma:
ACTIVIDAD | FECHA | |||
IINICIO | HORA | FINAL | HORA | |
Divulgación de propuestas y campaña | 2-6-2023 | 8:00 a.m. | 6-6-2023 | 5:00 p.m. |
Publicación lista de sufragantes y designación de jurados | 6-6-2023 | 8:00 a.m. | 6-6-2023 | 5:00 p.m. |
Elecciones | 7-6-2023 | 8:00 a.m. | 7-6-2023 | 5:00 p.m. |
Publicación de resultados de elecciones | 7-6-2023 | 8:00 a.m. | 7-6-2023 | 5:00 p.m. |
Reclamaciones | 8-6-2023 | 8:00 a.m. | 8-6-2023 | 5:00 p.m. |
Acto administrativo de conformación del Comité de Convivencia Laboral 2023-2025 | 9-6-2023 | 8:00 a.m. | 9-6-2023 | 5:00 p.m. |
ARTÍCULO 3. Modificar el artículo 5 de La Resolución DM No. 207 de 5 de mayo de 2023, el cual quedará así: „
Artículo 5.-: Elecciones. La jornada de votación se desarrollará desde las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y hasta las cinco de la tarde (5:00 p.m.) del día siete (7) de junio de 2023, de manera virtual, a través de la herramienta MICROSOFT- FORMS y en ella podrán participar todos los servidoras y servidores, en ejercicio de sus funciones del Ministerio de Cultura.
PARÁGRAFO 1.-: Para la elección se remitirá a los correos institucionales de los servidores y servidoras del Ministerio de Cultura un enlace a través del cual podrán efectuar la votación, en el que se verá reflejado el nombre y la foto de los candidatos. Este enlace se habilitará el día de las votaciones a la hora dispuesta en el presente artículo.
PARÁGRAFO 2.-: La votación será secreta, en ella se refleja la expresión libre, espontánea y auténtica de todos los servidores y servidoras del Ministerio de Cultura.
PARÁGRAFO 3.-: La herramienta MICROSOFT-FORMS garantiza que la votación sea secreta y que el sufragante solo pueda ingresar una vez a la plataforma para elegir al candidato de su preferencia.
ARTÍCULO 4. Las demás disposiciones contenidas en La Resolución DM No. 0207 del 5 de mayo de 2023, que no fueron modificadas, se mantienen vigentes.
ARTÍCULO 5. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los
JORGE IGNACIO ZORRO SANCHEZ
Ministro de Cultura