RESOLUCIÓN 11 DE 2006
(enero 5)
Diario Oficial No. 46.190 de 22 de febrero de 2006
MINISTERIO DE CULTURA
Por la cual se declara el Carnaval de Riosucio, que se realiza en el municipio de Riosucio, departamento de Caldas, como bien de interés cultural de carácter nacional.
LA MINISTRA DE CULTURA,
en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 8o de la Ley 397 de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que con el fin de salvaguardar el patrimonio cultural inmaterial de la Nación, la Secretaría de Cultura de Caldas y la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura, con la colaboración de expertos en los respectivos temas, elaboraron el estudio y documentos correspondientes para promover la declaratoria del Carnaval de Riosucio, que se realiza en el municipio de Riosucio, departamento de Caldas, como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional. Dicho estudio y documentos fueron presentados al Consejo de Monumentos Nacionales, a través de la Dirección de Patrimonio;
Que el artículo 8o de la Ley 397 de 1997 preceptúa que el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Cultura y previo concepto del Consejo de Monumentos Nacionales, es el responsable de la declaratoria y el manejo de los Monumentos Nacionales y de los Bienes de Interés Cultural de Carácter Nacional;
Que el Carnaval de Riosucio está declarado como Bien de Interés Cultural de Carácter departamental de conformidad con el Decreto número 00848 del 29 de septiembre de 2004 proferido por el señor Gobernador del Departamento de Caldas;
Que la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, Unesco, aprobó el 17 de octubre de 2003, la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial;
Que para armonizar las actuaciones del Estado colombiano con los principios y funciones previstos en la Convención, el Ministerio de Cultura, mediante Resolución número 0263 de 2004, creó el Comité de Patrimonio Cultural Inmaterial, como un comité asesor, encargado de orientar las políticas del Ministerio de Cultura en relación con el patrimonio cultural inmaterial, mediante la formulación de políticas para el acompañamiento en el proceso de diseño, puesta en marcha y seguimiento del plan de salvaguardia, así como de la coordinación de las acciones de las diferentes instancias asesoras y dependencias de la entidad y de sus establecimientos públicos adscritos, en torno a este tema;
Que mediante la Resolución número 0168 del 24 de febrero de 2005 se establecieron los criterios, competencias, requisitos y procedimientos para evaluar y declarar un bien inmaterial como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional y se dictaron otras disposiciones;
Que la Dirección de Patrimonio hace parte del Comité de Patrimonio Cultural Inmaterial;
Valoración
De acuerdo con los criterios contemplados en la Resolución número 0168 del 24 de febrero de 2005, “por la cual se establecen los criterios, competencias, requisitos y procedimientos para evaluar y declarar un bien inmaterial como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional y se dictan otras disposiciones, los valores considerados por la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura, para recomendar al Consejo de Monumentos Nacionales la emisión de concepto para la declaratoria del Carnaval de Riosucio, que se realiza en el municipio de Riosucio, departamento de Caldas, como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional, son:
Alta concentración de patrimonio cultural inmaterial
El Carnaval de Riosucio es un acto festivo, que se desarrolla en el espacio cultural conformado por las plazas de San Sebastián y La Candelaria que dan origen al área urbana del municipio de Riosucio. Sus expresiones son un cúmulo de las expresiones rituales, las ceremonias y las representaciones escénicas que soportan la identidad cultural de este grupo humano.
El Carnaval de Riosucio es la manifestación de la vida social y espiritual de un pueblo marcado por una larga historia de pugnas y disputas internas, que se unieron alrededor de una figura simbólica: el diablo. Esta figura les permitió cimentar las bases para una convivencia pacífica, compartir un solo espacio y crear diferentes formas de expresión popular representadas en literatura oral, danzas y cantos que se manifiestan tanto en los rituales, corno en las costumbres tradicionales de Riosucio. En este sentido, el Carnaval tiene valores históricos, artísticos, antropológicos, lingüísticos y literarios, lo cual le confiere la característica de tener una alta concentración de patrimonio cultural inmaterial.
La estructura del Carnaval permite la expresión de las diferentes manifestaciones culturales de la comunidad, que evidencian el origen triétnico de sus costumbres y resaltan la creatividad de los “hacedores de la fiesta”. De esta forma el Carnaval se constituye en un espacio integrador que al facilitar el intercambio cultural construye, reproduce e inventa la diversidad.
Arraigo en la tradición e historia de la comunidad
El Carnaval de Riosucio es una expresión cultural que cuenta con más de quinientos (500) años de historia. Desde su consolidación como carnaval, en 1911, ha sido la celebración más importante y tradicional que celebran los riosuceños.
Expresión cultural vigente e importante para la identidad cultural de la comunidad en cuestión
La celebración del Carnaval representa para los riosuceños el encuentro con sus raíces más profundas, reproduce los elementos que componen su espiritualidad y expresa los sentimientos que son el resultado del mestizaje cultural de sus gentes; recopilando así, todo el acervo cultural que ha consolidado su identidad a través del tiempo. Además, el Carnaval es la expresión del quehacer diario de sus gentes. El enjuiciamiento crítico del acontecer sociopolítico y cultural de la ciudad, del país y del mundo, es una constante en todos los actos que se desarrollan en la literatura “matachinesca”, generando procesos de reflexión que ayudan a enfrentar los problemas diarios y a proyectarse hacia el futuro.
Excelencia del saber hacer
El carnaval se soporta sobre una estructura tradicional cuyos componentes se desarrollan de forma coherente e interrelacionada. Está constituido bajo una institución sin ánimo de lucro, conformada por los hacedores de la fiesta y que propende por su permanencia en el tiempo, defiende la tradición, fomenta procesos educativos y rescata tradiciones que fortalezcen la identidad cultural riosuceña. Así mismo, se plantea que es posible desarrollar estrategias para afianzar el Carnaval desde una perspectiva económica, con el fin de mejorar la calidad de vida de las personas de la región a partir del uso sostenible de este patrimonio.
Testimonio único de una tradición cultural viva
La razón primordial del carnaval es la de ser un testimonio vivo y permanente de las tradiciones y saberes ancestrales que dignifica creencias y rituales mágico-religiosos manifestados en danzas, mitos, leyendas y costumbres, junto con los elementos que los componen (vestuario, instrumentos musicales, alimentos, etc.) que enaltece la memoria cultural de Riosucio.
Amenazas y riesgos de desaparición
Actualmente, el Carnaval tan sólo cuenta con la declaratoria departamental como Patrimonio Cultural, como único instrumento legal para su salvaguardia. La dependencia del Carnaval de los aportes de empresas no riosuceñas y ajenas al evento pone en peligro su independencia cultural y comporta el deterioro y desvirtualización de su esencia. La influencia de culturas foráneas y no tradicionales influye en el detrimento de la participación activa de la juventud en la celebración del carnaval.
La situación de violencia que vive el país que conlleva al desplazamiento forzado de algunas comunidades indígenas de la zona pone en riesgo la permanencia de saberes y costumbres ancestrales que son el soporte de muchas expresiones culturales y tradicionales.
En este sentido, el Plan de Acción debe implementar medidas para fortalecer a las comunidades indígenas del área rural del municipio de Riosucio.
Que los Decretos 3048 de 1997 y 1746 de 2003 determinaron que el ejercicio de la Secretaría Técnica y Administrativa del Consejo de Monumentos Nacionales corresponde a la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura;
Que dentro de las funciones asignadas por el Decreto 3048 de 1997 a la Secretaría Técnica del Consejo de Monumentos Nacionales, está la de presentar a dicho Consejo los informes, estudios y demás documentos que se requieran;
Que para dar cumplimiento al artículo 8o de la Ley 397 de 1997, la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura, previo concepto de la Secretaría Técnica del Centro Filial de Caldas, presentó a consideración del Consejo de Monumentos Nacionales la solicitud de declaratoria del Carnaval de Riosucio, que se realiza en el Municipio de Riosucio, Departamento de Caldas, como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional, según consta. en el Acta número 003 del 4 de marzo de 2005;
Que el Consejo de Monumentos Nacionales recomendó ampliar la información sobre la elaboración de un plan de acción, revitalización, salvaguarda y protección del carnaval;
Que con el propósito de atender la recomendación efectuada por el Consejo de Monumentos Nacionales, la Corporación Carnaval de Riosucio, en lo referente al complemento de la información enviada por la Secretaría de Cultura de Caldas, elaboró un esbozo de su Plan de Acción 2005-2007; el cual, según consta en el Acta número 011 del 2 de diciembre de 2005, fue presentado a consideración del Consejo de Monumentos Nacionales, como requisito indispensable para continuar con el trámite de su reconocimiento;
Que el Consejo de Monumentos N acionales acogió dicho plan y, al verificar que el Carnaval de Riosucio posee los valores enunciados anteriormente, decidió recomendar a la señora Ministra de Cultura su declaratoria de acuerdo con la solicitud;
Que en consecuencia y con base en las facultades otorgadas por el artículo 8o de la Ley 397 de 1997 y el Decreto 1746 de 2003, corresponde al Ministro de Cultura expedir el acto administrativo que declara el Carnaval de Riosucio, que se realiza en el municipio de Riosucio, departamento de Caldas, como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional;
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Declarar el Carnaval de Riosucio, que se realiza en el municipio de Riosucio, departamento de Caldas, como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional.
ARTÍCULO 2o. Solicitar a las autoridades competentes implementar, en un plazo de seis (6) meses, una propuesta del plan de protección, acción, revitalización, salvaguarda y promoción. El Ministerio de Cultura, a través de la Dirección de Patrimonio, Grupo de Patrimonio Inmaterial y el Instituto Colombiano de Antropología e Historia, Icanh, brindará toda la asesoría que sea necesaria y acompañará a los actores locales durante el proceso de elaboración del plan.
ARTÍCULO 3o. El plan de protección, acción, revitalización, salvaguarda y promoción referido en el artículo 2o de la presente resolución debe contar con la aprobación por parte del Ministerio de Cultura.
ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 5 de enero de 2006.
La Ministra de Cultura,
MARÍA CONSUELO ARAÚJO CASTRO.