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RESOLUCIÓN 1793 DE 2000

(diciembre 15)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE CULTURA

Por la cual se declara como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional la Catedral de San Juan de Pasto, localizada en el Centro Histórico, esquina de la calle 17 con carrera 26, frente a la Plazoleta de San Francisco en la ciudad de Pasto, Nariño

LA MINISTRA DE CULTURA

En uso de las facultades legales que le confiere el artículo 8 de la Ley 397 de 1997 y.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 8 de la Ley 397 de 1.997 preceptúa que el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Cultura y previo concepto del Consejo de Monumentos Nacionales es el responsable de la declaratoria y el manejo de los monumentos nacionales y de los bienes de interés cultural de carácter nacional.

Que los Decretos 3048 de 1997 y 1126 de 1999 determinaron que el ejercicio de la Secretaría Técnica y Administrativa del Consejo de Monumentos Nacionales corresponde a la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura.

Que dentro de las funciones asignadas por el Decreto 3048 de 1997 a la Secretaría Técnica del Consejo de Monumentos Nacionales está la de presentar a dicho Consejo los informes, estudios y demás documentos que se requiera.

Que el numeral 10 del artículo 13 del Decreto 1126 de 1999 establece que corresponde a la Dirección de Patrimonio estudiar y evaluar las propuestas de declaratorias de obras arquitectónicas y escultóricas como Bienes de Interés Cultural, para la consideración del Consejo de Monumentos Nacionales y del Ministerio de Cultura.

Que la Dirección de Patrimonio, según Decreto 1126 de 1999 cuenta con funciones entre otras la de asesorar al Ministerio de Cultura en el diseño de propuestas para la defensa, conservación y estudio del patrimonio mueble e inmueble y es encargada de diseñar, coordinar, elaborar, dirigir y ejecutar los proyectos y programas relacionados con la valoración, protección, conservación, restauración y atención de emergencia en los Monumentos Nacionales, conforme a las políticas del Ministerio.

Que la Diócesis de Pasto y la Sociedad Colombiana de Arquitectos Seccional Nariño presentaron ante la Dirección de Patrimonio la solicitud de declaratoria como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional de la Catedral de San Juan de Pasto ubicada en el Centro Histórico, esquina de la calle 17 con carrera 26, frente a la Plazoleta de San Francisco en la ciudad de Pasto, Nariño.

Que la Dirección de Patrimonio, decidió recomendar al Consejo de Monumentos Nacionales la emisión de concepto para la declaratoria como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional de la Catedral de San Juan de Pasto, después de adelantar los estudios del caso y determinar los siguientes valores:

Valores de Autenticidad y Originalidad

El manejo formal y estético proporcionado a la Catedral de San Juan de Pasto sumado al lenguaje ornamental interno, le dan a éste inmueble valores indudables de autenticidad, por cuanto se han mantenido en excelente estado desde el momento de su concepción.

La utilización del ladrillo en la Catedral refleja la gran calidad técnica usada para elaborar detalles de fachada, sólo comparada con la Catedral de Villanueva en Medellín, en donde el material genera características especiales a nivel estético dentro del estilo Neoclásico. Esto se constituye como valor de originalidad teniendo en cuenta que son muy pocos los ejemplos existentes en Colombia de este tipo de edificaciones.

Valores Formales y Estéticos

Dentro del conjunto de valores que posee la Catedral, están específicamente la organización planimétrica de la planta, de origen latino que describe claramente las tres naves: la central de medio cañón y el crucero o nave transversal. Adicionalmente, la nave colateral y las capillas laterales evocan características importantes de los templos Románicos.

El uso de columnas adosadas, cornisas, frontones tanto circulares como triangulares y dentículos entre otros elementos de orden clásico, conforman el conjunto de fachada. En su interior, se retoman ordenes clásicos como el jónico y el corintio, reflejados en la totalidad de la ornamentación.

Representatividad Histórica y Cultural

La representatividad histórica del templo radica en el hecho de haber surgido gracias a la necesidad de los habitantes de la ciudad de Pasto por tener un espacio para su alivio espiritual en épocas en donde la guerra civil azotaba el territorio, siendo ellos mismos los que ayudaron a su construcción. Paradójicamente, la construcción de la Catedral fue adicionalmente símbolo de desarrollo, debido a que buscando el recaudo de fondos para sustentar la construcción del templo, se importó la dinamo y demás elementos de una planta eléctrica, que sería la encargada de brindar energía a la ciudad por primera vez.

Dentro del ámbito religioso de Pasto, la Catedral está dentro del conjunto de iglesias que la convierten a la ciudad en la capital teológica de Colombia. Lo anterior, sumado a los hechos que rodearon su construcción, tanto en lo económico como en lo social, la constituyen de gran importancia para la comunidad.

Que para dar cumplimiento al artículo 8 de la Ley 397 de 1997, la Dirección de Patrimonio presentó a consideración del Consejo de Monumentos Nacionales el estudio de solicitud de declaratoria como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional de la Catedral de San Juan de Pasto, localizada en el Centro Histórico, esquina de la calle 17 con carrera 26, frente a la Plazoleta de San Francisco en la ciudad de Pasto, Nariño, según consta en Acta No. 04 del 12 de junio de 2000 y al verificar que posee valores de autenticidad y originalidad, formales y estéticos y representatividad histórica y cultural, decidió emitir concepto favorable y recomendar al señor Ministro de Cultura su declaratoria de acuerdo a la solicitud.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1.- Declarar como Bien de Interés Cultura de Carácter Nacional la CATEDRAL DE SAN JUAN DE PASTO, localizada en el Centro Histórico, esquina de la calle 17 con carrera 26, frente a la Plazoleta de San Francisco en la ciudad de Pasto, Nariño.

ARTÍCULO 2.- En aplicación a lo dispuesto por la Ley 397 de 1.997, todas las construcciones, refacciones, remodelaciones y obras de defensa y conservación que deban efectuarse en la CATEDRAL DE SAN JUAN DE PASTO, localizada en el Centro Histórico, esquina de la calle 17 con carrera 26, frente a la Plazoleta de San Francisco en la ciudad de Pasto, Nariño, deberán contar con la autorización por parte del Ministerio de Cultura.

ARTÍCULO 3.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE Bogotá D.C.,

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

CONSUELO ARAUJO NOGUERA

Ministra de Cultura

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