RESOLUCIÓN 1792 DE 2000
(diciembre 15)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE CULTURA
Por la cual se declara como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional la Antigua Ermita y la Iglesia de Jesús Nazareno, localizadas en la carrera 52 No. 61-30 (Calle Moore entre la carrera Carabobo y la Avenida Juan del Corral) de la ciudad de Medellín - Antioquia
LA MINISTRA DE CULTURA
En uso de las facultades legales que le confiere el artículo 8 de la Ley 397 de 1997 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 8 de la Ley 397 de 1.997 preceptúa que el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Cultura y previo concepto del Consejo de Monumentos Nacionales es el responsable de la declaratoria y el manejo de los monumentos nacionales y de los bienes de interés cultural de carácter nacional.
Que los Decretos 3048 de 1997 y 1126 de 1999 determinaron que el ejercicio de la Secretaría Técnica y Administrativa del Consejo de Monumentos Nacionales corresponde a la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura.
Que dentro de las funciones asignadas por el Decreto 3048 de 1997 a la Secretaría Técnica del Consejo de Monumentos Nacionales está la de presentar a dicho Consejo los informes, estudios y demás documentos que se requiera.
Que el numeral 10 del artículo 13 del Decreto 1126 de 1999 establece que corresponde a la Dirección de Patrimonio estudiar y evaluar las propuestas de declaratorias de obras arquitectónicas y escultóricas como Bienes de Interés Cultural, para la consideración del Consejo de Monumentos Nacionales y del Ministerio de Cultura.
Que la Dirección de Patrimonio, según Decreto 1126 de 1999 cuenta con funciones entre otras la de asesorar al Ministerio de Cultura en el diseño de propuestas para la defensa, conservación y estudio del patrimonio mueble e inmueble y es encargada de diseñar, coordinar, elaborar, dirigir y ejecutar los proyectos y programas relacionados con la valoración, protección, conservación, restauración y atención de emergencia en los Monumentos Nacionales, conforme a las políticas del Ministerio.
Que la Parroquia de Jesús Nazareno presentó ante la Dirección de Patrimonio la solicitud de declaratoria como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional de la Antigua Ermita y la Iglesia de Jesús Nazareno, localizadas en la carrera 52 No. 61-30 (Calle Moore entre la carrera Carabobo y la Avenida Juan del Corral) de la ciudad de Medellín - Antioquia.
Que la Dirección de Patrimonio, decidió recomendar al Consejo de Monumentos Nacionales la emisión de concepto para la declaratoria como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional de la Antigua Ermita y la Iglesia de Jesús Nazareno, después de adelantar los estudios del caso y determinar los siguientes valores:
Valores de Autenticidad y Originalidad
El lenguaje estético utilizado en la iglesia se mantiene sin ninguna modificación desde el momento en que finalizó su construcción. Esto, sumado al manejo interior con respecto a la cripta y su relación con el templo, le proporcionan a este inmueble valores importantes de autenticidad.
Tanto Vicente Galicia como Luis Llach, son reconocidos por haber desarrollado varias obras y proyectos arquitectónicos en Colombia. El primero desarrolló las bases y cimientos de la Iglesia de Nuestra Señora de Chiquinquirá. El segundo es reconocido por sus inmuebles de lenguaje republicano construidos en Quibdó. Por esta razón y habiendo sido los encargados de la elaboración del proyecto de la Iglesia de Jesús Nazareno, sus valores de originalidad cobran vigencia.
Valores Formales y Estéticos
La iglesia diseñada por Vicente Galicia, está ubicada en sentido oriente occidente accediendo a ella por la avenida Juan del Corral. Sus dimensiones son: 56 m. de largo por 17 m. de ancho y 20 m. en el crucero; consta de tres naves compuestas por pilastras y arcadas. La cúpula de forma octogonal tiene 35 m. y remata en una custodia sobre la linterna a 50 m. de altura
Técnicamente el templo está construido sobre la cripta lo que implica contar con escalinatas y dos rampas laterales. La cripta consta de tres naves divididas por pilastras rematadas en capiteles; las columnas sostienen la plancha del templo. En el interior de la cripta están los osarios de la iglesia. Ésta maneja un lenguaje ecléctico, con elementos románicos, clásicos y góticos en la fachada. En su interior, se destacan los siguientes bienes muebles:
1. La imagen de Jesús Nazareno traída desde Italia y fabricada en madera la cual fue trasladada desde la Iglesia de la Veracruz.
2. Cuatro lienzos localizados en el altar mayor, realizados por el español José Claros.
3. Los dos altares en madera traídos desde Pasto que hacen alusión a la vida de Antonio María Claret y el otro con los pasos del vía crucis.
Representatividad Histórica y Cultural
La Iglesia Jesús de Nazareno históricamente tiene gran significación al ser originada en una ermita en las afueras de la ciudad y haber crecido con la comunidad hasta el momento en que fue embebida dentro del casco urbano.
La representatividad cultural de la iglesia radica en que pertenece tanto a la tradición religiosa como a la memoria colectiva de los habitantes.
Que para dar cumplimiento al artículo 8 de la Ley 397 de 1997, la Dirección de Patrimonio presentó a consideración del Consejo de Monumentos Nacionales el estudio de solicitud de declaratoria como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional de la Antigua Ermita y de la Iglesia de Jesús Nazareno, localizadas en la carrera 52 No. 61-30 (Calle Moore entre la carrera Carabobo y la Avenida Juan del Corral) de la ciudad de Medellin - Antioquia, según consta en Acta No. 04 del 12 de junio de 2000 y al verificar que posee valores de autenticidad y originalidad, formales y estéticos y representatividad histórica y cultural, decidió emitir concepto favorable y recomendar al señor Ministro de Cultura su declaratoria de acuerdo a la solicitud
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Declarar como Bien de Interés Cultura de Carácter Nacional la ANTIGUA ERMITA Y LA IGLESIA DE JESÚS NAZARENO, localizadas en la carrera 52 No. 61-30 (Calle Moore entre la carrera Carabobo y la Avenida Juan del Corral) de la ciudad de Medellin - Antioquia.
ARTÍCULO 2.- En aplicación a lo dispuesto por la Ley 397 de 1.997, todas las construcciones, refacciones, remodelaciones, y obras de defensa y conservación que deban efectuarse en la ANTIGUA ERMITA Y LA IGLESIA DE JESÚS NAZARENO, localizadas en la carrera 52 No. 61-30 (Calle Moore entre la carrera Carabobo y la Avenida Juan del Corral) de la ciudad de Medellin - Antioquia, deberán contar con la autorización por parte del Ministerio de Cultura.
ARTÍCULO 3.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE Bogotá D.C.,
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
CONSUELO ARAUJO NOGUERA
Ministra de Cultura