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RESOLUCIÓN 1791 DE 2000

(diciembre 15)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE CULTURA

Por la cual se declara como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional la Iglesia de Nuestra Señora de los Dolores, localizada en la Comuna 7, Barrio Robledo, calle 65 A carrera 85, costado norte del Parque Robledo de la ciudad de Medellín - Antioquia

LA MINISTRA DE CULTURA

En uso de las facultades legales que le confiere el artículo 8 de la Ley 397 de 1997 y.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 8 de la Ley 397 de 1.997 preceptúa que el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Cultura y previo concepto del Consejo de Monumentos Nacionales es el responsable de la declaratoria y el manejo de los monumentos nacionales y de los bienes de interés cultural de carácter nacional.

Que los Decretos 3048 de 1997 y 1126 de 1999 determinaron que el ejercicio de la Secretaría Técnica y Administrativa del Consejo de Monumentos Nacionales corresponde a la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura.

Que dentro de las funciones asignadas por el Decreto 3048 de 1997 a la Secretaría Técnica del Consejo de Monumentos Nacionales está la de presentar a dicho Consejo los informes, estudios y demás documentos que se requiera.

Que el numeral 10 del artículo 13 del Decreto 1126 de 1999 establece que corresponde a la Dirección de Patrimonio estudiar y evaluar las propuestas de declaratorias de obras arquitectónicas y escultóricas como Bienes de Interés Cultural, para la consideración del Consejo de Monumentos Nacionales y del Ministerio de Cultura.

Que la Dirección de Patrimonio, según Decreto 1126 de 1999 cuenta con funciones entre otras la de asesorar al Ministerio de Cultura en el diseño de propuestas para la defensa, conservación y estudio del patrimonio mueble e inmueble y es encargada de diseñar, coordinar, elaborar, dirigir y ejecutar los proyectos y programas relacionados con la valoración, protección, conservación, restauración y atención de emergencia en los Monumentos Nacionales, conforme a las políticas del Ministerio.

Que la Sociedad Antioqueña de Ingenieros presentó ante la Dirección de Patrimonio la solicitud de declaratoria como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional de la Iglesia de Nuestra Señora de los Dolores, localizada en la Comuna 7, Barrio Robledo, calle 65 A carrera 85, costado norte del Parque Robledo de la ciudad de Medellin - Antioquia.

Que la Dirección de Patrimonio, decidió recomendar al Consejo de Monumentos Nacionales la emisión de concepto para la declaratoria como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional de la Iglesia de Nuestra Señora de los Dolores, después de adelantar los estudios del caso y determinar los siguientes valores:

Valores de Autenticidad y Originalidad

El Templo de Nuestra Señora de los Dolores, fue diseñado siguiendo los conceptos formales tomados del libro de Viñola. Adicionalmente se le dio un tratamiento a nivel ornamental de tipo toscano, lo cual refuerza sus valores de originalidad.

De otra parte, no ha sufrido intervenciones que alteren considerablemente su estructura original.

Valores Formales y Estéticos

El templo está conformado por tres naves unidas por arcos de medio punto y capillas laterales, diseño que desarrolló Manuel Arenas siguiendo conceptos del Tratado de los cinco órdenes de Arquitectura, de B. Viñola.

La fachada principal está enmarcada por los accesos con arcos de medio punto que proyectan cada una de las naves enfatizándose la central al rematar en diafragma, lo cual evidencia su jerarquía. La iglesia se asocia al espacio del parque a través del atrio definido por la balaustrada y la escalinata formando un balcón con una visual amplia hacia el oriente sobre el cerro el Volador y parte de la zona oriental de Medellín.

Representatividad Histórica y Cultural

El centro urbano de Robledo se formó en el año de 1850 como un poblado dentro de la zona rural del municipio de Medellín, el cual se incluyó como barrio dentro del perímetro urbano en 1963. El templo y el parque, como elementos estrechamente ligados, tienen una representatividad histórica innegable, debido a que hacen parte del desarrollo inicial del pueblo, convirtiéndose en hitos urbanos.

El culto como representación cultural ha desarrollado a lo largo del tiempo, un especial sentido de pertenencia y arraigo dentro de los pobladores con el templo como escenario.

Que para dar cumplimiento al artículo 8 de la Ley 397 de 1997, la Dirección de Patrimonio presentó a consideración del Consejo de Monumentos Nacionales el estudio de solicitud de declaratoria como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional de la Iglesia de Nuestra Señora de los Dolores, localizada en la Comuna 7, Barrio Robledo, calle 65 A carrera 85, costado norte del Parque Robledo de la ciudad de Medellín - Antioquia, según consta en Acta No. 04 del 12 de junio de 2000 y al verificar que posee valores de autenticidad y originalidad, formales y estéticos y representatividad histórica y cultural, decidió emitir concepto favorable y recomendar al señor Ministro de Cultura su declaratoria de acuerdo a la solicitud

RESUELVE:

ARTÍCULO 1.- Declarar como Bien de Interés Cultura de Carácter Nacional la IGLESIA DE NUESTRA SEÑORA DE LOS DOLORES, localizada en la Comuna 7, Barrio Robledo, calle 65 A carrera 85, costado norte del Parque Robledo de la ciudad de Medellín - Antioquia.

ARTÍCULO 2.- En aplicación a lo dispuesto por la Ley 397 de 1.997, todas las construcciones, refacciones, remodelaciones y obras de defensa y conservación que deban efectuarse en la IGLESIA DE NUESTRA SEÑORA DE LOS DOLORES, localizada en la Comuna 7, Barrio Robledo, calle 65 A carrera 85, costado norte del Parque Robledo de la ciudad de Medellín - Antioquia, deberán contar con la autorización por parte del Ministerio de Cultura.

ARTÍCULO 3.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE,

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

CONSUELO ARAUJO NOGUERA

Ministra de Cultura

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