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RESOLUCIÓN 1213 DE 2002

(junio 25)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE CULTURA

Por la cual se declara como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional el Edificio del Banco de la República localizado en el Parque de Bolívar W 3 - 126 del Centro Histórico de Cartagena de Indias, Salivar

LA MINISTRA DE CULTURA

En uso de las facultades legales que le confiere los artículos 8 y 11 de la Ley 397 de 1997 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 8 de la Ley 397 de 1.997 preceptúa que el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Cultura y previo concepto del Consejo de Monumentos Nacionales es el responsable de la declaratoria y el manejo de los monumentos nacionales y de los bienes de interés cultural de carácter nacional.

Que el numeral 3o del artículo 11 de la Ley 397 de 1997 señala que con la declaratoria de un Bien como de interés Cultural se elaborará un Plan Especial de Protección, en el cual se indica, entre otras, la zona o área de influencia.

Que los Decretos 3048 de 1997 y 1126 de 1999 determinaron que el ejercicio de la Secretaría Técnica y Administrativa del Consejo de Monumentos Nacionales corresponde a la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura.

Que dentro de las funciones asignadas por el Decreto 3048 de 1997 a la Secretaría Técnica del Consejo de Monumentos Nacionales está la de presentar a dicho Consejo los informes, estudios y demás documentos que se requiera.

Que el numeral 10 del ARTÍCULO 13 del Decreto 1126 de 1999 establece que corresponde a la Dirección de Patrimonio estudiar y evaluar las propuestas de declaratorias de obras arquitectónicas y escultóricas como Bienes de Interés Cultural, para la consideración del Consejo de Monumentos Nacionales y del Ministerio de Cultura.

Que la Dirección de Patrimonio, según Decreto 1126 de 1999 cuenta con funciones entre otras la de asesorar al Ministerio de Cultura en el diseño de propuestas para la defensa, conservación y estudio del patrimonio mueble e inmueble y es encargada de diseñar, coordinar, elaborar, dirigir y ejecutar los proyectos y programas relacionados con la valoración, protección, conservación, restauración y atención de emergencia en los Monumentos Nacionales, conforme a las políticas del Ministerio.

Que el Banco de la República de Cartagena y el Centro Filial del Consejo de Monumentos Nacionales Seccional Bolívar presentaron la solicitud de declaratoria como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional del Edificio del Banco de la República, localizado en el Parque de Bolívar No 3 - 126 del Centro Histórico de Cartagena de Indias, Bolívar.

Que la Dirección de Patrimonio, decidió recomendar al Consejo de Monumentos Nacionales la emisión de concepto favorable para la declaratoria como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional del Edificio del Banco de la República, después de adelantar los estudios del caso y determinar los siguientes valores:

VALORES DE ORDEN TEMPORAL:

Originalidad: El edificio del Banco de la República posee el lenguaje neoclásico propio del período republicano: arcadas, pilastras, frontones, balaustradas y cornisas; y está construido con técnica y materiales modernos (estructura metálica, molduras prefabricadas. Esta doble condición de republicano y moderno, sumado al hecho de haber sido diseñado para uso bancario, el cual se mantiene hoy, hacen del edificio uno de los más destacados ejemplos de la arquitectura de principios de siglo también considerada como ecléctica.

VALORES DE ORDEN FÍSICO:

Constitución del Bien: Estructura metálica, ladrillo, mármol, yeserías, hierro, madera, baldosín de cemento.

Estado actual de conservación: El edificio del Banco de la República presenta un excelente estado de conservación.

Autenticidad: Todos los elementos estructurales, de acabados y ornamentales originales del edificio se han conservado durante sus 72 años de funcionamiento. Sin embargo, a pesar de haberse producido intervenciones desfavorables que produjeron deterioro de sus pisos, la última restauración restituyó su forma y colorido, si bien no con el material original, (baldosín de cemento) con uno de reciente factura, pero con excelentes resultados.

VALORES DE ORDEN ESTÉTICO:

Es indudable que el manejo de los elementos ornamentales le proporciona al edificio un carácter institucional propio de la función que alberga. La acertada composición de sus fachadas y la calidad constructiva de se ornamentación por parte del arquitecto italiano Severino Leone, hacen del edificio uno de los ejemplos más sobresalientes de la arquitectura republicana. Según el arquitecto Germán Téllez Castañeda “aquí está presente una de las características más interesantes de la arquitectura republicana: salvo en muy contados casos, ésta se comporta con buenas maneras, generando contrastes arquitectónicos dentro de cierta limitación a sus propios gestos, mezclando la urbanidad con lo urbanístico''.

VALORES DE REPRESENTATIVIDAD HISTÓRICA:

Es indudable el valor histórico de este importante edificio cartagenero. Su construcción y permanencia en el tiempo, va muy ligado al desarrollo de la Banca Nacional y en especial a la creación del Banco de la República (Ley 25 de 1923). De otra parte, es un ejemplo sobresaliente de la Arquitectura Republicana en Colombia. Al respecto la arquitecta e historiadora Silvia Arango en la “Historia de la Arquitectura en Colombia" dice “Pedro Malabet con el edificio Fuentes, Joseph Martens con el Banco de la República y Miquel Arquer, con sus quintas en Manga, llevan la arquitectura en Cartagena a su punto culminante".

Que para dar cumplimiento al articulo 8 de la Ley 397 de 1997, la Dirección de Patrimonio presentó a consideración del Consejo de Monumentos Nacionales el estudio de solicitud de declaratoria como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional del Edificio del Banco de la República localizado en el Parque de Bolívar No 3 -126 del Centro Histórico de Cartagena de Indias, Bolívar, según consta en Acta No. 03 del 17 de junio de 2002 y al verificar que posee valores de originalidad, físicos, estéticos y de representatividad histórica, decidió emitir concepto favorable y recomendar a la señora Ministra de Cultura su declaratoria de acuerdo a la solicitud.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1.- Declarar como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional el EDIFICIO DEL BANCO DE LA REPÚBLICA localizado en el Parque de Bolívar No 3 -126 del Centro Histórico de Cartagena de Indias, Bolívar.

ARTÍCULO 2.- En aplicación a lo dispuesto por la Ley 397 de 1.997, todas las construcciones, refacciones, remodelaciones, y obras de defensa y conservación que deban efectuarse en el EDIFICIO DEL BANCO DE LA REPÚBLICA localizado en el Parque de Bolívar No 3 - 126 del Centro Histórico de Cartagena de Indias, Bolívar, deberán contar con la autorización por parte del Ministerio de Cultura

ARTÍCULO 3.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Bogotá D.C.

ARACELI MORALES LÓPEZ

Ministra de Cultura

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