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RESOLUCIÓN 540 DE 2023

(noviembre 23)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE CULTURA

Por la cual se modifica y adiciona el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes

El MINISTRO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS SABERES

En uso de las facultades legales conferidas el literal g) del artículo 61 de la Ley
489 de 1998, el Decreto 770 de 2005, el artículo 2.2.2.6.1 del Decreto 1083 de
2015, artículo 6 del Decreto 2120 de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que el literal g) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998, establece que es función de los Ministros, además de las que señalan la Constitución Política de Colombia y demás disposiciones legales, dirigir la administración de personal conforme a las normas que regulan la materia.

Que el artículo 2 del Decreto 770 de 2005 “Por el cual se establece el sistema de funciones y requisitos generales para los empleos públicos correspondientes a los niveles jerárquicos pertenecientes a los organismos y entidades de Orden Nacional, a que se refiere la Ley 909 de 2004”, señala: “(...) Las competencias Laborales, funciones y requisitos específicos para su ejercicio serán fijados por los respectivos organismos o entidades, con sujeción a los que establezca el Gobierno Nacional de acuerdo con los parámetros señalados en el artículo quinto del presente decreto, salvo para aquellos empleos cuyas funciones y requisitos estén señalados en la Constitución Política o en la Ley”.

Que el artículo 2.2.2.6.1 del Decreto 1083 de 2015 dispone: “(...) La adopción, adición, modificación o actualización del manual específico se efectuará mediante resolución interna del jefe del organismo o entidad, de acuerdo con las disposiciones contenidas en el presente Título. Corresponde a la unidad de personal, o a la que haga sus veces, en cada organismo o entidad, adelantar los estudios para la elaboración, actualización, modificación o adición del manual de funciones y de competencias laborales y velar por el cumplimiento de las disposiciones aquí previstas”.

Que mediante Resolución No. 1158 del 30 de abril 2015, modificada entre otras por la Resolución No. 157 del 29 de enero de 2019 y la Resolución No. 118 del 8 de febrero de 2021, se adoptó el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes.

Que conforme a lo establecido en la Resolución DM No. 264 de 2023 del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, por medio de la cual se adoptan los acuerdos pactados en la negociación colectiva 2023, celebrada entre la Asociación Sindical de Empleados del Ministerio de Cultura, sus entidades adscritas y sus pensionados - ASOCULTURA y el Ministerio, se estableció el compromiso de revisar y ampliar los núcleos básicos del conocimiento (NBC) en las fichas del Manual de Funciones y Competencias atendiendo a la pertinencia de los cargos.

Que en ese sentido se considera necesario modificar el Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales de los empleos de la entidad, conforme a lo descrito en la Justificación Técnica suscrita por la Coordinadora del Grupo de Gestión Humana, la cual hace parte integral de la presente Resolución.

Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto No. 498 de 2020, la Secretaria General socializó el proyecto de modificación al Manual de Funciones y Competencias Laborales con la Asociación Sindical de Empleados del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, sus entidades adscritas y sus pensionados - Asocultura previo a la expedición del Acto Administrativo, la cual, en comunicación de fecha 22 de noviembre manifestó estar de acuerdo con el ajuste.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1.-: Modificar y adicionar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, así:

32. Profesional Especializado - 2028 - 14 / RES. 1158 DE 2015

I. IDENTIFICACIÓN

Denominación del empleoProfesional Especializado
Código2028
Grado14
Número de cargosUno (1)
DependenciaGrupo de Comunicación y
Medios Interactivos
Dirección de Audiovisuales,
Cine y Medios Interactivos
Cargo del jefe inmediatoCoordinador Grupo de Comunicación y Medios Interactivos
ID Ministerio32

III. PROPÓSITO PRINCIPAL

Brindar el apoyo profesional para la implementación de la Política de Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, la administración de la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial del ámbito nacional y la implementación de estrategias para la formación, producción, seguimiento y apropiación para el fortalecimiento de procesos de comunicación étnica.

IV. DESCRIPCIÓN FUNCIONES ESENCIALES

1. Apoyar la implementación y el seguimiento de la política de Salvaguardia de Patrimonio Cultural Inmaterial.

2. Apoyar la elaboración e implementación de las políticas que se deriven de la Política de Salvaguardia de Patrimonio Cultural Inmaterial.

3. Apoyar la formulación, implementación y seguimiento del componente de comunicación étnica, así como acciones de divulgación, circulación y apropiación de los contenidos producidos por grupos étnicos.

4. Apoyar técnicamente a medios de comunicación, colectivos, comunicadores y creadores para la formulación e implementación de procesos de comunicación propia, creación, producción y circulación de contenidos sonoros, audiovisuales y digitales.

5. Brindar asesoría técnica a los entes territoriales, comunidades y organizaciones culturales y sociales en la elaboración y ejecución de Planes Especiales de Salvaguardia, en el proceso de inclusión de la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial del ámbito nacional y/o de La Humanidad.

6. Apoyar la realización de talleres de capacitación dirigidos al Sistema Nacional de Cultura sobre las directrices de la Política de Patrimonio Cultural Inmaterial (PCI), el Decreto Reglamentario 2941 de 2009 y demás normas pertinentes.

7. Apoyar el diseño y ejecución de estrategias de gestión e investigación de capacitación y divulgación del área donde desempeña sus funciones.

8. Apoyar al área en los trámites administrativos y seguimiento de los convenios y contratos de los procesos del plan de Patrimonio Cultural Inmaterial, así como los proyectos con miras al fortalecimiento de procesos de comunicación, creación, producción y circulación de contenidos.

9. Asistir a reuniones de seguimiento y coordinación que se convoquen, así como comités, jornadas de concertación, diálogo e interlocución con organizaciones y grupos étnicos.

10. Mantener la reserva profesional que requiera el manejo de los asuntos que le sean encomendados, guardando la discreción sobre la información que conozca con motivo de la ejecución del contrato, de no suministrarla a un tercero y a mantener la reserva legal respectiva.

11. Preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y periodicidad requeridas.

12. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño y la naturaleza del empleo.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Sistema Nacional de Cultura.6. Diseño e implementación de estrategias de comunicación.
2. Ley 1185 de 2008 y sus Decretos Reglamentarios.
3. Plan Nacional de Desarrollo.
4. Política para la Salvaguardia de Patrimonio Inmaterial.
5. Convención para la salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial de la
UNESCO.

VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

ComunesPor Nivel Jerárquico
Aprendizaje ContinuoAporte técnico profesional
Orientación al resultadoComunicación efectiva
Orientación al usuario y al ciudadanoGestión de Procedimientos
Compromiso con la organizaciónInstrumentación de Decisiones
Trabajo en equipo
Adaptación al cambio

Vil. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y DE EXPERIENCIA

Formación Académica RequeridaExperiencia Requerida
Título Profesional en las disciplinas académicas del núcleo básico de conocimiento en: Sociología, Trabajo Social y Afines; Arquitectura y Afines;
Antropología, Artes Liberales y Artes Plásticas, Visuales y Afines; Comunicación Social, Periodismo y Afines.
Trece (13) meses de experiencia profesional relacionada.
Título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas afines.
Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley.

Vil. ALTERNATIVA

Formación Académica RequeridaExperiencia Requerida
Título Profesional en las disciplinas académicas del núcleo básico de conocimiento en: Sociología, Trabajo Social y Afines; Arquitectura y Afines; Antropología, Artes Liberales; Artes Plásticas, Visuales y Afines; Comunicación Social, Periodismo y Afines.Treinta y siete (37) meses de experiencia profesional relacionada.
Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley.

ARTÍCULO 2.-: ENTREGA DEL MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES. El Coordinador del Grupo de Gestión Humana, deberá entregar copia de las funciones y competencias determinadas en el presente acto, al servidor público que ocupe el empleo. Los jefes inmediatos responderán por la orientación del empleado en el cumplimiento de sus funciones.

ARTÍCULO 3.-: VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición, y modifica en lo correspondiente el Manual de Funciones y de Competencias Laborales contenido en la Resolución No. 356 del 5 de octubre de 2022.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 23 NOV 2023

JUAN DAVID CORREA ULLOA

MINISTRO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS SABERES

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