RESOLUCIÓN 264 DE 2023
(junio 21)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE CULTURA
Por medio de la cual se adoptan los acuerdos pactados en la negociación colectiva 2023, celebrada entre la Asociación Sindical de Empleados del Ministerio de Cultura, sus entidades adscritas y sus pensionados - ASOCULTURA y el Ministerio de Cultura.
EL MINISTRO DE CULTURA (E)
En ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 6o del Decreto No. 2120 de 2018, el artículo 2.2.2.4.13 del Decreto No. 1072 de 2015 y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley No. 411 de 1997 se aprobó el Convenio 151 de la Organización Internacional del Trabajo - OIT sobre la protección del derecho de sindicación y los procedimientos para determinar las condiciones de empleos en la administración pública, adoptado en la 64 Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional de Trabajo, Ginebra, 1978.
Que el Decreto No. 160 de 2014, compilado en el Decreto Único Reglamentario 1072 de 2015 del Sector Trabajo, reglamentó la Ley 411 de 1997 en lo relativo a los procedimientos de negociación y solución de controversias con las organizaciones sindicales de empleados públicos.
Que en desarrollo de las disposiciones citadas la Asociación Sindical de Empleados del Ministerio de cultura, sus entidades adscritas y sus pensionados - ASOCULTURA, mediante comunicación del 28 de febrero de 2023, presentó ante el Ministerio de Trabajo los pliegos de peticiones, Información corroborada por esta entidad.
Que a través de las Resoluciones DM No. 0112 del 13 de marzo y No. 0180 de abril de de 2023, se designaron los negociadores por parte del Ministerio de Cultura y el 15 de marzo de 2023 se Instaló la mesa de negociación en la ciudad de Bogotá D.C.
Que una vez adelantado el respectivo proceso de negociación, las partes suscribieron el acta No. 9 del 1 de junio de 2023, a través de la cual se procedió a consolidar los acuerdos y desacuerdos y a dar por cerrada la negociación.
Que de conformidad con lo expuesto en el artículo 2.2.2.4.13 del Decreto Único Reglamentario 1072 de 2015 del Sector Trabajo, la autoridad pública competente, dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la suscripción del acta final, y con base en ésta, expedirá los actos administrativos a que haya lugar, respetando las competencias constitucionales y legales.
Que, por lo expuesto, se hace necesario adoptar los acuerdos pactados en el acta de cierre de la negociación del pliego de peticiones 2023, celebrados entre la Asociación Sindical de Empleados del Ministerio de Cultura, sus entidades adscritas y pensionados - ASOCULTURA y el Ministerio de Cultura.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. ADOPCIÓN DE LOS ACUERDOS PACTADOS. Adoptar los Acuerdos pactados en el acta de cierre de la negociación colectiva suscrita el 5 de junio de 2023, entre la Asociación Sindical de Empleados del Ministerio de Cultura, sus entidades adscritas y pensionados - ASOCULTURA y el Ministerio de Cultura, los cuales se transcriben a continuación:
PUNTOS DEL PLIEGO CON ACUERDOS
EMPLEO PÚBLICO.
PETICIÓN PLIEGO | ACUERDOS |
1.1. El Ministerio de Cultura, en aras de fortalecer la meritocracia al interior de la entidad y en cumplimiento del artículo 27 de la Ley 909 de 2004, brindara la oportunidad de ocupar cargos en calidad de comisiones laborales internas, a aquellos funcionarios de carrera administrativa, que obtengan calificaciones sobresalientes en los últimos 3 años, y que, a partir de su formación y experiencia en la entidad, puedan aportarle al Ministerio sus conocimientos. | El Ministerio de Cultura continuará dando cumplimiento a la normatividad vigente en relación con la provisión de los empleos de libre nombramiento y remoción, para lo cual tendrá en cuenta a los servidores de carrera administrativa. Con tal propósito, el Grupo de Gestión Humana, a solicitud del nominador, dará a conocer la relación de los servidores de carrera administrativa que cumplan con los requisitos del empleo a proveer. |
1.2. El Ministerio de Cultura, en cumplimiento al artículo 2 de la Ley 909 de 2004, y en especial al principio de “publicidad”, incluirá a partir de la firma del presente acuerdo la publicación en el micrositio del Grupo de Gestión Humana, las listas de elegibles vigentes y actualizadas de forma permanente. | El Ministerio de Cultura, en cabeza del Grupo de Gestión Humana, continuará dando cumplimiento a la publicación y actualización en la página web de la entidad de las listas de elegibles, tanto vigentes como históricas, de los concursos de méritos adelantados por la Comisión Nacional del Servicio Civil. Con el propósito de garantizar el principio de publicidad, se compromete a desarrollar campañas de socialización para que los servidores puedan consultar y acceder a la información con mayor facilidad. |
1.3. El Ministerio de Cultura, priorizará la provisión de las vacantes temporales o definitivas, teniendo en cuenta los mecanismos establecidos por la normatividad vigente, es decir, adelantando los concursos de méritos que haya lugar y usar las listas de elegibles que se tengan a la fecha de proveer cada cargo en los tiempos establecidos. | El Ministerio de Cultura continuará dando cumplimiento, con la mayor celeridad, ai procedimiento interno vigente en materia de provisión de los empleos de carrera administrativa en vacancia definitiva o temporal, una vez ésta sea declarada. Así mismo, se compromete a iniciar en la vigencia 2023 ante la Comisión Nacional del Servicio Civil, los trámites necesarios para convocar a concursos de mérito los empleos en vacancia definitiva. |
INFRAESTRUCTURA FÍSICA Y TECNOLÓGICA.
PETICIÓN PLIEGO | ACUERDOS |
2.1. El Ministerio de Cultura, adelantará de manera inmediata el diagnóstico de las sedes del ministerio, y considerando la condición de BICN de algunas de las sedes, contratará con profesionales idóneos para la elaboración del citado diagnóstico, siendo prioritarias la Casa de la Ópera, la Casa Abadía y la Biblioteca Nacional; lo anterior, con el fin de dar inicio de manera urgente a las intervenciones necesarias que garanticen a los funcionarios que trabajen de manera presencial en las sedes, un lugar de trabajo adecuado y que cumpla con lo estipulado en las normas vigentes sobre la materia. | El Ministerio de Cultura continuará desarrollando el proceso de diagnóstico sobre el estado de los bienes de interés cultural, administrados directamente, así como los entregados y recibidos en comodato. Una vez finalizado este proceso, se llevará a cabo la contratación necesaria para hacer la intervención integral y el mantenimiento preventivo y correctivo, de acuerdo con el plan de intervención, la disponibilidad presupuestal y la capacidad operativa. En desarrollo de este compromiso, ASOCULTURA podrá designar hasta dos (2) personas con conocimientos técnicos necesarios para apoyar esta gestión. |
2.2. Aunado a lo anterior, el Ministerio de Cultura garantizará el cumplimiento de lo estipulado en los manuales de mantenimiento de las sedes, y en caso de que el mismo no exista, apropiará en la actual vigencia los recursos que permitan la elaboración de dicho instrumento. | El Ministerio de Cultura continuará trabajando en el proceso de identificación de los bienes que cuentan con los manuales de mantenimiento y uso. De igual manera, elaborará y actualizará los manuales, de acuerdo con cada necesidad. En desarrollo de este compromiso, ASOCULTURA podrá designar hasta dos (2) personas con conocimientos técnicos necesarios para apoyar esta gestión. |
2.3. El Ministerio de Cultura, elaborará en el término de la presente vigencia una caracterización física del estado de conservación y distribución espacial de las áreas de las diferentes sedes del ministerio. Dicha caracterización arrojará el diagnóstico del estado actual de los puestos de trabajo en términos de ergonomía, tecnología y cumplimiento de protocolos de seguridad y salud en el trabajo. En ninguna circunstancia se adecuarán puestos de trabajo o cubículos que no cumplan con los estándares necesarios para el adecuado cumplimiento de las funciones propias de cada área de trabajo. En línea con lo anterior, la caracterización deberá contemplar la capacidad de cargas vivas y cargas muertas para el uso de la infraestructura, así como la disponibilidad de baños, uso de áreas comunes, cafeterías y cubículos, con el fin de desarrollar unos planes de intervención integral a corto, mediano y largo plazo, debidamente caracterizados y analizados, y articulados con la implementación del trabajo en casa. | El Ministerio de Cultura continuará con el proceso de identificación de las necesidades de cada dependencia y determinará cuál es el tipo de puesto de trabajo adecuado para la operación cotidiana de los equipos de trabajo, es decir, establecerá si serán puestos fijos o espacios colaborativos (coworking). Así mismo, realizará la redistribución espacial de las áreas del Ministerio y sus equipos de trabajo, la cual atenderá los lineamientos requeridos por el sistema de seguridad y salud en el trabajo, al igual que la capacidad de cargas vivas y cargas muertas para el uso de la infraestructura. Aunado a lo anterior, el Ministerio de Cultura se compromete a adelantar revisión e inspección del 100% de los puestos de trabajo de los funcionarios que presenten algún tipo de sintomatología osteomuscular y que se encuentren en riesgo alto (de acuerdo con la recolección de información de síntomas osteomusculares), y funcionarios con hallazgos osteomusculares de acuerdo con los resultados de los exámenes periódicos. Los estudios referidos en este punto deberán adelantarse durante la vigencia 2023. |
2.4. El Ministerio de Cultura apropiará los recursos necesarios para la renovación de equipos de cómputo tanto del Ministerio como de sus Unidades Administrativas Especiales, teniendo en cuenta las necesidades específicas de cada área, e incluyendo la versión de escritorio de Office 365 y los programas que se requieren para el desarrollo misional de cada área. | El Ministerio de Cultura, a través del Grupo de Gestión de Tecnologías y Sistemas de Información, realizará un diagnóstico del estado de los equipos de cómputo de la entidad antes del mes de septiembre del presente año, con el propósito de definir las actividades a desarrollar en el corto, mediano y largo plazo para la adquisición y actualización de las herramientas tecnológicas, de acuerdo con el presupuesto del Ministerio. |
2.5. El Ministerio de Cultura se comprometerá a adquirir un espacio para almacenar los segundos ejemplares que se encuentran en este momento y que lleguen a la Biblioteca Nacional de Colombia por deposito legal, ya que hace mucho tiempo está colapsada y no tiene más espacio de almacenamiento, esto se puede constatar en el mapa de riesgos de la entidad, en donde se puede evidenciar que el almacenamiento está al 93% de saturación, incluso en algunos depósitos ya no hay donde colocar las colecciones para su correcta preservación, con esta medida se podría disponer del espacio del edificio actual para seguir preservando el material que se tiene para la consulta de los usuarios. | En la perspectiva del mejoramiento de los espacios adelantado por el Ministerio de Cultura, se trabajará, de manera articulada, con la Dirección de la Biblioteca Nacional de Colombia para avanzar en la adecuación de los espacios necesarios para almacenar los segundos ejemplares y se identificarán los recursos técnicos y presupuéstales necesarios para el fortalecimiento de la conservación y documentación electrónica. En línea con este punto el Ministerio se encuentra desarrollando la reglamentación de la Ley que regula el depósito legal, y una vez sea expedida se socializará con las dependencias competentes. |
FORMACIÓN.
PETICIÓN PLIEGO | ACUERDOS |
3.1. El Ministerio de Cultura, promoverá entre los funcionarios y sus familiares el acceso a programas de formación a nivel profesional y de posgrado, ya sea pagando la matricula o subsidiando una parte de esta. Según lo establecido en lo establecido en el Decreto 1083 de 2015, artículo 2.2.10.5 | El Ministerio de Cultura continuará realizando las gestiones tendientes a apoyar económicamente a aquellos servidores públicos que estén interesados y cumplan con los requisitos para adelantar estudios de pregrado y postgrado en Instituciones de Educación Superior acreditadas en el país, conforme a lo dispuesto en el Decreto 1083 de 2015. En todo caso, si el presupuesto es insuficiente se dará prioridad a los empleados con derechos de carrera administrativa, y en particular a aquellos servidores que no cuentan con títulos de formación en el nivel técnico, tecnológico o profesional. Para el cumplimiento de la presente petición el Ministerio de Cultura gestionará con el Instituto Caro y Cuervo y otras instituciones de educación superior, con el fin de ofertar un programa de formación en Gestión Cultural y otros campos afines a la misionalidad del ministerio. El Ministerio de Cultura reglamentará lo dispuesto en el presente acuerdo en el acto administrativo mediante el cual se regule el otorgamiento de incentivos. |
3.2. El Ministerio de Cultura, implementará estrategias de formación en temas de actualización de políticas culturales, derecho de asociación, derechos humanos, ciudadanías para la paz y socialización del informe final de la comisión de la verdad. | El Ministerio de Cultura incorporará en su Plan Institucional de Capacitación para la vigencia 2023 y 2024, actividades de formación en temas relacionados con Políticas del Sector Cultura, Derechos Humanos, Ciudadanos para la Paz y Negociación Colectiva. Con tal propósito diseñará piezas de comunicación y coordinará con las entidades responsables de dichos temas para que los documentos por ellos elaborados se puedan conocer al interior del ministerio. De igual forma, el Ministerio de Cultura se compromete a gestionar ante la entidad competente, la socialización del informe final de la comisión de la verdad. |
BIENESTAR Y CLIMA ORGANIZACIONAL.
PETICIÓN PLIEGO | ACUERDOS |
4.1. El Ministerio de Cultura, en cabeza de la señora ministra o de quien ella delegue y Asocultura, en cabeza de su presidente, vicepresidenta y secretario, establecerán un canal eficaz de dialogo que conduzca a mejorar el clima laboral y la comunicación organizacional en el ministerio, con el fin de propiciar el mejoramiento de la calidad de vida de todo su capital humano al interior como exterior del Ministerio a partir del potencial de sus trabajadores. Para ello se planearán reuniones trimestrales de seguimiento que usarán como insumo la revisión de las encuestas aplicadas en años anteriores, con el propósito de establecer verdaderas medidas de intervención que procuren el mejoramiento del clima organizacional. | El Ministerio de Cultura en cabeza de su Ministro establece como canal eficaz de diálogo y con el fin de mejorar el clima laboral y la comunicación entre la Administración y la organización sindical al Coordinador de Grupo de Gestión Humana y al Secretario General. Asimismo, se compromete a realizar dos veces al año un espacio de dialogo y escucha, con el fin de tratar temas relacionados con el clima laboral de la Entidad. |
4.2. Se hace necesario construir conjuntamente al interior del Ministerio una Política de Cero Tolerancia frente a prácticas o conductas que lesionen o atenten contra el buen nombre y derechos fundamentales de todos los colaboradores al servicio del ministerio. Para el cumplimiento de esta política, el Ministerio de Cultura generará acciones para socializar y hacer cumplir dicha política institucional en un plazo no mayor de 3 meses después de firmado el acuerdo. | El Ministerio de Cultura, en el término de tres (3) meses, contados a partir de la firma del presente acuerdo, se compromete a actualizar, publicar y divulgar la Política de Integridad y el Código de Integridad, incluyendo acciones encaminadas a lograr una cultura de “Cero tolerancia" frente a las practicas o conductas que lesionen o atenten contra el buen nombre de los colaboradores de la entidad. |
4.3. En aras de mejorar la comunicación organizacional y dar cumplimiento a las metas acordadas en cada grupo de trabajo, el Grupo de Gestión Humana diseñará y aplicará una encuesta para que los funcionarios puedan pronunciarse y valorar la gestión de sus líderes o jefes inmediatos. Esta se desarrollará una vez al año y servirá de insumo para las acciones tendientes a mejorar el clima organizacional de la entidad. | El Grupo de Gestión Humana se compromete a continuar aplicando los instrumentos creados para la evaluación de gerencia pública desarrollados por el Departamento Administrativo de la Función Pública, mediante el diseño y aplicación de una encuesta para que los funcionarios puedan valorar la gestión de sus jefes inmediatos. Esta se desarrollará una vez al año y servirá de insumo para las acciones tendientes a mejorar el clima organizacional de la entidad. |
4.4 El Ministerio de Cultura implementará estrategias de acompañamiento a los trabajadores y campañas de sensibilización a los empleadores, para la prevención y tratamiento de enfermedades de salud mental. Estas estrategias deben incluir entre otras la flexibilización de horarios y permisos laborales que les permitan a los trabajadores atender situaciones familiares y un trato diferencial en las circunstancias que así se determinen. | El Ministerio de Cultura continuará implementando estrategias para prevenir enfermedades de salud mental, brindando acompañamiento a los servidores. Así mismo, realizará campañas de sensibilización a los jefes inmediatos con el fin de que los funcionarios puedan atender las situaciones familiares y personales, que le estén generando la condición que altere su salud mental. Dentro del mes siguiente a la firma del presente acuerdo, el Ministerio de Cultura desarrollará un taller de intervención en riesgo psicosocial para los miembros de la asociación sindical. |
4.5 El Ministerio de Cultura, concederá a los servidores públicos que se gradúen de programas de formación titulada: técnica, tecnológica, pregrado y posgrado, dos (2) dias de permiso remunerado, para lo cual deberá presentar ante el Grupo de Gestión Humana el debido soporte (acta de grado y/o diploma) expedido por parte de la institución educativa y el visto bueno del jefe de la dependencia. En el evento en que la fecha de la graduación del servidor corresponda a sábado, domingo o festivo, se podrá solicitar el permiso para los dos (2) días hábiles siguientes. | El Ministerio de Cultura, como estímulo a la formación, concederá a los servidores públicos que se gradúen en programas de pregrado o postgrado, un (1) día de descanso remunerado, para lo cual el servidor público interesado deberá adelantar el trámite de permiso ante el Grupo de Gestión Humana, con cinco (5) días de antelación a la fecha del grado, adjuntando el documento que acredite la fecha de la ceremonia de graduación o en su defecto la fecha de entrega del diploma. Este beneficio se disfrutará en la fecha del grado, y no podrá ser acumulada con cualquier otra situación administrativa en la que pueda encontrarse el servidor. En el evento en que la fecha de la graduación del servidor corresponda a sábado, domingo o festivo, se podrá solicitar el permiso para el día hábil siguiente. |
4.6. El Ministerio de Cultura, concederá a sus servidores públicos, permiso remunerado por antigüedad cada vez que cumplan un (1) año de servicios en uno de los siguientes rangos y por el número de días que se señalan a continuación: - 1 a 4 años de servicio: 1 día - 5 a 9 años de servicio: 2 días - 10 a 14 años de servicio: 3 días - 15 a 19 años de servicio: 4 días - 20 años de servicio en adelante: 5 días Estos se solicitarán en forma concertada y con el Vo.Bo. del jefe inmediato, previa solicitud del servidor público y no se podrá acumular con el de los años anteriores, aunque no será impedimento para tomar vacaciones a continuación del respectivo permiso por antigüedad, en cuyo caso deberá tramitarse junto con la programación de vacaciones correspondientes a la vigencia anual. | El Ministerio de Cultura, como uno de los componentes del salario emocional, concederá a los servidores públicos, como reconocimiento a su antigüedad, permiso remunerado por cada quinquenio continuo de vinculación, según la siguiente relación: Cumplimiento primer quinquenio: 1 día Cumplimiento segundo quinquenio: 2 días Cumplimiento tercer quinquenio: 3 días Cumplimiento cuarto o más quinquenios: 4 días Dicho beneficio se reconocerá a cada servidor público que cumpla el tiempo de servicio continuo en la entidad, previa solicitud escrita y concertada con el jefe inmediato, el cual no será acumulable con otras situaciones administrativas en la que pueda encontrar. Este incentivo será incorporado en el acto administrativo que regula dicha materia en la entidad. |
4.7. El Ministerio de Cultura, concederá dos (2) días hábiles de permiso remunerado adicionales a los cinco (5) días hábiles que la ley 1635 del 2013 confiere para la licencia por luto al servidor público que le sobrevenga el fallecimiento de su cónyuge, compañero o compañera permanente, o de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad y segundo civil, previa solicitud del servidor público al jefe inmediato. En el acto administrativo en que se otorga la licencia por luto se señalarán los dos (2) días adicionales que correspondan al permiso remunerado, los cuales deberán tomarse a continuación de los días de la licencia por luto. | Los servidores que sufran la pérdida de su cónyuge, compañero o compañera permanente o de un familiar hasta el grado segundo de consanguinidad, primero de afinidad y segundo civil, tendrán el acompañamiento de un profesional en psicología, a efecto de generar espacios que permitan superar el duelo. Por otra parte, el profesional en psicología determinará el número de días adicionales a la licencia por luto, los cuales pueden ser entre 1 a 2 días adicionales a los establecidos por la normatividad legal vigente. |
4.8. El Ministerio de Cultura, concederá a los servidores públicos de la entidad que acrediten ser padres y madres de hijos de hasta 25 años y que estén a su cargo, o en condición de discapacidad que se encuentren estudiando, descanso remunerado durante los días hábiles de la semana de receso escolar. Para esta modalidad, los servidores públicos que decidan beneficiarse deberán previamente adjuntar el documento que acredite la condición de padre o madre y copia de la matrícula o certificación del plantel de los hijos. Así mismo, deberán compensar el tiempo equivalente en horario adicional a la jornada habitual de trabajo, previa concertación con el jefe la dependencia. No podrán tomar el turno de descanso remunerado quienes disfruten de vacaciones durante el período de compensación por estar en imposibilidad de compensar el total de horas requeridas. Ni se podrá unir con el disfrute del periodo de vacaciones. | El Ministerio de Cultura se compromete a desarrollar en la semana de receso escolar de octubre actividades de vacaciones recreativas en las instalaciones del ministerio para los hijos de los servidores, con edades de 1 a 18 años, para lo cual el Grupo de Gestión Humana gestionará con aliados estratégicos del sector el desarrollo de las actividades en el marco de dicha semana. Lo anterior, con el objeto de estrechar la relación entre las familias de los servidores y conectarlos con la cultura. Los padres con hijos en condición de discapacidad o que presenten una condición especial de salud certificada por la EPS, que no se acojan al beneficio anterior, podrán optar por la compensación del tiempo en horario adicional a la jornada laboral o los sábados, previa concertación con los jefes inmediatos. |
4.9. El Ministerio de Cultura, ampliará las actividades en disciplinas deportivas ofrecidas a los trabajadores y familiares en el plan de bienestar anual del ministerio, incluyendo juegos tradicionales; y realizará alianzas interinstitucionales para fomentar la integración con otras instancias de la Función Pública. | El Ministerio de Cultura se compromete a ampliar las actividades deportivas incluyendo juegos tradicionales y a gestionar alianzas interinstitucionales para fomentar la integración con otras instancias del sector cultura. Así mismo se compromete a realizar tres caminatas ecológicas para el año 2023, y cuatro caminatas para el año 2024. La realización de lo aquí acordado estará supeditado a la inscripción, cumplimiento de los requisitos y número mínimo de participantes requeridos de acuerdo con la modalidad. |
4.10. El Ministerio de Cultura, realizará una vez al año una mini-olimpiada para los trabajadores del ministerio, en un escenario suministrado por la caja de compensación familiar u otra entidad, con premiación incluida. | El Ministerio de Cultura se compromete realizar una vez al año una mini-olimpiada en las cinco disciplinas deportivas escogidas a través de una encuesta realizada por el Grupo de Gestión Humana. La realización de lo aquí acordado estará supeditado a la inscripción, cumplimiento de los requisitos y número mínimo de participantes requeridos de acuerdo con la modalidad. |
4.11. El Ministerio de Cultura, realizará los trámites administrativos que se requieran para lograr el acceso gratuito de los funcionarios y su núcleo familiar, a los diferentes parques nacionales naturales y arqueológicos del país. | El Ministerio de Cultura, realizará la gestión ante las instancias competentes con el fin de solicitar que los servidores públicos del Ministerio y su núcleo familiar puedan acceder de forma gratuita o mediante la aplicación de un descuento a los parques naturales y arqueológicos del país. Del trámite anteriormente descrito y su respuesta se informará a la asociación ASOCULTURA. |
4.12. El Ministerio de Cultura gestionará cupos gratuitos en los cursos ofertados por La Escuela Taller de Bogotá para los funcionarios del Ministerio de Cultura, que incluyan el suministro de materiales y/o ingredientes para estos cursos. | El Ministerio de Cultura, continuará realizando talleres de manualidades y oficios con ingredientes y material incluido, para los servidores en el marco del Plan Institucional de Bienestar Social. La realización de lo aquí acordado estará supeditado a la inscripción, cumplimiento de los requisitos y número mínimo de participantes requeridos de acuerdo con la modalidad. |
4.13. El Ministerio de Cultura, gestionará con la Caja de Compensación Familiar una pasadía para el funcionario y su núcleo familiar una vez al año en la celebración de los días de la familia. | El Ministerio de Cultura, se compromete a entregar al servidor y su núcleo familiar una vez al año, en el marco de la celebración del día de la familia del que trata la Ley 1857 del 2017, una entrada a cine con combo de comida. |
4.14. El Ministerio de Cultura, gestionará los recursos necesarios para que, a través de la Caja de Compensación Familiar, se otorgue la entrega de un bono por valor de $200.000, para cada funcionario, el día de su cumpleaños. | El Ministerio de Cultura, continuará concediendo a los servidores públicos un (1) día de permiso remunerado por su cumpleaños, y a seguir gestionado a través de la Caja de Compensación Familiar la entrega de un detalle. |
4.15. El Ministerio de Cultura, gestionará que los incentivos que se dan anualmente a los mejores funcionarios del Ministerio se amplíen en el área de turismo, ya que a la fecha solo se puede utilizar el dinero para realizar reservas en los hoteles de Compensar, pero no permite gastar los recursos con la Agencia de Viajes de la misma caja. | El Ministerio de Cultura, gestionará con la Caja de Compensación Familiar Compensar, para que los incentivos no pecuniarios otorgados a los mejores servidores públicos y mejores equipos de trabajo, puedan ser utilizados con la Agencia de Viajes de la misma caja. |
4.16. El Ministerio de Cultura, ampliará hasta los 18 años el rango de edad de los hijos de los funcionarios, para que puedan recibir el bono de fin de año y participar en las vacaciones recreativas. | El Ministerio de Cultura ampliará hasta los 17 años el rango de edad de los hijos de los funcionarios, para que puedan recibir el incentivo de fin de año y participar en las vacaciones recreativas |
4.17. El Ministerio de Cultura aumentará el valor del bono que actualmente se les entrega a los hijos de los funcionarios, en el mes de diciembre. | El Ministerio de Cultura, aumentará de acuerdo con la variación anual del índice de precios al consumidor (IPC), el incentivo que actualmente se otorga a los hijos de los funcionarios en el mes de diciembre. |
4.18. El Ministerio de Cultura ampliará hasta los 18 años el rango de edad para que los hijos de los funcionarios puedan participar de forma gratuita, en los diferentes cursos y deportes que ofrece la Caja de Compensación Familiar. | El Ministerio de Cultura seguirá dando cumplimiento a lo acorado en el convenio con la Caja de Compensación Familiar en el sentido de otorgar 25 cupos gratis mensuales, para que los hijos de los servidores de 0 a 18 años puedan acceder a las escuelas deportivas. |
4.19. El Ministerio de Cultura, suministrará a todos los funcionarios una chaqueta con la nueva imagen institucional del gobierno. Como se ha hecho en ocasiones anteriores. | El Ministerio de Cultura se compromete a dotar con una chaqueta institucional para los servidores públicos que en el marco de sus funciones desarrollen actividades que impliquen la representación de la entidad o que requieran la identidad corporativa. La realización de lo aquí acordado estará supeditado al insumo que entreguen los jefes de área de los servidores que cumplen con esta condición y a la disponibilidad de recursos. |
4.20. En la semana de la salud se hará valoración de un deportólogo y nutricionista a los funcionarios que así lo deseen. | En el marco de los programas de seguridad y salud en el trabajo el Ministerio de Cultura continuará realizando la valoración por parte del profesional en Nutrición y por parte del Deportólogo a los servidores públicos que presenten alguna condición de salud especial o desarrollen alguna actividad que conlleve a esta valoración. |
4.21. En la semana cultural y de emprendimiento el Ministerio de Cultura impulsara actividades culturales y artísticas para los funcionarios y su núcleo familiar. | El Ministerio de Cultura continuará en la semana de la cultura, el emprendimiento y la innovación impulsando actividades culturales, artísticas y capacitaciones en emprendimiento y mercadeo, para los funcionarios y su núcleo familiar. |
4.22. El Ministerio de Cultura creará grupos artísticos para funcionarios y familiares, con el propósito de incentivar la cultura y los saberes (danzas, teatro, coro, circo, fotografía, entre otras). | El Ministerio de Cultura dentro de los tres (3) meses siguientes a la firma del acuerdo abrirá la convocatoria para que los servidores públicos se postulen en los procesos de formación en las categorías de danza, teatro, coro y fotografía. Si como resultado de la convocatoria se inscribe y cumple con los requisitos un número mínimo de veinte (20) personas por categoría, el Ministerio gestionará el respectivo proceso de formación. |
4.23. El Ministerio de Cultura, se compromete a adoptar los mecanismos necesarios para promover e implementar la Ley 1221 de 2008 (Decreto reglamentario 0884 de 2012) del Teletrabajo en sus diferentes modalidades y la Ley 2088 de 2021 Trabajo en Casa, teniendo como insumo base el levantamiento de información, para la caracterización de todos y cada uno de los puestos de trabajo con sus correspondientes funciones, con el ánimo de no afectar la prestación de los servicios, ni el cumplimiento de la misión institucional. 4.24. El Ministerio de Cultura, implementará en sus sedes y sus entidades adscritas el sistema de alternancia según las necesidades del servicio y la caracterización de los puestos de trabajo. | Para los punto 4.23 y 4.24 El Ministerio de Cultura dentro de los dos (2) meses siguientes a la firma del presente acuerdo, expedirá el acto administrativo por medio del cual se adopta la modalidad de Teletrabajo y Trabajo en Casa en la entidad, de conformidad con la normatividad vigente y las observaciones de la Asociación Sindical ASOCULTURA. |
PROPIAS DE LA ACTIVIDAD SINDICAL.
PETICIÓN PLIEGO | ACUERDOS |
5.1. El Ministerio de Cultura, continuara dando cumplimiento a lo acordado en los pliegos de peticiones presentados a la administración en años anteriores. | El Ministerio de Cultura se compromete a dar cumplimiento a lo acordado en anteriores negociaciones en los puntos que están pendientes, y que corresponden a: Ampliación de los Núcleos Básicos del Conocimiento (NBC) en las fichas del Manual de Funciones y Competencias Laborales: Si bien la administración amplió los NBC en algunas fichas del Manual, se continuará con la revisión y se ampliarán los NBC que de acuerdo con el estudio que realice el Grupo de Gestión Humana así lo requieran, atendiendo lo dispuesto en el Decreto 1083 de 2015 y lineamientos del DAFP. La petición relacionada con la gestión de cupos de parqueaderos para los servidores públicos del Ministerio, en el Centro Nacional de las Artes. Creación de un micrositio en la página WEB de la entidad, para ASOCULTURA. El Ministerio de Cultura se encuentra realizando junto con ASOCULTURA el diseño y corrección de estilo de la publicación digital correspondiente a los acuerdos de la vigencia 2021. En las reuniones de seguimiento se informará los avances de estos puntos. |
5.2. El Ministerio de Cultura, gestionará una actividad recreativa y académica para los miembros de la junta directiva de Asocultura en aras de fortalecer sus habilidades duras y blandas una vez al año. | El Ministerio de Cultura se compromete a desarrollar una actividad en las instalaciones del Ministerio con un profesional vinculado a la entidad que dicte una capacitación en habilidades blandas, para los miembros de la junta directiva de la Organización Sindical Asocultura. |
5.3. El Ministerio de Cultura, gestionará ante la caja de compensación familiar o con otras instituciones, el espacio, traslados y alimentación para la Asamblea Anual de Asocultura, año 2023 y 2024. | El Ministerio de Cultura brindará apoyo logístico para la realización de la Asamblea anual de Asocultura, años 2023 y 2024, mediante la consecución del espacio en las instalaciones de la entidad y el servicio de almuerzo. Para dar cumplimento a lo aquí acordado, la organización sindical deberá entregar la información del evento con dos meses de antelación a la fecha de su realización. |
5.4. El Ministerio de Cultura, realizará un video institucional por año cuyo contenido será la difusión de actividades misionales y logros del sindicato en el 2023, 2024, 2025 y 2026. | El Ministerio de Cultura se compromete a producir un video para la difusión de las actividades misionales y logros del sindicato por los años de vigencia del presente acuerdo. La realización del video de que trata el presente acuerdo estará soportada por los recursos técnicos y humanos con que cuenta el Grupo de Divulgación y Prensa del Ministerio. Para dar cumplimento a lo aquí acordado la organización sindical se compromete a entregar el guión y material fotográfico necesarios para la producción del video. |
5.5. El Ministerio de Cultura, apoyará con recursos técnicos y humanos la publicación de cuatro (4) libros, uno por año, para las vigencias 2023, 2024, 2025 y 2026. | El Ministerio de Cultura se compromete a apoyar con la corrección de estilo, diseño y diagramación de dos libros que, sobre la actividad sindical, prepare la asociación, uno para la vigencia 2023 y otro para la vigencia 2024. Para dar cumplimento a lo aquí acordado la organización sindical se compromete a entregar la versión final del texto a publicar. |
5.6. El Ministerio de Cultura, realizará una vez al año una jornada lúdica y cultural para los hijos de los asociados a Asocultura. | El Ministerio de Cultura en cumplimento del Plan de Bienestar desarrollará una jornada lúdica para los hijos de los servidores públicos, y en el marco de esta jornada se otorgará un espacio para que la Asociación pueda compartir las acciones que han contribuido al bienestar de los servidores. |
5.7. El Ministerio de Cultura en el marco de la conmemoración de los 13 y 14 años de Asocultura programara una actividad académica y/o cultural para todos los funcionarios de la entidad. | El Ministerio de Cultura en el marco de la conmemoración de los 13 y 14 años de Asocultura programara una actividad académica y/o cultural para todos los funcionarios de la entidad. |
5.8. El Ministerio de Cultura en cabeza de su ministra hará público ante los funcionarios y público en general a través de un video o acto la socialización e importancia que tienen estos acuerdos para los funcionarios, la entidad y sector cultural. 5.9. El Ministerio de Cultura, cuando sea firmado este acuerdo entre las partes, diseñará una cartilla para que esta sea publicada por los medios de divulgación establecidos en cada institución (correo electrónico, carteleras, página web). | Para los puntos 5.8 y 5.9 El Ministerio de Cultura se compromete a realizar en una de sus sedes y ante todos los colaboradores un acto público donde se socializarán los acuerdos aquí suscritos, así como a divulgar, a través de la página web y el correo institucional, la cartilla que construirán la administración y la organización sindical. |
VEEDURÍA.
PETICIÓN PLIEGO | ACUERDOS |
6.1. El Ministerio de Cultura, convocará a través de los pliegos de peticiones a las veedurías ciudadanas a participar dentro del desarrollo de los procesos contractuales, y así verificar el cumplimiento estricto de los principios de transparencia, economía, y responsabilidad de los postulados que rigen la función administrativa, que conlleven al éxito del proceso de selección. | El Ministerio de Cultura invitará a las veedurías ciudadanas y les brindará las garantías necesarias para el desarrollo de su actividad, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 850 de 2003 y demás normas complementarias y reglamentarias. |
6.2. El Ministerio de Cultura propiciará entre la Administración y Asocultura, un ambiente de cordialidad, respeto y transparencia anticorrupción, para dirimir y resolver las inquietudes y cuestionamientos, ante el actuar en la toma de decisiones por parte del nivel directivo, con el único propósito de prevenir sanciones e investigaciones de cualquier tipo, fortaleciendo lazos en la recuperación de la confianza institucional a través de reuniones de control que se realizarán mensualmente. 6.3. El Ministerio de Cultura, consolidara una mesa de seguimiento en este cuatrienio (2022-2026) para hacer seguimiento de la proclama entregada a la ministra de Cultura Patricia Ariza. 6.4. Se conformará una mesa de trabajo entre las partes en un término no mayor a 2 meses a partir de la firma de dicho acuerdo para realizar seguimiento y dar cumplimiento a los puntos acordados. 6.5. El Ministerio de Cultura, se comprometerá a enviar un informe y/o rendición de cuentas trimestralmente a Asocultura detallando la contratación, justificaciones y perfiles profesionales del personal contratado, mostrando la necesidad del servicio para tal cargo. 6.6. El Ministerio de Cultura, realizará un estudio del porqué de la alta rotación de contratistas en grupos y direcciones de la entidad desde el 7 de agosto de 2022 dando como resultado un informe el cual se entregará en la primera reunión de seguimiento de pliegos. 6.7. El Ministerio de Cultura, realizara un estudio comparativo de los gastos de servicios públicos (agua, energía y aseo), y demás gastos administrativos incluyendo el consumo de café durante el año 2019, 2021 y 2022. 6.8. El Ministerio de Cultura con el acompañamiento de Asocultura gestionará reuniones bimestrales con la caja de compensación familiar, con el fin de revisar la oferta institucional a nuestra entidad y hacerles seguimiento a las actividades realizadas. | Para los puntos del 6.2. al 6.8 Dentro de los dos (2) meses siguientes a la firma del acuerdo, se creará una Comisión de Seguimiento que estará conformada por tres (3) representantes de la organización sindical ASOCULTURA y tres (3) delegados del Ministro de Cultura, que se reunirá trimestralmente y tendrá como finalidad: Realizar seguimiento a los puntos acordados para garantizar su cumplimiento. Realizar seguimiento a los resultados de los estudios y evaluaciones realizadas y plantear estrategias para mejorar el clima laboral y la comunicación organizacional en el ministerio. Realizar seguimiento a los programas de bienestar. Realizar seguimiento a la proclama entregada a la exministra de Cultura Patricia Ariza. Estudiar los demás asuntos que la asociación considere importantes para la misionalidad de la entidad. |
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL.
PETICIÓN PLIEGO | ACUERDOS |
7.1 En cumplimiento al Decreto 1083 de 2015, el Ministerio de Cultura, en cabeza de su secretario general, establecerá en un plazo máximo de 15 días a partir de la firma del presente pliego, un cronograma para llevar a cabo mesas de trabajo con representantes de Asocultura, para la revisión del informe y/o avances de rediseño institucional con el fin de hacerle los ajustes necesarios para su correcta implementación en beneficio de la calidad de vida de los funcionarios y la modernización de la entidad, además de hacer seguimiento a modificaciones al manual de funciones y competencias, y a la implementación de la Circular Externa 2023RS005458 de la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC sobre “LINEAMIENTOS PARA LA PROVISIÓN DE EMPLEOS TEMPORALES”. | El Ministerio de Cultura se compromete a gestionar e impulsar el proyecto de Rediseño Institucional que permita la ampliación de la planta de la entidad, conforme al resultado del estudio técnico y la normativa vigente sobre esta materia. Asimismo, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.12.1 del Decreto 1083, la entidad antes de la expedición del acto administrativo que adopta o modifica la planta de empleos y su estructura, adelantará un proceso de consulta en todas sus etapas con la organización sindical ASOCULTURA, en el cual se dará a conocer el alcance de las modificaciones o actualizaciones, escuchando sus observaciones e inquietudes, de lo cual se dejará constancia. Lo anterior sin perjuicio de la facultad de la administración para la adopción y expedición del respectivo acto administrativo. |
7.2. El Ministerio de Cultura se comprometerá a promover e impulsar la incorporación de enfoques innovadores y experimentales centrados en el cliente interno, de la mano con aproximaciones iterativas, colaborativas y adaptativas para enfrentar retos públicos. Dando a conocer en los 2 meses siguientes a la firma de este pliego las estrategias, actividades y proyectos para cumplir el punto en discusión. 7.3. Teniendo en cuenta la dinámica de la gestión del conocimiento y alto nivel de rotación del capital humano en el desarrollo de los procesos misionales, se hace necesario reconocer e incentivar la adquisición de experiencia a lo largo de los años en el desempeño de funciones y competencias en el sector cultural, que permitan producir nuevo conocimiento documentado, para avanzar en la modernización del estado, por lo cual el Ministerio de Cultura en cabeza de su ministra de Cultura presentara una estrategia de incentivos para los funcionarios que aporten a este proceso de innovación ya sea por su experticia o proyectos presentados en bien del sector cultural y mejoramiento del clima organizacional. | Sobre los puntos 7.2 y 7.3 El Ministerio de Cultura se compromete a promover e impulsar la incorporación de enfoques innovadores y experimentales centrados en el cliente interno en articulación con las entidades del sector que desarrollen procesos en esta materia. En línea con lo anterior, el Ministerio de Cultura incorporará dentro del acto administrativo que regula los incentivos una estrategia de reconocimiento para los servidores públicos que contribuyan a la innovación pública, entendida como, el desarrollo de procesos, productos o servicios nuevos o mejorados para responder a los retos del sector cultura, incrementar la productividad en la entidad, la implementación de políticas públicas más pertinentes y eficientes, mejorar el bienestar y calidad de vida laboral de los servidores o aumentar los niveles de satisfacción ciudadana. El Grupo de Gestión Humana informará dentro de los tres (3) meses siguientes a la firma del presente pliego las estrategias y acciones a desarrollar para cumplir el presente punto. |
PUNTOS DEL PLIEGO SIN ACUERDOS
PETICIÓN ASOCULTURA | ARGUMENTOS |
El Ministerio de Cultura, en aras de la equidad e igualdad, concederá a los integrantes de la Junta Directiva de Asocultura, tal como se hace con brigadistas y auditores, la no compensación del tiempo para el receso de semana santa y fin de año, incluyendo la semana de receso escolar de octubre. | ARGUMENTOS DE LA ADMINISTRACIÓN. Conforme a lo señalado en el artículo 2.2.2.5.2 del Decreto 1072 de 2015, Las organizaciones sindicales de servidores públicos son titulares de la garantía del permiso sindical, del cual podrán gozar los integrantes de los comités ejecutivos, directivas y subdirectivas de confederaciones y federaciones, juntas directivas, subdirectivas y comités seccionales de los sindicatos, comisiones legales o estatutarias de reclamos, y los delegados previstos en los estatutos sindicales para las asambleas sindicales y la negociación colectiva. Asimismo, constituye una obligación de las entidades públicas de que trata el artículo 2.2.2.5.1. de este Decreto, en el marco de la Constitución Política, atender oportunamente las solicitudes que sobre permisos sindicales soliciten las organizaciones sindicales de los servidores públicos. En el marco de las anteriores disposiciones el Ministerio de Cultura ha otorgado los permisos sindicales a los servidores públicos, en los términos solicitados por el presidente o secretario de la asociación. ARGUMENTOS DE LA ASOCIACIÓN. El presidente de la Asociación deja constancia que la solicitud no está relacionada con los permisos sindicales, dado que conforme a lo dispuesto en la Constitución tienen el derecho, sino la petición es un estímulo a la actividad sindical, por el tiempo adicional que dedican los miembros de la asociación a la labor. |
ARTÍCULO 2o. CAMPO DE APLICACIÓN. Estos Acuerdos se aplicarán a todos los servidores públicos del Ministerio de Cultura, salvo las excepciones contenidas en el artículo 2 del Decreto 160 de 2014.
ARTÍCULO 3o. SEGUIMIENTO DE LO PACTADO. El Grupo de Gestión Humana será la dependencia responsable de efectuar el seguimiento permanente a lo pactado en la negociación colectiva 2023.
ARTÍCULO 4o. SOCIALIZACIÓN. Los Acuerdos adoptado mediante el presente acto administrativo será divulgado a todos los funcionarios del Ministerio de Cultura a través del correo institucional, la página web institucional, la intranet y cualquier otro medio que garantice el acceso a la información.
ARTÍCULO 5o. VIGENCIA. Los Acuerdos pactados tendrán una vigencia de dos (2) años a partir del 5 de junio de 2023.
COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los
JORGE IGNACIO ZORRO SÁNCHEZ
Ministro de Cultura (e)