RESOLUCIÓN 506 DE 202
(octubre 27)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS SABERES
Por la cual se realiza una delegación para la Asamblea General del Fondo Mixto de Promoción Cinematográfica “Proimágenes Colombia.
EL MINISTRO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS SABERES
Por La cual se realiza una delegación para el Consejo Nacional de las Artes y la Cultura en Cinematografía (“CNACC”) y se deroga una resolución.
EL MINISTRO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS SABERES
En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias, en especial Las conferidas por el artículo 62o de la Ley 397 de 1997, los artículos 9o y 10o de la Ley 489 de 1998, el artículo 12o de la Ley 814 de 2003, el artículo 2o del Decreto 2291 de 2003, modificado por el artículo 69 del Decreto 763 de 2009, el artículo 2.2.1.38 del Decreto 1080 de 2015 y los numerales 3o y 19o del artículo 6o del Decreto 2120 de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 62 de la Ley 397 de 1997 establece que el Estado a través del Ministerio de Cultura, creará y reglamentará los Consejos Nacionales de las Artes y la Cultura en cada una de las manifestaciones artísticas y culturales, como entes asesores del Ministerio de Cultura para las políticas, planes y programas en su área respectiva.
Que la Ley 814 de 2003, tiene por objeto “(...) afianzar el objetivo de propiciar un desarrollo progresivo, armónico y equitativo de cinematografía nacional y, en general, promover la actividad cinematográfica en Colombia. (...)”
Que el artículo 12o de la mencionada Ley dispuso que el Fondo para el Desarrollo Cinematográfico, creado mediante su artículo 10, está a cargo del Consejo Nacional de las Artes y de la Cultura en Cinematografía-CNACC cuya composición reglamentará el Gobierno Nacional en forma que garantice la presencia del Ministerio de Cultura, de la Dirección de Cinematografía de ese Ministerio y de los sujetos pasivos de la contribución parafiscal creada en esta ley.
Que el Decreto 2291 de 2003 a través del cual se reglamenta la composición y funcionamiento del CNACC, la elección y designación de algunos de sus miembros, en su artículo 2o, modificado por el artículo 69 del Decreto 763 de 2009, dispuso que el citado Consejo estará integrado por el Ministro de Cultura o su delegado.
Que el artículo 2.2.1.38. del Decreto 1080 de 2015 establece que “(...) El Consejo Nacional de las Artes y la Cultura en Cinematografía -CNACC- estará integrado por los siguientes miembros: 1. El Ministro de Cultura o su delegado. 2. El Director de Cinematografía del Ministerio de Cultura. 3. Dos representantes con amplia trayectoria en el sector cinematográfico designados por el Ministro de Cultura. 4. Un representante de los Consejos Departamentales y Distritales en Cinematografía. 5. Un representante de los Productores de Largometraje. 6. Un representante de los Distribuidores. 7. Un representante de los Exhibidores. 8. Un representante de los Directores. (...);
Que mediante la Resolución 3558 del 8 de octubre de 2018, se delegó en el “(...) DIRECTOR DE CINEMATOGRAFÍA, la representación de la Ministra de Cultura en las reuniones del Consejo Nacional de las Artes y la Cultura en Cinematografía - CNACC”;
Que el artículo 1o del Decreto 692 de 2020 “Por el cual se modifica la estructura orgánica del Ministerio de Cultura (...)” modificó el artículo 5o del Decreto 2120 de 2018, cambiando la denominación de la Dirección de Cinematografía a “Dirección de Audiovisuales, Cine y Medios Interactivos”;
Que el artículo 2 de la Ley 2319 de 2023 modificó el artículo 66 de la Ley 397 de 1997, cambiando el nombre del Ministerio de Cultura a “Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes”;
Que el Consejo de Estado, en sentencia del treinta y uno (31) de mayo de dos mil doce (2012), con Número 68001-23-31-000-2004-01511-01(0825-09) respecto de la derogatoria de los actos administrativos de carácter general indica:
“La Derogatoria es la abolición de un acto administrativo por decisión unilateral y discrecional de la autoridad u organismo que lo expidió. Así se tiene que es la misma autoridad que expidió el acto administrativo de carácter general o particular, siempre y cuando este último no haya creado un derecho, la que lo hace desaparecer del mundo jurídico, por razones de conveniencia o de oportunidad en ejercicio de su potestad discrecional de la administración.”
Que en virtud de lo indicado por esta Alta Corte, y en cumplimiento del artículo 9 de la Ley 2319 de 2023:” Vigencia. La presente ley rige a partir de su promulgación y toda la legislación, su desarrollo o reglamentación deberá contener las modificaciones necesarias para su cumplimiento”, se considera pertinente derogar la Resolución 3558 del 8 de octubre de 2018, debido a que no refleja lo establecido en la Ley 2319 de 2023 y el Decreto 692 de 2020 en cuanto al nombre actual del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, y de la Dirección de Audiovisuales, Cine y Medios Interactivos;
Que dada la facultad contenida en el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, dispone que las autoridades administrativas: “podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias”, se delega en el Director (a) Técnico (a) 0100 Grado 20 de la Planta de Personal del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, de la Dirección de Audiovisuales, Cine y Medios Interactivos, La representación del Ministro de las Culturas, las Artes y los Saberes en el Consejo Nacional de las Artes y la Cultura en Cinematografía -CNACC.
En mérito de Lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Delegar en La persona que ocupe el cargo del Director Técnico 0100 Grado 20 de La Planta de Personal del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, de la Dirección de Audiovisuales, Cine y Medios Interactivos, la representación del Ministro de las Culturas, las Artes y los Saberes ante el Consejo Nacional de las Artes y la Cultura en Cinematografía- CNACC.
ARTÍCULO 2o. Comunicar el contenido de la presente Resolución de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1o, a través de la Secretaría General de la entidad.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de su fecha de expedición y deroga la Resolución 3558 del 8 de octubre de 2018 del Ministerio de Cultura, así como cualquier otro acto que resulte contrario a lo aquí dispuesto.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D. C., a los 27 OCT 2023
JUAN DAVID CORREA ULLOA
Ministro
Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes