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RESOLUCIÓN 224 DE 2023

(marzo 20)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE CULTURA

Por la cual se modifica la Resolución 0095 de 2023, por medio de la que se dio apertura a la Convocatoria del Programa Nacional de Salas Concertadas de la actual vigencia

EL SECRETARIO GENERAL

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Artículo 110 del Decreto 111 de 1996, el artículo 18 del Decreto 2120 de 2018 y en los numerales 19 y 36 del Artículo 5o de la Resolución 1851 del 21 de junio de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que el Programa Nacional Salas Concertadas apoya entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro, cuyo objeto social sea el desarrollo de actividades artísticas y culturales, a través de la gestión de una sala para las artes escénicas en funcionamiento permanente en territorio colombiano;

Que el objetivo del Programa Nacional de Salas Concertadas es fortalecer y aumentar las capacidades de sostenibilidad de las salas para las artes escénicas mediante la oferta de recursos financieros y técnicos que favorezcan el funcionamiento permanente y la programación artística en sus dimensiones de circulación, formación, investigación, creación y demás propias del quehacer, y que propendan por la ampliación y el desarrollo de públicos en el país.

Que de conformidad con los principios que rigen la función administrativa de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, el Ministerio de Cultura convoca públicamente a las salas de teatro a presentar proyectos para acceder al Programa Nacional de Salas Concertadas.

Que el pasado 20 de febrero de 2023, mediante la Resolución 0095, se dio apertura a la Convocatoria del Programa Nacional de Salas Concertadas vigencia 2023, estableciendo el cierre de la presentación de solicitudes de proyectos culturales hasta el 20 de marzo del año en curso.

Que la Dirección de Artes del Ministerio de Cultura certificó que el módulo de cargue de documentos del Sistema de Información de las Artes - SiArtes presentó indisponibilidad, desde las 00:00 hasta las 8:13 a.m. del 20 de marzo, lo cual dificultó la correcta presentación de propuestas.

Que, debido a lo anterior, en aras de garantizar la participación en atención a lo ocurrido y dar respuesta a las peticiones recibidas, se requiere prorrogar el cierre de la convocatoria, por lo cual se considera que es necesario habilitar la plataforma hasta las 17:00 horas del día 21 de marzo para que las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro, cuyo objeto social sea el desarrollo de actividades artísticas y culturales, interesadas en presentar solicitudes a la convocatoria del Programa Nacional de Salas Concertadas vigencia 2023 carguen los documentos sin inconveniente alguno.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 2o de la Resolución 0095 del 20 de febrero de 2023, el cual quedará así:

Artículo 2o. La Convocatoria para la presentación de proyectos culturales al Programa Nacional de Salas Concertadas para el año 2023, será:

APERTURA: Veintiuno (21) de febrero de 2023.

CIERRE: Veintiuno (21) de marzo de 2023.

ARTÍCULO 2o. La presente rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C a los

FERNANDO AUGUSTO MEDINA GUTIÉRREZ

Secretario General

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