RESOLUCIÓN 68 DE 2022
(marzo 3)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE CULTURA
"Por la cual se modifica la resolución 0434 del 11 de marzo de 2020"
LA MINISTRA DE CULTURA
En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confieren las Leyes 397 de 1997, 1834 de 2017, 2010 de 2019, el Decreto 286 de 2020,
modificado por el Decreto 1843 de 2021 y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política y la Ley General de Cultura constituyen el marco de reconocimiento y respeto por la diversidad cultural de la Nación, la propiedad intelectual, los objetivos dirigidos a impulsar, desarrollar, fomentar y estimular las acciones, procesos, proyectos, actividades, relacionadas con la ciencia, la tecnología y las demás manifestaciones culturales, así como de la libre competencia económica.
Que en desarrollo de la protección a la diversidad cultural se expidió la Ley 1834 de 2017, Ley Naranja, que tiene como objeto el desarrollar, fomentar, incentivar y proteger las industrias creativas; estas comprendidas por los sectores que conjugan la creación, producción y comercialización de bienes y servicios basados en contenidos intangibles de carácter cultural, y/o aquellas que generen protección en el marco de los derechos de autor.
Que para el fomento de la economía creativa es necesario fortalecer a las empresas de "Economía Naranja”, siendo entre otras, las que perciben rentas provenientes del desarrollo de industrias de valor agregado tecnológico y actividades creativas, y para este fin, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, para compilar y racionalizar las normas de carácter reglamentario que rigen el sector y contar con instrumentos jurídicos únicos.
Que el artículo 1.2.1.22.50. del Decreto 1625 de 2016, sustituido por el Decreto 286 de 2020, determina que el Ministerio Cultura constituirá el "Comité de Economía Naranja del Ministerio de Cultura", el cual deberá adoptar su propio reglamento para la operatividad mediante resolución.
Que, en cumplimiento de la anterior disposición, el Ministerio de Cultura expidió la resolución 0434 de 2020 por la cual adoptó el reglamento operativo del "Comité de Economía Naranja del Ministerio de Cultura” y en el artículo 2 define su conformación así:
“Artículo 2. Conformación del Comité de Economía Naranja del Ministerio de Cultura - CENMC. El Comité de Economía Naranja del Ministerio de Cultura, estará integrado por:
1. Viceministerio de la Creatividad y de la Economía Naranja, o su delegado.
2. Dirección de Arte, o su delegado.
3. Dirección de Cinematografía o su Delegado.
4. Dirección de Comunicaciones o su delegado
5. Grupo de Emprendimiento Cultural, o su delegado”.
Que el decreto 2120 de 2018 cuyo numeral 3o consagra la conformación del Viceministerio de la Creatividad y la Economía Naranja de la siguiente manera:
“3. Despacho del Viceministro de la Creatividad y la Economía naranja
3.1 Dirección de Artes
3.2 Dirección de Audiovisuales Cine y Medios Interactivos
3.3 Dirección de Estrategia Desarrollo y Emprendimiento''
Que en virtud de la resolución 1400 de 2020 se establecen al interior del Ministerio de Cultura grupos de trabajo, creándose en la Dirección de Estrategia Desarrollo y Emprendimiento el Grupo de Oportunidades e Innovación Pública y el Grupo Integración y Acceso y Circulación.
Que, en armonía con los actos administrativos mencionados, se consideró pertinente expedir la resolución 1419 de 2020, mediante la cual se modificó el artículo 2o de la resolución 0434 de 2020, relacionado con la conformación del Comité de Economía Naranja del Ministerio de Cultura.
Que, el artículo 44 de la Ley 2155 de 2021 modificó el inciso 1o y el literal b) del numeral 1 del artículo 235-2 del Estatuto Tributario así:
“1. Incentivo tributario para empresas de economía naranja. Las rentas provenientes del desarrollo de industrias de valor agregado tecnológico y actividades creativas, por un término de cinco (5) años, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
b) Las sociedades deben ser constituidas e iniciar su actividad económica antes del 30 de junio de 2022”.
Que, de conformidad a lo anterior, mediante la presente, se modificará la Resolución No. 434 de 2020 respecto de la conformación del Comité de Economía Naranja del Ministerio de Cultura, en consonancia con la organización de los grupos internos de trabajo señalados en la resolución 1400 de 2020, así como en lo que respecta a la actualización del beneficio por el término de 5 años.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Modificar lo dispuesto en la resolución 434 de 2020 modificada por la resolución 1419 de 2020, el cual quedará así:
“Artículo 2. Conformación del Comité de Economía Naranja del Ministerio de Cultura - CENMC. El Comité de Economía Naranja del Ministerio de Cultura, estará integrado por:
1. El Viceministerio de la Creatividad y de la Economía Naranja, o su delegado.
2. La Dirección de Arte, o su delegado.
3. La Dirección de Audiovisuales, Cine y Medios Interactivos o su delegado
4. La Dirección de Estrategia y Desarrollo Cultural o su delegado.
5. El Grupo de Oportunidades e Innovación Pública o su delegado
ARTÍCULO SEGUNDO. Modifiqúese el numeral 1o del artículo 3o de la resolución 0434 de 2020, el cual quedará así:
Artículo 3. Funciones del Comité de Economía Naranja del Ministerio de Cultura. El Comité de Economía Naranja del Ministerio de Cultura, tendrá las siguientes funciones:
1. La expedición de concepto previo respecto de los proyectos de inversión que presenten los contribuyentes interesados en la obtención del beneficio de renta exenta por 5 años, y que soportará (os actos de conformidad o no conformidad.
ARTÍCULO TERCERO. VIGENCIA Y DEROGATORIA. Esta resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, y deroga la resolución No. 1419 de 2020.
PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los
ANGELICA MARÍA MAYOLO OBREGÓN
MINISTRA DE CULTURA