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RESOLUCIÓN 14465 DE 2007

(noviembre 28)

Diario Oficial No. 46.827 de 29 de noviembre de 2007

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada a partir del 1o. de enero de 2018 por el artículo 20 de la Resolución 19 de 2016, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 22 Transitorio de la citada resolución>

Por medio de la cual se establecen las características y contenido técnico de la factura electrónica y de las notas crédito y otros aspectos relacionados con esta modalidad de facturación, y se adecúa el Sistema Técnico de Control.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,

en uso de sus facultades legales, en especial las consagradas en el literal i) del artículo 19 del Decreto 1071 de 1999, artículo 684-2 del Estatuto Tributario y el Decreto 1929 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 684-2 del Estatuto Tributario prevé que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá prescribir para determinados contribuyentes o sectores la adopción de sistemas técnicos para el control de la actividad productora de renta;

Que el Decreto 1929 de 2007 reglamentó el artículo 616-1 del Estatuto Tributario;

Que este decreto en su artículo 1o definió la factura electrónica y estableció que la autorización de numeración de facturación que debe solicitar el obligado a facturar, corresponde a la misma autorizada para la factura por computador;

Que según el artículo 4o de la misma normativa, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales debe establecer las características y requisitos del contenido técnico de control de la factura electrónica y de las notas crédito;

Que de conformidad con el artículo 8o del mismo Decreto, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales debe establecer los términos en los cuales el obligado a facturar, que opte por utilizar la factura electrónica, informará a la DIAN las distintas situaciones relacionadas con el uso de la factura electrónica y demás aspectos relacionados con el ejercicio de esta modalidad, y

Que conforme al artículo 9o del Decreto 1929 de 2007, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales debe establecer el contenido y las condiciones de tiempo, modo, lugar y especificación técnica de la información que los obligados que opten por facturar en forma electrónica y los adquirentes deben entregar a la entidad;

En mérito de lo expuesto, el Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. AMBITO DE APLICACIÓN. <Resolución derogada a partir del 1o. de enero de 2018 por el artículo 20 de la Resolución 19 de 2016> Lo dispuesto en la presente resolución aplica:

a) Para los obligados a facturar que opten exclusivamente por expedir esta forma de factura, caso en el cual deben cumplir en su totalidad con los procedimientos y controles que se establecen en la presente resolución, y

b) Para los obligados a facturar que opten por expedir factura electrónica y que para la expedición (generación y numeración) de facturas en otras modalidades, incluidos los documentos equivalentes que expiden las empresas de servicios públicos domiciliarios, utilicen y compartan con la factura electrónica, los procedimientos y tecnologías de información. En este evento los contribuyentes obligados deberán optar por una de las siguientes alternativas:

1. Cumplir con los procedimientos y controles que se establecen en la presente resolución, incluida la autorización de numeración como Sistema Técnico de Control establecido en la Resolución 03878 de 1996, con las adecuaciones propias para la factura electrónica, así como con la inclusión del número técnico de control, la entrega de información y la conservación de las facturas en medio electrónico, para cuando la DIAN lo requiera. Cuando el obligado a facturar cumpla en su totalidad con las condiciones aquí señaladas, no deberá atender las demás obligaciones establecidas en la Resolución 03878 de 1996.

2. Cumplir con los procedimientos y controles que se establecen en la presente resolución, incluida la autorización de numeración como Sistema Técnico de Control establecido en la Resolución 03878 de 1996, con las adecuaciones propias para la factura electrónica, así como con la inclusión del número técnico de control solamente en las facturas electrónicas y la entrega de información, sin perjuicio de mantener el sistema de control técnico establecido para la factura por computador. En este caso el contribuyente deberá cumplir las demás obligaciones señaladas en la Resolución 03878 de 1996 para la factura por computador.

PARÁGRAFO. Para efectos del Sistema Técnico de Control, los obligados que utilicen facturación por computador y/o documentos equivalentes, sin optar por la factura electrónica, deberán cumplir en su totalidad lo dispuesto en la Resolución 03878 de 1996.

La factura por talonario puede coexistir con cualquier otra forma de facturación.

ARTÍCULO 2o. INICIO DE OPERACIONES CON FACTURA ELECTRÓNICA Y ACTUALIZACIÓN. <Resolución derogada a partir del 1o. de enero de 2018 por el artículo 20 de la Resolución 19 de 2016> Las personas jurídicas, naturales y demás sujetos obligados a facturar que opten por facturar electrónicamente deberán informar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales su decisión de facturar bajo esta modalidad.

La persona natural o jurídica a través de su representante legal, deberá diligenciar y entregar el documento que para tal efecto disponga la DIAN, siempre y cuando se encuentre certificada la calidad del proceso de facturación.

En consecuencia, deberá informarse entre otros datos: el número y fecha de las certificaciones vigentes de calidad ISO 9001:2000 en el proceso de facturación, definido en el artículo 2o del Decreto 1929 de 2007, precisando los procedimientos objeto de la certificación: expedición (generación y numeración), entrega, aceptación y conservación, incluyendo exhibición. Si todo o parte del proceso se cumple a través de terceros, deberá especificarse adicionalmente, el nombre o razón social y NIT de la persona natural o jurídica que presta el o los servicios, indicando los procedimientos del proceso de facturación que presta por el obligado, así como los datos relativos a las respectivas certificaciones de calidad.

Cuando el obligado requiera actualizar datos relativos a la certificación de calidad y/o datos relativos a los terceros que le prestan alguno o todos los servicios relacionados con el proceso de facturación, deberá diligenciar y entregar el documento que para tal efecto disponga la DIAN.

Cuando se requiera aclarar o completar información suministrada por el obligado, la DIAN deberá requerirlo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la radicación del escrito respectivo. El solicitante deberá complementar la información dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al recibo del requerimiento, si no lo hace se entenderá que desiste, sin perjuicio de que el interesado pueda presentar nuevamente el informe de inicio o de actualización.

ARTÍCULO 3o. PROCEDIMIENTO PARA AUTORIZACIÓN DE NUMERACIÓN. <Resolución derogada a partir del 1o. de enero de 2018 por el artículo 20 de la Resolución 19 de 2016>

1. Generalidades.

La numeración de las facturas de quienes opten por expedir la factura electrónica, obedece a un sistema de numeración consecutiva autorizado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

El obligado a facturar deberá utilizar un sistema de numeración que garantice la unicidad de la factura, el cual podrá contener prefijos alfanuméricos que le permitan diferenciar la facturación de los ingresos provenientes de las ventas o prestación de servicios, como la modalidad de pago, por establecimientos de comercio, por ciudad u otra forma. Cuando se utilice prefijo, el mismo formará parte del número de la factura.

Las notas crédito no requieren numeración autorizada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, pero en todo caso deben llevar un sistema de numeración consecutiva.

Tratándose de las empresas de servicios públicos domiciliarios, los abonos y cargos se reflejarán en la siguiente factura. En todo caso, estas empresas deben conservar los documentos y/o registros que soportan el abono o cargo respectivo.

El procedimiento de autorización de numeración implica el diligenciamiento de una solicitud y la respectiva decisión de la DIAN.

2. Solicitud de autorización de numeración.

La persona natural o jurídica que opte por facturar en forma electrónica una vez informe su decisión en tal sentido, deberá solicitar autorización de numeración a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, informando el o los rangos a utilizar.

Una vez la DIAN autorice a través de resolución la numeración para facturar en forma electrónica, deberá utilizarse, así:

a) Para facturar en forma electrónica para quienes opten exclusivamente por esta forma de facturación;

b) Para facturar en forma electrónica y para expedir facturas en otras modalidades que compartan con aquella el procedimiento de expedición.

Cuando el interesado expida factura por un sistema de facturación, según se indica en el literal b) del artículo 1o de la presente resolución y, tenga una autorización anterior vigente, deberá informar además el rango que viene utilizando, para efectos de su inhabilitación.

Cuando el interesado requiera un nuevo rango de numeración o la habilitación de un sobrante por el vencimiento del término de dos años, contados a partir de la ejecutoria de la resolución de autorización de numeración, se deberá elevar la respectiva solicitud.

Todos los obligados que opten por facturar en forma electrónica independientemente de que expidan o no factura por un sistema de facturación según se indica en el literal b) del artículo 1o de la presente resolución, deberán solicitar autorización de numeración.

En todo caso, los obligados a facturar que opten por facturar en forma electrónica, y así lo manifiesten a la DIAN, previo al inicio de la expedición de las facturas electrónicas, deberán cumplir con las características y contenido técnico establecidos en el Decreto 1929 de 2007, la presente resolución y las demás que modifiquen o aclaren dicha normativa.

3. Decisión.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales a través de la Subdirección de Gestión y Asistencia al Cliente o dependencia que haga sus veces, deberá resolver la solicitud de autorización de numeración dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de recepción. Una vez vencido el término antes señalado sin que la Administración se haya pronunciado, se entenderá que opera la autorización solicitada.

Contra el acto administrativo que resuelve la solicitud de autorización de numeración para facturar electrónicamente, procede únicamente el recurso de reposición, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación y deberá ser resuelto dentro del mes siguiente a la presentación del mismo, por el área de Gestión y Asistencia o dependencia que haga sus veces.

En las facturas expedidas deberá indicarse el número y la fecha de resolución de autorización o señalar que la administración no se pronunció en el término señalado en el inciso 1o de este numeral, cuando sea el caso, y el rango de numeración consecutiva autorizada.

ARTÍCULO 4o. CONTENIDO TÉCNICO DE CONTROL DE LA FACTURA ELECTRÓNICA Y DE LAS NOTAS CRÉDITO. <Resolución derogada a partir del 1o. de enero de 2018 por el artículo 20 de la Resolución 19 de 2016> El contenido técnico de control corresponde a un valor alfanumérico obtenido a partir de la aplicación de un procedimiento que utiliza algunos datos de la factura o de las notas crédito tales como la fecha de expedición (generación, numeración) entendida como año, mes, día y hora, minutos y segundos, además de la clave técnica, entre otros. Esta clave será entregada por la DIAN al obligado una vez autorice la numeración para facturar en forma electrónica y en lo sucesivo cuando el obligado lo requiera.

El contenido técnico de control deberá ser incluido como un campo más dentro de las facturas electrónicas y las notas crédito asociadas a las mismas y, se deberá representar en el formato electrónico de la factura y de la nota crédito, y visualizar en su representación gráfica.

PARÁGRAFO 1o. Para los obligados que opten por el numeral 1 del literal b) del artículo 1o, el número técnico de control deberá incorporarse en las facturas expedidas que comparten con la factura electrónica el procedimiento de expedición (generación y numeración).

PARÁGRAFO 2o. Tratándose de las empresas de servicios públicos domiciliarios, para efectos de la obtención del contenido técnico de control se tendrá en cuenta, entre otros aspectos, los datos de identificación del adquirente persona natural o jurídica, informados en los acuerdos para facturar bajo la modalidad de factura electrónica.

PARÁGRAFO 3o. El procedimiento y las especificaciones técnicas pertinentes se incorporan en el Anexo 001, que forma parte integral de la presente resolución.

ARTÍCULO 5o. CESE DE OPERACIONES CON FACTURA ELECTRÓNICA. <Resolución derogada a partir del 1o. de enero de 2018 por el artículo 20 de la Resolución 19 de 2016> La expedición de facturas electrónicas cesará de oficio o a solicitud de parte.

1. De oficio, en los siguientes eventos:

a) Cuando la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales verifique que la información entregada por el obligado con el fin de informar el inicio o actualización de operaciones bajo la modalidad de factura electrónica no sea exacta o veraz;

b) Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que corresponden al obligado que opte por facturar en forma electrónica conforme al Decreto 1929 de 2007, la presente resolución y/o las normas que modifiquen o complementen dicha normativa.

En cualquiera de estos casos, la DIAN expedirá la correspondiente resolución e inhabilitará la numeración sobrante, cuando haya lugar a ello. Contra dicho acto administrativo, procede el recurso de reposición ante el área de Gestión y Asistencia o dependencia que haga sus veces, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación y deberá ser resuelto dentro del mes siguiente a la presentación del mismo. Una vez ejecutoriada la resolución, quedará inhabilitada la numeración sobrante.

2. A solicitud de parte, en los siguientes casos:

a) Cuando se presenten circunstancias que impidan el uso de la factura electrónica tales como liquidación de la persona jurídica o asimilada, fusión por absorción o fusión por creación, cuando la sociedad o sociedades absorbidas o fusionadas facturaban electrónicamente. En los eventos de escisión, cuando la sociedad que facturaba electrónicamente desaparece jurídicamente y, por cese de actividades mercantiles en forma definitiva, entre otros;

b) Cuando el obligado opte por no facturar electrónicamente, informando la numeración sobrante, si fuere el caso.

Para tal efecto, el interesado deberá informar el cese de operaciones bajo la modalidad de factura electrónica y solicitar la inhabilitación de la numeración sobrante, cuando sea el caso.

Contra el acto administrativo que resuelve la solicitud procede el recurso de reposición ante el área de Gestión y Asistencia o dependencia que haga sus veces, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación y deberá ser resuelto dentro del mes siguiente a la presentación del mismo.

PARÁGRAFO 1o. En todos los casos en los cuales se informe una numeración sobrante, la misma será inhabilitada y por consiguiente no podrá ser usada, a más tardar desde la fecha de ejecutoria del correspondiente acto administrativo.

PARÁGRAFO 2o. Cuando el obligado cese la expedición de facturas en forma electrónica y continúe con la expedición de facturas en otras modalidades que compartan con la factura electrónica el procedimiento de expedición, una vez ejecutoriada la resolución, debe someterse a la normatividad que corresponda según el caso.

ARTÍCULO 6o. FORMAS DE ADELANTAR LOS PROCEDIMIENTOS. <Resolución derogada a partir del 1o. de enero de 2018 por el artículo 20 de la Resolución 19 de 2016> Los procedimientos de inicio, autorización de numeración y cese de operaciones con factura electrónica, se adelantarán en forma presencial o virtual cuando la DIAN lo disponga a través de sus servicios informáticos electrónicos, utilizando el mecanismo de firma amparado en certificado digital.

ARTÍCULO 7o. INFORMACIÓN A ENTREGAR EN FORMA PERIÓDICA POR EL OBLIGADO A FACTURAR. <Resolución derogada a partir del 1o. de enero de 2018 por el artículo 20 de la Resolución 19 de 2016> El obligado que opte por facturar en forma electrónica deberá entregar de manera virtual a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, la siguiente información:

1. Consolidado mensual por adquirente. Este consolidado debe presentar totalizada la información de las operaciones realizadas con cada adquirente, cada mes calendario, diferenciado por tipo de factura, según sean electrónicas o facturas expedidas en otras modalidades que compartan con aquella el procedimiento de expedición, así:

a) Cantidad de facturas y valor total de la operación de las facturas expedidas;

b) Valor total del IVA facturado en las facturas expedidas;

c) Cantidad de facturas y valor total de la operación de las facturas anuladas;

d) Valor total del IVA de facturas anuladas;

e) Cantidad de facturas y valor total de la operación de las facturas expedidas por contingencia utilizada (Ej. talonario, facturas expedidas en otras modalidades que compartan con la factura electrónica el procedimiento de expedición);

f) Valor total del IVA de facturas expedidas por contingencia utilizada (Ej. talonario, o facturas expedidas en otras modalidades que compartan con la factura electrónica el procedimiento de expedición);

g) Cantidad y valor notas crédito;

h) Valor IVA notas crédito.

Las empresas de servicios públicos domiciliarios, informarán únicamente respecto de las facturas electrónicas por cada persona natural o jurídica con la cual hayan celebrado acuerdos para facturar en forma electrónica y no reportan información relativa a notas crédito.

La información correspondiente a este numeral, deberá entregarse conforme a las especificaciones técnicas que figuran en el Anexo 002, que forma parte integral de la presente resolución.

2. Informe de acuerdos para expedición y aceptación de facturas electrónicas. Este informe debe presentar la relación de la identificación y el nombre o razón social de los adquirentes suscriptores, de los acuerdos suscritos como de los revocados, para el período informado, incluyendo la fecha de suscripción del acuerdo y la de terminación (revocación) cuando haya lugar.

Esta información deberá entregarse conforme a las especificaciones técnicas que figuran en el Anexo 004, que forma parte integral de la presente resolución.

ARTÍCULO 8o. INFORMACIÓN A ENTREGAR POR EL ADQUIRENTE DE FORMA PERIÓDICA. <Resolución derogada a partir del 1o. de enero de 2018 por el artículo 20 de la Resolución 19 de 2016> Los adquirentes a quienes previo acuerdo se les haya expedido factura electrónica, que pretendan hacer valer costos y deducciones, deberán entregar a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, un consolidado mensual por obligado a facturar, el cual deberá presentarse por cada mes calendario con la información totalizada y contener la siguiente información:

a) Cantidad de facturas y valor total de la operación de las facturas que le fueron expedidas;

b) Valor total del IVA que le hubieren facturado, cuando se trate de bienes y/o servicios gravados.

PARÁGRAFO. La información a que se refiere el presente artículo deberá entregarse conforme a las especificaciones técnicas que figuran en el Anexo 003, que forma parte integral de la presente resolución.

ARTÍCULO 9o. PLAZO DE ENTREGA DE INFORMACIÓN. <Resolución derogada a partir del 1o. de enero de 2018 por el artículo 20 de la Resolución 19 de 2016> Los obligados que opten por facturar en forma electrónica, así como los adquirentes que pretendan hacer valer costos y deducciones, deberán entregar la información a que se refieren los artículos anteriores, por bimestres vencidos correspondientes a los meses de enero y febrero, marzo y abril, mayo y junio, julio y agosto, septiembre y octubre y, noviembre y diciembre, según el último dígito del NIT sin incluir el dígito de verificación, así:

– 1 y 2: el sexto y séptimo día hábil del mes siguiente al vencimiento del período, respectivamente.

– 3 y 4: el octavo y noveno día hábil del mes siguiente al vencimiento del período, respectivamente.

– 5 y 6: el décimo y decimoprimero día hábil del mes siguiente al vencimiento del período, respectivamente.

– 7 y 8: el decimosegundo y decimotercero día hábil del mes siguiente al vencimiento del período, respectivamente.

– 9 y 0: el decimocuarto y decimoquinto día hábil del mes siguiente al vencimiento del período, respectivamente.

ARTÍCULO 10. INFORMACIÓN DETALLADA. <Resolución derogada a partir del 1o. de enero de 2018 por el artículo 20 de la Resolución 19 de 2016> Sin perjuicio de la información a reportar conforme a los artículos anteriores, la DIAN podrá requerir información detallada, por el período que determine, a un obligado o a grupos de obligados que hayan optado por facturar en forma electrónica, o a un adquirente o grupos de adquirentes que pretendan soportar costos y deducciones, así:

1. Si el informante es el obligado a facturar, deberá diferenciar el tipo de factura, según sean electrónicas o facturas expedidas en otras modalidades que compartan con la factura electrónica el procedimiento de expedición, así como las facturas anuladas y las expedidas con procedimientos de contingencia, informando los siguientes datos:

a) Nombres y apellidos o razón social del adquirente;

b) Tipo de documento de identificación del adquirente;

c) Número de documento de identificación del adquirente;

d) Tipo de factura (electrónica, otra modalidad, talonario en caso de contingencia);

e) Número de factura;

f) Fecha de la factura (año, mes día, hora, minutos, segundos);

g) Valor total de la operación facturado;

h) IVA facturado, cuando se trate de bienes y/o servicios gravados;

i) Número de control técnico (respecto de las facturas electrónicas y las demás que compartan con la misma el procedimiento de expedición (generación-numeración), si fuera el caso;

2. Si el informante es el adquirente, deberá informar respecto de las facturas electrónicas que le hubieren expedido, la siguiente información:

a) Nombres y apellidos o razón social del vendedor del bien o servicio;

b) NIT del vendedor;

c) Número de factura;

d) Fecha de la factura (año, mes día, hora, minutos, segundos);

e) Valor total de la operación facturado;

f) IVA facturado, cuando se trate de bienes y/o servicios gravados;

g) Número de control técnico (respecto de las facturas electrónicas).

PARÁGRAFO 1o. Tratándose de las empresas de servicios públicos domiciliarios, la información suministrada corresponderá únicamente a las facturas electrónicas expedidas a los adquirentes con quienes hayan suscrito acuerdos, documentos de donde se tomarán los datos de identificación del adquirente persona natural o jurídica.

PARÁGRAFO 2o. La anterior información se entregará en el formato cuyas especificaciones técnicas se incluyen en el Anexo 005, que forma parte integral de la presente resolución.

ARTÍCULO 11. PROCEDIMIENTO PARA LA ENTREGA DE INFORMACIÓN. <Resolución derogada a partir del 1o. de enero de 2018 por el artículo 20 de la Resolución 19 de 2016> El obligado que opte por facturar en forma electrónica deberá entregar en forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, haciendo uso de la firma digital, respaldada con certificado digital emitido por la DIAN, la información a que se refieren los artículos anteriores.

El adquirente a quien le hubieren facturado en forma electrónica, que pretenda hacer valer costos y deducciones, podrá entregar la información a que se refieren los artículos anteriores en forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, haciendo uso de la firma digital, respaldada con certificado digital emitido por la DIAN, en caso de poseerla a la fecha de publicación de la presente resolución, o en forma presencial en caso contrario, evento en el cual deberá llevar la información en unidades extraíbles USB.

La obligación de presentar la información correspondiente, la cumple directamente la persona natural obligada que opte por facturar en forma electrónica o el adquirente según el caso, o el representante legal de las personas jurídicas o demás entidades. La DIAN emitirá cuando sea el caso el mecanismo de firma con certificado digital a la persona natural que a nombre propio o en representación del informante deba cumplir la obligación de presentar la información utilizando los servicios informáticos electrónicos.

Para quienes deban realizar la presentación de la información en forma presencial en los puntos habilitados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, la presentación podrá hacerse directamente por el obligado o por interpuesta persona, caso en el cual, se requiere comunicación suscrita por el representante legal o interesado, donde se identifique al autorizado a entregar la información. En estos casos, la DIAN entregará como constancia el formato de presentación de información por envío de archivos.

Cuando por inconvenientes técnicos no haya disponibilidad de los servicios informáticos electrónicos y, en consecuencia, el obligado no pueda cumplir con la presentación de la información a que se refiere la presente resolución en forma virtual, deberá acercarse a la administración o puntos habilitados por la DIAN llevando la información en unidades extraíbles USB y el archivo de firma digital para su respectiva presentación. Si en todo caso no es posible la presentación virtual por el obligado, se seguirá el procedimiento establecido por la DIAN para la presentación presencial.

Sin perjuicio de lo anterior, el obligado a informar deberá prever con suficiente anticipación el adecuado funcionamiento de los medios requeridos para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones. En ningún caso, los eventuales daños en su sistema y/o equipos informáticos, falta de conexión, el no agotar los procedimientos previos a la presentación de la información, como el trámite de inscripción o actualización en el Registro Unico Tributario y/o de la activación del mecanismo de firma digital, la pérdida de la clave secreta asociada a la firma digital, por quienes deben cumplir con la obligación de informar en forma virtual o la solicitud de cambio o asignación con una antelación no inferior a tres (3) días hábiles al vencimiento, constituirán causales de justificación de la extemporaneidad en la presentación de la información.

PARÁGRAFO. Cuando la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales modifique o adicione el contenido de la información que debe entregarse conforme a la presente resolución, lo dará a conocer a los obligados a reportar, a través de resolución, con una antelación no inferior a tres (3) meses a la finalización del período respecto del cual se requiera la información.

ARTÍCULO 12. PROCEDIMIENTO PREVIO A LA PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS INFORMÁTICOS ELECTRÓNICOS. <Resolución derogada a partir del 1o. de enero de 2018 por el artículo 20 de la Resolución 19 de 2016> Para efectos de la emisión del mecanismo de firma con certificado digital, deberá cumplirse previamente el siguiente procedimiento:

a) Inscribir o actualizar, de ser necesario, el Registro Unico Tributario del informante incluyendo la responsabilidad “Informante de exógena”, y su correo electrónico. Las personas jurídicas o demás entidades deben actualizar el Registro Unico Tributario incluyendo al representante legal a quien se le asignará el mecanismo de firma con certificado digital;

b) El representante legal deberá inscribir o actualizar, de ser necesario, su Registro Unico Tributario personal, conforme al artículo 2o de la Resolución 1767 de 2006 de la DIAN, informando su correo electrónico e incluyendo la responsabilidad 22 “obligados a cumplir deberes formales a nombre de terceros”;

c) Adelantar, de ser necesario, el trámite de emisión y activación del mecanismo de firma digital respaldado con certificado digital de la DIAN, mínimo con tres (3) días hábiles de antelación al vencimiento del término para informar y siguiendo el procedimiento señalado en la Resolución 12717 de 2005 de la DIAN.

PARÁGRAFO 1o. El mecanismo de firma con certificado digital debe solicitarse personalmente o a través de apoderado debidamente facultado o por interpuesta persona con autorización autenticada, presentada ante las respectivas Administraciones de la DIAN y/o en los lugares habilitados para tal efecto. Para las personas jurídicas o las demás entidades debe señalarse expresamente la persona a quien se le hará entrega del mecanismo de firma digital.

PARÁGRAFO 2o. Los obligados, personas naturales y representantes legales de las personas jurídicas y demás entidades a quienes a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución, la DIAN les haya asignado previamente el mecanismo de firma con certificado digital, no requieren la emisión de un nuevo mecanismo.

ARTÍCULO 13. SANCIONES. <Resolución derogada a partir del 1o. de enero de 2018 por el artículo 20 de la Resolución 19 de 2016> Cuando la información a que se refiere la presente resolución no se suministre dentro de los plazos establecidos, cuando el contenido presente errores o no corresponda a lo solicitado, habrá lugar a la aplicación de las sanciones contempladas en el artículo 651 del Estatuto Tributario.

ARTÍCULO 14. VIGENCIA. <Resolución derogada a partir del 1o. de enero de 2018 por el artículo 20 de la Resolución 19 de 2016> La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 28 de noviembre de 2007.

El Director General,

OSCAR FRANCO CHARRY.

ANEXO 1.

PROCEDIMIENTO PARA LA GENERACION DEL CONTENIDO TECNICO DE CONTROL DE LA FACTURA Y DE LAS NOTAS CREDITO.

OBJETIVO

Definir el Procedimiento para la generación del contenido técnico de control de la factura y de las notas crédito

ESPECIFICACION TECNICA

El contenido técnico de control de la factura y de las notas crédito corresponde a un valor alfanumérico obtenido a partir de la aplicación de un procedimiento que utiliza algunos datos de la factura o de las notas crédito tales como la fecha de expedición (generación, numeración) entendida como año, mes, día y hora, minutos y segundos, y adicionalmente de la clave técnica suministrada por la DIAN.

El contenido técnico de control de la factura y de las notas crédito deberá ser incluido como un campo más dentro de las facturas generadas electrónicamente y las notas crédito asociadas a las mismas y se deberá representar en el formato electrónico de la factura y de la nota crédito y visualizarse en su representación gráfica.

1. Cálculo del contenido técnico de Control de la Factura y de las Notas Crédito

Para generar el contenido técnico de control se debe seguir estos pasos:

Paso 1: Representación de valores en formato especificado.

CAMPOTIPOTAMAÑO MAX.NOTAS
Número de la facturaString30 caracteresSi el tamaño es menor al especificado, se debe representar sin anexar ceros a la izquierda ni caracteres de relleno.
En caso de utilizar prefijos estos formarán parte del número de la factura, sin incluir guiones o separadores Ej: AC125478999999
CAMPOTIPOTAMAÑO MAX.NOTAS
FechaDateTime14Entendida la Fecha como Año, Mes, día y Horas, Minutos y Segundos, sin caracteres de separación.
YYYYMMDDhhmmss (hora en formato de 24 horas). Ej. 20070205200232
Valor total de la operaciónDouble20 Enteros
2 Decimales
Si el tamaño es menor al especificado, se debe representar sin anexar ceros a la izquierda ni caracteres de relleno. El separador decimal para todos los casos será el punto (.). Ej: 1254587.20
IVADouble20 Enteros
2 Decimales
En caso de bienes y/o servicios no gravados, se debe colocar el valor cero (0). El separador decimal para todos los casos será el punto (.) Ej. 126.21
NIT del obligado a facturaDouble15No se incluye el dígito de verificación. Si el tamaño es menor al especificado, se debe representar sin anexar ceros a la izquierda ni caracteres de relleno
Eje: 89568987
Tipo de documento del adquirienteInt2Ver Tabla N° 1 (Tipos de documentos aceptados)
Eje: 13
Número de documento del adquirienteString30 CaracteresSi el tamaño es menor al especificado, se debe representar sin anexar ceros a la izquierda ni caracteres de relleno,
Ej: 78542654
Si el Tipo de documento del adquiriente es 43 debe utilizar el valor 0 (cero)
Clave del contenido técnico de controlString40 CaracteresSe debe representar como fue suministrada por la DIAN.
Ej: 13a885fe8ca788d3ff3c077d76e9d965

Paso 2. Concatenación de valores y aplicación de algoritmo de resumen.

Los valores representados de acuerdo al Paso número, se deben concatenar de manera secuencial, en codificación ASCII, sin adicionar ningún separador o carácter de control y una vez concatenados, sobre ellos aplicar el algoritmo de resumen SHA-1, de acuerdo con la especificación FIPS 180-1. (Secured Hash Standard) [1]

El valor obtenido será el contenido técnico de control de la factura y de las notas crédito.

Ejemplo:

Se toman los siguientes valores

CAMPOVALOR
Número de Factura: 1234567890
Fecha: 2007/08/12
Hora: 12:00:00 P. M
Valor Factura: $ 120000.00
Valor del IVA: $ 19200.00
NIT obligado a factura: 999999990
Tipo documento del adquiriente: 31
Número de documento del adquiriente: 999999998
Clave del contenido técnico: 13a885fe8ca788d3ff3c077d76e9d965

Paso número 1

CAMPOFORMATO
Número de Factura: 1234567890
Fecha: 20070812
Hora: 120000
Valor Factura: 120000.00
Valor del IVA: 19200.00
NIT obligado a factura: 999999990
Tipo documento del adquiriente: 31
Número de documento del adquiriente: 999999998
Clave del contenido técnico: 13a885fe8ca788d3ff3c077d76e9d965

Paso número 2.

a) Concatenación de los valores

123456789020070812120000120000.019200.009999999903199999999813a885fe8ca788d3ff3c077d76e9d965;

b) Aplicación del Algoritmo de Resumen

sha-1(123456789020070812120000120000.019200.009999999903199999999813a885fe8ca788d3ff3c077d76e9d965)

Contenido técnico de control: 7f2347f033c40f8edcf93a98152c50fcb4d14cbe

CódigoNombre del documento
12 Tarjeta de identidad
13Cédula de ciudadanía
21 Tarjeta de extranjería.
22 Cédula de extranjería
31 NIT
41 Pasaporte
42 Documento de identificación extranjero
43 Sin identificación del exterior o para uso definido por la DIAN

Tabla 1: Tipos de documento de identidad aceptados

ANEXO 2.

ESPECIFICACIONES TECNICAS CONSOLIDADO MENSUAL POR ADQUIRIENTE.

Formato 1289-Versión 7

OBJETIVO

Definir las características y contenido de los archivos para el Consolidado Mensual por adquiriente.

ESPECIFICACION TECNICA

El formato “Consolidado Mensual por adquiriente” debe enviarse en un archivo XML que cumpla las siguientes especificaciones:

1. Estándar del nombre de los archivos

El nombre de cada uno de los archivos, debe especificarse mediante la siguiente secuencia de caracteres:

Dmuisca_ccmmmmmvvaaaacccccccc.xml

cc :Concepto (Inserción = 01 Reemplazo = 02)
mmmmm :Formato (Consolidado Mensual por adquiriente =1289)
vv :Versión del formato (Versión = 07).
aaaa :Año de envío.
cccccccc :Consecutivo de envío por año.

2. Formato del Archivo

El formato “Consolidado Mensual por adquiriente”, contiene un documento XML, que está compuesto por dos elementos complejos: Encabezado y Contenido, las cuales se deben enviar en el orden enunciado.

Encabezado

Contenido Información 1

Contenido Información 2

...

Contenido Información N

1. El documento XML debe cumplir con la especificación 1.0 Tercera edición.

2. El conjunto de caracteres utilizado en el documento XML debe ser el alfabeto latino No 1: “ISO-8859-1”.

3. El archivo debe contener un documento XML bien formado y válido de acuerdo al esquema XSD que incluye en esta especificación técnica.

4. El archivo debe contener un elemento único elemento raíz llamado “mas”, que a su vez contendrá toda la información del archivo, tanto el encabezado como los registros.

2.1. Formato del Encabezado

El encabezado del archivo viene en el elemento “Cab” y contiene los siguientes datos, todos de carácter obligatorio:

ETIQUETADENOMINACION CASILLATIPOLONGITUD CAMPOVALIDACIONESOBSERVACIONES
AnoAño de envíoInt4Formato AAAA
CodCptConceptoInt21 = Inserción2 = Reemplazo
FormatoCódigo del formatoInt5Consolidado Mensual por adquiriente =1289
VersiónVersión del formatoInt2Versión = 7
NumEnvioNúmero de envíoInt8Debe ser un número consecutivo por año para todos los formatos que el remitente envíe a la DIANConsecutivo de envío por año.
FecEnvioFecha de envíoDateTime19Debe ser la fecha calendario.Formato AAAA-MM-DDTHH:MM:SS
FecInicialFecha InicialDate10Debe ser la fecha calendario.Los registros corresponden mínimo esta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD
FecFinalFecha FinalDate10Debe ser la fecha calendario.Los registros corresponden máximo a esta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD
ValorTotalValor Totaldouble20Corresponde a la sumatoria de la casilla “td” de los registros reportados en cada uno de los elementos contenidos en el elemento “adq”.
CantRegCantidad de registrosInt4La cantidad de registros está medida por el número de elementos “adq” que contenga el archivo.Cantidad de registros reportados en el contenido.

2.3. Formato del Contenido

En el contenido del archivo se deben incluir tantos registros como se informó en la cabecera en el campo “Cantidad de registros”.

Cada registro reportado debe mantener la misma estructura previamente explicada y usada para la cabecera.

El contenido del archivo viene en el elemento “adq” y debe incluir los siguientes datos:

ATRIBUTOCASILLADENOMINACION CASILLATIPOLONGITUDOBLIGATORIAOBSERVACIONES
td24Tipo documentoint2S12. Tarjeta de identidad
13. Cédula de ciudadanía
21. Tarjeta de extranjería.
22. Cédula de extranjería
31. NIT
41. Pasaporte
42. Documento de identificación extranjero43. Sin identificación del exterior o para uso definido por la DIAN
num25Número de Identificaciónstring20SSi la casilla 24 – Tipo de documento es 43 debe diligenciar 0 (cero)
apel127Primer Apellidostring60N
apel228Segundo Apellidostring60N
nom129Primer Nombrestring60N
nom230Otros Nombresstring60N
rsocial31Razón Socialstring450N

El elemento “adq” está conformado por la información perteneciente al elemento secundario llamado “fac”, el cual se construye con los siguientes atributos:

ATRIBUTOCASILLADENOMINACION CASILLATIPOLONGITUDOBLIGATORIAOBSERVACIONES
fecini32Fecha Iniciodate10S
fecfin33Fecha Findate10S

El elemento “fac” está conformado por la información perteneciente a los siguientes elementos secundarios:

Elemento “facE”, que se utilizará para las facturas expedidas, este elemento se construye con los siguientes atributos:

ATRIBUTOCASILLADENOMINACION CASILLATIPOLONGITUDOBLIGATORIAOBSERVACIONES
cant34Cantidadlong10SLa cantidad de facturas usadas relacionadas no debe incluir las facturas de contingencia.
vlr35Valor Total facturadodecimal20.2SPuede contener dos decimales. Utilice punto (.) como separador decimal
iva36Valor Total de IVA facturadodecimal20.2SPuede contener dos decimales. Utilice punto (.) como separador decimal
tfac37Tipo Facturaciónstring2S01. Electrónica
02. Otras modalidades

Elemento “facA”, que se utilizará para las facturas anuladas, este elemento se construye con los siguientes atributos:

ATRIBUTOCASILLADENOMINACION CASILLATIPOLONGITUDOBLIGATORIAOBSERVACIONES
cant38Cantidadlong10S
vlr39Valor Total facturadodecimal20.2SPuede contener dos decimales. Utilice punto (.) como separador decimal
iva40Valor Total de IVA facturadodecimal20.2SPuede contener dos decimales. Utilice punto (.) como separador decimal
tfac41Tipo Facturaciónstring2S01. Electrónica
02. Otras modalidades

Elemento “ncred”, que se utilizará para las notas crédito, este elemento se construye con los siguientes atributos:

ATRIBUTOCASILLADENOMINACION CASILLATIPOLONGITUDOBLIGATORIAOBSERVACIONES
cant42Cantidadlong10S
vlr43Valor Total facturadodecimal20.2S
iva44Valor Total de IVA facturadodecimal20.2SPuede contener dos decimales. Utilice punto (.) como separador decimal
tfac45Tipo Facturaciónstring2S01. Electrónica
02. Otras modalidades

Elemento “facC”, que se utilizará para las facturas de contingencia, este elemento se construye con los siguientes atributos:

ATRIBUTOCASILLADENOMINACION CASILLATIPOLONGITUDOBLIGATORIAOBSERVACIONES
cant46Cantidadlong10S
vlr47Valor Total facturadodecimal20.2S
iva48Valor Total de IVA facturadodecimal20.2S
tfac49Tipo Facturaciónstring2S01. Electrónica
02. Otras modalidades
03. En papel

Las facturas informadas por contingencia, no deben ser informadas como facturas expedidas.

3. Validaciones

3.1. Validaciones Generales

1. El archivo debe contener todos los campos definidos para el encabezado y estos campos deben estar correctamente diligenciados.

2. La información del contenido del archivo debe corresponder al esquema XSD entregado.

3. Los atributos que registran valores numéricos, se reportan con valores numéricos positivos, sin signos ni puntuaciones, según lo reportado por el informante o en su defecto con cero (0).

4. Los campos que corresponden a fechas, deben contener fechas válidas en cuanto a año, mes y día.

3.2. Validaciones del Encabezado

1. Los campos concepto, formato y versión, deben venir diligenciados con los valores estipulados en las especificaciones técnicas,

2. Año de envío, debe ser el año calendario.

3. Número de envío, debe ser un número consecutivo por año para todos los formatos que el remitente envíe a la DIAN.

4. Fecha de envío, debe ser la fecha calendario, en formato AAAA-MM-DDTHH:MM:SS.

5. Cantidad de registros, debe ser igual a la cantidad de registros reportados en el contenido, que como máximo pueden ser 5.000 registros.

6. Valor total, corresponde a la sumatoria de la casilla “td” de los registros reportados en cada uno de los elementos contenidos en el elemento “adq”.

4. Esquema XSD

A continuación se incluye el esquema XSD para esta especificación técnica.

<?xml version=“1.0” encoding=“ISO-8859-1”?>

<xs:schema xmlns:xs=“http://www.w3.org/2001/XMLSchema” elementFormDefault=“qualified” attributeFormDefault=“unqualified”>

<xs:element name=“fac”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Elemento que encapsula la información de Factura Electrónica - Informe Consolidado

Formato 1289 - Versión 7</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:complexType>

<xs:choice maxOccurs=“unbounded”>

<xs:element ref=“facE” maxOccurs=“unbounded”/>

<xs:element ref=“facA”/>

<xs:element ref=“facC”/>

<xs:element ref=“ncred”/>

</xs:choice>

<xs:attribute name=“fecini” type=“xs:date” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Fecha de inicio</xs:documentation>

</xs:annotation>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“fecfin” type=“xs:date” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Fecha fin</xs:documentation>

</xs:annotation>

</xs:attribute>

</xs:complexType>

</xs:element>

<xs:element name=“mas”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Elemento raiz del xml de carga masiva</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:complexType>

<xs:sequence>

<xs:element name=“Cab” type=“CabType”/>

<xs:element ref=“adq” maxOccurs=“unbounded”/>

</xs:sequence>

</xs:complexType>

</xs:element>

<xs:complexType name=“CabType”>

<xs:sequence>

<xs:element name=“Ano” type=“xs:gYear” nillable=“false”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Año de envio</xs:documentation>

</xs:annotation>

</xs:element>

<xs:element name=“CodCpt” nillable=“false”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Concepto</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:int”>

<xs:minInclusive value=“0”/>

<xs:maxInclusive value=“99”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:element>

<xs:element name=“Formato” fixed=“1289”>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:positiveInteger”>

<xs:totalDigits value=“4”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:element>

<xs:element name=“Version” type=“xs:positiveInteger” fixed=“7”/>

<xs:element name=“NumEnvio”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Numero de envio</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:positiveInteger”>

<xs:totalDigits value=“8”/>

<xs:maxInclusive value=“99999999”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:element>

<xs:element name=“FecEnvio” type=“xs:dateTime”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Fecha de envio</xs:documentation>

</xs:annotation>

</xs:element>

<xs:element name=“FecInicial” type=“xs:date”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Fecha inicial</xs:documentation>

</xs:annotation>

</xs:element>

<xs:element name=“FecFinal” type=“xs:date”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Fecha Final</xs:documentation>

</xs:annotation>

</xs:element>

<xs:element name=“ValorTotal” type=“xs:double”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Valor Total</xs:documentation>

</xs:annotation>

</xs:element>

<xs:element name=“CantReg”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Cantidad de registros</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:positiveInteger”>

<xs:totalDigits value=“4”/>

<xs:maxInclusive value=“9999”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:element>

</xs:sequence>

</xs:complexType>

<xs:element name=“facE”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Facturas Usuadas </xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:complexType>

<xs:attribute name=“cant” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Cantidad</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:long”>

<xs:minInclusive value=“0”/>

<xs:maxInclusive value=“9999999999”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“vlr” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Valor</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:decimal”>

<xs:minInclusive value=“0”/>

<xs:maxInclusive value=“99999999999999999999.99”/>

<xs:totalDigits value=“22”/>

<xs:fractionDigits value=“2”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“iva” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>IVA</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:decimal”>

<xs:minInclusive value=“0”/>

<xs:maxInclusive value=“99999999999999999999.99”/>

<xs:totalDigits value=“22”/>

<xs:fractionDigits value=“2”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“tfac” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Tipo Facturación</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:string”>

<xs:length value=“2”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

</xs:complexType>

</xs:element>

<xs:element name=“facA”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Facturas anuladas </xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:complexType>

<xs:attribute name=“cant” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Cantidad</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:long”>

<xs:minInclusive value=“0”/>

<xs:maxInclusive value=“9999999999”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“vlr” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Valor</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:decimal”>

<xs:minInclusive value=“0”/>

<xs:maxInclusive value=“99999999999999999999.99”/>

<xs:totalDigits value=“22”/>

<xs:fractionDigits value=“2”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“iva” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>IVA</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:decimal”>

<xs:minInclusive value=“0”/>

<xs:maxInclusive value=“99999999999999999999.99”/>

<xs:totalDigits value=“22”/>

<xs:fractionDigits value=“2”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“tfac” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Tipo Facturación</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:string”>

<xs:length value=“2”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

</xs:complexType>

</xs:element>

<xs:element name=“facC”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Facturas de contingencia</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:complexType>

<xs:attribute name=“cant” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Cantidad</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:long”>

<xs:minInclusive value=“0”/>

<xs:maxInclusive value=“9999999999”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“vlr” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Valor</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:decimal”>

<xs:minInclusive value=“0”/>

<xs:maxInclusive value=“99999999999999999999.99”/>

<xs:totalDigits value=“22”/>

<xs:fractionDigits value=“2”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“iva” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>IVA</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:decimal”>

<xs:minInclusive value=“0”/>

<xs:maxInclusive value=“99999999999999999999.99”/>

<xs:totalDigits value=“22”/>

<xs:fractionDigits value=“2”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“tfac” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Tipo Facturación</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:string”>

<xs:length value=“2”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

</xs:complexType>

</xs:element>

<xs:element name=“ncred”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>notas credito</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:complexType>

<xs:attribute name=“cant” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Cantidad</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:long”>

<xs:minInclusive value=“0”/>

<xs:maxInclusive value=“9999999999”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“vlr” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Valor</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:decimal”>

<xs:minInclusive value=“0”/>

<xs:maxInclusive value=“99999999999999999999.99”/>

<xs:totalDigits value=“22”/>

<xs:fractionDigits value=“2”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“iva” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>IVA</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:decimal”>

<xs:minInclusive value=“0”/>

<xs:maxInclusive value=“99999999999999999999.99”/>

<xs:totalDigits value=“22”/>

<xs:fractionDigits value=“2”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“tfac” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Tipo Facturación</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:string”>

<xs:length value=“2”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

</xs:complexType>

</xs:element>

<xs:element name=“adq”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Adquiriente</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:complexType>

<xs:sequence>

<xs:element ref=“fac” maxOccurs=“unbounded”/>

</xs:sequence>

<xs:attribute name=“td” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Tipo de Documento</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:int”>

<xs:minInclusive value=“0”/>

<xs:maxInclusive value=“99”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“num” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Número de Identificación</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:string”>

<xs:minLength value=“0”/>

<xs:maxLength value=“20”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“apel1” use=“optional”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Primer Apellido</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:string”>

<xs:minLength value=“0”/>

<xs:maxLength value=“50”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“apel2” use=“optional”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Segundo Apellido</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:string”>

<xs:minLength value=“0”/>

<xs:maxLength value=“60”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“nom1” use=“optional”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Primer Nombre</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:string”>

<xs:minLength value=“0”/>

<xs:maxLength value=“60”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“nom2” use=“optional”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Otros nombres</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:string”>

<xs:minLength value=“0”/>

<xs:maxLength value=“60”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“rsocial” use=“optional”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Razón Social</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:string”>

<xs:minLength value=“0”/>

<xs:maxLength value=“450”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

</xs:complexType>

</xs:element>

</xs:schema>

ANEXO 3.

ESPECIFICACIONES TECNICAS CONSOLIDADO MENSUAL POR OBLIGADO A FACTURAR.

Formato 1294-Versión 7

OBJETIVO

Definir las características y contenido de los archivos para el Consolidado Mensual por obligado a facturar.

ESPECIFICACION TECNICA

El formato “Consolidado Mensual por obligado a facturar”, debe enviarse en un archivo XML que cumpla las siguientes especificaciones:

1. Estándar del Nombre de los Archivos

El nombre de cada uno de los archivos, debe especificarse mediante la siguiente secuencia de caracteres:

Dmuisca_ccmmmmmvvaaaacccccccc.xml

cc: Concepto (Inserción = 01 Reemplazo = 02)

mmmmm: Formato (Consolidado Mensual por obligado a facturar = 1294)

vv: Versión del formato (Versión = 07).

aaaa: Año de envío.

cccccccc: Consecutivo de envío por año.

2. Formato del Archivo

El formato “Consolidado Mensual por obligado a facturar”, contiene un documento XML, que está compuesto por dos elementos complejos: Encabezado y Contenido, las cuales se deben enviar en el orden enunciado.

Encabezado

Contenido Información 1

Contenido Información 2

...

Contenido Información N

1. El documento XML debe cumplir con la especificación 1.0 Tercera edición.

2. El conjunto de caracteres utilizado en el documento XML debe ser el alfabeto latino No. 1: “ISO-8859-1”.

3. El archivo debe contener un documento XML bien formado y válido de acuerdo al esquema XSD que incluye en esta especificación técnica.

4. El archivo debe contener un elemento único elemento raíz llamado “mas”, que a su vez contendrá toda la información del archivo, tanto el encabezado como los registros.

2.1. Formato del Encabezado

El encabezado del archivo viene en el elemento “Cab” y contiene los siguientes datos, todos de carácter obligatorio:

ETIQUETADENOMINACION CASILLATIPOLONGITUD CAMPOVALIDACIONESOBSERVACIONES
AnoAño de envíoInt4Formato AAAA
CodCptConceptoInt21 = Inserción
2 = Reemplazo
FormatoCódigo del formatoInt5Consolidado Mensual por obligado a facturar = 1294
VersiónVersión del formatoInt2Versión = 7
NumEnvioNúmero de envíoInt8Debe ser un número consecutivo por año para todos los formatos que el remitente envíe a la DIANConsecutivo de envío por año.
FecEnvioFecha de envíoDateTime19Debe ser la fecha calendario.Formato AAAA-MM-DDTHH:MM:SS
FecInicialFecha InicialDate10Debe ser la fecha calendario.Los registros corresponden mínimo esta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD
FecFinalFecha FinalDate10Debe ser la fecha calendario.Los registros corresponden máximo a esta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD
ValorTotalValor Totaldouble20Corresponde a la sumatoria de la casilla “cant” de los registros reportados en cada uno de los elementos contenidos en el elemento “obl”.
CantRegCantidad de registrosInt4La cantidad de registros esta medida por el número de elementos “fac” que contenga el archivo.Cantidad de registros reportados en el contenido.

2.3. Formato del Contenido

En el contenido del archivo se deben incluir tantos registros como se informó en la cabecera en el campo “Cantidad de registros”.

Cada registro reportado debe mantener la misma estructura previamente explicada y usada para la cabecera.

El contenido del archivo viene en el elemento “fac” y debe incluir los siguientes datos:

ATRIBUTOCASILLADENOMINACION CASILLATIPOLONGITUDOBLIGATORIAOBSERVACIONES
fecini24Fecha Iniciodate10S
fecfin25Fecha Findate10S

El elemento “fac” está conformado por la información perteneciente al elemento secundario llamado “obl”, el cual se construye con los siguientes atributos:

ATRIBUTOCASILLADENOMINACION CASILLATIPOLONGITUDOBLIGATORIAOBSERVACIONES
nit26Número de Identificación Tributaria (NIT)String20S
apel127Primer ApellidoString60N
apel228Segundo ApellidoString60N
nom129Primer NombreString60N
nom230Otros NombresString60N
rsoc31Razón SocialString450N
cant32CantidadLong10S
vlr33ValorDecimal20.2SPuede contener dos decimales. Utilice punto (.) como separador decimal
iva34IVADecimal20.2SPuede contener dos decimales. Utilice punto (.) como separador decimal

3. Validaciones

3.1. Validaciones Generales

1. El archivo debe contener todos los campos definidos para el encabezado y estos campos deben estar correctamente diligenciados.

2. La información del contenido del archivo debe corresponder al esquema XSD entregado.

3. Los atributos que registran valores numéricos, se reportan con valores numéricos positivos, sin signos ni puntuaciones, según lo reportado por el informante o en su defecto con cero (0).

4. Los campos que corresponden a fechas, deben contener fechas válidas en cuando a año, mes, y día.

3.2. Validaciones del Encabezado

1. Los campos concepto, formato y versión, deben venir diligenciados con los valores estipulados en las especificaciones técnicas,

2. Año de envío, debe ser el año calendario.

3. Número de envío, debe ser un número consecutivo por año para todos los formatos que el remitente envíe a la DIAN.

4. Fecha de envío, debe ser la fecha calendario, en formato AAAA-MM-DDTHH:MM:SS.

5. Cantidad de registros, debe ser igual a la cantidad de registros reportados en el contenido, que como máximo puede ser 5.000 registros.

6. Valor total, corresponde a la sumatoria de la casilla “cant” de los registros reportados en cada uno de los elementos contenidos en el elemento “obl”.

4. Esquema XSD

A continuación se incluye el esquema XSD para esta especificación técnica.

<?xml version=“1.0” encoding=“ISO-8859-1”?>

<xs:schema xmlns:xs=“http://www.w3.org/2001/XMLSchema” elementFormDefault=“qualified” attributeFormDefault=“unqualified”>

<xs:element name=“fac”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Elemento que encapsula la información del Factura Electrónica - Formato 1294 - Versión 7</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:complexType>

<xs:sequence>

<xs:element ref=“obl” maxOccurs=“unbounded”/>

</xs:sequence>

<xs:attribute name=“fecini” type=“xs:date” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Fecha Inicio</xs:documentation>

</xs:annotation>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“fecfin” type=“xs:date” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Fecha Fin</xs:documentation>

</xs:annotation>

</xs:attribute>

</xs:complexType>

</xs:element>

<xs:element name=“mas”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Elemento raiz del xml de carga masiva</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:complexType>

<xs:sequence>

<xs:element name=“Cab” type=“CabType”/>

<xs:element ref=“fac” maxOccurs=“unbounded”/>

</xs:sequence>

</xs:complexType>

</xs:element>

<xs:complexType name=“CabType”>

<xs:sequence>

<xs:element name=“Ano” type=“xs:gYear” nillable=“false”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Año de envio</xs:documentation>

</xs:annotation>

</xs:element>

<xs:element name=“CodCpt” nillable=“false”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Concepto</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:int”>

<xs:minInclusive value=“0”/>

<xs:maxInclusive value=“99”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:element>

<xs:element name=“Formato” fixed=“1294”>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:positiveInteger”>

<xs:totalDigits value=“4”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:element>

<xs:element name=“Version” type=“xs:positiveInteger” fixed=“7”/>

<xs:element name=“NumEnvio”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Numero de envio</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:positiveInteger”>

<xs:totalDigits value=“8”/>

<xs:maxInclusive value=“99999999”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:element>

<xs:element name=“FecEnvio” type=“xs:dateTime”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Fecha de envio</xs:documentation>

</xs:annotation>

</xs:element>

<xs:element name=“FecInicial” type=“xs:date”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Fecha inicial</xs:documentation>

</xs:annotation>

</xs:element>

<xs:element name=“FecFinal” type=“xs:date”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Fecha Final</xs:documentation>

</xs:annotation>

</xs:element>

<xs:element name=“ValorTotal” type=“xs:double”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Valor Total</xs:documentation>

</xs:annotation>

</xs:element>

<xs:element name=“CantReg”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Cantidad de registros</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:positiveInteger”>

<xs:totalDigits value=“4”/>

<xs:maxInclusive value=“9999”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:element>

</xs:sequence>

</xs:complexType>

<xs:element name=“obl”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Obligado</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:complexType>

<xs:attribute name=“nit” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Número de Identificación Tributaria</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:string”>

<xs:minLength value=“0”/>

<xs:maxLength value=“20”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“apel1” use=“optional”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Primer Apellido</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:string”>

<xs:minLength value=“0”/>

<xs:maxLength value=“50”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“apel2” use=“optional”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Segundo Apellido</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:string”>

<xs:minLength value=“0”/>

<xs:maxLength value=“50”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“nom1” use=“optional”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Primer Nombre</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:string”>

<xs:minLength value=“0”/>

<xs:maxLength value=“50”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“nom2” use=“optional”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Otros nombres</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:string”>

<xs:minLength value=“0”/>

<xs:maxLength value=“50”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“rsoc” use=“optional”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Razón Social</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:string”>

<xs:minLength value=“0”/>

<xs:maxLength value=“450”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“cant” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Cantidad</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:long”>

<xs:minInclusive value=“0”/>

<xs:maxInclusive value=“9999999999”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“vlr” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Valor</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:decimal”>

<xs:minInclusive value=“0”/>

<xs:maxInclusive value=“99999999999999999999.99”/>

<xs:totalDigits value=“22”/>

<xs:fractionDigits value=“2”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“iva” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>IVA</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:decimal”>

<xs:minInclusive value=“0”/>

<xs:maxInclusive value=“99999999999999999999.99”/>

<xs:totalDigits value=“22”/>

<xs:fractionDigits value=“2”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

</xs:complexType>

</xs:element>

</xs:schema>

ANEXO 4.

ESPECIFICACIONES TECNICAS.

INFORME SOBRE ACUERDOS PARA LA EXPEDICION Y ACEPTACION DE FACTURAS

Formato 1299-Versión 7

OBJETIVO

Definir las características y contenido de los archivos con el Informe sobre Acuerdos para la expedición y aceptación de facturas.

ESPECIFICACION TECNICA

El formato “Informe sobre Acuerdos para la expedición y aceptación de facturas” debe enviarse en un archivo XML que cumpla las siguientes especificaciones:

1. Estándar del Nombre de los Archivos

El nombre de cada uno de los archivos, debe especificarse mediante la siguiente secuencia de caracteres:

Dmuisca_ccmmmmmvvaaaacccccccc.xml

cc: Concepto (Inserción = 01 Reemplazo = 02)

mmmmm: Formato (Informe sobre Acuerdos para la expedición y aceptación de facturas =1299)

vv: Versión del formato (Versión = 07).

aaaa: Año de envío.

cccccccc: Consecutivo de envío por año.

2. Formato del Archivo

El formato “Informe sobre Acuerdos para la expedición y aceptación de facturas”, contiene un documento XML, que está compuesto por dos elementos complejos: Encabezado y Contenido, las cuales se deben enviar en el orden enunciado.

Encabezado

Contenido Información 1

Contenido Información 2

...

Contenido Información N

1. El documento XML debe cumplir con la especificación 1.0 Tercera edición.

2. El conjunto de caracteres utilizado en el documento XML debe ser el alfabeto latino No 1: “ISO-8859-1”.

3. El archivo debe contener un documento XML bien formado y válido de acuerdo al esquema XSD que incluye en esta especificación técnica.

4. El archivo debe contener un elemento único elemento raíz llamado “mas”, que a su vez contendrá toda la información del archivo, tanto el encabezado como los registros.

2.1. Formato del Encabezado

El encabezado del archivo viene en el elemento “Cab” y contiene los siguientes datos, todos de carácter obligatorio:

ETIQUETADENOMINACION CASILLATIPOLONGITUD CAMPOVALIDACIONESOBSERVACIONES
AnoAño de envíoInt4Formato AAAA
CodCptConceptoInt21 = Inserción
2 = Reemplazo
FormatoCódigo del formatoInt5Informe sobre Acuerdos para la expedición y aceptación de facturas =1299
VersiónVersión del formatoInt2Versión = 7
NumEnvioNúmero de envíoInt8Debe ser un número consecutivo por año para todos los formatos que el remitente envíe a la DIANConsecutivo de envío por año.
FecEnvioFecha de envíoDateTime19Debe ser la fecha calendario.Formato AAAA-MM-DDTHH:MM:SS
FecInicialFecha InicialDate10Debe ser la fecha calendario.Los registros corresponden mínimo esta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD
FecFinalFecha FinalDate10Debe ser la fecha calendario.Los registros corresponden máximo a esta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD
ValorTotalValor Totaldouble20Corresponde a la sumatoria de la casilla “cpto” contenida en el elemento “adq”.
CantRegCantidad de registrosInt4La cantidad de registros esta medida por el número de elementos “adq” que contenga el archivo.Cantidad de registros reportados en el contenido.

2.3. Formato del Contenido

En el contenido del archivo se deben incluir tantos registros como se informó en la cabecera en el campo “Cantidad de registros”.

Cada registro reportado debe mantener la misma estructura previamente explicada y usada para la cabecera.

El contenido del archivo viene en el elemento “adq” y debe incluir los siguientes datos:

ATRIBUTOCASILLADENOMINACION CASILLATIPOLONGITUDOBLIGATORIAOBSERVACIONES
cpto24Conceptostring2S01. Realización de convenio.
02. Terminación de convenio.
td25Tipo documentoint2S12. Tarjeta de identidad
13. Cédula de ciudadanía
21. Tarjeta de extranjería.
22. Cédula de extranjería
31. NIT
41. Pasaporte
42. Documento de
identificación extranjero43. Sin identificación del exterior o para uso definido por la DIAN
num26Número de identificaciónstring20SSi la casilla 25 – Tipo de documento es 43 debe diligenciar 0 (cero)
apel127Primer Apellidostring60N
apel228Segundo Apellidostring60N
nom129Primer Nombrestring60N
nom230Otros Nombresstring60N
rsocial31Razón Socialstring450N
fec32Fechadate10S

3. Validaciones

3.1. Validaciones Generales

1. El archivo debe contener todos los campos definidos para el encabezado y estos campos deben estar correctamente diligenciados.

2. La información del contenido del archivo debe corresponder al esquema XSD entregado.

3. Los atributos que registran valores numéricos, se reportan con valores numéricos positivos, sin signos ni puntuaciones, según lo reportado por el informante o en su defecto con cero (0).

4. Los campos que corresponden a fechas, deben contener fechas válidas en cuando a año, mes, y día.

3.2. Validaciones del Encabezado

1. Los campos concepto, formato y versión, deben venir diligenciados con los valores estipulados en las especificaciones técnicas,

2. Año de envío, debe ser el año calendario.

3. Numero de envío, debe ser un número consecutivo por año para todos los formatos que el remitente envíe a la DIAN.

4. Fecha de envío, debe ser la fecha calendario, en formato AAAA-MM-DDTHH:MM:SS.

5. Cantidad de registros, debe ser igual a la cantidad de registros reportados en el contenido, que como máximo puede ser 5.000 registros.

6. Valor total, corresponde a la sumatoria de la casilla “cpto” de los registros reportados en cada uno de los elementos contenidos en el elemento “adq”.

4. Esquema XSD

A continuación se incluye el esquema XSD para esta especificación técnica.

<?xml version=“1.0” encoding=“ISO-8859-1”?>

<xs:schema xmlns:xs=“http://www.w3.org/2001/XMLSchema” elementFormDefault=“qualified” attributeFormDefault=“unqualified”>

<xs:element name=“mas”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Elemento raiz del xml de carga masiva</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:complexType>

<xs:sequence>

<xs:element name=“Cab” type=“CabType”/>

<xs:element ref=“adq” maxOccurs=“unbounded”/>

</xs:sequence>

</xs:complexType>

</xs:element>

<xs:complexType name=“CabType”>

<xs:sequence>

<xs:element name=“Ano” type=“xs:gYear” nillable=“false”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Año de envio</xs:documentation>

</xs:annotation>

</xs:element>

<xs:element name=“CodCpt” nillable=“false”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Concepto</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:int”>

<xs:minInclusive value=“0”/>

<xs:maxInclusive value=“99”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:element>

<xs:element name=“Formato” fixed=“1299”>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:positiveInteger”>

<xs:totalDigits value=“4”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:element>

<xs:element name=“Version” type=“xs:positiveInteger” fixed=“7”/>

<xs:element name=“NumEnvio”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Numero de envio</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:positiveInteger”>

<xs:totalDigits value=“8”/>

<xs:maxInclusive value=“99999999”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:element>

<xs:element name=“FecEnvio” type=“xs:dateTime”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Fecha de envio</xs:documentation>

</xs:annotation>

</xs:element>

<xs:element name=“FecInicial” type=“xs:date”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Fecha inicial</xs:documentation>

</xs:annotation>

</xs:element>

<xs:element name=“FecFinal” type=“xs:date”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Fecha Final</xs:documentation>

</xs:annotation>

</xs:element>

<xs:element name=“ValorTotal” type=“xs:double”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Valor Total</xs:documentation>

</xs:annotation>

</xs:element>

<xs:element name=“CantReg”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Cantidad de registros</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:positiveInteger”>

<xs:totalDigits value=“4”/>

<xs:maxInclusive value=“9999”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:element>

</xs:sequence>

</xs:complexType>

<xs:element name=“adq”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Elemento que encapsula la información de Informe sobre establecimientos de convenios Facturación Electrónica

Formato 1299- Versión 7</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:complexType>

<xs:attribute name=“cpto” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Concepto</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:string”>

<xs:length value=“2”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“td” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Tipo de Documento</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:int”>

<xs:minInclusive value=“0”/>

<xs:maxInclusive value=“99”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“num” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Número de Identificación</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:string”>

<xs:minLength value=“1”/>

<xs:maxLength value=“20”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“dv” use=“optional”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Digito de verificación</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:int”>

<xs:minInclusive value=“0”/>

<xs:maxInclusive value=“9”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“apel1” use=“optional”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Primer Apellido</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:string”>

<xs:minLength value=“0”/>

<xs:maxLength value=“60”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“apel2” use=“optional”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Segundo Apellido</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:string”>

<xs:minLength value=“0”/>

<xs:maxLength value=“60”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“nom1” use=“optional”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Primer Nombre</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:string”>

<xs:minLength value=“0”/>

<xs:maxLength value=“60”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“nom2” use=“optional”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Otros nombres</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:string”>

<xs:minLength value=“0”/>

<xs:maxLength value=“60”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“rsocial” use=“optional”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Razón Social</xs:documentation>

</xs:annotation>

<xs:simpleType>

<xs:restriction base=“xs:string”>

<xs:minLength value=“0”/>

<xs:maxLength value=“450”/>

</xs:restriction>

</xs:simpleType>

</xs:attribute>

<xs:attribute name=“fec” type=“xs:date” use=“required”>

<xs:annotation>

<xs:documentation>Fecha</xs:documentation>

</xs:annotation>

</xs:attribute>

</xs:complexType>

</xs:element>

</xs:schema>

ANEXO 5.

ESPECIFICACIONES TECNICAS.

INFORME DETALLADO DE FACTURAS POR PARTE DEL OBLIGADO A FACTURAR

Formato 1295-Versión 7

OBJETIVO

Definir las características y contenido de los archivos con el Informe Detallado de Facturación por parte del obligado a facturar.

ESPECIFICACION TECNICA

El formato “Informe Detallado de Facturación por parte del obligado a facturar” debe enviarse en un archivo XML que cumpla las siguientes especificaciones:

1. Estándar del Nombre de los Archivos

El nombre de cada uno de los archivos debe especificarse mediante la siguiente secuencia de caracteres:

Dmuisca_ccmmmmmvvaaaacccccccc.xml

cc: Concepto (Inserción = 01 Reemplazo = 02)

mmmmm: Formato (Informe Detallado de Facturación por parte del obligado a facturar =1295)

vv: Versión del formato (Versión = 07).

aaaa: Año de envío.

cccccccc: Consecutivo de envío por año.

2. Formato del Archivo

El formato “Informe Detallado de Facturación por parte del obligado a facturar” contiene un documento XML, que está compuesto por dos elementos complejos: Encabezado y Contenido, las cuales se deben enviar en el orden enunciado.

Encabezado

Contenido Información 1

Contenido Información 2

...

Contenido Información N

1. El documento XML debe cumplir con la especificación 1.0 Tercera edición.

2. El conjunto de caracteres utilizado en el documento XML debe ser el alfabeto latino No 1: “ISO-8859-1”.

3. El archivo debe contener un documento XML bien formado y válido de acuerdo al esquema XSD que incluye en esta especificación técnica.

4. El archivo debe contener un elemento único elemento raíz llamado “mas”, que a su vez contendrá toda la información del archivo, tanto el encabezado como los registros.

2.1. Formato del Encabezado

El encabezado del archivo viene en el elemento “Cab” y contiene los siguientes datos, todos de carácter obligatorio:

ETIQUETADENOMINACION CASILLATIPOLONGITUD CAMPOVALIDACIONESOBSERVACIONES
AnoAño de envíoInt4Formato AAAA
CodCptConceptoInt21 = Inserción2 = Reemplazo
FormatoCódigo del formatoInt5Informe Detallado de Facturación por parte del obligado a facturar =1295
VersiónVersión del formatoInt2Versión = 7
NumEnvioNúmero de envíoInt8Debe ser un número consecutivo por año para todos los formatos que el remitente envíe a la DIANConsecutivo de envío por año.
FecEnvioFecha de envíoDateTime19Debe ser la fecha calendario.Formato AAAA-MM-DDTHH:MM:SS
FecInicialFecha InicialDate10Debe ser la fecha calendario.Los registros corresponden mínimo a esta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD
FecFinalFecha FinalDate10Debe ser la fecha calendario.Los registros corresponden máximo a esta fecha inicial. Formato AAAA-MM-DD
ValorTotalValor Totaldouble20Corresponde a la sumatoria de la casilla “cpto” de los registros reportados en cada uno de los elementos contenidos en el elemento “facE”.
CantRegCantidad de registrosInt4La cantidad de registros está medida por el número de elementos “fac” que contenga el archivo.Cantidad de registros reportados en el contenido.

2.3. Formato del contenido

En el contenido del archivo se deben incluir tantos registros como se informó en la cabecera en el campo “Cantidad de registros”.

Cada registro reportado debe mantener la misma estructura previamente explicada y usada para la cabecera.

El contenido del archivo viene en el elemento “fac” y debe incluir los siguientes datos:

ATRIBUTOCASILLADENOMINACION CASILLATIPOLONGITUDOBLIGATORIAOBSERVACIONES
tipo25Tipoint2S1. Facturas expedidas
2. Facturas anuladas
3. Facturas por contingencia
no25Número de la facturastring30S
cpto26Tipo de facturastring2SSi la casilla 25 – Tipo de factura es 1 o 2, utilice:
01. Electrónica
02. Otras modalidades
Si la casilla 25 – Tipo de factura es 3, utilice:
02. Otras modalidades
03. Por talonario
vlr27Valordecimal20.2SPuede contener dos decimales. Utilice punto (.) como separador decimal
iva28IVAdecimal20.2SPuede contener dos decimales. Utilice punto (.) como separador decimal
td29Tipo documento adquirienteint2S12. Tarjeta de identidad
13. Cédula de ciudadanía
21. Tarjeta de extranjería.
22. Cédula de extranjería
31. NIT
41. Pasaporte
42. Documento de
identificación extranjero
43. Sin identificación del exterior o para uso definido por la DIAN
Si el obligado a facturar es una Empresa de Servicios públicos domiciliarios y la casilla 26 – Tipo de factura es 02 (Otras modalidades) y de acuerdo al artículo 1 literal b de la presente resolución se optó por el numeral 2, en esta casilla se debe diligenciar 43.
num30Número Documento del adquirientestring20SSi la casilla 29 – Tipo de documento es 43, debe diligenciar 0 (cero).
hora31FechaDateTime19SDebe llevar la estructura:
AAAA-MM-DDTHH:MM:SS, donde la letra “T” es el separador entre la fecha y la hora.
Si la casilla 25 – Tipo es 3, se debe informar la hora en 0 (cero), de acuerdo con la estructura AAAA-MM-DDT00:00:00
nctrol32Num. controlstring40NSi la casilla 25 – Tipo es 1 o 2 y la casilla 26 – Tipo de factura es 01 (Electrónica), esta casilla es obligatoria.
Si la casilla 25 – Tipo es 1 o 2 y la casilla 26 – Tipo de factura es 02 (Otras modalidades) y de acuerdo al artículo 1 literal b) de la presente resolución se optó por el numeral 1, esta casilla es obligatoria.
Si la casilla 25 – Tipo es 3 y la casilla 26 – Tipo de factura es 02 (Otras modalidades) y de acuerdo al artículo 1 literal b) de la presente resolución se optó por el numeral 1, esta casilla es obligatoria.

Las facturas informadas por contingencia, casilla 25 – Tipo 3, no deben ser informadas como facturas expedidas, casilla 25 – Tipo 1.

3. Validaciones

3.1. Validaciones Generales

1. El archivo debe contener todos los campos definidos para el encabezado y estos campos deben estar correctamente diligenciados.

2. La información del contenido del archivo debe corresponder al esquema XSD entregado.

3. Los atributos que registran valores numéricos, se reportan con valores numéricos positivos, sin signos ni puntuaciones, según lo reportado por el informante o, en su defecto, con cero (0).

4. Los campos que corresponden a fechas deben contener fechas válidas en cuanto a año, mes y día.

3.2. Validaciones del Encabezado

1. Los campos concepto, formato y versión deben venir diligenciados con los valores estipulados en las especificaciones técnicas.

2. Año de envío, debe ser el año calendario.

3. Numero de envío, debe ser un número consecutivo por año para todos los formatos que el remitente envíe a la DIAN.

4. Fecha de envío, debe ser la fecha calendario, en formato AAAA-MM-DDTHH:MM:SS.

5. Cantidad de registros, debe ser igual a la cantidad de registros reportados en el contenido, que como máximo puede ser 5000 registros.

6. Valor total, corresponde a la sumatoria de la casilla “cpto” de los registros reportados en cada uno de los elementos contenidos en el elemento “facE”.

4. Esquema XSD

A continuación se incluye el esquema XSD para esta especificación técnica.

<?xml version=“1.0” encoding=“ISO-8859-1”?>

<xs:schema xmlns:xs=http://www.w3.org/2001/XMLSchema elementFormDefault=“qualified” attributeFormDefault=“unqualified”>

<xs:element name=“fac”>

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Formato 1295 - Versión 7</xs:documentation>

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<xs:documentation>Elemento raiz del xml de carga masiva</xs:documentation>

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1. http://www.itl.nist.gov/fipspubs/fip180-1.htm. Secured Hash Standard

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