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RESOLUCIÓN 3317 DE 2013

(octubre 25)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE CULTURA

Por la cual se declara el Tramo Rumichaca - Pasto del Qhapaq Nan, Sistema Vial Andino, localizado en municipios del Departamento de Nariño, como Bien de Interés Cultural del ámbito Nacional y se delimita su zona de influencia.

LA MINISTRA DE CULTURA,

En ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 8 de la Ley 397 de 1997, modificado por el artículo 5 de la Ley 1185 de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que la Universidad de Nariño, el Instituto Colombiano de Antropología e Historia -ICANH- y la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura, en ejercicio de sus funciones decidieron promover la declaratoria del Tramo Rumichaca - Pasto del Qhapaq Ñan, Sistema Vial Andino como Bien de Interés Cultural del Ámbito Nacional y la delimitación de su zona de influencia;

Que el artículo 8 de la Ley 397 de 1997, modificado por el artículo 5 de la Ley 1185 de 2008, establece que el Gobierno Nacional, por intermedio del Ministerio de Cultura, y previo concepto favorable del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural, es el responsable de la declaratoria de los Bienes de Interés Cultural del ámbito Nacional (BIC Nal);

Que el numeral 10 del artículo 12 del Decreto 1746 de 2003 establece que corresponde a la Dirección de Patrimonio estudiar y evaluar las propuestas de declaratoria de obras arquitectónicas y escultóricas como Bienes de interés Cultural para la consideración del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural y del Ministerio de Cultura;

Que entre las funciones de la Dirección de Patrimonio, según el Decreto 1746 de 2003, está la de asesorar al Ministro o Ministra de Cultura en el diseño de políticas y propuestas para la preservación, conservación, protección y estudio del patrimonio mueble e inmueble, y que dicha Dirección es la encargada de diseñar, coordinar, elaborar, dirigir y ejecutar los proyectos y programas relacionados con la valoración, protección, conservación, restauración y atención de emergencias de los Bienes de Interés Cultural del ámbito Nacional, conforme a las políticas del Ministerio;

Que los Decretos 1746 de 2003 y 1313 de 2008 determinaron que el ejercicio de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural corresponde a la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura;

Que entre las funciones asignadas por el Decreto 1313 de 2008 a la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural está la de “presentar a dicho Consejo los informes, estudios, propuestas y demás documentación que sea necesarias para' el cumplimiento de las funciones a cargo del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural”,

Que el artículo 5o de la ley 1185, reglamentado por el artículo 7o del decreto 763 de 2009 que modificó el artículo 8o de la ley 397 de 1997, determina el siguiente procedimiento para la declaratoria de los Bienes-de Interés Cultural:

1. El bien de que se trate se incluirá en una Lista indicativa de candidatos a bienes de interés cultural por la autoridad competente de efectuar la declaratoria.

2. Con base en la lista mencionada en el numeral anterior, la autoridad competente para realizar la declaratoria definirá si el bien requiere un plan especial de manejo y protección.

3. Una vez cumplido el procedimiento descrito en los numerales anteriores, el Consejo Nacional de Patrimonio Cultural, respecto de los bienes del ámbito nacional, o el respectivo Consejo Departamental o Distrital de Patrimonio Cultural, según el caso, emitirá su concepto sobre la declaratoria y el plan especial de manejo y protección, si el bien lo requiere.

4. Si el concepto del respectivo Consejo de Patrimonio Cultural fuere favorable, la autoridad efectuará la declaratoria y en el mismo acto aprobará el plan especial de manejo y protección, si este se requiere;

Que, según consta en el Acta n.o 7 de 28 de noviembre de 2012 del Comité Técnico de la Dirección de Patrimonio los asistentes, por unanimidad, consideraron pertinente la inclusión en la Lista Indicativa de Candidatos a Bien de Interés Cultural del ámbito Nacional -LICBIC Nal- de los nueve segmentos que componen el tramo Rumichaca - Pasto del Qhapaq Ñan, Sistema Vial Andino, en el departamento de Nariño, y solicitaron presentarlo ante la Comisión Intersectorial Nacional de Patrimonio Mundial antes de la revisión por parte del CNPC, y que no requiere PEMP;

Que, según consta en el Acta n.o 4 del 7 de diciembre de 2012 de la Comisión Intersectorial Nacional de Patrimonio Mundial, CINPM, el Director de Patrimonio, Arquitecto Juan Luis isaza Londoño, hizo una breve introducción al tema especificando que la elaboración del expediente de nominación del itinerario cultural Tramo Rumichaca - Pasto del Qhapaq Ñan, Sistema Vial Andino, estaba en su etapa final y que el expediente sería entregado al Comité de Patrimonio Mundial de la Unesco en febrero de 2013. Colombia y las delegaciones de los otros cinco países que conforman el proyecto –Argentina, Bolivia, Chile, Ecuador y Perú– han hecho ingentes esfuerzos para cumplir con los tiempos y cronogramas de la Unesco, tal como sucedió;

Que dado que el Tramo Rumichaca - Pasto del Qhapaq Ñan, Sistema Vial Andino, existente en Colombia no contaba con declaratoria como bien de interés cultural del ámbito nacional se consideró conveniente y oportuno, otorgar al Tramo Rumichaca - Pasto del Qhapaq Ñan Sistema Vial Andino la máxima protección en el ámbito nacional, lo cual, además, reitera el compromiso del Estado para la preservación de los valores culturales del Tramo Rumichaca - Pasto del Qhapaq Ñan, Sistema Vial Andino, y que es uno de los requisitos para postular a la Lista de Patrimonio Mundial. Por ello, se recomienda que se presente formalmente al Consejo Nacional de Patrimonio Cultural en sesión del 14 de diciembre de 2012 la solicitud de concepto favorable para su declaratoria como Bien de Interés Cultural del ámbito Nacional. Esta acción reforzará el proceso de estudio y evaluación del expediente por parte de la Unesco, sus órganos asesores y el Comité de Patrimonio Mundial;

Que en el marco de la solicitud expuesta por la Universidad de Nariño a través de la investigadora Claudia Afanador Hernández, la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura efectuó la siguiente valoración del Tramo Rumichaca - Pasto del Qhapaq Ñan, Sistema Vial Andino, y se propuso la delimitación de su zona de influencia, así:

VALORACIÓN

Que, de conformidad con el artículo 6 del Decreto 763 de 2009, los valores considerados por la Dirección de Patrimonio para recomendar al Consejo Nacional de Patrimonio Cultural la emisión de concepto favorable para la declaratoria del Tramo Rumichaca -

Continuación de la Resolución: "Por la cual se declara el Tramo Rumichaca - Pasto del Qhapaq Ñan, Sistema Vial Andino, localizado en varios municipios del Departamento de Nariño, como Bien de Interés Cultural del ámbito Nacional y se delimita su zona de Influencia.”

Pasto del Qhapaq Ñan Sistema Vial Andino como Bien de Interés Cultural del Ámbito Nacional y la delimitación de su zona de influencia, son:

El Tramo Rumichaca - Pasto del Qhapaq Ñan Sistema Vial Andino en Colombia hace parte de una solicitud de inscripción multinacional del bien en la Lista de patrimonio mundial de la Unesco, por parte de Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador y Perú, que vienen trabajando desde hace ocho años en la construcción conjunta del expediente de nominación. El Qhapaq Ñan, Sistema Vial Andino, cubre una extensa área geográfica, desde el centro Chile hasta el sur occidente de Colombia. El Ministerio de Cultura y el Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH), han trabajado con la Universidad de Nariño, en la investigación y formulación del expediente sobre la parte que corresponde a Colombia. Los 6 países se han unido desde el año 2004, para hacer de este patrimonio vivo, el centro de un proyecto de integración transnacional, comprometiéndose a salvaguardar este legado para el mundo.

El Qhapaq Ñan, Sistema Vial Andino en Colombia, posibilita la construcción del territorio andino, producto de la intervención del hombre a lo largo de su historia y su ocupación permanente desde el siglo IX D.C., generando dinámicas de producción, organización social, manifestaciones culturales y procesos políticos particulares; evidenciadas en el manejo de la microverticalidad, entendida como la posibilidad de acceso a ecosistemas y recursos propios de los diferentes pisos térmicos de la abrupta geografía andina, a menos de un día de camino, por medio del sistema vial andino y su conjunto de innovaciones técnicas singulares, que atraviesa el territorio tanto de sur a norte como de oriente a occidente, articulando las zonas altas de la cordillera de los Andes con el pie de monte amazónico y la llanura del pacífico; manifiestas en las expresiones culturales particulares de sus asentamientos a media montaña y las fiestas que concretizan las relaciones sociales de las comunidades con las que se han relacionado a través del intercambio. La trascendencia del Tramo Rumichaca - Pasto del Qhapaq Ñan Sistema Vial Andino en el contexto geográfico surcolombiano, supera su condición de acervo histórico como elemento estructurador del paisaje, para ser elevado como creación sociocultural viva representativa de la visión del mundo andino.

El Tramo Rumichaca - Pasto del Qhapaq Ñan Sistema Vial Andino en Colombia consta de nueve secciones así:

CODIGO EXPEDIENTE ENVIADO A LA UNESCO SECCION LOCALIZACION *
CO-RP-01-C-2011RumichacaMunicipio de Ipiales
CO-RP-02-C-2011San PedroMunicipio de Potosí
CO-RP-03-C-2011La CofradíaMunicipio de Gualmatán
CO-RP-04-C-2011La PazMunicipio de Contadero
CO-RP-05-C-2011ChitarránMunicipio de Funes
CO-RP-06-C-2011Rosal de ChapalMunicipio de Funes
CO-RP-07-C-2011Guapuscal BajoMunicipio de Funes
CO-RP-08-C-2011InantásMunicipio de Yacuanquer
CO-RP-09-C-2011 Los Ajos Municipios de Tangua y Pasto

*En el cuadro COORDENADAS GEOGRÁFICAS DEL TRAMO RUMICHACA PASTO DEL QHAPAQ ÑAN SISTEMA VIAL ANDINO-COLOMBIA que hace parte de la presente resolución, se indican las coordenadas de inicio y de final de cada sección, las cuales están además en las fichas de registro del expediente de nominación, lo que permite establecer la longitud y el número de hectáreas, del área de máxima protección que corresponde ai Qhapaq Ñan.

Localización y descripción contextual.

La sección Rumichaca (Municipio [piales). El Puente Natural de Rumichaca se encuentra en el sur del Departamento de Nariño suroccidente de la República de Colombia, distante 85 kilómetros aproximadamente de la capital departamental San Juan de Pasto, sobre el río Carchi que además cumple la función de límite con la República del Ecuador a una altura de 2.776 msnm; pertenece a la jurisdicción del Municipio de Ipiales y forma parte del suelo urbano y del sector normativo 09 de Rumichaca. Igualmente, el puente natural de Rumichaca, está localizado a pocos metros de la Carretera Panamericana que tiene una jerarquía internacional, como el eje vial que integra la región andina suramericana. El Puente Natural de Rumichaca es mencionado como un punto estratégico en ía región por los cronistas de la época de conquista y colonización del territorio, destacándose Pedro Cieza de León, Miguel de Betanzos y Cabello de Balboa, quienes identifican este lugar como un punto de integración de los pueblos prehispánicos e Igualmente como una fortaleza del imperio incaico en su proceso de avanzada hacia el norte del de la región andina que dominaron hasta el siglo XVI.

La Sección San Pedro (Municipio Potosí). Esta sección del Qhapaq Ñan Sistema Vial Andino San Pedro, está localizada en el sector rural del Municipio de Potosí, Departamento de Nariño suroccidente de la República de Colombia, distante 110 kilómetros de la capital departamental San Juan de Pasto, sobre la margen oriental del río Guáitara y oriental del río Chiguaco, a una altura que oscila entre 2.658 y 2.612 msnm, con una longitud 0,760 kilómetros, formando parte de una compleja red caminera, atravesando las sinuosa codillera, dadas las complicadas condiciones del terreno y las variables climatológicas.

La Sección La Cofradía (Municipio Gualmatán). La sección del Qhapaq Ñan Sistema Vial Andino de La Cofradía está localizada en el sector rural del Municipio de Gualmatán, en el Departamento de Nariño suroccidente de la República de Colombia, distante 75 kilómetros aproximadamente de la capital departamental San Juan de Pasto, sobre la margen oriental de la micro-cuenca de la Quebrada Pilispí afluente de la quebrada La Floresta que tributa su aguas al río Boquerón el cual desemboca en el rio Guáitara, a una altura que oscila entre 2.820 y 2.846 msnm, con una longitud 0,157 kilómetros, en las cercanías del casco urbano municipal, formando parte de la importante estrella fluvial conocida en la reglón como el Páramo Paja Blanca. La sección del Camino La Cofradía se encuentra en la vereda del mismo nombre, la cual está delimitada con las siguientes veredas: al norte con la vereda Paja Blanca próxima al casco urbano de Gualmatán, al sur, con la vereda La Floresta, al occidente, con la vereda Cuatis y la micro-cuenca del mismo nombre, y al oriente con la vereda La Paz perteneciente a la jurisdicción del Municipio de El Contadero.

La Sección La Paz (Municipio El Contadero). La Sección La Paz se ubica en la jurisdicción del Municipio de El Contadero, en el Departamento de Nariño suroccidente de la República de Colombia, distante 70 kilómetros aproximadamente de la capital departamental San Juan de Pasto, sobre una altura que oscila entre 2.652 y 2.702 msnm, con una longitud 0,907 kilómetros, sobre suelos clasificados como rurales - urbanos. La sección La Paz tiene una buena accesibilidad por cuanto se encuentra en medio de la carretera afirmada que comunica a los municipios de El Contadero con el municipio de Gualmatán, en las Inmediaciones de la cuenca de la quebrada Cofradía afluente del río Boquerón que a su vez tributa las aguas al río Guáitara, conformando una unidad de paisaje de gran valor ambiental.

La Sección Chitarrán (Municipio Funes). La Sección de Chitarrán se encuentra localizada en la jurisdicción del Municipio de Funes, en el Departamento de Nariño suroccidente de la República de Colombia, distante 55 kilómetros aproximadamente de la capital departamental San Juan de Pasto, entre la margen oriental del río Guáitara a una altura entre 2.479 y 2.575 msnm y sobre la margen norte del río Angasmayo, que sirve de límite entre los municipios de Funes y Puerres. El trayecto del camino de Chitarrán, está delimitado por las siguientes veredas: al norte con la vereda de Chapal, al oriente con la cuenca de la Quebrada Chitarrán que baja de la cordillera andina, al occidente y sur con la cuenca del río Angasmayo, en medio de un terrenos ligeramente planos y altamente pendiente desde su inicio hasta su final al borde del río, sobre suelos utilizados en actividades relacionadas con la agricultura intensiva, la ganadería de medina escala y la actividad agroforestal sobre los bosques de arbustos próximos al río y sobre la ladera.

La Sección Rosal de Chapal (Municipio Funes). La Sección de Rosal de Chapal se encuentra localizada en la jurisdicción del Municipio de Funes, en el Departamento de Nariño suroccidente de la República de Colombia, distante 50 kilómetros aproximadamente de la capital departamental San Juan de Pasto, entre la margen oriental del río Guáitara a una altura entre 2.546 y 2.268 msnm, con una longitud 2,550 kilómetros, sobre la margen sur de la quebrada Chapal, que conforma en el inicio una cuchilla en las estribaciones de la cordillera de los Andes. El trayecto del camino de Rosal de Chapal se encuentra en la vereda de Chapal, está delimitado por las siguientes veredas: al norte con la vereda La Mesa, al oriente con la inspección de Policía de Chapal (centro poblado), al sur, con la cuenca de la quebrada Chitarrán, y al occidente con el cañón del río Guáitara.

La Sección Guapuscal Bajo (Municipio Funes). La Sección de Guapuscal Bajo se encuentra localizada en la jurisdicción del Municipio de Funes, en el Departamento de Nariño suroccidente de la República de Colombia, distante 40 kilómetros aproximadamente de la capital departamental San Juan de Pasto, entre la margen oriental del rio Guáitara, la margen sur del río Bobo y la margen norte del río Téilez, entre 1.799 y 1.777 msnm, con una longitud de 6,443 kilómetros, además, sobre las estribaciones de la cordillera andina, bordeando el Cerro La Horqueta que forma parte de esta cadena montañosa. El trayecto del camino de Guapuscal Bajo, está delimitado por las siguientes territorios: al norte con el municipio de Yacuanquer, vereda Inantás río Bobo por medio, al oriente con la zona montañosa de Funes Vereda La Horqueta, al sur con el rio Téilez, y al occidente con el cañón del río Guáitara, trayecto que atraviesa terrenos altamente pendientes dedicado a pastos naturales de bosque montano seco, cultivo de frutales, frijol y maíz.

La Sección Inantás (Municipio Yacuanquer). La Sección de Inantás está ubicada en la región central del Departamento de Nariño en la República de Colombia, distante 20 kilómetros aproximadamente de la capital departamental San Juan de Pasto, en la zona sur occidental del cono volcánico Galeras y en las proximidades de la cuenca hidrográfica del río Guáitara a una altura que oscila entre 2.068 y 2.605 msnm. El recorrido de esta sección se emplaza en el suelo rural de la Vereda de Inantás, partiendo de la Vereda La Estancia en las cercanías del casco urbano del Municipio de Yacuanquer. A la sección del Camino de Inantás se tiene acceso a través de las carreteras de municipales que integran el sector rural del Municipio. El camino de Inantás, atraviesa un terreno pendiente, alrededor del cual se realizan actividades agrícolas y ganaderas.

La Sección Los Ajos (Municipio Tangua). La Sección Los Ajos se ubica en el Departamento de Nariño suroccidente de la República de Colombia, distante 12 kilómetros aproximadamente de la capital departamental San Juan de Pasto, en las estribaciones surorientales del Volcán Galeras, a una altura que oscila entre 3.010 y 3.047 msnm, sobre el ramal central-oriental de la Cordillera de Los Andes. Esta sección

Continuación de la Resolución: “Por la cual se declara el Tramo Rumichaca - Pasto del Qhapaq Ñan, Sistema Vial Andino, localizado en varios municipios del Departamento de Nariño, como Bien de Interés Cultural del ámbito Nacional y se delimita su zona de influencia.”

se encuentra en la jurisdicción del Municipio de Tangua, en la vereda Los Ajos, y se accede a este trayecto por la carretera terciaria construida sobre el trazado del Qhapaq Ñan Sistema Vial Andino que llega hasta la capital del departamento, del cual se conservan unos 0,197 kilómetros de longitud, atravesando terrenos utilizados intensamente en actividades agrícolas y ganaderas.

VALORACION FORMAL Y TECNOLÓGICA

El Qhapaq Ñan, Sistema Vial Andino, es considerado como el eje de movilidad que tiene como función principal el flujo de personas, bienes y servicios, e Igualmente, el intercambio por parte de los pueblos andinos, Integrándose a través de las estructuras económicas, sociales, culturales, políticas y religiosas, mediante la comercialización de productos agrícolas y pecuarios, destacándose como una red vial con características singulares.

Estas características particulares que la catalogan como una obra única de la humanidad, están soportadas en tres aspectos fundamentales: el primero, constituirse en una de las redes viales de mayor longitud construida en la época prehlspánica, segundo, estar localizada en una de las regiones con mayores accidentes geográficos del mundo, y tercero, su destinación para ser transitada únicamente por personas (caminantes y mensajeros) y animales (de carga mediana), particularidades materializadas en las intervenciones adecuadas sobre el paisaje e Integrando vastos territorios y a las poblaciones de la cordillera de los Andes.

El Qhapaq Ñan Sistema Vial Andino en Colombia como parte del Chlnchaysuyu, se distingue de los otros tres suyus del Tawantlsuyu (estado Inca) por presentar una mayor diversidad ambiental, paisajística y cultural, dadas las condiciones de localización geográfica en la zona tórrida del planeta, escenario natural con una biodiversidad armoniza con la multiculturalidad de las etnías (Pasto y Quillacíngas) ubicas en el territorio por donde pasa.

La sección Rumichaca. (Municipio Ipiales). Por tratarse de un Puente Natural sobre el fronterizo rio Carchi, su naturaleza constructiva gira en torno de la piedra, es de consistencia rocosa conformado por un bloque de características calcáreas en medio de paredes graníticas que estructuran la garganta horadada por el río que conforma el puente natural, sobre el cual sean realizado varias intervenciones con el fin de habilitarlo a las necesidades de cada una de las épocas, prehispánica, colonia, republicana y actual periodos en los cuales ha contribuido a la integración entre Colombia y Ecuador.

La Sección San Pedro (Municipio Potosí). El Camino de San Pedro está emplazado en ía ladera de una colina, con un trazado sinuoso y curvilíneo, en el cual el material predominante es la tierra compactada, y la técnica constructiva utilizada es la de sustracción y excavación para conformar el camino, presentando consecuentemente bordes o muros simples en tierra, y en otros trayectos, especialmente los emplazados en la altiplanicie, demarcados por muros en tapia y adobe.

La Sección La Cofradía (Municipio Gualmatán). El Camino de La Cofradía está emplazado sobre una terraza de altiplanicie, con un trazado sinuoso y rectilíneo, utilizando la técnica constructiva por adición y sustracción, teniendo como material predominante tierra compactada y piedra desbastada para conformar el camino, el cual en algunos sectores presenta muros de delimitación con tapia.

La Sección La Paz (Municipio El Contadero). El camino de La Paz se encuentra emplazado una parte sobre ladera y otra sobre altiplanicie, y se caracteriza por ser sinuoso y rectilíneo, predominando la tierra compactada, la tapia pisada muros de adobe, utilizando la técnica constructiva de excavación y sustracción para conformar y modelar el camino, en los bordes se observan muros de retención del talud, muros de demarcación,

y otros vinculados al desarrollo de vivienda al borde del camino, presentando en algunos trayectos del casco urbano elementos arquitectónicos como las cunetas en los dos bordes del camino.

La Sección Chitarrán (Municipio Funes). El Camino de Chitarrán se encuentra emplazado en la pendiente de una colina sobre la cuenca del rio Angasmayo, en el cual predomina la tierra compactada y la roca natural, para su construcción se ha utilizado la técnica de sustracción y el tallado de roca para adaptar el camino a la abrupta topografía; los bordes del camino se caracterizan por presentar predominantemente muros de e retención del talud a partir de la técnica de acumulación, este camino es utilizado por los pobladores del lugar para el trasporte de los productos agrícolas y la comunicación con los centros poblados de Chitarran (Funes) y San Marcos (Puerres).

La Sección Rosal de Chapal (Municipio Funes). El Camino de Rosal de Chapal se encuentra emplazado en el cañón de la cuenca del río Guáitara, observándose como material predominante la tierra compactada y la roca natural, en cuya construcción ha sido utilizada la técnica de construcción por adición y sustracción en la modelación del camino, en cuyos bordes se encuentran aislamientos simples en tierra, muros de retención de terraplén y muros dobles de contención del talud.

La Sección Guapuscal Bajo (Municipio Funes). El Camino de Guapuscal Bajo se desarrolla en el cañón de la cuenca del rio Guáitara y su trazado se caracteriza por ser sinuoso y rectilíneo, con dominio del material constructivo de tierra compactada y muros en piedra por acumulación, utilizando la técnica adición y sustracción de material; de otra parte, los bordes o muros del camino están conformados por muros de retención del terraplén, muros de contención del talud y alineamientos simples en piedra.

La Sección Inantás (Municipio Yacuanquer). El Camino de Inantás está emplazado sobre una colina en la cuenca de la quebrada La Magdalena, caracterizándose por un trazado sinuoso y rectilíneo, utilizando la técnica de sustracción del material del lugar; el camino presenta en sus bordes muros de contención de talud y terraplén, muros de demarcación y acequias.

La Sección Los Ajos (Municipio Tangua). El Camino de Los Ajos está emplazado en la ladera con trazado sinuoso, en el cual el material predominante es la tierra compactada con una técnica constructiva de adición y sustracción del material del lugar, presentándose en los bordes muros de contención del talud, aislamientos simples en tierra; y elementos arquitectónicos tipo cuneta a cada lado.

El expediente de nominación y la propuesta de Plan de Manejo del Tramo Rumichaca - Pasto del Qhapaq Ñan Sistema Vial Andino (que hace parte de la presente resolución) cuentan con una definición extensa de este bien, y de por qué se lo considera un itinerario cultural. Adicionalmente, en el Plan de Manejo se realiza un análisis territorial con la delimitación de la región, el empleo de mapas temáticos, caracterizaciones, identificación de amenazas y riesgos, comunidades asociadas, presencia de bienes arqueológicos, criterios de conservación y patologías que presentan las diferentes secciones del Qhapaq Ñan Sistema Vial Andino. Cuenta con una propuesta de manejo del territorio, con una visión de conservación, lineamientos, principios, criterios, área máxima de protección, área de amortiguamiento, propuesta de tratamiento y uso del suelo como programas de investigación, educación, desarrollo cultural comunitario y turismo.

VALOR HISTÓRICO

El Tramo Rumichaca - Pasto del Qhapaq Ñan Sistema Vial Andino, es un itinerario cultural que constituye un logro único en la historia de la humanidad y de América del Sur.

La construcción del Qhapaq Ñan Sistema Vial Andino, dio lugar a una extraordinaria red de caminos, planificado y establecido como un sistema permanente a través de una de las geografías más diversas y difíciles del mundo, en la que se puede encontrar una diversidad biológica y cultural de trascendencia global. E) Qhapaq Ñan, Sistema Vial Andino, fue utilizado por las comunidades para el transporte de mercancías, materias primas, establecer relaciones socio-políticas y tener acceso a los lugares sagrados. Es un sistema que ya existía antes de la llegada de los españoles en el año de 1535 al territorio actual del Departamento de Nariño llegando al Valle de Atriz en el año de 1536 en donde fue trasladada la Villa Viciosa de San Juan de Pasto en el año de 1539 por Don Lorenzo de Aldana. Hacia el año de 1540 paso por San Juan de Pasto Pedro Cieza de León quien inicia su relato de un camino que articulaba esta región con el país de los Incas en San Juan de Pasto, en la Crónica del Perú.

Durante el período prehispánico permitió la articulación de las diferentes jefaturas Pasto entre estas y los territorios vecinos, articulados por los Mindalaes y las colonias extraterritoriales que habitaban en otros territorios étnicos lo que permitía una relación permanente para el fortalecimiento de las relaciones sociopolíticas, la obtención de alimentos y el acceso a sitios sagrados.

Los documentos administrativos de la época de la conquista y colonia española mencionan el Qhapaq Ñan; en el año de 1560, el Oidor Tomas López de Mendel localiza las comunidades indígenas existentes en el altiplano nariñense gracias a los caminos que unían a San Juan de Pasto con Popayán, Almaguer y Quito.

El Qhapaq Ñan Sistema Vial Andino, contaba con cerca de 6.000 kilómetros de largo y unos 26.000 kilómetros de caminos a lo largo de la Cordillera de los Andes y su articulación con la Costa Pacífica y el Pie de Monte Amazónico. Se trató de un proyecto político de integración articulado a través de una compleja red caminera y que aún sigue vigente en el desarrollo social, económico y cultural de las comunidades que habitan el territorio por donde pasa el Qhapaq Ñan a lo largo de los 6 países.

Que así mismo, de conformidad con el proceso de formulación del expediente de nominación, la Dirección de Patrimonio considera la siguiente zona de influencia para el Qhapaq Ñan Sistema Vial Andino, la cual corresponde a la denominada “zona de amortiguamiento” en el expediente de nominación: una franja de 20 metros a lado y lado del área de máxima protección.

Que para dar cumplimiento al numeral tercero del artículo 8 de la Ley 397 de 1997, modificado por el artículo 5 de la Ley 1185 de 2008, reglamentado por el artículo 7 del Decreto 763 de 2009, la Dirección de Patrimonio sometió a consideración del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural la solicitud de declaratoria del Tramo Rumichaca - Pasto del Qhapaq Ñan, Sistema Vial Andino, localizado en los municipios de Ipiales, Potosí, Gualmatán, El Contadero, Funes, Yacuanquer, Tangua y Pasto del Departamento de Nariño, como Bien de Interés Cultural del ámbito Nacional, según consta en el Acta n.o 10 del 14 de diciembre de 2012 del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural;

Que el Consejo Nacional de Patrimonio Cultural, al verificar que el “Tramo Rumichaca - Pasto del Qhapaq Ñan, Sistema Vial Andino, tiene los valores de orden histórico, emitió concepto favorable y recomendó a la señora Ministra de Cultura su declaratoria como Bien de Interés Cultural del ámbito Nacional, según consta en la mencionada acta. Asimismo, consideró como zona de influencia la presentada en la solicitud de declaratoria;

Que en consecuencia, y con base en las facultades otorgadas por el artículo 8 de la Ley 397 de 1997, modificado por el artículo 5 de la Ley 1185 de 2008, reglamentado por el artículo 7 del Decreto 763 de 2009 y por el Decreto 1746 de 2003, corresponde al Ministerio de Cultura expedir el acto administrativo que declare el “Tramo Rumichaca - Pasto del Qhapaq Ñan sistema vial andino como Bien de Interés Cultural del ámbito Nacional;

Que en tanto los segmentos objeto de la presente declaratoria son espacio de uso público, de conformidad con el artículo 82 de la Constitución Nacional, es deber del Estado velar por la protección e integridad del espacio público y por su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular;

Que según el artículo 3 de la Ley 388 de 1997, dentro de la función pública del urbanismo, esta la del ordenamiento del territorio que constituye en su conjunto una función pública, para el cumplimiento, entre otros, el fin de posibilitar a los habitantes el acceso a las vías públicas, infraestructuras de transporte y demás espacios públicos, y su destinación al uso común.

Que según el artículo 5o de la Ley 388 de 1997, el ordenamiento del territorio municipal corresponde al mismo municipio en ejercicio de la función pública que les compete, dentro de los límites fijados por la Constitución y las leyes;

Que consecuentemente con lo anterior, el artículo 1o del Decreto 1504 de 1998 “por el cual se reglamenta el manejo del espacio público en los planes de ordenamiento territorial.”, señala que corresponde a los municipios dar prelación a la planeación, construcción, mantenimiento y protección del espacio público sobre los demás usos del suelo;

Que de conformidad con al artículo 3o. del Decreto 1504 de 1998, el espacio público comprende, entre otros, los bienes de uso público, es decir aquellos inmuebles de dominio público cuyo uso pertenece a todos los habitantes del territorio nacional, destinados al uso o disfrute colectivo;

Que con base en lo anterior se hace necesario puntualizar que le corresponde a las administraciones de los municipios por donde pasa el camino del Tramo Rumichaca - Pasto del Qhapaq Ñan, Sistema Vial Andino, objeto de la presente declaratoria, velar por su mantenimiento y protección;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Declarar el Tramo Rumichaca - Pasto del Qhapaq Ñan Sistema Vial

Andino compuesto por las nueve secciones descritas en la parte considerativa de la presente resolución, como Bien de Interés Cultural del ámbito Nacional, como se muestra en los mapas y en el cuadro de coordenadas anexos que hacen parte integral de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2. Delimitar como zona de influencia del “Qhapaq Ñan”, Sistema Vial Andino una franja de 20 metros a lado y lado del área de máxima protección.

ARTÍCULO 3. En aplicación a lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley 397 de 1997, modificado por el artículo 7 de la Ley 1185 de 2008, todas las intervenciones en el “Qhapaq Ñan”, Sistema Vial Andino señalado en el Artículo Primero de la presente Resolución, y en la zona de influencia, deberán contar con la autorización del Ministerio de Cultura.

ARTÍCULO 4. De conformidad con lo previsto en el artículo 82 de la Constitución Política de Colombia; los artículos 3 y 5 de la Ley 388 de 1997 y los artículos 1 y 3 del Decreto 1504 de 1998, es deber de los alcaldes de los municipios por donde pasa el camino del Tramo Rumichaca - Pasto del Qhapaq Ñan, Sistema Vial Andino, objeto de la presente declaratoria, garantizar su adecuado mantenimiento y protección, de tal manera que dicho Inmueble conserve los valores que han permitido su declaratoria. Para ello deberán adelantar todas las obras de mantenimiento y protección necesarias, presentando al Ministerio de Cultura las solicitudes de autorización de Intervención que se requieran, de acuerdo con la Ley 397 de 1997, modificada por la Ley 1185 de 2008, o aquellas que la modificaren o sustituyeren.

ARTÍCULO 5. Las personas que vulneren el deber constitucional de proteger el “Qhapaq Ñan”, Sistema Vial Andino y su zona de Influencia Incurrirán en las faltas mencionadas en el artículo 15 de la Ley 397 de 1997, modificado por el artículo 10 de la Ley 1185 de 2008 y, por lo tanto, se harán acreedoras a las sanciones preestablecidas en dichas normas.

ARTÍCULO 6. Notificar la presente resolución a los alcaldes municipales de Iplales, Potosí, Gualmatán, El Contadero, Funes, Yacuanquer y Tangua, como municipios Involucrados en la declaratoria como Bien de Interés Cultural del ámbito Nacional.

ARTICULO 7. Notificar personaimente la presente Resolución al Rector de la Universidad de Nariño.

ARTICULO 8. Comunicar la presente resolución a la Gobernación del Departamento de Nariño.

ARTÍCULO 9. La presente resolución rige a partir de la fecha de su notificación, y contra la misma procede el recurso de reposición que se podrá Interponer dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación.

PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.

Bogotá, D.C. 25 OCT 2013

MARIA CLAUDIA LOPEZ SORZANO

Viceministra de Cultura encargada de las funciones del Despacho de la Ministra de Cultura

ANEXO 1.  

NOTIFICACION PERSONAL

En Bogotá, D.C., el 28 de noviembre de dos mil trece (2013), siendo las diez (10:00 a.m.), notifiqué personalmente al Señor JORGE ELIESER VILLARREAL BURBANO, quien se identificó con cédula de ciudadanía n.o 1.085.246.738 expedida en Pasto (Nariño), con poder conferido por el Sr. JHON HENRY CUNDAR AREVALO con cédula de ciudadanía No.98.073.938, expedida en Funes en su calidad de Alcalde y representante legal del Municipio de Funes, del contenido de la Resolución No 3317 del veinticinco (25) de noviembre de dos mil trece (2013) “Por la cual se declara el Tramo Rumichaca - Pasto del Qhapaq Ñan, Sistema Vial Andino, localizado en Municipios del Departamento de Nariño, como Bien de Interés Cultural del ámbito Nacional y se delimita su zona de influencia”, firmada por la Ministra de Cultura, y se le hace saber que contra dicha resolución sólo procede el recurso de reposición, el cual deberá interponer por escrito en la presente diligencia, o dentro de los diez (10) días siguientes a esta, según el artículo 76 de la Ley 1437 de 2011 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo".

Igualmente y en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 67 del C. de P.A. y de lo C.A., a la notificada se le hace entrega de copia íntegra, auténtica y gratuita de la mencionada resolución.

En constancia se firma como aparece por los que en ella intervinieron.

EL NOTIFICADO:

JORGE ELIESER VILLAREAL BURBANO

C.C 1.085.246.738 Pasto (Nariño)

EL NOTIFICADOR:

GLORIA MARINA GONZALEZ FERNANDEZ

C.C. n.o 41.630.779 de Bogotá

ANEXO 2.

QHAPAQ ÑAN SISTEMA VIAL ANDINO TRAMO RUMICHACA - PASTO CO-RP-C-2011

Nombre y Código SecciónUbicación administrativaCoordenadas UTMLongitud - mtsÁrea Núcleo en HaZona de amortiguamiento en Ha
punto de iniciopunto final
latitudlongitudlatitudlongitud
Rumichaca CO-RP-Ol-C- 2011Departamento de Nariño Municipio Ipiales0e 48' 55.20"772 39' 90"02 48' 55.20"02 48' 55.20"2,470,0020,114
San Pedro CO-RP-02-C- 2011Departamento de Nariño Municipio Potosí02 49'35.89"772 33' 52.47"02 49' 53.89"772 33' 16.04"208,990,0441,296
La Cofradía CO-RP-O3-C- 2011Departamento de Nariño Municipio Gualmatán0e 54'43.91"772 34' 3.84'Os 54' 48.42"772 34= 4.08"161,140,0651,150
La Paz CO-RP-04-C- 2011Departamento de Nariño Municipio El Contadero02 54' 36.16"772 32' 58.90"OS 54' 52.60"77S 33' 18.54"907,010.424,9
Chitarran CO-RP-05-C- 2011Departamento de Nariño Municipio Funes02 541 44.94"776 27' 53.15"02 55' 20.53"772 28' 2.25"1.4490,5407,880
Rosal de Chapal CO-RP-06-C- 2011Departamento de Nariño Municipio Funes02 56= 45.28"772 27' 15.57"02 56' 54.48"772 27' 59.69"2.0730,44010,310
Guapuscal Bajo CO-RP-07-C- 2011Departamento de Nariño Municipio Funes12 37' 7.44"772 25' 55.02"12 1' 38.17"776 27' 46.06"'6.6242,88035,340
Inantas CO-RP-08-C- 2011Departamento de Nariño Municipio Yacuanquer12 6= 22.85"772 24' 26.49"12 4' 34.90"772 25' 34.05"5.7133,40830,770
Los Ajos CO-RP-09-C- 2011Departamento de Nariño Municipio de Tangua12 8'16.25"776 21' 46.66"le g' 19.29"772 25' 35.05"208,130,2071,480

ANEXO 3.

ANEXOS MAPAS QHAPAQ ÑAN SISTEMA VIAL ANDINO

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