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RESOLUCIÓN 3276 DE 2015

(noviembre 12)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

MINISTERIO DE CULTURA

Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 0077 de 2009 y la Resolución 2876 de 2010

LA MINISTRA DE CULTURA

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial
las que le confieren el articulo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 15o de la Resolución 0077 de 2009 se crearon en la Dirección de Cinematografía, los Grupos Internos de Trabajo de POLÍTICAS E INVESTIGACIÓN y GESTIÓN Y EJECUCIÓN.

Que mediante Resolución 2876 de 2010, por la cual se modificó parcialmente la Resolución 0077 de 2009, se cambió la denominación del Grupo Interno de Trabajo de GESTIÓN DE ARCHIVO Y CORRESPONDENCIA y se determinaron sus funciones.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modifiqúese el artículo 15o de la Resolución 0077 de 2009, en el sentido de cambiar la denominación de los Grupos Internos de Trabajo en la DIRECCIÓN DE CINEMATOGRAFÍA, de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 15o: Créanse en la DIRECCIÓN DE CINEMATOGRAFÍA del Ministerio de Cultura los siguientes grupos internos de trabajo:

I. GRUPO DE PRODUCCIÓN, GESTIÓN INTERNACIONAL Y PRODUCCIÓN

II. GRUPO DE GRUPO DE MEMORIA, CIRCULACIÓN E INVESTIGACIÓN

ARTÍCULO 2o. Modifiqúese e! artículo 16o de la Resolución 0077 de 2009, en el sentido que las funciones de los Grupos Internos de Trabajo de la DIRECCIÓN DE CINEMATOGRAFÍA del Ministerio de Cultura, son las siguientes:

I. GRUPO DE PRODUCCIÓN, GESTIÓN INTERNACIONAL Y PRODUCCIÓN

1. Asesorar a la Dirección de Cinematografía en la formulación, coordinación y ejecución de la gestión cinematográfica encaminada a impulsar y consolidar el desarrollo de la actividad cinematográfica nacional.

2. Diseñar y coordinar las actividades para el otorgamiento de estímulos a ia creación, producción, formación, y difusión de proyectos de producción y coproducción colombiana.

3. Coordinar, ejecutar, evaluar y controlar el desarrollo de estrategias que promuevan la coproducción de obras cinematográficas nacionales y las producciones extranjeras en el territorio nacional, así como apoyar !a gestión de las empresas dei sector cinematográfico.

4. Coordinar los procedimientos legales para el reconocimiento de producto nacional de las obras cinematográficas colombianas; el reconocimiento como Proyecto Nacional; y ia certificación de inversiones y donaciones a Proyectos Nacionales.

5. Diseñar y coordinar proyectos, así como adelantar las gestiones necesarias, con el fin de obtener cooperación nacional e internacional, que consoliden, amplíen y divulguen la actividad cinematográfica del país.

6. Proponer y ejecutar ias actividades necesarias para el funcionamiento del Sistema de Información y Registro Cinematográfico - SIREC, así como de mantener actualizadas sus bases de datos. ,

7. Preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas con la oportunidad y periodicidad requeridas.

8. Las demás funciones que les sean asignadas según su naturaleza.

II. GRUPO DE GRUPO DE MEMORIA, CIRCULACIÓN E INVESTIGACIÓN

1. Asesorar a la Dirección de Cinematografía en la formulación, coordinación y ejecución de la gestión cinematográfica encaminada a impulsar y consolidar el desarrollo de la actividad cinematográfica nacional.

2. Diseñar y coordinar programas dirigidos a la formación de públicos, alfabetización audiovisual, así como el fortalecimiento de los festivales y muestras en el ámbito nacional, la circulación del cine y el audiovisual coiombiano, y extranjero de especial mérito cultural,

3. Diseñar y desarrollar planes, programas y proyectos encaminados al fomento de la salvaguardia del patrimonio fíimico y audiovisual colombiano, a través de su valoración, conservación, preservación, documentación, circulación y acceso a la información.

4. Diseñar y coordinar las actividades para el otorgamiento de estímulos a la creación y la investigación relacionadas con la circulación, preservación, conservación y acceso del patrimonio cinematográfico y audiovisual colombiano, así como la formación de públicos, divulgación, distribución, exhibición, y la investigación sobre cine y audiovisual colombiano, y extranjero de especial mérito cultura!.

5. Diseñar y desarrollar planes, programas y proyectos de documentación, circulación y publicación de la información sobre el cine y el audiovisual coiombiano.

6. Diseñar y coordinar estrategias y proyectos, así como realizar las gestiones necesarias, para ei desarrollo de iniciativas interinstitucionales, nacionales e internacionales, en beneficio de la circulación, acceso, investigación y salvaguardia del cine y audiovisual colombiano de todas las épocas.

7. Fortalecer el sector cinematográfico y audiovisual colombiano.

8. Preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas con la oportunidad y periodicidad requeridas.

9. Las demás funciones que le sean asignadas según su naturaleza.

ARTICULO 3o. Modifiqúese el articulo 1o de la Resolución 2876 de 2010, en lo concerniente a la denominación del Grupo Interno de Trabajo de GESTIÓN DE ARCHIVO Y CORRESPONDENCIA de la SECRETARÍA GENERAL, el cual en adelante se denominará Grupo Interno de Trabajo de GESTIÓN DOCUMENTAL.

ARTICULO 4o. Modifiqúese el artículo 2o de la Resolución 2876 de 2010, en el sentido que las funciones del Grupo Interno de Trabajo de GESTIÓN DOCUMENTAL de la SECRETARÍA GENERAL del Ministerio de Cultura, son las siguientes:

1. Proyectar, proponer y coordinar las actividades encaminadas al desarrollo sistemático de la Política de Gestión Documental establecida en el Ministerio de Cultura.

2. Implementar actividades y estrategias que conlleven a la ejecución y puesta en marcha del Programa de Gestión Documental.

3. Planear el conjunto de acciones técnicas destinadas a la generación y valoración de los documentos durante su ciclo de vida en la entidad, atendiendo a la creación y diseño de formas y formularios tanto físicos como electrónicos.

4. Coordinar, administrar y controlar las actividades necesarias para realizar el registro, vinculación a un trámite, distribución, descripción (metadatos), disponibilidad, recuperación y acceso para consulta de los documentos.

5. Establecer las acciones orientadas a la clasificación, ordenación, y descripción de los documentos de archivo en el Ministerio de Cultura.

6. Actualizar las Tablas de Retención Documental para su aprobación en el Comité de Desarrollo Administrativo, atendiendo a los cambios que se presenten en ia estructura orgánica de la entidad.

7. Verificar y hacer seguimientos a la aplicación de la Tabla de Retención Documental en los Archivos de Gestión en la entidad.

8. Elaborar y socializar el cronograma de transferencias documentales primarias para los archivos de gestión de la entidad y recibir las transferencias en el Archivo Central una vez cumplido el tiempo de retención.

9. Estructurar servicios de consulta y préstamo de documentos a usuarios utilizando los medios tecnológicos disponibles, teniendo en cuenta la normatividad y los procedimientos vigentes.

10. Impiementar el uso de nuevas tecnologías de la información en desarrollo de la política de eficiencia administrativa que garanticen la preservación a largo plazo de los documentos.

11. Participar en el Plan Institucional de Capacitación (PIC), en lo concerniente a la aplicación de la Tabla de Retención Documental e impiementación del Programa de Gestión Documental en la entidad.

12. Las demás funciones que le sean asignadas según su naturaleza

ARTICULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica la Resolución 0077 de 2009 y a la Resolución 2876 de 2010 en lo pertinente.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 12 NOV 2015

MARIA GARCÉS CÓRDOBA

Ministra de Cultura

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