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RESOLUCIÓN 2155 DE 2020

(octubre 30)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE CULTURA

Por la cual se modifica y adiciona el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal del Ministerio de Cultura”

EL VICEMINISTRO DE FOMENTO REGIONAL Y PATRIMONIO ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA MINISTRA DE CULTURA

En uso de las facultades legales conferidas el literal g) del artículo 61 de la Ley
489 de 1998, el Decreto 770 de 2005, el artículo 2.2.2.6.1 del Decreto 1083 de
2015, artículo 6o del Decreto 2120 de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que el literal g) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998 “Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones”, establece que es función de los Ministros, además de las que señalan La Constitución Política de Colombia y demás disposiciones legales, dirigir la administración de personal conforme a las normas que regulan la materia.

Que el artículo 2 del Decreto 770 de 2005 “Por el cual se establece el sistema de funciones y requisitos generales para los empleos públicos correspondientes a los niveles jerárquicos pertenecientes a los organismos y entidades de Orden Nacional, a que se refiere la Ley 909 de 2004'', señala: “(...) Las competencias Laborales, funciones y requisitos específicos para su ejercicio serán fijados por los respectivos organismos o entidades, con sujeción a los que establezca el Gobierno Nacional de acuerdo con los parámetros señalados en el artículo quinto del presente decreto, salvo para aquellos empleos cuyas funciones y requisitos estén señalados en la Constitución Política o en la Ley"

Que el artículo 2.2.2.6.1 del Decreto 1083 de 2015 dispone: “(...) La adopción, adición, modificación o actualización del manual específico se efectuará mediante resolución interna del jefe del organismo o entidad, acuerdo con las disposiciones contenidas en presente Título.

Corresponde a la unidad de personal, o a la que haga sus veces, en cada organismo o entidad, adelantar los estudios para la elaboración, actualización, modificación o adición del manual de funciones y de competencias laborales y velar por el cumplimiento de las disposiciones aquí previstas”.

Que el artículo 2.2.2.4.9 del Decreto 1083 de 2015, introduce Los Núcleo Básico de Conocimiento - NBC como un elemento nuevo para los requisitos de estudio del Manual de funciones y competencias Laborales, que contiene las disciplinas académicas o profesiones, de acuerdo con La clasificación establecida en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior -SNIES.

Que mediante Resolución No. 1158 del 30 de abril 2015, se modificó y adoptó el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal del Ministerio de Cultura.

Que mediante Resolución No. 157 del 29 de enero de 2019, se modificó parcialmente la Resolución 1158 del 30 de abril 2015, en lo relacionado con las competencias laborales generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos, en cumplimiento de lo señalado en el Decreto 815 del 8 de mayo de 2018.

Que el Gobierno Nacional mediante el Decreto No. 692 del 22 de mayo 2020, modificó la estructura del Ministerio de Cultura y determinó las funciones de algunas sus dependencias, transformándose la Dirección de Cinematografía y la Dirección de Comunicaciones en la Dirección de Audiovisuales, Cine y Medios Interactivos, y creo la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Emprendimiento, motivando la modificación del Manual de Funciones para Lo cual el Ministerio expidió la Resolución 1231 de 8 julio de 2020.

Que para los empleos reportados en la Oferta Pública de Empleos de Carrera (OPEC), se podrá modificar el manual de funciones hasta cuando el servidor nombrado supere el período de prueba, o hasta que no existan más aspirantes en la lista de elegibles o hasta el vencimiento de la misma.

Que teniendo en cuenta que algunos empleos ubicados en la Dirección de Audiovisuales, Cine y Medios Interactivos vence la lista de elegibles, se hace necesario ajustar el área funcional, el contenido funcional y los requisitos, por razón de necesidades en la mejora del servicio, que se encuentran incluidos en la justificación técnica que hace parte de la presente Resolución.

Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto No. 051 de 2018, el grupo de Gestión Humana socializó el proyecto de modificación al Manual de Funciones y Competencias Laborales con Las Organizaciones Sindicales previo a la expedición del Acto Administrativo.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar y adicionar los siguientes perfiles y funciones del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los siguientes empleos de la planta de personal del Ministerio de Cultura así:

1. IDENTIFICACIÓN
Denominación del empleoProfesional Especializado
Código2028
Grado18
Número de cargosUno (1)
DependenciaDonde se ubique el empleo
Cargo del jefe inmediatoQuien ejerza la supervisión directa
ID Ministerio132
II. ÁREA FUNCIONAL
Dirección de Audiovisuales, Cine y Medios Interactivos
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
Realizar actividades profesionales orientadas al fortalecimiento de la creación, producción y gestión de la información y del conocimiento, para el desarrollo integral del ecosistema audiovisual, cinematográfico y de medios interactivos.
IV. DESCRIPCIÓN FUNCIONES ESENCIALES
1. Brindar asistencia profesional en la formulación, coordinación y ejecución de Las políticas encaminadas a impulsar y consolidar el desarrollo del ecosistema audiovisual y cinematográfico y de medios interactivos.

2. Brindar asistencia profesional en el diseño y ejecución de los procesos para el otorgamiento de estímulos a la creación, producción y coproducción de proyectos audiovisuales, cinematográficos y de medios interactivos.

3. Aportar elementos profesionales, técnicos y metodológicos en la revisión, análisis y respuestas a las solicitudes para el acceso a instrumentos y mecanismos de fomento a la producción y otras actividades de los agentes del ecosistema audiovisual, cinematográfico y de medios interactivos, de acuerdo con los marcos normativos y legales vigentes.

4. Apoyar la generación de conocimiento sectorial a partir del análisis y procesamiento de información de diferentes fuentes y sistemas de información, tales como el SIREC, y de metodologías de trabajo sectorial e intersectorial.

5. Brindar asistencia profesional en los procesos de articulación y fortalecimiento de los agentes del ecosistema audiovisual, cinematográfico y de medios interactivos, en los campos de la de la creación, producción y gestión de la información y del conocimiento

6. Realizar actividades necesarias para promover, impulsar y coordinar, con instituciones públicas, privadas, territoriales, nacionales e internacionales alianzas estratégicas y sinergias para fortalecer los sectores de interés del ecosistema audiovisual, sonoro, cinematográfico y de medios interactivos en entornos tradicionales y/o digitales.

7. Administrar, controlar, hacer seguimiento y evaluar el desarrollo de planes, programas, proyectos, procesos y actividades propias del área.

8. Apoyar el diseño, formulación y realización de diagnósticos, estudios y/o investigaciones tendientes al logro de los objetivos, planes y programas encaminadas a impulsar y consolidar el desarrollo del ecosistema audiovisual y cinematográfico y de medios interactivos.
9. Proponer e implantar procesos, procedimientos, métodos e instrumentos requeridos para mejorar la prestación de los servicios a su cargo.

10. Brindar asistencia profesional en los diferentes procesos y procedimientos de la Dirección, que le sean requeridos y/o asignados

11. Preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y periodicidad requeridas.

12. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño y la naturaleza del empleo.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Producción cinematográfica y audiovisual.

2. Manejo de herramientas digitales para la creación y producción
audiovisual.

3. Gestión de la información y del conocimiento.

4. Estímulos e incentivos a la producción audiovisual y cinematográfica a
nivel nacional e internacional.

5. Mercados nacionales e internacionales para la creación y producción de
contenidos.

6. Legislación nacional e internacional en medios audiovisuales,
cinematográficos y medios interactivos.
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
COMUNESPOR NIVEL JERARQUICO
Aprendizaje ContinuoAporte técnico-profesional
Orientación a resultadosComunicación efectiva
Orientación al usuario y al ciudadanoGestión de procedimientos
Compromiso con la organizaciónInstrumentación de decisiones
Trabajo en equipoCon Personal a Cargo
Adaptación al cambioDirección y desarrollo de personal
Toma de decisiones
VIL REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y DE EXPERIENCIA
Formación AcadémicaExperiencia
Título Profesional en las disciplinas académicas del núcleo básico de conocimiento en: Publicidad y afines, Comunicación Social, periodismo y Afines.

Título de postgrado en la modalidad de Especialización
Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley.
Veinticinco meses (25) de experiencia profesional relacionada.

ALTERNATIVA
Formación AcadémicaExperiencia
Título Profesional en las disciplinas académicas del núcleo básico de conocimiento en: Publicidad y afines, Comunicación Social, periodismo y Afines.

Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley.
Cuarenta y nueve (49) meses de experiencia profesional relacionada
1. IDENTIFICACIÓN
Denominación del empleoTécnico Operativo
Código3132
Grado14
Número de cargosUno (1)
DependenciaDonde se ubique el empleo
Cargo del jefe inmediatoQuien ejerza la supervisión directa
ID Ministerio209
II. ÁREA FUNCIONAL
Dirección de Audiovisuales, Cine y Medios Interactivos
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
Apoyar y brindar asistencia técnica a los procesos de gestión y desarrollo integral del ecosistema audiovisual, sonoro, cinematográfico y de medios interactivos, para la consolidación del sector en los campos de protección y salvaguardia del patrimonio.
IV. DESCRIPCIÓN FUNCIONES ESENCIALES
1. Aportar elementos técnicos y brindar soporte en la preproducción, producción y postproducción de contenidos del ecosistema audiovisual, sonoro, cinematográfico y de medios interactivos requeridos en el marco de las iniciativas de la Dirección.

2. Catalogar y actualizar la información de las producciones que ingresan al archivo de contenidos del ecosistema audiovisual, sonoro, cinematográfico y a las plataformas destinadas para su archivo y circulación.

3. Apoyar en la organización, gestión, inventario, ejecución y transferencia documental del área de desempeño conforme a las políticas y procedimientos de la entidad

4. Realizar actividades de gestión de la información, del conocimiento y el archivo de los procesos y actividades a su cargo o que le sean asignados

5. Apoyar técnicamente los procesos y actividades relacionadas con la circulación, distribución, exhibición, promoción, apropiación y desarrollo de audiencias del ecosistema audiovisual, sonoro, cinematográfico y de medios interactivos, en entornos tradicionales y/o digitales.

6. Apoyar las actividades necesarias para promover, impulsar y coordinar, con instituciones públicas, privadas, territoriales, nacionales e internacionales alianzas estratégicas para fortalecer los sectores de interés del ecosistema audiovisual, sonoro, cinematográfico y de medios interactivos en entornos tradicionales y/o digitales.

7. Proponer e implementar procesos, procedimientos, métodos e instrumentos requeridos para mejorar la prestación de los servicios a su cargo.

8. Brindar asistencia técnica en los diferentes procesos y procedimientos generales de la Dirección, que le sean requeridos y/o asignados

9. Preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y periodicidad requeridas.

10. Las demás que le sean asignadas por La autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño y la naturaleza del empleo.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Realización, producción, archivo, patrimonio y circulación audiovisual, sonora y de medios interactivos en medios tradicionales y/o digitales

2. Legislación, políticas y medidas del orden nacional e internacional relacionadas con la preservación, conservación y divulgación del patrimonio del ecosistema audiovisual, sonoro, cinematográfico y de medios interactivos en medios tradicionales y/o digitales

3. Gestión de los archivos y de documentación del ecosistema audiovisual, sonoro, cinematográfico y de medios interactivos en medios tradicionales y/o digitales

4. Legislación, políticas y medidas sobre propiedad intelectual en el ámbito audiovisual, sonoro y de medios interactivos de carácter nacional e internacional en medios tradicionales y/o digitales

5. Legislación y políticas del orden nacional e internacional relacionadas con las industrias culturales y creativas, así como con el ecosistema audiovisual, sonoro, cinematográfico y de medios interactivos en medios tradicionales y/o digitales

6. Herramientas digitales para realización y edición de contenidos audiovisuales, procesamiento de textos, bases de datos, hojas de cálculo y presentaciones.
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
COMUNESPOR NIVEL JERARQUICO
Aprendizaje ContinuoConfiabilidad Técnica
Orientación a resultadosDisciplina
Orientación al usuario y al ciudadanoResponsabilidad
Compromiso con la organización
Trabajo en equipo
Adaptación al cambio
VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y DE EXPERIENCIA
Formación AcadémicaExperiencia
Título de formación tecnológica o aprobación de tres (3) años de educación superior en la modalidad de formación tecnológica o profesional o universitaria en las disciplinas académicas del núcleo básico de conocimiento en: Comunicación Social, Periodismo y Afines; Bibliotecología, Otras de Ciencias Sociales y Humanas.Nueve (9) meses de experiencia relacionada.

ARTÍCULO 2o. ENTREGA DEL MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES. EL Coordinador del Grupo de Gestión Humana, hará entrega a los empleados públicos objeto de la presente adición copia del presente acto administrativo.

ARTÍCULO 3o. PARA LOS EMPLEOS REPORTADOS EN LA OFERTA PÚBLICA DE EMPLEOS DE CARRERA (OPEC). Para los empleos reportados en la Oferta Pública de Empleos de Carrera (OPEC), continuarán vigentes las funciones y requisitos establecidos por Resolución 1158 del 30 de abril 2015, hasta cuando el servidor nombrado supere el período de prueba, o hasta que no existan más aspirantes en la lista de elegibles o hasta el vencimiento de la misma, una vez superados estos eventos empezarán a regir las disposiciones de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4o. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición, y modifica en lo correspondiente el Manual de Funciones y de Competencias Laborales contenido en la Resolución 157 de 2019.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 30 OCT 2020

JOSÉ IGNACIO ARGOTE LÓPEZ
VICEMINISTRO DE FOMENTO REGIONAL Y PATRIMONIO
ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA MINISTRA DE CULTURA

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