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RESOLUCIÓN 1351 DE 2006

(septiembre 11)

Diario Oficial No. 46.396 de 19 de septiembre de 2006

MINISTERIO DE CULTURA

Por la cual se excluye del conjunto de estaciones del ferrocarril declarado monumento nacional, la estación del ferrocarril localizada en el perímetro urbano del corregimiento de La Sierra, municipio de Puerto Nare, Antioquia.

LA MINISTRA DE CULTURA,

en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 8o de la Ley 397 de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 163 de 1959 y el Decreto 264 de 1963, mediante el Decreto número 0746 del 24 de abril de 1996, fue declarado monumento nacional el conjunto de las estaciones del ferrocarril existentes en el país;

Que de conformidad con lo señalado en el considerando anterior, la estación del ferrocarril en el corregimiento de La Sierra, municipio de Puerto Nare, hace parte del conjunto de estaciones del ferrocarril declarado monumento nacional;

Que el municipio de Puerto Nare, departamento de Antioquia, solicitó al Consejo de Monumentos Nacionales derogar la declaratoria de la estación del ferrocarril del corregimiento de La Sierra, municipio de Puerto Nare, argumentando que el inmueble no posee valores que ameriten su protección y propone demolerla para dar paso a un proyecto de renovación urbana;

Que de conformidad con el artículo 8o de la Ley 397 de 1997, el Ministerio de Cultura y previo concepto del Consejo de Monumentos Nacionales, es el responsable de la declaratoria y del manejo de los monumentos nacionales y de los bienes de interés cultural de carácter nacional;

Que en sesión del Consejo de Monumentos Nacionales celebrada el 6 de junio de 2005, la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura, presentó el informe técnico relacionado con la solicitud derogatoria de la declaratoria de la estación del ferrocarril del corregimiento de La Sierra, municipio de Puerto Nare, del cual se transcriben los siguientes apartes:

“Antecedentes de valoración

Resolución número 77, abril de 2005, la Alcaldía Municipal de Puerto Nare resuelve no reconocer el edificio denominado 'Estación del Tren' como un bien patrimonial.

Concepto dado en la visita técnica realizada por el arquitecto Luis Felipe Saldarriaga, funcionario de la Dirección de Fomento a la Cultura de Antioquia y Secretario Técnico del Centro Filial del Consejo de Monumentos Nacionales de Antioquia: 'La edificación no posee valores marcados que puedan considerarse desde el punto de vista estético, ambiental, paisajístico, urbano, histórico, constructivo, referencial… Aunque el inmueble se encuentra incluido en la declaratoria, es evidente que no se hizo una evaluación detallada de cada una… Por lo anterior puede ser factible la desafectación del inmueble como patrimonio de la Nación'.

Valores de orden temporal

originalidad:

Su constitución solo obedeció a una necesidad del momento y lugar, por lo cual su establecimiento allí no tuvo gran resonancia formal o cultural.

Valores de orden físico

Constitución del bien:

Construido en columnas y vigas de concreto, mampostería en bloque de concreto con calados de concreto en la parte superior, pisos en cemento rústico liso, ventanería y puertas enrollables metálicas, cielo raso presente únicamente en algunos tramos de los aleros (conformado por elementos de cartón-madera sostenidos por una estructura metálica) y cubierta en asbesto cemento, sobre cerchas metálicas sencillas.

Estado actual de conservación:

Debido al abandono al que se ha visto sometido, presenta deterioro en pisos internos, cubierta, andenes, cielo raso y revestimiento de muros. Estructuralmente los muros y las cerchas de la cubierta se encuentran en buen estado.

Autenticidad:

El inmueble no es excepcional en su construcción ni en su historia, por lo cual carece de cualqui er valor que lo pudiera distinguir entre las demás edificaciones del sector.

Valores de orden estético

Al ser una edificación reciente y netamente funcional, no posee elementos ornamentales ni una apariencia que amerite su valoración desde el punto de vista estético.

Valores de representatividad histórica

La estación hizo parte del desarrollo del corregimiento de La Sierra, municipio de Puerto Nare y en el pasado fue un hito importante, pero no posee los valores arquitectónicos que ameriten su declaratoria como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional.

El progreso de Puerto Nare se dio gracias a las explotaciones mineras e industriales, de las cuales la producción de cemento generó el mayor desarrollo del municipio, estableciéndose en sus tierras desde la década de 1940 con la Empresa de Cementos Nare, llamada inicialmente 'Imarco'. Hacia 1959 se inició la construcción de la línea férrea en el tramo Bogotá-Costa Atlántica, pasando por la cementera, e iniciando la formación del corregimiento 'La Sierra' en terrenos aledaños al aserrio de la empresa. Se construyó un conjunto residencial para los empleados del ferrocarril y la estación que es objeto de la presente valoración.

Valores de representatividad cultural

Su reconocimiento en el ámbito social es poco, casi nulo, demostrado en el poco carácter de apropiación que la población le concede.

Actualmente, se ha planteado un proyecto para recuperar la zona y la mencionada Estación lo obstaculiza. En este sentido, el arquitecto Isaza Londoño, sugiere a la Dirección de Patrimonio que lleve a cabo una verificación del estado en que se encuentran las estaciones de ferrocarril del país y además propone que el municipio incorpore la estructura, de alguna forma, a su memoria histórica ya que fue una estructura que marcó un hito en su desarrollo”;

Que con fundamento en la información antes referida, los miembros del Consejo de Monumentos Nacionales, al estudiar la solicitud de la derogatoria de monumento nacional de la estación del ferrocarril del corregimiento de La Sierra, municipio de Puerto Nare, con la valoración antes mencionada, señaló:

“Después de analizar el caso, el Consejo recomienda a la Ministra de Cultura la derogatoria de la declaratoria de la estación de ferrocarril de Puerto Nare, como bien de interés cultural de carácter Nacional. Sin embargo, el Consejo recomienda a Ferrovías que dentro del proyecto urbano para el centro de Puerto Nare, se contemple dejar un símbolo conmemorativo de la actividad ferroviaria que marcó la historia y el desarrollo del Municipio, en el lugar donde actualmente se encuentra la estación”;

Que de conformidad con lo expuesto, se considera viable desde el punto de vista jurídico y técnico dar curso a la solicitud de excluir del conjunto de estaciones del ferrocarril, declarado monumento nacional, la estación del ferrocarril localizada en el perímetro urbano del corregimiento de La Sierra, municipio de Puerto Nare, Antioquia;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Excluir del conjunto de estaciones del ferrocarril, declarado monumento nacional, la estación del ferrocarril localizada en el perímetro urbano del corregimiento de La Sierra, municipio de Puerto Nare, Antioquia, de acuerdo con las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 11 de septiembre de 2006.

La Ministra de Cultura,

ELVIRA CUERVO DE JARAMILLO.

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