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RESOLUCIÓN 1277 DE 2006

(agosto 31)

Diario Oficial No. 46.384 de 7 de septiembre de 2006

MINISTERIO DE CULTURA

Por la cual se declara el Teatro Amira de La Rosa, localizado en la carrera 54 con calle 53 del Distrito de Barranquilla, Departamento del Atlántico, como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacio nal y se delimita su área de influencia.

LA MINISTRA DE CULTURA,

en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 8o de la Ley 397 de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que la doctora María Cristina Ochoa Mendigaña, Directora del Teatro Amira de La Rosa, solicitó la declaratoria del dicho teatro, localizado en la carrera 54 con calle 53 del Distrito de Barranquilla, departamento del Atlántico, como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional.

Que el artículo 8o de la Ley 397 de 1997 estableció que el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Cultura y previo concepto del Consejo de Monumentos Nacionales, es el responsable de la declaratoria y el manejo de los Monumentos Nacionales y de los Bienes de Interés Cultural de Carácter Nacional.

Que el numeral 10 del artículo 12 del Decreto 1746 de 2003 establece que corresponde a la Dirección de Patrimonio estudiar y evaluar las propuestas de declaratoria de obras arquitectónicas y escultóricas como Bienes de Interés Cultural, para la consideración del Consejo de Monumentos Nacionales y del Ministerio de Cultura.

Que dentro de las funciones de la Dirección de Patrimonio, según Decreto 1746 de 2003, está la de asesorar al Ministro de Cultura en el diseño de políticas y propuestas para la preservación, conservación, protección y estudio del patrimonio mueble e inmueble y es la encargada de diseñar, coordinar, elaborar, dirigir y ejecutar los proyectos y programas relacionados con la valoración, protección, conservaci ón, restauración y atención de emergencia de los Bienes de Interés Cultural de Carácter Nacional, conforme con las políticas del Ministerio.

VALORACION

Que los valores considerados por la Dirección de Patrimonio para recomendar al Consejo de Monumentos Nacionales la emisión de concepto para la declaratoria del Teatro Amira de La Rosa, localizado en la carrera 54 con calle 53 del Distrito de Barranquilla, departamento del Atlántico como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional, son:

ANTECEDENTES HISTORICOS

Barranquilla fue desde finales de 1800 un lugar de intensa actividad cultural y llegó a 1940 siendo una de las ciudades donde las expresiones artísticas eran permanentes. Entonces, existían numerosos teatros como El Ateneo, Cisneros, Emiliano, Colombia y El Apolo. Sin embargo, vino la decadencia y los espacios culturales eran cada vez más pobres.

En 1944 la Sociedad de Mejoras Públicas de Barranquilla creó el Comité Pro-Teatro Municipal con el fin de materializar la idea de un centro cultural. Tres años después, en 1947, Rafael Juliao Sarabia ingresó a dicha Sociedad para trabajar en la sustitución del teatro “Emiliano Bengoechea”, demolido según acuerdo del Cabildo Municipal.

La construcción contó con la colaboración de Josefina Dugand, Carlos Dani el Abello, Cristian Visbal, Alberto Pumarejo, Alberto Huike, Pedro Bengoechea, Mario Lignarolo. Lignarolo, junto con los arquitectos Enrique Zeizel y Angelo Magagna.

Estando aún en obra negra, el teatro ya era escenario de grandes compañías artísticas que se presentaban en tales condiciones para demostrar así su respaldo al sueño de los barranquilleros.

El 19 de junio de 1980 se firmó contrato de comodato entre la Sociedad de Mejoras Públicas de Barranquilla y el Banco de la República (cuyo Gerente era entonces Rafael Gama Quijano), asumiendo este último su funcionamiento y mantenimiento: La administración del teatro durante 99 años.

Según determinación del Consejo Municipal de Barranquilla, se nombró al Teatro “Amira de La Rosa”, en homenaje a la célebre escritora barranquillera.

VALORES DE ORDEN TEMPORAL

Originalidad

Teniendo en cuenta el momento histórico de su inicial construcción en la región caribe, c onstituye un factor de originalidad su desarrollo tipológico y funcional, novedoso en la región para la construcción de teatros. El desarrollo técnico de la tramoya y el foso de los músicos también son novedosos por las consideraciones técnicas de su diseño.

VALORES DE ORDEN FISICO

Constitución del bien

El acertado desarrollo constructivo en general constituyó un aporte para la arquitectura de la región y permitió que, a pesar de haber sido concluido hace casi veinte años, solo fueran necesarias modificaciones técnicas y no estructurales.

Muros estructurales enteramente fundidos en concreto. El manejo de grandes luces en la cubierta fue posible gracias al sistema de pliegues autoportantes. El edificio es un importante ejemplo de ingeniería en el país, desde la construcción general hasta elementos más reducidos, como el puente de iluminación descolgado de la cubierta.

Estado actual de conservación

La Administración realizada por el Banco de la República le ha permitido al Teatro mantenerse en perfectas condiciones y contar con periódicas reparaciones locativas.

VALORES DE ORDEN ESTETICO

Uno de los elementos de mayor belleza en el Teatro Municipal es su telón de Boca “Se va el Caimán”, obra pictórica que fue realizada especialmente para el Teatro Amira de La Rosa. Fue elaborado por el Maestro Alejandro Obregón, nacido en España en 1920 y considerado uno los grandes artistas plásticos de nuestro país y uno de los pioneros de la pintura moderna en Colombia. Esta obra es la más grande de su producción.

VALORES DE REPRESENTATIVIDAD HISTORICA

Este Centro Cultural representa un hito histórico regional y nacional. Es testimonio de una época de progreso para la ciudad de Barranquilla, en la cual se buscó recuperar la vida cultural que tuvo en ese período. El edificio representa el empuje de una ciudad en plena modernidad del siglo XX.

VALORES DE REPRESENTATIVIDAD CULTURAL

El Teatro dividió en dos la historia de los escenarios culturales en Barranquilla. Después de la clausura del Teatro Emiliano y el cerramiento del Teatro Olimpia, las artes representativas se vieron obligadas a dispersarse, lo cual afectó profundamente el desarrollo artístico de la ciudad. El Teatro Amira de La Rosa recoge nuevamente el interés de una región por buscar nuevas manifestaciones culturales.

La política cultural del Banco de la República eliminó la frontera elitista que sobre este tipo de lugares se había tejido, a través de la vinculación de todos los sectores de la sociedad mediante programas, talleres y conferencias dirigidas a distintos grupos sociales y académicos.

Se han presentado cerca de 2.500 espectáculos. El Teatro Amira de La Rosa, pionero y único en la región, se creó con el propósito de estimular el desarrollo de la actividad artística y cultural que venía en decadencia por la falta de espacios para estas actividades desde la década de los cuarenta.

Que con el fin de definir el área de influencia para proteger el inmueble de desarrollos que desvirtúen los valores señalados en la presente resolución, el Consejo observó la posibilidad de efectuar obras nuevas en la mayoría de los predios que lo rodean, según consta en el Acta número 06 del 16 de junio de 2006.

Que los Decretos 3048 de 1997 y 1746 de 2003 determinaron que el ejercicio de la Secretaría Técnica y Administrativa del Consejo de Monumentos Nacionales corresponde a la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura.

Que dentro de las funciones asignadas por el Decreto 3048 de 1997 a la Secretaría Técnica del Consejo de Monumentos Nacionales, está la de presentar a dicho Consejo los informes, estudios y demás documentos que se requiera.

Que para dar cumplimiento al artículo 8o de la Ley 397 de 1997, la Dirección de Patrimonio sometió a consideración del Consejo de Monumentos Nacionales el estudio de solicitud de decla ratoria del Teatro Amira de La Rosa, localizado en la carrera 54 con calle 53 del Distrito de Barranquilla, departamento del Atlántico, como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional, según consta en el Acta número 010 del 10 de octubre de 2005.

Que el Consejo de Monumentos Nacionales al verificar que este inmueble posee valores de orden temporal, físico, estético y representatividad histórica y cultural, recomendó a la señora Ministra de Cultura su declaratoria, según consta en el Acta número 010 del 10 de octubre de 2005.

Que en consecuencia y con base en las facultades otorgadas por el artículo 8o de la Ley 397 de 1997 y el Decreto 1746 de 2003, corresponde al Ministro de Cultura expedir el acto administrativo que declare el Teatro Amira de La Rosa, localizado en la carrera 54 con calle 53 del Distrito de Barranquilla, departamento del Atlántico, como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional y delimite su área de influencia,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Declarar el Teatro Amira de La Rosa, localizado en la carrera 54 con calle 53 del Distrito de Barranquilla, departamento del Atlántico, como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional.

ARTÍCULO 2o. Delimitar como área de influencia del Teatro Amira de La Rosa, localizado en la carrera 54 con calle 53 del Distrito de Barranquilla, departamento del Atlántico, todos los predios con frente sobre la manzana del Teatro.

ARTÍCULO 3o. En aplicación con lo dispuesto por la Ley 397 de 1997, todas las construcciones, refacciones, remodelaciones y obras de defensa y conservación que deban efectuarse en el Teatro Amira de La Rosa, localizado en la carrera 54 con calle 53 del Distrito de Barranquilla, departamento del Atlántico, en su área de influencia, deberán contar con la autorización previa por parte del Ministerio de Cultura.

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 31 de agosto de 2006.

La Ministra de Cultura,

ELVIRA CUERVO DE JARAMILLO.

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