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RESOLUCIÓN 1033 DE 2011

(julio 21)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE CULTURA

"Por la cual se modifica el inciso primero del artículo cuarto de la Resolución 2626 del 16 de diciembre de 2009”

LA MINISTRA DE CULTURA

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las previstas en las Leyes 489 de 1998 y 397 de 1997, el Decreto 1746 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 75 de la Ley 446 de 1998 estableció la obligatoriedad para las entidades y organismos de derecho público del orden nacional, de integrar un Comité de Conciliación conformado por funcionarios del nivel directivo;

Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto el Decreto 1716 de 2009 reglamentario del artículo 75 de la Ley 446 de 1998.

Que mediante Resolución No. 2626 del 5 de diciembre de 2009, “Por la cual se adecúa la estructura, funcionamiento e integración del Comité de Conciliación del Ministerio de Cultura", se estableció en el primer inciso del artículo cuarto de la misma que:

ARTICULO CUARTO: SESIONES. - El Comité de Conciliación del Ministerio de Cultura sesionará de manera ordinaria no menos de dos (2) veces al mes, el primer y tercer lunes de cada mes, y cuando las circunstancias lo exijan."

Que se hace necesario ajustar lo establecido para las reuniones ordinarias del Comité de Conciliación los días primer y tercer lunes de cada mes, teniendo en cuenta que los días lunes se celebran también los Consejos de Ministros y se han presentado dificultades para el cumplimiento de lo así previsto en la Resolución 2626 de 2009,

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Modifíquese el inciso primero del artículo cuarto de la Resolución 2626 del 16 de diciembre de 2009, el cual quedará así:

ARTÍCULO CUARTO: SESIONES.- El Comité de Conciliación del Ministerio de Cultura sesionará de manera ordinaria no menos de dos (2) veces al mes, y cuando las circunstancias lo exijan.”

ARTÍCULO SEGUNDO: Los demás artículos e inciso de la Resolución 2626 de 2009 no se modifican y continúan vigentes.

ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de su publicación y deroga el inciso primero del artículo cuarto de la Resolución 2626 del 16 de diciembre de 2009.

Publíquese y Cúmplase

MARIANA GARCÉS CÓRDOBA

Ministra de Cultura

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