RESOLUCIÓN 797 DE 1998
(julio 31)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE CULTURA
Por la cual se declara como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional la Zona Arqueológica de la Cuenca Alta de la Quebrada Piedras Blancas, localizada en el corregimiento de Santa Elena del Municipio de Medellín
EL MINISTRO DE CULTURA
En uso de las facultades legales que le confiere el artículo 8 de la Ley 397 de 1997 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 8 de la Ley 397 de 1.997 preceptúa que el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Cultura y previo concepto del Consejó de Monumentos Nacionales es el responsable de la declaratoria y el manejo de los monumentos nacionales y de los bienes de interés cultural de carácter nacional.
Que el parágrafo 1 del artículo 4 de la Ley 397 de 1997 establece que “ Los bienes declarados monumentos nacionales con anterioridad a la presente ley, así como los bienes integrantes del patrimonio arqueológico serán considerados como bienes de interés cultural''.
Que el Ministerio de Cultura tiene como concepto previo del Consejo de Monumentos Nacionales la resolución No. 016 del 6 de agosto de 1997 emanada de este mismo Consejo, de acuerdo con lo establecido por el artículo 8 de la Ley 397 de 1997 para ia declaratoria de un bien como Monumento Nacional o Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional.
Que el marco jurídico anterior a la Ley 397 de 1997 para la declaratoria y el manejo de los Monumentos Nacionales era la Ley 163 de 1959 y su decreto reglamentario 264 de 1963.
Que el Artículo Sexto de la Ley 163 de 1959 faculta al Consejo de Monumentos Nacionales, previo estudio de la documentación correspondiente, para proponer la calificación y declaración de otros sectores de ciudades, zonas o accidentes geográficos o inmuebles como Monumentos Nacionales.
Que se presentó la solicitud para que el Consejo de Monumentos Nacionales proponga al Gobierno Nacional la declaratoria como Monumento Nacional de la ZONA ARQUEOLOGICA DE LA CUENCA ALTA DE LA QUEBRADA PIEDRAS BLANCAS, localizada en el corregimiento de Santa Elena del municipio de Medellín - Antioquia, la cual está compuesta por los siguientes sitios arqueológicos, localizados en distintas coordenadas geográficas de acuerdo al plano que reposa en el Archivo de la Dirección de Patrimonio:
- Altos del Rosario. x=1183310 y=843870 x=1183930 y=844650 x=1182690 y=84551 x=1182320 y=844270.
-Chorro Clarín El Carmelo. x=1184500 y=843550 x=1185000 y=844150 x=1184620 y=844180x=1185530 y=843520 x=1186350 y=843500 x=1186550 y=842870 x=1186440 y=842530 x=1186270 y=842340 x=1185430 y=842860 x=1184950 y=842740 x=1184500 y=84271O x=1184350 y=843100 x=1184770 y=843150 x=1184600 y=843560.
-Mazo La Concha. x=1184400 y=841120 x=1184150 y=842000 x=1184550 y=842050 x=1184750 y=842240 x=1184610 y=842740 x=1184150' y=843780 x=1184330 y=843250 x=1183700 y=843320 x=1183350 y=843820 x=1183090 y=843150 x=1183410 y=842580 x= 11841 00 y=842080 x= 1183700 y=841530 x= 1184400 y=841120.
-Laguna Camino de Cieza Matasanos. x=1184730 y=841470 x=1185050 y=841610 x=1185620 y=841520 x=1185730 y=841380 x=1186350 y=840860 x=1186810 y=840820 x=1187000 y=841000 x=1187000 y=839000 x=1185000 y=839000 x=1183550 y=838250 x=1182000 y=838560 x=1182000 y=839000 x=1184330 y=841000 x=1185000 y=841000.
Que los yacimientos arqueológicos localizados en la Cuenca Alta de la Quebrada Piedras Blancas de Medellín - Antioquia constituyen un valioso soporte científico para determinar la evolución sobre los primeros pobladores del oriente antioqueño. Las evidencias se manifiestan en la intensa modificación del relieve, manipulación constructiva de salados, construcción de acequias y campos de cultivo, canalización de quebradas, muros de contención de ladera, abundante material cerámico incluido el marrón inciso y una amplia red de caminos entre los Valles del Cauca y Magdalena, utilizados por los españoles en sus viajes de conquista y colonización.
Que la ubicación, registro y análisis de estos vestigios arqueológicos dan cuenta de la profundidad temporal y complejidad de procesos históricos acaecidos en la zona y se convierten en documento de excepcional interés para el estudio y reconocimiento de las culturas pasadas sobre el territorio nacional.
Que el Consejo de Monumentos Nacionales estudió la propuesta para la declaratoria como Monumento Nacional de la Zona Arqueológica de la Cuenca Alta de la Quebrada Piedras Blancas, localizada en el municipio de Medellín - Antioquia, en sesión ordinaria del 8 de octubre de 1996, según consta en el Acta No. 8 del mismo año, y verificó que posee suficientes valores históricos, científicos, arqueológicos y documentales para ser considerada como Monumento Nacional.
Que el Consejo de Monumentos Nacionales determinó proponer al Gobierno Nacional, la declaratoria como Monumento Nacional de la Zona Arqueológica de la Cuenca Alta de la Quebrada Piedras Blancas, localizada en el corregimiento de Santa Elena del municipio de Medellín - Antioquia, mediante resolución No. 016 del 6 de agosto de 1997.
Que el artículo 8 de la Ley 397 de 1.997 preceptúa que el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Cultura y previo concepto del Consejo de Monumentos Nacionales es el responsable de la declaratoria y el manejo de los monumentos nacionales y de los bienes de interés cultural de carácter nacional.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Declarar como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional la ZONA ARQUEOLOGICA DE LA CUENCA ALTA DE LA QUEBRADA PIEDRAS BLANCAS, localizada en el corregimiento de Santa Elena del municipio de Medellín - Antioquia.
ARTÍCULO 2.- En aplicación a lo dispuesto por la Ley 397 de 1.997, todas las demoliciones, construcciones, refacciones, remodelaciones, y obras de defensa y conservación que deban efectuarse en los inmuebles mencionados en el articulo 1, deberán contar con la autorización del Ministerio de Cultura.
ARTÍCULO 3.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
RAMIRO EDUARDO OSORIO FONSECA
Ministra de Cultura