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RESOLUCIÓN 788 DE 1998

(julio 31)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE CULTURA

Por la cual se declara como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional tres inmuebles localizados en Las Islas de Providencia, Santa Catalina y San Andrés

EL MINISTRO DE CULTURA

En uso de las facultades legales que le confiere el artículo 8 de la Ley 397 de 1997 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 8 de la Ley 397 de 1.997 preceptúa que el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Cultura y previo concepto del Consejo de Monumentos Nacionales es el responsable de la declaratoria y el manejo de los monumentos nacionales y de los bienes de interés cultural de carácter nacional.

Que el parágrafo 1 del artículo 4 de la Ley 397 de 1997 establece que “ Los bienes declarados monumentos nacionales con anterioridad a la presente ley, así como los bienes integrantes de! patrimonio arqueológico serán considerados como bienes de interés cultural".

Que el Ministerio de Cultura tiene como concepto previo del Consejo de Monumentos Nacionales la resolución No. 018 del 6 de agosto de 1997 emanada de este mismo Consejo, de acuerdo con lo establecido por el artículo 8 de la Ley 397 de 1997 para la declaratoria de un bien como Monumento Nacional o Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional.

Que el marco jurídico anterior a la Ley 397 de 1997 para la declaratoria y el manejo de los Monumentos Nacionales era la Ley 163 de 1959 y su decreto reglamentario 264 de 1963.

Que el Artículo Sexto de la Ley 163 de 1959 faculta al Consejo de Monumentos Nacionales, previo estudio de la documentación correspondiente, para proponer la calificación y declaración de otros sectores de ciudades, zonas o accidentes geográficos o inmuebles como Monumentos Nacionales.

Que se presentó la solicitud para que el Consejo de Monumentos Nacionales proponga al Gobierno Nacional ia declaratoria como Monumento Nacional de los siguientes inmuebles:

- EDIFICIO DE LA ESCUELA MARIA INMACULADA, localizado en el Sector de Freetown de la Isla de Providencia.

- RUINAS DEL FUERTE DE LA LIBERTAD, localizadas en la Isla de Santa Catalina.

- IGLESIA BAUTISTA LA LOMA, localizada en el Barrio La Loma de la Isla de San Andrés.

Que el EDIFICIO DE LA ESCUELA MARIA INMACULADA, localizado en el Sector de Freetown de la Isla de Providencia, fue construido entre 1.928 y 1.932 por la Misión Católica, bajo la dirección del Capitán Palmiston Goidsen. De tres pisos de altura, es representativo de la construcción antillana en madera que recurre a colores fuertes, balcones corridos y elementos decorativos propios de! archipiélago, lo cual le confiere valores tecnológicos, arquitectónicos y documentales.

Que las RUINAS DEL FUERTE DE LA LIBERTAD, localizadas en la Isla de Santa Catalina son las únicas de una fortificación española que hasta el momento se han detectado en el archipiélago, constituyendo un bien arqueológico de valor documental. Su valor histórico y testimonial se asocian a las continuas luchas del imperio español por el dominio de las rutas de comercio en el Caribe.

Que la IGLESIA BAUTISTA LA LOMA, localizada en el Barrio La Loma de la Isla de San Andrés fue construida en madera en Mobile (Alabama, EE.UU.) y desarmada para su traslado a la Isla de San Andrés, en donde fue erigida en 1.896. Su construcción por prefabricación le confiere un valor tecnológico.

Que paisajísticamente esta Iglesia tiene gran importancia, pues se encuentra en la parte más alta de la Isla. Su volumen de planta rectangular y cubierta a dos aguas es representativo de la arquitectura antillana y encierra un valor social al ser expresión de la Iglesia Protestante Bautista.

Que el Consejo de Monumentos Nacionales estudió la propuesta para la declaratoria como Monumento Nacional de los mencionados inmuebles, en sesión del 14 de abril de 1997, según consta en Acta No. 3 del mismo año y verificó que poseen suficientes valores históricos, tecnológicos, artísticos, paisajísticos y documentales para ser considerados como Monumento Nacional.

Que el Consejo de Monumentos Nacionales determinó proponer al Gobierno Nacional, la declaratoria como Monumento Nacional de los citados inmuebles localizados en Las Islas de Providencia, Santa Catalina y San Andrés, mediante resolución No. 018 del 6 de agosto de 1997.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1.- Declarar como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional los siguientes inmuebles:

- EDIFICIO DE LA ESCUELA MARIA INMACULADA, localizado en el Sector de Freetown de la Isla de Providencia.

- RUINAS DEL FUERTE DE LA LIBERTAD, localizadas en la Isla de Santa Catalina.

- IGLESIA BAUTISTA LA LOMA, localizada en el Barrio La Loma de la Isla de San Andrés.

ARTICULO 2.- En aplicación a lo dispuesto porla Ley 397 de 1.997, todas las demoliciones, construcciones, refacciones, remodelaciones, y obras de defensa y conservación que deban efectuarse en los inmuebles mencionados en el artículo 1, deberán contar con la autorización del Ministerio de Cultura.

ARTÍCULO 3.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

RAMIRO EDUARDO OSORIO FONSECA

Ministra de Cultura

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