RESOLUCIÓN 683 DE 2006
(mayo 19)
Diario Oficial No. 46.280 de 26 de mayo de 2006
MINISTERIO DE CULTURA
Por la cual se modifican los artículos 4o y 6o de la Resolución número 0569 del 27 de abril de 2006.
LA MINISTRA DE CULTURA,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 397 de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución número 0569 del 27 de abril de 2006 se crearon las condecoraciones “Gran Orden Ministerio de Cultura”, “Medalla al Mérito Cultura” y “Placa de Honor”;
Que el Ministerio de Cultura considera necesario modificar los artículos 4o y 6o de la Resolución 569, en el sentido de incluir que la “Medalla al Mérito Cultural” sea otorgada también a personas naturales, con una trayectoria artística o cultural de por lo menos veinticinco (25) años;
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modifícase el artículo 4o de la Resolución número 0569 del 27 de abril de 2006, el cual quedará así:
“Artículo 4o. Creación de la condecoración “Medalla al Mérito Cultural”. Créase la condecoración “Medalla al Mérito Cultural” para reconocer y exaltar a las personas naturales y a las instituciones artísticas o culturales que desarrollen actividades o procesos artísticos o culturales y que estén comprometidas con el posicionamiento de las artes y la cultura como una de las dimensiones fundamentales de la vida artística y cultural colombiana”.
ARTÍCULO 2o. Modifícase el artículo 6o de la Resolución número 0569 del 27 de abril de 2006, el cual quedará así:
“Artículo 6o. Requisitos para ser galardonado con la condecoración “Medalla al Mérito Cultural”. La condecoración “Medalla al Mérito Cultural” se impondrá a aquellas personas naturales e instituciones artísticas o culturales con una trayectoria artística o cultural de por lo menos veinticinco (25) años de servicio al desarrollo artístico o cultural colombiano, cuya vida y obra en beneficio del engrandecimiento de las artes y la cultura colombiana sean plenamente reconocidos a nivel local, regional o nacional, por un sector artístico y cultural específico o por la ciudadanía en general”.
ARTÍCULO 3o. Las demás disposiciones contenidas en la Resolución número 0569 del 27 de abril de 2006 continúan vigentes.
ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 19 de mayo de 2006.
La Ministra de Cultura,
ELVIRA CUERVO DE JARAMILLO.