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RESOLUCIÓN 601 DE 2019

(marzo 19)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE CULTURA

Por La cual se modifica La Resolución 157 de 29 enero de 2019

LA MINISTRA DE CULTURA

En uso de Las facultades Legales que Le confiere La Constitución Política, La Ley 489 de 1998 y el Decreto 1083 de 2015,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 1158 de 2015 se estableció el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para Los empleos de La Planta de Personal deL Ministerio de Cultura de conformidad con Lo establecido en el Decreto 1083 de 2015.

Que medíante el Decreto 815 del 8 de mayo de 2018, se reglamentaron las competencias laborales generales para los empleos públicos de distintos niveles jerárquicos.

Que mediante La Resolución 0157 del 29 de enero de 2019, se modificó parcialmente La Resolución 1158 de 2015, estableciendo las competencias comportamentales comunes de los servidores púbLícos por nivel jerárquico y por proceso transversal.

Que mediante el Decreto 2120 del 15 de noviembre de 2018, se modificó La estructura del Ministerio de Cultura, donde se estableció que para cumplir con Las tareas a cargo del Ministerio de Cultura y en desarrollo del propósito de estabLecer entornos institucionales suficientes para consolidar La política de Economía Naranja es necesario adecuar y modernizar la estructura del Ministerio de Cultura.

Que mediante el Decreto 2121 del 15 de noviembre de 2018, se modificó La planta de personal del Ministerio de Cultura, donde se presentó estudio técnico al Departamento Administrativo de La Función Pública, de conformidad con Lo previsto en el artículo 46 de la ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012 y los artículos 2,2.1.2.1 a 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, obteniendo concepto técnico favorable de ese Departamento Administrativo.

Que para los fines del Decreto antes mencionado la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgo viabilidad presupuestal para efectos de modificar La planta de personal del Ministerio de Cultura.

Que el Decreto 2121 del 15 de Noviembre de 2018, en su artículo segundo dispuso Lo siguiente: Articulo 2. Crear en la planta de personal del Ministerio de Cultura el siguiente empleo:

NUMERO DE CARGOS DEPENDENCIA Y DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO DESPACHO DEL VICEMINISTERIO DE CREATIVIDAD Y DESARROLLO DE LA ECONOMIA NARANJA 'l(Uno) viceministro 0020

Que mediante el Decreto 2120 del 15 de noviembre de 2018, en su artículo 14 se establecieron e identificaron lás funciones del Despacho del Viceministerio de La Creatividad y La Economía Naranja.

Que como consecuencia de la creación del Viceministerio de la Creatividad y Desarrollo de la Economía Naranja, se hace necesario modificar el manual de funciones del Ministerio de Cultura, con el fin de estabLecer e identificar Las funciones propias del cargo antes mencionado, así como identificar y estabLecer las funciones del Viceministerio de Fomento Regional y Patrimonio, las cuaLes están definidas en el artículo 10 del Decreto 2120 del 15 de Noviembre de 2018.

Que por necesidades del servicio se requiere efectuar modificaciones én los perfiles incluidos en este Manual.

Que en consideración a lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modifiqúese la identificación, propósito principal, la descripción de funciones esenciales, conocimientos básicos esenciaLes y requisitos de formación académica y experiencia del cargo de VICEMINISTRO DE CREATIVIDAD Y DESARROLLO DE LA ECONOMIA NARANJA, código 20 grado 0, ID Ministerio 19:, modificado mediante Resolución 157 de 2019, así:

I-DENTIFCACIÓN

Denominación del empleoViceministro
Código20
Grado0
Número de cargosUno (1)
DependenciaDespacho Viceministro
Cargo del jefe inmediatoMinistro de Cultura
ID Ministerio19

II. AREA FUNCIONAL

Despacho dél Viceministro de la Creatividad y la Economía Naranja

III. PROPOSITO PRINCIPAL

Dirigir planes, programas y proyectos para desarrollar, fomentar, incentivar y proteger las áreas de creación artista, y las economías culturales y creativas en el país, en el marco de los objetivos y metas del Plan de Nacional de Desarrollo y de Las competencias del Ministerio.

IV, FUNCIONES ESENCIALES

1. Proponer aL Ministro las políticas de fomento y estímulo a la creación y a la investigación de La actividad artística y cultural, así como las necesarias para el fortalecimiento de Las expresiones culturaLes y su divulgación en todos los níveLes territoriales nacionales y en el exterior.

2. Proponer al Ministro la regulación en materia de creatividad, desarrollo de la economía cultural y creativa, garantizando la preservación de la pluralidad y diversidad cultural en el territorio.

3, Dirigir, de acuerdo con las orientaciones del Ministro, la elaboración de los planes, programas y proyectos que en materia de artes, comunicaciones, cinematografía y economía cultural y creativa q.ue deban incorporarse al Plan Nacional de Desarrollo.

4. Articular, Liderar y viabilizar, bajo Las orientaciones del Ministro, las acciones interinstitucionales del Consejo Nacional de la Economía Naranja y otros agentes, para capitalizar Las oportunidades de la economía cuLturaly creativa y consolidar su desarrollo en todos los eslabones de La cadena de valor de formación, creación, producción, circulación y acceso ciudadano.

5. impartir lineamientos técnicos para la caracterización y análisis de los sectores creativos, de divulgación cultural y de Las industrias y agentes de La economía naranja.

6. Coordinar La investigación, pedagogía, conceptualización y visibiLización de Los diversos sectores creativos.

7. Incentivar acciones de empresariado y agremiación del trabajo én la cadena de valor de Los diversos sectores que hacen parte del campo de la economía cultural y creativa.

8, Coordinar con Las diferentes dependencias internas, las políticas y el desarrollo del programa de estímulos a La creación, La investigación y La actividad artística y cultural de competencia deL Viceministerio.

9. impartir Lineamientos para coordinar con las diferentes dependencias del Ministerio Las políticas y el desarrollo deL Programa Nacional de Concertación de competencia del Viceministerio.

10. Impartir, en coordinación con eL Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, los lineamientos para eL desarrollo de una plataforma de articulación y consulta con el sector privado creativo, gremios, cámaras de comercio, academia y ciudadanía, para analizar las barreras de crecimiento y sostenibilidad de La economía naranja, y La generación de externalidades al resto del aparato productivo nacional.

11. Desarrollar y analizar, en coordinación con eL Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), la Cuenta Satélite de Cultura y Economía Naranja.

12. Adoptar, en coordinación con el Ministerio del Trabajo, herramientas para fortalecer Las capacidades deL capital humano en Los sectores de la creatividad y de La economía naranja,

13. Diseñar, en coordinación con eL Ministerio de Educación Nacional, Ministerio de Tecnologías de La Información y Las Comunicaciones y el Ministerio de Trabajo, Los oficios y Las cualificaciones requeridas por los sectores pertenecientes a la economía naranja, que deberán ser incluidas en eL Marco Nacional de Cualificaciones (MNC),

14. Promover, en coordinación con el Ministerio de Educación Nacional y el Ministerio de Trabajo, procesos de formación escolar, para el desarroLlo cultural y creativo.

15. Diseñar, en coordinación con Las entidades competentes en la materia, estrategias para promover la empleabiíidad deL talento creativo en La economía naranja y demás sectores productivos e impartir las directrices para su implementación.

16, Realizar, en coordinación con la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y la Dirección Nacional de Derechos de Autor (ONDA), estudios periódicos del impacto económico de Los derechos de propiedad intelectual en Los sectores de la economía cultural, y creativa, así como del uso y las infracciones a la propiedad Intelectual,

17. Diseñar y ejecutar, en coordinación con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MCIT), el Ministerio de Trabajo y la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y la Dirección NacionaL de Derechos de Autor (DNDA), acciones dirigidas a creadores, productores, distribuidores, comercializadores y consumidores, con eL objetivo de concientizarlos sobre: (i) el reconocimiento económico justo a autores y creadores por La comercialización, distribución, uso y goce de sus creaciones; (ii) los beneficios derivados deL registro de propiedad intelectual de bienes y servicios de la economía naranja; y, (iii) el impacto negativo de prácticas desleales, como La piratería.

18. Diseñar e implementar, en coordinación con el Ministerio de Comercio, industria y Turismo (MCIT) espacios para la promoción, difusión y comerciaLización nacional e internacional de bienes y servicios de la economía cuLtural y creativa registrados en el sistema de propiedad intelectual.

19. ELaborar, en coordinación con los entes territoriales, Las agendas de municipios, ciudades y regiones creativas, que deberán incluir la identificación y caracterización de las Áreas de Desarrollo Naranja (ADN).

20. Impartir directrices y orientaciones a las entidades territoriales, sectores económicos y demás agentes productivos, para eL desarrollo de Las economías culturales y creativas.

21. Articular esfuerzos y acciones desdé los sectores de economía cuLtural y creativa con campos, estrategias e instrumentos de La Ciencia, Tecnología e Innovación,cogestionando acciones de emprendimiento, transformación productiva e innovación social

22. Proponer y articular propuestas de Los agentes del sector de la economía naranja para determinar y reglamentar mecanismos de apalancamiento, comercialización y promoción al emprendímiento creativo

23. Articular con la Financiera de Desarrollo Territorial (FINDETER): (i) la construcción de agendas de municipios, ciudades y regiones creativas en todo el país, con miras a que enriquezcan los planes de los diferentes entes territoriales para el impulso de la cultura y la economía cultural y creativa; y, (ii) el desarrollo de líneas de crédito y financiación para eL Impulso a la construcción de La infraestructura creativa física y digital, en consideración a las necesidades diagnosticadas en Los territorios

24. ArticuLar con el Banco de Desarrollo Empresarial y de Comercio Exterior (BANCOLDEX) la generación de instrumentos y estrategias para La financiación a emprendedores creativos y la disponibilidad de capitaLes inicíales -semillas y emprender- a través de procesos concúrsales.

25. Conducir la investigación en el terreno de ia economía cuLtural y creativa, impartir Lineamientos técnicos para realizar eL seguimiento de los compromisos internacionales contraídos por Colombia en materia de competencia del

26. Coordinar las acciones necesarias para el acceso del Ministerio a la cooperación internacional en temas relacionados con este Viceministerio,

27. La caracterización y análisis de las industrias y agentes de la economía naranja.

28. Las demás que le sean asignadas por La Ley o el reglamento

V. CONOCIMIENTOS BAS COS O ESENCIALES

1. Marco conceptual y jurídico sobre cultura en Colombia

2. Artes y ciencias de la Comunicación

3. Economía cuLtural y creativa

4. Gestión Publica

5. Gestión integral de Proyectos

6. Alianzas público-Privadas

VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

Aprendizaje continuoVisión Estratégica
Orientación a ResultadosLiderazgo efectivo
Orientación aL usuario y al ciudadanoPlaneación
Compromiso con la OrganizaciónToma de decisiones
Trabajo en EquipoGestión del desarrollo de Las empresas
Adaptación aL cambioPensamiento sistemático Resolución de conflictos

VI. REQUISITOS DE "ORMACICN ACADEV CA Y EXPERIENCIA

FORMACION ACADEMICAEXPERIENCIA
TítuLo profesional en una disciplina académica o profesión.
Título de postgrado en cualquier modaLidad.
Matricula o tarjeta profesional en Los casos reglamentados por la ley
Un (1) año de experiencia profesional relacionada

Equivalencias. Para el ejercicio del cargo señaLado podrían aplicarse las equivalencias establecidas en el Titulo 2, capitulo 5, de La Parte 2 deL Libro 2 del Decreto 1083 del 2015

ARTÍCULO 2o. Modifiqúese La Identificación, propósito principaL, La descripción de funciones esenciales, conocimientos básicos esenciaLes y requisitos de formación académica y experiencia del cargo de VICEMINISTRO DE FOMENTO REGIONAL Y PATRIMONIO, código 20 grado 0, ID Ministerio 317

I. IDENTIFICACION

Denominación del empleoViceministro
Código20
Grado0
Número de cargosUno (1)
DependenciaDespacho Viceministro
Cargo del jefe inmediatoMinistro de Cultura
ID Ministerio317

II. AREA FUNCIONAL

Despacho del Viceministro de Fomento Regional y Patrimonio

III. PROPOSITO PRINCIPAL

Dirigir planes, programas y proyectos para desarrollar, fomentar, incentivar, proteger y conservar eL patrimonio cultural de la Nación, en el marco de Los objetivos y metas del Plan de Nacional de Desarrollo y de las competencias del Ministerio.

IV. FUNCIONES ESENCIALES

1.Proponer La política y regulación en materia de fomento regional y patrimonio cultural, atendiendo los diversos grupos poblacionales, grupos étnicos, población en situación de díscapacidad o en condiciones de vulnerabilidad y los instrumentos normativos para su implementación.

2. Coordinar con Las diferentes dependencias internas, las políticas y el desarrollo del programa de estímulos al fomento regional, La creación, La investigación y La actividad artística y cultural de competencia del Viceministerio.

3. Impartir Lineamientos para coordinar con Las diferentes dependencias del Ministerio las políticas y el desarrollo del Programa Nacional de Concertación de competencia del Viceministerio.

4. Definir las líneas de investigación en temas de fomento regional, poblaciones y patrimonio cultural.

5. Orientar Los estudios económicos, técnicos, científicos y culturales tendientes a evaluar el impacto del Sistema Nacional de Cultura,

6. Dirigir, de acuerdo con Las orientaciones del Ministro, ta elaboración de Los planes, programas y proyectos que, en materia de fomento regional, poblaciones y patrimonio, deban incorporarse al Plan Nacional de Desarrollo y coordinar su posterior ejecución.

7. ReaLizar el seguimiento de Los compromisos internacionales contraídos por Colombia en materia de competencia del Viceministerio.

8. Coordinar las acciones necesarias para el acceso del Ministerio a la cooperación internacional en temas relacionados con patrimonio cuLtural y fomento regionaL.

9. Asistir al Ministro en sus relaciones con el Congreso de la República y vigilar el curso de los proyectos de Ley relacionados con temas de fomento regional, poblaciones y patrimonio,

10. Articular el trabajo con Las entidades territoriales para que sus planes de desarrollo y Los planes de las comunidades, grupos sociales y poblacionales incorporados a estos, puedan armonizarse en materia cuLtural con el Plan Decenal de Cultura y con el Plan NacionaL de Desarrollo; y se asignen los recursos para la salvaguardia, conservación, recuperación, protección, sosteníbilidad y divulgación del patrimonio cultural.

11. Proponer y motivar ante el Ministro la declaratoria y la revocatoria, cuando así proceda, y el manejo de Los bienes de interés cultural de carácter nacional.

12. Proponer al Ministro, previo concepto del Consejo NacionaL de Patrimonio CulturaL, La integración de la Lista Representativa del Patrimonio Cultural inmaterial (LRPCI) con las manifestaciones culturales seleccionadas para su conocimiento, salvaguardia y manejo con la participación activa de las comunidades.

13. Dirigir, en coordinación con las dependencias del Viceministerio y las entidades territoriales, las estrategias para la construcción, adecuación, mantenimiento y dotación de la infraestructura cultural.

14. Diseñar las herramientas y estrategias tendentes a La protección y manejo de los bienes patrimoniales

15. Las demás que le delegue el Ministro o que por su naturaleza Le sean asignadas por la ley o el reglamento.

V. CONOCIMIENT OS BASICOS ESENCIALES

1. Mareo conceptual y jurídico sobre cultura en CoLombia

2. Artes y ciencias de la Comunicación

3. Economía cultural y creativa

4. Gestión Publica

5. Gestión integral de Proyectos

6. ALÍanzas públíco-Privadas

VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

Aprendizaje continuoVisión Estratégica
Orientación a ResultadosLiderazgo efectivo
Orientación al usuario y al ciudadanoPLaneación
Compromiso con la OrganizaciónToma de decisiones
Trabajo en EquipoGestión del desarrollo de las empresas
Adaptación aL cambioPensamiento sistemático
Resolución de conflictos

VI REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADEMICA Y EXPERIENCIA

FORMACION ACADEMICAEXPERIENCIA
Título profesional en una disciplina académica o profesión.
Título de postgrado en cualquier modalidad.
MatricuLa o tarjeta profesional en Los casos reglamentados por la Ley
Un (1) año de experiencia profesional relacionada

Equivalencias. Para el ejercicio del cargo señalado podrían aplicarse las equivalencias establecidas en el Titulo 2, capitulo 5, de La Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 deL 2015

ARTÍCULO 3o. La presente Resolución rige a partir de La fecha de su expedición, modifica en lo pertinente la Resolución 157 de 2019 y todas aquellas que Le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a Los 19 MAR 2019

CARMEN INÉS VASQUEZ CAMACHO

Ministra de Cultura

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