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RESOLUCIÓN 533 DE 2023

(noviembre 20)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE CULTURA

Por el cual se efectúa una delegación para la representación del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes en el Consejo Nacional de Patrimonio Cultural

EL MINISTRO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS SABERES

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Ley 489 de 1998, la Ley 397 de 1997, el Decreto 1080 de 2015, el Decreto 2120 de 2018, el Decreto 2358 de 2019 y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2.3.2.1 del Título 2 de la Parte 3 del Libro 2 del Decreto 1080 de 2015, Único Reglamentario del Sector Cultura modificado por el artículo 6 del Decreto 2358 del 26 de diciembre de 2019, establece que:

“Artículo 2.3.2.1. Conformación del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural. De conformidad con el artículo 1 de la Ley 397 de 1997, modificatorio del artículo 4 de la Ley 1185 de 2008, el Consejo Nacional de Patrimonio Cultural es el órgano encargado de asesorar al Gobierno Nacional en cuanto a la salvaguardia, protección y manejo de patrimonio cultural de la Nación; de conformidad con el literal a del mencionado artículo se podrá ampliar la representación de otras entidades estatales o sectores privados. j

El Consejo Nacional de Patrimonio Cultural se integra de la siguiente forma:

1. El Ministro de Cultura o su delegado, quien lo presidiría.

Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 prevé:

“Delegación. Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones a fines o complementarias.

Sin prejuicio de las delegaciones previstas en las leyes orgánicas, y en todo caso, los ministros, directores de departamento administrativo, superintendentes, representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presente Ley".

Que conforme con lo anterior, es procedente delegar la representación del Ministro de las Culturas, las Artes y los Saberes para las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural en la persona que desempeñe el empleo de Viceministro (a) de los Patrimonios, las Memorias y la Gobernanza Cultural.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1.-: DELEGACIÓN. Delegar en la persona que ocupe el cargo de Viceministro (a) 0020 grado 00 del Viceministerio de los Patrimonios, las Memorias y la Gobernanza Cultural, la representación del Ministro de las Culturas, las Artes y los Saberes, en las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural durante las cuales no sea posible la presencia del Ministro.

ARTÍCULO 2.-: COMUNICACIÓN. Comunicar el contenido de la presente resolución de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1, a través de la Secretaría General de la Entidad.

ARTÍCULO 3-: VIGENCIA. Esta Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D. C., a los 20 NOV 2023

JUAN DAVID CORREA ULLOA

Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes

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