RESOLUCIÓN 471 DE 2018
(febrero 27)
Diario Oficial No. 50.528 de 07 de marzo de 2018
MINISTERIO DE CULTURA
Por la cual se da apertura a la convocatoria Premio Nacional de Bibliotecas Públicas “Daniel Samper Ortega” 2018, de la Biblioteca Nacional de Colombia.
LA MINISTRA DE CULTURA,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 397 de 1997, la Ley 1379 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 70 de la Constitución Política de Colombia establece que: “El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional” y que: “Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación”;
Que en virtud del anterior mandato, la Ley General de Cultura (Ley 397 de 1997) desarrolla en sus artículos 17 y 18 la competencia otorgada al Estado, por intermedio del Ministerio de Cultura, de fomentar las artes y el talento investigativo, estableciendo estímulos especiales a la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones artísticas y culturales, a través de programas, becas, premios anuales, concursos, festivales, entre otros, en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo, para lo cual podrá brindar apoyo a las personas, comunidades e instituciones que desarrollen o promuevan las expresiones culturales en los ámbitos locales, regionales y nacional;
Que el artículo 24 de la norma en comento establece que: “Los gobiernos nacional, departamental, distrital y municipal consolidarán y desarrollarán la Red Nacional de Bibliotecas Públicas, coordinada por el Ministerio de Cultura, a través de la Biblioteca Nacional, con el fin de promover la creación, el fomento y el fortalecimiento de las bibliotecas públicas y mixtas y de los servicios complementarios que a través de estas se prestan”;
Que el Ministerio de Cultura para promover la lectura y en mejora del fortalecimiento del sistema de bibliotecas públicas, a través de la Biblioteca Nacional de Colombia – Unidad Administrativa Especial del Ministerio–, ha decidido premiar la calidad de la gestión de las Bibliotecas que conforman la Red Nacional de Bibliotecas Públicas, creando un premio anual denominado Premio Nacional de Bibliotecas Públicas “Daniel Samper Ortega”;
Que de conformidad con los principios que rigen la función administrativa de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, el Ministerio de Cultura – Biblioteca Nacional, convocará públicamente a las instituciones públicas o privadas o grupos de amigos y/o usuarios de las bibliotecas que conforman la Red Nacional de Bibliotecas Públicas para que postulen las bibliotecas que consideren cumplen con los requisitos para acceder al Premio Nacional de Bibliotecas Públicas “Daniel Samper Ortega” 2018;
Que en cumplimiento de las normas citadas, mediante el presente acto administrativo se ordena la apertura de la convocatoria Premio Nacional de Bibliotecas Públicas “Daniel Samper Ortega” 2018 de la Biblioteca Nacional de Colombia;
Que los requisitos generales y las bases específicas de participación de la convocatoria serán los establecidos en la presente resolución, y serán publicados en la página de la Biblioteca Nacional www.bibliotecanacional.gov.co
Que los recursos para el desarrollo y ejecución de la convocatoria Premio Nacional de Bibliotecas Públicas “Daniel Samper Ortega” 2018 serán atendidos con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 120318 de fecha 16 de febrero de 2018 que respalda el Proceso de Contratación MC – ESAL 012 de 2018 de la Biblioteca Nacional de Colombia – Unidad Administrativa Especial del Ministerio de Cultura;
Que mediante comunicación interna dirigida a la Oficina Asesora Jurídica recibida el 22 de febrero de 2018, la Directora de la Biblioteca Nacional solicitó la revisión y aprobación del acto administrativo de apertura de la convocatoria Premio Nacional de Bibliotecas Públicas “Daniel Samper Ortega” 2018;
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Ordenar la apertura de la convocatoria Premio Nacional de Bibliotecas Públicas “Daniel Samper Ortega” 2018 de la Biblioteca Nacional de Colombia, a partir del día 1 de marzo de 2018 y hasta el 15 de abril de 2018.
ARTÍCULO 2o. Fijar como bolsa de premiación para la convocatoria Premio Nacional de Bibliotecas Públicas “Daniel Samper Ortega” 2018 de la Biblioteca Nacional de Colombia, la suma de ciento diez millones de pesos ($110.000.000) moneda corriente, distribuidos de la siguiente manera:
- Veinte millones de pesos ($20.000.000) moneda corriente para tres (3) bibliotecas que reciben un reconocimiento especial por parte del jurado, con destinación específica y exclusiva al fortalecimiento de cada biblioteca, según las prioridades determinadas por estas y establecidas a través de una propuesta de inversión.
- Cincuenta millones de pesos ($50.000.000) moneda corriente para la Biblioteca ganadora de la convocatoria Premio Nacional de Bibliotecas Públicas “Daniel Samper Ortega” 2018 con destinación específica y exclusiva al fortalecimiento de la biblioteca, según las prioridades determinadas por esta y establecidas a través de una propuesta de inversión.
ARTÍCULO 3o. Fijar las condiciones de participación, generales y específicas para la convocatoria Premio Nacional de Bibliotecas Públicas “Daniel Samper Ortega” 2018 de la Biblioteca Nacional de Colombia, que serán las siguientes:
OBJETIVOS
a) Difundir el trabajo y los servicios que las bibliotecas prestan, destacar su papel en la vida de la comunidad y resaltar la importancia de su quehacer en el desarrollo del municipio;
b) Establecer y promover estándares de calidad en la gestión bibliotecaria, haciéndolos conocer no solo por los responsables directos de esa gestión sino por los usuarios y las demás autoridades relacionadas con la biblioteca.
¿QUÉ BIBLIOTECAS PUEDEN SER POSTULADAS?
Bibliotecas públicas estatales, departamentales, distritales, municipales, rurales, indígenas o de consejos comunitarios afrocolombianos del país, creadas legalmente mediante ordenanza, acuerdo o acto administrativo, o bibliotecas comunitarias o privadas que cuenten con convenio vigente con el ente territorial correspondiente, que presten funciones como biblioteca pública y que se encuentren registradas en la Red Nacional de Bibliotecas Públicas.
No podrán ser postuladas las bibliotecas ganadoras en versiones anteriores del Premio.
¿QUIÉNES PUEDEN POSTULAR A LAS BIBLIOTECAS PÚBLICAS?
Las postulaciones de las bibliotecas públicas solo podrán ser realizadas por instituciones públicas o privadas o grupos organizados de la comunidad, que puedan dar cuenta del impacto e incidencia de la biblioteca en el desarrollo comunitario, social y cultural de la comunidad beneficiaria. En todo caso, los bibliotecarios no podrán postular las bibliotecas de sus municipios.
Los postulantes pueden ser:
- Grupos de amigos o usuarios de las bibliotecas pertenecientes a: clubes de lectura, grupos de lectores voluntarios, asociaciones de amigos, talleres de escritura, entre otros.
- Organizaciones o entidades: administraciones locales, secretarías de cultura, concejos municipales, asambleas departamentales, instituciones educativas, culturales, sociales y otros grupos organizados que utilizan los servicios y tienen alianzas con la biblioteca pública.
Una biblioteca puede recibir un número ilimitado de postulaciones de diferentes postulantes. No se tomarán como válidas postulaciones realizadas a título personal, que no representan un grupo, organización o entidad.
POSTULACIONES
El proceso de postulación se realizará a través de una carta motivada por parte del postulante que contenga:
- Nombre de la entidad, organización o grupo postulante y su relación con la biblioteca pública postulada. Los grupos o asociaciones deben explicar cuáles son sus actividades, quiénes las conforman, cuánto tiempo de existencia tienen y quién puede ejercer su representación.
- Justificación de la postulación: Cuál es la razón para hacer la postulación, es decir, cuáles son los méritos excepcionales de la biblioteca pública postulada con relación a su impacto social, educativo y/o cultural. Se deberá reflejar cómo la biblioteca es un escenario de encuentro y participación, sus servicios y programas inciden en el desarrollo comunitario, entre otros.
-- Firma del postulante: cada postulación debe incluir la firma del representante de la entidad u organización postulante. En el caso de los grupos organizados la postulación deberá ser firmada por la totalidad de integrantes.
-- Datos del postulante: las postulaciones deberán incluir los datos de contacto del representante o un miembro del grupo postulante (correo electrónico y número de celular).
Las cartas de postulación podrán enviarse por correo certificado o radicarse directamente en la Oficina de Correspondencia de la Biblioteca Nacional (Calle 24 N° 5 - 60, Bogotá, D.C.), a más tardar en la fecha de cierre establecida para la convocatoria, hasta las 5 p. m.
Se tendrá en cuenta el matasellos de correos (se verificará que en el comprobante de envío conste que la postulación fue enviada, a más tardar el día de cierre de la convocatoria). También podrán ser enviadas a través del correo electrónico premiogestionbibliotecaria@ bibliotecanacional.gov.co
Los sobres deben estar marcados de la siguiente manera:
Biblioteca Nacional de Colombia
Grupo Bibliotecas Públicas
Premio Nacional de Bibliotecas Públicas “Daniel Samper Ortega” 2018
Calle 24 N° 5-60
Bogotá, D. C.
VALIDACIÓN DE LA POSTULACIÓN
La Biblioteca Nacional realizará la validación de las postulaciones de la siguiente manera:
- Verificación del registro a la Red Nacional de Bibliotecas Públicas (RNBP).
- Validez del postulante.
- Verificación del reporte permanente de información en el Sistema Llave del Saber (aplica únicamente para bibliotecas que tienen implementado el sistema y es de obligatorio cumplimiento).
CATEGORIZACIÓN DE BIBLIOTECAS
Reconociendo la diversidad de las bibliotecas públicas del país con relación a sus recursos físicos, de personal y tecnológicos, las bibliotecas postuladas se clasificarán en tres categorías:
a) Bibliotecas pequeñas;
b) Bibliotecas medianas;
c) Bibliotecas grandes.
La categoría se determinará a través de la ponderación de tres variables: No. de volúmenes, área construida y puestos de lectura (datos tomados del F.U.R.) lo cual le otorgará un puntaje a cada biblioteca que determinará la categoría en la que será evaluada, según la siguiente tabla:
PUNTAJE SEGÚN CONDICIONES
N° de volúmenes 25% | Puestos de lectura 35% | Área física construida 40% | |||
Hasta 7.000 volúmenes | 50 puntos | Hasta 60 puestos | 70 puntos | Hasta 229 m2 | 80 puntos |
Entre 7.001 y 25.000 volúmenes | 75 puntos | Entre 61 y 250 puestos | 105 puntos | Bibliotecas con área igual o mayor a 230 m2 y menor a 886 m2 | 120 puntos |
Superior a 25.001 volúmenes | 125 puntos | Superior a 251 puestos | 175 puntos | Bibliotecas con área igual o mayor a 886 m2 | 200 puntos |
Para determinar la categoría se sumarán los puntajes de la biblioteca frente a cada variable y la categoría se definirá según el puntaje total obtenido, así:
- Biblioteca pequeña: Entre 200 y 299 puntos.
- Biblioteca mediana: Entre 300 y 499 puntos.
- Biblioteca grande: Igual a 500 puntos.
PROCESO DE SELECCIÓN Y EVALUACIÓN
El proceso de selección y evaluación de las bibliotecas públicas postuladas se realizará de la siguiente manera:
a) Validación de cumplimiento de estándares de calidad:
Mediante esta etapa se validará que las bibliotecas postuladas cumplan con los requisitos de calidad en cuanto a servicio e impacto, definidos por la Red Nacional de Bibliotecas Públicas, de acuerdo con cada categoría. Esta verificación se realizará a través de las herramientas de gestión de información con la que cuenta la Red Nacional de Bibliotecas Públicas.
Una vez validado el cumplimiento de los estándares definidos, se realizará una ponderación de las variables, lo cual le otorgará un puntaje a cada biblioteca que determinará su posibilidad de aplicar al Premio Nacional de Bibliotecas Públicas “Daniel Samper Ortega” 2018.
Indicador para cada categoría | |||
Servicio | Categoría A (pequeña) | Categoría B (mediana) | Categoría C (grande) |
1. Horario de servicio | Mínimo 40 horas incluyendo el sábado (5%) | Mínimo 40 horas, con jornada continua, horario extendido, sábado y/o domingo (5%) | Apertura de biblioteca de lunes a sábado en jornada continua y extendida (5%) |
2. Personal bibliotecario | Coordinador con formación tecnológica en bibliotecas o dos años de experiencia específica (15%) | Coordinador con formación en bibliotecas (profesional o tecnológica) o dos años de experiencia específica (10%) | Coordinador profesional en bibliotecología para municipios categorías 1 y 2. Profesional en bibliotecología o áreas afines para municipios de categorías 3, 4, 5 y 6. (10%) |
3. Gestión y alianzas | Conformación GAB (10%) | Conformación GAB (10%) | Alianzas o convenios interinstitucionales para el desarrollo de servicios bibliotecarios (10%) |
4. Desarrollo y promoción de las colecciones | Colección básica, colección local y centro de interés o recomendados (15%) | Colección básica, colección local y centro de interés o recomendados (15%) | Colección en diversos formatos y soportes, recursos digitales y material para personas con discapacidad. Divulgación de colecciones en medios físicos y digitales (15%) |
5. Integración de las TIC | Presta servicio de internet gratuito y alfabetización digital básica (5%) | Presta servicio de internet gratuito y alfabetización digital básica (10%) | Alfabetización informática e informacional. Página web actualizada y servicios en línea (10%) |
Subtotal porcentaje | 50% | 50% | 50% |
Indicador Para Cada Categoría | |||
Impacto | Categoría A (Pequeña) | Categoría B (Mediana) | Categoría C (Grande) |
1. Préstamo externo | Cuenta con el servicio, está reglamentado y el reglamento es de conocimiento público (10%) | Cuenta con el servicio, está reglamentado y el reglamento es de conocimiento público (10%) | Cuenta con el servicio, está reglamentado y el reglamento es de conocimiento público (10%) |
2. Extensión bibliotecaria | Presta servicios de extensión bibliotecaria (5%) | Presta servicios de extensión bibliotecaria (10%) | Presta servicios de extensión bibliotecaria (10%) |
3. Programas de lectura y escritura | Cuenta con una programación de promoción de lectura y/o escritura, sistemática y regular dirigida a diferentes públicos y franjas poblacionales (15%) | Cuenta con una programación de promoción de lectura y/o escritura, sistemática y regular dirigida a diferentes públicos y franjas poblacionales (10%) | Cuenta con una programación de promoción de lectura y/o escritura, sistemática y regular dirigida a diferentes públicos y franjas poblacionales (10%) |
4. Espacio de encuentro y participación ciudadana | Ofrece espacios para el encuentro y la participación ciudadana (5%) | Ofrece espacios y realiza actividades para el encuentro y la participación ciudadana (5%) | Ofrece espacios y realiza acciones intencionadas para el encuentro y la participación ciudadana (5%) |
5. Articulación con los planes de desarrollo | La biblioteca pública se encuentra incluida en el plan de desarrollo municipal (5%) | La biblioteca pública se encuentra incluida en el plan de desarrollo municipal. (5%) | La biblioteca pública se encuentra incluida en el plan de desarrollo municipal (5%) |
6. Divulgación y promoción de la biblioteca | Cartelera interna, medios locales y redes sociales (10%) | Cartelera interna, medios locales y redes sociales (10%) | Cartelera interna, medios locales y nacionales, página web y redes sociales (10%) |
Subtotal porcentaje | 50% | 50% | 50% |
Total | 100% | 100% | 100% |
Para validar la postulación de una biblioteca pública se requiere un puntaje mínimo del 80%.
b) Evaluación de postulaciones:
Un Comité de Verificación conformado por delegados de la Biblioteca Nacional de Colombia, verificará las postulaciones de las bibliotecas públicas que hayan cumplido con el porcentaje mínimo establecido en los estándares de calidad, así como los documentos requeridos a las bibliotecas postuladas para su proceso de evaluación.
En esta fase se seleccionarán las bibliotecas con mayor puntaje las cuales serán evaluadas por el jurado externo.
c) Selección del ganador:
El Ministerio de Cultura designará mediante acto administrativo tres (3) jurados externos, quienes serán los encargados de realizar la evaluación de las postulaciones seleccionadas en cada categoría y determinará el ganador del Premio Nacional de Bibliotecas Públicas “Daniel Samper Ortega” 2018 y las tres bibliotecas que recibirán un reconocimiento especial. Este jurado estará conformado por una terna de personas vinculadas al sector cultural y/o bibliotecario del país.
Los jurados evaluarán las consideraciones de los proponentes sobre los méritos de las bibliotecas postuladas, los puntajes obtenidos en la validación de los estándares de calidad y la información complementaria entregada por la Biblioteca Nacional de Colombia.
El jurado, tras leer y evaluar la información de las bibliotecas preseleccionadas, elegirá las bibliotecas finalistas y posteriormente realizará visitas a estas bibliotecas para la verificación de la información allegada. Entre las bibliotecas finalistas se seleccionarán las 4 bibliotecas ganadoras del Premio Nacional de Bibliotecas Públicas Daniel Samper Ortega.
La decisión es inapelable y será acogido por el Ministerio de Cultura mediante acto administrativo.
PREMIACIÓN
La biblioteca ganadora del Premio Nacional de Bibliotecas Públicas “Daniel Samper Ortega” 2018 y las 3 bibliotecas que recibirán un reconocimiento especial serán proclamadas públicamente mediante una ceremonia de premiación.
La biblioteca ganadora del Premio Nacional de Bibliotecas Públicas “Daniel Samper Ortega” 2018 recibirá una bolsa de dinero de cincuenta millones de pesos ($50.000.000) con destinación específica y exclusiva al fortalecimiento de la biblioteca, según las prioridades determinadas y establecidas a través de una propuesta de inversión. La biblioteca ganadora deberá seleccionar a un funcionario o contratista con dedicación exclusiva al servicio de la biblioteca, para realizar una pasantía internacional a una red de bibliotecas.
Así mismo, las tres (3) bibliotecas ganadoras del reconocimiento especial recibirán una bolsa de dinero de veinte millones de pesos ($20.000.000) con destinación específica y exclusiva a su fortalecimiento, según las prioridades determinadas y establecidas a través de una propuesta de inversión. Las bibliotecas ganadoras del reconocimiento especial deberán seleccionar a un funcionario o contratista con dedicación exclusiva al servicio de la biblioteca, para realizar una pasantía internacional en una red de bibliotecas.
PUBLICACIÓN DE RESULTADOS
Los resultados serán publicados en la página web www.mincultura.gov.co y www. bibliotecanacional.gov.co. Así mismo, mediante evento público se realizará la entrega del premio al ganador y a las bibliotecas ganadoras del reconocimiento especial.
OTORGAMIENTO DEL PREMIO
Al ser expedido el acto administrativo que acredita las bibliotecas ganadoras, el Ministerio de Cultura procederá a comunicar por escrito la decisión. Una vez recibida la comunicación, las bibliotecas con reconocimiento especial y la ganadora cuentan con cinco (5) días hábiles para aceptar por escrito el premio o reconocimiento, enviar la documentación necesaria e informar el nombre completo del funcionario o contratista de la biblioteca escogido con dedicación exclusiva al servicio, para realizar la pasantía.
Las bibliotecas ganadoras deberán remitir a la Biblioteca Nacional de Colombia los siguientes documentos para aceptar el premio:
PREMIO | PERSONA JURÍDICA (Ganador y reconocimiento) finalistas) |
Copia de la cédula del representante legal | X |
Acta de posesión | X |
RUT | X |
Carta firmada aceptando el premio | X |
Carta de compromiso firmada por el Representante Legal en la cual se establece: Que la Entidad Territorial asumirá el remplazo del funcionario o contratista que realizará la pasantía internacional. Que la Entidad Territorial se compromete a dar continuidad con la vinculación del funcionario o contratista que se benefició de la pasantía, como mínimo por dos años y las demás establecidas por la Biblioteca Nacional. | X |
Formato de radicación a terceros | X |
Certificación bancaria | X |
Certificación de pago de parafiscales | X |
PASANTÍAS | PERSONA NATURAL |
Copia de la cédula de ciudadanía | X |
RUT actualizado | X |
Certificado laboral | X |
Carta de aceptación de la pasantía firmada | X |
Carta de compromiso firmada, según lo establecido por la Biblioteca Nacional | X |
Formato de radicación a terceros firmado | X |
Certificación bancaria | X |
Certificación vigente de afiliación a una EPS | X |
El pago del Premio Nacional de Bibliotecas Públicas “Daniel Samper Ortega” 2018 de la Biblioteca Nacional de Colombia estará sujeto a:
- La expedición del acto administrativo que acredita al ganador y el reconocimiento especial a las bibliotecas por categoría.
- La entrega completa, por parte del ganador, bibliotecas con reconocimiento especial y funcionarios o contratistas escogidos para las pasantías, de los documentos requeridos en esta Resolución.
- La entrega de un plan de inversión de los recursos que tendrán como destinación específica y exclusiva el fortalecimiento de la biblioteca, según las prioridades determinadas por esta. Dicho plan será aprobado por la Biblioteca Nacional de Colombia.
DERECHOS. Los funcionarios o contratistas elegidos por la biblioteca ganadora y las bibliotecas con reconocimiento especial de la convocatoria del Premio Nacional de Bibliotecas Públicas “Daniel Samper Ortega” 2018 de la Biblioteca Nacional de Colombia - Unidad Administrativa Especial del Ministerio de Cultura”, tendrán derecho a:
- Recibir tiquetes aéreos y hospedajes nacionales e internacionales, alimentación, transportes locales y seguros de viaje y responsabilidad civil.
- Cubrimiento de los gastos de expedición de pasaportes.
- Acogerse a lo dispuesto en el literal l) del inciso 3 del artículo 5o del Decreto número 1512 de 1985, “por el cual se reglamenta el artículo 30 de la Ley 9 de 1983 y se dictan normas en materia de retención en la fuente”, los pagos que correspondan a premios en concurso o certámenes de carácter científico, literario, periodístico, artístico o deportivo, reconocidos por el Gobierno nacional, no se encuentran sometidos a retención por otros ingresos, sin perjuicio de que en el momento de presentar la declaración de renta, el contribuyente, deba reportar este ingreso como gravado, y por ende liquidar el impuesto sobre ganancia ocasional.
DEBERES. Los funcionarios o contratistas elegidos por las bibliotecas con reconocimiento especial y la ganadora de la convocatoria del Premio Nacional de Bibliotecas Públicas “Daniel Samper Ortega” 2018 de la Biblioteca Nacional de Colombia, deberán:
- Diligenciar, firmar la carta de aceptación y la carta de compromiso, cumpliendo de manera estricta con lo estipulado en ella y en la convocatoria.
- Destinar el ciento por ciento (100%) del monto recibido para la pasantía.
- Iniciar la pasantía en el tiempo que definan la Biblioteca Nacional y la red de bibliotecas internacional.
- Entregar dentro de los 10 días hábiles después de finalizada la pasantía a la Biblioteca Nacional de Colombia un (1) informe de la actividad realizada durante la pasantía y el concepto emitido por la correspondiente Red de Bibliotecas, donde conste las actividades realizadas por el pasante.
PARÁGRAFO 1o. Para el caso de aquellos ganadores de pasantías aquí mencionadas, que por motivo de fuerza mayor o caso fortuito, ajenos al Ministerio de Cultura, hayan sido seleccionados para realizar la pasantía mencionada en esta resolución y no puedan viajar y participar en la misma, deberá renunciar por escrito a la pasantía otorgada. El representante legal de la Entidad Territorial deberá asignar un nuevo funcionario o contratista para que realice la pasantía, quien deberá comunicarlo por escrito a la Biblioteca Nacional de Colombia - Unidad Administrativa Especial del Ministerio de Cultura.
PARÁGRAFO 2o. Las postulaciones que no cumplan con los requisitos aquí establecidos serán rechazadas. En caso de que las bibliotecas ganadoras no inviertan los recursos de acuerdo con el plan de inversión aprobado por la Biblioteca Nacional de Colombia, deberán reintegrar la totalidad de los recursos al Tesoro Nacional dentro de los treinta (30) días siguientes a la notificación del acto administrativo que declara el incumplimiento. En caso de no recibir el reintegro de los recursos en el plazo otorgado, la entidad adelantará el procedimiento coactivo correspondiente.
ARTÍCULO 4o. Los recursos para el desarrollo y ejecución de la convocatoria Premio Nacional de Bibliotecas Públicas “Daniel Samper Ortega” 2018 serán atendidos con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 120318 de fecha 16 de febrero de 2018 que respalda el proceso de contratación MC – ESAL 012 de 2018 de la Biblioteca Nacional de Colombia - Unidad Administrativa Especial del Ministerio de Cultura.
ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 27 de febrero de 2018.
La Ministra de Cultura,
Mariana Garcés Córdoba.