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RESOLUCION 412 DE 2004

(abril 20)

Diario Oficial No. 45.529, de 24 de abril de 2004

MINISTERIO DE CULTURA

Por la cual se adiciona la Resolución 1194 de 2003.

LA MINISTRA DE CULTURA

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial las que le confieren los artículos 48, 65, 70 y 74 del Decreto 1950 de 1973, 36 del Decreto 1042 de 1978, 9o y 16 del Decreto 1045 de 1978, 12 de la Ley 80 de 1993, 1o del Decreto 1985 de 1994, 110 del Decreto 111 de 1996, 9o del Decreto 1050 de 1997, artículo 61 de la Ley 489 de 1998, 14 del Decreto 1572/98, Decreto 1746 de 2003 y Resolución 1194 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 1194 del 11 de agosto de 2003, la Ministra de Cultura delegó a otras dependencias unas funciones con la finalidad de descongestionar el Despacho y comprometerlas, en el logro de los objetivos institucionales, en aras de lograr una mayor eficiencia y facilitar los procesos del Ministerio;

Que con base en lo anterior se hace necesario delegar en la Secretaría General del Ministerio de Cultura, unas funciones,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adicionar el numeral 2 del artículo 1o de la Resolución 1194 del 11 de agosto de 2003, por la cual se delegó en el Secretario General del Ministerio de Cultura, funciones en materia de Administración de Personal, en el sentido de adicionar las siguientes funciones, de acuerdo a lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia:

a) Distribuir los cargos de la planta de personal del Ministerio;

b) Crear y modificar los Grupos Internos de Trabajo;

c) Designar a los Coordinadores en los diferentes Grupos Internos de Trabajo;

d) Adoptar y Modificar los Manuales de Funciones y Requisitos;

e) Conferir comisiones al Exterior del país a funcionarios del Ministerio, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 129 y numeral 18 del artículo 189 de la Constitución Política.

PARÁGRAFO. Se exceptúan de lo dispuesto en el literal e) las comisiones al exterior de la Ministra de Cultura que serán otorgadas por el Presidente de la República, las de la Viceministra de Cultura, Secretaria General y Directores de Entidades Adscritas, que serán otorgadas por la Ministra de Cultura.

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a 20 de abril de 2004.

La Ministra de Cultura,

MARÍA CONSUELO ARAÚJO CASTRO.

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