RESOLUCIÓN 298 DE 2021
(septiembre 10)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE CULTURA
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 135 de 2022>
Por la cual se suprime el Grupo Interno de Trabajo denominado "Comisiones y Viáticos" y su Coordinador, se modifica la Resolución 1400 de 2020 y se conforma el Grupo de Gestión Financiera y Contable
LA MINISTRA DE CULTURA
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 59, 61 y 115 de la Ley 489 de 1998, la Ley 397 de 1997, el numeral 15 del artículo 6 del Decreto 2120 de 2018, y el Decreto 692 de mayo 22 de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 prevé que "Con el fin de atenderlas necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas de organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo". Asimismo, que "En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y ¡as demás normas necesarias para su funcionamiento".
Que mediante Decreto No. 2120 del 15 de noviembre de 2018, se modificó la estructura del Ministerio de Cultura.
Que el numeral 15 del artículo 6o del Decreto 2120 de 2018, determina que son funciones del Ministro de Cultura "Crear, organizar y conformar mediante resolución interna y con carácter permanente o transitorio, los comités internos y los grupos internos de trabajo, para atender las necesidades del servicio y el cumplimiento oportuno, eficiente y eficaz de los objetivos, políticas y programas del ministerio, indicando las actividades que deban cumplir y los responsables de las mismas".
Qué mediante Decreto No. 2121 del 15 de noviembre de 2018, se modificó la planta de personal del Ministerio de Cultura.
Que el Departamento Administrativo de la Función Pública en Concepto 42111 de 2019, señaló que la creación de grupo "se origina en la necesidad de suplir dentro de la organización de las entidades niveles intermedios que faciliten la prestación del servicio de manera eficiente a las que corresponden plantas globales, sin que necesariamente conlleven la existencia de un nivef jerárquico".
Que mediante Resolución No. 0151 el 29 de enero de 2019, se creó el Grupo Interno de Trbajo de Comisiones y Viáticos, adscrito al despacho de la Secretaría General, se determinaron su funciones y conformación.
Que mediante Resolución No. 1400 de 2020, se estableció al interior del Ministerio de Cultura unos Grupos Internos de Trabajo, se determinaron sus funciones y se dictaron otras disposiciones.
Que una vez revisadas las funciones asignadas a los Grupos Internos de Trabajo de la Secretaria General del Ministerio de Cultura, se pudo establecer que éstas requieren de una reorganización interna que permitan una redistribución de tareas al interior de los mismos, en aras de optimizar su gestión, situación que conlleva a la supresión del Grupo interno de trabajo denominado Comisiones y Viáticos, y a reasignar algunas de sus funciones en los Grupo de Gestión Humana y Gestión Financiera y Contable, garantizando el desarrollo adecuado de las funciones de la Secretaría General del Ministerio de Cultura.
Que a través de la Resolución No. 1700 de 2020, se designaron ios coordinadores de los Grupos Internos de Trabajo.
Que teniendo en cuenta la reorganización de los Grupos de Trabajo y la supresión del grupo interno de trabajo denominado Comisiones y Viáticos, se hace necesaria la supresión de la coordinación de dicho grupo.
Que la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en concepto No 2030 de 29 de octubre de 2010, exp. 11001-03-06-000-2010-00093-00, respecto a los Grupos Internos de Trabajo indicó, que "...dichos grupos no forman parte de la estructura orgánica de la entidad, pudiendo ser de carácter permanente o transitorio los grupos de trabajo, su creación y, por consiguiente, su disolución, derivan de una resolución del jefe del organismo respectivo. Así como el director del organismo tiene la facultad legal de crearlos, tiene igual potestad para disolverlos, de acuerdo con las necesidades del servicio".
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. <Resolución derogada por el artículo de la Resolución 135 de 2022> Derogar la Resolución 0151 de 2019 y en consecuencia suprimir el Grupo Interno de Trabajo denominado "Comisiones y Viáticos", que está adscrito a la Secretaría General del Ministerio de Cultura, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo
ARTÍCULO 2. <Resolución derogada por el artículo de la Resolución 135 de 2022> Suprimir el coordinador del Grupo Interno de Trabajo denominado "Comisiones y Víaticos" designado mediante el artículo 1 numeral 7 de la resolución 1700 de 2020.
ARTÍCULO 3. <Resolución derogada por el artículo de la Resolución 135 de 2022> Modificar el numeral 7 del artículo 1 de la Resolución 1400 de 2020, en el sentido que La Secretaría General del Ministerio de Cultura, estará conformada por los| siguientes Grupos Internos de Trabajo: '
Grupo de Servicio Al Ciudadano | |
Grupo de Gestión Administrativa Y Servicios | |
Grupo de Gestión Documental | |
Secretaría General | Grupo de Gestión Humana |
Grupo de Contratos y Convenios | |
Grupo de Gestión Financiera y Contable | |
Grupo De Control Interno Disciplinario | |
Grupo De Infraestructura Cultural |
ARTÍCULO 4. <Resolución derogada por el artículo de la Resolución 135 de 2022> Modificar los numerales 7.4 y 7.6, del artículo 2 de la Resolución 1400 de 2020, asignando a los estos Grupos Internos de Trabajo de la Secretaría General, las funciones que se indican, así:
7.4 GRUPO DE GESTIÓN HUMANA
1) Planear, organizar, coordinar y ejecutar los programas de selección, promoción y bienestar social del personal al servicio del Ministerio.
2) Coordinar y responder por la liquidación y trámite oportuno de los sueldos, factores salariales y demás prestaciones y reconocimientos del personal, de conformidad con las disposiciones que rigen al respecto.
3) Elaborar, coordinar, ejecutar y evaluar el plan anual de inducción, capacitación y desarrollo para los funcionarios del Ministerio.
4) Coordinar y asesorar el proceso de evaluación del desempeño y su ejecución de acuerdo con las normas vigentes.
5) Establecer planes y programas de salud ocupacional para los funcionarios del Ministerio y coordinar la ejecución de los mismos.
6) Elaborar y tramitar los actos administrativos relacionados con la administración del recurso Humano del Ministerio.
7) Elaborar y tramitar los actos administrativos relacionados con la modificación, reubicación, terminación o creación de Grupos internos de Trabajo.
8) Elaborar y mantener actualizado el manual de funciones y requisitos, conforme a la planta de cargos vigente.
9) Realizar el registro de las situaciones administrativas del personal y expedir los certificados de servicio y salario que le soliciten.
10) Custodiar y mantener sistematizado el archivo de hojas de vida del personal del Ministerio.
11) Presentar la información requerida por la Oficina de Planeación, para la formulación del anteproyecto de presupuesto anual de servicios personales.
12) Preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas con la oportunidad y periodicidad requeridas.
13) Recibir las solicitudes y Proyectar los actos administrativos y demás documentos requeridos para conceder las comisiones de servicio al exterior del país de losj funcionarios del Ministerio de Cultura y entidades adscritas. '
14) Remitir bimestralmente al Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, la relación de las comisiones al exterior y el valor pagado por ellas con cargo al Tesoro Público.
15) Las demás funciones que le sean asignadas según su naturaleza.
7.6 GRUPO DE GESTIÓN FINANCIERA Y CONTABLE
1) Programar y supervisar las operaciones financieras realizadas por el Ministerio, a fin de asegurar que estas sean registradas en forma oportuna, clara y precisa y de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
2) Gestionar ante la Dirección General de Crédito Publico y del Tesoro Nacional de Ministerio de Hacienda y Crédito Público> las modificaciones al Programa Anual Mensualizado de Caja -PAC- que sean requeridas, previa justificación, estudio de viabilidad y definición de tipo de modificación, con el fin de cumplir con las obligaciones adquiridas previamente por el Ministerio.
3) Dirigir y supervisar la expedición de los certificados de disponibilidad presupuestal, registros presupuéstales del compromiso, obligaciones y pagos; al cierre de cada vigencia, verificando que los compromisos de las vigencias futuras se hayan comprometido y que la constitución de cuentas por pagar y reservas presupuéstales se realicen de acuerdo con la normatividad vigente.
4) Verificar la adecuada actualización y depuración de los registros de las operaciones contables del Ministerio para identificar y evaluar si existen inconsistencias que afecten los estados contables de la entidad.
5) Presentar a la Secretaria General la ejecución presupuestal de la respectiva vigencia requeridas por las diferentes entidades, dependencias y autoridades que lo requieran.
6) Coordinar la preparación, consolidación, presentación, transmisión y publicación de los estados financieros de la Entidad, para las directivas de la Entidad, la Contaduría General de la Nación, entes de Control y demás organismos que lo requieran de manera oportuna.
7) Realizar seguimiento al sistema de registros contables del Ministerio para garantizar el cumplimiento de las normas expedidas al respecto.
8) Prestar asesoría en materia financiera a las dependencias del Ministerio para cumplir con los objetivos y metas trazadas.
9) Supervisar la actualización de los procedimientos, orientaciones y estipulaciones consagradas en normas técnicas, fiscales y financieras vigentes para aplicar lo que sea pertinente en el Grupo de Gestión Financiera y Contable, así como para la Entidad.
10) Gestionar a través de la Oficina Asesora de Planeación del Ministerio de Cultura para que el presupuesto aprobado sea desagregado y asignado a cada dependencia ejecutora para el inicio de la cadena presupuestal; así mismo tramitar las modificaciones, adiciones, reducciones y traslados al presupuesto; en caso de requerirse aprobación por parte del Ministerio de Hacienda, Dirección General del Presupuesto Público Nacional, en Funcionamiento, solicitar la elaboración del Actd Administrativo requerido.
11) Realizar los reportes en el aplicativo de Comisiones del plan mensual de programaciones efectuados por cada dependencia, para aprobación por parte del Ordenador del Gasto.
12) Realizar el seguimiento de los recursos asignados mediante CDPS a cada dependencia para garantizar la adecuada programación y disponibilidad de recursos.
13) Realizar seguimiento a la tabla de valores de los transportes terrestres y fluviales que se registren en las comisiones y gastos de desplazamiento que lo necesiten.
14) Expedir los actos administrativos y formatos de gastos de desplazamiento establecidos para conferir comisiones de servicios y desplazamientos al interior del país de los funcionarios y contratistas del Ministerio de Cultura de acuerdo con la normatividad vigente.
15) Recibir las solicitudes de desplazamientos al exterior del país de los contratistas del Ministerio de Cultura y apoyar en el trámite de validación y aprobación.
16) Realizar el trámite para reconocer el pago por concepto de viáticos y gastos de viaje a los funcionarios y contratistas del Ministerio de Cultura, previa autorización del ordenador del gasto.
17) Realizar el seguimiento a las legalizaciones de los actos administrativos y documentación necesaria para legalizar la respectiva comisión o gastos de desplazamiento, tanto al interior del país como al exterior.
18) Preparar los informes mensuales (Legalizaciones pendientes - Reintegros pendientes y de más que requiera el Ordenador del Gasto)
19) Preparar y tramitar oficios o correos electrónicos para que los funcionarios como los contratistas cuando presenten mora en la legalización como en reintegros, estén al día.
20) Preparar las respuestas a los requerimientos que se presenten sobre temas relacionados con las funciones del Grupo.
21) Remitir bimestralmente al Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, la relación de las comisiones y/o Desplazamientos otorgados y el valor pagado por ellas con cargo al Tesoro Público.
22) Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza para la cual fue creado el grupo.
ARTÍCULO 5. <Resolución derogada por el artículo de la Resolución 135 de 2022> EL Grupo de Gestión Financiera y Contable quedará conformado de la siguiente manera.
GRUPO DE FINANCIERA Y CONTABLE | |||
ID | EMPLEO | C | G |
74 | Asesor | 1020 | 08 |
58 | Asesor | 1020 | 12 |
59 | Asesor | 1020 | 11 |
61 | Asesor | 1020 | 10 |
115 | Profesional Especializado | 2028 | 19 |
137 | Profesional Especializado | 2028 | 17 |
181 | Profesional Universitario | 2044 | 10 |
180 | Profesional Universitario | 2044 | 10 |
198 | Técnico Operativo | 3132 | 17 |
223 | Técnico | 3100 | 16 |
279 | Auxiliar Administrativo | 4044 | 17 |
236 | Secretario Ejecutivo | 4210 | 22 |
270 | Secretario Ejecutivo | 4210 | 16 |
254 | Secretario Ejecutivo | 4210 | 16 |
199 | Técnico Operativo | 3132 | 17 |
128 | Profesional Especializado | 2028 | 18 |
196 | Técnico Operativo | 3132 | 17 |
293 | Auxiliar Administrativo | 4044 | 15 |
235 | Secretario Ejecutivo | 4210 | 22 |
ARTÍCULO 6. <Resolución derogada por el artículo de la Resolución 135 de 2022> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y contra la misma no procede recurso alguno.
PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., 10 SEP 2021
ANGÉLICA MARÍA MAYOLO OBREGÓN
Ministra de Cultura