BúsquedaBUSCAR
ÍndiceÍNDICE

RESOLUCIÓN DM 67 DE 2021

(marzo 24)

Diario Oficial No. 51.626 de 24 de marzo de 2021

MINISTERIO DE CULTURA

Por la cual se reanudan los términos suspendidos en el artículo primero de la Resolución número 0521 de 30 de marzo de 2020 en el trámite de los procedimientos administrativos disciplinarios y de jurisdicción coactiva.

EL MINISTRO DE CULTURA,

en ejercicio de las facultades legales conferidas en el Decreto número 2120 de 2018, en la Ley 734 de 2002 modificada por la 1474 de 2011 y, lo señalado en el Decreto Legislativo número 491 de 2020 y,

CONSIDERANDO:

Que el día 12 de marzo de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución número 385, “por la cual Se declara la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19 y se adoptan medidas para hacer frente al virus”.

Que mediante Decreto Legislativo número 491 del 28 de marzo de 2020, el Gobierno nacional adoptó medidas para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas en et marco del estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.

Que el artículo 6o del mencionado Decreto estableció, para las Entidades Públicas, la posibilidad de suspender los términos de las actuaciones administrativas o jurisdiccionales que se adelanten en sede administrativa, mientras se mantenga vigente la Emergencia Sanitaria.

Que por tal razón, el Ministerio de Cultura expidió la Resolución número 0521 de 30 de marzo de 2020 (con el fin de proteger los derechos de los ciudadanos y servidores públicos, garantizando la seguridad y la salud en el trabajo y el debido proceso); mediante la cual suspendió los términos procesales en los procedimientos disciplinarios, sancionatorios y de jurisdicción coactiva, que se estaban adelantando por parte de la Secretaría General en forma directa o delegada y la Oficina Asesora Jurídica, desde el día 30 de marzo de 2020 y hasta el día hábil siguiente a la superación de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Que así mismo, a través de las Circulares número 13 de 18 de junio de 2020 y 017 de 14 de octubre de 2020, el Ministerio de Cultura adoptó las medidas necesarias a efectos de prevenir, controlar, mitigar y evitar la propagación del COVID-19, al interior de sus sedes.

Que a la fecha, existe un volumen considerable de actuaciones disciplinarias pendientes de continuidad y de trámite, así como de actuaciones administrativas tendientes al recaudo de los recursos.

Que conforme lo anterior, resulta viable reanudar el trámite de los procedimientos disciplinarios y de Jurisdicción coactiva y dar continuidad a las actividades administrativas relacionadas con los mismos, privilegiando, en todo caso, la virtualidad.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Reanudar los términos suspendidos en la Resolución número 0521 del 30 de marzo de 2020, para los procedimientos administrativos disciplinarios y de jurisdicción coactiva, a partir de la publicación del presente acto administrativo.

ARTÍCULO 2o. Las comunicaciones que surjan en el marco de los procesos disciplinarios, serán atendidas a través del correo institucional cinternodisciplinario@mincuftura.gov.co.

ARTÍCULO 3o. Las notificaciones de las actuaciones disciplinarias se harán al correo electrónico (obrante en el proceso) previa información a los sujetos procesales y, autorización expresa y escrita de estos.

ARTÍCULO 4o. Ordenar al Grupo de Servicio al Ciudadano del Ministerio de Cultura realizar las actuaciones necesarias para que, por los distintos canales virtuales de comunicación, se realice la publicación de la presente resolución (página web, correo electrónico, redes sociales, entre otros).

ARTÍCULO 5o. Enviar copia de la presente Resolución a la Oficina Asesora Jurídica, a efecto que se incorpore al Normograma de este Ente Institucional.

ARTÍCULO 6o. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial.

ARTÍCULO 7o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 24 de marzo de 2021.

El Ministro de Cultura,

Pedro Felipe Buitrago Restrepo.

×