RESOLUCIÓN 356 DE 2007
(septiembre 5)
Diario Oficial No. 46.751 de 14 de septiembre de 2007
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 156 de 2018. Aplica a partir del período contable 2018>
Por la cual se adopta el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública.
EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN,
en uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las que le confiere el artículo 354 de la Constitución Política, la Ley 298 de 1996, el Decreto 143 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que es función del Contador General de la Nación uniformar, centralizar y consolidar la contabilidad pública, elaborar el balance general y determinar las normas contables que deben regir en el país;
Que la modernización financiera pública requiere de un proceso dinámico y continuo de producción de información confiable, relevante y comprensible, lo cual exige una adecuación permanente tanto para la Contaduría General de la Nación en el proceso regulador, como para las entidades contables públicas en la aplicación de la normativa contable;
Que se ha realizado una revisión estructural de la metodología de construcción del marco conceptual y las normas técnicas para incorporar criterios armonizados con los Estándares Internacionales de Contabilidad que aplican al sector público;
Que mediante Resolución 354 del 5 de septiembre de 2007 se adoptó el Régimen de Contabilidad Pública, el cual está integrado por el Manual de Procedimientos;
Que para instrumentalizar el Régimen de Contabilidad Pública se requiere adoptar el Manual de Procedimientos,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 156 de 2018. Aplica a partir del período contable 2018> Adóptase el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública que está integrado por el Catálogo General de Cuentas, los Procedimientos Contables y los Instructivos Contables, el cual forma parte integral de la presente resolución.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 156 de 2018. Aplica a partir del período contable 2018> El Catálogo General de Cuentas, los Procedimientos Contables y los Instructivos Contables adoptados mediante la presente resolución corresponden a la versión 2007.1 y serán publicados en la página web de la Contaduría General de la Nación.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga la Resolución 555 de 2006.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 5 de septiembre de 2007.
El Contador General de la Nación,
JAIRO ALBERTO CANO PABÓN.
REPÚBLICA DE COLOMBIA
CONTADURÍA
GENERAL DE LA NACIÓN
RÉGIMEN DE
CONTABILIDAD PÚBLICA
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
2007
ISBN: 978-958-96453-9-0
RÉGIMEN DE CONTABILIDAD PÚBLICA
© Contaduría General de la Nación
Primera Edición - 2007
15000 ejemplares
Bogotá D.C. - Colombia
Se autoriza la reproducción total o parcial citando la fuente.
Diseño y Diagramación: Héctor Suárez Castro
Impreso por Panamericana, Formas e Impresos S.A.
Impreso en Colombia
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Alvaro Uribe Vélez
MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Oscar Iván Zuluaga Escobar
CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
Jairo Alberto Cano Pabón
SUBCONTADOR GENERAL Y DE INVESTIGACIÓN
Luis Alonso Colmenares Rodríguez
SUBCONTADORA DE CONSOLIDACIÓN DE LA INFORMACIÓN
Yolanda Guerrero Fernández
SUBCONTADOR DE CENTRALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN
Carlos Arturo Rodríguez Vera
SECRETARIO GENERAL
Jaime Aguilar Rodríguez
GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE INVESTIGACIÓN Y NORMAS
Rosa Margarita Roldán Bolívar – Coordinadora
Rocío Pérez Sotelo - Asesora
Aydé Ríos Olaya - Asesora
María Isabel Valenzuela Rojas - Asesora
Gloria Garzón Galán - Asesora
Cleveland Evans Bernard – Profesional
GRUPO INTERNO DE TRABAJO DOCTRINA Y CAPACITACIÓN
Iván Jesús Castillo Caicedo - Coordinador
Hernán Pulgarín Giraldo - Consultor
Omar Mancipe Saavedra - Asesor
Flor Angela Martínez Pulido - Profesional Especializado
Jesús Edmundo Rueda Guerrero - Profesional
LIBRO II.
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
PRESENTACIÓN | 9 |
RESOLUCIÓN 356 DE SEPTIEMBRE 5 DE 2007 | 11 |
TÍTULO I. CATÁLOGO GENERAL DE CUENTAS | 15 |
CAPÍTULO I. ESTRUCTURA | 15 |
CAPÍTULO II. DESCRIPCIONES Y DINÁMICAS | 137 |
TÍTULO II. PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LAS ETAPAS DE RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LOS HECHOS FINANCIEROS, ECONÓMICOS, SOCIALES Y AMBIENTALES | 375 |
CAPÍTULO I. PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LAS INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS | 375 |
CAPÍTULO II. PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DEL PORCENTAJE Y SOBRETASA AMBIENTAL AL IMPUESTO PREDIAL A FAVOR DE LAS CORPORACIONES AUTÓNOMAS REGIONALES Y ÁREAS METROPOLITANAS | 388 |
CAPÍTULO III. PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE HECHOS RELACIONADOS CON LAS PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO | 390 |
CAPÍTULO IV. PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES Y DE LAS INVERSIONES Y GASTOS RELACIONADOS CON ESTOS RECURSOS | 399 |
CAPÍTULO V. PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LOS PROCESOS JUDICIALES, LAUDOS ARBITRALES, CONCILIACIONES EXTRAJUDICIALES, Y EMBARGOS DECRETADOS Y EJECUTADOS SOBRE LAS CUENTAS BANCARIAS | 403 |
CAPÍTULO VI. PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LOS ACTIVOS INTANGIBLES | 408 |
CAPÍTULO VII. PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO CONTABLE DE LAS OPERACIONES DERIVADAS DEL CUMPLIMIENTO DE GARANTÍAS Y DE LA ASUNCIÓN DE OBLIGACIONES CREDITICIAS ORIGINADAS EN OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO | 411 |
CAPÍTULO VIII. | 413 |
CAPÍTULO IX. PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LAS OPERACIONES INTERINSTITUCIONALES | 437 |
CAPÍTULO X. PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LAS RESPONSABILIDADES FISCALES | 444 |
CAPÍTULO XI. PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN DE BIENES, DERECHOS Y OBLIGACIONES SOBRE LA BASE DEL COSTO REEXPRESADO | 447 |
CAPÍTULO XII. PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LOS RECURSOS DE LOS FONDOS DE SALUD | 450 |
CAPÍTULO XIII. PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LAS OPERACIONES REALIZADAS POR LAS INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD-IPS | 454 |
CAPÍTULO XIV. PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LAS OPERACIONES ORIGINADAS EN CONTRATOS PARA LA OPERACIÓN Y GESTIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS | 457 |
CAPÍTULO XV. PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LOS SUBSIDIOS Y CONTRIBUCIONES POR PARTE DE LAS ENTIDADES CONTABLES PÚBLICAS PRESTADORAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS | 460 |
CAPÍTULO XVI. | 461 |
CAPÍTULO XVII. PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN FINANCIADOS CON RECURSOS REEMBOLSABLES, NO REEMBOLSABLES Y DE CONTRAPARTIDA | 469 |
CAPÍTULO XVIII. PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LAS ACTIVIDADES REALIZADAS CONJUNTAMENTE | 473 |
PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LOS NEGOCIOS FIDUCIARIOS EN LOS QUE LA ENTIDAD CONTABLE PÚBLICA PARTICIPA COMO FIDEICOMITENTE.<Procedimiento adicionado por el artículo 5 de la Resolución 585 de 2009> PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LOS HECHOS RELACIONADOS CON LAS CONCESIONES DE LA INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE <Procedimiento adicionado por el artículo 6 de la Resolución 237 de 2010> PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LOS RECURSOS DEL FONPET. <Procedimiento adicionado por el artículo 3 de la Resolución 423 de 2011> PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS. <Procedimiento adicionado por el artículo 6 de la Resolución 139 de 2012> PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LA MOVILIZACIÓN DE ACTIVOS DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS DEL NIVEL NACIONAL <Procedimiento adicionado por el artículo 3 de la Resolución 453 de 2012> PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LOS HECHOS DERIVADOS DEL PROCESO DE COMPENSACIÓN DEL FOSYGA.<Procedimiento adicionado por el artículo 6 Resolución 160 de 2013> PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LOS HECHOS RELACIONADOS CON EL GIRO, LA EJECUCIÓN Y EL REINTEGRO DE LOS RECURSOS DEL FONDO PARA EL DESARROLLO DE LA TELEVISIÓN Y LOS CONTENIDOS (FONTV), LOS CUALES SE TRANSFIEREN A LOS OPERADORES PÚBLICOS DEL SERVICIO DE TELEVISIÓN <Procedimiento adicionado por el artículo 3 de la Resolución 499 de 2013> PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DEL PASIVO PENSIONAL Y DE LOS RECURSOS QUE LO FINANCIAN, EN LAS ENTIDADES RESPONSABLES DEL PASIVO PENSIONAL. <Procedimiento dicionado por la Resolución 633 de 2014> PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LOS HECHOS RELACIONADOS CON LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES <Procedimiento adicionado por el artículo 6 de la Resolución 634 de 2014> PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA LA REVELACIÓN DE LOS HECHOS RELACIONADOS CON LA GESTIÓN DE PENSIONES DE LA UGPP Y PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE ALGUNOS HECHOS DE ENTIDADES QUE TIENEN A CARGO LA RESPONSABILIDAD PENSIONAL <Procedimiento adicionado por el artículo 3 de la Resolución 635 de 2014> PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LOS SALDOS DISPONIBLES EN PATRIMONIOS AUTÓNOMOS Y OTROS RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN QUE SE CONSTITUYEN CON RECURSOS DE ENTIDADES CONTABLES PÚBLICAS EJECUTORAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN <Procedimiento adicionado por el artículo 3 de la Resolución 38 de 2015> | <PG> <PG> <PG> <PG> <PG> <PG> <PG> <PG> <PG> <PG> <PG> |
TÍTULO III. PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LOS ESTADOS, INFORMES Y REPORTES CONTABLES | 475 |
CAPÍTULO I. PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL DILIGENCIAMIENTO Y ENVÍO DE LOS REPORTES CONTABLES RELACIONADOS CON LA INFORMACIÓN FINANCIERA, ECONÓMICA, SOCIAL Y AMBIENTAL A LA CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, A TRAVÉS DEL SISTEMA CONSOLIDADOR DE HACIENDA E INFORMACIÓN PÚBLICA – CHIP | 475 |
CAPÍTULO II. PROCEDIMIENTO PARA LA ESTRUCTURACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES BÁSICOS | 483 |
CAPÍTULO III. PROCEDIMIENTO RELACIONADO CON LAS FORMAS DE ORGANIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PROCESO CONTABLE | 496 |
CAPÍTULO IV. PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DEL INFORME CONTABLE CUANDO SE PRODUZCAN CAMBIOS DE REPRESENTANTE LEGAL | 504 |
El Contador General de la Nación tiene la función de establecer las normas contables que deben regir en el país para el sector público. Así lo dispuso el artículo 354 de la Constitución Política y fue reglamentado mediante la Ley 298 de 1996.
En virtud de dicha competencia han sido expedidas normas de contabilidad que interpretan la realidad financiera, económica, social y ambiental de las entidades que están sujetas al ámbito de regulación del Contador General de la Nación, con el propósito de que la información contable se convierta en un instrumento efectivo para gestionar los recursos públicos.
El Régimen de Contabilidad Pública contiene los desarrollos normativos que deben aplicar las entidades contables públicas, e incorpora el Plan General de Contabilidad Pública (PGCP), el Manual de Procedimientos y la Doctrina Contable Pública.
El PGCP contiene los elementos básicos del Sistema Nacional de Contabilidad Pública, así como los fundamentos para efectos de reconocer y revelar las transacciones, hechos y operaciones realizadas por las entidades públicas. El manual de procedimientos está conformado por los elementos más operativos que condicionan el proceso contable público, y contiene el Catálogo General de Cuentas con sus respectivas descripciones y dinámicas, los procedimientos contables y los instructivos contables.
La doctrina contable está conformada por los diferentes conceptos que se expiden para solucionar las consultas formuladas por las entidades.
Con la adopción del Régimen de Contabilidad Pública, la Contaduría General de la Nación ha desarrollado nuevos procedimientos coherentes con las normas técnicas, para que orienten en forma concreta el reconocimiento y revelación de las operaciones realizadas por los usuarios de la información y regulación contables.
Se parte de la base de que la observancia rigurosa de estos procedimientos en el proceso contable conduce a una información con las características de confiabilidad, relevancia y comprensibilidad, en procura de lograr los objetivos que esta persigue en términos de la gestión pública, control público, y divulgación y cultura.
Los procedimientos que se han desarrollado también conducen a reducir significativamente el grado de subjetividad que se presenta en el momento de decidir respecto de las formas de registrar los hechos, transacciones y operaciones, y en esta medida contribuyen a lograr especialmente la condición de consistencia tan importante para hacer de la información un instrumento comprensible.
Es pertinente señalar que no todas las normas técnicas de la contabilidad pública se han desarrollado mediante procedimientos, pues no todas tienen el mismo grado de complejidad que lo haga necesario. En muchos casos las normas técnicas ilustran suficientemente la forma de reconocimiento y revelación.
También es necesario indicar que, en principio, todas las entidades públicas son sujetos contables, y por tanto están obligadas a aplicar todas las decisiones que en materia contable pública tome el Contador General de la Nación. Sin embargo, es fácil colegir que no todas las entidades desarrollan todas las posibles operaciones que realiza el sector público, y que por esta razón no todos los procedimientos contables le aplican a todas las entidades. Debe tenerse, entonces, especial cuidado para determinar el ámbito específico de cada procedimiento.
En la Contaduría General de la Nación seguimos convencidos de que la calidad de la información depende en gran medida de la calidad de la regulación contable, y por ello continuaremos trabajando e investigando en aras de materializar un propósito institucional que consiste en obtener información contable pública oportuna, de alta calidad, con amplia cobertura y accesibilidad, que haga posible el diseño e implementación de las políticas macroeconómicas, fiscales y sectoriales.
JAIRO ALBERTO CANO PABÓN
Contador General de la Nación
(5 de septiembre de 2007)
“Por la cual se adopta el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública”
EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
En uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las que le confiere el artículo 354 de la Constitución Política, la Ley 298 de 1996, el Decreto 143 de 2004, y
CONSIDERANDO
Que es función del Contador General de la Nación uniformar, centralizar y consolidar la contabilidad pública, elaborar el balance general y determinar las normas contables que deben regir en el país.
Que la modernización financiera pública requiere de un proceso dinámico y continuo de producción de información confiable, relevante y comprensible, lo cual exige una adecuación permanente tanto para la Contaduría General de la Nación en el proceso regulador, como para las entidades contables públicas en la aplicación de la normativa contable
.
Que se ha realizado una revisión estructural de la metodología de construcción del marco conceptual y las normas técnicas para incorporar criterios armonizados con los Estándares Internacionales de Contabilidad que aplican al sector público.
Que mediante Resolución 354 del 05 de septiembre de 2007 se adoptó el Régimen de Contabilidad Pública, el cual está integrado por el Manual de Procedimientos.
Que para instrumentalizar el Régimen de Contabilidad Pública se requiere adoptar el Manual de Procedimientos.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Adoptase el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública que está integrado por el Catálogo General de Cuentas, los Procedimientos Contables y los Instructivos Contables, el cual forma parte integral de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º. El Catálogo General de Cuentas, los Procedimientos Contables y los Instructivos Contables adoptados mediante la presente Resolución corresponden a la versión 2007.1 y serán publicados en la página web de la Contaduría General de la Nación.
ARTÍCULO 3º. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga la Resolución 555 de 2006.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D.C., 05 de septiembre de 2007.
JAIRO ALBERTO CANO PABÓN
Contador General de la Nación
CATÁLOGO GENERAL DE CUENTAS – CGC
CATÁLOGO GENERAL DE CUENTAS.
<Catálogo de Cuentas derogado por la Resolución 620 de 2015, "por la cual se incorpora el Catálogo General de Cuentas al Marco normativo para entidades de gobierno", a partir del 1o. de enero de 2018>
Se constituye en el instrumento para el reconocimiento y revelación de los hechos, transacciones y operaciones financieras, económicas, sociales y ambientales, con base en una clasificación ordenada, flexible y pormenorizada de las cuentas, que identifica la naturaleza y funciones de cometido estatal de la entidad contable pública.
El Catálogo General de Cuentas está conformado por cinco niveles de clasificación con seis dígitos que conforman el Código Contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA | SUBCUENTA | AUXILIAR |
X | X | XX | XX |
Con base en lo anterior, el primer dígito del código corresponde a la Clase, el segundo al Grupo, el tercero y cuarto dígitos corresponden a la Cuenta y el quinto y sexto a la Subcuenta.
La definición de las Clases, Grupos, Cuentas y Subcuentas está reservada para la Contaduría General de la Nación. A partir de allí, las entidades contables públicas podrán habilitar, discrecionalmente, niveles auxiliares en función de sus necesidades específicas, excepto para los casos en los cuales se regule la estructura de este nivel.
1. CLASES
El Catálogo General de Cuentas está integrado por las diez clases siguientes:
1 ACTIVOS
2 PASIVOS
3 PATRIMONIO
4 INGRESOS
5 GASTOS
6 COSTOS DE VENTAS Y DE OPERACIÓN
7 COSTOS DE PRODUCCIÓN
8 CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS
9 CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS
0 CUENTAS DE PRESUPUESTO Y TESORERÍA <Clase 0 eliminada por el artículo 9 de la Resolución 413 de 2011>
Las clases 1 a 3 representan la situación financiera, económica, social y ambiental constituyen la base para elaborar el Balance General; las clases 4 a 7 contienen las cuentas de resultados financieros, económicos, sociales y ambientales y son la base para la elaboración del Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental; las clases 8 y 9 representan contingencias y revelan información para efectos de control; y la clase 0 corresponde a las cuentas mediante las cuales se registra contablemente el proceso presupuestal.
2. GRUPOS
Las Clases están compuestas por grupos así:
CLASE | 1 | ACTIVOS |
GRUPOS | 11 | EFECTIVO |
12 | INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS | |
13 | RENTAS POR COBRAR | |
14 | DEUDORES | |
15 | INVENTARIOS | |
16 | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO | |
17 | BIENES DE USO PÚBLICO E HISTÓRICOS Y CULTURALES <Grupo renombrado por el artículo 3 de la Resolución 237 de 2010> | |
18 | RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES | |
19 | OTROS ACTIVOS | |
CLASE | 2 | PASIVOS |
GRUPOS | 21 | OPERACIONES DE BANCA CENTRAL E INSTITUCIONES FINANCIERAS |
22 | OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO Y FINANCIAMIENTO CON BANCA CENTRAL | |
23 | OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO E INSTRUMENTOS DERIVADOS | |
24 | CUENTAS POR PAGAR | |
25 | OBLIGACIONES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL | |
26 | OTROS BONOS Y TÍTULOS EMITIDOS | |
27 | PASIVOS ESTIMADOS | |
29 | OTROS PASIVOS | |
CLASE | 3 | PATRIMONIO |
GRUPOS | 31 | HACIENDA PÚBLICA |
32 | PATRIMONIO INSTITUCIONAL | |
CLASE | 4 | INGRESOS |
GRUPOS | 41 | INGRESOS FISCALES |
42 | VENTA DE BIENES | |
43 | VENTA DE SERVICIOS | |
44 | TRANSFERENCIAS | |
45 | ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES | |
47 | OPERACIONES INTERINSTITUCIONALES | |
48 | OTROS INGRESOS | |
49 | AJUSTES POR INFLACIÓN | |
CLASE | 5 | GASTOS |
GRUPOS | 51 | DE ADMINISTRACIÓN |
52 | DE OPERACIÓN | |
53 | PROVISIONES, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES | |
54 | TRANSFERENCIAS | |
55 | GASTO PÚBLICO SOCIAL | |
57 | OPERACIONES INTERINSTITUCIONALES | |
58 | OTROS GASTOS | |
59 | CIERRE DE INGRESOS, GASTOS Y COSTOS | |
CLASE | 6 | COSTOS DE VENTAS Y OPERACIÓN |
GRUPOS | 62 | COSTO DE VENTAS DE BIENES |
63 | COSTO DE VENTAS DE SERVICIOS | |
64 | COSTO DE OPERACIÓN DE SERVICIOS | |
CLASE | 7 | COSTOS DE PRODUCCIÓN |
GRUPOS | 71 | PRODUCCIÓN DE BIENES |
72 | SERVICIOS EDUCATIVOS | |
73 | SERVICIOS DE SALUD | |
74 | SERVICIOS DE TRANSPORTE | |
75 | SERVICIOS PÚBLICOS | |
76 | SERVICIOS HOTELEROS Y DE PROMOCIÓN TURÍSTICA | |
79 | OTROS SERVICIOS | |
CLASE | 8 | CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS |
GRUPOS | 81 | DERECHOS CONTINGENTES |
82 | DEUDORAS FISCALES | |
83 | DEUDORAS DE CONTROL | |
89 | DEUDORAS POR CONTRA (CR) | |
CLASE | 9 | CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS |
91 | RESPONSABILIDADES CONTINGENTES | |
92 | ACREEDORAS FISCALES | |
93 | ACREEDORAS DE CONTROL | |
99 | ACREEDORAS POR CONTRA (DB) | |
CLASE | 0 | CUENTAS DE PRESUPUESTO Y TESORERÍA |
3. CUENTAS Y SUBCUENTAS
CÓDIGO DENOMINACIÓN
1 ACTIVOS
11 EFECTIVO
1105 CAJA
110501 Caja principal
110502 Caja menor
1106 CUENTA ÚNICA NACIONAL
110601 Cajero
110602 Recaudo por ente generador (tipo I)
110603 Recaudos afectación específica
110604 Recaudo concepto de ingreso (tipo II)
110605 Embargos Nación
110606 Cuentas operaciones transitorias (tipo otras)
110690 Otras operaciones de Cuenta Única Nacional
1107 RESERVAS INTERNACIONALES
110701 Oro monetario
110702 Derechos especiales de giro (DEG)
110703 Pesos andinos
110704 Convenios internacionales
110705 Fondo latinoamericano de reservas
110706 Posición de reserva FMI
110707 Depósitos en bancos del exterior
110708 Especies extranjeras
110790 Otras Reservas internacionales
1110 DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS
111005 Cuenta corriente
111006 Cuenta de ahorro
111008 Certificados de depósito de ahorro a término
111009 Depósitos simples
111010 Cuentas de compensación Banco de la República
111011 Depósitos en el exterior
111012 Depósitos remunerados
111013 Depósitos para fondos de solidaridad y redistribución del ingreso
111014 Depósitos de los fondos de reservas del régimen de prima media con prestación definida
111015 Cuenta especial
111016 Depósitos de operaciones de endeudamiento externo
111090 Otros depósitos en instituciones financieras
1112 ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ
111201 Fondos vendidos ordinarios
111202 Sobregiros concedidos
111203 Operaciones overnight
1115 FONDOS VENDIDOS CON COMPROMISO DE REVENTA
111504 Compromisos de reventa de inversiones en títulos de deuda
111505 Compromisos de reventa de inversiones en títulos participativos
111506 Compromisos de reventa deudores
111508 Apoyos transitorios del Banco de la República
1120 FONDOS EN TRÁNSITO
112005 Cuenta corriente
112006 Cuenta de ahorro
112010 Red bancaria
112090 Otros depósitos
1140 CUENTA ÚNICA SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS <Cuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
114001 Sistema General de Regalías <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
12 INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS
1201 INVERSIONES AADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN TÍTULOS DE DEUDA
120101 Títulos de tesorería -TES
120106 Certificados de depósito a término
120110 Bonos y títulos emitidos por el sector privado
120131 Bonos y títulos emitidos por entidades del exterior
120140 Bonos obligatoriamente convertibles en acciones- BOCAS
120141 Bonos y títulos emitidos por el gobierno general
120142 Bonos y títulos emitidos por las empresas no financieras
120143 Bonos y títulos emitidos por las entidades financieras
120144 Otros certificados
120145 Títulos de capitalización
120146 Aceptaciones
120147 Pagarés
120190 Otras inversiones en títulos de deuda
1202 INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN TÍTULOS PARTICIPATIVOS
120201 Acciones ordinarias
120202 Acciones preferenciales
120203 Cuotas o partes de interés social
120204 Carteras colectivas <Subcuenta modificada por el artículo 2 de la
Resolución 585 de 2009>
120205 Certificados emitidos por fondos de inversión
120290 Otras inversiones en títulos participativos
1203 INVERSIONES CON FINES DE POLÍTICA EN TÍTULOS DE DEUDA
120303 Bonos y títulos emitidos por el sector privado
120304 Bonos obligatoriamente convertibles en acciones - BOCAS
120305 Inversiones forzosas y del encaje -Sector financiero
120309 Títulos de tesorería - TES
120326 Bonos y títulos emitidos por entidades del exterior
120332 Bonos y títulos emitidos por el gobierno general
120333 Bonos y títulos emitidos por las empresas no financieras
120334 Certificados de depósito a término-CDT
120335 Títulos de fomento
120336 Bonos y títulos emitidos por las entidades financieras
120337 Otros certificados
120390 Otras inversiones en títulos de deuda
1204 INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN INSTRUMENTOS DERIVADOS
120401 Derechos en contratos derivados
120402 Obligaciones en contratos derivados (Cr)
120403 Utilidad en la valoración de opciones compradas
120404 Pérdida en la valoración de opciones vendidas (Cr)
1207 INVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES NO CONTROLADAS
120725 Aportes en organismos internacionales
120750 Entidades del sector solidario
120751 Entidades privadas
120753 Entidades del exterior
120754 Empresas industriales y comerciales del estado societarias
120755 Sociedades de economía mixta
120756 Sociedades públicas
1208 INVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES CONTROLADAS
120826 Entidades del exterior
120831 Empresas industriales y comerciales del estado societarias
120832 Sociedades de economía mixta
120833 Sociedades públicas
120851 Entidades privadas
1211 INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN TÍTULOS DE DEUDA CON FONDOS ADMINISTRADOS POR LA DIRECIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO Y DEL TESORO NACIONAL -DGCPTN
121101 Títulos de tesorería TES
121139 Bonos y títulos emitidos por entidades del exterior
121140 Certificados de depósito a término-CDT
121141 Bonos y títulos emitidos por el sector privado
121142 Bonos y títulos emitidos por el gobierno general
121143 Bonos y títulos emitidos por las empresas no financieras
121144 Bonos y títulos emitidos por las entidades financieras
121145 Otros certificados
121146 Aceptaciones
121147 Pagarés
121190 Otras inversiones en títulos de deuda
1212 INVERSIONES DE LAS RESERVAS INTERNACIONALES
121201 Depósitos a término en bancos del exterior
121202 Depósitos a término call en bancos del exterior
121203 Certificados de depósitos
121204 Papeles a descuento
121205 Inversiones de portafolio en administración
121206 Bonos
121207 Acuerdos de recompra
121208 Fondo de mercado monetario
121290 Otras inversiones de las reservas internacionales
1216 INVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES EN LIQUIDACIÓN
121601 Empresas industriales y comerciales del estado societarias
121602 Sociedades de economía mixta
121603 Sociedades públicas
121604 Entidades privadas
121605 Entidades del exterior
121606 Entidades del sector solidario
1217 INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS
121701 Derechos en contratos derivados
121702 Obligaciones en contratos derivados (Cr)
121703 Utilidad en la valoración de opciones compradas
121704 Pérdida en la valoración de opciones vendidas (Cr)
1220 DERECHOS DE RECOMPRA DE INVERSIONES
122003 Utilización cupos Banco de la República
122013 Títulos de deuda
122014 Títulos participativos
1280 PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE INVERSIONES (CR)
128032 Inversiones administración de liquidez
128033 Inversiones con fines de políticas en títulos de deuda
128034 Inversiones patrimoniales en entidades no controladas
128035 Inversiones patrimoniales en entidades controladas
128036 Inversiones patrimoniales en entidades en liquidación
13 RENTAS POR COBRAR
1305 VIGENCIA ACTUAL
130501 Impuesto sobre la renta y complementarios
130502 Impuesto de registro
130503 Impuesto sobre aduana y recargos
130504 Impuesto al valor agregado – IVA
130505 Retenciones en la fuente
130507 Impuesto predial unificado
130508 Impuesto de industria y comercio
130509 Impuesto a la gasolina y ACPM
130512 Timbre sobre consulados en el exterior
130514 Impuesto de timbre nacional sobre salidas al exterior
130515 Impuesto de espectáculos públicos
130519 Impuesto de delineación urbana, estudios y aprobación de planos
130521 Impuesto de avisos, tableros y vallas
130522 Impuesto al consumo de tabaco y cigarrillos
130523 Impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares o participación porcentual
130524 Impuesto al consumo de cerveza
130526 Impuesto a degüello de ganado mayor
130527 Impuesto a degüello de ganado menor
130528 Impuestos de rifas, apuestas y juegos permitidos
130533 Impuesto sobre vehículos automotores
130535 Sobretasa a la gasolina
130536 Sobretasa al ACPM
130539 Impuesto a la explotación de oro, plata y platino
130540 Impuesto sobre armas y municiones
130541 Impuesto a las ventas por el sistema de clubes
130542 Impuesto por la ocupación de vías
130543 Impuesto por el uso del subsuelo
130545 Impuesto sobre el servicio de alumbrado público
130546 Impuesto a ganadores sorteos ordinarios
130547 Impuesto a ganadores sorteos extraordinarios
130548 Impuesto a loterías foráneas
130549 IVA de licores a productores
130551 Impuesto a la venta de cerveza 8%
130552 Gravamen a los movimientos financieros
130553 Impuesto unificado de azar y espectáculos
130554 Impuesto para preservar la seguridad democrática
130555 Impuesto al patrimonio
130556 Impuesto sobre los remates
130557 Impuesto con destino al Turismo <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 44 de 2010>
130558 Impuesto a publicidad exterior visual <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
130559 Impuesto de circulación y tránsito <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
130560 Impuesto de transporte de hidrocarburos <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
130561 Impuesto sobre telégrafos y teléfonos urbanos <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
130562 Sobretasa bomberil <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
130563 Impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) <Subcuenta creada por la Resolución 159 de 2013>
130563 Retención del impuesto sobre la renta para la equidad-CREE <Subcuenta creada por la Resolución 459 de 2013. Sustituida por la subcuenta 150566 por la Resolución 498 de 2013>
130564 Impuesto nacional al consumo <Subcuenta creada por la Resolución 159 de 2013>
130565 Impuesto nacional a la gasolina y al ACPM <Subcuenta creada por la Resolución 159 de 2013>
130566 Retención del impuesto sobre la renta para la equidad-CREE <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 498 de 2013>
130567 Impuesto a la riqueza <Subcuenta creada por la Resolución 41 de 2015>
130568 Impuesto complementario de normalización tributaria al impuesto a la riqueza <Subcuenta creada por la Resolución 41 de 2015>
130569 Sobretasa al impuesto sobre la renta para la equidad–CREE <Subcuenta creada por la Resolución 41 de 2015>
130575 Otros impuestos nacionales
130580 Otros impuestos departamentales
130585 Otros impuestos municipales
130590 Otros impuestos distritales
1310 VIGENCIAS ANTERIORES
131001 Impuesto sobre la renta y complementarios
131002 Impuesto de registro
131003 Impuesto sobre aduana y recargos
131004 Impuesto al valor agregado – IVA
131005 Retenciones en la fuente
131007 Impuesto predial unificado
131008 Impuesto de industria y comercio
131014 Impuesto de espectáculos públicos
131018 Impuesto de delineación urbana, estudios y aprobación de planos
131020 Impuesto de avisos, tableros y vallas
131021 Impuesto al consumo de tabaco y cigarrillos
131022 Impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares o participación porcentual
131023 Impuesto al consumo de cerveza
131025 Impuesto a degüello de ganado mayor
131026 Impuesto a degüello de ganado menor
131028 Impuestos de rifas, apuestas y juegos permitidos
131033 Impuesto sobre vehículos automotores
131035 Sobretasa a la gasolina
131036 Sobretasa al ACPM
131039 Impuesto sobre armas y municiones
131040 Impuesto a las ventas por el sistema de clubes
131041 Impuesto por la ocupación de vías
131042 Impuesto por el uso del subsuelo
131044 Impuesto sobre el servicio de alumbrado público
131045 Impuesto a ganadores sorteos ordinarios
131046 Impuesto a ganadores sorteos extraordinarios
131047 Impuesto a loterías foráneas
131048 IVA de licores a productores
131050 Impuesto a la venta de cerveza 8%
131051 Impuesto unificado de azar y espectáculos
131052 Gravamen a los movimientos financieros <Subcuenta creada por la Resolución 159 de 2013>
131054 Impuesto para preservar la seguridad democrática
131055 Impuesto al patrimonio
131056 Impuesto a publicidad exterior visual <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
131057 Impuesto de circulación y tránsito
131058 Impuesto sobre telégrafos y teléfonos urbanos <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
131059 Sobretasa bomberil <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
131060 Retención del impuesto sobre la renta para la equidad-CREE <Subcuenta creada por la Resolución 459 de 2013>
131063 Impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) <Subcuenta creada por la Resolución 159 de 2013>
131064 Impuesto nacional al consumo <Subcuenta creada por la Resolución 159 de 2013>
131065 Impuesto nacional a la gasolina y al ACPM <Subcuenta creada por la Resolución 159 de 2013>
131067 Impuesto a la riqueza <Subcuenta creada por la Resolución 41 de 2015>
131068 Impuesto complementario de normalización tributaria al impuesto a la riqueza <Subcuenta creada por la Resolución 41 de 2015>
131069 Sobretasa al impuesto sobre la renta para la equidad–CREE <Subcuenta creada por la Resolución 41 de 2015>
131075 Otros impuestos nacionales
131080 Otros impuestos departamentales
131085 Otros impuestos municipales
131090 Otros impuestos distritales
14 DEUDORES
1401 INGRESOS NO TRIBUTARIOS
140101 Tasas
140102 Multas
140103 Intereses
140104 Sanciones
140108 Regalías y compensaciones monetarias <Subcuenta eliminada por la Resolución 139 de 2012>
140109 Peajes
140111 Tarifa pro desarrollo
140112 Inscripciones
140113 Pliegos de licitaciones
140114 Formularios y especies valoradas
140115 Tarifa pro electrificación rural
140117 Ingresos contraprestación ICEL – CORELCA
140118 Extensión Telefonía Celular
140120 Participación en el transporte por oleoductos
140122 Estampillas
140123 Patentes
140127 Publicaciones
140129 Derechos de tránsito
140138 Cuotas de sostenimiento
140139 Licencias
140142 Registro y salvoconducto
140152 Concesiones
140153 Matrículas de vehículos
140154 Revisión de vehículos
140155 Calcomanías de vehículos
140156 Placas de vehículos
140157 Traspaso de vehículos
140158 Derechos de explotación
140159 Porcentaje y sobretasa ambiental al impuesto predial
140160 Contribuciones
140161 Cuota de fiscalización y auditaje
140162 Aporte sobre ingresos brutos de las notarías
140163 Cauciones efectivas
140164 FOSYGA – Compensación
140165 FOSYGA – Solidaridad
140166 FOSYGA – Promoción <Denominación modificada por la Resolución 3 de 2013>
140167 FOSYGA – ECAT
140168 Fondo de solidaridad pensional – Solidaridad
140169 Fondo de solidaridad pensional – Subsistencia
140170 Fondo de riesgos profesionales – Riesgos
140171 Renta del monopolio de juegos de suerte y azar
140190 Otros deudores por ingresos no tributarios
140172 Prima en contratos de estabilidad jurídica <Subcuenta adicionada por el artículo 1 de la Resolución 558 de 2008>
140173 Fosyga - Garantías para la salud <Subcuenta creada por la Resolución 160 de 2013>
1402 APORTES SOBRE LA NÓMINA
140201 SENA
140202 ICBF
140203 ESAP
140205 Escuelas industriales e institutos técnicos
1403 RENTAS PARAFISCALES
140301 Cuota de fomento
140303 Fondo de promoción turística
140312 Fondo de prestaciones sociales del magisterio
140313 Contribución Parafiscal Cultura <Subpartida creada por la Resolución 626 de 2012>
140390 Otros deudores por rentas parafiscales
1405 REGALÍAS <Cuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
140501 Hidrocarburos <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
140502 Minerales <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
1406 VENTA DE BIENES
140601 Productos agropecuarios, de silvicultura, avicultura y pesca <Subcuenta renombrada por el artículo 3 de la Resolución 142 de 2009>
140602 Productos de minas y minerales
140603 Productos alimenticios, bebidas y alcoholes
140604 Productos manufacturados
140605 Construcciones
140606 Bienes comercializados
1407 PRESTACIÓN DE SERVICIOS
140701 Servicios educativos
140702 Servicios de transporte
140703 Juegos de suerte y azar
140704 Servicios hoteleros y de promoción turística
140705 Servicios financieros
140707 Servicios de seguros y reaseguros
140708 Servicios de documentación e identificación
140709 Servicios informáticos
140710 Operaciones de Banca Central
140711 Servicios de comunicaciones
140712 Servicio de matadero
140713 Organización de eventos
140715 Servicios de apoyo industrial
140716 Transferencia de tecnología
140717 Asistencia técnica
140718 Servicios informativos
140719 Servicios de almacenamiento y pesaje
140721 Corporación de abastos
140722 Administración de proyectos
140723 Recreativos, culturales, y deportivos
140724 Servicios de investigación científica y tecnológica
140729 Administración y operación de mercados
140730 Servicios de seguridad y escolta
140731 Servicios de lavandería
140732 Servicios de parqueadero
140733 Publicidad y propaganda
140790 Otros servicios
1408 SERVICIOS PÚBLICOS
140801 Servicio de energía
140802 Servicio de acueducto
140803 Servicio de alcantarillado
140804 Servicio de aseo
140805 Servicio de gas combustible
140806 Servicio de telecomunicaciones
140807 Subsidio servicio de energía
140808 Subsidio servicio de acueducto
140809 Subsidio servicio de alcantarillado
140810 Subsidio servicio de aseo
140811 Subsidio servicio de gas combustible
140812 Subsidio servicio de telecomunicaciones
1409 SERVICIOS DE SALUD
140901 Plan Obligatorio de Salud POS-EPS facturación pendiente de radicar
<Denominación modificada por el artículo 1 de la Resolución 421 de
2011>
140902 Plan complementario -EPS
140903 Plan Subsidiado de Salud POSS-EPS facturación pendiente de radicar
<Denominación modificada por el artículo 1 de la Resolución 421 de
2011>
140904 Servicios de salud-IPS privadas facturación pendiente de radicar
<Denominación modificada por el artículo 1 de la Resolución 421 de
2011>
140905 Empresas de Medicina Prepagada - EMP facturación pendiente de
radicar <Denominación modificada por el artículo 1 de la Resolución
421 de 2011>
140906 Servicios de salud – Compañías aseguradoras facturación pendiente de
radicar <Denominación modificada por el artículo 1 de la Resolución
421 de 2011>
140907 Servicios de salud - Particulares
140909 Servicios de Salud - IPS públicas facturación pendiente de radicar
<Denominación modificada por el artículo 1 de la Resolución 421
de 2011>
140910 Servicios de Salud - Entidades con régimen especial facturación
pendiente de radicar <Denominación modificada por el artículo 1 de
la Resolución 421 de 2011>
140911 Atención con cargo al subsidio a la oferta facturación pendiente de
radicar <Denominación modificada por el artículo 1 de la
Resolución 421 de 2011>
140912 Riesgos profesionales - ARP facturación pendiente de radicar
<Denominación modificada por el artículo 1 de la Resolución 421
de 2011>
140913 Cuota de recuperación
140914 Atención Accidentes de Tránsito SOAT- Compañías de seguros
facturación pendiente de radicar <Denominación modificada
por el artículo 1 de la Resolución 421 de 2011>
140915 Reclamaciones Fosyga-ECAT facturación pendiente de radicar
<Denominación modificada por el artículo 1 de la Resolución 421
de 2011>
140916 Convenios Fosyga - Trauma mayor y desplazados facturación
pendiente de radicar <Denominación modificada por el artículo 1 de
la Resolución 421 de 2011>
140917 Ministerio de salud - Recursos del IVA social
140918 Atención con cargo a recursos de acciones de salud pública facturación
pendiente de radicar <Denominación modificada por el artículo 1 de
la Resolución 421 de 2011>
140920 Plan Obligatorio de Salud POS-EPS facturación radicada <Subcuenta
adicionada por el artículo 2 de la Resolución 421 de 2011>
140921 Plan Subsidiado de Salud POSS-EPS facturación radicada <Subcuenta
adicionada por el artículo 2 de la Resolución 421 de 2011>
140922 Servicios de Salud-IPS privadas facturación radicada <Subcuenta
adicionada por el artículo 2 de la Resolución 421 de 2011>
140923 Empresas de Medicina Prepagada - EMP facturación radicada
<Subcuenta adicionada por el artículo 2 de la Resolución 421 de
2011>
140924 Servicios de Salud - Compañías aseguradoras facturación radicada
<Subcuenta adicionada por el artículo 2 de la Resolución 421 de
2011>
140925 Servicios de Salud - IPS públicas facturación radicada <Subcuenta
adicionada por el artículo 2 de la Resolución 421 de 2011>
140926 Servicios de Salud – Entidades con régimen especial facturación
radicada <Subcuenta adicionada por el artículo 2 de la Resolución 421
de 2011>
140927 Atención con cargo al subsidio a la oferta facturación radicada
<Subcuenta adicionada por el artículo 2 de la Resolución 421 de
2011>
140928 Riesgos profesionales - ARP facturación radicada <Subcuenta
adicionada por el artículo 2 de la Resolución 421 de 2011>
140929 Atención Accidentes de Tránsito SOAT- Compañías de seguros
<Subcuenta adicionada por el artículo 2 de la Resolución 421 de
2011> facturación radicada
140930 Reclamaciones Fosyga-ECAT facturación radicada <Subcuenta
adicionada por el artículo 2 de la Resolución 421 de 2011>
140931 Convenios Fosyga- Trauma mayor y desplazados facturación
radicada <Subcuenta adicionada por el artículo 2 de la Resolución
421 de 2011>
140932 Atención con cargo a recursos de acciones de salud pública
facturación radicada <Subcuenta adicionada por el artículo 2 de
la Resolución 421 de 2011>
140981 Giro directo por abono a cartera régimen subsidiado (Cr) <Subcuenta
adicionada por el artículo 2 de la Resolución 421 de 2011>
140982 Giro previo Fosyga sobre recobros ECAT (Cr) <Subcuenta adicionada
por el artículo 2 de la Resolución 421 de 2011>
140990 Otras cuentas por cobrar servicios de salud
1410 APORTES POR COBRAR A ENTIDADES AFILIADAS
141001 Aporte de cesantías - Doceavas
141002 Aporte de cesantías - Ajustes
141003 Intereses de mora
141090 Otros aportes por cobrar
141095 Aportes recibidos por aplicar (Cr)
1411 ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
141101 Unidad de pago por capitación régimen contributivo- UPC
141102 Unidad de pago por capitación adicional régimen contributivo -UPC
141103 Cuota moderadora régimen contributivo
141104 Copagos régimen contributivo
141105 Cuotas de inscripción y afiliación régimen contributivo
141106 Unidad de pago por Capitación régimen subsidiado- UPC
141107 Copagos régimen subsidiado
141108 Comisiones administradoras de riesgos profesionales
141109 Prestación del servicio personas fuera del sistema
141110 Recobros SOAT
141111 Recobros ARP
141112 Recobro de enfermedades alto costo
141113 Recobro a empleadores
141114 Cuotas de inscripción y afiliación a planes complementarios
141115 Cuentas por cobrar Fosyga pendientes de radicar <Denominación
modificada por el artículo 1 de la Resolución 421 de 2011>
141116 Cuentas por cobrar Fosyga radicadas <Subcuenta adicionada por el artículo 2 de la Resolución 421 de 2011>
141117 Cuentas por cobrar entidades territoriales pendientes de radicar <Subcuenta adicionada por el artículo 2 de la Resolución 421 de 2011>
141118 Cuentas por cobrar entidades territoriales radicadas <Subcuenta adicionada por el artículo 2 de la Resolución 421 de 2011>
141119 Licencias de maternidad y paternidad <Subcuenta creada por la Resolución 160 de 2013>
141120 Incapacidades <Subcuenta creada por la Resolución 160 de 2013>
141121 Saldo a favor por compensación Fosyga <Subcuenta creada por la Resolución 459 de 2013>
141181 Giro previo Fosyga sobre recobros No POS (Cr) <Subcuenta adicionada por el artículo 2 de la Resolución 421 de 2011>
141190 Otros ingresos por la administración del sistema de seguridad social en salud
1413 TRANSFERENCIAS POR COBRAR
141311 Sistema general de seguridad social en salud
141312 Sistema general de participaciones <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 719 de 2012>
141313 Sistema General de Regalías <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
141314 Otras transferencias
141315 Sistema General de Participaciones-Participación para salud. <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 719 de 2012>
141316 Sistema General de Participaciones-Participación para educación. <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 719 de 2012>
141317 Sistema General de Participaciones-Participación para propósito general. <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 719 de 2012>
141318 Sistema General de Participaciones-Participación para pensiones - Fondo nacional de pensiones de las entidades territoriales. <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 719 de 2012>
141319 Sistema General de Participaciones-Programas de alimentación escolar. <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 719 de 2012>
141320 Sistema General de Participaciones-Municipios y distritos con ribera sobre el Río Grande de la Magdalena. <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 719 de 2012>
141321 Sistema General de Participaciones-Resguardos indígenas. <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 719 de 2012>
141322 Sistema General de Participaciones - Participación para agua potable y saneamiento básico. <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 719 de 2012>
141323 Sistema General de Participaciones-Atención integral a la primera infancia. <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 719 de 2012>
1415 PRÉSTAMOS CONCEDIDOS
141507 Préstamos educativos
141510 Préstamos para investigaciones
141520 Préstamos de vivienda
141521 Préstamos de consumo
141522 Préstamos comerciales
141523 Microcrédito
141524 Préstamos de fomento y desarrollo regional
141590 Otros préstamos concedidos
1416 PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES OTORGADOS
141601 Créditos transitorios
141642 Créditos de tesorería al gobierno general
141643 Créditos de tesorería a las empresas no financieras
141644 Créditos presupuestarios al gobierno general
141645 Créditos presupuestarios a las empresas no financieras
141646 Préstamos concedidos al gobierno general
141647 Préstamos concedidos a las empresas no financieras
141690 Otros préstamos gubernamentales otorgados
1417 RECURSOS DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES <Denominación modificada por la Resolución 634 de 2014>
141701 Cotizaciones <Subcuenta eliminada por la Resolución 634 de 2014>
141702 Recursos para reconocimientos pensionales <Subcuenta eliminada por la Resolución 634 de 2014>
141703 Recuperación de cartera <Subcuenta eliminada por la Resolución 634 de 2014>
141704 Cuotas partes de pensiones
141705 Cuotas partes de bonos pensionales
141706 Intereses de mora <Subcuenta eliminada por la Resolución 634 de 2014>
141707 Aportes estatales <Denominación modificada por la Resolución 3 de 2014>
141708 Títulos pensionales <Subcuenta creada por la Resolución 634 de 2014>
141709 Recursos por conmutación pensional <Subcuenta creada por la Resolución 634 de 2014>
141710 Recursos por convalidación pensional <Subcuenta creada por la Resolución 634 de 2014>
141711 Reintegros pensionales <Subcuenta creada por la Resolución 634 de 2014>
141712 Devolución de cotizaciones <Subcuenta creada por la Resolución 634 de 2014>
1418 ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN RIESGOS PROFESIONALES
141801 Cotizaciones
141803 Recuperación de cartera
141890 Otros derechos por la administración del sistema
1420 AVANCES Y ANTICIPOS ENTREGADOS
142003 Anticipos sobre convenios y acuerdos
142008 Avances a agentes de aduana
142011 Avances para viáticos y gastos de viaje
142012 Anticipo para adquisición de bienes y servicios
142013 Anticipos para proyectos de inversión
142014 Anticipos para construcción de infraestructura
142090 Otros avances y anticipos
1422 ANTICIPOS O SALDOS A FAVOR POR IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES
142201 Anticipo de impuesto sobre la renta
142202 Retención en la fuente
142203 Saldos a favor en liquidaciones privadas
142204 Anticipo contribución especial
142210 Impuesto a las ventas Saldo a favor de Impuesto a las ventas <Denominación modificada por la Resolución 159 de 2013>
142211 Anticipo de impuesto de industria y comercio
142212 Retención de Impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) <Subcuenta creada por la Resolución 159 de 2013>
142213 Anticipo de Impuesto a las ventas <Subcuenta creada por la Resolución 159 de 2013>
142214 Anticipo sobretasa al impuesto sobre la renta para la equidad–CREE <Subcuenta creada por la Resolución 41 de 2015>
142250 Impuesto de industria y comercio retenido
142290 Otros anticipos o saldos a favor por impuestos y contribuciones
1424 RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN
142401 Encargos fiduciarios <Subcuenta eliminada por el artículo 3 de la
Resolución 585 de 2009>
142402 En administración
142403 Encargo fiduciario - Fiducia de inversión <Subcuenta creada por el
artículo 1 de la Resolución 585 de 2009>
142404 Encargo fiduciario - Fiducia de administración <Subcuenta creada por
el artículo 1 de la Resolución 585 de 2009>
142405 Encargo fiduciario - Fiducia de garantía <Subcuenta creada por el
artículo 1 de la Resolución 585 de 2009>
142406 Recursos Fonpet por distribuir <Subcuenta creada por el artículo 1
de la Resolución 423 de 2011>
1425 DEPÓSITOS ENTREGADOS EN GARANTÍA
142501 Para servicios
142502 Para bienes
142503 Depósitos judiciales
142505 Depósitos sobre contratos
142506 Para importaciones
142507 Para inversiones
142508 Depósitos para procesos de titularización
142509 Para seguros al sector exportador
142512 Depósitos por operaciones de banca central
142515 Fondo de contingencias de las entidades estatales
142517 Depósitos en contratos de futuros
142518 Depósito para porte y tenencia de armas
142590 Otros depósitos entregados
1426 FONDO DE AHORRO Y ESTABILIZACIÓN PETROLERA
142601 Ecopetrol
142602 Departamentos
142603 Municipios
1427 DERECHOS DE RECOMPRA DE DEUDORES
142702 Utilización cupos Banco de la República
142707 Deudores
1428 OPERACIONES FONDOS DE GARANTÍAS
142801 Seguros de depósitos pagados por recuperar
142802 Prima seguro de depósito
142803 Prima costo de garantía
1435 SALDOS DISPONIBLES EN PATRIMONIOS AUTÓNOMOS Y OTROS RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN <Cuenta creada por la Resolución 38 de 2015>
143501 Reintegros de tesorería <Subcuenta creada por la Resolución 38 de 2015>
143502 Derechos fiduciarios cedidos <Subcuenta creada por la Resolución 38 de 2015>
1470 OTROS DEUDORES
147001 Intereses de fondos vendidos con compromiso de reventa
147006 Arrendamientos
147008 Cuotas partes de pensiones
147010 Aportes de capital por cobrar
147011 Cuotas de participación
147012 Créditos a empleados
147013 Embargos judiciales
147015 Créditos a socios y accionistas
147019 Aportes pensionales <Subcuenta creada por la Resolución 635 de 2014>
147020 Cuentas en participación
147042 A la Banca Central por regulación económica
147043 Dividendos y participaciones por cobrar
147044 Esquemas de cobro
147046 Recursos de acreedores reintegrados a tesorerías
147047 Superávit por compensación
147048 Descuentos no autorizados
147049 Intereses de fondos vendidos ordinarios
147055 Depósitos en entidades intervenidas
147062 Cartera improductiva adquirida
147063 Faltantes de bienes aprehendidos o incautados
147064 Pago por cuenta de terceros
147065 Derechos cobrados por terceros
147066 Devolución IVA para entidades de Educación Superior
147067 Contratos para la gestión de servicios públicos
147068 Intereses préstamos gubernamentales concedidos
147071 Honorarios
147072 Comisiones
147073 Préstamos concedidos por instituciones no financieras
147074 Excedentes financieros
147075 Préstamos a vinculados económicos
147076 Recursos recibidos de las Cajas de compensación familiar para actividades de promoción y prevención de la salud
147077 Rendimiento sobre depósitos judiciales
147078 Enajenación de activos
147079 Indemnizaciones
147080 Intereses de préstamos concedidos por instituciones financieras
147081 Margen en la comercialización de bienes y servicios
147082 Derechos por incumplimiento de créditos garantizados
147083 Otros intereses
147084 Responsabilidades fiscales
147085 Apoyo del Fondo Empresarial
147086 Subsidio gasolina motor corriente y ACPM
147087 Margen en la contratación de servicios de salud
147088 Recursos de cofinanciación <Subcuenta creada por el artículo 1 de la
Resolución 585 de 2009>
147089 Recursos de FONTV asignados no ejecutados <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 499 de 2013>
147090 Otros deudores
1475 DEUDAS DE DIFÍCIL RECAUDO
147502 Préstamos concedidos
147508 Venta de bienes
147509 Prestación de servicios
147511 Servicios de salud
147513 Administración del sistema de seguridad social en salud
147515 Servicio de energía
147516 Servicio de acueducto
147517 Servicio de alcantarillado
147518 Servicio de aseo
147519 Servicio de gas combustible
147520 Servicio de telecomunicaciones
147521 Administración del sistema general de pensiones
147522 Administración del sistema de seguridad social en riesgos profesionales
147590 Otros deudores
1476 CUOTAS PARTES DE BONOS Y TÍTULOS PENSIONALES
147601 Cuotas partes de bonos pensionales redimidos <Subcuenta eliminada por la Resolución 633 de 2014>
147602 Títulos pensionales
1480 PROVISIÓN PARA DEUDORES (CR)
148003 Préstamos concedidos
148011 Venta de bienes
148012 Prestación de servicios
148014 Servicios de salud
148015 Administración del sistema de seguridad social en salud
148016 Administración del sistema general de pensiones
148017 Administración del sistema de seguridad social en riesgos profesionales
148019 Servicio de energía
148020 Servicio de acueducto
148021 Servicio de alcantarillado
148022 Servicio de aseo
148023 Servicio de gas combustible
148024 Servicio de telecomunicaciones
148090 Otros deudores
15 INVENTARIOS
1505 BIENES PRODUCIDOS
150502 Construcciones
150503 Combustibles y otros derivados del petróleo
150504 Lubricantes
150505 Aditivos
150506 Impresos y publicaciones
150507 Licores, bebidas y alcoholes
150508 Productos agrícolas <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
150509 Productos forestales <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
150510 Productos piscícolas <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
150511 Productos químicos
150513 Subproductos y residuos
150514 Productos de minas
150516 Especies monetarias
150517 Medicamentos
150518 Productos artesanales
150519 Productos alimenticios
150520 Productos bélicos y explosivos
150521 Medicamentos de uso veterinario
150533 Petróleo crudo
150534 Gas natural
150535 Productos metalúrgicos y de microfundición
150536 Productos de madera
150537 Sal
150539 Productos petroquímicos
150540 Prendas de vestir y calzado
150541 Equipos
150542 Semovientes
150543 Productos agropecuarios, de silvicultura, avicultura y pesca <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 142 de 2009>
150590 Otros bienes producidos
1510 MERCANCÍAS EN EXISTENCIA
151002 Terrenos
151003 Construcciones
151004 Impresos y publicaciones
151005 Especies valoradas
151006 Productos agrícolas <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
151007 Productos forestales <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
151008 Productos piscícolas <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
151009 Productos químicos
151011 Combustibles y otros derivados del petróleo
151012 Semovientes
151013 Lubricantes
151014 Aditivos
151015 Licores, bebidas y alcoholes
151022 Productos artesanales
151023 Productos bélicos y explosivos
151024 Material reactivo
151025 Oro, plata, platino y otros metales adherentes
151026 Petróleo crudo
151027 Gas natural
151029 Elementos para invidentes
151030 Equipos de comunicación y computación
151031 Aparatos telefónicos e identificadores de llamadas
151032 Medidores de agua, luz y gas
151033 Elementos de campaña
151034 Elementos de protección y seguridad personal
151035 Repuestos, equipos férreos y otros
151036 Equipo de transporte
151037 Muebles y enseres
151039 Material didáctico
151041 Maquinaria y elementos de ferretería
151042 Productos agropecuarios, de silvicultura, avicultura y pesca <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 142 de 2009>
151060 Medicamentos
151061 Materiales médico - quirúrgicos
151065 Víveres y rancho
151070 Productos pecuarios <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
151090 Otras mercancías en existencia
151098 Bienes declarados a favor de la Nación
1512 MATERIAS PRIMAS
151201 Materias primas
1516 ENVASES Y EMPAQUES
151601 Envases y empaques
1517 MATERIALES PARA LA PRODUCCIÓN DE BIENES
151701 Materiales
1518 MATERIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
151801 Medicamentos
151802 Materiales médico - quirúrgicos
151803 Materiales reactivos y de laboratorio
151804 Materiales odontológicos
151805 Materiales para imagenología
151806 Víveres y rancho
151807 Repuestos
151808 Elementos y accesorios de energía
151809 Elementos y accesorios de gas combustible
151810 Elementos y accesorios de telecomunicaciones
151811 Elementos y accesorios de acueducto
151812 Elementos y accesorios de alcantarillado
151819 Materiales para educación
151820 Elementos para la prestación de servicios de documentación e identificación
151821 Elementos y accesorios de aseo
151822 Aguas tratadas
151890 Otros materiales
1519 BANCO DE COMPONENTES ANATÓMICOS Y DE SANGRE
151901 Sangre
151902 Huesos
151990 Otros componentes anatómicos
1520 PRODUCTOS EN PROCESO
152002 Construcciones
152003 Combustibles y otros derivados del petróleo
152004 Lubricantes
152005 Aditivos
152007 Impresos y publicaciones
152008 Medicamentos
152009 Licores, bebidas y alcoholes
152010 Productos agrícolas <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
152011 Productos forestales <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
152012 Productos piscícolas <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
152013 Productos químicos
152015 Productos de minas
152017 Especies monetarias
152018 Productos alimenticios
152019 Productos bélicos y explosivos
152020 Productos artesanales
152021 Medicamentos de uso veterinario
152023 Petróleo crudo
152024 Gas natural
152025 Productos metalúrgicos y de microfundición
152026 Productos de madera
152027 Sal
152029 Productos petroquímicos
152030 Prendas de vestir y calzado
152032 Equipos
152033 Semovientes
152034 Productos agropecuarios, de silvicultura, avicultura y pesca <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 142 de 2009>
152090 Otros productos en proceso
1525 EN TRÁNSITO
152502 Materias primas
152505 Envases y empaques
152507 Medicamentos
152508 Materiales médico - quirúrgicos
152512 Víveres y rancho
152519 Materiales para la producción de bienes
152520 Impresos y publicaciones
152521 Especies valoradas
152522 Productos agropecuarios, de silvicultura, avicultura y pesca <Subcuenta renombrada por el artículo 3 de la Resolución 142 de 2009>
152525 Productos químicos
152527 Combustibles y otros derivados del petróleo
152528 Lubricantes
152529 Aditivos
152530 Semovientes
152531 Licores, bebidas y alcoholes
152534 Productos bélicos y explosivos
152535 Materiales reactivos
152537 Materiales para la prestación de servicios
152540 Gas natural
152542 Elementos para invidentes
152543 Equipos de comunicación y computación
152544 Aparatos telefónicos e identificadores de llamadas
152545 Medidores de agua, luz y gas
152546 Construcciones
152590 Otros inventarios en tránsito
1530 EN PODER DE TERCEROS
153005 Impresos y publicaciones
153006 Medicamentos
153007 Materias primas
153008 Materiales para la producción de bienes
153009 Materiales para la prestación de servicios
153010 Construcciones
153011 Combustibles y otros derivados del petróleo
153013 Aditivos
153014 Licores, bebidas y alcoholes
153015 Productos agropecuarios, de silvicultura, avicultura y pesca <Subcuenta renombrada por el artículo 3 de la Resolución 142 de 2009>
153018 Productos químicos
153021 Productos de minas
153023 Productos artesanales
153024 Productos alimenticios
153027 Semovientes
153028 Víveres y rancho
153030 Envases y empaques
153031 Materiales médico – quirúrgicos
153032 Repuestos
153033 Especies valoradas
153034 Materiales reactivos
153040 Equipos de comunicación y computación
153042 Repuestos, equipos férreos y otros
153043 Petróleo crudo <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
153044 Gas natural <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
153045 Productos petroquímicos <Subcuenta creada por la Resolución 459 de 2013>
153090 Otros inventarios en poder de terceros
1580 PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE INVENTARIOS (CR)
158001 Bienes producidos
158002 Mercancías en existencia
158006 Materias primas
158007 Envases y empaques
158008 Materiales para la producción de bienes
158009 Materiales para la prestación de servicios
158011 Inventarios en poder de terceros
16 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO
1605 TERRENOS
160501 Urbanos
160502 Rurales
160503 Terrenos con destinación ambiental
160504 Terrenos pendientes de legalizar
160505 Terrenos de uso permanente sin contraprestación
1610 SEMOVIENTES
161001 De trabajo
161002 De selección
161003 De experimentación
161004 De exposición
161005 Semovientes pendientes de legalizar
161006 Semovientes de uso permanente sin contraprestación
161090 Otros semovientes
1612 PLA NTACIONES AGRÍCOLAS
161201 Cultivos en desarrollo
161202 Cultivos amortizables
1615 CONSTRUCCIONES EN CURSO
161501 Edificaciones
161504 Plantas, ductos y túneles
161505 Redes, líneas y cables
161590 Otras construcciones en curso
1620 MAQUINARIA, PLANTA Y EQUIPO EN MONTAJE
162001 Plantas, ductos y túneles
162002 Redes, líneas y cables
162003 Maquinaria y equipo
162004 Equipo médico y científico
162005 Equipos de comunicación y computación
162007 Equipos de comedor, cocina, despensa y hotelería
162008 Equipos de transporte, tracción y elevación
162090 Otras maquinarias, planta y equipo en montaje
1625 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO EN TRÁNSITO
162501 Plantas y ductos
162502 Redes, líneas y cables
162503 Maquinaria y equipo
162504 Equipo médico y científico
162505 Equipos de comunicación y computación
162506 Equipos de transporte, tracción y elevación
162507 Muebles, enseres y equipo de oficina
162508 Equipos de comedor, cocina, despensa y hotelería
162511 Semovientes
162512 Componentes de propiedades, planta y equipo
162590 Otras maquinarias, planta y equipo en tránsito
1635 BIENES MUEBLES EN BODEGA
163501 Maquinaria y equipo
163502 Equipo médico y científico
163503 Muebles, enseres y equipo de oficina
163504 Equipos de comunicación y computación
163505 Equipos de transporte, tracción y elevación
163507 Redes, líneas y cables
163511 Equipos de comedor, cocina, despensa y hotelería
163512 Componentes de propiedades, planta y equipo
163590 Otros bienes muebles en bodega
1636 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO EN MANTENIMIENTO
163601 Edificaciones
163603 Plantas, ductos y túneles
163604 Redes, líneas y cables
163605 Maquinaria y equipo
163606 Equipo médico y científico
163607 Muebles, enseres y equipo de oficina
163608 Equipos de comunicación y computación
163609 Equipos de transporte, tracción y elevación
163610 Equipos de comedor, cocina, despensa y hotelería
1637 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO NO EXPLOTADOS
163701 Terrenos
163702 Construcciones en curso
163703 Edificaciones
163705 Plantas, ductos y túneles
163706 Redes, líneas y cables
163707 Maquinaria y equipo
163708 Equipo médico y científico
163709 Muebles, enseres y equipo de oficina
163710 Equipos de comunicación y computación
163711 Equipos de transporte, tracción y elevación
163712 Equipos de comedor, cocina, despensa y hotelería
1640 EDIFICACIONES
164001 Edificios y casas
164002 Oficinas
164003 Almacenes
164004 Locales
164005 Fábricas
164006 Mataderos
164007 Salas de exhibición, conferencias y ventas
164008 Cafeterías y casinos
164009 Colegios y escuelas
164010 Clínicas y hospitales
164011 Clubes
164012 Hoteles, hostales y paradores
164013 Silos
164014 Invernaderos
164015 Casetas y campamentos
164016 Terminales <Subcuenta eliminada por el artículo 4 de la
Resolución 237 de 2010. Ver Notas de Vigencia>
164017 Parqueaderos y garajes
164018 Bodegas <Nombre modificado por el artículo 2 de la Resolución 501 de
2009>
164019 Instalaciones deportivas y recreacionales
164020 Estanques
164022 Presas
164023 Pozos
164024 Tanques de almacenamiento
164025 Estaciones repetidoras
164027 Edificaciones pendientes de legalizar
164028 Edificaciones de uso permanente sin contraprestación
164029 Infraestructura portuaria
164031 Aeropuertos militares y de policía <Subcuenta creada por el artículo 2 de
la Resolución 237 de 2010>
164090 Otras edificaciones
1645 PLA NTAS, DUCTOS Y TÚNELES
164501 Plantas de generación
164502 Plantas de tratamiento
164503 Plantas deshidratadoras
164504 Plantas de transmisión
164505 Plantas de distribución
164506 Plantas de producción
164507 Plantas de conducción
164508 Plantas de telecomunicaciones
164509 Oleoductos
164510 Gasoductos
164511 Poliductos
164512 Subestaciones y/o estaciones de regulación
164513 Acueducto y canalización
164514 Estaciones de bombeo
164515 Plantas, ductos y túneles pendientes de legalizar
164516 Plantas, ductos y túneles de uso permanente sin contraprestación
164590 Otras plantas, ductos y túneles
1650 REDES, LÍNEAS Y CABLES
165001 Redes férreas <Subcuenta eliminada por el artículo 4 de la
Resolución 237 de 2010. Ver Notas de Vigencia>
165002 Redes de distribución
165003 Redes de recolección de aguas
165004 Redes de distribución de vapor
165005 Redes de aire
165006 Redes de alimentación de gas
165007 Líneas y cables de interconexión
165008 Líneas y cables de transmisión
165009 Líneas y cables de conducción
165010 Líneas y cables de telecomunicaciones
165011 Redes, líneas y cables pendientes de legalizar
165012 Redes, líneas y cables de uso permanente sin contraprestación
165090 Otras redes, líneas y cables
1655 MAQUINARIA Y EQUIPO
165501 Equipo de construcción
165502 Armamento y equipo reservado
165503 Equipo de perforación
165504 Maquinaria industrial
165505 Equipo de música
165506 Equipo de recreación y deporte
165508 Equipo agropecuario, de silvicultura, avicultura y pesca <Subcuenta renombrada por el artículo 3 de la Resolución 142 de 2009>
165509 Equipo de enseñanza
165511 Herramientas y accesorios
165512 Equipo para estaciones de bombeo
165520 Equipo de centros de control
165521 Maquinaria y equipo de dragado
165522 Equipo de ayuda audiovisual
165523 Equipo de aseo
165524 Maquinaria y equipo pendiente de legalizar
165525 Maquinaria y equipo de uso permanente sin contraprestación
165526 Equipo de seguridad y rescate <Subcuenta creada por el artículo 1 de
la Resolución 315 de 2009>
165590 Otra maquinaria y equipo
1660 EQUIPO MÉDICO Y CIENTÍFICO
166001 Equipo de investigación
166002 Equipo de laboratorio
166003 Equipo de urgencias
166005 Equipo de hospitalización
166006 Equipo de quirófanos y salas de parto
166007 Equipo de apoyo diagnóstico
166008 Equipo de apoyo terapéutico
166009 Equipo de servicio ambulatorio
166010 Equipo médico y científico pendiente de legalizar
166011 Equipo médico y científico de uso permanente sin contraprestación
166090 Otro equipo médico y científico
1665 MUEBLES, ENSERES Y EQUIPO DE OFICINA
166501 Muebles y enseres
166502 Equipo y máquina de oficina
166504 Muebles, enseres y equipo de oficina pendientes de legalizar
166505 Muebles, enseres y equipo de oficina de uso permanente sin contraprestación
166590 Otros muebles, enseres y equipo de oficina
1670 EQUIPOS DE COMUNICACIÓN Y COMPUTACIÓN
167001 Equipo de comunicación
167002 Equipo de computación
167004 Satélites y antenas
167005 Equipos de radares
167006 Equipos de comunicación y computación pendientes de legalizar
167007 Equipos de comunicación y computación de uso permanente sin contraprestación
167090 Otros equipos de comunicación y computación
1675 EQUIPOS DE TRANSPORTE, TRACCIÓN Y ELEVACIÓN
167501 Aéreo
167502 Terrestre
167503 Férreo
167504 Marítimo y fluvial
167505 De tracción
167506 De elevación
167507 Equipos de transporte, tracción y elevación pendientes de legalizar
167508 Equipos de transporte, tracción y elevación de uso permanente sin contraprestación
167590 Otros equipos de transporte, tracción y elevación
1680 EQUIPOS DE COMEDOR, COCINA, DESPENSA Y HOTELERÍA
168001 Equipo de hotelería
168002 Equipo de restaurante y cafetería
168003 Equipo de calderas
168004 Equipo de lavandería
168005 Equipos de comedor, cocina, despensa y hotelería pendientes de legalizar
168006 Equipos de comedor, cocina, despensa y hotelería de uso permanente sin contraprestación
168090 Otros equipos de comedor, cocina, despensa y hotelería
1682 PROPIEDADES DE INVERSIÓN
168201 Terrenos
168202 Edificaciones
168290 Otras propiedades de inversión
1685 DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR)
168501 Edificaciones
168502 Plantas, ductos y túneles
168503 Redes, líneas y cables
168504 Maquinaria y equipo
168505 Equipo médico y científico
168506 Muebles, enseres y equipo de oficina
168507 Equipos de comunicación y computación
168508 Equipos de transporte, tracción y elevación
168509 Equipos de comedor, cocina, despensa y hotelería
1686 AMORTIZACIÓN ACUMULADA (CR)
168601 Semovientes
168603 Plantaciones agrícolas
1690 DEPRECIACIÓN DIFERIDA
169001 Exceso fiscal sobre la contable
169002 Defecto fiscal sobre la contable (Cr)
1695 PROVISIONES PARA PROTECCIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (CR)
169501 Terrenos
169502 Semovientes
169505 Edificaciones
169506 Plantas, ductos y túneles
169507 Redes, líneas y cables
169508 Maquinaria y equipo
169509 Equipo médico y científico
169510 Muebles, enseres y equipo de oficina
169511 Equipos de comunicación y computación
169512 Equipo de transporte, tracción y elevación
169513 Equipos de comedor, cocina, despensa y hotelería
169514 Plantaciones agrícolas
17 BIENES DE USO PÚBLICO E HISTÓRICOS Y CULTURALES <Grupo renombrado por el artículo 3 de la Resolución 237 de 2010>
1703 MATERIALES
170301 Materiales
1704 MATERIALES EN TRÁNSITO
170401 Materiales
1705 BIENES DE USO PÚBLICO E HISTÓRICOS Y CULTURALES EN CONSTRUCCIÓN <Cuenta renombrada por el artículo 3 de la Resolución 237 de 2010>
170501 Red carretera <Subcuenta renombrada por el artículo 3 de la Resolución
237 de 2010>
170502 Puentes <Subcuenta eliminada por el artículo 4 de la
Resolución 237 de 2010. Ver Notas de Vigencia>
170503 Túneles <Subcuenta eliminada por el artículo 4 de la
Resolución 237 de 2010>
170504 Plazas públicas
170505 Parques recreacionales
170506 Parques arqueológicos
170507 Monumentos
170508 Museos
170509 Obras de arte
170510 Bibliotecas
170511 Hemerotecas
170512 Red férrea
170513 Red fluvial
170514 Red marítima
170515 Red aeroportuaria <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución
501 de 2009>
170590 Otros bienes de uso público e históricos y culturales en construcción
<Subcuenta renombrada por el artículo 3 de la Resolución 237
de 2010>
1706 BIENES DE USO PÚBLICO EN CONSTRUCCIÓN-CONCESIONES
<Cuenta renombrada por el artículo 3 de la Resolución 237 de 2010>
170601 Red carretera <Subcuenta renombrada por el artículo 3 de la
Resolución 237 de 2010>
170602 Red férrea
170603 Red fluvial
170604 Red marítima
170605 Red aeroportuaria <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución
501 de 2009>
1710 BIENES DE USO PÚBLICO EN SERVICIO <Cuenta renombrada por el
artículo 3 de la Resolución 237 de 2010>
171001 Red carretera <Subcuenta renombrada por el artículo 3 de la
Resolución 237 de 2010>
171002 Puentes <Subcuenta eliminada por el artículo 4 de la
Resolución 237 de 2010. Ver Notas de Vigencia>
171003 Túneles <Subcuenta eliminada por el artículo 4 de la
Resolución 237 de 2010. Ver Notas de Vigencia>
171004 Plazas públicas
171005 Parques recreacionales
171006 Red férrea
171007 Red fluvial
171008 Red marítima
171009 Red aeroportuaria <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución
501 de 2009>
171090 Otros bienes de uso público en servicio <Subcuenta renombrada por el
artículo 3 de la Resolución 237 de 2010>
1711 BIENES DE USO PÚBLICO EN SERVICIO – CONCESIONES <Cuenta renombrada por el artículo 3 de la Resolución 237 de 2010>
171101 Red carretera <Subcuenta renombrada por el artículo 3 de la
Resolución 237 de 2010>
171102 Red férrea
171103 Red fluvial
171104 Red marítima
171105 Red aeroportuaria <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución
501 de 2009>
1715 BIENES HISTÓRICOS Y CULTURALES
171501 Monumentos
171502 Museos
171503 Obras de arte
171504 Parques arqueológicos
171505 Bibliotecas
171506 Hemerotecas
171507 Edificaciones <Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 558
de 2008>
171590 Otros bienes históricos y culturales
1720 BIENES DE USO PÚBLICO E HISTÓRICOS Y CULTURALES ENTREGADOS A TERCEROS <Cuenta renombrada por el artículo 3 de la Resolución 237 de 2010>
172001 Red carretera <Subcuenta renombrada por el artículo 3 de la
Resolución 237 de 2010>
172002 Puentes <Subcuenta eliminada por el artículo 4 de la
Resolución 237 de 2010. Ver Notas de Vigencia>
172003 Túneles <Subcuenta eliminada por el artículo 4 de la
Resolución 237 de 2010. Ver Notas de Vigencia>
172004 Plazas públicas
172005 Parques recreacionales
172006 Parques arqueológicos
172007 Monumentos
172008 Museos
172009 Obras de arte
172010 Bibliotecas
172011 Hemerotecas
172012 Red férrea
172013 Red fluvial
172014 Red marítima
172015 Edificaciones <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 558
de 2008>
172016 Red aeroportuaria <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución
501 de 2009>
172090 Otros bienes de uso público e históricos y culturales entregados a
terceros <Subcuenta renombrada por el artículo 3 de la Resolución 237
de 2010>
1785 AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE BIENES DE USO PÚBLICO (CR)
<Cuenta renombrada por el artículo 3 de la Resolución 123792 de 2010>
178501 Red carretera <Subcuenta renombrada por el artículo 3 de la
Resolución 237 de 2010>
178502 Puentes <Subcuenta eliminada por el artículo 4 de la
Resolución 237 de 2010. Ver Notas de Vigencia>
178503 Túneles <Subcuenta eliminada por el artículo 4 de la
Resolución 237 de 2010. Ver Notas de Vigencia>
178504 Plazas públicas
178505 Parques recreacionales
178506 Red férrea
178507 Red fluvial
178508 Red marítima
178509 Red aeroportuaria <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución
501 de 2009>
178590 Otros bienes de uso público <Subcuenta renombrada por el artículo
3 de la Resolución 237 de 2010>
18 RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES
1820 RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN
182001 Minas
182003 Yacimientos
182090 Otros recursos no renovables
1825 AGOTAMIENTO ACUMULADO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN (CR)
182501 Minas
182503 Yacimientos
182590 Otros recursos no renovables
1840 INVERSIONES EN RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN
184001 Minas
184003 Yacimientos
184090 Otros recursos naturales no renovables
1845 AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE INVERSIONES EN RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN (CR)
184501 Minas
184503 Yacimientos
184590 Otros recursos naturales no renovables
19 OTROS ACTIVOS
1901 RESERVA FINANCIERA ACTUARIAL
190101 Efectivo
190102 Recursos entregados en administración
190103 Inversiones
190104 Encargos fiduciarios
190105 Propiedades, planta y equipo
190106 Otros activos
1905 BIENES Y SERVICIOS PAGADOS POR ANTICIPADO
190501 Seguros
190502 Intereses
190503 Comisiones
190504 Arrendamientos
190505 Impresos, publicaciones, suscripciones y afiliaciones
190506 Honorarios
190508 Mantenimiento
190509 Bodegaje
190510 Administración y emisión de títulos valores
190511 Sueldos y salarios
190512 Contribuciones efectivas
190513 Estudios y proyectos
190514 Bienes y servicios
190590 Otros bienes y servicios pagados por anticipado
1910 CARGOS DIFERIDOS
191001 Materiales y suministros
191002 Moldes y troqueles
191003 Material quirúrgico
191004 Dotación a trabajadores
191005 Elementos de lencería
191006 Loza y cristalería
191007 Gastos de organización y puesta en marcha
191008 Estudios y proyectos
191009 Publicidad y propaganda
191010 Gastos de exploración
191012 Gastos de desarrollo
191014 Gastos de asociación
191018 Concursos y licitaciones
191020 Ropa hospitalaria y quirúrgica
191021 Elementos de aseo, lavandería y cafetería
191022 Combustibles y lubricantes
191023 Capacitación, bienestar social y estímulos
191024 Videos
191025 Gastos de ventas
191026 Mantenimiento
191027 Reconocimiento deuda ley 546/99
191028 Impuesto para preservar la seguridad democrática
191029 Equipo de seguridad industrial
191030 Descuento en bonos y títulos de deuda pública interna de corto plazo
191031 Descuento en bonos y títulos de deuda pública interna de largo plazo
191032 Descuento en bonos y títulos de deuda pública externa de corto plazo
191033 Descuento en bonos y títulos de deuda pública externa de largo plazo
191034 Descuento en bonos y títulos de financiamiento interno de corto plazo
191035 Descuento en bonos y títulos de financiamiento interno de largo plazo
191036 Descuento en bonos y títulos de financiamiento externo de corto plazo
191037 Descuento en bonos y títulos de financiamiento externo de largo plazo
191038 Prima en compra de opciones
191039 Prima en contratos de estabilidad jurídica <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 558 de 2008>
191040 Transferencias condicionadas <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 499 de 2013>
191085 Precios de contado spot de contratos a plazo
191087 Impuesto diferido
191089 Cargo por corrección monetaria diferida
191090 Otros cargos diferidos
1915 OBRAS Y MEJORAS EN PROPIEDAD AJENA
191501 Terrenos
191502 Edificaciones
191511 Plantas, ductos y túneles
191512 Redes, líneas y cables
191590 Otras obras y mejoras en propiedad ajena
1920 BIENES ENTREGADOS A TERCEROS
192001 Bienes muebles entregados en administración
192002 Bienes inmuebles entregados en administración
192003 Bienes muebles entregados en Leasing
192004 Bienes inmuebles entregados en Leasing
192005 Bienes muebles entregados en comodato
192006 Bienes inmuebles entregados en comodato
192007 Bienes muebles entregados en encargo fiduciario <Subcuenta
eliminada por el artículo 3 de la Resolución 585 de 2009>
192008 Bienes inmuebles entregados en encargo fiduciario <Subcuenta
eliminada por el artículo 3 de la Resolución 585 de 2009>
192009 Bienes muebles entregados en contratos de asociación
192010 Bienes inmuebles entregados en contratos de asociación
192011 Bienes muebles entregados en concesión
192012 Bienes inmuebles entregados en concesión
192090 Otros bienes entregados a terceros
1922 PROVISIONES PARA PROTECCIÓN DE BIENES ENTREGADOS A TERCEROS (CR)
192201 Muebles
192202 Inmuebles
1925 AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE BIENES ENTREGADOS A TERCEROS (CR)
192501 Bienes muebles entregados en administración
192502 Bienes inmuebles entregados en administración
192503 Bienes muebles entregados en Leasing
192504 Bienes inmuebles entregados en Leasing
192505 Bienes muebles entregados en comodato
192506 Bienes inmuebles entregados en comodato
192507 Bienes muebles entregados en encargo fiduciario <Subcuenta
eliminada
por el artículo 3 de la Resolución 585 de 2009>
192508 Bienes inmuebles entregados en encargo fiduciario <Subcuenta
eliminada por el artículo 3 de la Resolución 585 de 2009>
192509 Bienes muebles entregados en contratos de asociación
192510 Bienes inmuebles entregados en contratos de asociación
192511 Bienes muebles entregados en concesión
192512 Bienes inmuebles entregados en concesión
192590 Otros bienes entregados a terceros
1926 DERECHOS EN FIDEICOMISO
192603 Fiducia mercantil - Constitución de patrimonio autónomo
1930 BIENES RECIBIDOS EN DACIÓN DE PAGO
193001 Muebles
193002 Inmuebles
193003 Acciones
193004 Participaciones
193090 Otros bienes recibidos en dación de pago
1935 PROVISIÓN BIENES RECIBIDOS EN DACIÓN DE PAGO (CR)
193501 Muebles
193502 Inmuebles
193503 Acciones
193504 Participaciones
193590 Otros bienes recibidos en dación de pago
1940 ACTIVOS ADQUIRIDOS DE INSTITUCIONES INSCRITAS
194001 Originales
194002 Reparaciones
194003 Sustituciones
194004 Cambios
1941 BIENES ADQUIRIDOS EN LEASING FINANCIERO
194101 Terrenos
194102 Inmuebles
194103 Maquinaria
194104 Equipo
194105 Muebles y enseres
194190 Otros activos
1942 DEPRECIACIÓN DE BIENES ADQUIRIDOS EN LEASING FINANCIERO (CR)
194201 Inmuebles
194202 Maquinaria
194203 Equipo
194204 Muebles y enseres
194290 Otros activos
1960 BIENES DE ARTE Y CULTURA
196001 Obras de arte
196003 Bienes de culto
196004 Joyas
196005 Elementos de museo
196006 Elementos musicales
196007 Libros y publicaciones de investigación y consulta
196090 Otros bienes de arte y cultura
1970 INTANGIBLES
197001 Crédito mercantil
197002 Marcas
197003 Patentes
197004 Concesiones y franquicias
197005 Derechos
197006 Know how
197007 Licencias
197008 Software
197009 Servidumbres
197090 Otros intangibles
1975 AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE INTANGIBLES (CR)
197501 Crédito mercantil
197502 Marcas
197503 Patentes
197504 Concesiones y franquicias
197505 Derechos
197506 Know how
197507 Licencias
197508 Software
197509 Servidumbres
197590 Otros intangibles
1999 VALORIZACIONES
199933 Inversiones en empresas industriales y comerciales del estado societarias
199934 Inversiones en sociedades de economía mixta
199935 Inversiones en sociedades públicas
199936 Inversiones en entidades privadas
199937 Inversiones en entidades del exterior
199938 Inversiones en entidades del sector solidario
199952 Terrenos
199953 Semovientes
199954 Plantaciones agrícolas
199962 Edificaciones
199964 Plantas, ductos y túneles
199965 Redes, líneas y cables
199966 Maquinaria y equipo
199967 Equipo médico y científico
199968 Muebles enseres y equipo de oficina
199969 Equipos de comunicación y computación
199970 Equipos de transporte, tracción y elevación
199971 Equipos de comedor, cocina, despensa y hotelería
199977 Otros activos
2 PASIVOS
21 OPERACIONES DE BANCA CENTRAL E INSTITUCIONES FINANCIERAS
2105 OPERACIONES DE BANCA CENTRAL
210501 Billetes en circulación
210504 Obligaciones con organismos internacionales
210505 Obligaciones con bancos del exterior
210506 Gobierno Nacional por regulación económica
210509 Depósito en cuenta corriente - Gobierno Nacional
210510 Depósito en cuenta corriente – Sistema financiero
210511 Cuentas convenio
210512 Obligaciones por operaciones de reservas internacionales
210590 Otras operaciones de banca central
2106 TÍTULOS DE REGULACIÓN MONETARIA Y CAMBIARIA
210601 Certificados de cambio
210602 Títulos canjeables por certificados de cambio
210603 Títulos de participación
210604 Títulos denominados en divisas por financiaciones
210605 Depósitos Resolución 05 de 1997
210690 Otros títulos de regulación monetaria y cambiaria
2110 OPERACIONES DE CAPTACIÓN Y SERVICIOS FINANCIEROS
211001 Cuentas corrientes
211002 Depósitos simples
211003 Certificados de depósito a término
211004 Papeles comerciales
211005 Depósitos de ahorro
211007 Cuentas de ahorro especial
211008 Certificados de ahorro de valor constante
211009 Documentos por pagar
211010 Cuenta centralizada
211011 Depósitos especiales
211012 Servicios bancarios de recaudo
211090 Otras operaciones de captación y servicios financieros
22 OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO Y FINANCIAMIENTO CON BANCA CENTRAL
2203 OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO INTERNAS DE CORTO PLAZO
220331 Préstamos banca comercial
220332 Préstamos banca de fomento
220333 Préstamos entidades de fomento y desarrollo regional
220334 Créditos transitorios
220335 Créditos de tesorería
220336 Bonos y títulos emitidos
2208 OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO INTERNAS DE LARGO PLAZO
220830 Préstamos banca comercial
220831 Préstamos banca de fomento
220832 Préstamos entidades de fomento y desarrollo regional
220833 Créditos presupuestarios
220834 Crédito de proveedores
220835 Títulos TES
220836 Otros bonos y títulos emitidos
2212 OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO EXTERNAS DE CORTO PLAZO
221201 Préstamos banca comercial
221202 Préstamos banca multilateral
221203 Préstamos banca de fomento
221204 Préstamos de gobiernos
221205 Bonos y títulos emitidos
2213 OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO EXTERNAS DE LARGO PLAZO
221301 Préstamos banca comercial
221302 Préstamos banca multilateral
221303 Préstamos banca de fomento
221304 Préstamos de gobiernos
221305 Crédito de proveedores
221306 Títulos TES
221307 Otros bonos y títulos emitidos
221308 Cuenta especial de deuda externa-CEDE
2214 FINANCIAMIENTO CON BANCA CENTRAL
221401 Banco de la República
23 OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO E INSTRUMENTOS DERIVADOS
2306 OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO INTERNAS DE CORTO PLAZO
230601 Fondos comprados ordinarios
230602 Fondos adquiridos con compromiso de recompra
230603 Apoyos transitorios con el Banco de la República
230604 Sobregiros
230605 Créditos transitorios
230606 Créditos de tesorería
230607 Préstamos de banca comercial
230608 Préstamos de banca de fomento
230609 Préstamos de entidades de fomento y desarrollo regional
230610 Préstamos de vinculados económicos
230611 Préstamos de fondos empresariales
230612 Préstamos del gobierno general
230613 Préstamos de empresas no financieras
230614 Préstamos de otras entidades
230615 Contratos Leasing
230616 Títulos TES
230617 Otros bonos y títulos emitidos
230690 Otras operaciones de financiamiento internas de corto plazo
2307 OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO INTERNAS DE LARGO PLAZO
230701 Préstamos de banca comercial
230702 Préstamos de banca de fomento
230703 Préstamos de entidades de fomento y desarrollo regional
230704 Préstamos de vinculados económicos
230705 Préstamos de fondos empresariales
230706 Préstamos del gobierno general
230707 Préstamos de empresas no financieras
230708 Préstamos de otras entidades
230709 Contratos Leasing
230710 Bonos y títulos emitidos
230790 Otras operaciones de financiamiento internas de largo plazo
2308 OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO EXTERNAS DE CORTO PLAZO
230801 Sobregiros
230802 Préstamos de banca comercial
230803 Préstamos de banca de fomento
230804 Préstamos de banca multilateral
230805 Préstamos de gobiernos
230806 Préstamos de vinculados económicos
230807 Bonos y títulos emitidos
230808 Contratos Leasing
230890 Otras operaciones de financiamiento externas de corto plazo
2309 OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO EXTERNAS DE LARGO PLAZO
230901 Préstamos de banca comercial
230902 Préstamos de banca de fomento
230903 Préstamos de banca multilateral
230904 Préstamos de gobiernos
230905 Préstamos de vinculados económicos
230906 Contratos Leasing
230907 Bonos y títulos emitidos
230990 Otras operaciones de financiamiento externas de largo plazo
2311 INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO
231101 Derechos en contratos derivados (Db)
231102 Obligaciones en contratos derivados
231103 Utilidad en la valoración de Opciones compradas (Db)
231104 Pérdida en la valoración de Opciones vendidas
2312 INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO
231201 Derechos en contratos derivados (Db)
231202 Obligaciones en contratos derivados
231203 Utilidad en la valoración de Opciones compradas (Db)
231204 Pérdida en la valoración de Opciones vendidas
24 CUENTAS POR PAGAR
2401 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS NACIONALES
240101 Bienes y servicios
240102 Proyectos de inversión
2403 TRANSFERENCIAS POR PAGAR
240303 Transferencias al sector privado
240313 Sistema general de seguridad social en salud
240314 Sistema general de participaciones <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 719 de 2012>
240315 Otras transferencias
240316 Sistema General de Regalías <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
240317 Sistema General de Participaciones-Participación para salud. <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 719 de 2012>
240318 Sistema General de Participaciones-Participación para educación. <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 719 de 2012>
240319 Sistema General de Participaciones-Participación para propósito general. <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 719 de 2012>
240320 Sistema General de Participaciones-Participación para pensiones - Fondo nacional de pensiones de las entidades territoriales. <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 719 de 2012>
240321 Sistema General de Participaciones-Programas de alimentación escolar. <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 719 de 2012>
240322 Sistema General de Participaciones-Municipios y distritos con ribera sobre el Río Grande de la Magdalena. <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 719 de 2012>
240323 Sistema General de Participaciones-Resguardos indígenas. <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 719 de 2012>
240324 Sistema General de Participaciones - Participación para agua potable y saneamiento básico. <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 719 de 2012>
240325 Sistema General de Participaciones - Atención integral a la primera infancia. <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 719 de 2012>
2406 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL EXTERIOR
240601 Bienes y servicios
240607 Proyectos de inversión
2408 PROCESO DE COMPENSACIÓN FOSYGA <Cuenta creada por la Resolución 160 de 2013>
240801 Subcuenta de Compensación <Subcuenta creada por la Resolución 160 de 2013>
240802 Subcuenta de Solidaridad <Subcuenta creada por la Resolución 160 de 2013>
240803 Subcuenta de Promoción <Subcuenta creada por la Resolución 160 de 2013>
240805 Déficit por compensación <Subcuenta creada por la Resolución 160 de 2013>
2415 OPERACIONES DE SEGUROS Y REASEGUROS
241501 Compañías cedentes interior cuenta corriente
241502 Compañías cedentes exterior cuenta corriente
241503 Coaseguradores cuenta corriente aceptados
241504 Coaseguradores cuenta corriente cedidos
241505 Obligaciones a favor de asegurados vida
241506 Depósitos para expedición de pólizas
241507 Dividendos por pagar a asegurados vida
241508 Reaseguradores cuenta corriente
241509 Depósitos retenidos a reaseguradores interior
241510 Siniestros liquidados por pagar
241511 Obligaciones a favor de intermediarios
241512 Obligaciones de títulos
241513 Primas recaudadas por pagar
241514 Seguro de crédito a la exportación
241590 Otras operaciones de seguros y reaseguros
2420 APORTES POR PAGAR A AFILIADOS
242001 Cesantías e intereses liquidados por pagar
242002 Cesantías e intereses girados no reclamados
242003 Cesantías según aportes
242004 Cesantías consolidadas según reportes
242005 Aportes recibidos por anticipado de entidades
242006 Rendimientos por pagar sobre cesantías
2422 I NTERESES POR PAGAR
242201 Operaciones de crédito público internas de corto plazo
242202 Operaciones de crédito público internas de largo plazo
242203 Operaciones de crédito público externas de corto plazo
242204 Operaciones de crédito público externas de largo plazo
242205 Financiamiento con Banca central
242206 Operaciones de financiamiento internas de corto plazo
242207 Operaciones de financiamiento internas de largo plazo
242208 Operaciones de financiamiento externas de corto plazo
242209 Operaciones de financiamiento externas de largo plazo
2423 COMISIONES POR PAGAR
242301 Operaciones de crédito público internas de corto plazo
242302 Operaciones de crédito público internas de largo plazo
242303 Operaciones de crédito público externas de corto plazo
242304 Operaciones de crédito público externas de largo plazo
242305 Financiamiento con Banca central
242306 Operaciones de financiamiento internas de corto plazo
242307 Operaciones de financiamiento internas de largo plazo
242308 Operaciones de financiamiento externas de corto plazo
242309 Operaciones de financiamiento externas de largo plazo
2425 ACREEDORES
242502 Suscripción de acciones o participaciones
242503 Dividendos y participaciones
242504 Servicios públicos
242506 Suscripciones
242507 Arrendamientos
242508 Viáticos y gastos de viaje
242510 Seguros
242512 Saldos a favor de contribuyentes
242513 Saldos a favor de beneficiarios
242515 Deducción de impuestos
242517 Excedentes de remates
242518 Aportes a fondos pensionales
242519 Aportes a seguridad social en salud
242520 Aportes al ICBF, SENA y cajas de compensación
242521 Sindicatos
242522 Cooperativas
242523 Fondos de empleados
242524 Embargos judiciales
242525 Gastos legales
242526 Fondos mutuos
242528 Aportes a fondos de becas
242529 Cheques no cobrados o por reclamar
242530 Gastos de representación
242532 Aporte riesgos profesionales
242533 Fondo de solidaridad y garantía en salud
242535 Libranzas
242541 Aportes a escuelas industriales, institutos técnicos y ESAP
242542 Subsidio de vivienda
242546 Contratos de medicina prepagada
242547 Descuentos no autorizados
242549 Remuneración por el uso de bienes
242550 Excedentes financieros
242551 Comisiones
242552 Honorarios
242553 Servicios
242554 Prima en contratos de estabilidad jurídica <Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 558 de 2008>
242555 Cartera adquirida por movilización de activos <Subcuenta adicionada por el artículo 1 de la Resolución 453 de 2012>
242590 Otros acreedores
2426 GASTOS FINANCIEROS POR PAGAR – OPERACIONES DE BANCA CENTRAL
242601 Títulos de participación
242602 Títulos nominados en divisas por financiaciones
242603 Depósitos Resolución 05 de 1997
242604 Comisiones
242605 Intereses por obligaciones en bancos del exterior
242606 Remuneración cuentas de depósito – Encaje
242607 Remuneración cuentas de depósito de la Dirección
General de Crédito Público y del Tesoro Nacional- DGCPTN
242608 Títulos canjeables por certificados de cambio
242609 Otros títulos de operaciones de mercado abierto
242690 Otros gastos financieros por pagar
2427 GASTOS FINANCIEROS POR PAGAR POR OPERACIONES DE CAPTACIÓN Y SERVICIOS FINANCIEROS
242701 Intereses sobre depósitos y exigibilidades
242702 Intereses créditos de bancos y otras obligaciones financieras
242703 Comisiones
242704 Administración y emisión de títulos valores
242705 Sostenimiento bolsa y registro
242706 Administración de fiducia
242707 Servicios almacenadoras
242708 Gravamen a los movimientos financieros
242790 Otros gastos financieros
2428 I NTERESES DE TÍTULO S EMITIDOS
242801 Títulos de desarrollo agropecuario –TDA
242890 Otros títulos emitidos
2430 SUBSIDIOS ASIGNADOS
243001 Vivienda
243002 Educación
243004 Asistencia social
243005 Salud
243006 Para compra de tierras
243007 Para distritos de riego
243008 Para centros de conciliación y comisarías
243011 Servicio de energía
243012 Servicio de acueducto
243013 Servicio de alcantarillado
243014 Servicio de aseo
243015 Servicio de gas combustible
243016 Servicio de telecomunicaciones
243017 Al deporte
243018 Al transporte, consumo e importación de combustible
243090 Otros subsidios asignados
2436 RETENCIÓN EN LA FUENTE E IMPUESTO DE TIMBRE
243601 Salarios y pagos laborales <Subcuenta eliminada por la Resolución 103 de 2014>
243602 Dividendos y participaciones
243603 Honorarios
243604 Comisiones
243605 Servicios
243606 Arrendamientos
243607 Rendimientos financieros
243608 Compras
243609 Loterías, rifas, apuestas y similares
243610 Pagos al exterior
243611 Por ingresos obtenidos en el exterior
243612 Enajenación de propiedades, planta y equipo personas naturales
243615 A empleados artículo 383 ET <Subcuenta creada por la Resolución 103 de 2014>
243616 A empleados artículo 384 ET <Subcuenta creada por la Resolución 103 de 2014>
243617 A trabajadores por cuenta propia <Subcuenta creada por la Resolución 103 de 2014>
243618 Sobre salarios de contribuyentes que no pertenecen a la categoría de empleados <Subcuenta creada por la Resolución 103 de 2014>
243625 Impuesto a las ventas retenido por consignar
243626 Contratos de obra
243627 Retención de impuesto de industria y comercio por compras
243628 Retención de impuesto de industria y comercio por ventas
243629 Retención de impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) <Subcuenta creada por la Resolución 159 de 2013>
243690 Otras retenciones
243695 Autorretenciones
243698 Impuesto de timbre
2440 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS POR PAGAR
244001 Impuesto sobre la renta y complementarios
244003 Impuesto predial unificado
244004 Impuesto de industria y comercio
244005 Valorización
244007 Impuesto sobre aduana y recargos
244009 Impuesto de registro
244010 Regalías y compensaciones monetarias
244011 Licencias, registro y salvoconducto
244014 Cuota de fiscalización y auditaje
244016 Impuesto sobre vehículos automotores
244017 Intereses de mora
244019 Impuesto de timbre
244020 Gravamen a los movimientos financieros
244021 Impuesto para preservar la seguridad democrática
244022 Impuesto al patrimonio
244023 Contribuciones
244024 Tasas
244025 Multas
244026 Sanciones
244027 Impuestos, contribuciones y tasas en el exterior
244028 Impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) <Subcuenta creada por la Resolución 159 de 2013>
244029 Impuesto nacional al consumo <Subcuenta creada por la Resolución 159 de 2013>
244030 Impuesto nacional a la gasolina y al ACPM <Subcuenta creada por la Resolución 159 de 2013>
244031 Impuesto a la riqueza <Subcuenta creada por la Resolución 41 de 2015>
244032 Impuesto complementario de normalización tributaria al impuesto a la riqueza <Subcuenta creada por la Resolución 41 de 2015>
244033 Sobretasa al impuesto sobre la renta para la equidad–CREE <Subcuenta creada por la Resolución 41 de 2015>
244075 Otros impuestos nacionales
244080 Otros impuestos departamentales
244085 Otros impuestos municipales
244090 Otros impuestos distritales
2445 IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - IVA
244501 Venta de bienes
244502 Venta de servicios
244503 Devoluciones en compra de bienes
244504 Devoluciones en compra de servicios
244505 Compra de bienes (Db)
244506 Compra de servicios (Db)
244507 Devoluciones en venta de bienes (Db)
244508 Devoluciones en venta de servicios (Db)
244575 Impuesto a las ventas retenido (Db)
244580 Valor pagado (Db)
2450 AVANCES Y ANTICIPOS RECIBIDOS
245001 Anticipos sobre ventas de bienes y servicios
245002 Anticipos sobre proyectos de inversión
245003 Anticipos sobre convenios y acuerdos
245008 Anticipos juegos de suerte y azar
245090 Otros avances y anticipos
2453 RECURSOS RECIBIDOS EN ADMINISTRACIÓN
245301 En administración
2455 DEPÓSITOS RECIBIDOS EN GARANTÍA
245501 Para servicios
245502 Para bienes
245503 Depósitos judiciales
245507 Depósitos sobre contratos
245509 Inventarios
245590 Otros depósitos
2457 RECURSOS RECIBIDOS POR EL FONDO DE SOLIDARIDAD Y GARANTÍA-FOSYGA
245701 Solidaridad
245702 Compensación
245703 Promoción <Denominación modificada por la Resolución 3 de 2013>
2460 CRÉDITOS JUDICIALES
246002 Sentencias
246003 Laudos arbitrales y conciliaciones extrajudiciales
246090 Otros créditos judiciales
2465 PREMIOS POR PAGAR
246501 Premios mayores pendientes de pago
246502 Premios secos pendientes de pago
246503 Premios de aproximaciones pendientes de pago
246550 Apuestas permanentes
246590 Otros premios
2466 SALDOS DISPONIBLES EN PATRIMONIOS AUTÓNOMOS Y OTROS RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN <Cuenta creada por la Resolución 38 de 2015>
246601 Reintegros de tesorería <Subcuenta creada por la Resolución 38 de 2015>
246602 Derechos fiduciarios cedidos <Subcuenta creada por la Resolución 38 de 2015>
2470 RECURSOS RECIBIDOS DE LOS SISTEMAS GENERALES DE PENSIONES Y RIESGOS PROFESIONALES
247001 Entidad administradora
247002 Fondo de solidaridad pensional
247003 Fondo para pensiones de invalidez
247004 Fondo para pensiones de sobrevivencia
247005 Sistema general de riesgos profesionales
2475 RECURSOS RECIBIDOS DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
247501 Cotizaciones
247502 Solidaridad
247503 Superávit por compensación
247504 Promoción y prevención
247505 Incapacidades
247506 Licencias de maternidad
247507 Rendimientos a declarar
247590 Otros ingresos al sistema
2480 ADMINISTRACIÓN Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD
248001 Subsidio a la oferta
248002 Régimen subsidiado
248004 Acciones de salud pública
248021 Apoyo a cotización de madres comunitarias
248022 Atención en salud – FOSYGA ECAT
248023 Atención servicios de salud no incluidos en el POS - FOSYGA
2490 OTRAS CUENTAS POR PAGAR
249001 Préstamos a asociados
249005 A socios y accionistas
249007 Cuentas en participación
249011 Esquemas de pago
249013 Recursos de acreedores reintegrados por entidades públicas
249014 Faltantes en bienes aprehendidos o incautados
249015 Obligaciones pagadas por terceros
249017 Donación, destrucción, muestra para análisis de bienes aprehendidos o incautados
249018 Conmutación pensional
249019 Garantías contractuales-Concesiones <Subcuenta creada por el artículo
2 de la Resolución 237 de 2010>
249020 Fiscalización del Sistema General de Regalías <Subcuenta creada por
la Resolución 139 de 2012>
249021 Monitoreo, seguimiento, control y evaluación del Sistema General de Regalías <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
249022 Funcionamiento del Sistema General de Regalías <Subcuenta creada
por la Resolución 139 de 2012>
249023 Apoyo para el fortalecimiento de las Secretarías Técnicas de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión del SGR <Subcuenta creada por
el artículo 1 de la Resolución 52 de 2013>
249024 Recursos de FONTV recibidos no ejecutados <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 499 de 2013>
25 OBLIGACIONES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL
2505 SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES
250501 Nómina por pagar
250502 Cesantías
250503 Intereses sobre cesantías
250504 Vacaciones
250505 Prima de vacaciones
250506 Prima de servicios
250507 Prima de navidad
250508 Indemnizaciones
250509 Licencias
250512 Bonificaciones
250515 Otras primas
250590 Otros salarios y prestaciones sociales
2510 PENSIONES Y PRESTACIONES ECONÓMICAS POR PAGAR
251001 Pensiones de jubilación patronales
251002 Retroactivos y reintegros pensionales
251003 Indemnización sustitutiva
251004 Auxilio funerario
251005 Mesadas pensionales no reclamadas
251006 Cuotas partes de pensiones
251090 Otras prestaciones económicas
2550 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
255001 Contratos de capitación - Contributivo
255002 Contratos por evento y otras modalidades - Contributivo <Denominación modificada por el artículo 2 de la Resolución 564 de 2015>
255003 Promoción y prevención- Contributivo
255004 Sistema de garantía y calidad - Contributivo
255005 Reaseguro enfermedades de alto costo - Contributivo
255006 Incapacidades - Contributivo
255007 Contratos de capitación - Subsidiado
255008 Contratos por eventos y otras modalidades - Subsidiado <Denominación modificada por el artículo 2 de la Resolución 564 de 2015>
255009 Promoción y prevención- Subsidiado
255010 Sistema de garantía y calidad - Subsidiado
255011 Reaseguro enfermedades de alto costo- Subsidiado
255012 Contratos de capitación - Complementarios
255013 Contratos por eventos - Complementario
255014 Promoción y prevención - Complementario
255015 Sistema de garantía y calidad - Complementario
255016 Reaseguro enfermedades de alto costo - Complementario
255017 Auxilios y servicios funerarios - Complementario
255018 Obligaciones por servicios no POS <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 564 de 2015>
255090 Otros gastos de seguridad social en salud
2560 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN RIESGOS PROFESIONALES
256001 Servicio de prevención
256002 Prestaciones asistenciales
256003 Subsidio por incapacidad temporal
256004 Indemnización por incapacidad permanente parcial
256005 Pensión de invalidez
256006 Pensión de sobrevivientes
256007 Auxilio funerario
256008 Salud ocupacional
256009 Rehabilitación Profesional
256090 Otras obligaciones por riesgos profesionales
2570 OBLIGACIONES DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES <Denominación modificada por la Resolución 634 de 2014>
257001 Prestaciones económicas
257002 Pensiones y retroactivos pensionales
257003 Reintegros pensionales
257004 Indemnizaciones sustitutivas
257005 Auxilios funerarios
257006 Cuotas partes de pensiones
257090 Otras prestaciones por pagar sistema de pensiones
26 OTROS BONOS Y TÍTULOS EMITIDOS
2625 BONOS PENSIONALES
262501 Cuotas partes de bonos pensionales emitidos
262502 Cuotas partes de bonos pensionales emitidos por amortizar (Db) <Subcuenta eliminada por la Resolución 633 de 2014>
262503 Asegurador - Cuotas partes de bonos pensionales emitidos <Subcuenta eliminada por la Resolución 634 de 2014>
262504 Asegurador - Cuotas partes de bonos pensionales emitidos por amortizar (Db) <Subcuenta eliminada por la Resolución 634 de 2014>
2630 TÍTULOS EMITIDOS
263001 Títulos de devolución de impuestos – TIDIS
263002 Certificados de reembolso tributario - CERT
263003 Certificados de desarrollo turístico – CDTUR
263004 Títulos de desarrollo agropecuario –TDA
263090 Otros títulos emitidos
27 PASIVOS ESTIMADOS
2705 PROVISIÓN PARA OBLIGACIONES FISCALES
270501 Impuesto sobre la renta y complementarios
270502 Impuesto de industria y comercio
270503 Impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) <Subcuenta creada por la Resolución 159 de 2013>
270507 Sobretasa al impuesto sobre la renta para la equidad–CREE <Subcuenta creada por la Resolución 41 de 2015>
270590 Otras provisiones para obligaciones fiscales
2710 PROVISIÓN PARA CONTINGENCIAS
271005 Litigios
271006 Obligaciones potenciales
271007 Garantía estatal en el régimen de prima media con prestación definida
271008 Fondos de pensiones
271009 Garantías contractuales
271010 Estimación técnica del riesgo de garantías otorgadas – FNG
271011 Riesgos no asegurados
271012 Devolución de bienes aprehendidos o incautados
271014 Conmutación pensional
271015 Mecanismos alternativos de solución de conflictos
271016 Reserva técnica para el pago de premios <Subcuenta creada por el
artículo 1 de la Resolución 558 de 2008>
271017 Garantías contractuales-Concesiones <Subcuenta creada por el artículo
2 de la Resolución 237 de 2010>
271090 Otras provisiones para contingencias
2715 PROVISIÓN PARA PRESTACIONES SOCIALES
271501 Cesantías
271502 Intereses sobre cesantías
271503 Vacaciones
271504 Prima de servicios
271506 Prima de vacaciones
271507 Bonificaciones
271509 Prima de navidad
271512 Otras primas
271590 Otras provisiones para prestaciones sociales
2720 PROVISIÓN PARA PENSIONES
272003 Cálculo actuarial de pensiones actuales
272004 Pensiones actuales por amortizar (Db)
272005 Cálculo actuarial de futuras pensiones
272006 Futuras pensiones por amortizar (Db)
272007 Cálculo actuarial de cuotas partes de pensiones
272008 Cuotas partes de pensiones por amortizar (Db)
272009 Asegurador - Cálculo actuarial de pensiones actuales <Subcuenta eliminada por la Resolución 634 de 2014>
272010 Asegurador - Pensiones actuales por amortizar (Db) <Subcuenta eliminada por la Resolución 634 de 2014>
272011 Asegurador - Cálculo actuarial de futuras pensiones <Subcuenta eliminada por la Resolución 634 de 2014>
272012 Asegurador - Futuras pensiones por amortizar (Db) <Subcuenta eliminada por la Resolución 634 de 2014>
272013 Asegurador - Cálculo actuarial de cuotas partes de pensiones <Subcuenta eliminada por la Resolución 634 de 2014>
272014 Asegurador - Cuotas partes de pensiones por amortizar (Db) <Subcuenta eliminada por la Resolución 634 de 2014>
2721 PROVISIÓN PARA BONOS PENSIONALES <Cuenta y Subcuentas eliminadas por la Resolución 633 de 2014>
272101 Liquidación provisional de cuotas partes de bonos pensionales
272102 Liquidación provisional de cuotas partes de bonos pensionales por amortizar (Db)
272103 Asegurador - Liquidación provisional de cuotas partes de bonos pensionales
272104 Asegurador - Liquidación provisional de cuotas partes de bonos pensionales por amortizar (Db)
2722 PASIVO PENSIONAL CONMUTADO
272201 Obligación pensional conmutada (Cr)
272202 Recursos entregados (Db)
2725 PROVISIÓN PARA SEGUROS Y REASEGUROS
272501 Indemnizaciones y demandas
272502 Seguros y capitalizaciones
272503 Depósitos de reserva a reaseguradoras
272504 Desviación de siniestralidad
272505 Seguros especiales
272506 Técnica de títulos vigentes
272507 Riesgos en curso
272508 Reservas
272590 Otras provisiones para seguros
2730 P ROVISIÓN FONDOS DE GARANTÍAS
273001 Siniestros avisados
273002 Riesgos en curso
2790 PROVISIÓNES DIVERSAS
279004 Reparaciones y renovaciones
279005 Reposición de activos
279011 Contribuciones
279012 Servicios Públicos
279021 Reservas técnicas por servicios de salud autorizados <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 564 de 2015>
279022 Reservas técnicas por servicios de salud ocurridos no conocidos <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 564 de 2015>
279023 Reservas técnicas por incapacidades <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 564 de 2015>
279024 Otras reservas técnicas <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 564 de 2015>
279090 Otras provisiones diversas
29 OTROS PASIVOS
2905 RECAUDOS A FAVOR DE TERCEROS
290501 Regalías <Subcuenta modificada por la Resolución 3 de 2012>
290502 Impuestos
290503 Ventas por cuenta de terceros
290504 Sobretasa a la gasolina titularizada
290505 Cobro cartera de terceros
290506 Venta de bienes aprehendidos, incautados o declarados a favor de la Nación
290507 Recursos del Sistema General de Participaciones para los resguardos indígenas
290508 Cuota de fomento
290509 Seguro sobre préstamos
290510 Venta de servicio de telefonía móvil
290511 Venta de servicio de telecomunicaciones larga distancia
290512 Venta de servicio de directorio telefónico
290513 Venta de servicio de aseo
290514 Venta de servicio de acueducto y alcantarillado
290515 Venta de servicio de gas combustible
290516 Venta de servicio de televisión
290517 Convenios alumbrado público
290518 Recaudos del porcentaje y sobretasa ambiental al impuesto predial
290580 Recaudos por clasificar
290590 Otros recaudos a favor de terceros
2910 INGRESOS RECIBIDOS POR ANTICIPADO
291001 Intereses
291002 Comisiones
291005 Arrendamientos
291006 Honorarios
291007 Ventas
291010 Procesos de titularización nacionales
291011 Procesos de titularización en el exterior
291013 Contribuciones
291017 Venta de servicio de energía
291018 Venta de servicio de acueducto
291019 Venta de servicio de alcantarillado
291020 Venta de servicio de aseo
291021 Venta de servicio de gas combustible
291022 Venta de servicio de telecomunicaciones
291023 Recursos recibidos para fomentar telefonía social
291024 Regalías <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
291090 Otros ingresos recibidos por anticipado
2915 CRÉDITOS DIFERIDOS
291501 Crédito por corrección monetaria diferida
291502 Impuestos diferidos
291503 Ingresos diferidos
291504 Precios de contado spot de contrato a plazo
291508 Derechos de explotación
291511 Concesiones
291512 Contratos para la gestión de servicios públicos
291513 Prima de bonos y títulos de deuda pública interna de corto plazo
291514 Prima de bonos y títulos de deuda pública interna de largo plazo
291515 Prima de bonos y títulos de deuda pública externa de corto plazo
291516 Prima de bonos y títulos de deuda pública externa de largo plazo
291517 Prima de bonos y títulos de financiamiento interno de corto plazo
291518 Prima de bonos y títulos de financiamiento interno de largo plazo
291519 Prima de bonos y títulos de financiamiento externo de corto plazo
291520 Prima de bonos y títulos de financiamiento externo de largo plazo
291521 Prima en venta de opciones
291522 Transferencias condicionadas <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 499 de 2013>
291590 Otros créditos diferidos
2917 ANTICIPO DE IMPUESTOS
291701 Anticipo impuesto de renta
291702 Retención en la fuente del impuesto sobre la renta y complementarios
291703 Retención impuesto al valor agregado -IVA
291704 Retención impuesto de industria y comercio – ICA
291705 Anticipo de impuesto de industria y comercio
291706 Anticipo impuesto predial unificado <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
291707 Retención de impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) <Subcuenta creada por la Resolución 159 de 2013>
291708 Anticipo de impuesto sobre las ventas <Subcuenta creada por la Resolución 159 de 2013>
291709 Anticipo sobretasa al impuesto sobre la renta para la equidad–CREE <Subcuenta creada por la Resolución 41 de 2015>
291790 Anticipo otros impuestos <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
2921 OPERACIONES FONDOS DE GARANTÍAS
292101 Seguro de depósito liquidado por pagar
292102 Sobrantes prima seguro de depósito
292103 Sobrantes prima costo de garantía
2925 REGALÍAS DISTRIBUIDAS <Cuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
292501 Asignaciones directas <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
292502 Fondo de Ahorro y Estabilización (FAE) <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
292503 FONPET <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
292504 Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
292505 Fondo de Desarrollo Regional <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
292506 Fondo de Compensación Regional <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
292507 Fiscalización del Sistema del Sistema General de Regalías <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
292508 Monitoreo, seguimiento, control y evaluación del Sistema General de Regalías <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
292509 Funcionamiento del Sistema del Sistema General de Regalías <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
292510 Proyectos de inversión de los municipios ribereños del río Grande de la Magdalena y Canal del Dique <Subpartida creada por la Resolución 256 de 2014>
292511 Asignación para la paz <Subcuenta creada por la Resolución 573 de 2017>
292580 Regalías recaudadas (Db) <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
3 PATRIMONIO
31 HACIENDA PÚBLICA
3105 CAPITAL FISCAL
310501 Nación
310502 Departamento
310503 Distrito
310504 Municipio
310505 Sistema General de Regalías <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
310590 De otras entidades territoriales
3110 RESULTADO DEL EJERCICIO
311001 Excedente del ejercicio
311002 Déficit del ejercicio
3111 Resultado del ejercicio de entidades en procesos especiales. <Cuenta modificada por la Resolución 2 de 2012>
311101 Excedente del ejercicio
311102 Déficit del ejercicio
3115 SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN
311533 Inversiones en empresas industriales y comerciales del estado societarias
311534 Inversiones en sociedades de economía mixta
311535 Inversiones en sociedades públicas
311536 Inversiones en entidades privadas
311537 Inversiones en entidades del exterior
311538 Inversiones en entidades del sector solidario
311552 Terrenos
311553 Semovientes
311562 Edificaciones
311564 Plantas, ductos y túneles
311565 Redes, líneas y cables
311566 Maquinaria y equipo
311567 Equipo médico y científico
311568 Muebles enseres y equipo de oficina
311569 Equipos de comunicación y computación
311570 Equipos de transporte, tracción y elevación
311571 Equipos de comedor, cocina, despensa y hotelería
311576 Otros activos
3117 SUPERÁVIT POR EL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL
311730 Inversiones en empresas industriales y comerciales del estado societarias
311731 Inversiones en sociedades de economía mixta
311732 Inversiones en sociedades públicas
311733 Inversiones en entidades privadas
311734 Inversiones en entidades del exterior
3120 SUPERÁVIT POR DONACIÓN
312001 En dinero
312002 En especie
312003 En derechos
3125 PATRIMONIO PÚBLICO INCORPORADO
312525 Bienes
312526 Derechos
312527 Obligaciones (Db)
312530 Bienes pendientes de legalizar
312531 Bienes de uso permanente sin contraprestación
3128 PROVISIÓNES, AGOTAMIENTO, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES (DB)
312801 Provisiones para propiedades, planta y equipo
312802 Provisión para otros activos
312803 Agotamiento de recursos naturales no renovables
312804 Depreciación de propiedades, planta y equipo
312805 Amortización de propiedades, planta y equipo
312806 Amortización de bienes de uso público <Subcuenta renombrada por el
artículo 3 de la Resolución 237 de 2010>
312807 Amortización de otros activos
3140 PATRIMONIO DE ENTIDADES EN PROCESOS ESPECIALES
314001 Liquidación
314002 Fusión
314003 Escisión
314004 Supresión <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 276 de 2012>
32 PATRIMONIO INSTITUCIONAL
3203 APORTES SOCIALES
320301 Cuotas o partes de interés social
3204 CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO
320401 Capital autorizado
320402 Capital por suscribir (Db)
320403 Capital suscrito por cobrar (Db)
3206 CAPITAL DE FONDOS PARAFISCALES
320601 Capital de fondos parafiscales
3207 CAPITAL DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES <Cuenta creada por la Resolución 634 de 2014>
320701 Capital de los fondos de reservas de pensiones <Subcuenta creada por la Resolución 634 de 2014>
320702 Recaudos de cotizaciones en proceso <Subcuenta creada por la Resolución 634 de 2014>
320703 Cotizaciones por devolver a terceros <Subcuenta creada por la Resolución 634 de 2014>
320704 Efecto por el cambio de regulación contable <Subcuenta creada por la Resolución 634 de 2014>
3208 CAPITAL FISCAL
320801 Capital fiscal
3209 APORTE EN ESPECIE <Cuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 558 de 2008>
320901 Aporte de hidrocarburos <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 558 de 2008>
3210 PRIMA EN COLOCACIÓN DE ACCIONES, CUOTAS O PARTES DE INTERÉS SOCIAL
321001 Prima en colocación de acciones
321002 Prima en colocación de acciones por cobrar (Db)
321003 Prima en colocación de cuotas o partes de interés social
321004 Prima en colocación de cuotas o partes de interés social por cobrar (Db)
3215 RESERVAS
321501 Reservas de ley
321502 Reservas estatutarias
321503 Reservas ocasionales
321504 Reservas para readquisición de acciones y cuotas partes
321505 Fondos patrimoniales
321507 Reserva de resultado cambiario Banca Central
321508 Reserva para fluctuaciones de moneda banca central
321509 Reserva fondos de garantías
321511 Acciones y cuotas partes propias readquiridas (Db)
321590 Otras reservas
3220 DIVIDENDOS Y PARTICIPACIONES DECRETADOS EN ESPECIE
322001 Dividendos decretados en acciones
322002 Participaciones decretadas en cuotas o partes de interés social
3224 EXCEDENTES FINANCIEROS DISTRIBUIDOS (DB) <Cuenta eliminada por el por el artículo 2 de la Resolución 189 de 2010>
322401 Excedentes financieros distribuidos <Cuenta eliminada por el por el artículo 2 de la Resolución 189 de 2010>
3225 RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES
322501 Utilidad o excedentes acumulados
322502 Pérdida o déficit acumulados
322503 Utilidad acumulada por exposición a la inflación
322504 Pérdida acumulada por exposición a la inflación
3230 RESULTADOS DEL EJERCICIO
323001 Utilidad o excedente del ejercicio
323002 Pérdida o déficit del ejercicio
323003 Utilidad por exposición a la inflación
323004 Pérdida por exposición a la inflación
3233 Resultado del ejercicio de entidades en procesos especiales. <Cuenta modificada por la Resolución 718 de 2012>
323301 Utilidad o Excedente del ejercicio
323302 Pérdida o Déficit del ejercicio
3235 SUPERÁVIT POR DONACIÓN
323501 En dinero
323502 En especie
323503 En derechos
3237 SUPERÁVIT POR FORMACIÓN DE INTANGIBLES
323701 Crédito mercantil
323702 Know how
323790 Otros
3240 SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN
324033 Inversiones en empresas industriales y comerciales del estado societarias
324034 Inversiones en sociedades de economía mixta
324035 Inversiones en sociedades públicas
324036 Inversiones en entidades privadas
324037 Inversiones en entidades del exterior
324038 Inversiones en entidades del sector solidario
324052 Terrenos
324053 Semovientes
324054 Plantaciones agrícolas
324062 Edificaciones
324064 Plantas, ductos y túneles
324065 Redes, líneas y cables
324066 Maquinaria y equipo
324067 Equipo médico y científico
324068 Muebles enseres y equipo de oficina
324069 Equipos de comunicación y computación
324070 Equipos de transporte, tracción y elevación
324071 Equipos de comedor, cocina, despensa y hotelería
324077 Otros activos
3242 SUPERÁVIT BANCA CENTRAL
324201 Liquidación cuenta especial de cambio
324202 Ajuste de cambio reservas internacionales
324203 Por inversión neta en activos de la actividad cultural
3243 SUPERÁVIT POR EL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL
324331 Inversiones en empresas industriales y comerciales del estado societarias
324332 Inversiones en sociedades de economía mixta
324333 Inversiones en sociedades públicas
324334 Inversiones en entidades privadas
324335 Inversiones en entidades del exterior
3245 REVALORIZACIÓN DEL PATRIMONIO
324501 Capital
324502 Reservas
324503 Prima en colocación de acciones, cuotas o partes de interés social
324504 Donaciones
324505 Utilidad o pérdida de ejercicios anteriores
324506 Dividendos y participaciones decretados
324507 Patrimonio institucional incorporado
324508 Activos en período improductivo
3255 PATRIMONIO INSTITUCIONAL INCORPORADO
325525 Bienes
325526 Derechos
325527 Obligaciones (Db)
325530 Bienes pendientes de legalizar
325531 Bienes de uso permanente sin contraprestación
3258 EFECTO DEL SANEAMIENTO CONTABLE
325801 Efectivo
325802 Inversiones
325804 Deudores
325805 Inventarios
325806 Propiedades, planta y equipo
325807 Bienes de uso público <Subcuenta renombrada por el artículo 3 de
la Resolución 237 de 2010>
325808 Recursos naturales no renovables
325809 Otros activos
325810 Operaciones de crédito público
325811 Obligaciones financieras
325812 Cuentas por pagar
325813 Obligaciones laborales
325814 Bonos y títulos emitidos
325815 Pasivos estimados
325820 Otros pasivos
3259 EFECTO POR LA APLICACIÓN DEL RÉGIMEN DE CONTABILIDAD PÚBLICA
325901 Inversión social diferida (Db)
325902 Responsabilidades (Db)
325903 Provisión de bienes de arte y cultura (Cr)
325904 Otros bienes y derechos (Db)
325905 Principal y subalterna
3260 PATRIMONIO DE ENTIDADES EN PROCESOS ESPECIALES
326001 Liquidación
326002 Fusión
326003 Escisión
326004 Supresión <Subcuenta creada por la Resolución 718 de 2012>
3265 RECURSOS DE COFINANCIACIÓN
326501 Nación
326502 Departamento
326503 Municipio
3270 PROVISIONES, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES (DB )
327001 Provisiones para propiedades, planta y equipo
327002 Provisión para otros activos
327003 Depreciación de propiedades, planta y equipo
327004 Amortización de propiedades, planta y equipo
327005 Amortización de bienes de uso público <Subcuenta renombrada por
el artículo 3 de la Resolución 237 de 2010>
327006 Amortización de otros activos
4 INGRESOS
41 INGRESOS FISCALES
4105 TRIBUTARIOS
410501 Impuesto sobre la renta y complementarios
410502 Impuesto de registro
410503 Impuesto sobre aduana y recargos
410504 Impuesto al valor agregado - IVA
410507 Impuesto predial unificado
410508 Impuesto de industria y comercio
410509 Impuesto a la gasolina y ACPM
410511 Impuesto de timbre nacional
410512 Timbre sobre consulados en el exterior
410514 Impuesto de timbre nacional sobre salidas al exterior
410515 Impuesto de espectáculos públicos
410519 Impuesto de delineación urbana, estudios y aprobación de planos
410521 Impuesto de avisos, tableros y vallas
410522 Impuesto al consumo de tabaco y cigarrillos
410523 Impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares o participación porcentual
410524 Impuesto al consumo de cerveza
410526 Impuesto a degüello de ganado mayor
410527 Impuesto a degüello de ganado menor
410528 Impuestos de rifas, apuestas y juegos permitidos
410533 Impuesto sobre vehículos automotores
410535 Sobretasa a la gasolina
410536 Sobretasa al ACPM
410539 Impuesto a la explotación de oro, plata y platino
410540 Impuesto sobre armas y municiones
410541 Impuesto a las ventas por el sistema de clubes
410542 Impuesto por la ocupación de vías
410543 Impuesto por el uso del subsuelo
410545 Impuesto sobre el servicio de alumbrado público
410546 Impuesto a ganadores sorteos ordinarios
410547 Impuesto a ganadores sorteos extraordinarios
410548 Impuesto a loterías foráneas
410549 IVA de licores a productores
410551 Impuesto a la venta de cerveza 8%
410552 Gravamen a los movimientos financieros
410553 Impuesto unificado de azar y espectáculos
410554 Impuesto para preservar la seguridad democrática
410555 Impuesto al patrimonio
410556 Impuesto sobre los remates
410557 Impuesto con destino al Turismo <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 44 de 2010>
410558 Impuesto a publicidad exterior visual <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
410559 Impuesto de circulación y tránsito <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
410560 Impuesto de transporte de hidrocarburos <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
410561 Impuesto sobre telégrafos y teléfonos urbanos <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
410562 Sobretasa bomberil <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
410563 Impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) <Subcuenta creada por la Resolución 159 de 2013>
410564 Impuesto nacional al consumo <Subcuenta creada por la Resolución 159 de 2013>
410565 Impuesto nacional a la gasolina y el ACPM <Subcuenta creada por la Resolución 159 de 2013>
410566 Impuesto a la riqueza <Subcuenta creada por la Resolución 41 de 2015>
410567 Impuesto complementario de normalización tributaria al impuesto a la riqueza <Subcuenta creada por la Resolución 41 de 2015>
410568 Sobretasa al impuesto sobre la renta para la equidad–CREE <Subcuenta creada por la Resolución 41 de 2015>
410575 Otros impuestos nacionales
410580 Otros impuestos departamentales
410585 Otros impuestos municipales
410590 Otros impuestos distritales
4110 NO TRIBUTARIOS
411001 Tasas
411002 Multas
411003 Intereses
411004 Sanciones
411010 Regalías y compensaciones monetarias <Subcuenta eliminada por la Resolución 139 de 2012>
411011 Peajes
411014 Tarifa pro desarrollo
411015 Inscripciones
411016 Pliegos de licitaciones
411017 Formularios y especies valoradas
411018 Tarifa pro electrificación rural
411022 Ingresos contraprestación ICEL- CORELCA
411023 Extensión telefonía celular
411025 Participación en el transporte por oleoductos
411027 Estampillas
411028 Patentes
411032 Publicaciones
411034 Derechos de tránsito
411045 Cuotas de sostenimiento
411046 Licencias
411048 Registro y salvoconducto
411051 Concesiones
411054 Matrículas de vehículos
411055 Revisión de vehículos
411056 Calcomanías de vehículos
411057 Placas de vehículos
411058 Traspaso de vehículos
411059 Derechos de explotación
411060 Porcentaje y sobretasa ambiental al impuesto predial
411061 Contribuciones
411062 Cuota de fiscalización y auditaje
411063 Aporte sobre ingresos brutos de las notarías
411064 Cauciones efectivas
411065 FOSYGA – Compensación
411066 FOSYGA – Solidaridad
411067 FOSYGA – Promoción <Denominación modificada por la Resolución 3 de 2013>
411068 FOSYGA – ECAT
411069 Fondo de solidaridad pensional – Solidaridad
411070 Fondo de solidaridad pensional – Subsistencia
411071 Fondo de riesgos profesionales - Riesgos
411072 Renta del monopolio de juegos de suerte y azar
411073 Prima en contratos de estabilidad jurídica <Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 558 de 2008>
411074 Fosyga - Garantías para la salud <Subcuenta creada por la Resolución 160 de 2013>
411090 Otros ingresos no tributarios
4111 REGALÍAS <Cuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
411101 Hidrocarburos <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
411102 Minerales <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
4114 APORTES SOBRE LA NÓMINA
41 SENA
411402 ICBF
411403 ESAP
411405 Escuelas industriales e institutos técnicos
4115 RENTAS PARAFISCALES
411503 Cuota de fomento
411517 Fondo de promoción turística
411527 Fondo de prestaciones sociales del magisterio
411528 Contribución Parafiscal Cultura <Subpartida creada por la Resolución 626 de 2012>
411590 Otras rentas parafiscales
4195 DEVOLUCIONES Y DESCUENTOS (DB)
419501 Ingresos tributarios <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 391 de 2010>
419502 Ingresos no tributarios
419503 Rentas parafiscales
419505 Aportes y cotizaciones
419506 Impuesto sobre la renta y complementarlos <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419507 Impuesto de registro <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419508 Impuesto sobre aduana y recargos <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419509 Impuesto al Valor Agregado - IVA <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419510 Impuesto predial unificado <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419511 Impuesto de industria y comercio <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419512 Impuesto a la gasolina y ACPM <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419513 Impuesto de timbre nacional <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419514 Timbre sobre consulados en el exterior <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419515 Impuesto de timbre nacional sobre salidas al exterior <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419516 Impuesto de espectáculos públicos <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419517 Impuesto de delineación urbana, estudios y aprobación de planos <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419518 Impuesto de avisos, tableros y vallas <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419519 Impuesto al consumo de tabaco y cigarrillos <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419520 Impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares o participación porcentual <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419521 Impuesto al consumo de cerveza <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419522 Impuesto a degüello de ganado mayor <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419523 Impuesto a degüello de ganado menor <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419524 Impuestos de rifas, apuestas y juegos permitidos <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419525 Impuesto sobre vehículos automotores <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419526 Sobretasa a la gasolina <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419527 Sobretasa al ACPM <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419528 Impuesto a la explotación de oro, plata y platino <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419529 Impuestos sobre armas y municiones <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419530 Impuesto a las ventas por el sistema de clubes <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419531 Impuesto por la ocupación de vías <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419532 Impuesto por el uso del subsuelo <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419533 Impuesto sobre el servicio de alumbrado público <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419534 Impuesto a ganadores sorteos ordinarios <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419535 Impuesto a ganadores sorteos extraordinarios <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419536 Impuesto a loterías foráneas <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419537 IVA de licores a productores <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419538 Impuestos la venta de cerveza 8% <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419539 Gravamen a los movimientos financieros <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419540 Impuesto unificado de azar y espectáculos <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419541 Impuesto para preservar la seguridad democrática <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419542 Impuesto al patrimonio <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419543 Impuestos sobre los remates <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419544 Impuesto a publicidad exterior visual <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419545 Impuesto de circulación y tránsito <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419546 Impuesto de transporte de hidrocarburos <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419547 Impuesto sobre telégrafos y teléfonos urbanos <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419548 Sobretasa bomberil <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419549 Otros ingresos tributarios nacionales <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419550 Otros ingresos tributarios departamentales <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419551 Otros ingresos tributarios distritales <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419552 Otros Ingresos tributarios municipales <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 391 de 2010>
419553 Impuesto sobre la renta para la equidad-CREE <Subcuenta creada por la Resolución 459 de 2013>
419554 Impuesto nacional al consumo <Subcuenta creada por la Resolución 459 de 2013>
419555 Impuesto nacional a la gasolina y el ACPM <Subcuenta creada por la Resolución 459 de 2013>
419556 Impuesto a la riqueza <Subcuenta creada por la Resolución 41 de 2015>
419557 Impuesto complementario de normalización tributaria al impuesto a la riqueza <Subcuenta creada por la Resolución 41 de 2015>
419558 Sobretasa al impuesto sobre la renta para la equidad–CREE <Subcuenta creada por la Resolución 41 de 2015>
42 VENTA DE BIENES
4201 PRODUCTOS AGROPECUARIOS, DE SILVICULTURA, AVICULTURA Y PESCA <Cuenta renombrada por el artículo 3 de la Resolución 142 de 2009>
420101 Productos agrícolas
420102 Productos forestales
420103 Productos piscícolas
420104 Semovientes
420105 Productos avícolas <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 142 de 2009>
420106 Productos pecuarios <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 142 de 2009>
420190 Otros productos agropecuarios, de silvicultura, avicultura y pesca <Subcuenta renombrada por el artículo 3 de la Resolución 142 de 2009>
4202 PRODUCTOS DE MINAS Y MINERALES
420202 Petróleo crudo
420203 Gas natural
420205 Productos de minas
420206 Sal
420290 Otros productos de minas y minerales
4203 PRODUCTOS ALIMENTICIOS, BEBIDAS Y ALCOHOLES
420301 Licores, bebidas y alcoholes
420302 Productos alimenticios
420390 Otros Productos alimenticios bebidas y alcoholes
4204 PRODUCTOS MANUFACTURADOS
420401 Impresos y publicaciones
420402 Combustibles y otros derivados del petróleo
420403 Lubricantes
420404 Aditivos
420405 Productos químicos
420406 Medicamentos
420407 Medicamentos de uso veterinario
420408 Subproductos y residuos
420409 Productos artesanales
420410 Productos metalúrgicos y de microfundición
420411 Productos bélicos y explosivos
420412 Productos de madera
420413 Productos petroquímicos
420414 Prendas de vestir y calzado
420415 Equipos
420416 Productos agropecuarios, de silvicultura, avicultura y pesca <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 142 de 2009>
420490 Otros productos manufacturados
4206 CONSTRUCCIONES
420604 Edificaciones
420690 Otras construcciones
4210 BIENES COMERCIALIZADOS
421002 Terrenos
421003 Construcciones
421004 Impresos y publicaciones
421005 Especies valoradas
421006 Productos agrícolas <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
421007 Productos forestales <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
421008 Productos piscícolas <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
421010 Combustibles y otros derivados del petróleo
421011 Productos químicos
421012 Semovientes
421013 Lubricantes
421014 Aditivos
421015 Licores, bebidas y alcoholes
421016 Productos artesanales
421017 Productos bélicos y explosivos
421018 Material reactivo
421022 Petróleo crudo
421023 Gas natural
421025 Elementos para invidentes
421026 Equipos de comunicación y computación
421027 Aparatos telefónicos e identificadores de llamadas
421028 Medidores de agua, luz y gas
421029 Oro, plata, platino y otros metales adherentes
421030 Elementos de campaña
421031 Elementos de protección y seguridad personal
421032 Repuestos, equipos férreos y otros
421033 Equipo de transporte
421034 Muebles y enseres
421036 Material didáctico
421038 Maquinaria y elementos de ferretería
421040 Productos agropecuarios, de silvicultura, avicultura y pesca <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 142 de 2009>
421060 Medicamentos
421061 Materiales médico - quirúrgicos
421065 Víveres y rancho
421085 Productos pecuarios <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
421090 Otras ventas de bienes comercializados
421098 Bienes declarados a favor de la Nación
4295 DEVOLUCIONES, REBAJAS Y DESCUENTOS EN VENTA DE BIENES (DB)
429502 Bienes comercializados
429503 Productos agropecuarios, de silvicultura y pesca
429504 Productos de minas y minerales
429505 Productos alimenticios bebidas y alcoholes
429506 Productos manufacturados
429507 Construcciones
43 VENTA DE SERVICIOS
4305 SERVICIOS EDUCATIVOS
430507 Educación formal -Preescolar
430508 Educación formal – Básica primaria
430509 Educación formal – Básica secundaria
430510 Educación formal- Media académica
430511 Educación formal – Media técnica
430512 Educación formal - Superior formación técnica profesional
430513 Educación formal - Superior formación tecnológica
430514 Educación formal - Superior formación profesional
430515 Educación formal- Superior postgrados
430516 Educación formal – Investigación <Subcuenta creada por el artículo 1 de
la Resolución 315 de 2009>
430525 Educación no formal - Formación en artes y oficios
430526 Educación no formal-Validación de niveles y grados
430527 Educación no formal - Formación extensiva
430537 Educación informal - Continuada
430538 Educación informal- Validación para la educación formal
430539 Educación informal- Difusión artística y cultural
430550 Servicios conexos a la educación
4311 ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
431101 Unidad de pago por capitación régimen contributivo - UPC
431102 Unidad de pago por capitación adicional régimen contributivo -UPC
431103 Cuota moderadora régimen contributivo
431104 Copagos régimen contributivo
431105 Cuotas de inscripción y afiliación régimen contributivo
431106 Unidad de pago por Capitación régimen subsidiado- UPC
431107 Copagos régimen subsidiado
431108 Comisiones administradoras de riesgos profesionales
431109 Prestación de servicios a personas fuera del sistema
431110 Recobros SOAT
431111 Recobros ARP
431112 Recobro de enfermedades alto costo
431113 Recobro a empleadores
431114 Cuotas de inscripción y afiliación a planes complementarios
431119 Licencias de maternidad y paternidad <Subcuenta creada por la Resolución 160 de 2013>
431120 Incapacidades <Subcuenta creada por la Resolución 160 de 2013>
431121 Ajuste siniestralidad cuenta de alto costo <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 564 de 2015>
431190 Otros ingresos por la administración del sistema de seguridad social en salud
4312 SERVICIOS DE SALUD
431208 Urgencias - Consulta y procedimientos
431209 Urgencias - Observación
431217 Servicios ambulatorios - Consulta externa y procedimientos
431218 Servicios ambulatorios - Consulta especializada
431219 Servicios ambulatorios - Salud oral
431220 Servicios ambulatorios - Promoción y prevención
431221 Servicios ambulatorios - Otras actividades extramurales
431227 Hospitalización - Estancia general
431228 Hospitalización - Cuidados intensivos
431229 Hospitalización - Cuidados intermedios
431230 Hospitalización - Recién nacidos
431231 Hospitalización - Salud mental
431232 Hospitalización - Quemados
431233 Hospitalización - Otros cuidados especiales
431236 Quirófanos y salas de parto - Quirófanos
431237 Quirófanos y salas de parto - Salas de parto
431246 Apoyo diagnóstico - Laboratorio clínico
431247 Apoyo diagnóstico - Imagenología
431248 Apoyo diagnóstico - Anatomía patológica
431249 Apoyo diagnóstico - Otras unidades de apoyo diagnóstico
431256 Apoyo terapéutico - Rehabilitación y terapias
431257 Apoyo terapéutico - Banco de componentes anatómicos
431258 Apoyo terapéutico - Banco de sangre
431259 Apoyo terapéutico - Unidad renal
431260 Apoyo terapéutico - Unidad hemodinamia
431261 Apoyo terapéutico - Terapias oncológicas
431262 Apoyo terapéutico - Farmacia e insumos hospitalarios
431263 Apoyo terapéutico - Otras unidades de apoyo terapéutico
431287 Servicios conexos a la salud - Medio ambiente
431288 Servicios conexos a la salud - Ancianatos y albergues
431289 Servicios conexos a la salud - Centros y puestos de salud
431291 Servicios conexos a la salud - Servicios docentes
431292 Servicios conexos a la salud - Investigación Científica
431293 Servicios conexos a la salud - Medicina legal
431294 Servicios conexos a la salud - Servicios de ambulancias
431295 Servicios conexos a la salud – Otros servicios
4313 ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN RIESGOS PROFESIONALES
431301 Cotizaciones
431302 Recuperación Cartera
431303 Intereses de mora
431390 Otros ingresos por administración del sistema
4315 SERVICIO DE ENERGÍA
431517 Generación
431518 Transmisión
431519 Distribución
431520 Comercialización
4321 SERVICIO DE ACUEDUCTO
432108 Abastecimiento
432109 Distribución
432110 Comercialización
4322 SERVICIO DE ALCANTARILLADO
432205 Recolección y transporte
432206 Tratamiento de aguas residuales
432207 Comercialización
4323 SERVICIO DE ASEO
432307 Recolección domiciliaria
432308 Transporte
432309 Barrido y limpieza
432310 Transferencia
432311 Aprovechamiento
432312 Tratamiento
432313 Disposición final
432314 Corte de césped y poda de árboles
432315 Limpieza y lavado de áreas públicas
432316 Otros especiales
432317 Comercialización
4325 SERVICIO DE GAS COMBUSTIBLE
432525 Transporte gas natural
432526 Distribución gas natural
432527 Comercialización gas natural
432528 Transporte gas licuado de petróleo-GLP
432529 Distribución gas licuado de petróleo-GLP
432530 Comercialización mayorista gas licuado de petróleo- GLP
4330 SERVICIOS DE TRANSPORTE
433010 Servicio de transporte terrestre
433011 Servicio de transporte aéreo
433013 Servicios aeroportuarios
433014 Servicios aeronáuticos
433015 Servicio de terminal de transporte terrestre
433017 Servicio de transporte por ductos
433090 Otros servicios de transporte
4333 SERVICIOS DE COMUNICACIONES
433301 Correo nacional
433302 Correo internacional
433304 Comisiones de giro
433305 Radiodifusión sonora
433306 Difusión de televisión
433307 Programación y producción de televisión
433390 Otros servicios de comunicaciones
4335 SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES
433545 Local
433546 Local extendida
433547 Móvil rural
433548 Larga distancia
433549 Valor agregado
433550 Interconexión
433552 Comercialización
433590 Otros servicios de telecomunicaciones
4340 JUEGOS DE SUERTE Y AZAR
434001 Loterías ordinarias
434002 Apuestas permanentes
434003 Rifas
434004 Sorteos
434005 Juegos en línea
434006 Certificaciones y derechos
434007 Sorteos extraordinarios
434008 Licencias
434090 Otros juegos de suerte y azar
4345 SERVICIOS HOTELEROS Y DE PROMOCIÓN TURÍSTICA
434502 Campamentos
434503 Promoción de vacaciones y recreación
434504 Turismo
434505 Alojamiento
434506 Suministro de bebidas y alimentos
434590 Otros servicios hoteleros
4350 OPERACIONES DE COLOCACIÓN Y SERVICIOS FINANCIEROS
435001 Intereses y descuento amortizado de inversiones financieras
435004 Intereses y descuento amortizado de préstamos concedidos
435005 Utilidad en negociación y venta de cartera de créditos financieros
435008 Utilidad por compraventa de divisas
435010 Rendimiento por corrección monetaria
435012 Servicio de almacenaje
435014 Ingresos operacionales Leasing
435020 Administración de cartera
435021 Intereses de fondos vendidos ordinarios
435022 Intereses de fondos vendidos con compromiso de reventa
435090 Otros ingresos financieros
4353 OPERACIONES DE BANCA CENTRAL
435301 Diferencial cambiario de reservas internacionales
435302 Intereses y rendimientos de reservas internacionales
435303 Moneda emitida y metales preciosos
435304 Comisiones
435307 Intereses y rendimientos
435309 Utilidad por valoración a precios de mercado de las inversiones de reservas internacionales
435390 Otras operaciones de Banca Central
4355 SERVICIOS DE SEGUROS Y REASEGUROS
435501 Primas emitidas
435505 Reaseguros
435506 Cambios
435507 Técnica de títulos vigentes
435508 Liberación de reservas
435509 Reembolso de siniestros garantizados
435510 Cuotas recaudadas
435511 Remuneración por intermediación
435590 Otros servicios de seguros y reaseguros
4360 SERVICIOS DE DOCUMENTACIÓN E IDENTIFICACIÓN
436002 Documentos de identidad
436004 Pasaportes
436005 Salvoconductos
436006 Antecedentes y certificaciones
436007 Carnés
436008 Tarjetas profesionales
436009 Licencias de conducción
436090 Otros servicios de documentación e identificación
4370 SERVICIOS INFORMÁTICOS
437001 De procesamiento
437002 De desarrollo e implementación de software
437003 De arrendamiento de equipo y accesorios
437090 Otros servicios informáticos
4375 OPERACIONES FONDOS DE GARANTÍAS
437501 Prima seguro de depósito
437502 Prima costo de garantía
4390 OTROS SERVICIOS
439002 Servicios de apoyo industrial
439003 Transferencia de tecnología
439004 Asistencia técnica
439005 Servicios informativos
439006 Servicios de almacenamiento y pesaje
439007 Publicidad y propaganda
439008 Corporación de abastos
439014 Administración de proyectos
439016 Recreativos, culturales, y deportivos
439017 Servicios de investigación científica y tecnológica
439018 Servicio de matadero
439022 Organización de eventos
439026 Servicios de lavandería
439027 Administración y operación de mercados
439029 Servicios de seguridad y escolta
439030 Servicios de parqueadero
439090 Otros servicios
4395 DEVOLUCIONES, REBAJAS Y DESCUENTOS EN VENTA DE SERVICIOS (DB)
439501 Servicios educativos
439503 Servicio de energía
439505 Servicio de gas combustible
439506 Servicios de transporte
439507 Servicio de telecomunicaciones
439508 Juegos de suerte y azar
439509 Servicios hoteleros y de promoción turística
439510 Operaciones de colocación y servicios financieros
439511 Servicios de seguros y reaseguros
439512 Servicios de salud
439513 Servicios de documentación e identificación
439514 Servicio de acueducto
439515 Servicio de alcantarillado
439516 Servicio de aseo
439517 Servicios informáticos
439519 Servicios de comunicaciones
439590 Otros servicios
44 TRANSFERENCIAS
4408 SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES
440817 Participación para salud
440818 Participación para educación
440819 Participación para propósito general
440820 Participación para pensiones – Fondo nacional de pensiones de las entidades territoriales
440821 Programas de alimentación escolar
440822 Municipios y distritos con ribera sobre el Río Grande de la Magdalena
440823 Entidades territoriales indígenas
440824 Participación para agua potable y saneamiento básico <Código
adicionado por el artículo 1 de la Resolución 146 de 2008>
440825 Atención integral a la primera infancia <Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 558 de 2008>
4413 SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS <Cuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
441301 Asignaciones directas <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
441302 Para proyectos de ciencia, tecnología e innovación <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
441303 Para proyectos de desarrollo regional <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
441304 Para proyectos de desarrollo regional-compensación <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
441305 Para ahorro pensional territorial <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
441306 Para proyectos de inversión de los municipios ribereños del río Grande de la Magdalena y Canal del Dique <Subpartida creada por la Resolución 256 de 2014>
441310 Asignación para la paz <Subcuenta creada por la Resolución 573 de 2017>
441390 Otras transferencias del Sistema General de Regalías <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
4421 SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
442101 FOSYGA - Solidaridad
442102 FOSYGA - ECAT
442103 Fosyga - Promoción <Denominación modificada por la Resolución 3 de 2013>
4428 OTRAS TRANSFERENCIAS
442801 Para pago de pensiones y/o cesantías
442802 Para proyectos de inversión
442803 Para gastos de funcionamiento
442804 Para programas de salud
442805 Para programas de educación
442890 Otras transferencias
45 ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES
4501 COTIZACIONES
450101 Patronales
450102 Afiliados dependientes
450103 Afiliados independientes
4502 RECUPERACIÓN DE CARTERA
450201 Recuperación de cartera
4503 DEVOLUCIÓN DE APORTES DE LA ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
450301 Patronales
450302 Afiliados dependientes
450303 Afiliados independientes
4504 INTERESES DE MORA
450401 Cotizaciones
450402 Cuotas partes de bonos pensionales
450403 Cuotas partes de pensiones
450404 Cartera
4505 REINTEGROS PENSIONALES
450501 Reintegros pensionales
4506 CONVALIDACIÓN PENSIONAL
450601 Patronales
450602 Laborales
4507 RECONOCIMIENTO DE SEMANAS
450701 Patronales
450702 Laborales
4508 CONMUTACIÓN PENSIONAL
450801 Conmutación pensional
4509 CUOTAS PARTES DE BONOS PENSIONALES
450901 Cuotas partes de bonos pensionales
4510 CUOTAS PARTES DE PENSIONES
451001 Cuotas partes de pensiones
4511 APORTES ESTATALES
451101 Garantía estatal en el régimen de prima media con prestación definida
47 OPERACIONES INTERINSTITUCIONALES
4705 FONDOS RECIBIDOS
470508 Funcionamiento
470509 Servicio de la deuda
470510 Inversión
4720 OPERACIONES DE ENLACE
472080 Recaudos
472081 Devoluciones de ingresos
4722 OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECTIVO
472201 Cruce de cuentas
472203 Cuota de fiscalización y auditaje
472205 Desembolso de crédito externo no monetizado
472207 Cancelación de sentencias y conciliaciones
472209 Aplicación de títulos al pago de tributos
472210 Pago de obligaciones con títulos
472211 Sobrantes de títulos judiciales
472290 Otras operaciones sin flujo de efectivo
48 OTROS INGRESOS
4805 FINANCIEROS
480504 Intereses de deudores
480507 Rendimiento por reajuste monetario
480513 Intereses de mora
480520 Comisiones garantías otorgadas
480521 Rendimiento sobre depósitos judiciales
480522 Intereses sobre depósitos en instituciones financieras
480527 Dividendos y participaciones
480531 Prima amortizada de bonos y títulos de deuda pública interna de largo plazo
480532 Prima amortizada de bonos y títulos de deuda pública externa de largo plazo
480533 Prima amortizada de bonos y títulos de deuda pública interna de corto plazo
480534 Prima amortizada de bonos y títulos de deuda pública externa de corto plazo
480535 Rendimientos sobre recursos entregados en administración
<Subcuenta modificada por el artículo 2 de la Resolución 585 de 2009>
480536 Rendimientos encargos fiduciarios pensiones <Subcuenta eliminada
por el artículo 3 de la Resolución 585 de 2009>
480537 Comisiones
480538 Intereses de fondos vendidos ordinarios
480539 Intereses de fondos vendidos con compromiso de reventa
480571 Gestión en la recuperación de cartera improductiva
480572 Utilidad en derechos en fideicomiso
480573 Utilidad en negociación de divisas
480574 Prima amortizada de bonos y títulos de financiamiento interno de corto plazo
480575 Prima amortizada de bonos y títulos de financiamiento interno de largo plazo
480576 Prima amortizada de bonos y títulos de financiamiento externo de corto plazo
480577 Prima amortizada de bonos y títulos de financiamiento externo de largo plazo
480579 Intereses préstamos gubernamentales concedidos
480580 Utilidad en la valoración de derivados
480581 Prima en venta de opciones
480582 Utilidad en la valoración de opciones compradas
480584 Utilidad por valoración de las inversiones de administración de liquidez en títulos de deuda
480585 Utilidad por valoración de las inversiones de administración de liquidez en títulos participativos
480586 Utilidad por valoración de las inversiones con fines de política en títulos de deuda
480587 Utilidad en negociación y venta de inversiones en títulos de deuda
480588 Utilidad en negociación y venta de inversiones en títulos participativos
480589 Utilidad en titularización de activos
480590 Otros ingresos financieros
4806 AJUSTE POR DIFERENCIA EN CAMBIO
480601 Efectivo
480602 Deudores
480612 Adquisición de bienes y servicios nacionales
480613 Adquisición de bienes y servicios del exterior
480634 Operaciones de banca central e instituciones financieras
480636 Inversiones
480637 Operaciones de crédito público internas de corto plazo
480638 Operaciones de crédito público internas de largo plazo
480639 Operaciones de crédito público externas de corto plazo
480640 Operaciones de crédito público externas de largo plazo
480641 Financiamiento con Banca central
480642 Operaciones de financiamiento internas de corto plazo
480643 Operaciones de financiamiento internas de largo plazo
480644 Operaciones de financiamiento externas de corto plazo
480645 Operaciones de financiamiento externas de largo plazo
480690 Otros ajustes por diferencia en cambio
4807 UTILIDAD POR EL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL
480731 Inversiones en empresas industriales y comerciales del estado societarias
480732 Inversiones en sociedades de economía mixta
480733 Inversiones en sociedades públicas
480734 Inversiones en entidades privadas
480735 Inversiones en entidades del exterior
4808 OTROS INGRESOS ORDINARIOS
480801 Alimentación a empleados
480802 Venta de pliegos
480803 Cuotas partes de pensiones
480804 Cuotas partes de bonos pensionales
480805 Utilidad en venta de activos
480806 Publicaciones
480807 Margen en la comercialización de bienes y servicios
480808 Honorarios
480809 Excedentes financieros
480810 Títulos prescritos
480812 Recursos recibidos de las cajas de compensación familiar para actividades de promoción y prevención de la salud
480813 Comisiones
480814 Utilidad por operaciones de regulación económica de Banca Central distribuidas a la Nación
480815 Fotocopias
480816 Bienes y derechos recibidos que no constituyen formación bruta de capital
480817 Arrendamientos
480818 Contratos para la gestión de servicios públicos
480819 Donaciones
480820 Apoyo del Fondo Empresarial
480821 Subsidio gasolina motor corriente y ACPM
480822 Margen en la contratación de servicios de salud
480823 Incentivos tributarios
480824 Aportes pensionales <Subcuenta creada por la Resolución 635 de 2014>
480890 Otros ingresos ordinarios
4810 EXTRAORDINARIOS
481007 Sobrantes
481008 Recuperaciones
481047 Aprovechamientos
481049 Indemnizaciones
481050 Responsabilidades fiscales
481090 Otros ingresos extraordinarios
4815 AJUSTE DE EJERCICIOS ANTERIORES
481554 Ingresos fiscales
481555 Venta de bienes
481556 Venta de servicios
481557 Transferencias
481558 Administración del sistema general de pensiones
481559 Otros ingresos
49 AJUSTES POR INFLACIÓN
4905 CORRECIÓN MONETARIA
490523 Amortización del cargo por corrección monetaria diferida (Db)
490524 Amortización del crédito por corrección monetaria diferida
5 GASTOS
51 DE ADMINISTRACIÓN
5101 SUELDOS Y SALARIOS
510101 Sueldos del personal
510102 Jornales
510103 Horas extras y festivos
510105 Gastos de representación
510106 Remuneración servicios técnicos
510107 Personal supernumerario
510108 Sueldo por comisiones al exterior
510109 Honorarios
510113 Prima de vacaciones
510114 Prima de navidad
510117 Vacaciones
510118 Bonificación especial de recreación
510119 Bonificaciones
510123 Auxilio de transporte
510124 Cesantías
510125 Intereses a las cesantías
510130 Capacitación, bienestar social y estímulos
510131 Dotación y suministro a trabajadores
510133 Gastos deportivos y de recreación
510145 Salario integral
510146 Contratos de personal temporal
510147 Viáticos
510148 Gastos de viaje
510149 Comisiones
510150 Bonificación por servicios prestados
510151 Estímulo a la eficiencia
510152 Prima de servicios
510155 Remuneración electoral
510157 Partida de alimentación soldados y orden público
510159 Subsidio de vivienda
510160 Subsidio de alimentación
510162 Subsidio de carestía
510163 Aportes a fondos mutuos de inversión
510164 Otras primas
510190 Otros sueldos y salarios
5102 CONTRIBUCIONES IMPUTADAS
510201 Incapacidades
510202 Subsidio familiar
510203 Indemnizaciones
510204 Gastos médicos y drogas
510206 Pensiones de jubilación patronales <Subcuenta creada por la Resolución 633 de 2014>
510207 Cuotas partes de pensiones <Subcuenta creada por la Resolución 633 de 2014>
510209 Amortización cálculo actuarial pensiones actuales
510210 Amortización cálculo actuarial de futuras pensiones
510211 Amortización cálculo actuarial de cuotas partes de pensiones
510212 Amortización de la liquidación provisional de cuotas partes de bonos pensionales <Subcuenta eliminada por la Resolución 633 de 2014>
510213 Cuotas partes de bonos pensionales emitidos <Subcuenta modificada por la Resolución 633 de 2014>
510215 Subsidio por dependiente
510290 Otras contribuciones imputadas
5103 CONTRIBUCIONES EFECTIVAS
510301 Seguros de vida
510302 Aportes a cajas de compensación familiar
510303 Cotizaciones a seguridad social en salud
510304 Aportes sindicales
510305 Cotizaciones a riesgos profesionales
510306 Cotizaciones a entidades administradoras del régimen de prima media
510307 Cotizaciones a entidades administradoras del régimen de ahorro individual
510308 Medicina prepagada
510390 Otras contribuciones efectivas
5104 APORTES SOBRE LA NÓMINA
510401 Aportes al ICBF
510402 Aportes al SENA
510403 Aportes ESAP
510404 Aportes a escuelas industriales e institutos técnicos
5111 GENERALES
511104 Loza y cristalería
511105 Gastos de organización y puesta en marcha
511106 Estudios y proyectos
511111 Comisiones, honorarios y servicios
511112 Obras y mejoras en propiedad ajena
511113 Vigilancia y seguridad
511114 Materiales y suministros
511115 Mantenimiento
511116 Reparaciones
511117 Servicios públicos
511118 Arrendamiento
511119 Viáticos y gastos de viaje
511120 Publicidad y propaganda
511121 Impresos, publicaciones, suscripciones y afiliaciones
511122 Fotocopias
511123 Comunicaciones y transporte
511125 Seguros generales
511127 Promoción y divulgación
511132 Diseños y estudios
511133 Seguridad industrial
511136 Implementos deportivos
511137 Eventos culturales
511139 Participaciones y compensaciones
511140 Contratos de administración
511142 Gastos de operación aduanera
511146 Combustibles y lubricantes
511147 Servicios portuarios y aeroportuarios
511149 Servicios de aseo, cafetería, restaurante y lavandería
511150 Procesamiento de información
511151 Gastos por control de calidad
511152 Consulta centrales de riesgo
511154 Organización de eventos
511155 Elementos de aseo, lavandería y cafetería
511156 Bodegaje
511157 Concursos y licitaciones
511158 Videos
511159 Licencias y salvoconductos
511160 Margen en la contratación servicios de salud <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 558 de 2008>
511161 Relaciones públicas
511162 Equipo de seguridad industrial
511163 Contratos de aprendizaje
511164 Gastos legales
511165 Intangibles
511166 Costas procesales
511167 Prima en contratos de estabilidad jurídica <Subcuenta adicionada por el artículo 1 de la Resolución 246 de 2009>
511168 Fiscalización del Sistema General de Regalías <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
511169 Monitoreo, seguimiento, control y evaluación del Sistema General de Regalías <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
511170 Funcionamiento del Sistema General de Regalías <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
511171 Apoyo para el fortalecimiento de las Secretarías Técnicas de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión del SGR <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 52 de 2013>
511190 Otros gastos generales
5120 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS
512001 Impuesto predial unificado
512002 Cuota de fiscalización y auditaje
512006 Valorización
512007 Multas
512008 Sanciones
512009 Impuesto de industria y comercio
512010 Tasas
512011 Impuesto sobre vehículos automotores
512012 Impuesto de registro
512013 Regalías y compensaciones monetarias
512017 Intereses de mora
512019 Registro y salvoconducto
512021 Impuesto para preservar la seguridad democrática
512023 Impuesto al patrimonio
512024 Gravamen a los movimientos financieros
512025 Impuesto de timbre
512026 Contribuciones
512027 Licencias
512028 Impuesto sobre aduana y recargos
512029 Impuestos, contribuciones y tasas en el exterior
512030 Impuesto nacional al consumo <Subcuenta creada por la Resolución 159 de 2013. Eliminada por la Resolución 459 de 2013>
512032 Impuesto a la riqueza <Subcuenta creada por la Resolución 41 de 2015>
512033 Impuesto complementario de normalización tributaria al impuesto a la riqueza <Subcuenta creada por la Resolución 41 de 2015>
512090 Otros impuestos
52 DE OPERACIÓN
5202 SUELDOS Y SALARIOS
520201 Sueldos del personal
520202 Jornales
520203 Horas extras y festivos
520204 Gastos de representación
520205 Remuneración servicios técnicos
520206 Personal supernumerario
520207 Sueldo por comisiones al exterior
520208 Honorarios
520212 Prima de vacaciones
520213 Prima de navidad
520216 Vacaciones
520217 Bonificación especial de recreación
520218 Bonificaciones
520220 Auxilio de transporte
520221 Cesantías
520222 Intereses a las cesantías
520223 Capacitación, bienestar social y estímulos
520224 Dotación y suministro a trabajadores
520225 Gastos deportivos y de recreación
520226 Salario integral
520227 Contratos de personal temporal
520228 Viáticos
520229 Gastos de viaje
520230 Comisiones
520231 Bonificación por servicios prestados
520232 Estímulo a la eficiencia
520233 Prima de servicios
520235 Remuneración electoral
520237 Partida de alimentación soldados y orden público
520239 Subsidio de vivienda
520240 Subsidio de alimentación
520242 Subsidio de carestía
520243 Aportes a fondos mutuos de inversión
520244 Otras primas
520290 Otros sueldos y salarios
5203 CONTRIBUCIONES IMPUTADAS
520301 Incapacidades
520302 Subsidio familiar
520303 Indemnizaciones
520304 Gastos médicos y drogas
520310 Amortización cálculo actuarial de futuras pensiones
520315 Subsidio por dependiente
520390 Otras contribuciones imputadas
5204 CONTRIBUCIONES EFECTIVAS
520401 Seguros de vida
520402 Aportes a cajas de compensación familiar
520403 Cotizaciones a seguridad social en salud
520404 Aportes sindicales
520405 Cotizaciones a riesgos profesionales
520406 Cotizaciones a entidades administradoras del régimen
de prima media
520407 Cotizaciones a entidades administradoras del régimen
de ahorro individual
520408 Medicina prepagada
520490 Otras contribuciones efectivas
5205 PROCESO DE COMPENSACIÓN FOSYGA <Cuenta creada por la Resolución 160 de 2013>
520501 Subcuenta de Compensación <Subcuenta creada por la Resolución 160 de 2013>
520502 Subcuenta de Solidaridad <Subcuenta creada por la Resolución 160 de 2013>
520503 Subcuenta de Promoción <Subcuenta creada por la Resolución 160 de 2013>
5207 APORTES SOBRE LA NÓMINA
520701 Aportes al ICBF
520702 Aportes al SENA
520703 Aportes ESAP
520704 Aportes a escuelas industriales e institutos técnicos
5211 GENERALES
521101 Moldes y troqueles
521102 Material quirúrgico
521103 Elementos de lencería y ropería
521104 Loza y cristalería
521105 Gastos de organización y puesta en marcha
521106 Estudios y proyectos
521107 Gastos de desarrollo
521108 Gastos de asociación
521109 Comisiones, honorarios y servicios
521110 Obras y mejoras en propiedad ajena
521111 Vigilancia y seguridad
521112 Materiales y suministros
521113 Mantenimiento
521114 Reparaciones
521115 Servicios públicos
521116 Arrendamiento
521117 Viáticos y gastos de viaje
521118 Publicidad y propaganda
521119 Impresos, publicaciones, suscripciones y afiliaciones
521120 Fotocopias
521121 Comunicaciones y transporte
521122 Gastos de ventas
521123 Seguros generales
521125 Promoción y divulgación
521126 Capacitación docente
521127 Prótesis y aparatos ortopédicos
521128 Alimentación escolar
521129 Materiales de educación
521130 Diseños y estudios
521131 Seguridad industrial
521132 Asistencia técnica agropecuaria
521133 Mantenimiento de caminos vecinales
521134 Implementos deportivos
521135 Eventos culturales
521136 Reubicación de asentamientos
521137 Participaciones y compensaciones
521138 Contratos de administración
521139 Sostenimiento de semovientes
521140 Gastos de operación aduanera
521141 Gastos reservados
521142 Apoyo a operaciones militares y de policía
521144 Combustibles y lubricantes
521145 Servicios portuarios y aeroportuarios
521146 Servicio de reclutamiento
521147 Servicios de aseo, cafetería, restaurante y lavandería
521148 Procesamiento de información
521149 Gastos por control de calidad
521150 Consulta centrales de riesgo
521151 Cesión de derechos de televisión
521152 Organización de eventos
521153 Elementos de aseo, lavandería y cafetería
521154 Bodegaje
521155 Concursos y licitaciones
521156 Videos
521157 Licencias y salvoconductos
521158 Gastos de exploración
521159 Gastos de comercialización
521160 Relaciones públicas
521161 Equipo de seguridad industrial
521162 Contratos de aprendizaje
521163 Gastos legales
521164 Intangibles
521165 Apoyo a campañas políticas
521166 Interventorías, auditorias y evaluaciones
521167 Asignación de bienes y servicios
521168 Costas procesales
521169 Reparación de víctimas
521170 Prima en contratos de estabilidad jurídica <Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 558 de 2008>
521190 Otros gastos generales
5220 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS
522001 Impuesto predial unificado
522002 Cuota de fiscalización y auditaje
522006 Valorización
522007 Multas
522008 Sanciones
522009 Impuesto de industria y comercio
522010 Tasas
522011 Impuesto sobre vehículos automotores
522012 Impuesto de registro
522013 Regalías y compensaciones monetarias
522017 Intereses de mora
522019 Registro y salvoconducto
522021 Impuesto para preservar la seguridad democrática
522023 Impuesto al patrimonio
522024 Gravamen a los movimientos financieros
522025 Impuesto de timbre
522026 Contribuciones
522027 Licencias
522028 Impuesto sobre aduana y recargos
522029 Impuestos, contribuciones y tasas en el exterior
522030 Impuesto nacional al consumo <Subcuenta creada por la Resolución 159 de 2013. Eliminada por la Resolución 459 de 2013>
522031 Impuesto nacional a la gasolina y el ACPM <Subcuenta creada por la Resolución 159 de 2013>
522032 Impuesto a la riqueza <Subcuenta creada por la Resolución 41 de 2015>
522033 Impuesto complementario de normalización tributaria al impuesto a la riqueza <Subcuenta creada por la Resolución 41 de 2015>
522090 Otros impuestos
53 PROVISIONES, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES
5302 PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE INVERSIONES
530232 Inversiones de administración de liquidez
530233 Inversiones con fines de política en títulos de deuda
530234 Inversiones patrimoniales en entidades no controladas
530235 Inversiones patrimoniales en entidades controladas
5304 PROVISIÓN PARA DEUDORES
530404 Venta de bienes
530405 Prestación de servicios
530407 Servicios de salud
530408 Administración del sistema de seguridad social en salud
530409 Préstamos concedidos
530411 Recursos de los fondos de reservas de pensiones <Denominación modificada por la Resolución 634 de 2014>
530412 Administración del sistema de seguridad social en riesgos profesionales
530414 Servicio de energía
530415 Servicio de acueducto
530416 Servicio de alcantarillado
530417 Servicio de aseo
530418 Servicio de gas combustible
530419 Servicio de telecomunicaciones
530490 Otros deudores
5306 PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE INVENTARIOS
530601 Bienes producidos
530602 Mercancías en existencia
530603 Materias primas
530604 Envases y empaques
530605 Materiales para la producción de bienes
530606 Materiales para la prestación de servicios
530607 Inventarios en poder de terceros
5307 PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO
530701 Terrenos
530702 Semovientes
530705 Edificaciones
530706 Plantas, ductos y túneles
530707 Redes, líneas y cables
530708 Maquinaria y equipo
530709 Equipo médico y científico
530710 Muebles, enseres y equipo de oficina
530711 Equipos de comunicación y computación
530712 Equipo de transporte, tracción y elevación
530713 Equipos de comedor, cocina, despensa y hotelería
530714 Plantaciones agrícolas
5308 PROVISIÓN BIENES RECIBIDOS EN DACIÓN DE PAGO
530801 Muebles
530802 Inmuebles
530803 Acciones
530804 Participaciones
530890 Otros bienes recibidos en dación de pago
5309 PROVISIÓNES PARA PROTECCIÓN DE BIENES ENTREGADOS A TERCEROS
530901 Muebles
530902 Inmuebles
5313 PROVISIÓN PARA OBLIGACIONES FISCALES
531301 Impuesto sobre la renta y complementarios
531302 Impuesto de industria y comercio
531303 Impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) <Subcuenta creada por la Resolución 159 de 2013>
531304 Sobretasa al impuesto sobre la renta para la equidad–CREE <Subcuenta creada por la Resolución 41 de 2015>
531390 Otras provisiones para obligaciones fiscales
5314 PROVISIÓN PARA CONTINGENCIAS
531401 Litigios
531402 Obligaciones potenciales
531403 Garantía estatal en el régimen de prima media con prestación definida
531404 Fondos de pensiones
531405 Garantías contractuales
531406 Estimación técnica del riesgo de garantías otorgadas – FNG
531407 Riesgos no asegurados
531408 Devolución de bienes aprehendidos o incautados
531410 Conmutación pensional
531411 Mecanismos alternativos de solución de conflictos
531490 Otras provisiones para contingencias
5317 PROVISIÓNES DIVERSAS
531704 Reparaciones y renovaciones
531705 Reposición de activos
531706 Contribuciones
531790 Otras provisiones diversas
5318 PROVISIÓN FONDOS DE GARANTÍAS
531801 Riesgos en curso
5330 DEPRECIACIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO
533001 Edificaciones
533002 Plantas, ductos y túneles
533003 Redes, líneas y cables
533004 Maquinaria y equipo
533005 Equipo médico y científico
533006 Muebles, enseres y equipo de oficina
533007 Equipo de comunicación y computación
533008 Equipo de transporte, tracción y elevación
533009 Equipos de comedor, cocina, despensa y hotelería
5331 DEPRECIACIÓN DE BIENES ADQUIRIDOS EN LEASING FINANCIERO
533101 Inmuebles
533102 Maquinaria
533103 Equipo
533104 Muebles y enseres
533190 Otros activos
5344 AMORTIZACIÓN DE BIENES ENTREGADOS A TERCEROS
534401 Bienes muebles entregados en administración
534402 Bienes inmuebles entregados en administración
534403 Bienes muebles entregados en Leasing
534404 Bienes inmuebles entregados en Leasing
534405 Bienes muebles entregados en comodato
534406 Bienes inmuebles entregados en comodato
534407 Bienes muebles entregados en encargo fiduciario <Subcuenta
eliminada por el artículo 3 de la Resolución 585 de 2009>
534408 Bienes inmuebles entregados en encargo fiduciario <Subcuenta
eliminada por el artículo 3 de la Resolución 585 de 2009>
534409 Bienes muebles entregados en contratos de asociación
534410 Bienes inmuebles entregados en contratos de asociación
534411 Bienes muebles entregados en concesión
534412 Bienes inmuebles entregados en concesión
534490 Otros bienes entregados a terceros
5345 AMORTIZACIÓN DE INTANGIBLES
534501 Crédito mercantil
534502 Marcas
534503 Patentes
534504 Concesiones y franquicias
534505 Derechos
534506 Know how
534507 Licencias
534508 Software
534509 Servidumbres
534590 Otros intangibles
54 TRANSFERENCIAS
5401 TRANSFERENCIAS AL SECTOR PRIVADO
540102 Programas con el sector financiero
540103 Programas con el sector no financiero bajo control nacional
540104 Programas con el sector no financiero bajo control extranjero
540105 Programas con entidades sin fines de lucro que sirven a los hogares
540106 Programas con los hogares
540107 Garantía estatal en el régimen de prima media con prestación definida
540190 Otros programas
5408 SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES
540817 Participación para salud
540818 Participación para educación
540819 Participación para propósito general
540820 Participación para pensiones – Fondo nacional de pensiones de las entidades territoriales
540821 Programas de alimentación escolar
540822 Municipios y distritos con ribera sobre el Río Grande de la Magdalena
540823 Entidades territoriales indígenas
540824 Participación para agua potable y saneamiento básico <Código
adicionado por el artículo 1 de la Resolución 146 de 2008>
540825 Atención integral a la primera infancia <Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 558 de 2008>
5413 SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS <Cuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
541301 Asignaciones directas <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
541302 Para proyectos de ciencia, tecnología e innovación <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
541303 Para proyectos de desarrollo regional <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
541304 Para proyectos de desarrollo regional-compensación <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
541305 Para ahorro pensional territorial <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
541306 Para proyectos de inversión de los municipios ribereños del río Grande de la Magdalena y Canal del Dique <Subpartida creada por la Resolución 256 de 2014>
541310 Asignación para la paz <Subcuenta creada por la Resolución 573 de 2017>
541390 Otras transferencias del Sistema General de Regalías <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
5421 SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
542101 FOSYGA - Solidaridad
542102 FOSYGA - ECAT
542103 Fosyga - Promoción <Denominación modificada por la Resolución 3 de 2013>
5423 OTRAS TRANSFERENCIAS
542301 Para pago de pensiones y/o cesantías
542302 Para proyectos de inversión
542303 Para gastos de funcionamiento
542304 Para programas de salud
542305 Para programas de educación
542390 Otras transferencias
55 GASTO PÚBLICO SOCIAL
5501 EDUCACIÓN
550101 Sueldos y salarios
550102 Contribuciones imputadas
550103 Contribuciones efectivas
550104 Aportes sobre la nómina
550105 Generales
550106 Asignación de bienes y servicios
5502 SALUD
550201 Sueldos y salarios
550202 Contribuciones imputadas
550203 Contribuciones efectivas
550204 Aportes sobre la nómina
550205 Generales
550206 Asignación de bienes y servicios
550207 Condonación servicios de salud a vinculados
550208 Subsidio a la oferta
550210 Régimen subsidiado
550211 Fortalecimiento institucional para la prestación de servicios de salud
550212 FOSYGA – Compensación
550213 Fosyga - Promoción <Denominación modificada por la Resolución 3 de 2013>
550214 FOSYGA – Solidaridad
550215 FOSYGA - ECAT
550216 Acciones de salud pública
5503 AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO
550301 Sueldos y salarios
550302 Contribuciones imputadas
550303 Contribuciones efectivas
550304 Aportes sobre la nómina
550305 Generales
550306 Asignación de bienes y servicios
5504 VIVIENDA
550401 Sueldos y salarios
550402 Contribuciones imputadas
550403 Contribuciones efectivas
550404 Aportes sobre la nómina
550405 Generales
550406 Asignación de bienes y servicios
5505 RECREACI ÓN Y DEPORTE
550501 Sueldos y salarios
550502 Contribuciones imputadas
550503 Contribuciones efectivas
550504 Aportes sobre la nómina
550505 Generales
550506 Asignación de bienes y servicios
5506 CULTURA
550601 Sueldos y salarios
550602 Contribuciones imputadas
550603 Contribuciones efectivas
550604 Aportes sobre la nómina
550605 Generales
550606 Asignación de bienes y servicios
5507 DESARROLLO COMUNITARIO Y BIENESTAR SOCIAL
550701 Sueldos y salarios
550702 Contribuciones imputadas
550703 Contribuciones efectivas
550704 Aportes sobre la nómina
550705 Generales
550706 Asignación de bienes y servicios
5508 MEDIO AMBIENTE
550801 Actividades de conservación
550802 Actividades de recuperación
550803 Actividades de adecuación
550804 Investigación
550805 Educación, capacitación y divulgación ambiental
550806 Estudios y proyectos
550807 Asistencia técnica
550808 Transferencia de tecnología
550809 Manejo y administración de información
550890 Otros gastos en medio ambiente
5550 SUBSDIDIOS ASIGNADOS
555001 Para vivienda
555002 Para educación
555003 Para asistencia social
555004 Para atención en salud
555005 Para compra de tierra
555006 Para distritos de riego
555007 Para centros de conciliación y comisarías
555008 Servicio de energía
555009 Servicio de acueducto
555010 Servicio de alcantarillado
555011 Servicio de aseo
555012 Servicio de gas combustible
555013 Servicio de telecomunicaciones
555014 Al deporte
555015 Al transporte, consumo e importación de combustible
555090 Otros subsidios
57 OPERACIONES INTERINSTITUCIONALES
5705 FONDOS ENTREGADOS
570508 Funcionamiento
570509 Servicio de la deuda
570510 Inversión
5720 OPERACIONES DE ENLACE
572080 Recaudos
572081 Devoluciones de ingresos
5722 OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECTIVO
572201 Cruce de cuentas
572203 Cuota de fiscalización y auditaje
572205 Desembolso de crédito externo no monetizado
572207 Cancelación de sentencias y conciliaciones
572209 Aplicación de títulos al pago de tributos
572210 Pago de obligaciones con títulos
572211 Sobrantes de títulos judiciales
572290 Otras operaciones sin flujo de efectivo
58 OTROS GASTOS
5801 INTERESES
580109 Créditos judiciales
580110 Adquisición de bienes y servicios
580134 Operaciones de crédito público internas de corto plazo
580135 Operaciones de crédito público internas de largo plazo
580136 Operaciones de crédito público externas de corto plazo
580137 Operaciones de crédito público externas de largo plazo
580138 Financiamiento con Banca central
580139 Operaciones de financiamiento internas de corto plazo
580140 Operaciones de financiamiento internas de largo plazo
580141 Operaciones de financiamiento externas de corto plazo
580142 Operaciones de financiamiento externas de largo plazo
580144 Títulos que no constituyen operaciones de crédito público ni operaciones de financiamiento
580145 Intereses sobre depósitos en administración
580190 Otros intereses
5802 COMISIONES
580206 Adquisición de bienes y servicios
580227 Operaciones de crédito público internas de corto plazo
580228 Operaciones de crédito público internas de largo plazo
580229 Operaciones de crédito público externas de corto plazo
580230 Operaciones de crédito público externas de largo plazo
580231 Financiamiento con Banca central
580232 Operaciones de financiamiento internas de corto plazo
580233 Operaciones de financiamiento internas de largo plazo
580234 Operaciones de financiamiento externas de corto plazo
580235 Operaciones de financiamiento externas de largo plazo
580237 Comisiones sobre recursos entregados en administración <Subcuenta
modificada por el artículo 2 de la Resolución 585 de 2009>
580238 Comisiones y otros gastos bancarios
580239 Derechos en fideicomiso <Subcuenta creada por el artículo 1 de la
Resolución 585 de 2009>
580290 Otras comisiones
5803 AJUSTE POR DIFERENCIA EN CAMBIO
580301 Efectivo
580302 Deudores
580312 Adquisición de bienes y servicios nacionales
580313 Adquisición de bienes y servicios del exterior
580334 Operaciones de banca central e instituciones financieras
580336 Inversiones
580337 Operaciones de crédito público internas de corto plazo
580338 Operaciones de crédito público internas de largo plazo
580339 Operaciones de crédito público externas de corto plazo
580340 Operaciones de crédito público externas de largo plazo
580341 Financiamiento con Banca central
580342 Operaciones de financiamiento internas de corto plazo
580343 Operaciones de financiamiento internas de largo plazo
580344 Operaciones de financiamiento externas de corto plazo
580345 Operaciones de financiamiento externas de largo plazo
580390 Otros ajustes por diferencia en cambio
5805 FINANCIEROS
580512 Gastos financieros por reajuste monetario
580525 Sostenimiento en bolsa y registro
580526 Administración de fiducia
580527 Administración y emisión de títulos valores
580530 Descuento amortizado de bonos y títulos de deuda pública interna de largo plazo
580531 Descuento amortizado de bonos y títulos de deuda pública externa de largo plazo
580532 Descuento amortizado de bonos y títulos de deuda pública interna de corto plazo
580533 Descuento amortizado de bonos y títulos de deuda pública externa de corto plazo
580557 Seguros operaciones financieras
580558 Descuento en venta de cartera
580559 Pérdida en derechos en fideicomiso
580560 Pérdida en negociación de divisas
580561 Descuento amortizado de bonos y títulos de financiamiento interno de corto plazo
580562 Descuento amortizado de bonos y títulos de financiamiento interno de largo plazo
580563 Descuento amortizado de bonos y títulos de financiamiento externo de corto plazo
580564 Descuento amortizado de bonos y títulos de financiamiento externo de largo plazo
580565 Pérdida en la valoración de derivados
580566 Prima en compra de opciones
580567 Pérdida en la valoración de opciones vendidas
580568 Pérdida por valoración de las inversiones de administración de liquidez en títulos de deuda
580569 Pérdida por valoración de las inversiones de administración de liquidez en títulos participativos
580570 Pérdida por valoración de las inversiones con fines de política en títulos de deuda
580571 Pérdida en negociación y venta de inversiones en títulos de deuda
580572 Pérdida en negociación y venta de inversiones en títulos participativos
580573 Pérdida en la titularización de activos
580574 Pérdida en la gestión de la cartera improductiva adquirida
580590 Otros gastos financieros
5806 PÉRDIDA POR EL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL
580631 Inversiones en empresas industriales y comerciales del estado societarias
580632 Inversiones en sociedades de economía mixta
580633 Inversiones en sociedades públicas
580634 Inversiones en entidades privadas
580635 Inversiones en entidades del exterior
5808 OTROS GASTOS ORDINARIOS
580801 Pérdida en venta de activos
580802 Pérdida en retiro de activos
580803 Impuestos asumidos
580804 Incentivos tributarios
580805 Incentivos a sectores productivos
580806 Bienes aprehendidos o incautados
580807 Reconocimiento deuda ley 546/99
580808 Bienes y derechos trasladados por las empresas a otras entidades contables públicas
580809 Aportes en entidades no societarias
580810 Cofinanciación del sistema de transporte masivo de pasajeros
580811 Donaciones
580812 Sentencias
580813 Laudos arbitrales y conciliaciones extrajudiciales
580814 Margen en la contratación de los servicios de salud <Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 558 de 2008>
580815 Margen en la comercialización de bienes y servicios <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
580890 Otros gastos ordinarios
5810 EXTRAORDINARIOS
581003 Ajustes o mermas sin responsabilidad
581006 Pérdidas en siniestros
581010 Pérdida en escisiones
581090 Otros gastos extraordinarios
5815 AJUSTE DE EJERCICIOS ANTERIORES
581588 Gastos de administración
581589 Gastos de operación
581590 Provisiones, depreciaciones y amortizaciones
581591 Transferencias
581592 Gasto público social
581593 Otros gastos
5897 COSTOS Y GASTOS POR DISTRIBUIR
589701 Bienes producidos
589723 Servicios
5899 GASTOS ASIGNADOS A COSTOS DE PRODUCCIÓN Y/O A SERVICIOS
589901 Bienes producidos
589924 Servicios
589998 Gastos asignados (Cr)
59 CIERRE DE INGRESOS, GASTOS Y COSTOS
5905 CIERRE DE INGRESOS, GASTOS Y COSTOS
590501 Cierre de ingresos, gastos y costos
590502 Cierre corrección monetaria
6 COSTOS DE VENTAS Y OPERACIÓN
62 COSTO DE VENTAS DE BIENES
6205 BIENES PRODUCIDOS
620501 Productos agrícolas <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
620502 Productos forestales <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
620503 Productos piscícolas <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
620505 Petróleo crudo
620506 Gas natural
620507 Impresos y publicaciones
620508 Combustibles y otros derivados del petróleo
620509 Lubricantes
620510 Aditivos
620511 Productos químicos
620512 Subproductos y residuos
620513 Medicamentos
620514 Medicamentos de uso veterinario
620515 Productos artesanales
620516 Productos metalúrgicos y de microfundición
620517 Productos bélicos y explosivos
620518 Productos de madera
620519 Licores, bebidas y alcoholes
620520 Productos alimenticios
620521 Construcciones
620522 Productos de minas
620523 Sal
620525 Productos petroquímicos
620526 Prendas de vestir y calzado
620527 Semovientes
620528 Equipos
620529 Productos agropecuarios, de silvicultura, avicultura y pesca <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 142 de 2009>
620590 Otros bienes producidos
6210 BIENES COMERCIALIZADOS
621001 Terrenos
621002 Construcciones
621003 Impresos y publicaciones
621004 Especies valoradas
621005 Productos agrícolas <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
621006 Productos forestales <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
621007 Productos piscícolas <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
621008 Productos químicos
621009 Combustibles y otros derivados del petróleo
621010 Semovientes
621011 Lubricantes
621012 Aditivos
621013 Licores, bebidas y alcoholes
621015 Productos artesanales
621016 Productos bélicos y explosivos
621017 Material reactivo
621018 Oro, plata, platino y otros metales adherentes
621019 Petróleo crudo
621020 Gas natural
621022 Elementos para invidentes
621023 Medicamentos
621024 Materiales médico - quirúrgicos
621025 Víveres y rancho
621026 Productos pecuarios <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
621028 Equipos de comunicación y computación
621029 Aparatos telefónicos e identificadores de llamadas
621030 Medidores de agua, luz y gas
621031 Elementos de campaña
621032 Elementos de protección y seguridad personal
621033 Repuestos, equipos férreos y otros
621034 Equipo de transporte
621035 Muebles y enseres
621037 Material didáctico
621039 Maquinaria y elementos de ferretería
621040 Productos agropecuarios, de silvicultura, avicultura y pesca <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 142 de 2009>
621090 Otras ventas de bienes comercializados
621098 Bienes declarados a favor de la Nación
63 COSTO DE VENTAS DE SERVICIOS
6305 SERVICIOS EDUCATIVOS
630501 Educación formal - Preescolar
630502 Educación formal - Básica primaria
630503 Educación formal - Básica secundaria
630504 Educación formal - Media académica
630505 Educación formal - Media técnica
630506 Educación formal - Superior Formación técnica profesional
630507 Educación formal - Superior Formación tecnológica
630508 Educación formal - Superior Formación profesional
630509 Educación formal - Superior postgrado
630510 Educación no formal - Formación en artes y oficios
630511 Educación no formal - Validación de niveles y grados
630512 Educación no formal - Formación extensiva
630513 Educación informal - Continuada
630514 Educación informal - Validación para la educación formal
630515 Educación informal - Difusión artística y cultural
630516 Educación formal – Investigación <Subcuenta creada por el artículo 1 de
la Resolución 315 de 2009>
630550 Servicios conexos a la educación
6310 SERVICIOS DE SALUD
631001 Urgencias - Consulta y procedimientos
631002 Urgencias -Observación
631015 Servicios ambulatorios - Consulta externa y procedimientos
631016 Servicios ambulatorios - Consulta especializada
631017 Servicios ambulatorios - Actividades de salud oral
631018 Servicios ambulatorios - Actividades de promoción y prevención
631019 Servicios ambulatorios - Otras actividades extramurales
631025 Hospitalización - Estancia general
631026 Hospitalización - Cuidados intensivos
631027 Hospitalización - - Cuidados intermedios
631028 Hospitalización - Recién nacidos
631029 Hospitalización - Salud mental
631030 Hospitalización - Quemados
631031 Hospitalización - Otros cuidados especiales
631035 Quirófanos y salas de parto - Quirófanos
631036 Quirófanos y salas de parto - Salas de parto
631040 Apoyo diagnóstico - Laboratorio clínico
631041 Apoyo diagnóstico - Imagenología
631042 Apoyo diagnóstico - Anatomía patológica
631043 Apoyo diagnóstico - Otras unidades de apoyo diagnóstico
631050 Apoyo terapéutico - Rehabilitación y terapias
631051 Apoyo terapéutico - Banco de componentes anatómicos
631052 Apoyo terapéutico - Banco de sangre
631053 Apoyo terapéutico - Unidad renal
631054 Apoyo terapéutico - Unidad hemodinamia
631055 Apoyo terapéutico - Terapias oncológicas
631056 Apoyo terapéutico - Farmacia e insumos hospitalarios
631057 Apoyo terapéutico - Otras unidades de apoyo terapéutico
631060 Servicios conexos a la salud - Medio ambiente
631061 Servicios conexos a la salud - Ancianatos y albergues
631062 Servicios conexos a la salud - Centros y puestos de salud
631063 Servicios conexos a la salud - Servicios docentes
631064 Servicios conexos a la salud –Investigación científica
631065 Servicios conexos a la salud - Medicina legal
631066 Servicios conexos a la salud - Servicios de ambulancias
631067 Servicios conexos a la salud –Otros servicios
6345 SERVICIOS DE TRANSPORTE
634501 Servicio de transporte aéreo
634502 Servicio de transporte terrestre
634503 Servicios aeronáuticos
634504 Servicios aeroportuarios
634505 Servicio de terminal de transporte terrestre
634507 Servicio de transporte por oleoductos y poliductos
634590 Otros servicios de transporte
6350 SERVICIOS HOTELEROS Y DE PROMOCIÓN TURÍSTICA
635001 Alojamiento
635002 Suministro de bebidas y alimentos
635090 Otros servicios de hotelería y de promoción turística
6360 SERVICIOS PÚBLICOS
636001 Servicios públicos
6390 OTROS SERVICIOS
639001 Servicios de documentación e identificación
639002 Servicios informáticos
639003 Servicios recreativos, culturales y deportivos
639004 Servicios de apoyo industrial
639006 Servicios de comunicaciones
639007 Servicios de investigación científica y tecnológica
639008 Servicio de matadero
639010 Servicio de lavandería
639011 Servicios de programación y producción de televisión
639090 Otros servicios
64 COSTO DE OPERACIÓN DE SERVICIOS
6401 ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES
640104 Amortización cálculo actuarial pensiones actuales
640105 Amortización cálculo actuarial de futuras pensiones
640106 Amortización cálculo actuarial de cuotas partes de pensiones
640107 Amortización de la liquidación provisional de cuotas partes de bonos pensionales
640108 Amortización de cuotas partes de bonos pensionales emitidos
640111 Prestaciones económicas
6402 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
640201 Contratos de capitación - Contributivo
640202 Contratos por evento- Contributivo
640203 Promoción y prevención- Contributivo
640204 Sistema de garantía y calidad - Contributivo
640205 Reaseguro enfermedades de alto costo - Contributivo
640206 Incapacidades - Contributivo
640207 Contratos de capitación - Subsidiado
640208 Contratos por eventos - Subsidiado
640209 Promoción y prevención- Subsidiado
640210 Sistema de garantía y calidad - Subsidiado
640211 Reaseguro enfermedades de alto costo- Subsidiado
640212 Contratos de capitación - Complementario
640215 Sistema de garantía y calidad – Complementario
640216 Reaseguro enfermedades de alto costo - Complementario
640217 Auxilios y servicios funerarios - Complementario
640218 Licencias de maternidad y paternidad <Subcuenta creada por la Resolución 160 de 2013>
640219 Ajuste siniestralidad cuenta de alto costo <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 564 de 2015>
640220 Reservas técnicas por servicios de salud autorizados <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 564 de 2015>
640221 Reservas técnicas por servicios de salud ocurridos no conocidos <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 564 de 2015>
640222 Reservas técnicas por incapacidades <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 564 de 2015>
640223 Otras reservas técnicas <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 564 de 2015>
640290 Otros costos por la administración de la seguridad social en salud
6403 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN RIESGOS PROFESIONALES
640301 Servicio de prevención
640302 Prestaciones asistenciales
640303 Subsidio por incapacidad temporal
640304 Indemnización por incapacidad permanente parcial
640305 Pensión de invalidez
640306 Pensión de sobrevivientes
640307 Auxilio funerario
640308 Salud ocupacional
640309 Rehabilitación Profesional
640390 Otros costos por la administración de la seguridad social en riesgos profesionales
6410 OPERACIONES DE CAPTACIÓN Y SERVICIOS FINANCIEROS
641001 Intereses sobre depósitos y exigibilidades
641002 Intereses créditos de bancos y otras obligaciones financieras
641003 Comisiones
641004 Reajuste por corrección monetaria
641006 Administración y emisión de títulos valores
641009 Servicios de almacenaje
641014 Intereses crédito de redescuento
641015 Gravamen a los movimientos financieros
641090 Otros costos por operaciones de captación y servicios financieros
6411 OPERACIONES DE BANCA CENTRAL
641103 Depósitos Resolución 05 de 1997
641104 Comisiones
641105 Intereses por obligaciones en bancos del exterior
641106 Remuneración cuentas de depósito – Encaje
641107 Remuneración cuentas de depósito de la Dirección
General de Crédito Público y del Tesoro Nacional- DGCPTN
641108 Títulos canjeables por certificados de cambio
641109 Otros títulos de operaciones de mercado abierto
641110 Honorarios
641111 Costos de emisión de especies monetarias
641112 Diferencial cambiario de reservas internacionales
641113 Intereses y rendimientos de reservas internacionales
641114 Pérdida por valoración a precios de mercado de las inversiones de reservas internacionales
641190 Otros costos por operaciones de banca central
6412 POR SEGUROS Y REASEGUROS
641202 Seguros y capitalizaciones
641204 Desviación de siniestralidad
641205 Seguros especiales
641207 Constitución de reservas
641208 Reaseguros
641209 Remuneración a favor de intermediarios
641210 Siniestros liquidados
641290 Otros costos por servicios de seguros y reaseguros
6420 JUEGOS DE SUERTE Y AZAR
642001 Pago de premios
642002 Comisiones a distribuidores y loteros
642003 Bonificación por pago de premios
642004 Impresión de billetes
642005 Transporte
642006 Publicidad
642007 Reserva técnica para el pago de premios <Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 558 de 2008>
642090 Otros costos por juegos de suerte y azar
7 COSTOS DE PRODUCCIÓN
71 PRODUCCIÓN DE BIENES
7101 PRODUCTOS AGRÍCOLAS <Cuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710101 Materia prima <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710102 Materiales <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710103 Generales <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710104 Sueldos y salarios <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710105 Contribuciones imputadas <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710106 Contribuciones efectivas <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710107 Aportes sobre la nómina
710108 Depreciación y amortización <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710109 Impuestos <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710195 Traslado de costos (Cr) <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
7102 PRODUCTOS FORESTALES <Cuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710201 Materia prima <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710202 Materiales <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710203 Generales <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710204 Sueldos y salarios <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710205 Contribuciones imputadas <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710206 Contribuciones efectivas <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710207 Aportes sobre la nómina <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710208 Depreciación y amortización <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710209 Impuestos <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710295 Traslado de costos (Cr) <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
7103 PRODUCTOS PISCÍCOLAS <Cuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710301 Materia prima <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710302 Materiales <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710303 Generales <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710304 Sueldos y salarios <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710305 Contribuciones imputadas <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710306 Contribuciones efectivas <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710307 Aportes sobre la nómina <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710308 Depreciación y amortización <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710309 Impuestos <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
710395 Traslado de costos (Cr) <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
7104 SEMOVIENTES
710401 Materia prima
710402 Materiales
710403 Generales
710404 Sueldos y salarios
710405 Contribuciones imputadas
710406 Contribuciones efectivas
710407 Aportes sobre la nómina
710408 Depreciación y amortización
710409 Impuestos
710495 Traslado de costos (Cr)
7105 PRODUCTOS AGROPECUARIOS, DE SILVICULTURA, AVICULTURA Y PESCA <Cuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 142 de 2009>
710501 Materia prima <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 142 de 2009>
710502 Materiales <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 142 de 2009>
710503 Generales <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 142 de 2009>
710504 Sueldos y salarios <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 142 de 2009>
710505 Contribuciones imputadas <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 142 de 2009>
710506 Contribuciones efectivas <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 142 de 2009>
710507 Aportes sobre la nómina <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 142 de 2009>
710508 Depreciación y amortización <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 142 de 2009>
710509 Impuestos <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 142 de 2009>
710595 Traslados de costos (Cr) <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 142 de 2009>
7109 PETRÓLEO CRUDO
710901 Reservas extraídas
710902 Materiales
710903 Generales
710904 Sueldos y salarios
710905 Contribuciones imputadas
710906 Contribuciones efectivas
710907 Aportes sobre la nómina
710908 Depreciación y amortización
710909 Impuestos
710910 Regalías
710995 Traslado de costos (Cr)
7110 GAS NATURAL
711001 Reservas extraídas
711002 Materiales
711003 Generales
711004 Sueldos y salarios
711005 Contribuciones imputadas
711006 Contribuciones efectivas
711007 Aportes sobre la nómina
711008 Depreciación y amortización
711009 Impuestos
711010 Regalías
711095 Traslado de costos (Cr)
7114 PRODUCTOS DE MINAS
711401 Reservas extraídas
711402 Materiales
711403 Generales
711404 Sueldos y salarios
711405 Contribuciones imputadas
711406 Contribuciones efectivas
711407 Aportes sobre la nómina
711408 Depreciación y amortización
711409 Impuestos
711410 Regalías
711495 Traslado de costos (Cr)
7115 SAL
711501 Reservas extraídas
711502 Materiales
711503 Generales
711504 Sueldos y salarios
711505 Contribuciones imputadas
711506 Contribuciones efectivas
711507 Aportes sobre la nómina
711508 Depreciación y amortización
711509 Impuestos
711595 Traslado de costos (Cr)
7116 IMPRESOS Y PUBLICACIONES
711601 Materia prima
711602 Materiales
711603 Generales
711604 Sueldos y salarios
711605 Contribuciones imputadas
711606 Contribuciones efectivas
711607 Aportes sobre la nómina
711608 Depreciación y amortización
711609 Impuestos
711695 Traslado de costos (Cr)
7117 COMBUSTIBLES Y OTROS DERIVADOS DEL PETRÓLEO
711701 Materia prima
711702 Materiales
711703 Generales
711704 Sueldos y salarios
711705 Contribuciones imputadas
711706 Contribuciones efectivas
711707 Aportes sobre la nómina
711708 Depreciación y amortización
711709 Impuestos
711795 Traslado de costos (Cr)
7118 LUBRICANTES
711801 Materia prima
711802 Materiales
711803 Generales
711804 Sueldos y salarios
711805 Contribuciones imputadas
711806 Contribuciones efectivas
711807 Aportes sobre la nómina
711808 Depreciación y amortización
711809 Impuestos
711895 Traslado de costos (Cr)
7119 ADITIVOS
711901 Materia prima
711902 Materiales
711903 Generales
711904 Sueldos y salarios
711905 Contribuciones imputadas
711906 Contribuciones efectivas
711907 Aportes sobre la nómina
711908 Depreciación y amortización
711909 Impuestos
711995 Traslado de costos (Cr)
7120 P RODUCTOS QUÍMICOS
712001 Materia prima
712002 Materiales
712003 Generales
712004 Sueldos y salarios
712005 Contribuciones imputadas
712006 Contribuciones efectivas
712007 Aportes sobre la nómina
712008 Depreciación y amortización
712009 Impuestos
712095 Traslado de costos (Cr)
7121 SUBPRODUCTOS
712101 Materia prima
712102 Materiales
712103 Generales
712104 Sueldos y salarios
712105 Contribuciones imputadas
712106 Contribuciones efectivas
712107 Aportes sobre la nómina
712108 Depreciación y amortización
712109 Impuestos
712195 Traslado de costos (Cr)
7122 MEDICAMENTOS
712201 Materia prima
712202 Materiales
712203 Generales
712204 Sueldos y salarios
712205 Contribuciones imputadas
712206 Contribuciones efectivas
712207 Aportes sobre la nómina
712208 Depreciación y amortización
712209 Impuestos
712295 Traslado de costos (Cr)
7123 MEDICAMENTOS DE USO VETERINARIO
712301 Materia prima
712302 Materiales
712303 Generales
712304 Sueldos y salarios
712305 Contribuciones imputadas
712306 Contribuciones efectivas
712307 Aportes sobre la nómina
712308 Depreciación y amortización
712309 Impuestos
712395 Traslado de costos (Cr)
7124 PRODUCTOS ARTESANALES
712401 Materia prima
712402 Materiales
712403 Generales
712404 Sueldos y salarios
712405 Contribuciones imputadas
712406 Contribuciones efectivas
712407 Aportes sobre la nómina
712408 Depreciación y amortización
712409 Impuestos
712495 Traslado de costos (Cr)
7125 PRODUCTOS METALÚRGICOS Y DE MICROFUNDICIÓN
712501 Materia prima
712502 Materiales
712503 Generales
712504 Sueldos y salarios
712505 Contribuciones imputadas
712506 Contribuciones efectivas
712507 Aportes sobre la nómina
712508 Depreciación y amortización
712509 Impuestos
712595 Traslado de costos (Cr)
7126 PRODUCTOS BÉLICOS Y EXPLOSIVOS
712601 Materia prima
712602 Materiales
712603 Generales
712604 Sueldos y salarios
712605 Contribuciones imputadas
712606 Contribuciones efectivas
712607 Aportes sobre la nómina
712608 Depreciación y amortización
712609 Impuestos
712695 Traslado de costos (Cr)
7127 PRODUCTOS DE MADERA
712701 Materia prima
712702 Materiales
712703 Generales
712704 Sueldos y salarios
712705 Contribuciones imputadas
712706 Contribuciones efectivas
712707 Aportes sobre la nómina
712708 Depreciación y amortización
712709 Impuestos
712795 Traslado de costos (Cr)
7128 LICORES, BEBIDAS Y ALCOHOLES
712801 Materia prima
712802 Materiales
712803 Generales
712804 Sueldos y salarios
712805 Contribuciones imputadas
712806 Contribuciones efectivas
712807 Aportes sobre la nómina
712808 Depreciación y amortización
712809 Impuestos
712895 Traslado de costos (Cr)
7129 P RODUCTOS ALIMENTICIOS
712901 Materia prima
712902 Materiales
712903 Generales
712904 Sueldos y salarios
712905 Contribuciones imputadas
712906 Contribuciones efectivas
712907 Aportes sobre la nómina
712908 Depreciación y amortización
712909 Impuestos
712995 Traslado de costos (Cr)
7130 CONSTRUCCIONES
713001 Materiales
713002 Generales
713003 Sueldos y salarios
713004 Contribuciones imputadas
713005 Contribuciones efectivas
713006 Aportes sobre la nómina
713007 Depreciación y amortización
713008 Impuestos
713095 Traslado de costos (Cr)
7131 ESPECIES MONETARIAS
713101 Materia prima
713102 Materiales
713103 Generales
713104 Sueldos y salarios
713105 Contribuciones imputadas
713106 Contribuciones efectivas
713107 Aportes sobre la nómina
713108 Depreciación y amortización
713109 Impuestos
713195 Traslado de costos (Cr)
7132 PRODUCTOS PETROQUÍMICOS
713201 Materia prima
713202 Materiales
713203 Generales
713204 Sueldos y salarios
713205 Contribuciones imputadas
713206 Contribuciones efectivas
713207 Aportes sobre la nómina
713208 Depreciación y amortización
713209 Impuestos
713295 Traslado de costos (Cr)
7135 PRENDAS DE VESTIR Y CALZADO
713501 Materia prima
713502 Materiales
713503 Generales
713504 Sueldos y salarios
713505 Contribuciones imputadas
713506 Contribuciones efectivas
713507 Aportes sobre la nómina
713508 Depreciación y amortización
713509 Impuestos
713595 Traslado de costos (Cr)
7136 EQUIPOS
713601 Materia prima
713602 Materiales
713603 Generales
713604 Sueldos y salarios
713605 Contribuciones imputadas
713606 Contribuciones efectivas
713607 Aportes sobre la nómina
713608 Depreciación y amortización
713609 Impuestos
713695 Traslado de costos (Cr)
7190 OTROS BIENES PRODUCIDOS
719001 Materia prima
719002 Materiales
719003 Generales
719004 Sueldos y salarios
719005 Contribuciones imputadas
719006 Contribuciones efectivas
719007 Aportes sobre la nómina
719008 Depreciación y amortización
719009 Impuestos
719095 Traslado de costos (Cr)
72 SERVICIOS EDUCATIVOS
7201 EDUCACIÓN FORMAL - PREESCOLAR
720101 Materiales
720102 Generales
720103 Sueldos y salarios
720104 Contribuciones imputadas
720105 Contribuciones efectivas
720106 Aportes sobre la nómina
720107 Depreciación y amortización
720108 Impuestos
720195 Traslado de costos (Cr)
7202 EDUCACIÓN FORMAL - BÁSICA PRIMARIA
720201 Materiales
720202 Generales
720203 Sueldos y salarios
720204 Contribuciones imputadas
720205 Contribuciones efectivas
720206 Aportes sobre la nómina
720207 Depreciación y amortización
720208 Impuestos
720295 Traslado de costos (Cr)
7203 EDUCACIÓN FORMAL - BÁSICA SECUNDARIA
720301 Materiales
720302 Generales
720303 Sueldos y salarios
720304 Contribuciones imputadas
720305 Contribuciones efectivas
720306 Aportes sobre la nómina
720307 Depreciación y amortización
720308 Impuestos
720395 Traslado de costos (Cr)
7204 EDUCACIÓN FORMAL - MEDIA ACADÉMICA
720401 Materiales
720402 Generales
720403 Sueldos y salarios
720404 Contribuciones imputadas
720405 Contribuciones efectivas
720406 Aportes sobre la nómina
720407 Depreciación y amortización
720408 Impuestos
720495 Traslado de costos (Cr)
7205 EDUCACIÓN FORMAL - MEDIA TÉCNICA
720501 Materiales
720502 Generales
720503 Sueldos y salarios
720504 Contribuciones imputadas
720505 Contribuciones efectivas
720506 Aportes sobre la nómina
720507 Depreciación y amortización
720508 Impuestos
720595 Traslado de costos (Cr)
7206 EDUCACIÓN FORMAL - SUPERIOR – FORMACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL
720601 Materiales
720602 Generales
720603 Sueldos y salarios
720604 Contribuciones imputadas
720605 Contribuciones efectivas
720606 Aportes sobre la nómina
720607 Depreciación y amortización
720608 Impuestos
720695 Traslado de costos (Cr)
7207 EDUCACIÓN FORMAL – SUPERIOR – FORMACIÓN TECNOLÓGICA
720701 Materiales
720702 Generales
720703 Sueldos y salarios
720704 Contribuciones imputadas
720705 Contribuciones efectivas
720706 Aportes sobre la nómina
720707 Depreciación y amortización
720708 Impuestos
720795 Traslado de costos (Cr)
7208 EDUCACIÓN FORMAL – SUPERIOR – FORMACIÓN PROFESIONAL
720801 Materiales
720802 Generales
720803 Sueldos y salarios
720804 Contribuciones imputadas
720805 Contribuciones efectivas
720806 Aportes sobre la nómina
720807 Depreciación y amortización
720808 Impuestos
720895 Traslado de costos (Cr)
7209 EDUCACIÓN FORMAL - SUPERIOR - POSTGRADO
720901 Materiales
720902 Generales
720903 Sueldos y salarios
720904 Contribuciones imputadas
720905 Contribuciones efectivas
720906 Aportes sobre la nómina
720907 Depreciación y amortización
720908 Impuestos
720995 Traslado de costos (Cr)
7210 Educación formal – Investigación <Cuenta creada por el artículo 1 de
la Resolución 315 de 2009>
721001 Materiales <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 315 de
2009>
721002 Generales <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 315 de
2009>
721003 Sueldos y salarios <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución
315 de 2009>
721004 Contribuciones imputadas <Subcuenta creada por el artículo 1 de la
Resolución 315 de 2009>
721005 Contribuciones efectivas <Subcuenta creada por el artículo 1 de la
Resolución 315 de 2009>
721006 Aportes sobre la nómina <Subcuenta creada por el artículo 1 de
la Resolución 315 de 2009>
721007 Depreciación y amortización <Subcuenta creada por el artículo 1 de
la Resolución 315 de 2009>
721008 Impuestos <Subcuenta creada por el artículo 1 de
la Resolución 315 de 2009>
721095 Traslado de costos (Cr) <Subcuenta creada por el artículo 1 de
la Resolución 315 de 2009>
7219 EDUCACION NO FORMAL - FORMACIÓN EN ARTES Y OFICIOS
721901 Materiales
721902 Generales
721903 Sueldos y salarios
721904 Contribuciones imputadas
721905 Contribuciones efectivas
721906 Aportes sobre la nómina
721907 Depreciación y amortización
721908 Impuestos
721995 Traslado de costos (Cr)
7220 EDUCACION NO FORMAL - VALIDACIÓN DE NIVELES Y GRADOS
722001 Materiales
722002 Generales
722003 Sueldos y salarios
722004 Contribuciones imputadas
722005 Contribuciones efectivas
722006 Aportes sobre la nómina
722007 Depreciación y amortización
722008 Impuestos
722095 Traslado de costos (Cr)
7221 EDUCACION NO FORMAL-FORMACIÓN EXTENSIVA
722101 Materiales
722102 Generales
722103 Sueldos y salarios
722104 Contribuciones imputadas
722105 Contribuciones efectivas
722106 Aportes sobre la nómina
722107 Depreciación y amortización
722108 Impuestos
722195 Traslado de costos (Cr)
7231 EDUCACION INFORMAL - CONTINUADA
723101 Materiales
723102 Generales
723103 Sueldos y salarios
723104 Contribuciones imputadas
723105 Contribuciones efectivas
723106 Aportes sobre la nómina
723107 Depreciación y amortización
723108 Impuestos
723195 Traslado de costos (Cr)
7232 EDUCACION INFORMAL - VALIDACIÓN PARA LA EDUCACIÓN FORMAL
723201 Materiales
723202 Generales
723203 Sueldos y salarios
723204 Contribuciones imputadas
723205 Contribuciones efectivas
723206 Aportes sobre la nómina
723207 Depreciación y amortización
723208 Impuestos
723295 Traslado de costos (Cr)
7233 EDUCACION INFORMAL - DIFUSIÓN ARTÍSTICA Y CULTURAL
723301 Materiales
723302 Generales
723303 Sueldos y salarios
723304 Contribuciones imputadas
723305 Contribuciones efectivas
723306 Aportes sobre la nómina
723307 Depreciación y amortización
723308 Impuestos
723395 Traslado de costos (Cr)
7250 SERVICIOS CONEXOS A LA EDUCACIÓN
725001 Materiales
725002 Generales
725003 Sueldos y salarios
725004 Contribuciones imputadas
725005 Contribuciones efectivas
725006 Aportes sobre la nómina
725007 Depreciación y amortización
725008 Impuestos
725095 Traslado de costos (Cr)
73 SERVICIOS DE SALUD
7301 URGENCIAS - CONSULTA Y PROCEDIMIENTOS
730101 Materiales
730102 Generales
730103 Sueldos y salarios
730104 Contribuciones imputadas
730105 Contribuciones efectivas
730106 Aportes sobre la nómina
730107 Depreciación y amortización
730108 Impuestos
730195 Traslado de costos (Cr)
7302 URGENCIAS -OBSERVACIÓN
730201 Materiales
730202 Generales
730203 Sueldos y salarios
730204 Contribuciones imputadas
730205 Contribuciones efectivas
730206 Aportes sobre la nómina
730207 Depreciación y amortización
730208 Impuestos
730295 Traslado de costos (Cr)
7310 SERVICIOS AMBULATORIOS - CONSULTA EXTERNA Y PROCEDIMIENTOS
731001 Materiales
731002 Generales
731003 Sueldos y salarios
731004 Contribuciones imputadas
731005 Contribuciones efectivas
731006 Aportes sobre la nómina
731007 Depreciación y amortización
731008 Impuestos
731095 Traslado de costos (Cr)
7311 SERVICIOS AMBULATORIOS – CONSULTA ESPECIALIZADA
731101 Materiales
731102 Generales
731103 Sueldos y salarios
731104 Contribuciones imputadas
731105 Contribuciones efectivas
731106 Aportes sobre la nómina
731107 Depreciación y amortización
731108 Impuestos
731195 Traslado de costos (Cr)
7312 SERVICIOS AMBULATORIOS - SALUD ORAL
731201 Materiales
731202 Generales
731203 Sueldos y salarios
731204 Contribuciones imputadas
731205 Contribuciones efectivas
731206 Aportes sobre la nómina
731207 Depreciación y amortización
731208 Impuestos
731295 Traslado de costos (Cr)
7313 SERVICIOS AMBULATORIOS - PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN
731301 Materiales
731302 Generales
731303 Sueldos y salarios
731304 Contribuciones imputadas
731305 Contribuciones efectivas
731306 Aportes sobre la nómina
731307 Depreciación y amortización
731308 Impuestos
731395 Traslado de costos (Cr)
7314 SERVICIOS AMBULATORIOS - OTRAS ACTIVIDADES EXTRAMURALES
731401 Materiales
731402 Generales
731403 Sueldos y salarios
731404 Contribuciones imputadas
731405 Contribuciones efectivas
731406 Aportes sobre la nómina
731407 Depreciación y amortización
731408 Impuestos
731495 Traslado de costos (Cr)
7320 HOSPITALIZACIÓN - ESTANCIA GENERAL
732001 Materiales
732002 Generales
732003 Sueldos y salarios
732004 Contribuciones imputadas
732005 Contribuciones efectivas
732006 Aportes sobre la nómina
732007 Depreciación y amortización
732008 Impuestos
732095 Traslado de costos (Cr)
7321 HOSPITALIZACIÓN - CUIDADOS INTENSIVOS
732101 Materiales
732102 Generales
732103 Sueldos y salarios
732104 Contribuciones imputadas
732105 Contribuciones efectivas
732106 Aportes sobre la nómina
732107 Depreciación y amortización
732108 Impuestos
732195 Traslado de costos (Cr)
7322 HOSPITALIZACIÓN - CUIDADOS INTERMEDIOS
732201 Materiales
732202 Generales
732203 Sueldos y salarios
732204 Contribuciones imputadas
732205 Contribuciones efectivas
732206 Aportes sobre la nómina
732207 Depreciación y amortización
732208 Impuestos
732295 Traslado de costos (Cr)
7323 HOSPITALIZACIÓN - RECIÉN NACIDOS
732301 Materiales
732302 Generales
732303 Sueldos y salarios
732304 Contribuciones imputadas
732305 Contribuciones efectivas
732306 Aportes sobre la nómina
732307 Depreciación y amortización
732308 Impuestos
732395 Traslado de costos (Cr)
7324 HOSPITALIZACIÓN - SALUD MENTAL
732401 Materiales
732402 Generales
732403 Sueldos y salarios
732404 Contribuciones imputadas
732405 Contribuciones efectivas
732406 Aportes sobre la nómina
732407 Depreciación y amortización
732408 Impuestos
732495 Traslado de costos (Cr)
7325 HOSPITALIZACIÓN - QUEMADOS
732501 Materiales
732502 Generales
732503 Sueldos y salarios
732504 Contribuciones imputadas
732505 Contribuciones efectivas
732506 Aportes sobre la nómina
732507 Depreciación y amortización
732508 Impuestos
732595 Traslado de costos (Cr)
7326 HOSPITALIZACIÓN-OTROS CUIDADOS ESPECIALES
732601 Materiales
732602 Generales
732603 Sueldos y salarios
732604 Contribuciones imputadas
732605 Contribuciones efectivas
732606 Aportes sobre la nómina
732607 Depreciación y amortización
732608 Impuestos
732695 Traslado de costos (Cr)
7330 QUIRÓFANOS Y SALAS DE PARTO - QUIRÓFANOS
733001 Materiales
733002 Generales
733003 Sueldos y salarios
733004 Contribuciones imputadas
733005 Contribuciones efectivas
733006 Aportes sobre la nómina
733007 Depreciación y amortización
733008 Impuestos
733095 Traslado de costos (Cr)
7331 QUIRÓFANOS Y SALAS DE PARTO - SALAS DE PARTO
733101 Materiales
733102 Generales
733103 Sueldos y salarios
733104 Contribuciones imputadas
733105 Contribuciones efectivas
733106 Aportes sobre la nómina
733107 Depreciación y amortización
733108 Impuestos
733195 Traslado de costos (Cr)
7340 APOYO DIAGNÓSTICO - LABORATORIO CLÍNICO
734001 Materiales
734002 Generales
734003 Sueldos y salarios
734004 Contribuciones imputadas
734005 Contribuciones efectivas
734006 Aportes sobre la nómina
734007 Depreciación y amortización
734008 Impuestos
734095 Traslado de costos (Cr)
7341 APOYO DIAGNÓSTICO - IMAGENOLOGÍA
734101 Materiales
734102 Generales
734103 Sueldos y salarios
734104 Contribuciones imputadas
734105 Contribuciones efectivas
734106 Aportes sobre la nómina
734107 Depreciación y amortización
734108 Impuestos
734195 Traslado de costos (Cr)
7342 APOYO DIAGNÓSTICO - ANATOMÍA PATOLÓGICA
734201 Materiales
734202 Generales
734203 Sueldos y salarios
734204 Contribuciones imputadas
734205 Contribuciones efectivas
734206 Aportes sobre la nómina
734207 Depreciación y amortización
734208 Impuestos
734295 Traslado de costos (Cr)
7343 APOYO DIAGNÓSTICO - OTRAS UNIDADES DE APOYO DIAGNÓSTICO
734301 Materiales
734302 Generales
734303 Sueldos y salarios
734304 Contribuciones imputadas
734305 Contribuciones efectivas
734306 Aportes sobre la nómina
734307 Depreciación y amortización
734308 Impuestos
734395 Traslado de costos (Cr)
7349 APOYO TERAPÉUTICO - REHABILITACIÓN Y TERAPIAS
734901 Materiales
734902 Generales
734903 Sueldos y salarios
734904 Contribuciones imputadas
734905 Contribuciones efectivas
734906 Aportes sobre la nómina
734907 Depreciación y amortización
734908 Impuestos
734995 Traslado de costos (Cr)
7350 APOYO TERAPÉUTICO - BANCO DE COMPONENTES ANATÓMICOS
735001 Materiales
735002 Generales
735003 Sueldos y salarios
735004 Contribuciones imputadas
735005 Contribuciones efectivas
735006 Aportes sobre la nómina
735007 Depreciación y amortización
735008 Impuestos
735095 Traslado de costos (Cr)
7351 APOYO TERAPÉUTICO - BANCO DE SANGRE
735101 Materiales
735102 Generales
735103 Sueldos y salarios
735104 Contribuciones imputadas
735105 Contribuciones efectivas
735106 Aportes sobre la nómina
735107 Depreciación y amortización
735108 Impuestos
735195 Traslado de costos (Cr)
7352 APOYO TERAPÉUTICO - UNIDAD RENAL
735201 Materiales
735202 Generales
735203 Sueldos y salarios
735204 Contribuciones imputadas
735205 Contribuciones efectivas
735206 Aportes sobre la nómina
735207 Depreciación y amortización
735208 Impuestos
735295 Traslado de costos (Cr)
7353 APOYO TERAPÉUTICO - UNIDAD HEMODINAMIA
735301 Materiales
735302 Generales
735303 Sueldos y salarios
735304 Contribuciones imputadas
735305 Contribuciones efectivas
735306 Aportes sobre la nómina
735307 Depreciación y amortización
735308 Impuestos
735395 Traslado de costos (Cr)
7354 APOYO TERAPÉUTICO - TERAPIAS ONCOLÓGICAS
735401 Materiales
735402 Generales
735403 Sueldos y salarios
735404 Contribuciones imputadas
735405 Contribuciones efectivas
735406 Aportes sobre la nómina
735407 Depreciación y amortización
735408 Impuestos
735495 Traslado de costos (Cr)
7355 APOYO TERAPÉUTICO - FARMACIA E INSUMOS HOSPITALARIOS
735501 Materiales
735502 Generales
735503 Sueldos y salarios
735504 Contribuciones imputadas
735505 Contribuciones efectivas
735506 Aportes sobre la nómina
735507 Depreciación y amortización
735508 Impuestos
735595 Traslado de costos (Cr)
7356 APOYO TERAPÉUTICO - OTRAS UNIDADES DE APOYO TERAPÉUTICO
735601 Materiales
735602 Generales
735603 Sueldos y salarios
735604 Contribuciones imputadas
735605 Contribuciones efectivas
735606 Aportes sobre la nómina
735607 Depreciación y amortización
735608 Impuestos
735695 Traslado de costos (Cr)
7380 SERVICIOS CONEXOS A LA SALUD – MEDIO AMBIENTE
738001 Materiales
738002 Generales
738003 Sueldos y salarios
738004 Contribuciones imputadas
738005 Contribuciones efectivas
738006 Aportes sobre la nómina
738007 Depreciación y amortización
738008 Impuestos
738095 Traslado de costos (Cr)
7381 SERVICIOS CONEXOS A LA SALUD - ANCIANATOS Y ALBERGUES
738101 Materiales
738102 Generales
738103 Sueldos y salarios
738104 Contribuciones imputadas
738105 Contribuciones efectivas
738106 Aportes sobre la nómina
738107 Depreciación y amortización
738108 Impuestos
738195 Traslado de costos (Cr)
7382 SERVICIOS CONEXOS A LA SALUD - CENTROS Y PUESTOS DE SALUD
738201 Materiales
738202 Generales
738203 Sueldos y salarios
738204 Contribuciones imputadas
738205 Contribuciones efectivas
738206 Aportes sobre la nómina
738207 Depreciación y amortización
738208 Impuestos
738295 Traslado de costos (Cr)
7383 SERVICIOS CONEXOS A LA SALUD – SERVICIOS DOCENTES
738301 Materiales
738302 Generales
738303 Sueldos y salarios
738304 Contribuciones imputadas
738305 Contribuciones efectivas
738306 Aportes sobre la nómina
738307 Depreciación y amortización
738308 Impuestos
738395 Traslado de costos (Cr)
7384 SERVICIOS CONEXOS A LA SALUD - INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA
738401 Materiales
738402 Generales
738403 Sueldos y salarios
738404 Contribuciones imputadas
738405 Contribuciones efectivas
738406 Aportes sobre la nómina
738407 Depreciación y amortización
738408 Impuestos
738495 Traslado de costos (Cr)
7385 SERVICIOS CONEXOS A LA SALUD – MEDICINA LEGAL
738501 Materiales
738502 Generales
738503 Sueldos y salarios
738504 Contribuciones imputadas
738505 Contribuciones efectivas
738506 Aportes sobre la nómina
738507 Depreciación y amortización
738508 Impuestos
738595 Traslado de costos (Cr)
7386 SERVICIOS CONEXOS A LA SALUD - SERVICIO DE AMBULANCIAS
738601 Materiales
738602 Generales
738603 Sueldos y salarios
738604 Contribuciones imputadas
738605 Contribuciones efectivas
738606 Aportes sobre la nómina
738607 Depreciación y amortización
738608 Impuestos
738695 Traslado de costos (Cr)
7387 SERVICIOS CONEXOS A LA SALUD – OTROS SERVICIOS
738701 Materiales
738702 Generales
738703 Sueldos y salarios
738704 Contribuciones imputadas
738705 Contribuciones efectivas
738706 Aportes sobre la nómina
738707 Depreciación y amortización
738708 Impuestos
738795 Traslado de costos (Cr)
74 SERVICIOS DE TRANSPORTE
7401 SERVICIO DE TRANSPORTE AÉREO
740101 Materiales
740102 Generales
740103 Sueldos y salarios
740104 Contribuciones imputadas
740105 Contribuciones efectivas
740106 Aportes sobre la nómina
740107 Depreciación y amortización
740108 Impuestos
740195 Traslado de costos (Cr)
7402 SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE
740201 Materiales
740202 Generales
740203 Sueldos y salarios
740204 Contribuciones imputadas
740205 Contribuciones efectivas
740206 Aportes sobre la nómina
740207 Depreciación y amortización
740208 Impuestos
740295 Traslado de costos (Cr)
7403 SERVICIOS AERONÁUTICOS
740301 Materiales
740302 Generales
740303 Sueldos y salarios
740304 Contribuciones imputadas
740305 Contribuciones efectivas
740306 Aportes sobre la nómina
740307 Depreciación y amortización
740308 Impuestos
740395 Traslado de costos (Cr)
7404 SERVICIOS AEROPORTUARIOS
740401 Materiales
740402 Generales
740403 Sueldos y salarios
740404 Contribuciones imputadas
740405 Contribuciones efectivas
740406 Aportes sobre la nómina
740407 Depreciación y amortización
740408 Impuestos
740495 Traslado de costos (Cr)
7405 SERVICIO DE TERMINAL DE TRANSPORTE TERRRESTRE
740501 Materiales
740502 Generales
740503 Sueldos y salarios
740504 Contribuciones imputadas
740505 Contribuciones efectivas
740506 Aportes sobre la nómina
740507 Depreciación y amortización
740508 Impuestos
740595 Traslado de costos (Cr)
7407 SERVICIO DE TRANSPORTE POR DUCTOS
740701 Materiales
740702 Generales
740703 Sueldos y salarios
740704 Contribuciones imputadas
740705 Contribuciones efectivas
740706 Aportes sobre la nómina
740707 Depreciación y amortización
740708 Impuestos
740795 Traslado de costos (Cr)
7490 OTROS SERVICIOS DE TRANSPORTE
749001 Materiales
749002 Generales
749003 Sueldos y salarios
749004 Contribuciones imputadas
749005 Contribuciones efectivas
749006 Aportes sobre la nómina
749007 Depreciación y amortización
749008 Impuestos
749095 Traslado de costos (Cr)
75 SERVICIOS PÚBLICOS
7501 ENERGÍA
750101 Materiales
750102 Generales
750103 Sueldos y salarios
750104 Contribuciones imputadas
750105 Contribuciones efectivas
750106 Aportes sobre la nómina
750107 Depreciación y amortización
750108 Impuestos
750195 Traslado de costos (Cr)
7502 ACUEDUCTO
750201 Materiales
750202 Generales
750203 Sueldos y salarios
750204 Contribuciones imputadas
750205 Contribuciones efectivas
750206 Aportes sobre la nómina
750207 Depreciación y amortización
750208 Impuestos
750295 Traslado de costos (Cr)
7503 ALCANTARILLADO
750301 Materiales
750302 Generales
750303 Sueldos y salarios
750304 Contribuciones imputadas
750305 Contribuciones efectivas
750306 Aportes sobre la nómina
750307 Depreciación y amortización
750308 Impuestos
750395 Traslado de costos (Cr)
7504 ASEO
750401 Materiales
750402 Generales
750403 Sueldos y salarios
750404 Contribuciones imputadas
750405 Contribuciones efectivas
750406 Aportes sobre la nómina
750407 Depreciación y amortización
750408 Impuestos
750495 Traslado de costos (Cr)
7505 GAS COMBUSTIBLE
750501 Materiales
750502 Generales
750503 Sueldos y salarios
750504 Contribuciones imputadas
750505 Contribuciones efectivas
750506 Aportes sobre la nómina
750507 Depreciación y amortización
750508 Impuestos
750595 Traslado de costos (Cr)
7506 TELECOMUNICACIONES
750601 Materiales
750602 Generales
750603 Sueldos y salarios
750604 Contribuciones imputadas
750605 Contribuciones efectivas
750606 Aportes sobre la nómina
750607 Depreciación y amortización
750608 Impuestos
750695 Traslado de costos (Cr)
76 SERVICIOS HOTELEROS Y DE PROMOCIÓN TURÍSTICA
7601 ALOJAMIENTO
760101 Materiales
760102 Generales
760103 Sueldos y salarios
760104 Contribuciones imputadas
760105 Contribuciones efectivas
760106 Aportes sobre la nómina
760107 Depreciación y amortización
760108 Impuestos
760195 Traslado de costos (Cr)
7602 SUMINISTRO DE BEBIDAS Y ALIMENTOS
760201 Materia prima
760202 Materiales
760203 Generales
760204 Sueldos y salarios
760205 Contribuciones imputadas
760206 Contribuciones efectivas
760207 Aportes sobre la nómina
760208 Depreciación y amortización
760209 Impuestos
760295 Traslado de costos (Cr)
7690 OTROS SERVICIOS DE HOTELERÍA Y DE PROMOCIÓN TURÍSTICA
769001 Materiales
769002 Generales
769003 Sueldos y salarios
769004 Contribuciones imputadas
769005 Contribuciones efectivas
769006 Aportes sobre la nómina
769007 Depreciación y amortización
769008 Impuestos
769095 Traslado de costos (Cr)
79 OTROS SERVICIOS
7901 SERVICIOS DE DOCUMENTACIÓN E IDENTIFICACIÓN
790101 Materiales
790102 Generales
790103 Sueldos y salarios
790104 Contribuciones imputadas
790105 Contribuciones efectivas
790106 Aportes sobre la nómina
790107 Depreciación y amortización
790108 Impuestos
790195 Traslado de costos (Cr)
7902 SERVICIOS INFORMÁTICOS
790201 Materiales
790202 Generales
790203 Sueldos y salarios
790204 Contribuciones imputadas
790205 Contribuciones efectivas
790206 Aportes sobre la nómina
790207 Depreciación y amortización
790208 Impuestos
790295 Traslado de costos (Cr)
7903 SERVICIOS RECREATIVOS CULTURALES Y DEPORTIVOS
790301 Materiales
790302 Generales
790303 Sueldos y salarios
790304 Contribuciones imputadas
790305 Contribuciones efectivas
790306 Aportes sobre la nómina
790307 Depreciación y amortización
790308 Impuestos
790395 Traslado de costos (Cr)
7904 SERVICIOS DE APOYO INDUSTRIAL
790401 Materiales
790402 Generales
790403 Sueldos y salarios
790404 Contribuciones imputadas
790405 Contribuciones efectivas
790406 Aportes sobre la nómina
790407 Depreciación y amortización
790408 Impuestos
790495 Traslado de costos (Cr)
7905 SERVICIOS DE COMUNICACIONES
790501 Materiales
790502 Generales
790503 Sueldos y salarios
790504 Contribuciones imputadas
790505 Contribuciones efectivas
790506 Aportes sobre la nómina
790507 Depreciación y amortización
790508 Impuestos
790595 Traslado de costos (Cr)
7906 SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA
790601 Materiales
790602 Generales
790603 Sueldos y salarios
790604 Contribuciones imputadas
790605 Contribuciones efectivas
790606 Aportes sobre la nómina
790607 Depreciación y amortización
790608 Impuestos
790695 Traslado de costos (Cr)
7907 SERVICIOS DE MATADERO
790701 Materiales
790702 Generales
790703 Sueldos y salarios
790704 Contribuciones imputadas
790705 Contribuciones efectivas
790706 Aportes sobre la nómina
790707 Depreciación y amortización
790708 Impuestos
790795 Traslado de costos (Cr)
7908 SERVICIOS DE LAVANDERIA <Cuenta creada por el artículo 1 de la
Resolución 584 de 2009>
790801 Materiales <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 584
de 2009>
790802 Generales <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 584
de 2009>
790803 Sueldos y salarios <Subcuenta creada por el artículo 1 de la
Resolución 584 de 2009>
790804 Contribuciones imputadas <Subcuenta creada por el artículo 1 de la
Resolución 584 de 2009>
790805 Contribuciones efectivas <Subcuenta creada por el artículo 1 de la
Resolución 584 de 2009>
790806 Aportes sobre la nómina <Subcuenta creada por el artículo 1 de la
Resolución 584 de 2009>
790807 Depreciación y amortización <Subcuenta creada por el artículo 1 de la
Resolución 584 de 2009>
790808 Impuestos <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 584
de 2009>
790895 Traslado de costos (Cr) <Subcuenta creada por el artículo 1 de la
Resolución 584 de 2009>
7909 SERVICIOS DE PROGRAMACIÓN Y PRODUCCIÓN DE TELEVISIÓN
790901 Materiales
790902 Generales
790903 Sueldos y salarios
790904 Contribuciones imputadas
790905 Contribuciones efectivas
790906 Aportes sobre la nómina
790907 Depreciación y amortización
790908 Impuestos
790995 Traslado de costos (Cr)
8 CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS
81 DERECHOS CONTINGENTES
8120 LITIGIOS Y MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS
812001 Civiles
812002 Laborales
812003 Penales
812004 Administrativas
812005 Obligaciones fiscales
812090 Otros litigios y mecanismos alternativos de solución de conflictos
8121 RECURSOS Y DERECHOS POTENCIALES
812101 Reservas petroleras
812102 Reservas carboníferas
812103 Reservas de gas
812104 Explotación del espectro electromagnético
812190 Otros recursos y derechos potenciales
8124 CONTRAGARANTÍAS RECIBIDAS
812413 Gobierno general
812414 Empresas
8125 GARANTÍA ESTATAL EN EL RÉGIMEN DE PRIMA MEDIA CON PRESTACIÓN DEFINIDA
812501 Instituto de Seguros Sociales
812502 CAJANAL
812503 FONPRECON
812504 CAPRECOM
812506 Pensiones de Antioquia
812507 Caja de sueldos de retiro de la policía nacional
812508 Caja de retiro de las fuerzas militares
812509 Fondo de prestaciones sociales del magisterio
812510 Universidad Nacional
8126 BONOS PENSIONALES
812601 Cuotas partes de bonos pensionales
8128 GARANTÍAS CONTRACTUALES
812801 Contratos de concesión
812802 Contratos de asociación
812803 Contratos a riesgo compartido
812804 Contratos de obra
812805 Contratos para servicios públicos
812806 Uniones temporales
812807 Promesas de compraventa
812890 Otras garantías contractuales
8129 DERECHOS EN OPCIONES
812907 Vendidas
812908 Compradas
8130 BIENES APREHENDIDOS O INCAUTADOS
813001 Efectivo
813002 Inversiones
813003 Inventarios
813004 Propiedades, planta y equipo
813005 Otros activos
813006 Oro, piedras preciosas y joyas
813007 Obras de arte
813008 Armas y municiones
813009 Bienes fungibles
813010 Activos netos
813090 Otros bienes aprehendidos o incautados
8140 CAPITAL GARANTÍA
814001 Gobierno Nacional
814002 Fondos de garantías
8190 OTROS DERECHOS CONTINGENTES
819002 Garantías
819003 Intereses de mora
819090 Otros derechos contingentes
82 DEUDORAS FISCALES
83 DEUDORAS DE CONTROL
8301 BIENES Y DERECHOS ENTREGADOS EN GARANTÍA
830101 Bienes
830102 Derechos
8303 CONTRATOS DE LEASING OPERATIVO
830307 Propiedades, planta y equipo
830390 Otros contratos de Leasing operativo
8306 BIENES ENTREGADOS EN CUSTODIA
830601 Inversiones
830602 Inventarios
830616 Pagarés, letras de cambio y otros
830617 Propiedades, planta y equipo
830618 Otros activos
830690 Otros bienes entregados en custodia
8307 FONPET <Cuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 423 de
2011>
830701 Derechos por cobrar con acto administrativo en firme <Subcuenta
creada por el artículo 1 de la Resolución 423 de 2011>
830702 Derechos por cobrar sin acto administrativo en firme <Subcuenta
creada por el artículo 1 de la Resolución 423 de 2011>
830703 Gastos anuales incurridos <Subcuenta creada por el artículo 1 de
la Resolución 423 de 2011>
8309 GESTIÓN DE PENSIONES <Cuenta creada por la Resolución 635 de 2014>
830901 Aportes pensionales por cobrar <Subcuenta creada por la Resolución 635 de 2014>
830902 Cuotas partes de pensiones por cobrar <Subcuenta creada por la Resolución 635 de 2014>
830903 Intereses de aportes pensionales <Subcuenta creada por la Resolución 635 de 2014>
830904 Intereses de cuotas partes de pensiones <Subcuenta creada por la Resolución 635 de 2014>
830905 Créditos judiciales por pensiones a favor de la nación <Subcuenta creada por la Resolución 635 de 2014>
830906 Reintegros de pensiones <Subcuenta creada por la Resolución 635 de 2014>
8310 BONOS, TÍTULOS Y ESPECIES NO COLOCADOS
831001 Bonos
831002 Títulos
831003 Billetes
831005 Estampillas
831090 Otros bonos, títulos y especies no colocados
8312 DOCUMENTOS ENTREGADOS PARA SU COBRO
831201 Pagarés
831202 Letras de cambio
831203 Facturas
831290 Otros documentos entregados para su cobro
8313 MERCANCÍAS ENTREGADAS EN CONSIGNACIÓN
831301 Mercancías entregadas en consignación
8315 ACTIVOS RETIRADOS
831510 Propiedades, planta y equipo
831532 Bienes de uso público <Subcuenta renombrada por el artículo 3 de la
Resolución 237 de 2010>
831533 Recursos naturales no renovables
831534 Inversiones
831535 Rentas por cobrar
831536 Deudores
831590 Otros activos retirados
8317 BIENES ENTREGADOS EN EXPLOTACIÓN
831702 Recursos naturales no renovables en explotación
8320 TÍTULOS DE INVERSIÓN AMORTIZADOS
832001 Títulos de inversión amortizados
8333 FACTURACIÓN GLOSADA EN VENTA DE SERVICIOS DE SALUD
833301 Plan obligatorio de salud POS - EPS
833302 Plan complementario -EPS
833303 Plan subsidiado de salud POSS - EPS
833304 Servicios de salud - IPS privadas
833305 Empresas de medicina prepagada - EMP
833306 Servicios de salud - Compañías aseguradoras
833307 Servicios de salud - IPS públicas
833308 Servicios de salud - Entidades con régimen especial
833309 Atención con cargo al subsidio a la oferta
833310 Riesgos profesionales - ARP
833311 Atención accidentes de tránsito SOAT – Compañías de seguros
833312 Reclamaciones FOSYGA - ECAT
833313 Convenios FOSYGA – Trauma mayor y desplazados
833314 Ministerio de salud- Recursos del IVA social
833315 Atención con cargo a recursos de acciones de salud pública
833390 Otras cuentas por cobrar servicios de salud
8340 I NVENTARIOS OBSOLETOS Y VENCIDOS
834001 Bienes producidos
834002 Mercancías en existencia
834009 Materias primas
834010 Envases y empaques
834011 Materiales para la producción de bienes
834012 Materiales para la prestación de servicios
8344 BIENES Y DERECHOS TITULARIZADOS
834401 Títulos
834402 Rentas
834403 Derechos
834404 Bienes
834405 Flujos futuros <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución
585 de 2009>
834490 Otras titularizaciones
8347 BIENES ENTREGADOS A TERCEROS
834704 Propiedades, planta y equipo
834705 Recursos naturales no renovables en explotación
834790 Otros bienes entregados a terceros
8350 PRÉSTAMOS APROBADOS POR DESEMBOLSAR
835013 Gobierno general
835014 Empresas
8354 RECAUDO POR LA ENAJENACIÓN DE ACTIVOS AL SECTOR
PRIVADO <Cuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 278
de 2012>
835401 Acciones <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 278
de 2012>
835402 Bienes inmuebles <Subcuenta creada por el artículo 1 de la
Resolución 278 de 2012>
835403 Bienes muebles <Subcuenta creada por el artículo 1 de la
Resolución 278 de 2012>
835490 Otros activos <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución
278 de 2012>
891528 Recaudo por la enajenación de activos al sector privado
<Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 278 de 2012>
8355 EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN
835510 Activos
835511 Gastos
8360 SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD - RECAUDOS EPS Y EOC <Cuenta eliminada por la Resolución 160 de 2013>
836001 Valor reconocido para promoción y prevención <Subcuenta eliminada por la Resolución 160 de 2013>
836002 Valor reconocido para provisión de incapacidades y enfermedad en general <Subcuenta eliminada por la Resolución 160 de 2013>
836003 Valor recaudado para licencias de maternidad y paternidad <Subcuenta eliminada por la Resolución 160 de 2013>
836004 Valor a reconocer por UPC <Subcuenta eliminada por la Resolución 160 de 2013>
836005 Valor a reconocer por UPC afiliados adicionales <Subcuenta eliminada por la Resolución 160 de 2013>
836006 Valor a reconocer por promoción y prevención sobre el recaudo de afiliados adicionales <Subcuenta eliminada por la Resolución 160 de 2013>
8361 RESPONSABILIDADES EN PROCESO
836101 Internas
836102 Ante autoridad competente
8362 DERECHOS DE EXPLOTACIÓN O PRODUCCIÓN
836201 Recursos naturales no renovables
8363 RECURSOS CORRIENTES DE LA CONMUTACIÓN PENSIONAL
836301 Pensiones actuales conmutadas
836302 Futuras pensiones conmutadas
836303 Cuotas partes de pensiones conmutadas
836304 Cuotas partes de bonos pensionales conmutadas
836305 Bonos pensionales
836306 Rendimientos financieros
8364 RECURSOS NO CORRIENTES DE LA CONMUTACIÓN PENSIONAL
836401 Pensiones actuales conmutadas
836402 Futuras pensiones conmutadas
836403 Cuotas partes de pensiones conmutadas
836404 Cuotas partes de bonos pensionales conmutadas
836405 Bonos pensionales
8365 REGALÍAS POR RECAUDAR <Cuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
836501 Hidrocarburos <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
836502 Minerales <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
8366 CARTERA ADQUIRIDA <Cuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 453 de 2012>
836601 Cartera improductiva adquirida por movilización de activos <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 453 de 2012>
836602 Otra cartera adquirida <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 453 de 2012>
8371 SANEAMIENTO CONTABLE ARTÍCULO 355-LEY 1819 DE 2016
<Cuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 107 de 2017>
837101 Incorporación de bienes <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 107 de 2017>
837102 Incorporación de derechos <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 107 de 2017>
837103 Retiro de obligaciones <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 107 de 2017>
8390 OTRAS CUENTAS DEUDORAS DE CONTROL
839001 Acuerdos de pago por rentas por cobrar
839002 Títulos de las inversiones de reservas internacionales en préstamo
839003 Títulos por recibir en compra de inversiones de reservas internacionales
839004 Esquemas de cobro
839005 Otros títulos de operaciones de mercado abierto
839006 Recursos embargados
839007 Componentes de las propiedades, planta y equipo
839008 Decomisos por infracciones al medio ambiente
839009 Litigios y demandas a favor de la nación gestionadas por la UGPP <Subcuenta creada por la Resolución 635 de 2014>
839090 Otras cuentas deudoras de control
89 DEUDORAS POR CONTRA (CR)
8905 DERECHOS CONTINGENTES POR CONTRA (CR)
890501 Garantía estatal en el régimen de prima media con prestación definida
890506 Litigios y mecanismos alternativos de solución de conflictos
890507 Recursos y derechos potenciales
890508 Contragarantías recibidas
890509 Garantías contractuales
890511 Capital garantía
890512 Derechos en opciones
890513 Bienes aprehendidos o incautados
890514 Bonos pensionales
890590 Otros derechos contingentes
8910 DEUDORAS FISCALES POR CONTRA (CR)
891001 Deudoras fiscales por contra (Cr)
8915 DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR)
891501 Contratos de Leasing operativo
891502 Bienes entregados en custodia
891503 Bonos, títulos y especies no colocados
891504 Documentos entregados para su cobro
891505 Mercancías entregadas en consignación
891506 Activos retirados
891508 Bienes entregados en explotación
891509 Títulos de inversión amortizados
891512 Inventarios obsoletos y vencidos
891513 Bienes y derechos titularizados
891515 Préstamos aprobados por desembolsar
891516 Ejecución de proyectos de inversión
891517 Facturación glosada en venta de servicios de salud
891518 Bienes entregados a terceros
891520 Sistema General de Seguridad Social en Salud-Recaudos EPS y EOC <Subcuenta eliminada por la Resolución 160 de 2013>
891521 Responsabilidades en proceso
891522 Derechos de explotación o producción
891523 Recursos corrientes de la conmutación pensional
891524 Recursos no corrientes de la conmutación pensional
891525 Bienes y derechos entregados en garantía
891526 Fonpet <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 423
de 2011>
891527 Regalías por recaudar <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
891529 Cartera adquirida <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 453 de 2012>
891530 Gestión de pensiones <Subcuenta creada por la Resolución 635 de 2014>
891571 Saneamiento contable artículo 355-Ley 1819 de 2016 <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 107 de 2017>
891590 Otras cuentas deudoras de control
9 CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS
91 RESPONSABILIDADES CONTINGENTES
9120 LITIGIOS Y MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS
912001 Civiles
912002 Laborales
912004 Administrativos
912005 Obligaciones fiscales
912090 Otros litigios y mecanismos alternativos de solución de conflictos
9121 OBLIGACIONES POTENCIALES
912101 Pasivos pensionales
912102 Desastres naturales
912103 Conflictos sociales
912104 Crisis financiera - operación de salvamento
912105 Cálculo actuarial de los fondos de reservas pensionales
912190 Otras obligaciones potenciales
9125 DEUDA GARANTIZADA
912528 Al gobierno general
912529 A las empresas
9126 GARANTÍA ESTATAL EN EL RÉGIMEN DE PRIMA MEDIA CON PRESTACIÓN DEFINIDA
912601 Instituto de Seguros Sociales
912602 CAJANAL
912603 FONPRECON
912604 CAPRECOM
912606 Pensiones de Antioquia
912607 CAXDAC
912608 Caja de sueldos de retiro de la policía nacional
912609 Caja de retiro de las fuerzas militares
912610 Fondo de prestaciones sociales del magisterio
912611 Universidad Nacional
9128 GARANTÍAS CONTRACTUALES
912801 Contratos de concesión
912802 Contratos de asociación
912803 Contratos a riesgo compartido
912804 Contratos de obra
912805 Contratos para servicios públicos
912806 Uniones temporales
912807 Promesas de compraventa
912890 Otras garantías contractuales
9129 OBLIGACIONES EN OPCIONES
912907 Vendidas
912908 Compradas
9130 BIENES APREHENDIDOS O INCAUTADOS
913001 Efectivo
913002 Inversiones
913003 Inventarios
913004 Propiedades, planta y equipo
913005 Otros activos
913006 Oro, piedras preciosas y joyas
913007 Obras de arte
913008 Armas y municiones
913009 Bienes fungibles
913010 Activos netos
913090 Otros bienes aprehendidos o incautados
9135 RESERVAS PRESUPUESTALES <Cuenta eliminada por el artículo 10 de la Resolución 413 de 2011>
913503 Reservas presupuestales SIIF <Subcuenta eliminada por el artículo 10 de la Resolución 413 de 2011>
9140 CAPITAL GARANTÍA
914001 Gobierno Nacional
914002 Fondos de garantías
9145 PASIVO PENSIONAL CONMUTADO – CORRIENTE
914501 Pensiones actuales conmutadas
914502 Pensiones futuras conmutadas
914503 Cuotas partes de pensiones conmutadas
914504 Cuotas partes de bonos pensionales conmutadas
914505 Bonos pensionales
9146 PASIVO PENSIONAL CONMUTADO – NO CORRIENTE
914601 Pensiones actuales conmutadas
914602 Pensiones futuras conmutadas
914603 Cuotas partes de pensiones conmutadas
914604 Cuotas partes de bonos pensionales conmutadas
914605 Bonos pensionales
9147 CÁLCULO ACTUARIAL DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES <Cuenta creada por la Resolución 634 de 2014>
914701 Cálculo actuarial de pensiones actuales de los primeros diez años <Subcuenta creada por la Resolución 634 de 2014>
914702 Cálculo actuarial de pensiones actuales de los años posteriores a los primeros diez años <Subcuenta creada por la Resolución 634 de 2014>
914703 Cálculo actuarial de pensiones futuras de los primeros diez años <Subcuenta creada por la Resolución 634 de 2014>
914704 Cálculo actuarial de pensiones futuras de los años posteriores a los primeros diez años <Subcuenta creada por la Resolución 634 de 2014>
914705 Cálculo actuarial de cuotas partes de pensiones <Subcuenta creada por la Resolución 634 de 2014>
9148 BONOS PENSIONALES EMITIDOS POR LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES <Cuenta creada por la Resolución 634 de 2014>
914801 Bonos pensionales emitidos <Subcuenta creada por la Resolución 634 de 2014>
9149 LIQUIDACIÓN PROVISIONAL DE BONOS PENSIONALES <Cuenta creada por la Resolución 634 de 2014>
914901 Fondos de reservas de pensiones <Subcuenta creada por la Resolución 634 de 2014>
914902 Entidades responsables del pasivo pensional <Subcuenta creada por la Resolución 634 de 2014>
990518 Cálculo actuarial de los fondos de reservas de pensiones <Subcuenta creada por la Resolución 634 de 2014>
990519 Bonos pensionales emitidos por los fondos de reservas de pensiones <Subcuenta creada por la Resolución 634 de 2014>
990520 Liquidación provisional de bonos pensionales <Subcuenta creada por la Resolución 634 de 2014>
9190 OTRAS RESPONSABILIDADES CONTINGENTES
919001 Cuentas en participación
919002 Garantías y avales otorgados
919090 Otras responsabilidades contingentes
92 ACREEDORAS FISCALES
93 ACREEDORAS DE CONTROL
9301 BIENES Y DERECHOS RECIBIDOS EN GARANTÍA
930101 Bienes
930102 Derechos
9302 MOVILIZACIÓN DE ACTIVOS <Cuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 453 de 2012>
930201 Cartera en administración <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 453 de 2012>
930202 Inmuebles para reasignar a otras entidades públicas <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 453 de 2012>
930203 Inmuebles para comercializar <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 453 de 2012>
9303 CONTRATOS DE LEASING OPERATIVO
930317 Propiedades, planta y equipo
930390 Otros bienes en Leasing operativo
9304 RECURSOS ADMINISTRADOS EN NOMBRE DE TERCEROS-FONPET
<Cuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 423 de 2011>
930401 Recursos administrados por el Tesoro Nacional <Subcuenta creada
por el artículo 1 de la Resolución 423 de 2011>
930402 Recursos administrados por sociedades administradoras <Subcuenta
creada por el artículo 1 de la Resolución 423 de 2011>
930403 Derechos por cobrar <Subcuenta creada por el artículo 1 de la
Resolución 423 de 2011>
9306 BIENES RECIBIDOS EN CUSTODIA
930601 Inversiones
930602 Inventarios
930616 Pagarés, letras de cambio y otros
930617 Propiedades, planta y equipo
930618 Otros activos
930690 Otros bienes recibidos en custodia
9307 FONPET <Cuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 423 de
2011>
930701 Cuentas por pagar <Subcuenta creada por el artículo 1 de la
Resolución 423 de 2011>
930702 Solicitudes de retiro pendientes de aprobación <Subcuenta
creada por el artículo 1 de la Resolución 423 de 2011>
930703 Retiros aprobados pendientes de giro <Subcuenta creada por
el artículo 1 de la Resolución 423 de 2011>
930704 Rendimientos anuales generados <Subcuenta creada por el
artículo 1 de la Resolución 423 de 2011>
9308 RECURSOS ADMINISTRADOS EN NOMBRE DE TERCEROS
<Cuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 423 de 2011>
930801 Efectivo <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 423
de 2011>
930802 Inversiones <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución
423 de 2011>
930803 Recursos entregados en administración-Encargos fiduciarios
<Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 423 de
2011>
930804 Recursos entregados en administración-Fiducia mercantil
<Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 423 de
2011>
930805 Derechos <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución
423 de 2011>
930806 Bienes <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución
423 de 2011>
9309 GESTIÓN DE PENSIONES <Cuenta creada por la Resolución 635 de 2014>
930901 Nómina de pensiones por pagar <Subcuenta creada por la Resolución 635 de 2014>
930902 Cuotas partes de pensiones por pagar <Subcuenta creada por la Resolución 635 de 2014>
930903 Intereses de aportes pensionales <Subcuenta creada por la Resolución 635 de 2014>
930904 Intereses de cuotas partes de pensiones por pagar <Subcuenta creada por la Resolución 635 de 2014>
930905 Retroactivos liquidados <Subcuenta creada por la Resolución 635 de 2014>
930906 Créditos judiciales por pensiones a cargo de la nación <Subcuenta creada por la Resolución 635 de 2014>
9310 CÁLCULO ACTUARIAL DE PENSIONES REVELADO POR LA UGPP <Cuenta creada por la Resolución 635 de 2014>
931001 Fondos de reservas de pensiones <Subcuenta creada por la Resolución 635 de 2014>
931002 Entidades responsables del pasivo pensional <Subcuenta creada por la Resolución 635 de 2014>
9313 MERCANCÍAS RECIBIDAS EN CONSIGNACIÓN
931301 Mercancías recibidas en consignación
9317 BIENES RECIBIDOS EN EXPLOTACIÓN
931702 Recursos naturales no renovables en explotación
9325 BIENES APREHENDIDOS O INCAUTADOS
932501 Efectivo
932503 Inversiones
932504 Inventarios
932520 Oro, piedras preciosas y joyas
932521 Obras de arte
932522 Armas y municiones
932523 Bienes fungibles
932525 Propiedades, planta y equipo
932526 Otros activos
932551 Activos netos
932590 Otros bienes aprehendidos o incautados
9346 BIENES RECIBIDOS DE TERCEROS
934601 Inversiones
934602 Inventarios
934617 Recursos naturales no renovables en explotación
934618 Bienes de uso público e históricos y culturales <Subcuenta renombrada
por el artículo 3 de la Resolución 237 de 2010>
934619 Propiedades, planta y equipo
934620 Otros activos
934690 Otros bienes recibidos de terceros
9350 PRÉSTAMOS POR RECIBIR
935001 Banca comercial
935002 Banca multilateral
935003 Banca de fomento
935004 Gobiernos
935005 Proveedores
935090 Otros préstamos por recibir
9355 EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN
935501 Pasivos
935502 Ingresos
9360 SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD- COMPENSACIÓN EPS Y EOC <Cuenta eliminada por la Resolución 160 de 2013>
936001 Valor reconocido para promoción y prevención <Subcuenta eliminada por la Resolución 160 de 2013>
936002 Valor reconocido para provisión de incapacidades y enfermedad en general <Subcuenta eliminada por la Resolución 160 de 2013>
936003 Valor recaudado para licencias de maternidad y paternidad <Subcuenta eliminada por la Resolución 160 de 2013>
936004 Valor a reconocer por UPC <Subcuenta eliminada por la Resolución 160 de 2013>
936005 Valor a reconocer por UPC afiliados adicionales <Subcuenta eliminada por la Resolución 160 de 2013>
936006 Valor a reconocer por promoción y prevención sobre el recaudo de afiliados adicionales. <Subcuenta eliminada por la Resolución 160 de 2013>
9365 REGALÍAS RECAUDADAS EN ESPECIE <Cuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
936501 Hidrocarburos <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
9366 REGALÍAS RECAUDADAS EN EFECTIVO <Cuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
936601 Hidrocarburos <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
936602 Minerales <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
9367 RESERVAS PROBADAS <Cuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
936701 Hidrocarburos <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
936702 Minerales <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
9368 SANEAMIENTO CONTABLE ARTÍCULO 355-LEY 1819 DE 2016
<Cuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 107 de 2017>
936801 Incorporación de obligaciones <Subcuenta creada por el artículo 1 de la
Resolución 107 de 2017>
936802 Retiro de bienes <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 107
de 2017>
936803 Retiro de derechos <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución
107 de 2017>
9390 OTRAS CUENTAS ACREEDORAS DE CONTROL
939001 Préstamos sin situación de fondos
939002 Anticipos y fondos en administración
939003 Pérdidas en inversiones patrimoniales
939004 Pasivos cancelados por prescripción
939005 Billetes de banca central sin emitir
939006 Moneda metálica emitida
939007 Contratos para administración de títulos banca central
939008 Títulos vendidos pendientes de entregar
939009 Títulos valores en circulación – banca central
939010 Esquemas de pago
939011 Contratos pendientes de ejecución
939012 Facturación glosada en la adquisición de servicios de salud
939013 Convenios
939014 Donación a terceros por proyectos de inversión
939015 Porcentaje y sobretasa ambiental al impuesto predial
939016 Bienes y derechos para reparación de víctimas
939017 Titularización de flujos futuros <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 585 de 2009>
939018 Litigios y demandas en contra de la nación gestionadas por la UGPP <Subcuenta creada por la Resolución 635 de 2014>
939090 Otras cuentas acreedoras de control
99 ACREEDORAS POR CONTRA (DB)
9905 RESPONSABILIDADES CONTINGENTES POR CONTRA (DB )
990505 Litigios y mecanismos alternativos de solución de conflictos
990506 Deuda garantizada
990508 Reservas presupuestales <Subcuenta eliminada por el artículo 10 de la Resolución 413 de 2011>
990509 Obligaciones potenciales
990510 Garantía estatal en el régimen de prima media con prestación definida
990511 Garantías contractuales
990513 Capital garantía
990514 Obligaciones en opciones
990515 Bienes aprehendidos o incautados
990516 Pasivo pensional conmutado – corriente
990517 Pasivo pensional conmutado – no corriente
990590 Otras responsabilidades contingentes
9910 ACREEDORAS FISCALES POR CONTRA (DB)
991001 Acreedoras fiscales por contra (Db) <Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 558 de 2008>
9915 ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB)
991501 Contratos de leasing operativo
991502 Bienes recibidos en custodia
991503 Mercancías recibidas en consignación
991504 Bienes recibidos en explotación
991505 Bienes aprehendidos o incautados
991506 Bienes recibidos de terceros
991507 Préstamos por recibir
991508 Recursos administrados en nombre de terceros-Fonpet <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 423 de 2011>
991509 Fonpet <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 423 de 2011>
991510 Recursos administrados en nombre de terceros <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 423 de 2011>
991511 Movilización de activos <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 453 de 2012>
991521 Sistema General de Seguridad Social en Salud - Compensación EPS y EOC <Subcuenta eliminada por la Resolución 160 de 2013>
991522 Ejecución de proyectos de inversión
991523 Porcentaje y sobretasa ambiental al impuesto predial
991524 Bienes y derechos recibidos en garantía
991525 Regalías recaudadas en especie <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
991526 Regalías recaudadas en efectivo <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
991527 Reservas probadas <Subcuenta creada por la Resolución 139 de 2012>
991528 Gestión de pensiones <Subcuenta creada por la Resolución 635 de 2014>
991529 Cálculo actuarial de pensiones revelado por la UGPP <Subcuenta creada por la Resolución 635 de 2014>
991530
991531 Saneamiento contable artículo 355-Ley 1819 de 2016 <Subcuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 107 de 2017> <Subcuenta renumerada por el artículo 1 de la Resolución 238 de 2017>
991590 Otras cuentas acreedoras de control
<Clase 0 eliminada por el artículo 9 de la Resolución 413 de 2011>
0 CUENTAS DE PRESUPUESTO Y TESORERÍA
02 PRESUPUESTO DE INGRESOS Y TESORERÍA
0202 INGRESOS TRIBUTARIOS APROBADOS (DB)
020201 Impuesto sobre la renta y complementarios
020202 Impuesto al patrimonio
020203 Impuesto sobre aduanas y recargos
020204 Impuesto al valor agregado - IVA
020205 Impuesto a la gasolina y al ACPM
020206 Impuesto de timbre nacional
020207 Impuesto de timbre nacional sobre salidas al exterior
020208 Impuesto a la explotación de Oro, Plata y al Platino
020209 Gravamen a los movimientos financieros <Subcuenta renombrada por el artículo 4 de la Resolución 669 de 2008>
020210 Impuesto al encaje
020211 Impuesto sobre armas y municiones
020212 Retención en la fuente impuestos nacionales
020213 Sobretasa impuesto sobre la renta y complementarios
020214 Sobretasa a la gasolina
020215 Sobretasa al ACPM
020216 Impuesto al turismo <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
020225 Impuesto de registro
020226 Impuesto a ganadores sorteos ordinarios
020227 Impuesto a ganadores sorteos extraordinarios
020228 Impuestos a loterías foráneas
020229 Impuesto sobre juego de apuestas permanente - chance
020230 Impuesto sobre vehículos automotores
020231 Impuesto al consumo de licores, vinos aperitivos y similares de departamento
020232 Impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares nacionales
020233 Impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares extranjeros
020234 Impuesto al consumo de tabaco y cigarrillos nacionales
020235 Impuesto al consumo de tabaco y cigarrillos extranjeros
020236 Impuesto al consumo de cerveza nacional
020237 Impuesto al consumo de cerveza extranjera
020238 Derechos de explotación de juegos de suerte y azar
020239 Derechos de explotación de monopolio de licores
020240 Impuesto predial unificado
020241 Impuesto de industria y comercio
020242 Impuesto de avisos y tableros
020243 Impuesto a la publicidad exterior visual
020244 Impuesto a juegos promocionales
020245 Impuesto sobre rifas de circulación
020246 Impuesto sobre eventos hípicos, caninos y similares
020247 Impuesto sobre juegos de suerte y azar novedosos
020248 Impuesto de circulación y tránsito
020249 IVA de licores a productores
020250 IVA de licores a distribuidores
020251 Impuesto a la venta de cerveza 8%
020252 Impuesto por el uso del subsuelo
020253 Impuesto de transporte de hidrocarburos
020254 Impuesto sobre el servicio de alumbrado público
020255 Impuesto de delineación urbana
020256 Impuesto a degüello de ganado mayor
020257 Impuesto a degüello de ganado menor
020258 Impuesto de espectáculos públicos
020259 Impuesto al deporte
020260 Impuestos a mercancías extranjeras
020261 Impuesto de circulación – Tarjeta de turismo
020262 Impuestos sobre telégrafos y teléfonos urbanos
020263 Impuesto por la ocupación de vías
020264 Retención en la fuente impuesto de industria y comercio - ICA
020265 Sobretasa del impuesto predial
020266 Sobretasa Bomberil
020267 Estampillas para el desarrollo territorial
020268 Impuesto a las ventas por el sistema de clubes
020269 Impuesto sobre apuestas mutuas
020290 Otros impuestos tributarios nacionales
020291 Otros impuestos tributarios departamentales
020292 Otros impuestos tributarios distritales
020293 Otros impuestos tributarios municipales
0203 INGRESOS NO TRIBUTARIOS APROBADOS (DB)
020301 Tasas – Derechos de tránsito
020302 Tasas - peajes turísticos
020303 Tasas – Contaminación vehicular
020304 Tasas – Plaza de mercado
020305 Tasas – Plaza de ferias
020306 Tasas – Matadero público
020307 Tasas – Peajes y estacionamiento
020308 Tasa sobre minas
020309 Tasa por utilización de recursos naturales
020310 Tasa por contaminación de recursos naturales
020311 Tasa por servicios aduaneros
020312 Tasa por servicios notariales
020313 Tasa- Participación en plusvalía
020314 Tasa - Licencias de construcción
020315 Tasa - Pliegos de licitaciones
020316 Tasa - Alquiler maquinaria y equipo
020317 Tasa - arrendamientos
020318 Tasa – publicaciones
020319 Tasa por registro de marcas, quemadores y herretes
020320 Tasa por pesas y medidas
020321 Otras tasas
020322 Multas y sanciones por impuestos
020323 Otras multas y sanciones
020324 Intereses por impuestos
020325 Otros intereses
020326 Contribución por exportación y explotación de petróleo, crudo, gas libre, carbón y ferro níquel.
020327 Contribución sobre contratos de obras públicas
020328 Contribución para el ICFES
020329 Contribución a la valorización
020331 Concesiones de larga distancia
020332 Concesión sistema personalizado de comunicación
020333 Concesión del espectro electromagnético
020334 Concesión para explotación del suelo y subsuelo
020335 Concesión de sociedades portuarias
020336 Regalías y compensaciones petroleras
020337 Regalías y compensaciones carboníferas
020338 Regalías y compensaciones gas natural
020339 Otras regalías y compensaciones
020340 Venta de bienes producidos
020341 Venta de bienes por operaciones de comercialización
020342 Venta de servicios educativos
020343 Venta de servicios de salud y previsión social
020344 Venta de servicios de energía
020345 Venta de servicio de comunicaciones
020346 Venta de servicio de telecomunicaciones
020347 Venta de servicio de acueducto
020348 Venta de servicio de alcantarillado
020349 Venta de servicio de gas combustible
020350 Venta de servicio de aseo
020351 Venta de servicio de tránsito y transporte
020352 Venta de otros servicios
020353 Tasas, multas y contribuciones - PGN <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
020390 Otros ingresos no tributarios
020354 Ventas de bienes y servicios - Estapúblicos PGN <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 406 de 2010> <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
020355 Operaciones comerciales - Estapúblicos PGN <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 406 de 2010> <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
020356 Aportes patronales - Estapúblicos PGN <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 406 de 2010> <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
020357 Aportes de afiliados - Estapúblicos PGN <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 406 de 2010> <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
020358 Aportes de otros entidades - Estapúblicos PGN <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 406 de 2010> <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
020359 Otros ingresos no tributarios - Estapúblicos PGN <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 406 de 2010> <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
020360 Fondos especiales - Estapúblicos PGN <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 406 de 2010> <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
0204 TRANSFERENCIAS Y APORTES APROBADOS (DB)
020401 Sistema General de Participación para Salud
020402 Sistema General de Participación para Educación
020403 Sistema General de Participación para Propósito
General – libre asignación
020404 Sistema General de Participación para Propósito
General – forzosa inversión
020405 Participación para pensiones – Fonpet
020406 Otras participaciones del sistema general
020407 Sistema General de Participaciones – Municipios limítrofes del río grande de la magdalena
020408 Sistema General de Participaciones – Programa Alimentación escolar
020409 Recursos de cofinanciación
020410 Fondo Nacional de Regalías
020411 Transferencias Ley 12/86
020412 Participación Ley 1ª/72
020413 Transferencias prestaciones sociales pensiones
020414 Transferencias – Empresa Territorial para la Salud, ETESA – libre asignación
020415 Transferencias – Empresa Territorial para la Salud, ETESA – forzosa inversión
020416 Transferencias – Fondo de Solidaridad y Garantía, FOSYGA
020417 Transferencias departamentales – Vehículo automotor
020418 Transferencias – Degüello ganado mayor
020419 Transferencias – Otros impuestos
020420 Transferencia del sector eléctrico – libre asignación
020421 Transferencia del sector eléctrico – forzosa inversión
020422 Transferencia ESP subsidios para servicios públicos
020423 Aportes recibidos de gobierno nacionales
020424 Aportes recibidos de gobierno departamentales
020425 Aportes recibidos de gobierno distritales
020426 Aportes recibidos de gobierno municipales
020427 Cuota de fiscalización y auditaje
020428 Fondo subsidio sobretasa a la gasolina
020429 Transferencias Ministerio del Interior y de Justicia
020430 Cancelación prestaciones del magisterio
020431 Transferencias municipales y/o distritales
020432 Aportes de seguridad social
020433 Sistema General de Participaciones – agua potable y saneamiento básico
<Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 146 de 2008>
020434 Atención integral de la primera infancia <Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 558 de 2008>
020435 Aportes de la Nación - Estapúblicos PGN <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 406 de 2010> <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
020490 Otras transferencias nacionales
020491 Otras transferencias departamentales
020492 Otras transferencias distritales
020493 Otras transferencias municipales
0207 RECURSOS DE CAPITAL APROBADOS (DB)
020701 Crédito interno – Emisión TES
020702 Crédito interno – Emisión otros títulos de deuda pública
020703 Crédito interno – Banca comercial
020704 Crédito interno – Proveedores
020705 Crédito interno – Fonade
020706 Crédito interno – Findeter
020707 Crédito interno – Institutos Financieros Territoriales - INFIS
020708 Crédito interno – Otras entidades financieras
020709 Crédito externo – Emisión Bonos
020710 Crédito externo – Banca multilateral
020711 Crédito externo – Gobierno
020712 Crédito externo – Proveedores
020713 Crédito externo – Otras entidades financieras
020714 Donaciones
020715 Diferencial cambiario
020716 Excedentes financieros
020717 Rendimientos operaciones financieras – TES
020718 Rendimientos operaciones financieras – Otros títulos
020719 Rendimientos financieros – Recursos libre asignación
020720 Rendimientos financieros – Recursos forzosa inversión
020721 Préstamos gubernamentales recibidos del gobierno general nacional.
020722 Préstamos recibidos de empresas no financieras nacionales
020723 Préstamos recibidos del gobierno general departamental
020724 Préstamos recibidos de empresas no financieras departamentales
020725 Préstamos recibidos del gobierno general distrital
020726 Préstamos recibidos de empresas no financieras distritales
020727 Préstamos recibidos del gobierno general municipal
020728 Préstamos recibidos de empresas no financieras municipales
020729 Ingresos por titularización
020730 Utilidades del Banco de la República
020731 Utilidades de empresas
020732 Recursos del Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera
020733 Venta de activos financieros
020734 Venta de activos no financieros al sector público
020735 Venta de activos no financieros al sector privado
020736 Reducción capital empresas
020737 Recuperación de cartera
020738 Cancelación de reservas
020739 Reintegros
020740 Superávit fiscal
020741 Crédito interno - Nación
020742 Crédito interno - otras entidades del sector no financiero
020743 Recursos destinados a cubrir reservas presupuestales vigencia anterior
020744 Otros recursos del balance
020745 Crédito externo - Banca comercial <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
020746 Rendimientos financieros - PGN <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
020747 Enajenación de activos - PGN <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
020790 Otros recursos de capital
0208 CONTRIBUCIONES PARAFISCALES APROBADAS (DB)
020801 Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA
020802 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF
020803 Escuela Superior de Administración Pública - ESAP
020804 Cotización pensiones – empleados
020805 Cuota de fomento
020806 Cuota de contribución cafetera
020807 Fondo de promoción turística
020808 Fondo de prestaciones sociales del magisterio – Cesantías
020809 Fondo de prestaciones sociales del magisterio – afiliado pensiones
020810 Fondo de prestaciones sociales del magisterio – afiliado salud
020811 Fondo de prestaciones sociales del magisterio – patronales pensiones
020812 Fondo de prestaciones sociales del magisterio – patronales salud
020813 Fondo de prestaciones del magisterio – rendimiento de inversiones
020814 Fondo de prestaciones del magisterio – intereses
020890 Otras rentas parafiscales.
0209 INGRESOS POR FONDOS ESPECIALES APROBADOS (DB)
020901 Contribución a Superintendencias
020902 Cuota de fiscalización y auditaje
020903 Comisiones de Regulación
020904 Escuelas industriales e Institutos Técnicos
020905 Financiación sector justicia
020906 Fondo defensa nacional
020907 Fondo Estupefacientes Salud
020908 Fondos internos Ministerio de defensa
020909 Fondos internos Policía Nacional
020910 Fondo de publicaciones de la Contraloría General de la República
020911 Fondo rotatorio Ministerio de Minas y Energía
020912 Fondo Nacional de Regalías
020913 Fondo de solidaridad y garantía en la salud
020914 Fondo de solidaridad pensional
020915 Fondo de riesgos profesionales
020916 Fondo salud Fuerzas Militares
020917 Fondo salud Policía Nacional
020918 Fondo compensación ambiental
020919 Pensiones EPSA-CVC
020920 Fondo solidaridad para subsidios y redistribución ingresos sector eléctrico y gas
020921 Fondo de pensiones Superintendencias y Carbocol
020922 Unidad Administrativa Especial de Comercio Exterior
020923 Fondo seguridad y convivencia ciudadana
020924 Fondo subsidio sobretasa gasolina
020925 Instituto de estudios del Ministerio Público
020926 Junta Central de Contadores <Subcuenta eliminada por el artículo 5 de la Resolución 669 de 2008>
020927 Fondo de la sobretasa al ACPM
020928 Fondo para defensa de derechos e intereses colectivos
020929 Fondo de investigación en salud
020930 Fondo conservación de museos y teatros
020931 Fondo apoyo financiero zonas no interconectadas
020932 Fondo apoyo financiero zonas rurales interconectadas
020933 Fondo Escuela Nacional del Deporte
020934 Fondo recursos monitoreo y vigilancia educación superior
020935 Fondo Fonpet magisterio
020936 Fondo especial de energía social – FOES
020937 Fondo de pensiones del Fondo Rotatorio de Notariado y Registro
020938 Fondo Especial Comisión Nacional de Búsqueda
020940 Fondo de Pensiones Fondo Fonprenor <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
020941 Fondo Especial Cuota de Fomento de Gas Natural <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
020942 Fondo Especial para Programa de Normalización de Redes Eléctricas - Prone <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
020990 Otros fondos especiales nacionales
020991 Otros fondos especiales territoriales
0213 DISPONIBILIDAD INICIAL APROBADA (DB)
021301 Disponibilidad inicial
0216 INGRESOS TRIBUTARIOS POR EJECUTAR (CR)
021601 Impuesto sobre la renta y complementarios
021602 Impuesto al patrimonio
021603 Impuesto sobre aduanas y recargos
021604 Impuesto al valor agregado - IVA
021605 Impuesto a la gasolina y al ACPM
021606 Impuesto de timbre nacional
021607 Impuesto de timbre nacional sobre salidas al exterior
021608 Impuesto a la explotación de Oro, Plata y al Platino
021609 Gravamen a los movimientos financieros <Subcuenta renombrada por el artículo 4 de la Resolución 669 de 2008>
021610 Impuesto al encaje
021611 Impuesto sobre armas y municiones
021612 Retención en la fuente impuestos nacionales
021613 Sobretasa impuesto sobre la renta y complementarios
021614 Sobretasa a la gasolina
021615 Sobretasa al ACPM
021616 Impuesto al turismo <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
021625 Impuesto de registro
021626 Impuesto a ganadores sorteos ordinarios
021627 Impuesto a ganadores sorteos extraordinarios
021628 Impuestos a loterías foráneas
021629 Impuesto sobre juego de apuestas permanente -chance
021630 Impuesto sobre vehículos automotores
021631 Impuesto al consumo de licores, vinos aperitivos y similares de departamento
021632 Impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares nacionales
021633 Impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares extranjeros
021634 Impuesto al consumo de tabaco y cigarrillos nacionales
021635 Impuesto al consumo de tabaco y cigarrillos extranjeros
021636 Impuesto al consumo de cerveza nacional
021637 Impuesto al consumo de cerveza extranjera
021638 Derechos de explotación de juegos de suerte y azar
021639 Derechos de explotación de monopolio de licores
021640 Impuesto predial unificado
021641 Impuesto de industria y comercio
021642 Impuesto de avisos y tableros
021643 Impuesto a publicidad exterior visual
021644 Impuesto a juegos promocionales
021645 Impuesto sobre rifa de circulación
021646 Impuesto sobre eventos hípicos, caninos y similares
021647 Impuesto sobre juegos de suerte y azar novedosos
021648 Impuesto de circulación y tránsito
021649 IVA de licores a productores
021650 IVA de licores a distribuidores
021651 Impuesto a la venta de cerveza 8%
021652 Impuesto por el uso del subsuelo
021653 Impuesto de transporte de hidrocarburos
021654 Impuesto sobre el servicio de alumbrado público
021655 Impuesto de delineación urbana
021656 Impuesto a degüello de ganado mayor
021657 Impuesto a degüello de ganado menor
021658 Impuesto de espectáculos públicos
021659 Impuesto al deporte
021660 Impuestos a mercancías extranjeras
021661 Impuesto de circulación – Tarjeta de turismo
021662 Impuestos sobre telégrafos y teléfonos urbanos
021663 Impuesto por la ocupación de vías
021664 Retención en la fuente impuesto de industria y comercio - ICA
021665 Sobretasa del impuesto predial - CAR
021666 Sobretasa bomberil
021667 Estampillas para el desarrollo territorial
021668 Impuesto a las ventas por el sistema de clubes
021669 Impuesto sobre apuestas mutuas
021690 Otros impuestos tributarios nacionales
021691 Otros impuestos tributarios departamentales
021692 Otros impuestos tributarios distritales
021693 Otros impuestos tributarios municipales
0217 INGRESOS NO TRIBUTARIOS POR EJECUTAR (CR)
021701 Tasas – Derechos de tránsito
021702 Tasas - peajes turísticos
021703 Tasas – Contaminación vehicular
021704 Tasas – Plaza de mercado
021705 Tasas – Plaza de ferias
021706 Tasas – Matadero público
021707 Tasas – Peajes y estacionamiento
021708 Tasa sobre minas
021709 Tasa por utilización de recursos naturales
021710 Tasa por contaminación de recursos naturales
021711 Tasa por servicios aduaneros
021712 Tasa por servicios notariales
021713 Tasa- Participación en plusvalía
021714 Tasa - Licencias de construcción
021715 Tasa - Pliegos de licitaciones
021716 Tasa - Alquiler maquinaria y equipo
021717 Tasa - arrendamientos
021718 Tasa – publicaciones
021719 Tasa por registro de marcas, quemadores y herretes
021720 Tasa por pesas y medidas
021721 Otras tasas
021722 Multas y sanciones por impuestos
021723 Otras multas y sanciones
021724 Intereses por impuestos
021725 Otros intereses
021726 Contribución por exportación y explotación de petróleo, crudo, gas libre, carbón y ferro níquel.
021727 Contribución sobre contratos de obras públicas
021728 Contribución para el ICFES
021729 Contribución a la valorización
021731 Concesiones de larga distancia
021732 Concesión sistema personalizado de comunicación
021733 Concesión del espectro electromagnético
021734 Concesión para explotación del suelo y subsuelo
021735 Concesión de sociedades portuarias
021736 Regalías y compensaciones petroleras
021737 Regalías y compensaciones carboníferas
021738 Regalías y compensaciones gas natural
021739 Otras regalías y compensaciones
021740 Venta de bienes producidos
021741 Venta de bienes por operaciones de comercialización
021742 Venta de servicios educativos
021743 Venta de servicios de salud y previsión social
021744 Venta de servicios de energía
021745 Venta de servicio de comunicaciones
021746 Venta de servicio de telecomunicaciones
021747 Venta de servicio de acueducto
021748 Venta de servicio de alcantarillado
021749 Venta de servicio de gas combustible
021750 Venta de servicio de aseo
021751 Venta de servicio de tránsito y transporte
021752 Venta de otros servicios
021753 Tasas, multas y contribuciones – PGN <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
021754 Ventas de bienes y servicios - Estapúblicos PGN <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 406 de 2010> <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
021755 Operaciones comerciales - Estapúblicos PGN <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 406 de 2010> <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
021756 Aportes patronales - Estapúblicos PGN <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 406 de 2010> <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
021757 Aportes de afiliados - Estapúblicos PGN <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 406 de 2010> <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
021758 Aportes de otras entidades - Estapúblicos PGN <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 406 de 2010> <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
021759 Otros ingresos no tributarios - Estapúblicos PGN <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 406 de 2010> <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
021760 Fondos especiales - Estapúblicos PGN <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 406 de 2010> <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
021790 Otros ingresos no tributarios
0218 TRANSFERENCIAS Y APORTES POR EJECUTAR (CR)
021801 Sistema General de Participación para Salud
021802 Sistema General de Participación para Educación
021803 Sistema General de Participación para Propósito General – libre asignación
021804 Sistema General de Participación para Propósito General – forzosa inversión
021805 Participación para pensiones – Fonpet
021806 Otras participaciones del sistema general
021807 Sistema General de Participaciones – Municipios limítrofes del río grande de la magdalena
021808 Sistema General de Participaciones – Programa Alimentación escolar
021809 Recursos de cofinanciación
021810 Fondo Nacional de Regalías
021811 Transferencias Ley 12/86
021812 Participación Ley 1ª/72
021813 Transferencias prestaciones sociales pensiones
021814 Transferencias – Empresa Territorial para la Salud, ETESA – libre asignación
021815 Transferencias – Empresa Territorial para la Salud, ETESA – forzosa inversión
021816 Transferencias – Fondo de Solidaridad y Garantía, FOSYGA
021817 Transferencias departamentales – Vehículo automotor
021818 Transferencias – Degüello ganado mayor
021819 Transferencias – Otros impuestos
021820 Transferencia del sector eléctrico – libre asignación
021821 Transferencia del sector eléctrico – forzosa inversión
021822 Transferencia ESP subsidios para servicios públicos
021823 Aportes recibidos de gobierno nacionales
021824 Aportes recibidos de gobierno departamentales
021825 Aportes recibidos de gobierno distritales
021826 Aportes recibidos de gobierno municipales
021827 Cuota de fiscalización y auditaje
021828 Fondo subsidio sobretasa a la gasolina
021829 Transferencias Ministerio del Interior y de Justicia
021830 Cancelación prestaciones del magisterio
021831 Transferencias municipales y/o distritales
021832 Aportes de seguridad social
021833 Sistema General de Participaciones – agua potable y saneamiento básico
<Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 146 de 2008>
021834 Atención integral de la primera infancia <Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 558 de 2008>
021835 Aportes de la Nación - Estapúblicos PGN <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 406 de 2010> <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
021890 Otras transferencias nacionales
021891 Otras transferencias departamentales
021892 Otras transferencias distritales
021893 Otras transferencias municipales
0219 RECURSOS DE CAPITAL POR EJECUTAR (CR)
021901 Crédito interno – Emisión TES
021902 Crédito interno – Emisión otros títulos de deuda pública
021903 Crédito interno – Banca comercial
021904 Crédito interno - Proveedores
021905 Crédito interno – Fonade
021906 Crédito interno – Findeter
021907 Crédito interno – Institutos Financieros Territoriales - INFIS
021908 Crédito interno – Otras entidades financieras
021909 Crédito externo – Emisión Bonos
021910 Crédito externo – Banca multilateral
021911 Crédito externo – Gobierno
021912 Crédito externo – Proveedores
021913 Crédito externo – Otras entidades financieras
021914 Donaciones
021915 Diferencial cambiario
021916 Excedentes financieros
021917 Rendimientos operaciones financieras – TES
021918 Rendimientos operaciones financieras – Otros títulos
021919 Rendimientos financieros – Recursos libre asignación
021920 Rendimientos financieros – Recursos forzosa inversión
021921 Préstamos gubernamentales recibidos del gobierno general nacional.
021922 Préstamos recibidos de empresas no financieras nacionales
021923 Préstamos recibidos del gobierno general departamental
021924 Préstamos recibidos de empresas no financieras departamentales
021925 Préstamos recibidos del gobierno general distrital
021926 Préstamos recibidos de empresas no financieras distritales
021927 Préstamos recibidos del gobierno general municipal
021928 Préstamos recibidos de empresas no financieras municipales
021929 Ingresos por titularización
021930 Utilidades del Banco de la República
021931 Utilidades de empresas
021932 Recursos del Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera
021933 Venta de activos financieros
021934 Venta de activos no financieros al sector público
021935 Venta de activos no financieros al sector privado
021936 Reducción capital empresas
021937 Recuperación de cartera
021939 Reintegros
021941 Crédito interno - Nación
021942 Crédito interno - otras entidades del sector no financiero
021945 Crédito externo - Banca comercial <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
021946 Rendimientos financieros – PGN <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
021947 Enajenación de activos – PGN <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
021990 Otros recursos de capital
0221 CONTRIBUCIONES PARAFISCALES POR EJECUTAR (CR)
022101 Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA
022102 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF
022103 Escuela Superior de Administración Pública - ESAP
022104 Cotización pensiones – empleados
022105 Cuota de fomento
022106 Cuota de contribución cafetera
022107 Fondo de promoción turística
022108 Fondo de prestaciones sociales del magisterio – Cesantías
022109 Fondo de prestaciones sociales del magisterio – afiliado pensiones
022110 Fondo de prestaciones sociales del magisterio – afiliado salud
022111 Fondo de prestaciones sociales del magisterio – patronales pensiones
022112 Fondo de prestaciones sociales del magisterio – patronales salud
022113 Fondo de prestaciones del magisterio – rendimiento de inversiones
022114 Fondo de prestaciones del magisterio – intereses
022190 Otras rentas parafiscales.
0222 INGRESOS POR FONDOS ESPECIALES POR EJECUTAR (CR)
022201 Contribución a Superintendencias
022202 Cuota de fiscalización y auditaje
022203 Comisiones de Regulación
022204 Escuelas industriales e Institutos Técnicos
022205 Financiación sector justicia
022206 Fondo defensa nacional
022207 Fondo Estupefacientes Salud
022208 Fondos internos Ministerio de defensa
022209 Fondos internos Policía Nacional
022210 Fondo de publicaciones de la Contraloría General de la República
022211 Fondo rotatorio Ministerio de Minas y Energía
022212 Fondo Nacional de Regalías
022213 Fondo de solidaridad y garantía en la salud
022214 Fondo de solidaridad pensional
022215 Fondo de riesgos profesionales
022216 Fondo salud Fuerzas Militares
022217 Fondo salud Policía Nacional
022218 Fondo compensación ambiental
022219 Pensiones EPSA-CVC
022220 Fondo solidaridad para subsidios y redistribución ingresos sector eléctrico y gas
022221 Fondo de pensiones Superintendencias y Carbocol
022222 Unidad Administrativa Especial de Comercio Exterior
022223 Fondo seguridad y convivencia ciudadana
022224 Fondo subsidio sobretasa gasolina
022225 Instituto de estudios del Ministerio Público
022226 Junta Central de Contadores <Subcuenta eliminada por el artículo 5 de la Resolución 669 de 2008>
022227 Fondo de la sobretasa al ACPM
022228 Fondo para defensa de derechos e intereses colectivos
022229 Fondo de investigación en salud
022230 Fondo conservación de museos y teatros
022231 Fondo apoyo financiero zonas no interconectadas
022232 Fondo apoyo financiero zonas rurales interconectadas
022233 Fondo Escuela Nacional del Deporte
022234 Fondo recursos monitoreo y vigilancia educación superior
022235 Fondo Fonpet magisterio
022236 Fondo especial de energía social – FOES
022237 Fondo de pensiones del Fondo Rotatorio de Notariado y Registro
022238 Fondo Especial Comisión Nacional de Búsqueda
022240 Fondo de Pensiones Fondo Fonprenor <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
022241 Fondo Especial Cuota de Fomento de Gas Natural <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
022242 Fondo Especial para Programa de Normalización de Redes Eléctricas - Prone <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
022290 Otros fondos especiales nacionales
022291 Otros fondos especiales territoriales
0223 RECAUDOS EN EFECTIVO POR INGRESOS TRIBUTARIOS (CR)
022301 Impuesto sobre la renta y complementarios
022302 Impuesto al patrimonio
022303 Impuesto sobre aduanas y recargos
022304 Impuesto al valor agregado - IVA
022305 Impuesto a la gasolina y al ACPM
022306 Impuesto de timbre nacional
022307 Impuesto de timbre nacional sobre salidas al exterior
022308 Impuesto a la explotación de Oro, Plata y al Platino
022309 Gravamen a los movimientos financieros <Subcuenta renombrada por el artículo 4 de la Resolución 669 de 2008>
022310 Impuesto al encaje
022311 Impuesto sobre armas y municiones
022312 Retención en la fuente impuestos nacionales
022313 Sobretasa impuesto sobre la renta y complementarios
022314 Sobretasa a la gasolina
022315 Sobretasa al ACPM
022316 Impuesto al turismo <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
022325 Impuesto de registro
022326 Impuesto a ganadores sorteos ordinarios
022327 Impuesto a ganadores sorteos extraordinarios
022328 Impuestos a loterías foráneas
022329 Impuesto sobre juego de apuestas permanente - chance
022330 Impuesto sobre vehículos automotores
022331 Impuesto al consumo de licores, vinos aperitivos y similares de departamento
022332 Impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares nacionales
022333 Impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares extranjeros
022334 Impuesto al consumo de tabaco y cigarrillos nacionales
022335 Impuesto al consumo de tabaco y cigarrillos extranjeros
022336 Impuesto al consumo de cerveza nacional
022337 Impuesto al consumo de cerveza extranjera
022338 Derechos de explotación de juegos de suerte y azar
022339 Derechos de explotación de monopolio de licores
022340 Impuesto predial unificado
022341 Impuesto de industria y comercio
022342 Impuesto de avisos y tableros
022343 Impuesto a publicidad exterior visual
022344 Impuesto a juegos promocionales
022345 Impuesto sobre rifa de circulación
022346 Impuesto sobre eventos hípicos, caninos y similares
022347 Impuesto sobre juegos de suerte y azar novedosos
022348 Impuesto de circulación y tránsito
022349 IVA de licores a productores
022350 IVA de licores a distribuidores
022351 Impuesto a la venta de cerveza 8%
022352 Impuesto por el uso del subsuelo
022353 Impuesto de transporte de hidrocarburos
022354 Impuesto sobre el servicio de alumbrado público
022355 Impuesto de delineación urbana
022356 Impuesto a degüello de ganado mayor
022357 Impuesto a degüello de ganado menor
022358 Impuesto de espectáculos públicos
022359 Impuesto al deporte
022360 Impuestos a mercancías extranjeras
022361 Impuesto de circulación – Tarjeta de turismo
022362 Impuestos sobre telégrafos y teléfonos urbanos
022363 Impuesto por la ocupación de vías
022364 Retención en la fuente impuesto de industria y comercio - ICA
022365 Sobretasa del impuesto predial - CAR
022366 Sobretasa bomberil
022367 Estampillas para el desarrollo territorial
022368 Impuesto a las ventas por el sistema de clubes
022369 Impuesto sobre apuestas mutuas
022390 Otros impuestos tributarios nacionales
022391 Otros impuestos tributarios departamentales
022392 Otros impuestos tributarios distritales
022393 Otros impuestos tributarios municipales
0224 RECAUDOS EN EFECTIVO POR INGRESOS NO TRIBUTARIOS (CR)
022401 Tasas – Derechos de tránsito
022402 Tasas - peajes turísticos
022403 Tasas – Contaminación vehicular
022404 Tasas – Plaza de mercado
022405 Tasas – Plaza de ferias
022406 Tasas – Matadero público
022407 Tasas – Peajes y estacionamiento
022408 Tasa sobre minas
022409 Tasa por utilización de recursos naturales
022410 Tasa por contaminación de recursos naturales
022411 Tasa por servicios aduaneros
022412 Tasa por servicios notariales
022413 Tasa - Participación en plusvalía
022414 Tasa - Licencias de construcción
022415 Tasa - Pliegos de licitaciones
022416 Tasa - Alquiler maquinaria y equipo
022417 Tasa - arrendamientos
022418 Tasa – publicaciones
022419 Tasa por registro de marcas, quemadores y herretes
022420 Tasa por pesas y medidas
022421 Otras tasas
022422 Multas y sanciones por impuestos
022423 Otras multas y sanciones
022424 Intereses por impuestos
022425 Otros intereses
022426 Contribución por exportación y explotación de petróleo, crudo, gas libre, carbón y ferro níquel.
022427 Contribución sobre contratos de obras públicas
022428 Contribución para el ICFES
022429 Contribución a la valorización
022431 Concesiones de larga distancia
022432 Concesión sistema personalizado de comunicación
022433 Concesión del espectro electromagnético
022434 Concesión para explotación del suelo y subsuelo
022435 Concesión de sociedades portuarias
022436 Regalías y compensaciones petroleras
022437 Regalías y compensaciones carboníferas
022438 Regalías y compensaciones gas natural
022439 Otras regalías y compensaciones
022440 Venta de bienes producidos
022441 Venta de bienes por operaciones de comercialización
022442 Venta de servicios educativos
022443 Venta de servicios de salud y previsión social
022444 Venta de servicios de energía
022445 Venta de servicio de comunicaciones
022446 Venta de servicio de telecomunicaciones
022447 Venta de servicio de acueducto
022448 Venta de servicio de alcantarillado
022449 Venta de servicio de gas combustible
022450 Venta de servicio de aseo
022451 Venta de servicio de tránsito y transporte
022452 Venta de otros servicios
022453 Tasas, multas y contribuciones – PGN <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
022454 Ventas de bienes y servicios - Estapúblicos PGN <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 406 de 2010> <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
022455 Operaciones comerciales - Estapúblicos PGN <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 406 de 2010> <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
022456 Aportes patronales - Estapúblicos PGN <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 406 de 2010> <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
022457 Aportes de afiliados - Estapúblicos PGN <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 406 de 2010> <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
022458 Aportes de otras entidades - Estapúblicos PGN <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 406 de 2010> <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
022459 Otros ingresos no tributarios - Estapúblicos PGN <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 406 de 2010> <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
022460 Fondos especiales - Estapúblicos PGN <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 406 de 2010> <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
022490 Otros ingresos no tributarios
0226 RECAUDOS EN EFECTIVO POR TRANSFERENCIAS Y APORTES (CR)
022601 Sistema General de Participación para Salud
022602 Sistema General de Participación para Educación
022603 Sistema General de Participación para Propósito
General – libre asignación
022604 Sistema General de Participación para Propósito General – forzosa inversión
022605 Participación para pensiones – Fonpet
022606 Otras participaciones del sistema general
022607 Sistema General de Participaciones – Municipios limítrofes del río grande de la magdalena
022608 Sistema General de Participaciones – Programa Alimentación escolar
022609 Recursos de cofinanciación
022610 Fondo Nacional de Regalías
022611 Transferencias Ley 12/86
022612 Participación Ley 1ª/72
022613 Transferencias prestaciones sociales pensiones
022614 Transferencias – Empresa Territorial para la Salud, ETESA – libre asignación
022615 Transferencias – Empresa Territorial para la Salud, ETESA – forzosa inversión
022616 Transferencias – Fondo de Solidaridad y Garantía, FOSYGA
022617 Transferencias departamentales-Vehículo automotor
022618 Transferencias – Degüello ganado mayor
022619 Transferencias – Otros impuestos
022620 Transferencia del sector eléctrico – libre asignación
022621 Transferencia del sector eléctrico – forzosa inversión
022622 Transferencia ESP subsidios para servicios públicos
022623 Aportes recibidos de gobierno nacionales
022624 Aportes recibidos de gobierno departamentales
022625 Aportes recibidos de gobierno distritales
022626 Aportes recibidos de gobierno municipales
022627 Cuota de fiscalización y auditaje
022628 Fondo subsidio sobretasa a la gasolina
022629 Transferencias Ministerio del Interior y de Justicia
022630 Cancelación prestaciones del magisterio
022631 Transferencias municipales y/o distritales
022632 Aportes de seguridad social
022633 Sistema General de Participaciones – agua potable y saneamiento básico <Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 146 de 2008>
022634 Atención integral de la primera infancia <Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 558 de 2008>
022635 Aportes de la Nación - Estapúblicos PGN <Subcuenta eliminada por el artículo 2 de la Resolución 406 de 2010> <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
022690 Otras transferencias nacionales
022691 Otras transferencias departamentales
022692 Otras transferencias distritales
022693 Otras transferencias municipales
0227 RECAUDOS EN EFECTIVO POR RECURSOS DE CAPITAL (CR)
022701 Crédito interno – Emisión TES
022702 Crédito interno – Emisión otros títulos de deuda pública
022703 Crédito interno – Banca comercial
022704 Crédito interno - Proveedores
022705 Crédito interno – Fonade
022706 Crédito interno – Findeter
022707 Crédito interno – Institutos Financieros Territoriales - INFIS
022708 Crédito interno – Otras entidades financieras
022709 Crédito externo – Emisión Bonos
022710 Crédito externo – Banca multilateral
022711 Crédito externo – Gobierno
022712 Crédito externo – Proveedores
022713 Crédito externo – Otras entidades financieras
022714 Donaciones
022715 Diferencial cambiario
022716 Excedentes financieros
022717 Rendimientos operaciones financieras – TES
022718 Rendimientos operaciones financieras – Otros títulos
022719 Rendimientos financieros – Recursos libre asignación
022720 Rendimientos financieros – Recursos forzosa inversión
022721 Préstamos gubernamentales recibidos del gobierno general nacional.
022722 Préstamos recibidos de empresas no financieras nacionales
022723 Préstamos recibidos del gobierno general departamental
022724 Préstamos recibidos de empresas no financieras departamentales
022725 Préstamos recibidos del gobierno general distrital
022726 Préstamos recibidos de empresas no financieras distritales
022727 Préstamos recibidos del gobierno general municipal
022728 Préstamos recibidos de empresas no financieras municipales
022729 Ingresos por titularización
022730 Utilidades del Banco de la República
022731 Utilidades de empresas
022732 Recursos del Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera
022733 Venta de activos financieros
022734 Venta de activos no financieros al sector público
022735 Venta de activos no financieros al sector privado
022736 Reducción capital empresas
022737 Recuperación de cartera
022739 Reintegros
022741 Crédito interno - Nación
022742 Crédito interno-otras entidades del sector no financiero
022745 Crédito externo - Banca comercial <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
022746 Rendimientos financieros – PGN <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
022747 Enajenación de activos – PGN <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
022790 Otros recursos de capital
0228 RECAUDOS EN EFECTIVO POR CONTRIBUCIONES PARAFISCALES (CR)
022801 Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA
022802 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF
022803 Escuela Superior de Administración Pública - ESAP
022804 Cotización pensiones – empleados
022805 Cuota de fomento
022806 Cuota de contribución cafetera
022807 Fondo de promoción turística
022808 Fondo de prestaciones sociales del magisterio – Cesantías
022809 Fondo de prestaciones sociales del magisterio – afiliado pensiones
022810 Fondo de prestaciones sociales del magisterio – afiliado salud
022811 Fondo de prestaciones sociales del magisterio – patronales pensiones
022812 Fondo de prestaciones sociales del magisterio – patronales salud
022813 Fondo de prestaciones del magisterio – rendimiento de inversiones
022814 Fondo de prestaciones del magisterio – intereses
022890 Otras rentas parafiscales.
0229 RECAUDOS EN EFECTIVO POR FONDOS ESPECIALES (CR)
022901 Contribución a Superintendencias
022902 Cuota de fiscalización y auditaje
022903 Comisiones de Regulación
022904 Escuelas industriales e Institutos Técnicos
022905 Financiación sector justicia
022906 Fondo defensa nacional
022907 Fondo Estupefacientes Salud
022908 Fondos internos Ministerio de defensa
022909 Fondos internos Policía Nacional
022910 Fondo de publicaciones de la Contraloría General de la República
022911 Fondo rotatorio Ministerio de Minas y Energía
022912 Fondo Nacional de Regalías
022913 Fondo de solidaridad y garantía en la salud
022914 Fondo de solidaridad pensional
022915 Fondo de riesgos profesionales
022916 Fondo salud Fuerzas Militares
022917 Fondo salud Policía Nacional
022918 Fondo compensación ambiental
022919 Pensiones EPSA-CVC
022920 Fondo solidaridad para subsidios y redistribución ingresos sector eléctrico y gas
022921 Fondo de pensiones Superintendencias y Carbocol
022922 Unidad Administrativa Especial de Comercio Exterior
022923 Fondo seguridad y convivencia ciudadana
022924 Fondo subsidio sobretasa gasolina
022925 Instituto de estudios del Ministerio Público
022926 Junta Central de Contadores <Subcuenta eliminada por el artículo 5 de la Resolución 669 de 2008>
022927 Fondo de la sobretasa al ACPM
022928 Fondo para defensa de derechos e intereses colectivos
022929 Fondo de investigación en salud
022930 Fondo conservación de museos y teatros
022931 Fondo apoyo financiero zonas no interconectadas
022932 Fondo apoyo financiero zonas rurales interconectadas
022933 Fondo Escuela Nacional del Deporte
022934 Fondo recursos monitoreo y vigilancia educación superior
022935 Fondo Fonpet magisterio
022936 Fondo especial de energía social – FOES
022937 Fondo de pensiones del Fondo Rotatorio de Notariado y Registro
022938 Fondo Especial Comisión Nacional de Búsqueda
022940 Fondo de Pensiones Fondo Fonprenor <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
022941 Fondo Especial Cuota de Fomento de Gas Natural <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
022942 Fondo Especial para Programa de Normalización de Redes Eléctricas - Prone <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
022990 Otros fondos especiales nacionales
022991 Otros fondos especiales territoriales
0231 EJECUCION EN TITULOS, BIENES, COMPENSACIONES Y OTROS <Cuenta renombrada por el artículo 4 de la Resolución 669 de 2008>
023101 Ingresos tributarios
023102 Ingresos no tributarios
023103 Transferencias y aportes
023104 Recursos de capital
023105 Contribuciones parafiscales
023106 Fondos Especiales
023107 Disponibilidad inicial
023110 Recursos destinados a cubrir reservas presupuestales vigencia anterior
023111 Otros recursos del balance
0243 RECAUDOS DE INGRESOS NO AFORADOS (DB)
024301 Ingresos tributarios
024302 Ingresos no tributarios
024303 Transferencias y aportes
024304 Recursos de capital
024305 Contribuciones parafiscales
024306 Fondos Especiales
<Cuenta 0244 eliminada por el artículo 1 de la Resolución 406 de 2010>
0244 Ingresos por cobrar - PGN (CR) <Cuenta creada por el artículo 2 de la Resolución 669 de 2008>
024401 Impuesto sobre la Renta y Complementarios <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024402 Impuesto al Patrimonio<Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024403 Impuesto sobre Aduanas y Recargos<Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024404 Impuesto al Valor Agregado - IVA<Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024405 Impuesto a la Gasolina y al ACPM<Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024406 Impuesto de timbre nacional<Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024407 Impuesto de timbre nacional sobre salidas al exterior<Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024408 Impuesto a la explotación de oro, plata y al platino<Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024409 Gravamen a los movimientos financieros<Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024410 Impuesto al encaje<Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024411 Impuesto sobre armas y municiones<Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024412 Retención en la fuente impuestos nacionales <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024413 Sobretasa impuesto sobre la renta y complementarios <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024414 Sobretasa a la, gasolina <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024415 Sobretasa al ACPM <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024416 Impuesto al turismo <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024417 Tasas multas y contribuciones <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024418 Ventas de bienes y servicios - Estapúblícos PGN <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024419 Operaciones comerciales - Estapúblicos PGN <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024420 Aportes patronales - Estapúblicos PGN <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024421 Aportes de afiliados - Estapúblicos PGN <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024422 Aportes de otras entidades - Estapúblicos PGN <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024423 Otros ingresos no tributarios - Estapúblicos PGN <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024424 Fondos especiales - Estapúblicos PGN <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024432 Recuperación de cartera <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024433 Reintegros <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024434 Otros recursos de capital <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024435 Rentas o contribuciones parafiscales <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024436 Contribución a Superintendencias <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024437 Cuota de fiscalización y auditaje <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024438 Financiación Sector Justicia <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024439 Fondo Defensa Nacional <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024440 Fondo Estupefacientes Salud <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024441 Fondos Internos Ministerio de Defensa <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024442 Fondos Internos Policía Nacional <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024443 Fondo Rotatorio Ministerio de Mina y Energía <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024444 Fondo Nacional de Regalías <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024445 Escuelas Industriales e Institutos Técnicos <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024446 Fondo de Solidaridad y Garantía en la Salud <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024447 Fondo de Solidaridad Pensional <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024448 Comisiones de Regulación <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024449 Fondo de Riesgos Profesionales <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024450 Instituto de Estudios del Ministerio Público <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024451 Fondo Salud Fuerzas Militares <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024452 Fondo Salud Policía Nacional <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024453 Fondo Compensación Ambiental <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024454 Pensiones EPSA-CVC <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024455 Fondo Solidaridad para Subsidios y Redistribución Ingresos Sector Eléctrico y Gas <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024456 Fondo de Pensiones Superintendencias y Carbocol <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024457 Unidad Administrativa Especial de Comercio Exterior <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024458 Fondo Seguridad y Convivencia Ciudadana <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024459 Fondo Subsidio Sobretasa Gasolina <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024460 Fondo de la Sobretasa al ACPM <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024461 Fondo para Defensa de Derechos e Intereses Colectivos <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024462 Fondo de Investigación en Salud <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024463 Fondo Conservación de Museos y Teatros <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024464 Fondo Apoyo Financiero Zonas No Interconectadas <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024465 Fondo Apoyo Financiero Zonas Rurales Interconectadas <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024466 Fondo recursos Monitoreo y Vigilancia Educación Superior <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024467 Fondo Fonpet Magisterio <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024468 Fondo Especial de Energía Social - FOES <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024469 Fondo de Publicaciones de la Contraloría General de la República <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024470 Fondo Especial Comisión Nacional de Búsqueda <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024471 Fondo de Pensiones Fondo Fonprenor <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024472 Fondo Especial Cuota de Fomento de Gas Natural <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024473 Fondo Especial para Programa de Normalización de Redes Eléctricas-Pr <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
<Cuenta 0245 eliminada por el artículo 1 de la Resolución 406 de 2010>
0245 Decreto de liquidación PGN - Aprobado (Db) <Cuenta creada por el artículo 2 de la Resolución 669 de 2008>
024501 Ingresos Corrientes de la Nación <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024502 Recursos de Capital de la Nación <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024503 Rentas Parafiscales <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024504 Fondos Especiales <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024505 Ingresos de los establecimientos públicos <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
<Cuenta 0246 eliminada por el artículo 1 de la Resolución 406 de 2010>
0246 Decreto de liquidación PGN - Por Ejecutar (Cr) <Cuenta creada por el artículo 2 de la Resolución 669 de 2008>
024601 Ingresos corrientes de la Nación <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024602 Recursos de capital de la Nación <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024603 Rentas parafiscales <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024604 Fondos especiales <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
024605 Ingresos de los establecimientos públicos <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
03 PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
0320 GASTOS DE PERSONAL APROBADOS (CR)
032001 Servicios personales asociados a la nómina – Sueldos de personal de nómina
032002 Servicios personales asociados a la nómina – Prima Técnica
032003 Servicios personales asociados a la nómina – Otros
032004 Servicios personales asociados a la nómina – Otros gastos personales (Distribución previo concepto DGPPN)
032005 Servicios personales asociados a la nómina – Horas extras, días festivos e indemnización por vacaciones
032006 Servicios personales Indirectos – Jornales
032007 Servicios personales Indirectos – Gastos de personal supernumerario
032008 Servicios personales Indirectos – Honorarios
032009 Servicios personales Indirectos – Honorarios Tribunales de arbitramento
032010 Servicios personales Indirectos – Remuneración servicios técnicos
032011 Servicios personales Indirectos – Remuneración servicios técnicos Unidades de trabajo legislativo
032012 Servicios personales Indirectos – Horas cátedra
032013 Servicios personales Indirectos – Otros
032014 Contribuciones inherentes a la nómina –Administradas por el sector privado
032016 Contribuciones inherentes a la nómina – Aportes al ICBF
032017 Contribuciones inherentes a la nómina – Aportes al SENA
032018 Contribuciones inherentes a la nómina – Aportes a la ESAP
032019 Contribuciones inherentes a la nómina – Aportes a escuelas industriales e institutos técnicos
032021 Contribuciones inherentes a la nómina – Subsidio de vivienda
032023 Contribuciones inherentes a la nómina – Otros aportes a entidades del sector público
032024 Indemnización de personal
032025 Gastos de personal – Pasivos exigibles en vigencias expiradas <Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 558 de 2008>
032026 Contribuciones inherentes a la nómina -Administradas por el sector público - PGN <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
032027 Contribuciones inherentes a la nómina - Otros aportes a entidades del sector privado - PGN <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
0321 GASTOS GENERALES APROBADOS (CR)
032101 Impuestos y contribuciones
032102 Multas y sanciones
032103 Adquisición de bienes y servicios – Compra de equipo
032104 Adquisición de bienes y servicios – Enseres y equipo de oficina
032105 Adquisición de bienes y servicios – Compra de equipo militar y de inteligencia
032106 Adquisición de bienes y servicios – Materiales y suministros
032107 Adquisición de bienes y servicios – Mantenimiento
032108 Adquisición de bienes y servicios – Comunicaciones y transporte
032109 Adquisición de bienes y servicios – Impresos y publicaciones
032110 Adquisición de bienes y servicios – Servicios públicos
032111 Adquisición de bienes y servicios – Seguros
032112 Adquisición de bienes y servicios – Arrendamientos
032113 Adquisición de bienes y servicios – Viáticos y gastos de viaje
032114 Adquisición de bienes y servicios – Gastos de operación aduanera
032115 Adquisición de bienes y servicios – Costos judiciales
032116 Adquisición de bienes y servicios – Gastos judiciales
032117 Adquisición de bienes y servicios – Transporte de presos
032118 Adquisición de bienes y servicios – Apoyo operaciones militares y policiales
032119 Adquisición de bienes y servicios – Gastos imprevistos
032120 Adquisición de bienes y servicios – Compra de semovientes
032121 Adquisición de bienes y servicios – Sostenimiento de semovientes
032122 Adquisición de bienes y servicios – Gastos reservados
032123 Adquisición de bienes y servicios – Capacitación, bienestar social y estímulos
032124 Adquisición de bienes y servicios – Gastos financieros
032125 Adquisición de bienes y servicios – Dotación de personal
032126 Adquisición de bienes y servicios – Gastos electorales
032127 Defensa de la Hacienda Pública <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
032190 Adquisición de bienes y servicios – Otros gastos por adquisición de bienes
032191 Adquisición de bienes y servicios – Otros gastos por adquisición de servicios
032199 Adquisición de bienes y servicios – Pasivos exigibles Vigencias expiradas
0323 TRANSFERENCIAS CORRIENTES APROBADAS (CR)
032301 Transferencias por convenios con el sector privado
032302 Transferencias al sector público – Orden Nacional
032303 Transferencias al sector público – Departamentos
032304 Transferencias al sector público – Distritos y Municipios
032305 Transferencias al sector público – Empresas Públicas Financieras
032306 Transferencias al sector público – Empresas Públicas No Financieras
032307 Transferencias al sector público – Otras entidades descentralizadas del orden territorial
032308 Transferencias al exterior – Organismos internacionales
032309 Transferencias a exterior – Otras
032310 Transferencias de previsión y seguridad social – Pensiones y jubilaciones
032311 Transferencias de previsión y seguridad social – Cesantías
032312 Transferencias de previsión y seguridad social – Otras
032313 Sistema General de Participaciones – Participación para educación
032314 Sistema General de Participaciones – Participación para salud
032315 Sistema General de Participaciones – Participación para propósito general
032316 Sistema General de Participaciones –Asignaciones especiales
032317 Transferencias cafeteras
032318 Transferencias sobretasa ambiental
032319 Transferencias al Fonpet
032320 Transferencias por sentencias y conciliaciones
032321 Transferencias Fondo de Compensación Interministerial
032322 Sistema General de Participaciones – agua potable y saneamiento básico
<Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 146 de 2008>
032323 Otras transferencias corrientes
032324 Transferencias para apoyo de programas de salud <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
032399 Vigencias expiradas transferencias corrientes
0324 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL APROBADAS (CR)
032401 Entidades del gobierno general nacional
032402 Entidades del gobierno general departamental
032403 Entidades del gobierno general distrital
032404 Entidades del gobierno general municipal
032405 A empresas Públicas Financieras
032406 A empresas Públicas No Financieras
032407 Otras transferencias de capital
032408 Organismos internacionales <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
032499 Vigencias expiradas transferencias de capital
0325 GASTOS DE COMERCIALIZACIÓN Y PRODUCCIÓN APROBADOS (CR)
032501 Comercial – Compra de bienes y servicios
032502 Comercial – Otros gastos
032503 Industrial – Compra de bienes y servicios
032504 Industrial – Otros gastos
032505 Agrícola – Compra de bienes y servicios
032506 Agrícola – Otros gastos
0326 OTROS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO APROBADOS (CR)
032603 Sentencias y conciliaciones
032604 Pago déficit
032605 Reservas presupuestales
032606 Pasivos exigibles
0331 GASTOS DE PERSONAL POR EJECUTAR (DB)
033101 Servicios personales asociados a la nómina – Sueldos de personal de nómina
033102 Servicios personales asociados a la nómina – Prima Técnica
033103 Servicios personales asociados a la nómina – Otros
033104 Servicios personales asociados a la nómina – Otros gastos personales (Distribución previo concepto DGPPN)
033105 Servicios personales asociados a la nómina – Horas extras, días festivos e indemnización por vacaciones
033106 Servicios personales Indirectos – Jornales
033107 Servicios personales Indirectos – Gastos de personal supernumerario
033108 Servicios personales Indirectos – Honorarios
033109 Servicios personales Indirectos – Honorarios Tribunales de arbitramento
033110 Servicios personales Indirectos – Remuneración servicios técnicos
033111 Servicios personales Indirectos – Remuneración servicios técnicos Unidades de trabajo legislativo
033112 Servicios personales Indirectos – Horas cátedra
033113 Servicios personales Indirectos – Otros
033114 Contribuciones inherentes a la nómina –Administradas por el sector privado
033116 Contribuciones inherentes a la nómina – Aportes al ICBF
033117 Contribuciones inherentes a la nómina – Aportes al SENA
033118 Contribuciones inherentes a la nómina – Aportes a la ESAP
033119 Contribuciones inherentes a la nómina – Aportes a escuelas industriales e institutos técnicos
033121 Contribuciones inherentes a la nómina – Subsidio de vivienda
033123 Contribuciones inherentes a la nómina – Otros aportes a entidades del sector público
033124 Indemnización de personal
033125 Gastos de personal – Pasivos exigibles en vigencias expiradas <Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 558 de 2008>
033126 Contribuciones inherentes a la nómina - Administradas por el sector público – PGN <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008> 033127 Contribuciones inherentes a la nómina - Otros aportes a entidades del sector privado PGN <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
0332 GASTOS GENERALES POR EJECUTAR (DB)
033201 Impuestos y contribuciones
033202 Multas y sanciones
033203 Adquisición de bienes y servicios – Compra de equipo
033204 Adquisición de bienes y servicios – Enseres y equipo de oficina
033205 Adquisición de bienes y servicios – Compra de equipo militar y de inteligencia
033206 Adquisición de bienes y servicios – Materiales y suministros
033207 Adquisición de bienes y servicios – Mantenimiento
033208 Adquisición de bienes y servicios – Comunicaciones y transporte
033209 Adquisición de bienes y servicios – Impresos y publicaciones
033210 Adquisición de bienes y servicios – Servicios públicos
033211 Adquisición de bienes y servicios – Seguros
033212 Adquisición de bienes y servicios – Arrendamientos
033213 Adquisición de bienes y servicios – Viáticos y gastos de viaje
033214 Adquisición de bienes y servicios – Gastos de operación aduanera
033216 Adquisición de bienes y servicios – Gastos judiciales
033217 Adquisición de bienes y servicios – Transporte de presos
033218 Adquisición de bienes y servicios – Apoyo operaciones militares y policiales
033219 Adquisición de bienes y servicios – Gastos imprevistos
033220 Adquisición de bienes y servicios – Compra de semovientes
033221 Adquisición de bienes y servicios – Sostenimiento de semovientes
033222 Adquisición de bienes y servicios-Gastos reservados
033223 Adquisición de bienes y servicios – Capacitación, bienestar social y estímulos
033224 Adquisición de bienes y servicios – Gastos financieros
033225 Adquisición de bienes y servicios – Dotación de personal
033226 Adquisición de bienes y servicios-Gastos electorales
033227 Defensa de la hacienda pública <Subcuenta creada por el artículo 3 de la
Resolución 669 de 2008>
033290 Adquisición de bienes y servicios – Otros gastos por adquisición de bienes
033291 Adquisición de bienes y servicios – Otros gastos por adquisición de servicios
033299 Adquisición de bienes y servicios – Pasivos exigibles Vigencias expiradas
0334 TRANSFERENCIAS CORRIENTES POR EJECUTAR (DB)
033401 Transferencias por convenios con el sector privado
033402 Transferencias al sector público – Orden Nacional
033403 Transferencias al sector público – Departamentos
033404 Transferencias al sector público – Distritos y Municipios
033405 Transferencias al sector público – Empresas Públicas Financieras
033406 Transferencias al sector público – Empresas Públicas No Financieras
033407 Transferencias al sector público – Otras entidades descentralizadas del orden territorial
033408 Transferencias al exterior – Organismos internacionales
033409 Transferencias a exterior – Otras
033410 Transferencias de previsión y seguridad social – Pensiones y jubilaciones
033411 Transferencias de previsión y seguridad social – Cesantías
033412 Transferencias de previsión y seguridad social – Otras
033413 Sistema General de Participaciones – Participación para educación
033414 Sistema General de Participaciones – Participación para salud
033415 Sistema General de Participaciones – Participación para propósito general
033416 Sistema General de Participaciones –Asignaciones especiales
033417 Transferencias cafeteras
033418 Transferencias sobretasa ambiental
033419 Transferencias al Fonpet
033420 Transferencias por sentencias y conciliaciones
033421 Transferencias Fondo de Compensación Interministerial
033422 Sistema General de Participaciones – agua potable y saneamiento básico
<Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 146 de 2008>
033423 Otras transferencias corrientes
033424 Transferencias para apoyo de programas de salud <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
033499 Vigencias expiradas transferencias corrientes
0335 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL POR EJECUTAR (DB)
033501 Entidades del gobierno general nacional
033502 Entidades del gobierno general departamental
033503 Entidades del gobierno general distrital
033504 Entidades del gobierno general municipal
033505 A empresas Públicas Financieras
033506 A empresas Públicas No Financieras
033507 Otras transferencias de capital
033508 Organismos internacionales <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
033599 Vigencias expiradas transferencias de capital
0336 GASTOS DE COMERCIALIZACIÓN Y PRODUCCIÓN POR EJECUTAR (DB)
033601 Comercial – Compra de bienes y servicios
033602 Comercial – Otros gastos
033603 Industrial – Compra de bienes y servicios
033604 Industrial – Otros gastos
033605 Agrícola – Compra de bienes y servicios
033606 Agrícola – Otros gastos
0337 OTROS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO POR EJECUTAR (DB)
033703 Sentencias y conciliaciones
033704 Pago déficit
033705 Reservas presupuestales
033706 Pasivos exigibles
0350 GASTOS DE PERSONAL COMPROMETIDOS (DB)
035001 Servicios personales asociados a la nómina –
Sueldos de personal de nómina
035002 Servicios personales asociados a la nómina – Prima Técnica
035003 Servicios personales asociados a la nómina – Otros
035004 Servicios personales asociados a la nómina – Otros gastos personales (Distribución previo concepto DGPPN)
035005 Servicios personales asociados a la nómina – Horas extras, días festivos e indemnización por vacaciones
035006 Servicios personales Indirectos – Jornales
035007 Servicios personales Indirectos – Gastos de personal supernumerario
035008 Servicios personales Indirectos – Honorarios
035009 Servicios personales Indirectos – Honorarios Tribunales de arbitramento
035010 Servicios personales Indirectos – Remuneración servicios técnicos
035011 Servicios personales Indirectos – Remuneración servicios técnicos Unidades de trabajo legislativo
035012 Servicios personales Indirectos – Horas cátedra
035013 Servicios personales Indirectos – Otros
035014 Contribuciones inherentes a la nómina –Administradas por el sector privado
035016 Contribuciones inherentes a la nómina – Aportes al ICBF
035017 Contribuciones inherentes a la nómina – Aportes al SENA
035018 Contribuciones inherentes a la nómina – Aportes a la ESAP
035019 Contribuciones inherentes a la nómina – Aportes a escuelas industriales e institutos técnicos
035021 Contribuciones inherentes a la nómina – Subsidio de vivienda
035023 Contribuciones inherentes a la nómina – Otros aportes a entidades del sector público
035024 Indemnización de personal
035025 Gastos de personal – Pasivos exigibles en vigencias expiradas <Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 558 de 2008>
035026 Contribuciones inherentes a la nómina -Administradas por el sector público –PGN <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
035027 Contribuciones inherentes a la nómina - Otros aportes a entidades del sector privado – PGN <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
0351 GASTOS GENERALES COMPROMETIDOS (DB)
035101 Impuestos y contribuciones
035102 Multas y sanciones
035103 Adquisición de bienes y servicios – Compra de equipo
035104 Adquisición de bienes y servicios – Enseres y equipo de oficina
035105 Adquisición de bienes y servicios – Compra de equipo militar y de inteligencia
035106 Adquisición de bienes y servicios – Materiales y suministros
035107 Adquisición de bienes y servicios – Mantenimiento
035108 Adquisición de bienes y servicios – Comunicaciones y transporte
035109 Adquisición de bienes y servicios – Impresos y publicaciones
035110 Adquisición de bienes y servicios – Servicios públicos
035111 Adquisición de bienes y servicios – Seguros
035112 Adquisición de bienes y servicios – Arrendamientos
035113 Adquisición de bienes y servicios – Viáticos y gastos de viaje
035114 Adquisición de bienes y servicios – Gastos de operación aduanera
035116 Adquisición de bienes y servicios – Gastos judiciales
035117 Adquisición de bienes y servicios – Transporte de presos
035118 Adquisición de bienes y servicios – Apoyo operaciones militares y policiales
035119 Adquisición de bienes y servicios – Gastos imprevistos
035120 Adquisición de bienes y servicios – Compra de semovientes
035121 Adquisición de bienes y servicios – Sostenimiento de semovientes
035122 Adquisición de bienes y servicios – Gastos reservados
035123 Adquisición de bienes y servicios – Capacitación, bienestar social y estímulos
035124 Adquisición de bienes y servicios – Gastos financieros
035125 Adquisición de bienes y servicios – Dotación de personal
035126 Adquisición de bienes y servicios – Gastos electorales
035127 Defensa de la hacienda pública <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
035190 Adquisición de bienes y servicios – Otros gastos por adquisición de bienes
035191 Adquisición de bienes y servicios – Otros gastos por adquisición de servicios
035199 Adquisición de bienes y servicios – Pasivos exigibles Vigencias expiradas
0352 TRANSFERENCIAS CORRIENTES COMPROMETIDAS (DB)
035201 Transferencias por convenios con el sector privado
035202 Transferencias al sector público – Orden Nacional
035203 Transferencias al sector público – Departamentos
035204 Transferencias al sector público – Distritos y Municipios
035205 Transferencias al sector público – Empresas Públicas Financieras
035206 Transferencias al sector público – Empresas Públicas No Financieras
035207 Transferencias al sector público – Otras entidades descentralizadas del orden territorial
035208 Transferencias al exterior – Organismos internacionales
035209 Transferencias a exterior – Otras
035210 Transferencias de previsión y seguridad social – Pensiones y jubilaciones
035211 Transferencias de previsión y seguridad social – Cesantías
035212 Transferencias de previsión y seguridad social – Otras
035213 Sistema General de Participaciones – Participación para educación
035214 Sistema General de Participaciones – Participación para salud
035215 Sistema General de Participaciones – Participación para propósito general
035216 Sistema General de Participaciones –Asignaciones especiales
035217 Transferencias cafeteras
035218 Transferencias sobretasa ambiental
035219 Transferencias al Fonpet
035220 Transferencias por sentencias y conciliaciones
035221 Transferencias Fondo de Compensación Interministerial
035222 Sistema General de Participaciones – agua potable y saneamiento básico
<Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 146 de 2008>
035223 Otras transferencias corrientes
035224 Transferencias para apoyo de programas de salud <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
035299 Vigencias expiradas transferencias corrientes
0353 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL COMPROMETIDAS (DB)
035301 Entidades del gobierno general nacional
035302 Entidades del gobierno general departamental
035303 Entidades del gobierno general distrital
035304 Entidades del gobierno general municipal
035305 A empresas Públicas Financieras
035306 A empresas Públicas No Financieras
035307 Otras transferencias de capital
035308 Organismos internacionales <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
035399 Vigencias expiradas transferencias de capital
0354 GASTOS DE COMERCIALIZACIÓN Y PRODUCCIÓN COMPROMETIDOS (DB)
035401 Comercial – Compra de bienes y servicios
035402 Comercial – Otros gastos
035403 Industrial – Compra de bienes y servicios
035404 Industrial – Otros gastos
035405 Agrícola – Compra de bienes y servicios
035406 Agrícola – Otros gastos
0355 OTROS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO COMPROMETIDOS (DB)
035503 Sentencias y conciliaciones
035504 Pago déficit
035505 Reservas presupuestales
035506 Pasivos exigibles
0360 OBLIGACIONES EN GASTOS DE PERSONAL (DB)
036001 Servicios personales asociados a la nómina – Sueldos de personal de nómina
036002 Servicios personales asociados a la nómina – Prima Técnica
036003 Servicios personales asociados a la nómina – Otros
036004 Servicios personales asociados a la nómina – Otros gastos personales (Distribución previo concepto DGPPN)
036005 Servicios personales asociados a la nómina – Horas extras, días festivos e indemnización por vacaciones
036006 Servicios personales Indirectos – Jornales
036007 Servicios personales Indirectos – Gastos de personal supernumerario
036008 Servicios personales Indirectos – Honorarios
036009 Servicios personales Indirectos – Honorarios Tribunales de arbitramento
036010 Servicios personales Indirectos – Remuneración servicios técnicos
036011 Servicios personales Indirectos – Remuneración servicios técnicos Unidades de trabajo legislativo
036012 Servicios personales Indirectos – Horas cátedra
036013 Servicios personales Indirectos – Otros
036014 Contribuciones inherentes a la nómina –Administradas por el sector privado
036016 Contribuciones inherentes a la nómina – Aportes al ICBF
036017 Contribuciones inherentes a la nómina – Aportes al SENA
036018 Contribuciones inherentes a la nómina – Aportes a la ESAP
036019 Contribuciones inherentes a la nómina – Aportes a escuelas industriales e institutos técnicos
036021 Contribuciones inherentes a la nómina – Subsidio de vivienda
036023 Contribuciones inherentes a la nómina – Otros aportes a entidades del sector público
036024 Indemnización de personal
036025 Gastos de personal – Pasivos exigibles en vigencias expiradas <Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 558 de 2008>
036026 Contribuciones inherentes a la nómina -Administradas por el sector público –PGN <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
036027 Contribuciones inherentes a la nómina - Otros aportes a entidades del sector privado - PGN <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
0361 OBLIGACIONES EN GASTOS GENERALES (DB)
036101 Impuestos y contribuciones
036102 Multas y sanciones
036103 Adquisición de bienes y servicios – Compra de equipo
036104 Adquisición de bienes y servicios – Enseres y equipo de oficina
036105 Adquisición de bienes y servicios – Compra de equipo militar y de inteligencia
036106 Adquisición de bienes y servicios – Materiales y suministros
036107 Adquisición de bienes y servicios – Mantenimiento
036108 Adquisición de bienes y servicios – Comunicaciones y transporte
036109 Adquisición de bienes y servicios – Impresos y publicaciones
036110 Adquisición de bienes y servicios – Servicios públicos
036111 Adquisición de bienes y servicios – Seguros
036112 Adquisición de bienes y servicios – Arrendamientos
036113 Adquisición de bienes y servicios – Viáticos y gastos de viaje
036114 Adquisición de bienes y servicios – Gastos de operación aduanera
036116 Adquisición de bienes y servicios – Gastos judiciales
036117 Adquisición de bienes y servicios – Transporte de presos
036118 Adquisición de bienes y servicios – Apoyo operaciones militares y policiales
036119 Adquisición de bienes y servicios – Gastos imprevistos
036120 Adquisición de bienes y servicios – Compra de semovientes
036121 Adquisición de bienes y servicios – Sostenimiento de semovientes
036122 Adquisición de bienes y servicios – Gastos reservados
036123 Adquisición de bienes y servicios – Capacitación, bienestar social y estímulos
036124 Adquisición de bienes y servicios – Gastos financieros
036125 Adquisición de bienes y servicios – Dotación de personal
036126 Adquisición de bienes y servicios – Gastos electorales
036127 Defensa de la hacienda pública <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
036190 Adquisición de bienes y servicios – Otros gastos por adquisición de bienes
036191 Adquisición de bienes y servicios – Otros gastos por adquisición de servicios
036199 Adquisición de bienes y servicios – Pasivos exigibles Vigencias expiradas
0362 OBLIGACIONES EN TRANSFERENCIAS CORRIENTES (DB)
036201 Transferencias por convenios con el sector privado
036202 Transferencias al sector público – Orden Nacional
036203 Transferencias al sector público – Departamentos
036204 Transferencias al sector público – Distritos y Municipios
036205 Transferencias al sector público – Empresas Públicas Financieras
036206 Transferencias al sector público – Empresas Públicas No Financieras
036207 Transferencias al sector público – Otras entidades descentralizadas del orden territorial
036208 Transferencias al exterior – Organismos internacionales
036209 Transferencias a exterior – Otras
036210 Transferencias de previsión y seguridad social – Pensiones y jubilaciones
036211 Transferencias de previsión y seguridad social – Cesantías
036212 Transferencias de previsión y seguridad social – Otras
036213 Sistema General de Participaciones – Participación para educación
036214 Sistema General de Participaciones – Participación para salud
036215 Sistema General de Participaciones – Participación para propósito general
036216 Sistema General de Participaciones –Asignaciones especiales
036217 Transferencias cafeteras
036218 Transferencias sobretasa ambiental
036219 Transferencias al Fonpet
036220 Transferencias por sentencias y conciliaciones
036221 Transferencias Fondo de Compensación Interministerial
036222 Sistema General de Participaciones – agua potable y saneamiento básico
<Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 146 de 2008>
036223 Otras transferencias corrientes
036224 Transferencias para apoyo de programas de salud <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
036299 Vigencias expiradas transferencias corrientes
0363 OBLIGACIONES EN TRANSFERENCIAS DE CAPITAL (DB)
036301 Entidades del gobierno general nacional
036302 Entidades del gobierno general departamental
036303 Entidades del gobierno general distrital
036304 Entidades del gobierno general municipal
036305 A empresas Públicas Financieras
036306 A empresas Públicas No Financieras
036307 Otras transferencias de capital
036308 Organismos internacionales <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
036399 Vigencias expiradas transferencias de capital
0364 OBLIGACIONES EN GASTOS DE COMERCIALIZACIÓN Y PRODUCCIÓN (DB)
036401 Comercial – Compra de bienes y servicios
036402 Comercial – Otros gastos
036403 Industrial – Compra de bienes y servicios
036404 Industrial – Otros gastos
036405 Agrícola – Compra de bienes y servicios
036406 Agrícola – Otros gastos
0365 OBLIGACIONES EN OTROS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO (DB)
036503 Sentencias y conciliaciones
036504 Pago déficit
036505 Reservas presupuestales
036506 Pasivos exigibles
0370 PAGOS EN EFECTIVO POR GASTOS DE PERSONAL (DB)
037001 Servicios personales asociados a la nómina – Sueldos de personal de nómina
037002 Servicios personales asociados a la nómina – Prima Técnica
037003 Servicios personales asociados a la nómina – Otros
037004 Servicios personales asociados a la nómina – Otros gastos personales (Distribución previo concepto DGPPN)
037005 Servicios personales asociados a la nómina – Horas extras, días festivos e indemnización por vacaciones
037006 Servicios personales Indirectos – Jornales
037007 Servicios personales Indirectos – Gastos de personal supernumerario
037008 Servicios personales Indirectos – Honorarios
037009 Servicios personales Indirectos – Honorarios Tribunales de arbitramento
037010 Servicios personales Indirectos – Remuneración servicios técnicos
037011 Servicios personales Indirectos – Remuneración servicios técnicos Unidades de trabajo legislativo
037012 Servicios personales Indirectos – Horas cátedra
037013 Servicios personales Indirectos – Otros
037014 Contribuciones inherentes a la nómina –Administradas por el sector privado
037016 Contribuciones inherentes a la nómina – Aportes al ICBF
037017 Contribuciones inherentes a la nómina – Aportes al SENA
037018 Contribuciones inherentes a la nómina – Aportes a la ESAP
037019 Contribuciones inherentes a la nómina – Aportes a escuelas industriales e institutos técnicos
037021 Contribuciones inherentes a la nómina – Subsidio de vivienda
037023 Contribuciones inherentes a la nómina – Otros aportes a entidades del sector público
037024 Indemnización de personal
037025 Gastos de personal – Pasivos exigibles en vigencias expiradas <Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 558 de 2008>
037026 Contribuciones inherentes a la nómina -Administradas por el sector público –PGN <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
037027 Contribuciones inherentes a la nómina - Otros aportes a entidades del sector privado - PGN <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
0371 PAGOS EN EFECTIVO POR GASTOS GENERALES (DB)
037101 Impuestos y contribuciones
037102 Multas y sanciones
037103 Adquisición de bienes y servicios – Compra de equipo
037104 Adquisición de bienes y servicios – Enseres y equipo de oficina
037105 Adquisición de bienes y servicios – Compra de equipo militar y de inteligencia
037106 Adquisición de bienes y servicios – Materiales y suministros
037107 Adquisición de bienes y servicios – Mantenimiento
037108 Adquisición de bienes y servicios – Comunicaciones y transporte
037109 Adquisición de bienes y servicios – Impresos y publicaciones
037110 Adquisición de bienes y servicios – Servicios públicos
037111 Adquisición de bienes y servicios – Seguros
037112 Adquisición de bienes y servicios – Arrendamientos
037113 Adquisición de bienes y servicios – Viáticos y gastos de viaje
037114 Adquisición de bienes y servicios – Gastos de operación aduanera
037116 Adquisición de bienes y servicios – Gastos judiciales
037117 Adquisición de bienes y servicios – Transporte de presos
037118 Adquisición de bienes y servicios – Apoyo operaciones militares y policiales
037119 Adquisición de bienes y servicios – Gastos imprevistos
037120 Adquisición de bienes y servicios – Compra de semovientes
037121 Adquisición de bienes y servicios – Sostenimiento de semovientes
037122 Adquisición de bienes y servicios – Gastos reservados
037123 Adquisición de bienes y servicios – Capacitación, bienestar social y estímulos
037124 Adquisición de bienes y servicios – Gastos financieros
037125 Adquisición de bienes y servicios – Dotación de personal
037126 Adquisición de bienes y servicios – Gastos electorales
037127 Defensa de la hacienda pública <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
037190 Adquisición de bienes y servicios – Otros gastos por adquisición de bienes
037191 Adquisición de bienes y servicios – Otros gastos por adquisición de servicios
037199 Adquisición de bienes y servicios – Pasivos exigibles Vigencias expiradas
0372 PAGOS EN EFECTIVO POR TRANSFERENCIAS CORRIENTES (DB)
037201 Transferencias por convenios con el sector privado
037202 Transferencias al sector público – Orden Nacional
037203 Transferencias al sector público – Departamentos
037204 Transferencias al sector público – Distritos y Municipios
037205 Transferencias al sector público – Empresas Públicas Financieras
037206 Transferencias al sector público – Empresas Públicas No Financieras
037207 Transferencias al sector público – Otras entidades descentralizadas del orden territorial
037208 Transferencias al exterior –Organismos internacionales
037209 Transferencias a exterior – Otras
037210 Transferencias de previsión y seguridad social – Pensiones y jubilaciones
037211 Transferencias de previsión y seguridad social – Cesantías
037212 Transferencias de previsión y seguridad social – Otras
037213 Sistema General de Participaciones – Participación para educación
037214 Sistema General de Participaciones – Participación para salud
037215 Sistema General de Participaciones – Participación para propósito general
037216 Sistema General de Participaciones –Asignaciones especiales
037217 Transferencias cafeteras
037218 Transferencias sobretasa ambiental
037219 Transferencias al Fonpet
037220 Transferencias por sentencias y conciliaciones
037221 Transferencias Fondo de Compensación Interministerial
037222 Sistema General de Participaciones – agua potable y saneamiento básico
<Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 146 de 2008>
037223 Otras transferencias corrientes
037224 Transferencias para apoyo de programas de salud <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
037299 Vigencias expiradas transferencias corrientes
0373 PAGOS EN EFECTIVO POR TRANSFERENCIAS DE CAPITAL (DB)
037301 Entidades del gobierno general nacional
037302 Entidades del gobierno general departamental
037303 Entidades del gobierno general distrital
037304 Entidades del gobierno general municipal
037305 A empresas Públicas Financieras
037306 A empresas Públicas No Financieras
037307 Otras transferencias de capital
037308 Organismos internacionales <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
037399 Vigencias expiradas transferencias de capital
0374 PAGOS EN EFECTIVO POR GASTOS DE COMERCIALIZACIÓN Y PRODUCCIÓN (DB)
037401 Comercial – Compra de bienes y servicios
037402 Comercial – Otros gastos
037403 Industrial – Compra de bienes y servicios
037404 Industrial – Otros gastos
037405 Agrícola – Compra de bienes y servicios
037406 Agrícola – Otros gastos
0375 PAGOS EN EFECTIVO POR OTROS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO (DB)
037503 Sentencias y conciliaciones
037504 Pago déficit
037505 Reservas presupuestales
037506 Pasivos exigibles
0378 EJECUCIÓN DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO SIN FLUJO DE EFECTIVO (DB)
037801 Gastos de personal
037802 Gastos generales
037803 Transferencias corrientes
037804 Transferencias de capital
037805 Gastos de comercialización y producción
037806 Otros gastos de funcionamiento
<Cuenta 0380 eliminada por el artículo 1 de la Resolución 406 de 2010>
0380 Decreto de liquidación PGN - Aprobado (Cr) <Cuenta creada por el artículo 2 de la Resolución 669 de 2008>
038001 Funcionamiento <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
<Cuenta 0381 eliminada por el artículo 1 de la Resolución 406 de 2010>
0381 Decreto de liquidación PGN - Por Ejecutar (Db) <Cuenta creada por el artículo 2 de la Resolución 669 de 2008>
038101 Funcionamiento <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
0399 DISPONIBILIDAD FINAL
039901 Disponibilidad final (Db)
039902 Disponibilidad final (Cr)
04 PRESUPUESTO DEL SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA
<Cuenta 0423 eliminada por el artículo 1 de la Resolución 406 de 2010>
0423 Decreto de liquidación PGN - Aprobado (Cr)<Cuenta creada por el artículo 2 de la Resolución 669 de 2008>
042301 Servicio de la deuda pública <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
<Cuenta 0424 eliminada por el artículo 1 de la Resolución 406 de 2010>
0424 Decreto de liquidación PGN - Por Ejecutar (Db) <Cuenta creada por el artículo 2 de la Resolución 669 de 2008>
042401 Servicio de la deuda pública <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
0425 DEUDA PÚBLICA INTERNA APROBADA (CR)
042501 Amortización deuda pública - bonos y títulos emitidos
042502 Amortización deuda pública - banca comercial
042503 Amortización deuda pública - con entidades financieras de desarrollo
042504 Amortización deuda pública – Proveedores
042505 Intereses, Comisiones, y Gastos - bonos y títulos emitidos
042506 Intereses, Comisiones, y Gastos - banca comercial
042507 Intereses, Comisiones, y Gastos – entidades financieras de desarrollo
042508 Intereses, Comisiones, y Gastos - Proveedores
042509 Aportes al Fondo de Contingencias Contractuales
042510 Amortización deuda pública – entidades públicas
042511 Intereses, comisiones y gastos – entidades públicas
042512 Reservas presupuestales
0430 DEUDA PÚBLICA EXTERNA APROBADA (CR)
043001 Amortización deuda pública - banca comercial
043002 Amortización deuda pública - banca de fomento
043003 Amortización deuda pública - gobiernos
043004 Amortización deuda pública – organismos multilaterales
043005 Amortización deuda pública - proveedores
043006 Amortización deuda pública - títulos valores
043007 Amortización deuda pública - cuenta especial de deuda externa
043008 Intereses, Comisiones, y Gastos – Banca Comercial
043009 Intereses, Comisiones, y Gastos – Banca de Fomento
043010 Intereses, Comisiones, y Gastos – Gobiernos
043011 Intereses, Comisiones, y Gastos – Organismos Multilaterales
043012 Intereses, Comisiones, y Gastos – Proveedores
043013 Intereses, Comisiones, y Gastos – Títulos Valores
043014 Intereses, Comisiones, y Gastos – Cuenta Especial de deuda externa
043015 Reservas presupuestales
0432 DEUDA PÚBLICA INTERNA POR EJECUTAR (DB)
043201 Amortización deuda pública - bonos y títulos emitidos
043202 Amortización deuda pública - banca comercial
043203 Amortización deuda pública - con entidades financieras de desarrollo
043204 Amortización deuda pública - Proveedores
043205 Intereses, Comisiones, y Gastos - bonos y títulos emitidos
043206 Intereses, Comisiones, y Gastos - banca comercial
043207 Intereses, Comisiones, y Gastos - entidades financieras de desarrollo
043208 Intereses, Comisiones, y Gastos – Proveedores
043209 Aportes al Fondo de Contingencias Contractuales
043210 Amortización deuda pública – entidades públicas
043211 Intereses, comisiones y gastos – entidades públicas
043212 Reservas presupuestales
0434 DEUDA PÚBLICA EXTERNA POR EJECUTAR (DB)
043401 Amortización deuda pública - banca comercial
043402 Amortización deuda pública - banca de fomento
043403 Amortización deuda pública - gobiernos
043404 Amortización deuda pública – organismos multilaterales
043405 Amortización deuda pública - proveedores
043406 Amortización deuda pública - títulos valores
043407 Amortización deuda pública - cuenta especial de deuda externa
043408 Intereses, Comisiones, y Gastos – Banca Comercial
043409 Intereses, Comisiones, y Gastos – Banca de Fomento
043410 Intereses, Comisiones, y Gastos – Gobiernos
043411 Intereses, Comisiones, y Gastos – Organismos Multilaterales
043412 Intereses, Comisiones, y Gastos – Proveedores
043413 Intereses, Comisiones, y Gastos – Títulos Valores
043414 Intereses, Comisiones, y Gastos – Cuenta Especial de deuda externa
043415 Reservas presupuestales
0436 DEUDA PÚBLICA INTERNA COMPROMETIDA (DB)
043601 Amortización deuda pública - bonos y títulos emitidos
043602 Amortización deuda pública - banca comercial
043603 Amortización deuda pública - con entidades financieras de desarrollo
043604 Amortización deuda pública - Proveedores
043605 Intereses, Comisiones, y Gastos - bonos y títulos emitidos
043606 Intereses, Comisiones, y Gastos - banca comercial
043607 Intereses, Comisiones, y Gastos - entidades financieras de desarrollo
043608 Intereses, Comisiones, y Gastos – Proveedores
043609 Aportes al Fondo de Contingencias Contractuales
043610 Amortización deuda pública – entidades públicas
043611 Intereses, comisiones y gastos – entidades públicas
043612 Reservas presupuestales
0438 DEUDA PÚBLICA EXTERNA COMPROMETIDA (DB)
043801 Amortización deuda pública - banca comercial
043802 Amortización deuda pública - banca de fomento
043803 Amortización deuda pública - gobiernos
043804 Amortización deuda pública – organismos multilaterales
043805 Amortización deuda pública - proveedores
043806 Amortización deuda pública - títulos valores
043807 Amortización deuda pública - cuenta especial de deuda externa
043808 Intereses, Comisiones, y Gastos – Banca Comercial
043809 Intereses, Comisiones, y Gastos – Banca de Fomento
043810 Intereses, Comisiones, y Gastos – Gobiernos
043811 Intereses, Comisiones, y Gastos – Organismos Multilaterales
043812 Intereses, Comisiones, y Gastos – Proveedores
043813 Intereses, Comisiones, y Gastos – Títulos Valores
043814 Intereses, Comisiones, y Gastos – Cuenta Especial de deuda externa
43815 Reservas presupuestales
0440 OBLIGACIONES POR DEUDA PÚBLICA INTERNA (DB)
044001 Amortización deuda pública - bonos y títulos emitidos
044002 Amortización deuda pública - banca comercial
044003 Amortización deuda pública - con entidades financieras de desarrollo
044004 Amortización deuda pública - Proveedores
044005 Intereses, Comisiones, y Gastos - bonos y títulos emitidos
044006 Intereses, Comisiones, y Gastos - banca comercial
044007 Intereses, Comisiones, y Gastos – entidades financieras de desarrollo
044008 Intereses, Comisiones, y Gastos – Proveedores
044009 Aportes al Fondo de Contingencias Contractuales
044010 Amortización deuda pública – entidades públicas
044011 Intereses, comisiones y gastos – entidades públicas
044012 Reservas presupuestales
0442 OBLIGACIONES POR DEUDA PÚBLICA EXTERNA (DB)
044201 Amortización deuda pública - banca comercial
044202 Amortización deuda pública - banca de fomento
044203 Amortización deuda pública - gobiernos
044204 Amortización deuda pública – organismos multilaterales
044205 Amortización deuda pública - proveedores
044206 Amortización deuda pública - títulos valores
044207 Amortización deuda pública - cuenta especial de deuda externa
044208 Intereses, Comisiones, y Gastos – Banca Comercial
044209 Intereses, Comisiones, y Gastos – Banca de Fomento
044210 Intereses, Comisiones, y Gastos – Gobiernos
044211 Intereses, Comisiones, y Gastos – Organismos Multilaterales
044212 Intereses, Comisiones, y Gastos – Proveedores
044213 Intereses, Comisiones, y Gastos – Títulos Valores
044214 Intereses, Comisiones, y Gastos – Cuenta Especial de deuda externa
044215 Reservas presupuestales
0444 PAGO EN EFECTIVO POR DEUDA PÚBLICA INTERNA (DB)
044401 Amortización deuda pública - bonos y títulos emitidos
044402 Amortización deuda pública - banca comercial
044403 Amortización deuda pública - con entidades financieras de desarrollo
044404 Amortización deuda pública - Proveedores
044405 Intereses, Comisiones, y Gastos - bonos y títulos emitidos
044406 Intereses, Comisiones, y Gastos - banca comercial
044407 Intereses, Comisiones, y Gastos – entidades financieras de desarrollo
044408 Intereses, Comisiones, y Gastos – Proveedores
044409 Aportes al Fondo de Contingencias Contractuales
044410 Amortización deuda pública – entidades públicas
044411 Intereses, comisiones y gastos – entidades públicas
044412 Reservas presupuestales
0446 PAGO EN EFECTIVO POR DEUDA PÚBLICA EXTERNA (DB)
044601 Amortización deuda pública - banca comercial
044602 Amortización deuda pública - banca de fomento
044603 Amortización deuda pública - gobiernos
044604 Amortización deuda pública – organismos multilaterales
044605 Amortización deuda pública - proveedores
044606 Amortización deuda pública - títulos valores
044607 Amortización deuda pública - cuenta especial de deuda externa
044608 Intereses, Comisiones, y Gastos – Banca Comercial
044609 Intereses, Comisiones, y Gastos – Banca de Fomento
044610 Intereses, Comisiones, y Gastos – Gobiernos
044611 Intereses, Comisiones, y Gastos – Organismos Multilaterales
044612 Intereses, Comisiones, y Gastos – Proveedores
044613 Intereses, Comisiones, y Gastos – Títulos Valores
044614 Intereses, Comisiones, y Gastos – Cuenta Especial de deuda externa
044615 Reservas presupuestales
0450 EJECUCIÓN SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA SIN FLUJO DE EFECTIVO (DB)
045001 Deuda pública interna
045002 Deuda pública externa
05 PRESUPUESTO DE GASTOS DE INVERSIÓN APROBADOS
<Cuenta 0520 eliminada por el artículo 1 de la Resolución 406 de 2010>
0520 Decreto de liquidación PGN - Aprobado (Cr) <Cuenta creada por el artículo 2 de la Resolución 669 de 2008>
052001 Construcción de infraestructura propia del sector <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052002 Adquisición de infraestructura propia del sector <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052003 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052004 Construcción de infraestructura administrativa <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052005 Adquisición de infraestructura administrativa <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052006 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052007 Adquisición y/b producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052008 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052009 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052010 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052011 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052012 Protección y bienestar social del recurso humano <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052013 Investigación básica, aplicada y estudios <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052014 Estudios de preinversión <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052015 Levantamiento de información para procesamiento <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052016 Actualización de información ara procesamiento <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052017 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052018 Administración, control y organización institucional para apoyo a la administración del Estado <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052019 Atención, control y organización institucional para apoyo a la gestión del Estado <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052020 Coordinación, administración, promoción, y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052021 Créditos <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052022 Subsidios directos <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052023 Transferencias <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052024 Inversiones y aportes financieros <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052025 Capitalización <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052026 Apoyo <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
<Cuenta 0521 eliminada por el artículo 1 de la Resolución 406 de 2010>
0521 Decreto de liquidación PGN - Por Ejecutar (Db) <Cuenta creada por el artículo 2 de la Resolución 669 de 2008>
052101 Construcción de infraestructura propia del sector <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052102 Adquisición de infraestructura propia del sector <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052103 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052104 Construcción de infraestructura administrativa <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052105 Adquisición de infraestructura administrativa <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052106 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052107 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052108 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052109 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052110 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052111 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052112 Protección y bienestar social del recurso humano <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052113 Investigación básica, aplicada y estudios <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052114 Estudios de preinversión <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052115 Levantamiento de información para procesamiento <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052116 Actualización de información para procesamiento <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052117 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052118 Administración, control y organización institucional para apoyo a administración del Estado <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052119 Atención, control y organización institucional para apoyo a la gestión del Estado <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052120 Coordinación, administración, promoción, y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052121 Créditos <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052122 Subsidios directos <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052123 Transferencias <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052124 Inversiones y aportes financieros <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052125 Capitalización <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
052126 Apoyo <Subcuenta creada por el artículo 3 de la Resolución 669 de 2008>
0530 SECTOR DEFENSA Y SEGURIDAD – APROBADOS (CR)
053001 Construcción infraestructura propia del sector
053002 Adquisición de infraestructura propia del sector
053003 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
053004 Construcción de infraestructura administrativa
053005 Adquisición de infraestructura administrativa
053006 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
053007 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
053008 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
053009 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
053010 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
053011 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
053012 Protección y bienestar social del recurso humano
053013 Investigación básica, aplicada y estudios
053014 Estudios de preinversión
053015 Levantamiento de información para procesamiento
053016 Actualización de información para procesamiento
053017 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
053018 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
053019 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
053022 Transferencias
053023 Inversiones y aportes financieros
053024 Capitalización
053027 Contratos para prestación de servicios
053090 Otros programas de inversión
053091 Reservas presupuestales
053092 Pasivos exigibles
0531 SECTOR INDUSTRIA Y COMERCIO – APROBADOS (CR)
053101 Construcción infraestructura propia del sector
053102 Adquisición de infraestructura propia del sector
053103 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
053104 Construcción de infraestructura administrativa
053105 Adquisición de infraestructura administrativa
053106 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
053107 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
053108 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
053109 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
053110 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
053111 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
053112 Protección y bienestar social del recurso humano
053113 Investigación básica, aplicada y estudios
053114 Estudios de preinversión
053115 Levantamiento de información para procesamiento
053116 Actualización de información para procesamiento
053117 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
053118 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
053119 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
053120 Créditos
053121 Subsidios directos
053122 Transferencias
053123 Inversiones y aportes financieros
053124 Capitalización
053190 Otros programas de inversión
053191 Reservas presupuestales
053192 Pasivos exigibles
0532 SECTOR SALUD – APROBADOS (CR)
053201 Construcción infraestructura propia del sector
053202 Adquisición de infraestructura propia del sector
053203 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
053204 Construcción de infraestructura administrativa
053205 Adquisición de infraestructura administrativa
053206 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
053207 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
053208 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
053209 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
053210 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
053211 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
053212 Protección y bienestar social del recurso humano
053213 Investigación básica, aplicada y estudios
053214 Estudios de preinversión
053215 Levantamiento de información para procesamiento
053216 Actualización de información para procesamiento
053217 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
053218 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
053219 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
053220 Créditos
053221 Subsidios directos
053222 Transferencias
053223 Inversiones y aportes financieros
053224 Capitalización
053225 Pagos sueldos, salarios y contribuciones parafiscales
053227 Contratos para prestación de servicios
053228 Régimen subsidiado
053229 Salud Pública
053230 Prestación de servicios para población no afiliada
053239 Pago de indemnizaciones y pasivo laboral – reorganización administrativa y saneamiento fiscal
053290 Otros programas de inversión
053291 Reservas presupuestales
053292 Pasivos exigibles
0533 SECTOR COMUNICACIONES - APROBADOS (CR)
053301 Construcción infraestructura propia del sector
053302 Adquisición de infraestructura propia del sector
053303 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
053304 Construcción de infraestructura administrativa
053305 Adquisición de infraestructura administrativa
053306 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
053307 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
053308 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
053309 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
053310 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
053311 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
053312 Protección y bienestar social del recurso humano
053313 Investigación básica, aplicada y estudios
053314 Estudios de preinversión
053315 Levantamiento de información para procesamiento
053316 Actualización de información para procesamiento
053317 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
053318 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
053319 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
053322 Transferencias
053323 Inversiones y aportes financieros
053324 Capitalización
053390 Otros programas de inversión
053391 Reservas presupuestales
053392 Pasivos exigibles
0534 SECTOR ENERGÍA – APROBADOS (CR)
053401 Construcción infraestructura propia del sector
053402 Adquisición de infraestructura propia del sector
053403 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
053404 Construcción de infraestructura administrativa
053405 Adquisición de infraestructura administrativa
053406 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
053407 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
053408 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
053409 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
053410 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
053411 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
053412 Protección y bienestar social del recurso humano
053413 Investigación básica, aplicada y estudios
053414 Estudios de preinversión
053415 Levantamiento de información para procesamiento
053416 Actualización de información para procesamiento
053417 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
053418 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
053419 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
053420 Créditos
053421 Subsidios directos
053422 Transferencias
053423 Inversiones y aportes financieros
053424 Capitalización
053490 Otros programas de inversión
053491 Reservas presupuestales
053492 Pasivos exigibles
0535 SECTOR TRANSPORTE – APROBADOS (CR)
053501 Construcción infraestructura propia del sector
053502 Adquisición de infraestructura propia del sector
053503 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
053504 Construcción de infraestructura administrativa
053505 Adquisición de infraestructura administrativa
053506 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
053507 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
053508 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
053509 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
053510 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
053511 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
053512 Protección y bienestar social del recurso humano
053513 Investigación básica, aplicada y estudios
053514 Estudios de preinversión
053515 Levantamiento de información para procesamiento
053516 Actualización de información para procesamiento
053517 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
053518 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
053519 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
053520 Créditos
053521 Subsidios directos
053522 Transferencias
053523 Inversiones y aportes financieros
053524 Capitalización
053590 Otros programas de inversión
053591 Reservas presupuestales
053592 Pasivos exigibles
0536 SECTOR EDUCACIÓN – APROBADOS (CR)
053601 Construcción infraestructura propia del sector
053602 Adquisición de infraestructura propia del sector
053603 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
053604 Construcción de infraestructura administrativa
053605 Adquisición de infraestructura administrativa
053606 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
053607 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
053608 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
053609 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
053610 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
053611 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
053612 Protección y bienestar social del recurso humano
053613 Investigación básica, aplicada y estudios
053614 Estudios de preinversión
053615 Levantamiento de información para procesamiento
053616 Actualización de información para procesamiento
053617 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
053618 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
053619 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
053620 Créditos
053621 Subsidios directos
053622 Transferencias
053623 Inversiones y aportes financieros
053625 Pagos sueldos, salarios y contribuciones parafiscales
053626 Alimentación escolar
053627 Contratos para prestación de servicios
053639 Pago de indemnizaciones y pasivo laboral – reorganización administrativa y saneamiento fiscal
053690 Otros programas de inversión
053691 Reservas presupuestales
053692 Pasivos exigibles
0537 SECTOR JUSTICIA – APROBADOS (CR)
053701 Construcción infraestructura propia del sector
053702 Adquisición de infraestructura propia del sector
053703 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
053704 Construcción de infraestructura administrativa
053705 Adquisición de infraestructura administrativa
053706 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
053707 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
053708 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
053709 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
053710 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
053711 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
053712 Protección y bienestar social del recurso humano
053713 Investigación básica, aplicada y estudios
053714 Estudios de preinversión
053715 Levantamiento de información para procesamiento
053716 Actualización de información para procesamiento
053717 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
053718 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
053719 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
053720 Créditos
053722 Transferencias
053790 Otros programas de inversión
053791 Reservas presupuestales
053792 Pasivos exigibles
0538 SECTOR MEDIO AMBIENTE – APROBADOS (CR)
053801 Construcción infraestructura propia del sector
053802 Adquisición de infraestructura propia del sector
053803 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
053804 Construcción de infraestructura administrativa
053805 Adquisición de infraestructura administrativa
053806 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
053807 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
053808 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
053809 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
053810 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
053811 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
053812 Protección y bienestar social del recurso humano
053813 Investigación básica, aplicada y estudios
053814 Estudios de preinversión
053815 Levantamiento de información para procesamiento
053816 Actualización de información para procesamiento
053817 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
053818 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
053819 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
053820 Créditos
053822 Transferencias
053831 Tratamiento y disposición de residuos sólidos
053832 Conservación microcuencas
053835 Inversión en descontaminaciones del medio ambiente
053836 Reforestaciones
053837 Adecuación de áreas urbanas y rurales
053838 Reubicación de asentamientos
053890 Otros programas de inversión
053891 Reservas presupuestales
053892 Pasivos exigibles
0539 SECTOR GOBIERNO – APROBADOS (CR)
053901 Construcción infraestructura propia del sector
053902 Adquisición de infraestructura propia del sector
053903 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
053904 Construcción de infraestructura administrativa
053905 Adquisición de infraestructura administrativa
053906 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
053907 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
053908 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
053909 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
053910 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
053911 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
053912 Protección y bienestar social del recurso humano
053913 Investigación básica, aplicada y estudios
053914 Estudios de preinversión
053915 Levantamiento de información para procesamiento
053916 Actualización de información para procesamiento
053917 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
053918 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
053919 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
053920 Créditos
053921 Subsidios directos
053922 Transferencias
053923 Inversiones y aportes financieros
053924 Capitalización
053990 Otros programas de inversión
053991 Reservas presupuestales
053992 Pasivos exigibles
0540 SECTOR AGROPECUARIO – APROBADOS (CR)
054001 Construcción infraestructura propia del sector
054002 Adquisición de infraestructura propia del sector
054003 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
054004 Construcción de infraestructura administrativa
054005 Adquisición de infraestructura administrativa
054006 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
054007 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
054008 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
054009 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
054010 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
054011 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
054012 Protección y bienestar social del recurso humano
054013 Investigación básica, aplicada y estudios
054014 Estudios de preinversión
054015 Levantamiento de información para procesamiento
054016 Actualización de información para procesamiento
054017 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
054018 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
054019 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
054020 Créditos
054021 Subsidios directos
054022 Transferencias
054023 Inversiones y aportes financieros
054024 Capitalización
054090 Otros programas de inversión
054091 Reservas presupuestales
054092 Pasivos exigibles
0541 SECTOR SANEAMIENTO BÁSICO Y AGUA POTABLE APROBADOS (CR)
054101 Construcción infraestructura propia del sector
054102 Adquisición de infraestructura propia del sector
054103 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
054104 Construcción de infraestructura administrativa
054105 Adquisición de infraestructura administrativa
054106 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
054107 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
054108 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
054109 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
054110 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
054111 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
054112 Protección y bienestar social del recurso humano
054113 Investigación básica, aplicada y estudios
054114 Estudios de preinversión
054115 Levantamiento de información para procesamiento
054116 Actualización de información para procesamiento
054117 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
054118 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
054119 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
054120 Créditos
054122 Transferencias
054123 Inversiones y aportes financieros
054124 Capitalización
054125 Pagos sueldos, salarios y contribuciones parafiscales
054131 Tratamiento y disposición de residuos sólidos
054132 Conservación microcuencas
054135 Inversión en descontaminaciones del medio ambiente
054136 Reforestaciones
054137 Adecuación de áreas urbanas y rurales
054139 Pago de indemnizaciones y pasivo laboral – reorganización administrativa y saneamiento fiscal
054190 Otros programas de inversión
054191 Reservas presupuestales
054192 Pasivos exigibles
0542 SECTOR TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL – APROBADOS (CR)
054201 Construcción infraestructura propia del sector
054202 Adquisición de infraestructura propia del sector
054203 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
054204 Construcción de infraestructura administrativa
054205 Adquisición de infraestructura administrativa
054206 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
054207 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
054208 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
054209 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
054210 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
054211 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
054212 Protección y bienestar social del recurso humano
054213 Investigación básica, aplicada y estudios
054214 Estudios de preinversión
054215 Levantamiento de información para procesamiento
054216 Actualización de información para procesamiento
054217 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
054218 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
054219 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
054222 Transferencias
054290 Otros programas de inversión
054291 Reservas presupuestales
054292 Pasivos exigibles
0543 SECTOR VIVIENDA – APROBADOS (CR)
054301 Construcción infraestructura propia del sector
054302 Adquisición de infraestructura propia del sector
054303 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
054304 Construcción de infraestructura administrativa
054305 Adquisición de infraestructura administrativa
054306 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
054307 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
054308 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
054309 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
054310 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
054311 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
054312 Protección y bienestar social del recurso humano
054313 Investigación básica, aplicada y estudios
054314 Estudios de preinversión
054315 Levantamiento de información para procesamiento
054316 Actualización de información para procesamiento
054317 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
054318 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
054319 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
054320 Créditos
054321 Subsidios directos
054322 Transferencias
054323 Inversiones y aportes financieros
054324 Capitalización
054337 Adecuación de áreas urbanas y rurales
054338 Reubicación de asentamientos
054390 Otros programas de inversión
054391 Reservas presupuestales
054392 Pasivos exigibles
0544 SECTOR DESARROLLO COMUNITARIO – APROBADOS (CR)
054401 Construcción infraestructura propia del sector
054402 Adquisición de infraestructura propia del sector
054403 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
054404 Construcción de infraestructura administrativa
054405 Adquisición de infraestructura administrativa
054406 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
054407 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
054408 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
054409 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
054410 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
054411 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
054412 Protección y bienestar social del recurso humano
054413 Investigación básica, aplicada y estudios
054414 Estudios de preinversión
054415 Levantamiento de información para procesamiento
054416 Actualización de información para procesamiento
054417 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
054418 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
054419 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
054420 Créditos
054421 Subsidios directos
054422 Transferencias
054490 Otros programas de inversión
054491 Reservas presupuestales
054492 Pasivos exigibles
0545 SECTOR ARTE Y CULTURA – APROBADOS (CR)
054501 Construcción infraestructura propia del sector
054502 Adquisición de infraestructura propia del sector
054503 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
054504 Construcción de infraestructura administrativa
054505 Adquisición de infraestructura administrativa
054506 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
054507 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
054508 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
054509 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
054510 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
054511 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
054512 Protección y bienestar social del recurso humano
054513 Investigación básica, aplicada y estudios
054514 Estudios de preinversión
054515 Levantamiento de información para procesamiento
054516 Actualización de información para procesamiento
054517 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
054518 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
054519 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
054522 Transferencias
054534 Fomento y apoyo al arte y la cultura
054590 Otros programas de inversión
054591 Reservas presupuestales
054592 Pasivos exigibles
0546 SECTOR RECREACIÓN Y DEPORTES – APROBADOS (CR)
054601 Construcción infraestructura propia del sector
054602 Adquisición de infraestructura propia del sector
054603 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
054604 Construcción de infraestructura administrativa
054605 Adquisición de infraestructura administrativa
054606 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
054607 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
054608 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
054609 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
054610 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
054611 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
054612 Protección y bienestar social del recurso humano
054613 Investigación básica, aplicada y estudios
054614 Estudios de preinversión
054615 Levantamiento de información para procesamiento
054616 Actualización de información para procesamiento
054617 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
054618 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
054619 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
054622 Transferencias
054633 Fomento y apoyo a la recreación y al deporte
054690 Otros programas de inversión
054691 Reservas presupuestales
054692 Pasivos exigibles
0547 OTROS SECTORES – APROBADOS (CR)
054701 Construcción infraestructura propia del sector
054702 Adquisición de infraestructura propia del sector
054703 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
054704 Construcción de infraestructura administrativa
054705 Adquisición de infraestructura administrativa
054706 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
054707 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
054708 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
054709 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
054710 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
054711 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
054712 Protección y bienestar social del recurso humano
054713 Investigación básica, aplicada y estudios
054714 Estudios de preinversión
054715 Levantamiento de información para procesamiento
054716 Actualización de información para procesamiento
054717 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
054718 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
054719 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
054720 Créditos
054721 Subsidios directos
054722 Transferencias
054723 Inversiones y aportes financieros
054724 Capitalización
054790 Otros programas de inversión
054791 Reservas presupuestales
054792 Pasivos exigibles
0555 SECTOR DEFENSA Y SEGURIDAD - POR EJECUTAR (DB)
055501 Construcción infraestructura propia del sector
055502 Adquisición de infraestructura propia del sector
055503 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
055504 Construcción de infraestructura administrativa
055505 Adquisición de infraestructura administrativa
055506 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
055507 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios el sector
055508 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
055509 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
055510 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
055511 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
055512 Protección y bienestar social del recurso humano
055513 Investigación básica, aplicada y estudios
055514 Estudios de preinversión
055515 Levantamiento de información para procesamiento
055516 Actualización de información para procesamiento
055517 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
055518 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
055519 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
055522 Transferencias
055523 Inversiones y aportes financieros
055524 Capitalización
055527 Contratos para prestación de servicios
055590 Otros programas de inversión
055591 Reservas presupuestales
055592 Pasivos exigibles
0556 SECTOR INDUSTRIA Y COMERCIO - POR EJECUTAR (DB)
055601 Construcción infraestructura propia del sector
055602 Adquisición de infraestructura propia del sector
055603 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
055604 Construcción de infraestructura administrativa
055605 Adquisición de infraestructura administrativa
055606 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
055607 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
055608 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
055609 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
055610 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
055611 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
055612 Protección y bienestar social del recurso humano
055613 Investigación básica, aplicada y estudios
055614 Estudios de preinversión
055615 Levantamiento de información para procesamiento
055616 Actualización de información para procesamiento
055617 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
055618 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
055619 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
055620 Créditos
055621 Subsidios directos
055622 Transferencias
055623 Inversiones y aportes financieros
055624 Capitalización
055690 Otros programas de inversión
055691 Reservas presupuestales
055692 Pasivos exigibles
0557 SECTOR SALUD - POR EJECUTAR (DB)
055701 Construcción infraestructura propia del sector
055702 Adquisición de infraestructura propia del sector
055703 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
055704 Construcción de infraestructura administrativa
055705 Adquisición de infraestructura administrativa
055706 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
055707 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
055708 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
055709 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
055710 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
055711 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
055712 Protección y bienestar social del recurso humano
055713 Investigación básica, aplicada y estudios
055714 Estudios de preinversión
055715 Levantamiento de información para procesamiento
055716 Actualización de información para procesamiento
055717 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
055718 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
055719 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
055720 Créditos
055721 Subsidios directos
055722 Transferencias
055723 Inversiones y aportes financieros
055724 Capitalización
055725 Pagos sueldos, salarios y contribuciones parafiscales
055727 Contratos para prestación de servicios
055728 Régimen subsidiado
055729 Salud Pública
055730 Prestación de servicios para población no afiliada
055739 Pago de indemnizaciones y pasivo laboral – reorganización administrativa y saneamiento fiscal
055790 Otros programas de inversión
055791 Reservas presupuestales
055792 Pasivos exigibles
0558 SECTOR COMUNICACIONES - POR EJECUTAR (DB)
055801 Construcción infraestructura propia del sector
055802 Adquisición de infraestructura propia del sector
055803 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
055804 Construcción de infraestructura administrativa
055805 Adquisición de infraestructura administrativa
055806 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
055807 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
055808 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
055809 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
055810 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
055811 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
055812 Protección y bienestar social del recurso humano
055813 Investigación básica, aplicada y estudios
055814 Estudios de preinversión
055815 Levantamiento de información para procesamiento
055816 Actualización de información para procesamiento
055817 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
055818 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
055819 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
055822 Transferencias
055823 Inversiones y aportes financieros
055824 Capitalización
055890 Otros programas de inversión
055891 Reservas presupuestales
055892 Pasivos exigibles
0559 SECTOR ENERGÍA POR EJECUTAR
055901 Construcción infraestructura propia del sector
055902 Adquisición de infraestructura propia del sector
055903 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
055904 Construcción de infraestructura administrativa
055905 Adquisición de infraestructura administrativa
055906 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
055907 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
055908 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
055909 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
055910 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
055911 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
055912 Protección y bienestar social del recurso humano
055913 Investigación básica, aplicada y estudios
055914 Estudios de preinversión
055915 Levantamiento de información para procesamiento
055916 Actualización de información para procesamiento
055917 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
055918 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado 055919 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
055920 Créditos
055921 Subsidios directos
055922 Transferencias
055923 Inversiones y aportes financieros
055924 Capitalización
055990 Otros programas de inversión
055991 Reservas presupuestales
055992 Pasivos exigibles
0560 SECTOR TRANSPORTE - POR EJECUTAR (DB)
056001 Construcción infraestructura propia del sector
056002 Adquisición de infraestructura propia del sector
056003 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
056004 Construcción de infraestructura administrativa
056005 Adquisición de infraestructura administrativa
056006 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
056007 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
056008 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
056009 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
056010 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
056011 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
056012 Protección y bienestar social del recurso humano
056013 Investigación básica, aplicada y estudios
056014 Estudios de preinversión
056015 Levantamiento de información para procesamiento
056016 Actualización de información para procesamiento
056017 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
056018 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
056019 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
056020 Créditos
056021 Subsidios directos
056022 Transferencias
056023 Inversiones y aportes financieros
056024 Capitalización
056090 Otros programas de inversión
056091 Reservas presupuestales
056092 Pasivos exigibles
0561 SECTOR EDUCACIÓN - POR EJECUTAR (DB)
056101 Construcción infraestructura propia del sector
056102 Adquisición de infraestructura propia del sector
056103 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
056104 Construcción de infraestructura administrativa
056105 Adquisición de infraestructura administrativa
056106 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
056107 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
056108 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
056109 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
056110 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
056111 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
056112 Protección y bienestar social del recurso humano
056113 Investigación básica, aplicada y estudios
056114 Estudios de preinversión
056115 Levantamiento de información para procesamiento
056116 Actualización de información para procesamiento
056117 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
056118 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
056119 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
056120 Créditos
056121 Subsidios directos
056122 Transferencias
056123 Inversiones y aportes financieros
056125 Pagos sueldos, salarios y contribuciones parafiscales
056126 Alimentación escolar
056127 Contratos para prestación de servicios
056139 Pago de indemnizaciones y pasivo laboral – reorganización administrativa y saneamiento fiscal
056190 Otros programas de inversión
056191 Reservas presupuestales
056192 Pasivos exigibles
0562 SECTOR JUSTICIA - POR EJECUTAR (DB)
056201 Construcción infraestructura propia del sector
056202 Adquisición de infraestructura propia del sector
056203 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
056204 Construcción de infraestructura administrativa
056205 Adquisición de infraestructura administrativa
056206 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
056207 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
056208 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
056209 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
056210 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
056211 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
056212 Protección y bienestar social del recurso humano
056213 Investigación básica, aplicada y estudios
056214 Estudios de preinversión
056215 Levantamiento de información para procesamiento
056216 Actualización de información para procesamiento
056217 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
056218 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
056219 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
056220 Créditos
056222 Transferencias
056290 Otros programas de inversión
056291 Reservas presupuestales
056292 Pasivos exigibles
0563 SECTOR MEDIO AMBIENTE - POR EJECUTAR (DB)
056301 Construcción infraestructura propia del sector
056302 Adquisición de infraestructura propia del sector
056303 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
056304 Construcción de infraestructura administrativa
056305 Adquisición de infraestructura administrativa
056306 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
056307 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
056308 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
056309 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
056310 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
056311 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
056312 Protección y bienestar social del recurso humano
056313 Investigación básica, aplicada y estudios
056314 Estudios de preinversión
056315 Levantamiento de información para procesamiento
056316 Actualización de información para procesamiento
056317 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
056318 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
056319 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
056320 Créditos
056322 Transferencias
056331 Tratamiento y disposición de residuos sólidos
056332 Conservación microcuencas
056335 Inversión en descontaminaciones del medio ambiente
056336 Reforestaciones
056337 Adecuación de áreas urbanas y rurales
056338 Reubicación de asentamientos
056390 Otros programas de inversión
056391 Reservas presupuestales
056392 Pasivos exigibles
0564 SECTOR GOBIERNO - POR EJECUTAR (DB)
056401 Construcción infraestructura propia del sector
056402 Adquisición de infraestructura propia del sector
056403 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
056404 Construcción de infraestructura administrativa
056405 Adquisición de infraestructura administrativa
056406 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
056407 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
056408 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
056409 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
056410 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
056411 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
056412 Protección y bienestar social del recurso humano
056413 Investigación básica, aplicada y estudios
056414 Estudios de preinversión
056415 Levantamiento de información para procesamiento
056416 Actualización de información para procesamiento
056417 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
056418 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
056419 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
056420 Créditos
056421 Subsidios directos
056422 Transferencias
056423 Inversiones y aportes financieros
056424 Capitalización
056490 Otros programas de inversión
056491 Reservas presupuestales
056492 Pasivos exigibles
0565 SECTOR AGROPECUARIO - POR EJECUTAR (DB)
056501 Construcción infraestructura propia del sector
056502 Adquisición de infraestructura propia del sector
056503 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
056504 Construcción de infraestructura administrativa
056505 Adquisición de infraestructura administrativa
056506 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
056507 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
056508 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
056509 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
056510 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
056511 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
056512 Protección y bienestar social del recurso humano
056513 Investigación básica, aplicada y estudios
056514 Estudios de preinversión
056515 Levantamiento de información para procesamiento
056516 Actualización de información para procesamiento
056517 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
056518 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
056519 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
056520 Créditos
056521 Subsidios directos
056522 Transferencias
056523 Inversiones y aportes financieros
056524 Capitalización
056590 Otros programas de inversión
056591 Reservas presupuestales
056592 Pasivos exigibles
0566 SECTOR SANEAMIENTO BÁSICO Y AGUA POTABLE POR EJECUTAR (DB)
056601 Construcción infraestructura propia del sector
056602 Adquisición de infraestructura propia del sector
056603 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
056604 Construcción de infraestructura administrativa
056605 Adquisición de infraestructura administrativa
056606 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
056607 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
056608 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
056609 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
056610 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
056611 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
056612 Protección y bienestar social del recurso humano
056613 Investigación básica, aplicada y estudios
056614 Estudios de preinversión
056615 Levantamiento de información para procesamiento
056616 Actualización de información para procesamiento
056617 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
056618 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
056619 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
056620 Créditos
056622 Transferencias
056623 Inversiones y aportes financieros
056624 Capitalización
056625 Pagos sueldos, salarios y contribuciones parafiscales
056631 Tratamiento y disposición de residuos sólidos
056632 Conservación microcuencas
056635 Inversión en descontaminaciones del medio ambiente
056636 Reforestaciones
056637 Adecuación de áreas urbanas y rurales
056639 Pago de indemnizaciones y pasivo laboral – reorganización administrativa y saneamiento fiscal
056690 Otros programas de inversión
056691 Reservas presupuestales
056692 Pasivos exigibles
0567 SECTOR TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL – POR EJECUTAR (DB)
056701 Construcción infraestructura propia del sector
056702 Adquisición de infraestructura propia del sector
056703 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
056704 Construcción de infraestructura administrativa
056705 Adquisición de infraestructura administrativa
056706 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
056707 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
056708 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
056709 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
056710 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
056711 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
056712 Protección y bienestar social del recurso humano
056713 Investigación básica, aplicada y estudios
056714 Estudios de preinversión
056715 Levantamiento de información para procesamiento
056716 Actualización de información para procesamiento
056717 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
056718 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
056719 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
056722 Transferencias
056790 Otros programas de inversión
056791 Reservas presupuestales
056792 Pasivos exigibles
0568 SECTOR VIVIENDA - POR EJECUTAR (DB)
056801 Construcción infraestructura propia del sector
056802 Adquisición de infraestructura propia del sector
056803 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
056804 Construcción de infraestructura administrativa
056805 Adquisición de infraestructura administrativa
056806 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
056807 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
056808 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
056809 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
056810 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
056811 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
056812 Protección y bienestar social del recurso humano
056813 Investigación básica, aplicada y estudios
056814 Estudios de preinversión
056815 Levantamiento de información para procesamiento
056816 Actualización de información para procesamiento
056817 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
056818 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
056819 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
056820 Créditos
056821 Subsidios directos
056822 Transferencias
056823 Inversiones y aportes financieros
056824 Capitalización
056837 Adecuación de áreas urbanas y rurales
056838 Reubicación de asentamientos
056890 Otros programas de inversión
056891 Reservas presupuestales
056892 Pasivos exigibles
0569 SECTOR DESARROLLO COMUNITARIO – POR EJECUTAR (DB)
056901 Construcción infraestructura propia del sector
056902 Adquisición de infraestructura propia del sector
056903 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
056904 Construcción de infraestructura administrativa
056905 Adquisición de infraestructura administrativa
056906 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
056907 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
056908 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
056909 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
056910 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
056911 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
056912 Protección y bienestar social del recurso humano
056913 Investigación básica, aplicada y estudios
056914 Estudios de preinversión
056915 Levantamiento de información para procesamiento
056916 Actualización de información para procesamiento
056917 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
056918 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
056919 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
056920 Créditos
056921 Subsidios directos
056922 Transferencias
056990 Otros programas de inversión
056991 Reservas presupuestales
056992 Pasivos exigibles
0570 SECTOR ARTE Y CULTURA - POR EJECUTAR (DB)
057001 Construcción infraestructura propia del sector
057002 Adquisición de infraestructura propia del sector
057003 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
057004 Construcción de infraestructura administrativa
057005 Adquisición de infraestructura administrativa
057006 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
057007 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
057008 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
057009 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
057010 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
057011 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
057012 Protección y bienestar social del recurso humano
057013 Investigación básica, aplicada y estudios
057014 Estudios de preinversión
057015 Levantamiento de información para procesamiento
057016 Actualización de información para procesamiento
057017 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
057018 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
057019 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
057022 Transferencias
057034 Fomento y apoyo al arte y la cultura
057090 Otros programas de inversión
057091 Reservas presupuestales
057092 Pasivos exigibles
0571 SECTOR RECREACIÓN Y DEPORTES - POR EJECUTAR (DB)
057101 Construcción infraestructura propia del sector
057102 Adquisición de infraestructura propia del sector
057103 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
057104 Construcción de infraestructura administrativa
057105 Adquisición de infraestructura administrativa
057106 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
057107 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
057108 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
057109 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
057110 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
057111 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
057112 Protección y bienestar social del recurso humano
057113 Investigación básica, aplicada y estudios
057114 Estudios de preinversión
057115 Levantamiento de información para procesamiento
057116 Actualización de información para procesamiento
057117 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
057118 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
057119 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
057122 Transferencias
057133 Fomento y apoyo a la recreación y al deporte
057190 Otros programas de inversión
057191 Reservas presupuestales
057192 Pasivos exigibles
0572 OTROS SECTORES - POR EJECUTAR (DB)
057201 Construcción infraestructura propia del sector
057202 Adquisición de infraestructura propia del sector
057203 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
057204 Construcción de infraestructura administrativa
057205 Adquisición de infraestructura administrativa
057206 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
057207 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
057208 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
057209 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
057210 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
057211 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
057212 Protección y bienestar social del recurso humano
057213 Investigación básica, aplicada y estudios
057214 Estudios de preinversión
057215 Levantamiento de información para procesamiento
057216 Actualización de información para procesamiento
057217 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
057218 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
057219 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
057220 Créditos
057221 Subsidios directos
057222 Transferencias
057223 Inversiones y aportes financieros
057224 Capitalización
057290 Otros programas de inversión
057291 Reservas presupuestales
057292 Pasivos exigibles
06 PRESUPUESTO DE GASTOS DE INVERSIÓN EJECUTADOS
0630 SECTOR DEFENSA Y SEGURIDAD – COMPROMISOS (DB)
063001 Construcción infraestructura propia del sector
063002 Adquisición de infraestructura propia del sector
063003 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
063004 Construcción de infraestructura administrativa
063005 Adquisición de infraestructura administrativa
063006 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
063007 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
063008 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
063009 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
063010 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
063011 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
063012 Protección y bienestar social del recurso humano
063013 Investigación básica, aplicada y estudios
063014 Estudios de preinversión
063015 Levantamiento de información para procesamiento
063016 Actualización de información para procesamiento
063017 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
063018 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
063019 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
063022 Transferencias
063023 Inversiones y aportes financieros
063024 Capitalización
063027 Contratos para prestación de servicios
063090 Otros programas de inversión
063091 Reservas presupuestales
063092 Pasivos exigibles
0631 SECTOR INDUSTRIA Y COMERCIO – COMPROMISOS (DB)
063101 Construcción infraestructura propia del sector
063102 Adquisición de infraestructura propia del sector
063103 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
063104 Construcción de infraestructura administrativa
063105 Adquisición de infraestructura administrativa
063106 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
063107 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
063108 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
063109 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
063110 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
063111 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
063112 Protección y bienestar social del recurso humano
063113 Investigación básica, aplicada y estudios
063114 Estudios de preinversión
063115 Levantamiento de información para procesamiento
063116 Actualización de información para procesamiento
063117 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
063118 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
063119 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
063120 Créditos
063121 Subsidios directos
063122 Transferencias
063123 Inversiones y aportes financieros
063124 Capitalización
063190 Otros programas de inversión
063191 Reservas presupuestales
063192 Pasivos exigibles
0632 SECTOR SALUD – COMPROMISOS (DB)
063201 Construcción infraestructura propia del sector
063202 Adquisición de infraestructura propia del sector
063203 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
063204 Construcción de infraestructura administrativa
063205 Adquisición de infraestructura administrativa
063206 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
063207 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
063208 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
063209 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
063210 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
063211 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
063212 Protección y bienestar social del recurso humano
063213 Investigación básica, aplicada y estudios
063214 Estudios de preinversión
063215 Levantamiento de información para procesamiento
063216 Actualización de información para procesamiento
063217 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
063218 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
063219 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
063220 Créditos
063221 Subsidios directos
063222 Transferencias
063223 Inversiones y aportes financieros
063224 Capitalización
063225 Pagos sueldos, salarios y contribuciones parafiscales
063227 Contratos para prestación de servicios
063228 Régimen subsidiado
063229 Salud Pública
063230 Prestación de servicios para población no afiliada
063239 Pago de indemnizaciones y pasivo laboral – reorganización administrativa y saneamiento fiscal
063290 Otros programas de inversión
063291 Reservas presupuestales
063292 Pasivos exigibles
0633 SECTOR COMUNICACIONES - COMPROMISOS (DB)
063301 Construcción infraestructura propia del sector
063302 Adquisición de infraestructura propia del sector
063303 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
063304 Construcción de infraestructura administrativa
063305 Adquisición de infraestructura administrativa
063306 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
063307 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
063308 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
063309 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
063310 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
063311 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
063312 Protección y bienestar social del recurso humano
063313 Investigación básica, aplicada y estudios
063314 Estudios de preinversión
063315 Levantamiento de información para procesamiento
063316 Actualización de información para procesamiento
063317 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
063318 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
063319 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
063322 Transferencias
063323 Inversiones y aportes financieros
063324 Capitalización
063390 Otros programas de inversión
063391 Reservas presupuestales
063392 Pasivos exigibles
0634 SECTOR ENERGÍA – COMPROMISOS (DB)
063401 Construcción infraestructura propia del sector
063402 Adquisición de infraestructura propia del sector
063403 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
063404 Construcción de infraestructura administrativa
063405 Adquisición de infraestructura administrativa
063406 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
063407 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
063408 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
063409 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
063410 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
063411 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
063412 Protección y bienestar social del recurso humano
063413 Investigación básica, aplicada y estudios
063414 Estudios de preinversión
063415 Levantamiento de información para procesamiento
063416 Actualización de información para procesamiento
063417 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
063418 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
063419 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
063420 Créditos
063421 Subsidios directos
063422 Transferencias
063423 Inversiones y aportes financieros
063424 Capitalización
063490 Otros programas de inversión
063491 Reservas presupuestales
063492 Pasivos exigibles
0635 SECTOR TRANSPORTE – COMPROMISOS (DB)
063501 Construcción infraestructura propia del sector
063502 Adquisición de infraestructura propia del sector
063503 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
063504 Construcción de infraestructura administrativa
063505 Adquisición de infraestructura administrativa
063506 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
063507 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
063508 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
063509 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
063510 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
063511 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
063512 Protección y bienestar social del recurso humano
063513 Investigación básica, aplicada y estudios
063514 Estudios de preinversión
063515 Levantamiento de información para procesamiento
063516 Actualización de información para procesamiento
063517 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
063518 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
063519 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
063520 Créditos
063521 Subsidios directos
063522 Transferencias
063523 Inversiones y aportes financieros
063524 Capitalización
063590 Otros programas de inversión
063591 Reservas presupuestales
063592 Pasivos exigibles
0636 SECTOR EDUCACIÓN – COMPROMISOS (DB)
063601 Construcción infraestructura propia del sector
063602 Adquisición de infraestructura propia del sector
063603 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
063604 Construcción de infraestructura administrativa
063605 Adquisición de infraestructura administrativa
063606 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
063607 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
063608 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
063609 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
063610 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
063611 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
063612 Protección y bienestar social del recurso humano
063613 Investigación básica, aplicada y estudios
063614 Estudios de preinversión
063615 Levantamiento de información para procesamiento
063616 Actualización de información para procesamiento
063617 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
063618 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
063619 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
063620 Créditos
063621 Subsidios directos
063622 Transferencias
063623 Inversiones y aportes financieros
063625 Pagos sueldos, salarios y contribuciones parafiscales
063626 Alimentación escolar
063627 Contratos para prestación de servicios
063639 Pago de indemnizaciones y pasivo laboral – reorganización administrativa y saneamiento fiscal
063690 Otros programas de inversión
063691 Reservas presupuestales
063692 Pasivos exigibles
0637 SECTOR JUSTICIA – COMPROMISOS (DB)
063701 Construcción infraestructura propia del sector
063702 Adquisición de infraestructura propia del sector
063703 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
063704 Construcción de infraestructura administrativa
063705 Adquisición de infraestructura administrativa
063706 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
063707 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
063708 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
063709 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
063710 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
063711 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
063712 Protección y bienestar social del recurso humano
063713 Investigación básica, aplicada y estudios
063714 Estudios de preinversión
063715 Levantamiento de información para procesamiento
063716 Actualización de información para procesamiento
063717 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
063718 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
063719 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
063720 Créditos
063722 Transferencias
063790 Otros programas de inversión
063791 Reservas presupuestales
063792 Pasivos exigibles
0638 SECTOR MEDIO AMBIENTE – COMPROMISOS (DB)
063801 Construcción infraestructura propia del sector
063802 Adquisición de infraestructura propia del sector
063803 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
063804 Construcción de infraestructura administrativa
063805 Adquisición de infraestructura administrativa
063806 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
063807 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
063808 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
063809 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
063810 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
063811 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
063812 Protección y bienestar social del recurso humano
063813 Investigación básica, aplicada y estudios
063814 Estudios de preinversión
063815 Levantamiento de información para procesamiento
063816 Actualización de información para procesamiento
063817 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
063818 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
063819 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
063820 Créditos
063822 Transferencias
063831 Tratamiento y disposición de residuos sólidos
063832 Conservación microcuencas
063835 Inversión en descontaminaciones del medio ambiente
063836 Reforestaciones
063837 Adecuación de áreas urbanas y rurales
063838 Reubicación de asentamientos
063890 Otros programas de inversión
063891 Reservas presupuestales
063892 Pasivos exigibles
0639 SECTOR GOBIERNO – COMPROMISOS (DB)
063901 Construcción infraestructura propia del sector
063902 Adquisición de infraestructura propia del sector
063903 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
063904 Construcción de infraestructura administrativa
063905 Adquisición de infraestructura administrativa
063906 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
063907 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
063908 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
063909 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
063910 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
063911 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
063912 Protección y bienestar social del recurso humano
063913 Investigación básica, aplicada y estudios
063914 Estudios de preinversión
063915 Levantamiento de información para procesamiento
063916 Actualización de información para procesamiento
063917 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
063918 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
063919 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
063920 Créditos
063921 Subsidios directos
063922 Transferencias
063923 Inversiones y aportes financieros
063924 Capitalización
063990 Otros programas de inversión
063991 Reservas presupuestales
063992 Pasivos exigibles
0640 SECTOR AGROPECUARIO – COMPROMISOS (DB)
064001 Construcción infraestructura propia del sector
064002 Adquisición de infraestructura propia del sector
064003 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
064004 Construcción de infraestructura administrativa
064005 Adquisición de infraestructura administrativa
064006 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
064007 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
064008 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
064009 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
064010 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
064011 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
064012 Protección y bienestar social del recurso humano
064013 Investigación básica, aplicada y estudios
064014 Estudios de preinversión
064015 Levantamiento de información para procesamiento
064016 Actualización de información para procesamiento
064017 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
064018 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
064019 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
064020 Créditos
064021 Subsidios directos
064022 Transferencias
064023 Inversiones y aportes financieros
064024 Capitalización
064090 Otros programas de inversión
064091 Reservas presupuestales
064092 Pasivos exigibles
0641 SECTOR SANEAMIENTO BÁSICO Y AGUA POTABLE - COMPROMISOS
(DB)
064101 Construcción infraestructura propia del sector
064102 Adquisición de infraestructura propia del sector
064103 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
064104 Construcción de infraestructura administrativa
064105 Adquisición de infraestructura administrativa
064106 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
064107 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
064108 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
064109 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
064110 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
064111 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
064112 Protección y bienestar social del recurso humano
064113 Investigación básica, aplicada y estudios
064114 Estudios de preinversión
064115 Levantamiento de información para procesamiento
064116 Actualización de información para procesamiento
064117 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
064118 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
064119 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
064120 Créditos
064122 Transferencias
064123 Inversiones y aportes financieros
064124 Capitalización
064125 Pagos sueldos, salarios y contribuciones parafiscales
064131 Tratamiento y disposición de residuos sólidos
064132 Conservación microcuencas
064135 Inversión en descontaminaciones del medio ambiente
064136 Reforestaciones
064137 Adecuación de áreas urbanas y rurales
064139 Pago de indemnizaciones y pasivo laboral – reorganización administrativa y saneamiento fiscal
064190 Otros programas de inversión
064191 Reservas presupuestales
064192 Pasivos exigibles
0642 SECTOR TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL – COMPROMISOS (DB)
064201 Construcción infraestructura propia del sector
064202 Adquisición de infraestructura propia del sector
064203 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
064204 Construcción de infraestructura administrativa
064205 Adquisición de infraestructura administrativa
064206 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
064207 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
064208 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
064209 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
064210 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
064211 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
064212 Protección y bienestar social del recurso humano
064213 Investigación básica, aplicada y estudios
064214 Estudios de preinversión
064215 Levantamiento de información para procesamiento
064216 Actualización de información para procesamiento
064217 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
064218 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
064219 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
064222 Transferencias
064290 Otros programas de inversión
064291 Reservas presupuestales
064292 Pasivos exigibles
0643 SECTOR VIVIENDA – COMPROMISOS (DB)
064301 Construcción infraestructura propia del sector
064302 Adquisición de infraestructura propia del sector
064303 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
064304 Construcción de infraestructura administrativa
064305 Adquisición de infraestructura administrativa
064306 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
064307 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
064308 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
064309 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
064310 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
064311 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
064312 Protección y bienestar social del recurso humano
064313 Investigación básica, aplicada y estudios
064314 Estudios de preinversión
064315 Levantamiento de información para procesamiento
064316 Actualización de información para procesamiento
064317 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
064318 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
064319 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
064320 Créditos
064321 Subsidios directos
064322 Transferencias
064323 Inversiones y aportes financieros
064324 Capitalización
064337 Adecuación de áreas urbanas y rurales
064338 Reubicación de asentamientos
064390 Otros programas de inversión
064391 Reservas presupuestales
064392 Pasivos exigibles
0644 SECTOR DESARROLLO COMUNITARIO – COMPROMISOS (DB)
064401 Construcción infraestructura propia del sector
064402 Adquisición de infraestructura propia del sector
064403 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
064404 Construcción de infraestructura administrativa
064405 Adquisición de infraestructura administrativa
064406 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
064407 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
064408 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
064409 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
064410 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
064411 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
064412 Protección y bienestar social del recurso humano
064413 Investigación básica, aplicada y estudios
064414 Estudios de preinversión
064415 Levantamiento de información para procesamiento
064416 Actualización de información para procesamiento
064417 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
064418 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
064419 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
064420 Créditos
064421 Subsidios directos
064422 Transferencias
064490 Otros programas de inversión
064491 Reservas presupuestales
064492 Pasivos exigibles
0645 SECTOR ARTE Y CULTURA – COMPROMISOS (DB)
064501 Construcción infraestructura propia del sector
064502 Adquisición de infraestructura propia del sector
064503 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
064504 Construcción de infraestructura administrativa
064505 Adquisición de infraestructura administrativa
064506 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
064507 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
064508 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
064509 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
064510 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
064511 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
064512 Protección y bienestar social del recurso humano
064513 Investigación básica, aplicada y estudios
064514 Estudios de preinversión
064515 Levantamiento de información para procesamiento
064516 Actualización de información para procesamiento
064517 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
064518 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
064519 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
064522 Transferencias
064534 Fomento y apoyo al arte y la cultura
064590 Otros programas de inversión
064591 Reservas presupuestales
064592 Pasivos exigibles
0646 SECTOR RECREACIÓN Y DEPORTES – COMPROMISOS (DB)
064601 Construcción infraestructura propia del sector
064602 Adquisición de infraestructura propia del sector
064603 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
064604 Construcción de infraestructura administrativa
064605 Adquisición de infraestructura administrativa
064606 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
064607 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
064608 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
064609 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
064610 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
064611 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
064612 Protección y bienestar social del recurso humano
064613 Investigación básica, aplicada y estudios
064614 Estudios de preinversión
064615 Levantamiento de información para procesamiento
064616 Actualización de información para procesamiento
064617 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
064618 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
064619 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
064622 Transferencias
064633 Fomento y apoyo a la recreación y al deporte
064690 Otros programas de inversión
064691 Reservas presupuestales
064692 Pasivos exigibles
0647 OTROS SECTORES – COMPROMISOS (DB)
064701 Construcción infraestructura propia del sector
064702 Adquisición de infraestructura propia del sector
064703 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
064704 Construcción de infraestructura administrativa
064705 Adquisición de infraestructura administrativa
064706 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
064707 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
064708 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
064709 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
064710 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
064711 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
064712 Protección y bienestar social del recurso humano
064713 Investigación básica, aplicada y estudios
064714 Estudios de preinversión
064715 Levantamiento de información para procesamiento
064716 Actualización de información para procesamiento
064717 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
064718 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
064719 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
064720 Créditos
064721 Subsidios directos
064722 Transferencias
064723 Inversiones y aportes financieros
064724 Capitalización
064790 Otros programas de inversión
064791 Reservas presupuestales
064792 Pasivos exigibles
0655 SECTOR DEFENSA Y SEGURIDAD - OBLIGACIONES (DB)
065501 Construcción infraestructura propia del sector
065502 Adquisición de infraestructura propia del sector
065503 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
065504 Construcción de infraestructura administrativa
065505 Adquisición de infraestructura administrativa
065506 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
065507 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
065508 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
065509 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
065510 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
065511 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
065512 Protección y bienestar social del recurso humano
065513 Investigación básica, aplicada y estudios
065514 Estudios de preinversión
065515 Levantamiento de información para procesamiento
065516 Actualización de información para procesamiento
065517 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
065518 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
065519 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
065522 Transferencias
065523 Inversiones y aportes financieros
065524 Capitalización
065527 Contratos para prestación de servicios
065590 Otros programas de inversión
065591 Reservas presupuestales
065592 Pasivos exigibles
0656 SECTOR INDUSTRIA Y COMERCIO – OBLIGACIONES (DB)
065601 Construcción infraestructura propia del sector
065602 Adquisición de infraestructura propia del sector
065603 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
065604 Construcción de infraestructura administrativa
065605 Adquisición de infraestructura administrativa
065606 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
065607 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
065608 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
065609 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
065610 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
065611 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
065612 Protección y bienestar social del recurso humano
065613 Investigación básica, aplicada y estudios
065614 Estudios de preinversión
065615 Levantamiento de información para procesamiento
065616 Actualización de información para procesamiento
065617 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
065618 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
065619 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
065620 Créditos
065621 Subsidios directos
065622 Transferencias
065623 Inversiones y aportes financieros
065624 Capitalización
065690 Otros programas de inversión
065691 Reservas presupuestales
065692 Pasivos exigibles
0657 SECTOR SALUD – OBLIGACIONES (DB)
065701 Construcción infraestructura propia del sector
065702 Adquisición de infraestructura propia del sector
065703 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
065704 Construcción de infraestructura administrativa
065705 Adquisición de infraestructura administrativa
065706 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
065707 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
065708 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
065709 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
065710 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
065711 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
065712 Protección y bienestar social del recurso humano
065713 Investigación básica, aplicada y estudios
065714 Estudios de preinversión
065715 Levantamiento de información para procesamiento
065716 Actualización de información para procesamiento
065717 Asistencia técnica, divulgación y capacitación
a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
065718 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
065719 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
065720 Créditos
065721 Subsidios directos
065722 Transferencias
065723 Inversiones y aportes financieros
065724 Capitalización
065725 Pagos sueldos, salarios y contribuciones parafiscales
065727 Contratos para prestación de servicios
065728 Régimen subsidiado
065729 Salud Pública
065730 Prestación de servicios para población no afiliada
065739 Pago de indemnizaciones y pasivo laboral – reorganización administrativa y saneamiento fiscal
065790 Otros programas de inversión
065791 Reservas presupuestales
065792 Pasivos exigibles
0658 SECTOR COMUNICACIONES – OBLIGACIONES (DB)
065801 Construcción infraestructura propia del sector
065802 Adquisición de infraestructura propia del sector
065803 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
065804 Construcción de infraestructura administrativa
065805 Adquisición de infraestructura administrativa
065806 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
065807 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
065808 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
065809 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
065810 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
065811 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
065812 Protección y bienestar social del recurso humano
065813 Investigación básica, aplicada y estudios
065814 Estudios de preinversión
065815 Levantamiento de información para procesamiento
065816 Actualización de información para procesamiento
065817 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
065818 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
065819 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
065822 Transferencias
065823 Inversiones y aportes financieros
065824 Capitalización
065890 Otros programas de inversión
065891 Reservas presupuestales
065892 Pasivos exigibles
0659 SECTOR ENERGÍA POR – OBLIGACIONES (DB)
065901 Construcción infraestructura propia del sector
065902 Adquisición de infraestructura propia del sector
065903 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
065904 Construcción de infraestructura administrativa
065905 Adquisición de infraestructura administrativa
065906 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
065907 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
065908 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
065909 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
065910 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
065911 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
065912 Protección y bienestar social del recurso humano
065913 Investigación básica, aplicada y estudios
065914 Estudios de preinversión
065915 Levantamiento de información para procesamiento
065916 Actualización de información para procesamiento
065917 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
065918 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
065919 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
065920 Créditos
065921 Subsidios directos
065922 Transferencias
065923 Inversiones y aportes financieros
065924 Capitalización
065990 Otros programas de inversión
065991 Reservas presupuestales
065992 Pasivos exigibles
0660 SECTOR TRANSPORTE – OBLIGACIONES (DB)
066001 Construcción infraestructura propia del sector
066002 Adquisición de infraestructura propia del sector
066003 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
066004 Construcción de infraestructura administrativa
066005 Adquisición de infraestructura administrativa
066006 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
066007 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
066008 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
066009 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
066010 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
066011 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
066012 Protección y bienestar social del recurso humano
066013 Investigación básica, aplicada y estudios
066014 Estudios de preinversión
066015 Levantamiento de información para procesamiento
066016 Actualización de información para procesamiento
066017 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
066018 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
066019 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
066020 Créditos
066021 Subsidios directos
066022 Transferencias
066023 Inversiones y aportes financieros
066024 Capitalización
066090 Otros programas de inversión
066091 Reservas presupuestales
066092 Pasivos exigibles
0661 SECTOR EDUCACIÓN – OBLIGACIONES (DB)
066101 Construcción infraestructura propia del sector
066102 Adquisición de infraestructura propia del sector
066103 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
066104 Construcción de infraestructura administrativa
066105 Adquisición de infraestructura administrativa
066106 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
066107 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
066108 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
066109 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
066110 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
066111 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
066112 Protección y bienestar social del recurso humano
066113 Investigación básica, aplicada y estudios
066114 Estudios de preinversión
066115 Levantamiento de información para procesamiento
066116 Actualización de información para procesamiento
066117 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
066118 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
066119 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
066120 Créditos
066121 Subsidios directos
066122 Transferencias
066123 Inversiones y aportes financieros
066125 Pagos sueldos, salarios y contribuciones parafiscales
066126 Alimentación escolar
066127 Contratos para prestación de servicios
066139 Pago de indemnizaciones y pasivo laboral – reorganización administrativa y saneamiento fiscal
066190 Otros programas de inversión
066191 Reservas presupuestales
066192 Pasivos exigibles
0662 SECTOR JUSTICIA – OBLIGACIONES (DB)
066201 Construcción infraestructura propia del sector
066202 Adquisición de infraestructura propia del sector
066203 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
066204 Construcción de infraestructura administrativa
066205 Adquisición de infraestructura administrativa
066206 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
066207 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
066208 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
066209 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
066210 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
066211 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
066212 Protección y bienestar social del recurso humano
066213 Investigación básica, aplicada y estudios
066214 Estudios de preinversión
066215 Levantamiento de información para procesamiento
066216 Actualización de información para procesamiento
066217 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
066218 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
066219 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
066220 Créditos
066222 Transferencias
066290 Otros programas de inversión
066291 Reservas presupuestales
066292 Pasivos exigibles
0663 SECTOR MEDIO AMBIENTE – OBLIGACIONES (DB)
066301 Construcción infraestructura propia del sector
066302 Adquisición de infraestructura propia del sector
066303 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
066304 Construcción de infraestructura administrativa
066305 Adquisición de infraestructura administrativa
066306 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
066307 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
066308 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
066309 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
066310 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
066311 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
066312 Protección y bienestar social del recurso humano
066313 Investigación básica, aplicada y estudios
066314 Estudios de preinversión
066315 Levantamiento de información para procesamiento
066316 Actualización de información para procesamiento
066317 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
066318 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
066319 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
066320 Créditos
066322 Transferencias
066331 Tratamiento y disposición de residuos sólidos
066332 Conservación microcuencas
066335 Inversión en descontaminaciones del medio ambiente
066336 Reforestaciones
066337 Adecuación de áreas urbanas y rurales
066338 Reubicación de asentamientos
066390 Otros programas de inversión
066391 Reservas presupuestales
066392 Pasivos exigibles
0664 SECTOR GOBIERNO – OBLIGACIONES (DB)
066401 Construcción infraestructura propia del sector
066402 Adquisición de infraestructura propia del sector
066403 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
066404 Construcción de infraestructura administrativa
066405 Adquisición de infraestructura administrativa
066406 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
066407 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
066408 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
066409 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
066410 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
066411 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
066412 Protección y bienestar social del recurso humano
066413 Investigación básica, aplicada y estudios
066414 Estudios de preinversión
066415 Levantamiento de información para procesamiento
066416 Actualización de información para procesamiento
066417 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
066418 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
066419 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
066420 Créditos
066421 Subsidios directos
066422 Transferencias
066423 Inversiones y aportes financieros
066424 Capitalización
066490 Otros programas de inversión
066491 Reservas presupuestales
066492 Pasivos exigibles
0665 SECTOR AGROPECUARIO – OBLIGACIONES (DB)
066501 Construcción infraestructura propia del sector
066502 Adquisición de infraestructura propia del sector
066503 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
066504 Construcción de infraestructura administrativa
066505 Adquisición de infraestructura administrativa
066506 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
066507 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
066508 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
066509 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
066510 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
066511 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
066512 Protección y bienestar social del recurso humano
066513 Investigación básica, aplicada y estudios
066514 Estudios de preinversión
066515 Levantamiento de información para procesamiento
066516 Actualización de información para procesamiento
066517 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
066518 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
066519 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
066520 Créditos
066521 Subsidios directos
066522 Transferencias
066523 Inversiones y aportes financieros
066524 Capitalización
066590 Otros programas de inversión
066591 Reservas presupuestales
066592 Pasivos exigibles
0666 SECTOR SANEAMIENTO BÁSICO Y AGUA POTABLE - OBLIGACIONES (DB)
066601 Construcción infraestructura propia del sector
066602 Adquisición de infraestructura propia del sector
066603 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
066604 Construcción de infraestructura administrativa
066605 Adquisición de infraestructura administrativa
066606 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
066607 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
066608 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
066609 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
066610 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
066611 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
066612 Protección y bienestar social del recurso humano
066613 Investigación básica, aplicada y estudios
066614 Estudios de preinversión
066615 Levantamiento de información para procesamiento
066616 Actualización de información para procesamiento
066617 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
066618 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
066619 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
066620 Créditos
066622 Transferencias
066623 Inversiones y aportes financieros
066624 Capitalización
066625 Pagos sueldos, salarios y contribuciones parafiscales
066631 Tratamiento y disposición de residuos sólidos
066632 Conservación microcuencas
066635 Inversión en descontaminaciones del medio ambiente
066636 Reforestaciones
066637 Adecuación de áreas urbanas y rurales
066639 Pago de indemnizaciones y pasivo laboral – reorganización administrativa y saneamiento fiscal 066690 Otros programas de inversión
066691 Reservas presupuestales
066692 Pasivos exigibles
0667 SECTOR TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL – OBLIGACIONES (DB)
066701 Construcción infraestructura propia del sector
066702 Adquisición de infraestructura propia del sector
066703 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
066704 Construcción de infraestructura administrativa
066705 Adquisición de infraestructura administrativa
066706 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
066707 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
066708 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
066709 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
066710 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
066711 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
066712 Protección y bienestar social del recurso humano
066713 Investigación básica, aplicada y estudios
066714 Estudios de preinversión
066715 Levantamiento de información para procesamiento
066716 Actualización de información para procesamiento
066717 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
066718 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
066719 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
066722 Transferencias
066790 Otros programas de inversión
066791 Reservas presupuestales
066792 Pasivos exigibles
0668 SECTOR VIVIENDA – OBLIGACIONES (DB)
066801 Construcción infraestructura propia del sector
066802 Adquisición de infraestructura propia del sector
066803 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
066804 Construcción de infraestructura administrativa
066805 Adquisición de infraestructura administrativa
066806 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
066807 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
066808 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
066809 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
066810 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
066811 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
066812 Protección y bienestar social del recurso humano
066813 Investigación básica, aplicada y estudios
066814 Estudios de preinversión
066815 Levantamiento de información para procesamiento
066816 Actualización de información para procesamiento
066817 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
066818 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
066819 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
066820 Créditos
066821 Subsidios directos
066822 Transferencias
066823 Inversiones y aportes financieros
066824 Capitalización
066837 Adecuación de áreas urbanas y rurales
066838 Reubicación de asentamientos
066890 Otros programas de inversión
066891 Reservas presupuestales
066892 Pasivos exigibles
0669 SECTOR DESARROLLO COMUNITARIO – OBLIGACIONES (DB)
066901 Construcción infraestructura propia del sector
066902 Adquisición de infraestructura propia del sector
066903 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
066904 Construcción de infraestructura administrativa
066905 Adquisición de infraestructura administrativa
066906 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
066907 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
066908 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
066909 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
066910 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
066911 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
066912 Protección y bienestar social del recurso humano
066913 Investigación básica, aplicada y estudios
066914 Estudios de preinversión
066915 Levantamiento de información para procesamiento
066916 Actualización de información para procesamiento
066917 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
066918 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
066919 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
066920 Créditos
066921 Subsidios directos
066922 Transferencias
066990 Otros programas de inversión
066991 Reservas presupuestales
066992 Pasivos exigibles
0670 SECTOR ARTE Y CULTURA – OBLIGACIONES (DB)
067001 Construcción infraestructura propia del sector
067002 Adquisición de infraestructura propia del sector
067003 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
067004 Construcción de infraestructura administrativa
067005 Adquisición de infraestructura administrativa
067006 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
067007 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
067008 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
067009 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
067010 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
067011 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
067012 Protección y bienestar social del recurso humano
067013 Investigación básica, aplicada y estudios
067014 Estudios de preinversión
067015 Levantamiento de información para procesamiento
067016 Actualización de información para procesamiento
067017 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
067018 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
067019 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
067022 Transferencias
067034 Fomento y apoyo al arte y la cultura
067090 Otros programas de inversión
067091 Reservas presupuestales
067092 Pasivos exigibles
0671 SECTOR RECREACIÓN Y DEPORTES – OBLIGACIONES (DB)
067101 Construcción infraestructura propia del sector
067102 Adquisición de infraestructura propia del sector
067103 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
067104 Construcción de infraestructura administrativa
067105 Adquisición de infraestructura administrativa
067106 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
067107 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
067108 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
067109 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
067110 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
067111 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
067112 Protección y bienestar social del recurso humano
067113 Investigación básica, aplicada y estudios
067114 Estudios de preinversión
067115 Levantamiento de información para procesamiento
067116 Actualización de información para procesamiento
067117 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
067118 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
067119 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
067122 Transferencias
067133 Fomento y apoyo a la recreación y al deporte
067190 Otros programas de inversión
067191 Reservas presupuestales
067192 Pasivos exigibles
0672 OTROS SECTORES – OBLIGACIONES (DB)
067201 Construcción infraestructura propia del sector
067202 Adquisición de infraestructura propia del sector
067203 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
067204 Construcción de infraestructura administrativa
067205 Adquisición de infraestructura administrativa
067206 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
067207 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
067208 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
067209 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
067210 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
067211 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
067212 Protección y bienestar social del recurso humano
067213 Investigación básica, aplicada y estudios
067214 Estudios de preinversión
067215 Levantamiento de información para procesamiento
067216 Actualización de información para procesamiento
067217 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
067218 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
067219 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
067220 Créditos
067221 Subsidios directos
067222 Transferencias
067223 Inversiones y aportes financieros
067224 Capitalización
067290 Otros programas de inversión
067291 Reservas presupuestales
067292 Pasivos exigibles
07 PRESUPUESTO DE GASTOS DE INVERSIÓN PAGADOS
0730 SECTOR DEFENSA Y SEGURIDAD – PAGOS EN EFECTIVO (DB)
073001 Construcción infraestructura propia del sector
073002 Adquisición de infraestructura propia del sector
073003 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
073004 Construcción de infraestructura administrativa
073005 Adquisición de infraestructura administrativa
073006 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
073007 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
073008 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
073009 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
073010 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
073011 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
073012 Protección y bienestar social del recurso humano
073013 Investigación básica, aplicada y estudios
073014 Estudios de preinversión
073015 Levantamiento de información para procesamiento
073016 Actualización de información para procesamiento
073017 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
073018 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
073019 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
073022 Transferencias
073023 Inversiones y aportes financieros
073024 Capitalización
073027 Contratos para prestación de servicios
073090 Otros programas de inversión
073091 Reservas presupuestales
073092 Pasivos exigibles
0731 SECTOR INDUSTRIA Y COMERCIO – PAGOS EN EFECTIVO (DB)
073101 Construcción infraestructura propia del sector
073102 Adquisición de infraestructura propia del sector
073103 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
073104 Construcción de infraestructura administrativa
073105 Adquisición de infraestructura administrativa
073106 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
073107 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
073108 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
073109 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
073110 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
073111 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
073112 Protección y bienestar social del recurso humano
073113 Investigación básica, aplicada y estudios
073114 Estudios de preinversión
073115 Levantamiento de información para procesamiento
073116 Actualización de información para procesamiento
073117 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
073118 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
073119 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
073120 Créditos
073121 Subsidios directos
073122 Transferencias
073123 Inversiones y aportes financieros
073124 Capitalización
073190 Otros programas de inversión
073191 Reservas presupuestales
073192 Pasivos exigibles
0732 SECTOR SALUD – PAGOS EN EFECTIVO (DB)
073201 Construcción infraestructura propia del sector
073202 Adquisición de infraestructura propia del sector
073203 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
073204 Construcción de infraestructura administrativa
073205 Adquisición de infraestructura administrativa
073206 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
073207 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
073208 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
073209 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
073210 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
073211 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
073212 Protección y bienestar social del recurso humano
073213 Investigación básica, aplicada y estudios
073214 Estudios de preinversión
073215 Levantamiento de información para procesamiento
073216 Actualización de información para procesamiento
073217 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
073218 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
073219 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
073220 Créditos
073221 Subsidios directos
073222 Transferencias
073223 Inversiones y aportes financieros
073224 Capitalización
073225 Pagos sueldos, salarios y contribuciones parafiscales
073227 Contratos para prestación de servicios
073228 Régimen subsidiado
073229 Salud Pública
073230 Prestación de servicios para población no afiliada
073239 Pago de indemnizaciones y pasivo laboral – reorganización administrativa y saneamiento fiscal
073290 Otros programas de inversión
073291 Reservas presupuestales
073292 Pasivos exigibles
0733 SECTOR COMUNICACIONES – PAGOS EN EFECTIVO (DB)
073301 Construcción infraestructura propia del sector
073302 Adquisición de infraestructura propia del sector
073303 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
073304 Construcción de infraestructura administrativa
073305 Adquisición de infraestructura administrativa
073306 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
073307 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
073308 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
073309 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
073310 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
073311 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
073312 Protección y bienestar social del recurso humano
073313 Investigación básica, aplicada y estudios
073314 Estudios de preinversión
073315 Levantamiento de información para procesamiento
073316 Actualización de información para procesamiento
073317 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
073318 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
073319 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
073322 Transferencias
073323 Inversiones y aportes financieros
073324 Capitalización
073390 Otros programas de inversión
073391 Reservas presupuestales
073392 Pasivos exigibles
0734 SECTOR ENERGÍA – PAGOS EN EFECTIVO (DB)
073401 Construcción infraestructura propia del sector
073402 Adquisición de infraestructura propia del sector
073403 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
073404 Construcción de infraestructura administrativa
073405 Adquisición de infraestructura administrativa
073406 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
073407 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
073408 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
073409 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
073410 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
073411 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
073412 Protección y bienestar social del recurso humano
073413 Investigación básica, aplicada y estudios
073414 Estudios de preinversión
073415 Levantamiento de información para procesamiento
073416 Actualización de información para procesamiento
073417 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
073418 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
073419 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
073420 Créditos
073421 Subsidios directos
073422 Transferencias
073423 Inversiones y aportes financieros
073424 Capitalización
073490 Otros programas de inversión
073491 Reservas presupuestales
073492 Pasivos exigibles
0735 SECTOR TRANSPORTE – PAGOS EN EFECTIVO (DB)
073501 Construcción infraestructura propia del sector
073502 Adquisición de infraestructura propia del sector
073503 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
073504 Construcción de infraestructura administrativa
073505 Adquisición de infraestructura administrativa
073506 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
073507 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
073508 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
073509 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
073510 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
073511 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
073512 Protección y bienestar social del recurso humano
073513 Investigación básica, aplicada y estudios
073514 Estudios de preinversión
073515 Levantamiento de información para procesamiento
073516 Actualización de información para procesamiento
073517 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
073518 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
073519 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
073520 Créditos
073521 Subsidios directos
073522 Transferencias
073523 Inversiones y aportes financieros
073524 Capitalización
073590 Otros programas de inversión
073591 Reservas presupuestales
073592 Pasivos exigibles
0736 SECTOR EDUCACIÓN – PAGOS EN EFECTIVO (DB)
073601 Construcción infraestructura propia del sector
073602 Adquisición de infraestructura propia del sector
073603 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
073604 Construcción de infraestructura administrativa
073605 Adquisición de infraestructura administrativa
073606 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
073607 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
073608 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
073609 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
073610 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
073611 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
073612 Protección y bienestar social del recurso humano
073613 Investigación básica, aplicada y estudios
073614 Estudios de preinversión
073615 Levantamiento de información para procesamiento
073616 Actualización de información para procesamiento
073617 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
073618 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
073619 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
073620 Créditos
073621 Subsidios directos
073622 Transferencias
073623 Inversiones y aportes financieros
073625 Pagos sueldos, salarios y contribuciones parafiscales
073626 Alimentación escolar
073627 Contratos para prestación de servicios
073639 Pago de indemnizaciones y pasivo laboral – reorganización administrativa y saneamiento fiscal 073690 Otros programas de inversión
073691 Reservas presupuestales
073692 Pasivos exigibles
0737 SECTOR JUSTICIA – PAGOS EN EFECTIVO (DB)
073701 Construcción infraestructura propia del sector
073702 Adquisición de infraestructura propia del sector
073703 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
073704 Construcción de infraestructura administrativa
073705 Adquisición de infraestructura administrativa
073706 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
073707 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
073708 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
073709 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
073710 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
073711 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
073712 Protección y bienestar social del recurso humano
073713 Investigación básica, aplicada y estudios
073714 Estudios de preinversión
073715 Levantamiento de información para procesamiento
073716 Actualización de información para procesamiento
073717 Asistencia técnica, divulgación y capacitación
a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
073718 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
073719 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
073720 Créditos
073722 Transferencias
073790 Otros programas de inversión
073791 Reservas presupuestales
073792 Pasivos exigibles
0738 SECTOR MEDIO AMBIENTE – PAGOS EN EFECTIVO (DB)
073801 Construcción infraestructura propia del sector
073802 Adquisición de infraestructura propia del sector
073803 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
073804 Construcción de infraestructura administrativa
073805 Adquisición de infraestructura administrativa
073806 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
073807 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
073808 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
073809 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
073810 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
073811 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
073812 Protección y bienestar social del recurso humano
073813 Investigación básica, aplicada y estudios
073814 Estudios de preinversión
073815 Levantamiento de información para procesamiento
073816 Actualización de información para procesamiento
073817 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
073818 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
073819 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
073820 Créditos
073822 Transferencias
073831 Tratamiento y disposición de residuos sólidos
073832 Conservación microcuencas
073835 Inversión en descontaminaciones del medio ambiente
073836 Reforestaciones
073837 Adecuación de áreas urbanas y rurales
073838 Reubicación de asentamientos
073890 Otros programas de inversión
073891 Reservas presupuestales
073892 Pasivos exigibles
0739 SECTOR GOBIERNO – PAGOS EN EFECTIVO (DB)
073901 Construcción infraestructura propia del sector
073902 Adquisición de infraestructura propia del sector
073903 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
073904 Construcción de infraestructura administrativa
073905 Adquisición de infraestructura administrativa
073906 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
073907 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
073908 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
073909 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
073910 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
073911 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
073912 Protección y bienestar social del recurso humano
073913 Investigación básica, aplicada y estudios
073914 Estudios de preinversión
073915 Levantamiento de información para procesamiento
073916 Actualización de información para procesamiento
073917 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
073918 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
073919 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
073920 Créditos
073921 Subsidios directos
073922 Transferencias
073923 Inversiones y aportes financieros
073924 Capitalización
073990 Otros programas de inversión
073991 Reservas presupuestales
073992 Pasivos exigibles
0740 SECTOR AGROPECUARIO - PAGOS EN EFECTIVO (DB)
074001 Construcción infraestructura propia del sector
074002 Adquisición de infraestructura propia del sector
074003 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
074004 Construcción de infraestructura administrativa
074005 Adquisición de infraestructura administrativa
074006 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
074007 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
074008 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
074009 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
074010 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
074011 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
074012 Protección y bienestar social del recurso humano
074013 Investigación básica, aplicada y estudios
074014 Estudios de preinversión
074015 Levantamiento de información para procesamiento
074016 Actualización de información para procesamiento
074017 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
074018 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
074019 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
074020 Créditos
074021 Subsidios directos
074022 Transferencias
074023 Inversiones y aportes financieros
074024 Capitalización
074090 Otros programas de inversión
074091 Reservas presupuestales
074092 Pasivos exigibles
0741 SECTOR SANEAMIENTO BÁSICO Y AGUA POTABLE – PAGOS EN EFECTIVO (DB)
074101 Construcción infraestructura propia del sector
074102 Adquisición de infraestructura propia del sector
074103 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
074104 Construcción de infraestructura administrativa
074105 Adquisición de infraestructura administrativa
074106 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
074107 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
074108 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
074109 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
074110 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
074111 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
074112 Protección y bienestar social del recurso humano
074113 Investigación básica, aplicada y estudios
074114 Estudios de preinversión
074115 Levantamiento de información para procesamiento
074116 Actualización de información para procesamiento
074117 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
074118 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
074119 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
074120 Créditos
074122 Transferencias
074123 Inversiones y aportes financieros
074124 Capitalización
074125 Pagos sueldos, salarios y contribuciones parafiscales
074131 Tratamiento y disposición de residuos sólidos
074132 Conservación microcuencas
074135 Inversión en descontaminaciones del medio ambiente
074136 Reforestaciones
074137 Adecuación de áreas urbanas y rurales
074139 Pago de indemnizaciones y pasivo laboral – reorganización administrativa y saneamiento fiscal
074190 Otros programas de inversión
074191 Reservas presupuestales
074192 Pasivos exigibles
0742 SECTOR TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL – PAGOS EN EFECTIVO (DB)
074201 Construcción infraestructura propia del sector
074202 Adquisición de infraestructura propia del sector
074203 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
074204 Construcción de infraestructura administrativa
074205 Adquisición de infraestructura administrativa
074206 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
074207 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
074208 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
074209 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
074210 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
074211 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
074212 Protección y bienestar social del recurso humano
074213 Investigación básica, aplicada y estudios
074214 Estudios de preinversión
074215 Levantamiento de información para procesamiento
074216 Actualización de información para procesamiento
074217 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
074218 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
074219 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
074222 Transferencias
074290 Otros programas de inversión
074291 Reservas presupuestales
074292 Pasivos exigibles
0743 SECTOR VIVIENDA – PAGOS EN EFECTIVO (DB)
074301 Construcción infraestructura propia del sector
074302 Adquisición de infraestructura propia del sector
074303 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
074304 Construcción de infraestructura administrativa
074305 Adquisición de infraestructura administrativa
074306 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
074307 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
074308 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
074309 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
074310 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
074311 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
074312 Protección y bienestar social del recurso humano
074313 Investigación básica, aplicada y estudios
074314 Estudios de preinversión
074315 Levantamiento de información para procesamiento
074316 Actualización de información para procesamiento
074317 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
074318 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
074319 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
074320 Créditos
074321 Subsidios directos
074322 Transferencias
074323 Inversiones y aportes financieros
074324 Capitalización
074337 Adecuación de áreas urbanas y rurales
074338 Reubicación de asentamientos
074390 Otros programas de inversión
074391 Reservas presupuestales
074392 Pasivos exigibles
0744 SECTOR DESARROLLO COMUNITARIO – PAGOS EN EFECTIVO (DB)
074401 Construcción infraestructura propia del sector
074402 Adquisición de infraestructura propia del sector
074403 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
074404 Construcción de infraestructura administrativa
074405 Adquisición de infraestructura administrativa
074406 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
074407 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
074408 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
074409 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
074410 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
074411 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
074412 Protección y bienestar social del recurso humano
074413 Investigación básica, aplicada y estudios
074414 Estudios de preinversión
074415 Levantamiento de información para procesamiento
074416 Actualización de información para procesamiento
074417 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
074418 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
074419 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
074420 Créditos
074421 Subsidios directos
074422 Transferencias
074490 Otros programas de inversión
074491 Reservas presupuestales
074492 Pasivos exigibles
0745 SECTOR ARTE Y CULTURA – PAGOS EN EFECTIVO (DB)
074501 Construcción infraestructura propia del sector
074502 Adquisición de infraestructura propia del sector
074503 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
074504 Construcción de infraestructura administrativa
074505 Adquisición de infraestructura administrativa
074506 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
074507 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
074508 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
074509 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
074510 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
074511 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
074512 Protección y bienestar social del recurso humano
074513 Investigación básica, aplicada y estudios
074514 Estudios de preinversión
074515 Levantamiento de información para procesamiento
074516 Actualización de información para procesamiento
074517 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
074518 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
074519 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
074522 Transferencias
074534 Fomento y apoyo al arte y la cultura
074590 Otros programas de inversión
074591 Reservas presupuestales
074592 Pasivos exigibles
0746 SECTOR RECREACIÓN Y DEPORTES – PAGOS EN EFECTIVO (DB)
074601 Construcción infraestructura propia del sector
074602 Adquisición de infraestructura propia del sector
074603 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
074604 Construcción de infraestructura administrativa
074605 Adquisición de infraestructura administrativa
074606 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
074607 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
074608 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
074609 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
074610 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
074611 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
074612 Protección y bienestar social del recurso humano
074613 Investigación básica, aplicada y estudios
074614 Estudios de preinversión
074615 Levantamiento de información para procesamiento
074616 Actualización de información para procesamiento
074617 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
074618 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
074619 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
074622 Transferencias
074633 Fomento y apoyo a la recreación y al deporte
074690 Otros programas de inversión
074691 Reservas presupuestales
074692 Pasivos exigibles
0747 OTROS SECTORES – PAGOS EN EFECTIVO (DB)
074701 Construcción infraestructura propia del sector
074702 Adquisición de infraestructura propia del sector
074703 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
074704 Construcción de infraestructura administrativa
074705 Adquisición de infraestructura administrativa
074706 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
074707 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
074708 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
074709 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
074710 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
074711 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
074712 Protección y bienestar social del recurso humano
074713 Investigación básica, aplicada y estudios
074714 Estudios de preinversión
074715 Levantamiento de información para procesamiento
074716 Actualización de información para procesamiento
074717 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
074718 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
074719 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
074720 Créditos
074721 Subsidios directos
074722 Transferencias
074723 Inversiones y aportes financieros
074724 Capitalización
074790 Otros programas de inversión
074791 Reservas presupuestales
074792 Pasivos exigibles
0755 SECTOR DEFENSA Y SEGURIDAD – PAGADOS SIN FLUJO DE EFECTIVO (DB)
075501 Construcción infraestructura propia del sector
075502 Adquisición de infraestructura propia del sector
075003 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
075504 Construcción de infraestructura administrativa
075505 Adquisición de infraestructura administrativa
075506 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
075507 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
075508 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
075509 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
075510 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
075511 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
075512 Protección y bienestar social del recurso humano
075513 Investigación básica, aplicada y estudios
075514 Estudios de preinversión
075515 Levantamiento de información para procesamiento
075516 Actualización de información para procesamiento
075517 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
075518 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
075519 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
075522 Transferencias
075523 Inversiones y aportes financieros
075524 Capitalización
075527 Contratos para prestación de servicios
075590 Otros programas de inversión
075591 Reservas presupuestales
075592 Pasivos exigibles
0756 SECTOR INDUSTRIA Y COMERCIO - PAGADOS SIN FLUJO DE EFECTIVO (DB)
075601 Construcción infraestructura propia del sector
075602 Adquisición de infraestructura propia del sector
075603 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
075604 Construcción de infraestructura administrativa
075605 Adquisición de infraestructura administrativa
075606 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
075607 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
075608 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
075609 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
075610 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
075611 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
075612 Protección y bienestar social del recurso humano
075613 Investigación básica, aplicada y estudios
075614 Estudios de preinversión
075615 Levantamiento de información para procesamiento
075616 Actualización de información para procesamiento
075617 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
075618 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
075619 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
075620 Créditos
075621 Subsidios directos
075622 Transferencias
075623 Inversiones y aportes financieros
075624 Capitalización
075690 Otros programas de inversión
075691 Reservas presupuestales
075692 Pasivos exigibles
0757 SECTOR SALUD – PAGADOS SIN FLUJO DE EFECTIVO (DB)
075701 Construcción infraestructura propia del sector
075702 Adquisición de infraestructura propia del sector
075703 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
075704 Construcción de infraestructura administrativa
075705 Adquisición de infraestructura administrativa
075706 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
075707 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
075708 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
075709 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
075710 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
075711 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
075712 Protección y bienestar social del recurso humano
075713 Investigación básica, aplicada y estudios
075714 Estudios de preinversión
075715 Levantamiento de información para procesamiento
075716 Actualización de información para procesamiento
075717 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
075718 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
075719 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
075720 Créditos
075721 Subsidios directos
075722 Transferencias
075723 Inversiones y aportes financieros
075724 Capitalización
075725 Pagos sueldos, salarios y contribuciones parafiscales
075727 Contratos para prestación de servicios
075728 Régimen subsidiado
075729 Salud Pública
075730 Prestación de servicios para población no afiliada
075739 Pago de indemnizaciones y pasivo laboral – reorganización administrativa y saneamiento fiscal
075790 Otros programas de inversión
075791 Reservas presupuestales
075792 Pasivos exigibles
0758 SECTOR COMUNICACIONES – PAGADOS SIN FLUJO DE EFECTIVO (DB)
075801 Construcción infraestructura propia del sector
075802 Adquisición de infraestructura propia del sector
075803 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
075804 Construcción de infraestructura administrativa
075805 Adquisición de infraestructura administrativa
075806 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
075807 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
075808 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
075809 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
075810 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
075811 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
075812 Protección y bienestar social del recurso humano
075813 Investigación básica, aplicada y estudios
075814 Estudios de preinversión
075815 Levantamiento de información para procesamiento
075816 Actualización de información para procesamiento
075817 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
075818 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
075819 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
075822 Transferencias
075823 Inversiones y aportes financieros
075824 Capitalización
075890 Otros programas de inversión
075891 Reservas presupuestales
075892 Pasivos exigibles
0759 SECTOR ENERGÍA – PAGADOS SIN FLUJO DE EFECTIVO (DB)
075901 Construcción infraestructura propia del sector
075902 Adquisición de infraestructura propia del sector
075903 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
075904 Construcción de infraestructura administrativa
075905 Adquisición de infraestructura administrativa
075906 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
075907 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
075908 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
075909 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
075910 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
075911 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
075912 Protección y bienestar social del recurso humano
075913 Investigación básica, aplicada y estudios
075914 Estudios de preinversión
075915 Levantamiento de información para procesamiento
075916 Actualización de información para procesamiento
075917 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
075918 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
075919 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
075920 Créditos
075921 Subsidios directos
075922 Transferencias
075923 Inversiones y aportes financieros
075924 Capitalización
075990 Otros programas de inversión
075991 Reservas presupuestales
075992 Pasivos exigibles
0760 SECTOR TRANSPORTE – PAGADOS SIN FLUJO DE EFECTIVO (DB)
076001 Construcción infraestructura propia del sector
076002 Adquisición de infraestructura propia del sector
076003 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
076004 Construcción de infraestructura administrativa
076005 Adquisición de infraestructura administrativa
076006 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
076007 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
076008 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
076009 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
076010 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
076011 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
076012 Protección y bienestar social del recurso humano
076013 Investigación básica, aplicada y estudios
076014 Estudios de preinversión
076015 Levantamiento de información para procesamiento
076016 Actualización de información para procesamiento
076017 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
076018 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
076019 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
076020 Créditos
076021 Subsidios directos
076022 Transferencias
076023 Inversiones y aportes financieros
076024 Capitalización
076090 Otros programas de inversión
076091 Reservas presupuestales
076092 Pasivos exigibles
0761 SECTOR EDUCACIÓN - PAGADOS SIN FLUJO DE EFECTIVO (DB)
076101 Construcción infraestructura propia del sector
076102 Adquisición de infraestructura propia del sector
076103 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
076104 Construcción de infraestructura administrativa
076105 Adquisición de infraestructura administrativa
076106 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
076107 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
076108 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
076109 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
076110 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
076111 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
076112 Protección y bienestar social del recurso humano
076113 Investigación básica, aplicada y estudios
076114 Estudios de preinversión
076115 Levantamiento de información para procesamiento
076116 Actualización de información para procesamiento
076117 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
076118 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
076119 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
076120 Créditos
076121 Subsidios directos
076122 Transferencias
076123 Inversiones y aportes financieros
076125 Pagos sueldos, salarios y contribuciones parafiscales
076126 Alimentación escolar
076127 Contratos para prestación de servicios
076139 Pago de indemnizaciones y pasivo laboral – reorganización administrativa y saneamiento fiscal
076190 Otros programas de inversión
076191 Reservas presupuestales
076192 Pasivos exigibles
0762 SECTOR JUSTICIA - PAGADOS SIN FLUJO DE EFECTIVO (DB)
076201 Construcción infraestructura propia del sector
076202 Adquisición de infraestructura propia del sector
076203 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
076204 Construcción de infraestructura administrativa
076205 Adquisición de infraestructura administrativa
076206 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
076207 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
076208 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
076209 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
076210 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
076211 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
076212 Protección y bienestar social del recurso humano
076213 Investigación básica, aplicada y estudios
076214 Estudios de preinversión
076215 Levantamiento de información para procesamiento
076216 Actualización de información para procesamiento
076217 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
076218 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
076219 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
076220 Créditos
076222 Transferencias
076290 Otros programas de inversión
076291 Reservas presupuestales
076292 Pasivos exigibles
0763 SECTOR MEDIO AMBIENTE - PAGADOS SIN FLUJO DE EFECTIVO (DB)
076301 Construcción infraestructura propia del sector
076302 Adquisición de infraestructura propia del sector
076303 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
076304 Construcción de infraestructura administrativa
076305 Adquisición de infraestructura administrativa
076306 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
076307 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
076308 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
076309 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
076310 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
076311 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
076312 Protección y bienestar social del recurso humano
076313 Investigación básica, aplicada y estudios
076314 Estudios de preinversión
076315 Levantamiento de información para procesamiento
076316 Actualización de información para procesamiento
076317 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
076318 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
076319 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
076320 Créditos
076322 Transferencias
076331 Tratamiento y disposición de residuos sólidos
076332 Conservación microcuencas
076335 Inversión en descontaminaciones del medio ambiente
076336 Reforestaciones
076337 Adecuación de áreas urbanas y rurales
076338 Reubicación de asentamientos
076390 Otros programas de inversión
076391 Reservas presupuestales
076392 Pasivos exigibles
0764 SECTOR GOBIERNO - PAGADOS SIN FLUJO DE EFECTIVO (DB)
076401 Construcción infraestructura propia del sector
076402 Adquisición de infraestructura propia del sector
076403 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
076404 Construcción de infraestructura administrativa
076405 Adquisición de infraestructura administrativa
076406 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
076407 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
076408 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
076409 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
076410 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
076411 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
076412 Protección y bienestar social del recurso humano
076413 Investigación básica, aplicada y estudios
076414 Estudios de preinversión
076415 Levantamiento de información para procesamiento
076416 Actualización de información para procesamiento
076417 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
076418 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
076419 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
076420 Créditos
076421 Subsidios directos
076422 Transferencias
076423 Inversiones y aportes financieros
076424 Capitalización
076490 Otros programas de inversión
076491 Reservas presupuestales
076492 Pasivos exigibles
0765 SECTOR AGROPECUARIO - PAGADOS SIN FLUJO DE EFECTIVO (DB)
076501 Construcción infraestructura propia del sector
076502 Adquisición de infraestructura propia del sector
076503 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
076504 Construcción de infraestructura administrativa
076505 Adquisición de infraestructura administrativa
076506 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
076507 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
076508 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
076509 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
076510 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
076511 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
076512 Protección y bienestar social del recurso humano
076513 Investigación básica, aplicada y estudios
076514 Estudios de preinversión
076515 Levantamiento de información para procesamiento
076516 Actualización de información para procesamiento
076517 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
076518 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
076519 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
076520 Créditos
076521 Subsidios directos
076522 Transferencias
076523 Inversiones y aportes financieros
076524 Capitalización
076590 Otros programas de inversión
076591 Reservas presupuestales
076592 Pasivos exigibles
0766 SECTOR SANEAMIENTO BÁSICO Y AGUA POTABLE - PAGADOS SIN FLUJO DE EFECTIVO (DB)
076601 Construcción infraestructura propia del sector
076602 Adquisición de infraestructura propia del sector
076603 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
076604 Construcción de infraestructura administrativa
076605 Adquisición de infraestructura administrativa
076606 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
076607 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
076608 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
076609 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
076610 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
076611 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
076612 Protección y bienestar social del recurso humano
076613 Investigación básica, aplicada y estudios
076614 Estudios de preinversión
076615 Levantamiento de información para procesamiento
076616 Actualización de información para procesamiento
076617 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
076618 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
076619 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
076620 Créditos
076622 Transferencias
076623 Inversiones y aportes financieros
076624 Capitalización
076625 Pagos sueldos, salarios y contribuciones parafiscales
076631 Tratamiento y disposición de residuos sólidos
076632 Conservación microcuencas
076635 Inversión en descontaminaciones del medio ambiente
076636 Reforestaciones
076637 Adecuación de áreas urbanas y rurales
076639 Pago de indemnizaciones y pasivo laboral – reorganización administrativa y saneamiento fiscal
076690 Otros programas de inversión
076691 Reservas presupuestales
076692 Pasivos exigibles
0767 SECTOR TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL – PAGADOS SIN FLUJO DE EFECTIVO (DB)
076701 Construcción infraestructura propia del sector
076702 Adquisición de infraestructura propia del sector
076703 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
076704 Construcción de infraestructura administrativa
076705 Adquisición de infraestructura administrativa
076706 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
076707 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
076708 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
076709 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
076710 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
076711 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
076712 Protección y bienestar social del recurso humano
076713 Investigación básica, aplicada y estudios
076714 Estudios de preinversión
076715 Levantamiento de información para procesamiento
076716 Actualización de información para procesamiento
076717 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
076718 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
076719 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
076722 Transferencias
076790 Otros programas de inversión
076791 Reservas presupuestales
076792 Pasivos exigibles
0768 SECTOR VIVIENDA - PAGADOS SIN FLUJO DE EFECTIVO (DB)
076801 Construcción infraestructura propia del sector
076802 Adquisición de infraestructura propia del sector
076803 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
076804 Construcción de infraestructura administrativa
076805 Adquisición de infraestructura administrativa
076806 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
076807 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
076808 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
076809 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
076810 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
076811 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
076812 Protección y bienestar social del recurso humano
076813 Investigación básica, aplicada y estudios
076814 Estudios de preinversión
076815 Levantamiento de información para procesamiento
076816 Actualización de información para procesamiento
076817 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
076818 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
076819 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
076820 Créditos
076821 Subsidios directos
076822 Transferencias
076823 Inversiones y aportes financieros
076824 Capitalización
076837 Adecuación de áreas urbanas y rurales
076838 Reubicación de asentamientos
076890 Otros programas de inversión
076891 Reservas presupuestales
076892 Pasivos exigibles
0769 SECTOR DESARROLLO COMUNITARIO – PAGADOS SIN FLUJO DE EFECTIVO (DB)
076901 Construcción infraestructura propia del sector
076902 Adquisición de infraestructura propia del sector
076903 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
076904 Construcción de infraestructura administrativa
076905 Adquisición de infraestructura administrativa
076906 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
076907 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
076908 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
076909 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
076910 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
076911 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
076912 Protección y bienestar social del recurso humano
076913 Investigación básica, aplicada y estudios
076914 Estudios de preinversión
076915 Levantamiento de información para procesamiento
076916 Actualización de información para procesamiento
076917 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
076918 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
076919 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
076920 Créditos
076921 Subsidios directos
076922 Transferencias
076990 Otros programas de inversión
076991 Reservas presupuestales
076992 Pasivos exigibles
0770 SECTOR ARTE Y CULTURA - PAGADOS SIN FLUJO DE EFECTIVO (DB)
077001 Construcción infraestructura propia del sector
077002 Adquisición de infraestructura propia del sector
077003 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
077004 Construcción de infraestructura administrativa
077005 Adquisición de infraestructura administrativa
077006 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
077007 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
077008 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
077009 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
077010 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
077011 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
077012 Protección y bienestar social del recurso humano
077013 Investigación básica, aplicada y estudios
077014 Estudios de preinversión
077015 Levantamiento de información para procesamiento
077016 Actualización de información para procesamiento
077017 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
077018 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
077019 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
077022 Transferencias
077034 Fomento y apoyo al arte y la cultura
077090 Otros programas de inversión
077091 Reservas presupuestales
077092 Pasivos exigibles
0771 SECTOR RECREACIÓN Y DEPORTES - PAGADOS SIN FLUJO DE EFECTIVO (DB)
077101 Construcción infraestructura propia del sector
077102 Adquisición de infraestructura propia del sector
077103 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
077104 Construcción de infraestructura administrativa
077105 Adquisición de infraestructura administrativa
077106 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
077107 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
077108 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
077109 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
077110 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
077111 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
077112 Protección y bienestar social del recurso humano
077113 Investigación básica, aplicada y estudios
077114 Estudios de preinversión
077115 Levantamiento de información para procesamiento
077116 Actualización de información para procesamiento
077117 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
077118 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
077119 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
077122 Transferencias
077133 Fomento y apoyo a la recreación y al deporte
077190 Otros programas de inversión
077191 Reservas presupuestales
077192 Pasivos exigibles
0772 OTROS SECTORES - PAGADOS SIN FLUJO DE EFECTIVO (DB)
077201 Construcción infraestructura propia del sector
077202 Adquisición de infraestructura propia del sector
077203 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
077204 Construcción de infraestructura administrativa
077205 Adquisición de infraestructura administrativa
077206 Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa
077207 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
077208 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector
077209 Adquisición y/o producción de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
077210 Mantenimiento de equipos, materiales, suministros y servicios administrativos
077211 Divulgación, asistencia técnica y capacitación del recurso humano
077212 Protección y bienestar social del recurso humano
077213 Investigación básica, aplicada y estudios
077214 Estudios de preinversión
077215 Levantamiento de información para procesamiento
077216 Actualización de información para procesamiento
077217 Asistencia técnica, divulgación y capacitación a funcionarios del Estado para apoyo a la administración del Estado
077218 Administración, atención, control y organización institucional para la gestión del Estado
077219 Coordinación, administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la administración del Estado
077220 Créditos
077221 Subsidios directos
077222 Transferencias
077223 Inversiones y aportes financieros
077224 Capitalización
077290 Otros programas de inversión
077291 Reservas presupuestales
077292 Pasivos exigibles
08 RESERVAS PRESUPUESTALES Y CUENTAS POR PAGAR
0830 RESERVAS PRESUPUESTALES CONSTITUIDAS (CR)
083001 Gastos de personal
083002 Gastos generales
083003 Transferencias corrientes
083004 Transferencias de capital
083005 Gastos de comercialización y producción
083006 Otros gastos de funcionamiento
083007 Servicio de la deuda pública interna
083008 Servicio de la deuda pública externa
083009 Gasto de inversión - Sector Defensa y Seguridad
083010 Gasto de inversión - Sector Industria y Comercio
083011 Gasto de inversión - Sector Salud
083012 Gasto de inversión – Sector Comunicaciones
083013 Gasto de inversión - Sector Energía
083014 Gasto de inversión - Sector Transporte
083015 Gasto de inversión - Sector Educación
083016 Gasto de inversión – Sector Justicia
083017 Gasto de inversión – Sector Medio Ambiente
083018 Gasto de inversión - Sector Gobierno
083019 Gasto de inversión - Sector Agropecuario
083020 Gasto de inversión - Sector Agua Potable y Saneamiento Básico
083021 Gasto de inversión-Sector Trabajo y Seguridad Social
083022 Gasto de inversión - Sector Vivienda
083023 Gasto de inversión - Sector Desarrollo Comunitario
083024 Gasto de inversión - Sector Arte y Cultura
083025 Gasto de inversión - Sector Recreación y Deportes
083026 Gasto de inversión - Otros Sectores
0835 RESERVAS PRESUPUESTALES POR EJECUTAR (DB )
083501 Gastos de personal
083502 Gastos generales
083503 Transferencias corrientes
083504 Transferencias de capital
083505 Gastos de comercialización y producción
083506 Otros gastos de funcionamiento
083507 Servicio de la deuda pública interna
083508 Servicio de la deuda pública externa
083509 Gasto de inversión - Sector Defensa y Seguridad
083510 Gasto de inversión - Sector Industria y Comercio
083511 Gasto de inversión - Sector Salud
083512 Gasto de inversión – Sector Comunicaciones
083513 Gasto de inversión - Sector Energía
083514 Gasto de inversión - Sector Transporte
083515 Gasto de inversión - Sector Educación
083516 Gasto de inversión – Sector Justicia
083517 Gasto de inversión – Sector Medio Ambiente
083518 Gasto de inversión - Sector Gobierno
083519 Gasto de inversión - Sector Agropecuario
083520 Gasto de inversión - Sector Agua Potable y Saneamiento Básico
083521 Gasto de inversión-Sector Trabajo y Seguridad Social
083522 Gasto de inversión - Sector Vivienda
083523 Gasto de inversión - Sector Desarrollo Comunitario
083524 Gasto de inversión - Sector Arte y Cultura
083525 Gasto de inversión - Sector Recreación y Deportes
083526 Gasto de inversión - Otros Sectores
0840 OBLIGACIONES EN RESERVAS PRESUPUESTALES (DB)
084001 Gastos de personal
084002 Gastos generales
084003 Transferencias corrientes
084004 Transferencias de capital
084005 Gastos de comercialización y producción
084006 Otros gastos de funcionamiento
084007 Servicio de la deuda pública interna
084008 Servicio de la deuda pública externa
084009 Gasto de inversión - Sector Defensa y Seguridad
084010 Gasto de inversión - Sector Industria y Comercio
084011 Gasto de inversión - Sector Salud
084012 Gasto de inversión – Sector Comunicaciones
084013 Gasto de inversión - Sector Energía
084014 Gasto de inversión - Sector Transporte
084015 Gasto de inversión - Sector Educación
084016 Gasto de inversión – Sector Justicia
084017 Gasto de inversión – Sector Medio Ambiente
084018 Gasto de inversión - Sector Gobierno
084019 Gasto de inversión - Sector Agropecuario
084020 Gasto de inversión - Sector Agua Potable y Saneamiento Básico
084021 Gasto de inversión-Sector Trabajo y Seguridad Social
084022 Gasto de inversión - Sector Vivienda
084023 Gasto de inversión - Sector Desarrollo Comunitario
084024 Gasto de inversión - Sector Arte y Cultura
084025 Gasto de inversión - Sector Recreación y Deportes
084026 Gasto de inversión - Otros Sectores
0845 RESERVAS PRESUPUESTALES PAGADAS (DB)
084501 Gastos de personal
084502 Gastos generales
084503 Transferencias corrientes
084504 Transferencias de capital
084505 Gastos de comercialización y producción
084506 Otros gastos de funcionamiento
084507 Servicio de la deuda pública interna
084508 Servicio de la deuda pública externa
084509 Gasto de inversión - Sector Defensa y Seguridad
084510 Gasto de inversión - Sector Industria y Comercio
084511 Gasto de inversión - Sector Salud
084512 Gasto de inversión – Sector Comunicaciones
084513 Gasto de inversión - Sector Energía
084514 Gasto de inversión - Sector Transporte
084515 Gasto de inversión - Sector Educación
084516 Gasto de inversión – Sector Justicia
084517 Gasto de inversión – Sector Medio Ambiente
084518 Gasto de inversión - Sector Gobierno
084519 Gasto de inversión - Sector Agropecuario
084520 Gasto de inversión - Sector Agua Potable y Saneamiento Básico
084521 Gasto de inversión-Sector Trabajo y Seguridad Social
084522 Gasto de inversión - Sector Vivienda
084523 Gasto de inversión - Sector Desarrollo Comunitario
084524 Gasto de inversión - Sector Arte y Cultura
084525 Gasto de inversión - Sector Recreación y Deportes
084526 Gasto de inversión - Otros Sectores
0850 CUENTAS POR PAGAR CONSTITUIDAS (CR)
085001 Gastos de personal
085002 Gastos generales
085003 Transferencias corrientes
085004 Transferencias de capital
085005 Gastos de comercialización y producción
085006 Otros gastos de funcionamiento
085007 Servicio de la deuda pública interna
085008 Servicio de la deuda pública Externa
085009 Gasto de inversión - Sector Defensa y Seguridad
085010 Gasto de inversión - Sector Industria y Comercio
085011 Gasto de inversión - Sector Salud
085012 Gasto de inversión – Sector Comunicaciones
085013 Gasto de inversión - Sector Energía
085014 Gasto de inversión - Sector Transporte
085015 Gasto de inversión - Sector Educación
085016 Gasto de inversión – Sector Justicia
085017 Gasto de inversión – Sector Medio Ambiente
085018 Gasto de inversión - Sector Gobierno
085019 Gasto de inversión - Sector Agropecuario
085020 Gasto de inversión - Sector Saneamiento Básico
085021 Gasto de inversión - Sector Trabajo y Seguridad Social
085022 Gasto de inversión - Sector Vivienda
085023 Gasto de inversión - Sector Desarrollo Comunitario
085024 Gasto de inversión - Sector Arte y Cultura
085025 Gasto de inversión - Sector Recreación y Deportes
085026 Gasto de inversión - Otros Sectores
0855 CUENTAS POR PAGAR PENDIENTES DE CANCELAR (DB)
085501 Gastos de personal
085502 Gastos generales
085503 Transferencias corrientes
085504 Transferencias de capital
085505 Gastos de comercialización y producción
085506 Otros gastos de funcionamiento
085507 Servicio de la deuda pública interna
085508 Servicio de la deuda pública Externa
085509 Gasto de inversión - Sector Defensa y Seguridad
085510 Gasto de inversión - Sector Industria y Comercio
085511 Gasto de inversión - Sector Salud
085512 Gasto de inversión – Sector Comunicaciones
085513 Gasto de inversión - Sector Energía
085514 Gasto de inversión - Sector Transporte
085515 Gasto de inversión - Sector Educación
085516 Gasto de inversión – Sector Justicia
085517 Gasto de inversión – Sector Medio Ambiente
085518 Gasto de inversión - Sector Gobierno
085519 Gasto de inversión - Sector Agropecuario
085520 Gasto de inversión - Sector Saneamiento Básico
085521 Gasto de inversión - Sector Trabajo y Seguridad Social
085522 Gasto de inversión - Sector Vivienda
085523 Gasto de inversión - Sector Desarrollo Comunitario
085524 Gasto de inversión - Sector Arte y Cultura
085525 Gasto de inversión - Sector Recreación y Deportes
085526 Gasto de inversión - Otros Sectores
0860 CUENTAS POR PAGAR CANCELADAS (DB)
086001 Gastos de personal
086002 Gastos generales
086003 Transferencias corrientes
086004 Transferencias de capital
086005 Gastos de comercialización y producción
086006 Otros gastos de funcionamiento
086007 Servicio de la deuda pública interna
086008 Servicio de la deuda pública Externa
086009 Gasto de inversión - Sector Defensa y Seguridad
086010 Gasto de inversión - Sector Industria y Comercio
086011 Gasto de inversión - Sector Salud
086012 Gasto de inversión - Sector Comunicaciones
086013 Gasto de inversión - Sector Energía
086014 Gasto de inversión - Sector Transporte
086015 Gasto de inversión - Sector Educación
086016 Gasto de inversión - Sector Justicia
086017 Gasto de inversión - Sector Medio Ambiente
086018 Gasto de inversión - Sector Gobierno
086019 Gasto de inversión - Sector Agropecuario
086020 Gasto de inversión - Sector Saneamiento Básico
086021 Gasto de inversión-Sector Trabajo y Seguridad Social
086022 Gasto de inversión - Sector Vivienda
086023 Gasto de inversión - Sector Desarrollo Comunitario
086024 Gasto de inversión - Sector Arte y Cultura
086025 Gasto de inversión - Sector Recreación y Deportes
086026 Gasto de inversión - Otros Sectores
09 VIGENCIAS FUTURAS
0930 VIGENCIAS FUTURAS APROBADAS (CR)
093001 Gastos de personal <Subcuenta activada por el artículo 2 de la Resolución
146 de 2008>
093002 Gastos generales
093003 Gastos de comercialización y producción
093004 Obras de infraestructura
093005 Energía
093006 Comunicaciones
093007 Aeronáutica
093008 Defensa y seguridad
093009 Otros gastos de inversión
093090 Otros gastos <Subcuenta activada por el artículo 2 de la Resolución 146
de 2008>
0935 VIGENCIAS FUTURAS PENDIENTES DE INCORPORAR AL PRESUPUESTO (DB)
093501 Gastos de personal <Subcuenta activada por el artículo 2 de la Resolución
146 de 2008>
093502 Gastos generales
093503 Gastos de comercialización y producción
093504 Obras de infraestructura
093505 Energía
093506 Comunicaciones
093507 Aeronáutica
093508 Defensa y seguridad
093509 Otros gastos de inversión
093590 Otros gastos <Subcuenta activada por el artículo 2 de la Resolución 146
de 2008>
0940 VIGENCIAS FUTURAS INCORPORADAS AL PRESUPUESTO (DB)
094001 Gastos de personal <Subcuenta activada por el artículo 2 de la Resolución
146 de 2008>
094002 Gastos generales
094003 Gastos de comercialización y producción
094004 Obras de infraestructura
094005 Energía
094006 Comunicaciones
094007 Aeronáutica
094008 Defensa y seguridad
094009 Otros gastos de inversión
094090 Otros gastos <Subcuenta activada por el artículo 2 de la Resolución 146
de 2008>
CAPÍTULO II. DESCRIPCIONES DINÁMICAS.
ACTIVOS
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | ||
ACTIVOS |
DESCRIPCION
En esta denominación se incluyen los grupos que representan los bienes y derechos, tangibles e intangibles, de la entidad contable pública obtenidos como consecuencia de hechos pasados, y de los cuales se espera que fluyan a la entidad contable pública un potencial de servicios o beneficios económicos futuros en desarrollo de sus funciones de cometido estatal. Estos bienes y derechos se originan en las disposiciones legales, en los negocios jurídicos y en los actos o hechos que los generan. Desde el punto de vista económico, surgen como consecuencia de transacciones que implican el incremento de los pasivos, el patrimonio o la realización de ingresos. También constituyen activos los bienes públicos que están bajo la responsabilidad de las entidades contables públicas pertenecientes al gobierno general. Las cuentas que integran esta clase son de naturaleza débito.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 11 | |
ACTIVOS | EFECTIVO |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas representativas de los recursos de liquidez inmediata en caja, cuentas corrientes, de ahorro y en fondos, disponibles para el desarrollo de las funciones de cometido estatal de la entidad contable pública.
Así mismo incluye los recursos disponibles en la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional a través de la cuenta única nacional, y las reservas internacionales para el caso del Banco de la República.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 11 | 1105 |
ACTIVOS | EFECTIVO | CAJA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los fondos en dinero y equivalentes a dinero o asimilables, de disponibilidad inmediata. El Banco de la República registrará en esta cuenta la porción de las reservas internacionales que correspondan a especies extranjeras o divisas.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que registran las transacciones, en cuya realización se involucre, la recepción de un pago efectivo en las tesorerías de las entidades públicas.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- Los valores en efectivo, cheques y comprobantes de pago con tarjetas, recibidos tanto en moneda nacional como extranjera convertida a moneda nacional.
2- Los valores en cheques y comprobantes de pago efectuados con tarjetas, devueltos por los diferentes establecimientos bancarios.
3- El valor de la apertura o incremento de la caja menor.
4- El valor reintegrado de los dineros que correspondan a la cancelación o disminución de la caja menor.
5- El mayor valor resultante de la reexpresión de divisas a moneda nacional mediante la aplicación de la tasa de cambio, de acuerdo con las normas vigentes.
6- Los valores que resulten sobrantes al efectuar los arqueos de caja.
7- La adquisición de especies extranjeras o divisas por parte del Banco de la República, bien sea por ventanilla o consignación de entidades financieras.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los depósitos efectuados en cuentas de bancos, corporaciones u otras entidades financieras.
2- El valor correspondiente a los cheques devueltos que se trasladen a las acciones de cobro que correspondan.
3- El menor valor resultante de la reexpresión de divisas a moneda nacional mediante la aplicación de la tasa de cambio, de acuerdo con las normas vigentes.
4- El valor de la cancelación o disminución de cajas menores.
5- El valor de los faltantes que surjan como consecuencia de arqueos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 11 | 1106 |
ACTIVOS | EFECTIVO | CUENTA UNICA NACIONAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las operaciones relacionadas con el recaudo de los ingresos y giro a los beneficiarios finales en las cuentas bancarias de la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional.
Cuenta Cajero: De esta cuenta se giran los recursos para atender los pagos a los beneficiarios finales, que se deriven de las obligaciones adquiridas por cuenta de las entidades contables públicas.
Recaudo por ente generador (Tipo I): Corresponde a los recaudos provenientes de las operaciones en las cuales se identifica, en primera instancia, el ente generador a quien se asocia más de un concepto de ingreso.
Recaudos afectación específica: Corresponde a los recursos provenientes del crédito externo, donaciones u otros recaudos con destinación específica.
Recaudo concepto de ingreso (Tipo II): Son los recursos que provienen de un mismo concepto de ingreso procedente de diferentes entes generadores.
La contrapartida corresponde a las cuentas de los grupos 12-Inversiones e Instrumentos Derivados, 14-Deudores, 22-Operaciones de Crédito Público y Financiamiento con Banca Central y 23-Operaciones de Financiamiento e Instrumentos Derivados. Así mismo, las subcuentas que integran las cuentas 5705-Fondos Entregados, 4705- Fondos Recibidos y 4720-Operaciones de Enlace.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- Recursos provenientes de los recaudos de ingresos.
2- Recursos provenientes de las Operaciones de Crédito Público y Financiamiento.
3- Reintegros de los pagos realizados a terceros o a entes públicos.
4- Con el valor de la redención y cancelaciones parciales de las Inversiones que realice la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional.
5- Con el recaudo de los rendimientos financieros.
6- Con los traslados recibidos de las subcuentas que integran esta cuenta, en la subcuenta 110601- Cajero.
SE ACREDITA CON:
1- Los pagos que se originen en la ejecución de los rubros presupuestales de las entidades contables públicas.
2- Los giros que se deriven de las operaciones propias de la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional DGCPTN
3- El valor de los reintegros de pagos realizados por terceros o entes públicos.
4- Con los traslados efectuados de las diferentes subcuentas que integran esta cuenta a la subcuenta 110601-Cajero.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 11 | 1107 |
ACTIVOS | EFECTIVO | RESERVAS INTERNACIONALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las reservas internacionales, tales como, Oro y otros metales preciosos, derechos especiales de giro (DEG) y pesos andinos, que registra el Banco de la República en desarrollo de la función constitucional que le ha sido asignada.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 110501- Caja Principal y a las subcuentas que integran las cuentas 4353-Operaciones de Banca Central y 6411-
Operaciones de Banca Central.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo de adquisición del oro y otros metales preciosos.
2- El mayor valor de las existencias del oro y otros metales preciosos por la valuación a precios de mercado.
3- El valor de los DEG recibidos del Fondo Monetario Internacional.
4- Los intereses causados y liquidados según las tenencias de DEG.
5- La diferencia en cambio generada en la reexpresión de los DEG.
6- El valor de los pesos andinos recibidos del Fondo Latinoamericano de Reservas.
7- El valor de las exportaciones efectuadas a países del convenio.
SE ACREDITA CON:
1- El valor a precio de mercado, del oro y otros metales preciosos vendidos.
2- El menor valor de las existencias del oro y otros metales preciosos por la valuación a precios de mercado.
3- El valor total de los DEG cuando Colombia se retire como país miembro.
4- La diferencia en cambio generada en la reexpresión de los DEG.
5- El valor total de los pesos andinos cuando Colombia se retire como país miembro.
6- El valor de las importaciones realizadas por Colombia a los países del convenio.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 11 | 1110 |
ACTIVOS | EFECTIVO | DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los fondos disponibles depositados en instituciones financieras. También incluye las cuentas de compensación y los depósitos en el Banco de la República.
La subcuenta 111014-Depósitos de los Fondos de Reservas del Régimen de Prima Media con Prestación Definida es de utilización exclusiva en la información contable de los Fondos de Reservas que manejan las entidades administradoras del régimen de prima media con prestación definida.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1105-Caja y a las demás subcuentas que registren las transacciones, en cuya realización se involucre la recepción de pagos mediante consignación en cuentas de depósito de la entidad contable pública.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los depósitos efectuados mediante consignaciones o traslados bancarios por diferentes conceptos.
2- El valor de las notas crédito expedidas por las entidades financieras por diferentes conceptos.
3- El valor de los cheques girados que se anulen por no haber sido retirados de la entidad contable pública o que, habiendo sido retirados, no hayan sido cobrados en el tiempo fijado por las normas vigentes.
4- El mayor valor resultante de los ajustes por diferencia en cambio de los depósitos en moneda extranjera.
5- El valor de las sumas depositadas en dinero sobre las cuales la entidad depositaria expide un recibo que no es negociable ni transferible.
6- El valor de los cheques a cargo de bancos de la misma plaza recibidos por el Banco de la República para abonar en cuenta corriente, pago de obligaciones o cualquier título, que deban ser canjeados en cámara de compensación.
7- El monto de los recursos recibidos del Sistema General de Pensiones.
SE ACREDITA CON:
1- El valor retirado, trasladado y de cheques girados por la entidad contable pública, por diferentes conceptos.
2- El valor de las notas débito expedidas por las entidades financieras por conceptos tales como gastos bancarios, cheques devueltos y pagos de obligaciones financieras.
3- El menor valor resultante de los ajustes por diferencia en cambio de los depósitos en moneda extrajera.
4- El reintegro de los depósitos simples.
5- El valor de los cheques a cargo del Banco de la República, las notas de abono recibidos de la Cámara de compensación y los cheques rechazados entregados en la misma.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 11 | 1112 |
ACTIVOS | EFECTIVO | ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los fondos colocados por las tesorerías de las entidades financieras y, eventualmente, por otras entidades contables públicas, de conformidad con la ley, pagaderas a la vista. También, se registran los saldos a favor de las entidades financieras por concepto de sobregiros.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1105-Caja y 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los fondos colocados.
2- El valor de los sobregiros otorgados.
SE ACREDITA CON:
1- La restitución de los fondos vendidos.
2- Por la cancelación de los sobregiros.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 11 | 1115 |
ACTIVOS | EFECTIVO | FONDOS VENDIDOS CON COMPROMISO DE REVENTA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los fondos colocados por la entidad contable pública, sobre los cuales existe el compromiso de reventa de inversiones o deudores dadas en repo como garantía de la transacción. También incluye el registro de los fondos suministrados temporalmente por el Banco de la República a las entidades financieras por la utilización del cupo ordinario o extraordinario de liquidez. Así mismo, incluye las operaciones repo efectuadas con cargo a recursos de las reservas internacionales.
Las operaciones repo que no se cancelen de conformidad con las condiciones pactadas o previstas legalmente, deben reclasificarse a las respectivas subcuentas de la cuenta 1201- Inversiones Administración de Liquidez en Títulos de Deuda, 1202-Inversiones Administración de Liquidez en Títulos Participativos o 1415-Préstamos Concedidos.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1107-Reservas Internacionales y 1110-Depósitos en Instituciones Financieras, según corresponda.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los fondos entregados en repo.
2- El valor de los fondos suministrados transitoriamente por el Banco de la República a las entidades financieras como utilización del cupo ordinario o extraordinario de liquidez.
SE ACREDITA CON:
1- Por la restitución de los fondos vendidos al término de las condiciones contractuales preestablecidas.
2- Por la reclasificación hacia las cuentas de inversión o deudores, en caso de incumplimiento del pacto.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 11 | 1120 |
ACTIVOS | EFECTIVO | FONDOS EN TRÁNSITO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los valores transferidos pendientes de confirmación por la entidad contable pública receptora. Incluye los dineros recaudados en virtud de convenios con entidades financieras, pendientes de trasladar a las cuentas de las tesorerías respectivas.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren las transacciones, en cuya realización se involucre la recepción de pagos mediante consignación en cuentas de depósito de la entidad contable pública, pendientes de confirmación.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los recursos pendientes de confirmación.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los recursos confirmados.
<Descripción y Dinámica para la Cuenta 1140 adicionada por el artículo 4 de la Resolución 139 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 11 | 1140 |
ACTIVOS | EFECTIVO | CUENTA ÚNICA SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos en efectivo disponibles en la Cuenta Única del Sistema General de Regalías-SGR. Esta cuenta será utilizada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en la contabilidad del SGR.
La contrapartida corresponde a las subcuentas y cuentas del activo que registren las transacciones en cuya realización se involucre el recaudo de efectivo.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los recursos recaudados.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los recursos girados.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 12 | |
ACTIVOS | INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas de los recursos representados en valores con el objeto de aumentar los excedentes disponibles por medio de la percepción de rendimientos, dividendos y participaciones, variaciones de mercado y otros conceptos; también para cumplir disposiciones legales, fines de política, así como para adquirir o mantener el control de las entidades receptoras de la inversión. Además, incluye los instrumentos derivados con fines de cobertura de activos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 12 | 1201 |
ACTIVOS | INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS | INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN TÍTULOS DE DEUDA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos colocados por las entidades contables públicas en títulos valores de entidades nacionales o del exterior, cuyo rendimiento se encuentra predeterminado en sus condiciones contractuales, con el propósito de obtener utilidades por las fluctuaciones a corto plazo del precio.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 1105-Caja, 1110-Depósitos en Instituciones Financieras, 1203-Inversiones con Fines de Política en Títulos de Deuda, 4805-Financieros y, en caso de operaciones repo, la cuenta 1220-Derechos de Recompra de Inversiones.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las inversiones adquiridas a cualquier título.
2- El mayor valor generado como consecuencia de la actualización.
3- El valor de la recompra de los títulos dados en repo.
4- La reclasificación de las Inversiones con fines de política.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las inversiones vendidas, redimidas o cedidas.
2- El menor valor obtenido como consecuencia de la actualización.
3- La reclasificación de los títulos por operaciones repo pasivas.
4- El valor de la cancelación de los intereses.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 12 | 1202 |
ACTIVOS | INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS | INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN TÍTULOS PARTICIPATIVOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos invertidos, de conformidad con la ley, en títulos de entidades públicas o privadas, nacionales o del exterior, con el propósito de obtener utilidades por las fluctuaciones a corto plazo del precio.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 1105-Caja, 1110-Depósitos en Instituciones Financieras, 1220-Derechos de Recompra de Inversiones, 1930-Bienes Recibidos en Dación de Pago, 3125-Patrimonio Público Incorporado, 3255- Patrimonio Institucional Incorporado, 4805-Financieros y la subcuenta 481022-Donaciones.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las inversiones adquiridas a cualquier título.
2- El mayor valor resultante de la actualización.
3- El valor de la recompra de los títulos dados en repo.
SE ACREDITA CON:
1- El valor en libros de las inversiones vendidas o cedidas.
2- El menor valor resultante como consecuencia de la actualización.
3- El valor de la cancelación de los dividendos o participaciones en efectivo.
4- La reclasificación de los títulos por operaciones repo pasivas.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 12 | 1203 |
ACTIVOS | INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS | INVERSIONES CON FINES DE POLÍTICA EN TÍTULOS DE DEUDA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos colocados por la entidad contable pública en títulos valores cuyo rendimiento se encuentra predeterminado en sus condiciones contractuales, los cuales son adquiridos forzosamente o mediante convenios de suscripción. También incluye las inversiones adquiridas con el propósito serio y la capacidad legal, contractual, financiera y operativa de mantenerlas hasta el vencimiento de su plazo de maduración o redención, o cuando menos durante un año, a partir de su adquisición.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 1105-Caja, 1110-Depósitos en Instituciones Financieras y para efectos de actualización, la cuenta 4805-Financieros.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las inversiones adquiridas a cualquier título.
2- El mayor valor generado como consecuencia de la actualización con base en la TIR.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las ventas, cesiones o redenciones, totales o parciales de los títulos.
2- El castigo, previo cumplimiento de los requisitos legales y administrativos.
3- El valor de la cancelación de los intereses.
4- La reclasificación a Inversiones administración de liquidez
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 12 | 1204 |
ACTIVOS | INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS | INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN INSTRUMENTOS DERIVADOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las operaciones financieras llevadas a cabo mediante contrato, para comprar o vender activos, como divisas o títulos valores, o futuros financieros sobre tasas de cambio, tasas de interés, índices bursátiles o cualquier otro subyacente pactado, los cuales se liquidarán en fecha futura acordada. Tratándose de Opciones, registra la utilidad del comprador y la pérdida del vendedor, producto de la actualización de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden.
En la contabilización inicial, la contrapartida de la subcuenta que registra los derechos corresponde a la subcuenta que registra las obligaciones. Posteriormente con la actualización, la contrapartida de los derechos será el ingreso por la utilidad, y la de las obligaciones será el gasto por la pérdida.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor del derecho, en la fecha de inicio del contrato.
2- El mayor valor generado como consecuencia de la actualización de los derechos y obligaciones. Si como resultado de la actualización el derecho es mayor a la obligación, la diferencia se registra como ingreso, previa reversión del gasto por la pérdida, si existiere.
3- El valor de la utilidad del comprador de la Opción, producto de la actualización de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden, afectando el ingreso.
4- La reversión de la pérdida del vendedor de la Opción, producto de la actualización de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden, disminuyendo el gasto.
5- La disminución de la obligación por el pago de intereses pactados.
6- La disminución de la obligación por las amortizaciones del nocional.
7- La reversión total de la obligación contra el derecho, en la fecha de terminación del contrato, cuando el derecho es mayor.
8- El pago de la obligación.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la obligación, en la fecha de inicio del contrato.
2- El menor valor generado como consecuencia de la actualización de los derechos y obligaciones. Si como resultado de la actualización la obligación es mayor al derecho, la diferencia se registra como gasto, previa reversión del ingreso por la utilidad, si existiere.
3- El valor de la pérdida del vendedor de la Opción, producto de la actualización de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden, afectando el gasto.
4- La reversión de la utilidad del comprador de la Opción, producto de la actualización de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden, disminuyendo el ingreso.
5- La disminución del derecho por el cobro de intereses pactados.
6- La disminución del derecho por las amortizaciones del nocional.
7- La reversión total del derecho contra la obligación, en la fecha de terminación del contrato, cuando la obligación es mayor.
8- El recaudo del derecho
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 12 | 1207 |
ACTIVOS | INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS | INVERSIONES PATRIMONIALES CON ENTIDADES NO CONTROLADAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los aportes patrimoniales representados en cuotas o partes de interés social o en acciones de baja o mínima bursatilidad o sin ninguna cotización, las cuales no le permiten a la entidad contable pública controlar, ejercer influencia importante o compartir el control en la entidad receptora de la inversión. También registra los aportes efectuados en organismos internacionales y en entidades sin ánimo de lucro, con la finalidad de obtener servicios de apoyo, que tengan un valor recuperable en el futuro.
Excepcionalmente, deberán registrarse las inversiones que por situaciones especiales pasan a ser propiedad de la entidad contable pública y sobre las cuales existe restricción para su administración, con independencia de que le otorguen una participación patrimonial mayoritaria, y su clasificación sea de alta o media bursatilidad.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 1105-Caja, 1110-Depósitos en Instituciones Financieras, 1208-Inversiones Patrimoniales en Entidades Controladas, 1930-Bienes Recibidos en Dación de Pago, 3120-Superávit por Donación, 3125- Patrimonio Público Incorporado, 3235-Superávit por Donación, 3255-Patrimonio Institucional Incorporado y 4805-Financieros.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las inversiones adquiridas a cualquier título.
2- El pago de dividendos o participaciones en acciones, cuotas o partes de interés social.
3- El valor de las inversiones reclasificadas de inversiones patrimoniales en entidades controladas.
SE ACREDITA CON:
1- El valor en libros de las inversiones vendidas o cedidas.
2- El valor de las inversiones reclasificadas a inversiones patrimoniales en entidades controladas.
3- El valor de las inversiones reclasificadas a inversiones patrimoniales en entidades en liquidación.
4- El castigo, previo cumplimiento de los requisitos legales y administrativos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 12 | 1208 |
ACTIVOS | INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS | INVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES CONTROLADAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los aportes patrimoniales representados en acciones, cuotas o partes de interés social que le permiten a la entidad contable pública controlar, ejercer influencia importante o compartir el control en el ente receptor de dichos aportes y que, como consecuencia de ello, está obligada a aplicar el método de participación patrimonial para la actualización y registro de tales inversiones.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 1105-Caja, 1110-Depósitos en Instituciones Financieras, 1207-Inversiones Patrimoniales en Entidades no Controladas, 3117-Superávit por el Método de Participación Patrimonial, 312502- Inversiones y 3243-Superávit por el Método de Participación Patrimonial, 325502-Inversiones y 4807- Utilidad por el Método de Participación Patrimonial.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de adquisición de la inversión o monto inicial de aportes.
2- El valor proporcional de las utilidades en la entidad receptora de la inversión.
3- El valor proporcional del incremento patrimonial originado en partidas patrimoniales distintas de los resultados en la entidad receptora de la inversión.
4- El valor de las inversiones reclasificadas de inversiones patrimoniales en entidades no controladas.
SE ACREDITA CON:
1- El valor en libros de las inversiones vendidas o cedidas.
2- El valor de los dividendos o participaciones recibidos en efectivo.
3- El valor proporcional de las pérdidas que le correspondan en la entidad receptora de la inversión.
4- El valor proporcional de la disminución patrimonial originada en partidas patrimoniales distintas de los resultados en la entidad receptora de la inversión
5- El valor de las inversiones reclasificadas a inversiones patrimoniales en entidades no controladas.
6- El valor de las inversiones reclasificadas a inversiones patrimoniales en entidades en liquidación.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 12 | 1211 |
ACTIVOS | INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS | INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN TÍTULOS DE DEUDA CON FONDOS ADMINISTRADOS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO Y DEL TESORO NACIONAL -DGCPTN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de la inversión en títulos valores, cuyo rendimiento se encuentra predeterminado en las condiciones contractuales del título, correspondientes a los fondos que administra por mandato la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional- DGCPTN. Para efectos de garantizar el registro independiente de las inversiones de cada fondo, deberán habilitarse auxiliares.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1106-Cuenta Única Nacional y 4350- Operaciones de Colocación y Servicios Financieros.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo de adquisición de las inversiones.
2- El mayor valor generado como consecuencia de la actualización.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las inversiones vendidas, redimidas o cedidas.
2- El menor valor obtenido como consecuencia de la actualización.
3- El valor de la cancelación de los intereses.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 12 | 1212 |
ACTIVOS | INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS | INVERSIONES DE LAS RESERVAS INTERNACIONALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las inversiones autorizadas en títulos de contenido crediticio de gobiernos soberanos, entidades multilaterales y bancos comerciales, efectuadas por el Banco de la República con fines de política macroeconómica.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 1105-Caja y en el caso de operaciones repo, la cuenta 1220-Derechos de Recompra de Inversiones.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo de adquisición de títulos.
2- El mayor valor generado como consecuencia de la valoración a precios de mercado.
3- La recompra de títulos dados en repo.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las inversiones vendidas, redimidas o cedidas.
2- El menor valor generado como consecuencia de la valoración a precios de mercado.
3- El valor pagado de los rendimientos de las inversiones.
4- La cesión en repo.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 12 | 1216 |
ACTIVOS | INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS | INVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES EN LIQUIDACIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los aportes patrimoniales representados en acciones, cuotas o partes de interés social de entidades en proceso de liquidación, los cuales fueron reclasificados de las inversiones patrimoniales en entidades controladas y no controladas.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 1207-Inversiones Patrimoniales en Entidades no Controladas y 1208-Inversiones Patrimoniales en Entidades Controladas.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor reclasificado de las inversiones patrimoniales.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la devolución parcial o total de la inversión.
2- El castigo, previo cumplimiento de los requisitos legales y administrativos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 12 | 1217 |
ACTIVOS | INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS | INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las operaciones financieras celebradas mediante contrato, con el objeto de gestionar el riesgo de los activos, que pueden efectuarse para comprar o vender activos, como divisas o títulos valores, o futuros financieros sobre tasas de cambio, tasas de interés, índices bursátiles o cualquier otro subyacente pactado, los cuales se liquidarán en fecha futura acordada. Tratándose de Opciones, registra la utilidad del comprador y la pérdida del vendedor, producto de la actualización de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden.
En la contabilización inicial, la contrapartida de la subcuenta que registra los derechos corresponde a la subcuenta que registra las obligaciones. Posteriormente con la actualización, la contrapartida de los derechos será el ingreso por la utilidad en valoración, y la de las Obligaciones será el gasto por la pérdida en valoración.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor del derecho, en la fecha de inicio del contrato.
2- El mayor valor generado como consecuencia de la actualización de los derechos y obligaciones. Si como resultado de la actualización el derecho es mayor a la obligación, la diferencia se registra como ingreso, previa reversión del gasto por la pérdida, si existiere.
3- El valor de la utilidad del comprador de la Opción, producto de la actualización de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden, afectando el ingreso.
4- La reversión de la pérdida del vendedor de la Opción, producto de la actualización de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden, disminuyendo el gasto.
5- La disminución de la obligación por el pago de intereses pactados.
6- La disminución de la obligación por las amortizaciones del nocional.
7- La reversión total de la obligación contra el derecho, en la fecha de terminación del contrato, cuando el derecho es mayor.
8- El pago de la obligación.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la obligación, en la fecha de inicio del contrato.
2- El menor valor generado como consecuencia de la actualización de los derechos y obligaciones. Si como resultado de la actualización la obligación es mayor al derecho, la diferencia se registra como gasto, previa reversión del ingreso por la utilidad, si existiere.
3- El valor de la pérdida del vendedor de la Opción, producto de la actualización de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden, afectando el gasto.
4- La reversión de la utilidad del comprador de la Opción, producto de la actualización de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden, disminuyendo el ingreso.
5- La disminución del derecho por el cobro de intereses pactados.
6- La disminución del derecho por las amortizaciones del nocional.
7- La reversión total del derecho contra la obligación, en la fecha de terminación del contrato, cuando la obligación es mayor.
8- El recaudo del derecho.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 12 | 1220 |
ACTIVOS | INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS | DERECHOS DE RECOMPRA DE INVERSIONES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las inversiones temporalmente reclasificadas del portafolio, en desarrollo de operaciones repo pasivas.
Su contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1201-Inversiones Administración de Liquidez en Títulos de Deuda, 1202-Inversiones Administración de Liquidez en Títulos Participativos y 1212-Inversiones de las Reservas Internacionales.
En el evento de incumplimiento del pacto de recompra de los títulos, su contrapartida corresponderá a las subcuentas de la cuenta 2306-Operaciones de Financiamiento Internas de Corto Plazo.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las inversiones reclasificadas dadas en repo.
SE ACREDITA CON:
1- El cumplimiento del pacto, restableciendo la disponibilidad del título correspondiente.
2- La transferencia en firme en caso del incumplimiento del pacto.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 12 | 1280 |
ACTIVOS | INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS | PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE INVERSIONES (CR) |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor estimado de la contingencia de pérdida de las inversiones de administración de liquidez en títulos de deuda, cuando la metodología de actualización no considere el riesgo del emisor; de las inversiones con fines de política, para reconocer el riesgo del emisor; de las inversiones patrimoniales en entidades controladas, por la aplicación de la metodología de actualización y por el ajuste al valor intrínseco; y, en las inversiones patrimoniales en entidades no controladas, por el ajuste al valor intrínseco.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 5302-Provisión para Protección de Inversiones.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- La aplicación de la provisión por castigo de la inversión, previo cumplimiento de los requisitos establecidos.
2- El valor de la disminución de la provisión por venta, redención o cesión.
3- La reversión de la provisión en exceso.
4- El valor de la disminución de la provisión al desaparecer el evento que la originó.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las provisiones constituidas.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 13 | |
ACTIVOS | RENTAS POR COBRAR |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan el valor de los derechos a favor de la entidad contable pública, por concepto de ingresos tributarios, directos e indirectos, nacionales o territoriales, determinados en las disposiciones legales, por la potestad que tiene el Estado de establecer gravámenes.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 13 | 1305 |
ACTIVOS | RENTAS POR COBRAR | VIGENCIA ACTUAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos tributarios, anticipos y retenciones pendientes de recaudo, determinados en las declaraciones tributarias y en las liquidaciones oficiales y actos administrativos en firme.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 2917-Anticipo de Impuestos y 4105-Tributarios.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor determinado en las declaraciones tributarias.
2- El valor de las liquidaciones oficiales y actos administrativos en firme.
3- El valor de las liquidaciones de corrección que aumenten el impuesto a pagar.
4- El valor de la anulación de pagos originada en la devolución de cheques de recaudos efectuados por las entidades recaudadoras.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los recaudos totales o parciales.
2- El valor de las devoluciones o descuentos originados en providencias o normas que así lo determinen.
3- El valor de las liquidaciones de corrección que disminuyan el impuesto a pagar.
4- El valor de las compensaciones permitidas por la legislación tributaria.
5- El valor trasladado a rentas por cobrar a vigencias anteriores.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 13 | 1310 |
ACTIVOS | RENTAS POR COBRAR | VIGENCIAS ANTERIORES |
DESCRIPCIÓN
Las Rentas de vigencias anteriores son los saldos de las Rentas por Cobrar de la Vigencia Actual reclasificados al inicio del periodo contable siguiente.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1305-Vigencia Actual.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor trasladado de rentas por cobrar de la vigencia actual.
2- El valor de la anulación de pagos originada en la devolución de cheques de recaudo.
3- El valor de las liquidaciones de corrección que incrementen el impuesto a pagar.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los recaudos totales o parciales.
2- El valor de las devoluciones o descuentos originados en providencias o normas que así lo determinen.
3- El valor de las liquidaciones de corrección que disminuyan el impuesto a pagar.
4- El valor de las compensaciones permitidas por la legislación tributaria.
5- El valor de las rentas por cobrar que se extingan por causas diferentes al pago.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 14 | |
ACTIVOS | DEUDORES |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan el valor de los derechos de cobro de la entidad contable pública originados en desarrollo de sus funciones de cometido estatal. Hacen parte de deudores, conceptos tales como los derechos por la producción y comercialización de bienes y la prestación de servicios, los préstamos concedidos, los valores conexos a la liquidación de rentas por cobrar, los intereses, sanciones, multas y demás derechos por operaciones diferentes a los ingresos tributarios, entre otros.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 14 | 1401 |
ACTIVOS | DEUDORES | INGRESOS NO TRIBUTARIOS |
DESCRIPCIÓN
<Descripción modificada por el artículo 5 de la Resolución 139 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
Representa el valor de los derechos a favor de la entidad contable pública que se originan en tasas, multas, sanciones, contribuciones y concesiones, además de los derechos originados en intereses sobre obligaciones tributarias, entre otros.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 2915-CRÉDITOS DIFERIDOS y 4110-NO TRIBUTARIOS.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado por los diferentes conceptos de ingresos no tributarios.
SE ACREDITA CON:
1- El valor del pago total o parcial de los ingresos no tributarios.
2- El valor de los ingresos no tributarios por cobrar que se extingan por causas diferentes al pago.
3- El valor de las devoluciones o descuentos originados en providencias o normas que así lo determinen.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 14 | 1402 |
ACTIVOS | DEUDORES | APORTES SOBRE LA NÓMINA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los derechos a favor de la entidad contable pública por concepto de ingresos creados por disposiciones legales, originados en pagos obligatorios sobre la nómina de entidades públicas o privadas La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 4114-Aportes sobre la Nómina
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los aportes causados.
SE ACREDITA CON:
1- El valor del pago total o parcial.
2- El valor de los derechos castigados por incobrables, una vez agotadas las gestiones de cobro y cumplido los requisitos pertinentes.
3- El valor de las devoluciones o descuentos originados en providencias o normas que así lo determinen.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 14 | 1403 |
ACTIVOS | DEUDORES | RENTAS PARAFISCALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los derechos por cobrar originados en ingresos públicos creados por disposiciones legales, con base en pagos obligatorios, destinados a recuperar los costos de los servicios prestados, permitir la participación en los beneficios que se proporcionen, o contribuir al sostenimiento de las entidades contables públicas.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 4115-Rentas Parafiscales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los derechos adquiridos por cada concepto.
SE ACREDITA CON:
1- El valor del recaudo total o parcial de las rentas causadas.
2- El valor de los derechos castigados por incobrables una vez agotadas las gestiones de cobro y cumplidos los requisitos pertinentes.
3- El valor de las devoluciones o descuentos originados en providencias o normas que así lo determinen.
<Descripción y Dinámica para la Cuenta 1405 adicionada por el artículo 4 de la Resolución 139 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 14 | 1405 |
ACTIVOS | DEUDORES | REGALÍAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los derechos a favor del Sistema General de Regalías-SGR, que se originan cuando la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y la Agencia Nacional de Minería (ANM) liquidan las regalías por la explotación de recursos naturales no renovables. Este derecho debe ser registrado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en la contabilidad del SGR.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 4111-REGALÍAS.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las regalías liquidadas por la ANH y la ANM.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los recursos transferidos al SGR por la ANH y la ANM.
2- El valor de las regalías recaudadas en especie informado por la ANH.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 14 | 1406 |
ACTIVOS | DEUDORES | VENTAS DE BIENES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los derechos a favor de la entidad contable pública, originados en la venta de bienes en desarrollo de sus funciones de cometido estatal.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 4201-Productos Agropecuarios, de Silvicultura y Pesca, 4202-Productos de Minas y Minerales, 4203-Productos Alimenticios, Bebidas y Alcoholes, 4204-Productos Manufacturados, 4206- Construcciones y 4210-Bienes Comercializados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor facturado por la venta de bienes
2- El mayor valor originado por diferencia en cambio.
SE ACREDITA CON:
1- El valor recaudado total o parcial de las cuentas por cobrar.
2- El valor de las cuentas por cobrar castigadas por incobrables una vez agotadas las gestiones de cobro y cumplidos los requisitos pertinentes.
3- El menor valor originado por diferencia en cambio.
4- El valor de las devoluciones, rebajas y descuentos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 14 | 1407 |
ACTIVOS | DEUDORES | PRESTACIÓN DE SERVICIOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los derechos a favor de la entidad contable pública, originados en la prestación de servicios, en desarrollo de sus funciones de cometido estatal. La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 4305-Servicios Educativos, 4330-Servicios de Transporte, 4333-Servicios de Comunicaciones, 4340- Juegos de Suerte y Azar, 4345- Servicios Hoteleros y de Promoción Turística, 4350- Operaciones de Colocación y Servicios Financieros, 4353-Operaciones de Banca Central, 4355-Servicios de Seguros y Reaseguros, 4360-Servicios de Documentación e Identificación, 4370- Servicios Informáticos y 4390- Otros Servicios.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor facturado por los servicios prestados
2- El mayor valor originado por diferencia en cambio.
SE ACREDITA CON:
1- El valor del recaudo total o parcial de las cuentas por cobrar.
2- El valor de las cuentas por cobrar castigadas por incobrables una vez agotadas las gestiones de cobro y cumplido los requisitos pertinentes.
3- El menor valor originado por diferencia en cambio.
4- El valor de las devoluciones, rebajas y descuentos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 14 | 1408 |
ACTIVOS | DEUDORES | SERVICIOS PÚBLICOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los derechos a favor de la entidad contable pública, originados en la prestación de servicios públicos, en desarrollo de sus funciones de cometido estatal.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 4315-Servicio de Energía, 4321- Servicio de Acueducto, 4322-Servicio de Alcantarillado,
4323-Servicio de Aseo, 4325-Servicio de Gas Combustible y 4335-Servicio de Telecomunicaciones.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la liquidación y cuantificación del servicio prestado.
SE ACREDITA CON:
1- El valor del recaudo total o parcial de las cuentas por cobrar.
2- El valor de las cuentas por cobrar castigadas por incobrables una vez agotadas las gestiones de cobro y cumplido los requisitos pertinentes.
3- El valor de las devoluciones, rebajas y descuentos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 14 | 1409 |
ACTIVOS | DEUDORES | SERVICIOS DE SALUD |
<Descripción y Dinámica modificadas por el artículo 3 de la Resolución 421 de 2011. El nuevo texto es el siguiente:>
Representa el valor de los derechos a favor de la entidad contable pública, originados en la prestación del servicio de salud a los usuarios, en desarrollo de sus funciones de cometido estatal, identificando los derechos a cobrar con facturación generada pendiente de radicar, de aquellos con facturación radicada en la entidad pagadora, así como los abonos a la cartera por los mecanismos de giro directo y giro previo, autorizados legalmente.
Las subcuentas con denominación “facturación pendiente de radicar” se afectarán con la generación de la factura por la prestación del servicio y una vez se radique la facturación ante la entidad pagadora, procederá la reclasificación a las subcuentas con denominación “facturación radicada” hasta cuando se efectúe el recaudo.
Las subcuentas 140981-Giro directo por abono a cartera régimen subsidiado (Cr) y 140982-Giro previo Fosyga sobre recobros ECAT (Cr) se afectarán con los recaudos efectuados por el respectivo concepto y una vez se identifique el tercero y/o el detalle de la facturación abonada, se aplicarán al derecho que corresponda.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 4312- Servicios de Salud.
Dinámica
Se debita con:
1. El valor facturado por servicios prestados.
Se acredita con:
1. El valor del recaudo total o parcial de las cuentas por cobrar.
2. El recaudo con o sin situación de fondos de las cuentas por cobrar originados en la atención con cargo al subsidio a la oferta.
3. El valor de las cuentas por cobrar castigadas por incobrables una vez agotadas las gestiones de cobro y cumplido los requisitos pertinentes.
4. El valor de las devoluciones, rebajas y descuentos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 14 | 1410 |
ACTIVOS | DEUDORES | APORTES POR COBRAR A ENTIDADES AFILIADAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los derechos por cobrar a entidades afiliadas, como resultado de los aportes causados por concepto de cesantías por desembolsar a favor de los servidores públicos. La subcuenta 141095- Aportes Recibidos por Aplicar (Cr) es transitoria y registra los valores recibidos por concepto de cesantías pendientes de aplicar por el Fondo Nacional de Ahorro.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 2420-Aportes por Pagar a Afiliados. Para la subcuenta 141095-Aportes Recibidos por Aplicar (Cr) las contrapartidas serán las subcuentas 141001-Aporte de Cesantías-Doceavas, 141002- Aportes de Cesantías-Ajustes, 141003-Intereses de Mora y 141090-Otros Aportes por Cobrar.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor estimado por pagar de cada entidad afiliada, previo cumplimiento de las disposiciones legales.
2- El valor de los intereses de mora.
SE ACREDITA CON:
1- El valor del recaudo total o parcial de los aportes causados.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 14 | 1411 |
ACTIVOS | DEUDORES | ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD |
<Descripción y Dinámica modificadas por el artículo 3 de la Resolución 421 de 2011. El nuevo texto es el siguiente:>
Descripción
Representa el valor de los derechos causados por concepto de ingresos obtenidos por las Entidades Promotoras de Salud - EPS, en la organización y garantía de la prestación de los servicios de salud, incluidos en el Plan Obligatorio de Salud - POS, los NO POS de los regímenes contributivo y subsidiado.
Las subcuentas con denominación “pendiente de radicar” se afectarán con las cuentas por cobrar por la prestación de servicios de salud, y una vez se radique la cuenta por cobrar, procederá la reclasificación a las subcuentas con denominación “radicadas” hasta cuando se efectúe el recaudo.
La subcuenta 141181-Giro previo Fosyga sobre recobros No POS (Cr) se afectará con los recaudos efectuados por dicho concepto y una vez se identifique el derecho abonado, se aplicará al mismo según corresponda.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 4311- Administración del Sistema de Seguridad Social en Salud.
Dinámica
Se debita con:
1. El valor de los derechos adquiridos por la administración del sistema.
Se acredita con:
1. El valor de los recaudos por los diferentes conceptos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 14 | 1413 |
ACTIVOS | DEUDORES | TRANSFERENCIAS POR COBRAR |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los derechos adquiridos por la entidad contable pública para el desarrollo de sus funciones de cometido estatal, por concepto de los recursos establecidos en el presupuesto que se reciben sin contraprestación.
Este registro debe efectuarse en el momento de establecerse el derecho cierto y no sobre la base de apropiaciones presupuestales o estimaciones.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas del grupo 44-Transferencias.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los derechos adquiridos soportados en los respectivos actos administrativos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los recursos recibidos por cada uno de los conceptos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 14 | 1415 |
ACTIVOS | DEUDORES | PRÉSTAMOS CONCEDIDOS |
DESCRIPCIÓN
Representa los valores por cobrar por concepto de préstamos otorgados por las instituciones financieras.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1105-Caja y 1110-Depósitos en Instituciones Financieras. En caso de efectuarse operaciones repo, la contrapartida será la cuenta 1427- Derechos de Recompra de Deudores.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los créditos concedidos por los diferentes conceptos.
2- El valor de la recompra de los pagarés dados en repo.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los recaudos totales o parciales.
2- La cesión en repo de los pagarés.
3- El valor castigado por incobrable, una vez agotadas las gestiones de cobro y cumplidos los requisitos legales.
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los derechos por cobrar por concepto de préstamos otorgados por la Nación y las entidades territoriales. Incluye los créditos transitorios, presupuestarios y de tesorería, y otros préstamos concedidos.
Además, en esta cuenta se registran los derechos originados en el cumplimiento de garantías por parte de la entidad contable pública.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1105-Caja, 1106-Cuenta Única Nacional, 1110-Depósitos en Instituciones Financieras o en las cuentas del grupo 22-Operaciones de Crédito Público y Financiamiento con Banca Central, entre otros.
En caso de efectuarse operaciones repo, la contrapartida será la cuenta 1427-Derechos de Recompra de Deudores.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los préstamos otorgados por los diferentes conceptos.
2- Por la recompra de los pagarés dados en repo.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los recaudos totales o parciales.
2- La cesión de los pagarés en repo.
3- El valor castigado por incobrable, una vez agotadas las gestiones de cobro y cumplidos los requisitos legales.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 14 | 1417 |
ACTIVOS | DEUDORES |
<Descripción y Dinámicas modificadas por el artículo 5 de la Resolución 634 de 2014. El nuevo texto es el siguiente:>
Descripción
Representa el valor de los derechos a favor de los fondos de reservas de pensiones, originados en el sistema general de pensiones.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 3207-CAPITAL DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES.
Dinámica
Se debita con:
1. El valor de los derechos adquiridos por los fondos de reservas de pensiones.
Se acredita con:
1. El valor de los recaudos por los diferentes conceptos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 14 | 1418 |
ACTIVOS | DEUDORES | ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN RIESGOS PROFESIONALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los derechos a favor de la entidad contable pública, originados en la administración del sistema de seguridad social en riesgos profesionales.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 4313-Administración del Sistema de Seguridad Social en Riesgos Profesionales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los derechos adquiridos por la administradora del sistema.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los recaudos por los diferentes conceptos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 14 | 1420 |
ACTIVOS | DEUDORES | AVANCES Y ANTICIPOS ENTREGADOS |
DESCRIPCIÓN
Representa los valores entregados por la entidad contable pública, en forma anticipada, a contratistas y proveedores para la obtención de bienes y servicios. Además registra los valores entregados para viáticos y gastos de viaje que están pendientes de legalización.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1105-Caja, 1106-Cuenta Única Nacional y 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
Concepto CONTADURÍA 129902 de 2009
Concepto CONTADURÍA 129316 de 2009
Concepto CONTADURÍA 126920 de 2009
Concepto CONTADURÍA 125093 de 2009
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los dineros entregados como avances y anticipos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los anticipos aplicados, producto del cumplimiento de los convenios, contratos, acuerdos, entrega de bienes o con la legalización de los avances.
2- El valor de las devoluciones de los anticipos.
3- El valor de la facturación recibida por los costos y gastos incurridos en el desarrollo de la operación conjunta.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 14 | 1422 |
ACTIVOS | DEUDORES | ANTICIPOS O SALDOS A FAVOR POR IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos a favor de la entidad contable pública por concepto de anticipos de impuestos, así como también los originados en liquidaciones de declaraciones tributarias, contribuciones y tasas que serán solicitados en devolución o compensación en liquidaciones futuras.
En la subcuenta 142250-Impuesto de Industria y Comercio Retenido, deben registrarse las retenciones que hayan sido efectuadas a la entidad contable pública durante el período, las cuales tomará como pago anticipado del impuesto de industria y comercio de acuerdo con las disposiciones legales.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1406-Venta de Bienes y 1407- Prestación de Servicios y, por reclasificación de la cuenta
2445-Impuesto al Valor Agregado – IVA.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los dineros entregados como anticipo.
2- El valor de las retenciones en la fuente practicadas a la entidad contable pública por los diferentes conceptos establecidos en la ley.
3- El valor del impuesto de industria y comercio que haya sido retenido a la entidad contable pública.
4- El valor de los traslados entre las diferentes subcuentas.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la aplicación del impuesto o contribución al período gravable al cual corresponda.
2- El valor de las devoluciones obtenidas.
3- Los valores retenidos a título de impuesto de industria y comercio que se descuentan en la liquidación privada como anticipo y, los valores correspondientes a anulaciones y devoluciones.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 14 | 1424 |
ACTIVOS | DEUDORES | RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN |
<Descripción y Dinámica modificadas por el artículo 4 de la Resolución 585 de 2009. El nuevo texto es el siguiente:>
DESCRIPCION
Representa los recursos a favor de la entidad contable pública, originados en contratos de encargo fiduciario, fiducia pública o encargo fiduciario público. También incluye los recursos a favor de la entidad contable pública, originados en contratos para la administración de recursos bajo diversas modalidades, celebrados con entidades distintas de las sociedades fiduciarias.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1105-CAJA y 1110-DEPOSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS, y las subcuentas y cuentas de los grupos 13-RENTAS POR COBRAR, 14-DEUDORES, la subcuenta 245301-En administración, de la cuenta 2453-RECURSOS RECIBIDOS EN ADMINISTRACION y las subcuentas y cuentas de los grupos 22-OPERACIONES DE CREDITO PUBLICO Y FINANCIAMIENTO CON BANCA CENTRAL y 23-OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO E INSTRUMENTOS DERIVADOS.
Dinámica
SE DEBITA CON:
1. El valor de los recursos entregados.
2. El valor de los ingresos obtenidos.
SE ACREDITA CON:
1. El valor de los recursos reintegrados.
2. El valor de los gastos generados.
3. El valor de los activos adquiridos.
4. El valor de los pasivos cancelados.
5. El valor de los recursos trasladados como reserva financiera actuarial.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 14 | 1425 |
ACTIVOS | DEUDORES | DEPÓSITOS ENTREGADOS EN GARANTÍA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos entregados por la entidad contable pública, con carácter transitorio, para garantizar el cumplimiento de contratos que así lo establezcan. Además registra los depósitos que se deriven de procesos judiciales.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1105-Caja y 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los depósitos entregados a terceros.
2- El valor de los rendimientos obtenidos de conformidad con las cláusulas convenidas en los depósitos entregados.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la aplicación o reintegro de los depósitos entregados.
2- El valor de los gastos generados con cargo a los depósitos entregados de conformidad con las cláusulas convenidas.
3- El valor reclasificado a las correspondientes cuentas de activo, una vez transferida la propiedad de la infraestructura.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 14 | 1426 |
ACTIVOS | DEUDORES | FONDO DE AHORRO Y ESTABILIZACIÓN PETROLERA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos de propiedad de ECOPETROL S.A., los Departamentos y los Municipios que se encuentran en el Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera administrado por el Banco de la República y cuya utilización está restringida hasta cuando se generen los desahorros autorizados.
La contrapartida corresponde a la cuenta 1110- Depósitos en Instituciones Financieras.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los depósitos efectuados en el fondo.
2- El ajuste por diferencia en cambio.
3- El valor de los intereses capitalizables.
SE ACREDITA CON:
1- Los desahorros autorizados del fondo.
2- La disminución del límite de constitución
3- La cancelación del fondo
4- El ajuste por diferencia en cambio.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 14 | 1427 |
ACTIVOS | DEUDORES | DERECHOS DE RECOMPRA DE DEUDORES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los créditos temporalmente reclasificados en desarrollo de operaciones repo pasivas.
Su contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1415-Préstamos Concedidos y 1416-Préstamos Gubernamentales Otorgados. En el evento de incumplimiento del pacto de recompra de los créditos, su contrapartida corresponderá a la subcuenta 230602-Fondos Adquiridos con Compromiso de Recompra.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los créditos reclasificados dados en repo.
SE ACREDITA CON:
1- El cumplimiento del pacto, restableciendo la condición original del crédito.
2- Con la transferencia en firme en caso de incumplimiento del pacto.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 14 | 1428 |
ACTIVOS | DEUDORES | OPERACIONES FONDOS DE GARANTÍAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los derechos a cobrar a las entidades inscritas que han sido intervenidas para liquidar, por concepto del reconocimiento del seguro de depósito a los ahorradores. Además, registra el valor de las primas causadas pendientes de pago por las entidades inscritas, como seguro de depósito y costo de garantía.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 4375-Operaciones Fondos de Garantías y las subcuentas 273001-Siniestros Avisados y 292101-Seguro de Depósito Liquidado por Pagar.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los seguros de depósito pagados a los ahorradores, pendientes de recuperar de las entidades inscritas.
2- La causación de las primas a cobrar a las entidades inscritas.
SE ACREDITA CON:
1- El valor del pago total o parcial de los derechos causados.
2- El valor de los derechos castigados por incobrables, una vez agotadas las gestiones de cobro y cumplidos los requisitos pertinentes.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 14 | 1435 |
Activos | Deudores | Saldos disponibles en patrimonios autónomos y otros recursos entregados en administración |
<Descripción y Dinámicas adicionadas por el artículo 2 de la Resolución 38 de 2015. El nuevo texto es el siguiente:>
Descripción
Representa el valor de los derechos a favor de las entidades contables públicas ejecutoras del Presupuesto General de la Nación, por los recursos entregados a la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional (DGCPTN), los cuales se originan en el reintegro de los saldos disponibles en patrimonios autónomos, en la cesión de derechos fiduciarios y en el reintegro de recursos girados para la ejecución de proyectos y/o administración de recursos, a través de convenios interadministrativos, de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia.
La contrapartida corresponde a las subcuentas respectivas de las cuentas 1424-Recursos entregados en administración o 1926-Derechos en fideicomiso, o de la cuenta 4805-Financieros.
Dinámica
Se debita con:
1. El valor de los recursos reintegrados a la DGCPTN.
2. El valor de los derechos fiduciarios cedidos a la DGCPTN.
3. El mayor valor por la actualización de los derechos fiduciarios cedidos a la DGCPTN.
4. El valor de los rendimientos financieros que se originen en los saldos disponibles en patrimonios autónomos y otros recursos entregados en administración.
Se acredita con:
1. El valor de los recursos reintegrados que hayan sido devueltos.
2. El valor de las obligaciones canceladas con los recursos de los derechos fiduciarios cedidos a la DGCPTN.
3. El menor valor por la actualización de los derechos fiduciarios cedidos a la DGCPTN.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 14 | 1470 |
ACTIVOS | DEUDORES | OTROS DEUDORES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los derechos de la entidad contable pública por concepto de operaciones diferentes a las enunciadas en cuentas anteriores.
La subcuenta 147073-Préstamos Concedidos por Instituciones no Financieras registra los relacionados con préstamos distintos a los concedidos por las instituciones financieras y los préstamos gubernamentales.
La subcuenta 147047-Superávit por Compensación, registra los saldos a favor del FOSYGA como resultado del proceso de compensación.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 4350-Operaciones de Colocación y Servicios Financieros, 4805-Financieros, 4808-Otros
Ingresos Ordinarios. Para los descuentos no autorizados y para la subcuenta 147055-Depósitos en Entidades Intervenidas, la contrapartida corresponde a la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los derechos que se originen por cada uno de los conceptos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los recaudos totales o parciales de los derechos registrados en esta cuenta.
2- El valor de los deudores que se castiguen por incobrables, una vez agotadas las gestiones de cobro y cumplidos los requisitos pertinentes.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 14 | 1475 |
ACTIVOS | DEUDORES | DEUDAS DE DIFÍCIL RECAUDO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las deudas a favor de la entidad contable pública pendientes de recaudo, que por su antigüedad y morosidad han sido reclasificadas de la cuenta deudora principal.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 1402-Aportes y Cotizaciones, 1403-Rentas Parafiscales, 1406-Venta de Bienes, 1407-Prestación de Servicios, 1408- Servicios Públicos, 1409-Servicios de Salud, 1411-Administración del Sistema de Seguridad Social en Salud, 1415-Préstamos Concedidos y 1470- Otros Deudores.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los deudores que se reclasifiquen
SE ACREDITA CON:
1- El valor del recaudo de la deuda.
2- El valor castigado contra la respectiva provisión, una vez agotadas las gestiones de cobro y cumplidos los requisitos pertinentes.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 14 | 1476 |
ACTIVOS | DEUDORES | CUOTAS PARTES DE BONOS Y TÍTULOS PENSIONALESACTUAL |
DESCRIPCIÓN
Representa los derechos de cobro de las entidades administradoras, en nombre de los fondos de reserva, o de las entidades contables públicas que reconocen y pagan pensiones, por concepto de cuotas partes de bonos pensionales redimidos las cuales deberán ser canceladas por las entidades contribuyentes al valor del bono pensional.
También incluye el valor de los títulos pensionales que tiene por cobrar el Instituto de Seguros Sociales.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas que conforman el grupo 45-Recursos de los Fondos de Reservas de Pensiones y la cuenta 4808- Otros Ingresos Ordinarios.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las cuotas partes de los bonos pensionales redimidos.
2- El monto de los títulos pensionales a favor del Instituto de Seguros Sociales
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cuota parte del bono pensional pagada por el contribuyente al momento de la redención del bono pensional.
2- El valor del título pensional pagado.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 14 | 1480 |
ACTIVOS | DEUDORES | PROVISIÓN PARA DEUDORES (CR) |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor estimado de las contingencias de pérdida generadas como resultado del riesgo de incobrabilidad, de acuerdo con el análisis general o individual de las cuentas que integran el grupo de deudores.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 5304-Provisión para Deudores.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los deudores que se castiguen por incobrables una vez agotadas las gestiones de cobro y cumplido los requisitos pertinentes.
2- El valor de los ajustes por provisiones en exceso.
3- El valor de la disminución de la provisión al desaparecer la causa que la originó.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la provisión constituida para cubrir el riesgo de incobrabilidad.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 15 | |
ACTIVOS | INVENTARIOS |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan el valor de los bienes tangibles, muebles e inmuebles, e intangibles, adquiridos o producidos por la entidad contable pública, con la intención de que sean comercializados, transformados o consumidos en actividades de producción de bienes o prestación de servicios, o para suministrarlos en forma gratuita a la comunidad, en desarrollo de funciones de cometido estatal.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 15 | 1505 |
ACTIVOS | INVENTARIOS | BIENES PRODUCIDOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los bienes que han sido obtenidos por la entidad contable pública mediante procesos de transformación, explotación, cultivo o construcción y se encuentran disponibles para la venta, suministro gratuito o a precios económicamente no significativos.
La contrapartida corresponde a la subcuenta Traslado de Costos (Cr) de las respectivas cuentas que integran el grupo 71-Producción de Bienes.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los productos que han terminado su proceso de transformación.
2- El valor de los productos extraídos.
3- El valor de las construcciones terminadas.
4- El valor de los ajustes por sobrantes de inventarios, devoluciones de mercancías vendidas y otros.
SE ACREDITA CON:
1- El costo de las mercancías que se vendan.
2- El valor de la mercancía determinada como faltante, o dada de baja por imperfectos, rotura, mermas y otras.
3- El valor de los bienes entregados a cualquier título.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 15 | 1510 |
ACTIVOS | INVENTARIOS | MERCANCÍAS EN EXISTENCIA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los bienes adquiridos a cualquier título por la entidad contable pública, con el objeto de ser vendidos o cedidos y que no requieren ser sometidos a ningún proceso de transformación, explotación, cultivo, construcción o tratamiento.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales y 2406-Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los bienes adquiridos para su comercialización, suministro gratuito o a precios económicamente no significativos.
2- El valor de los ajustes por sobrantes de inventarios, devoluciones de mercancías vendidas y otros.
SE ACREDITA CON:
1- El costo de las mercancías vendidas.
2- El valor de las mercancías devueltas a los proveedores.
3- El valor de la mercancía determinada como faltante, o dada de baja por imperfectos, rotura, mermas y otros.
4- El valor de las mercancías entregadas a cualquier título.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 15 | 1512 |
ACTIVOS | INVENTARIOS | MATERIAS PRIMAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los elementos adquiridos o producidos que deben ser sometidos a un proceso de transformación, para convertirlos en bienes finales o intermedios.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales y 2406-Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las materias primas adquiridas.
2- El valor de los ajustes por sobrantes de inventarios.
3- El valor de la materia prima devuelta del proceso productivo.
SE ACREDITA CON:
1- El costo de materias primas que se trasladen al proceso productivo.
2- El valor de las materias primas devueltas a proveedores.
3- El valor de las disminuciones determinadas como faltantes o dadas de baja por imperfectos, rotura, mermas y otras.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 15 | 1516 |
ACTIVOS | INVENTARIOS | ENVASES Y EMPAQUES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los elementos y materiales adquiridos para ser usados en el empaque o envase de productos.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales y 2406-Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los envases y empaques adquiridos.
2- El valor de los ajustes por sobrantes de inventarios.
3- El valor de los envases y empaques devueltos del proceso productivo.
SE ACREDITA CON:
1- El costo de los envases y empaques que se trasladen al proceso productivo.
2- El valor de los envases y empaques devueltos a los proveedores.
3- El valor de los envases y empaques determinados como faltantes o dados de baja por imperfectos o rotura.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 15 | 1517 |
ACTIVOS | INVENTARIOS | MATERIALES PARA LA PRODUCCIÓN DE BIENES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los elementos distintos de materias primas que han sido adquiridos por la entidad contable pública para ser consumidos en la producción de bienes.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales y 2406-Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los materiales adquiridos con destino a la producción de bienes.
2- El valor de los ajustes por sobrantes determinados en la toma física de inventarios.
3- El valor de los materiales devueltos del proceso productivo.
SE ACREDITA CON:
1- El costo de los materiales que se trasladen al proceso productivo.
2- El valor de los materiales devueltos a los proveedores.
3- El valor de los materiales determinados como faltantes o dados de baja por imperfectos, rotura, mermas.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 15 | 1518 |
ACTIVOS | INVENTARIOS | MATERIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los elementos que han sido adquiridos o producidos por la entidad contable pública para ser consumidos o utilizados en forma directa, en la prestación de los servicios de salud, hotelería, mantenimiento, servicios públicos domiciliarios, documentación e identificación, entre otros.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales y 2406-Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los materiales adquiridos.
2- El valor de los ajustes por sobrantes de inventarios
3- El valor de las devoluciones de materiales del proceso productivo.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los materiales que se consuman en la prestación del servicio.
2- El valor de los materiales devueltos a los proveedores.
3- El valor de los materiales determinados como faltantes o dados de baja por imperfectos, rotura, mermas.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 15 | 1519 |
ACTIVOS | INVENTARIOS | BANCO DE COMPONENTES ANATÓMICOS Y DE SANGRE |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en el manejo, preparación y procesamiento componentes anatómicos y de sangre, los cuales se encuentran en existencia y son utilizados por la entidad prestadora de servicios de salud para realizar operaciones de trasplante.
El costo lo constituyen los procedimientos, mano de obra y demás costos indirectos para su procesamiento y conservación requeridos para mantenerlos en condiciones de utilización.
La contrapartida corresponde a las subcuentas 735095- Traslado de Costos (Cr) y 735195-Traslado de Costos (Cr), respectivamente.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- Los costos directos e indirectos requeridos para mantenerlos en condiciones de utilización.
SE ACREDITA CON:
1- El costo de las unidades utilizadas.
2- El costo de las unidades inservibles.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 15 | 1520 |
ACTIVOS | INVENTARIOS | PRODUCTOS EN PROCESO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los bienes semielaborados que requieren procesos adicionales de producción, para convertirlos en productos terminados que estarán disponibles para la venta, para suministro gratuito o a precios económicamente no significativos.
La contrapartida corresponde a la subcuenta Traslado de Costos (Cr) de las respectivas cuentas que integran el grupo 71-Producción de Bienes.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El traslado transitorio de los costos acumulados de bienes en etapa de producción, para efectos de reporte.
SE ACREDITA CON:
1- La devolución de los costos de bienes en etapa de producción, para continuar su acumulación.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 15 | 1525 |
ACTIVOS | INVENTARIOS | EN TRÁNSITO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las erogaciones efectuadas para la adquisición de mercancías, materias primas, materiales, envases y empaques, que no están disponibles para ser utilizados por la entidad contable pública por encontrarse en procesos de trámite, transporte, legalización o entrega, por parte de los proveedores o terceros responsables.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las erogaciones efectuadas para la adquisición de mercancías, materias primas, materiales, envases y empaques en tránsito.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la confirmación de las mercancías, materias primas, materiales, envases y empaques en tránsito y su traslado a la cuenta de inventario correspondiente.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 15 | 1530 |
ACTIVOS | INVENTARIOS | EN PODER DE TERCEROS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los diferentes inventarios tales como: mercancías procesadas, en existencia, y materias primas de propiedad de la entidad contable pública, que se encuentran en poder de terceros.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1505-Bienes Producidos, 1510- Mercancías en Existencia 1512-Materias Primas, 1516- Envases y Empaques, 1517-Materiales para la Producción de Bienes y 1518-Materiales para la Prestación de Servicios.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los traslados de las diferentes cuentas y subcuentas que integran el grupo de inventarios, en virtud de los contratos, convenios o actos administrativos que así lo dispongan.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las mercancías, materias primas, materiales, envases y empaques, devueltos a la entidad contable pública y trasladados al correspondiente rubro de inventario.
2- El valor de la venta, suministro gratuito o a precios económicamente no significativos de los bienes entregados de conformidad con lo estipulado en contratos o convenios.
3- l valor de las mercancías, materias primas, materiales, envases y empaques determinados como faltantes o dados de baja por imperfectos, rotura o merma.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 15 | 1580 |
ACTIVOS | INVENTARIOS | PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE INVENTARIOS (CR) |
DESCRIPCIÓN
Representa el menor valor de los inventarios, resultante de comparar el valor en libros con el valor de realización, cuando el valor en libros es mayor.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 5306-Provisión para Protección de Inventarios.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- La aplicación de la provisión por castigo, previo cumplimiento de los requisitos establecidos.
2- La reversión de las provisiones cuando el valor de realización sea superior al costo.
3- El valor de la disminución de la provisión por venta o traslado a cualquier título, pérdida o dada de baja del bien.
SE ACREDITA CON:
1- El valor en exceso del costo, sobre el valor de realización.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 16 | |
ACTIVOS | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan el valor de los bienes tangibles de propiedad de la entidad contable pública que se utilizan para la producción y comercialización de bienes y la prestación de servicios, la administración de la entidad contable pública, así como los destinados a generar ingresos producto de su arrendamiento, y por tanto no están disponibles para la venta en desarrollo de actividades productivas o comerciales, siempre que su vida útil probable en condiciones normales de utilización, exceda de un año. Tratándose de las entidades contables públicas del gobierno general, incluye los bienes para el uso permanente recibidos sin contraprestación de otras entidades del gobierno general.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 16 | 1605 |
ACTIVOS | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO | TERRENOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los predios de propiedad de la entidad contable pública, adquiridos a cualquier título, en los cuales están construidas las diferentes edificaciones, además de los destinados a futuras ampliaciones o construcciones para el uso o servicio del mismo. Tratándose de las entidades contables públicas del gobierno general, incluye los terrenos para el uso permanente recibidos sin contraprestación de otras entidades del gobierno general.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1637-Propiedades, Planta y Equipo no Explotados, 1682-Propiedades de Inversión, 1930- Bienes Recibidos en Dación de Pago, 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406-Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior, 3120-Superávit por Donación, 3235-Superávit por Donación, 3125- Patrimonio Público Incorporado y 3255-Patrimonio Institucional Incorporado.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo del terreno y demás erogaciones incurridas para su adquisición.
2- El valor de las mejoras.
3- El valor de los terrenos recibidos en donación o traspaso y los que se incorporen una vez surtidos los trámites de legalización correspondientes.
4- El valor de los terrenos reclasificados de propiedades, planta y equipo no explotados y de propiedades de inversión.
5- El valor de los costos de endeudamiento capitalizables.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los terrenos enajenados o transferidos a cualquier título.
2- El valor de los terrenos trasladados a propiedades de inversión.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 16 | 1610 |
ACTIVOS | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO | SEMOVIENTES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los animales de propiedad de la entidad contable pública, adquiridos a cualquier título y destinados al uso, desarrollo de investigaciones científicas, explotaciones pecuarias, exposiciones y otros. Tratándose de las entidades contables públicas del gobierno general, incluye los semovientes para el uso permanente recibidos sin contraprestación de otras entidades del gobierno general.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1930-Bienes Recibidos en Dación de Pago, 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406-Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior, 3120-Superávit por Donación, 3235-Superávit por Donación, 3125-Patrimonio Público Incorporado y 3255-Patrimonio Institucional Incorporado.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo de los semovientes adquiridos a cualquier título, más todas las erogaciones incurridas en su adquisición.
2- El valor de los semovientes recibidos en calidad de donación, cesión y el de los que se incorporen una vez surtidos los correspondientes trámites de legalización.
3- l valor de los semovientes nacidos.
SE ACREDITA CON:
1- l valor en libros de los semovientes que sean enajenados o transferidos a cualquier título.
2- l valor en libros de los semovientes dados de baja por pérdida, hurto, cesión, muerte, caso fortuito o fuerza mayor.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 16 | 1612 |
ACTIVOS | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO | PLANTACIONES AGRÍCOLAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos y demás cargos incurridos por la entidad contable pública en los procesos de preparación de terrenos, siembra y desarrollo que corresponde a los períodos preproductivo y productivo de las plantaciones agrícolas cuya vida útil es superior a dos años, período en el cual se generan varias cosechas, siempre y cuando no estén orientados a la conservación del medio ambiente.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1420-Avances y Anticipos Entregados, 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales y 2406- Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los desembolsos imputables a la preparación de terrenos, siembra y desarrollo de plantaciones agrícolas.
2- El valor de las plantaciones amortizables que entran en período productivo, trasladado de cultivos en desarrollo.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación contra la respectiva amortización acumulada.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 16 | 1615 |
ACTIVOS | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO | CONSTRUCCIONES EN CURSO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos y demás cargos incurridos en el proceso de construcción o ampliación de bienes inmuebles, hasta cuando estén en condiciones de ser utilizados en desarrollo de las funciones de cometido estatal de la entidad contable pública.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1420-Avances y Anticipos Entregados, 1637-Propiedades, Planta y Equipo no Explotados, 1930-Bienes Recibidos en Dación de Pago, 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406-Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior, 3120-Superávit por Donación, 3235-Superávit por Donación, 3125-Patrimonio Público Incorporado y 3255-Patrimonio Institucional Incorporado.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los desembolsos imputables a la ejecución de las obras e instalaciones.
2- El valor de los materiales recibidos para ser incorporados a las obras.
3- El valor de los costos de endeudamiento capitalizables.
4- El valor de las construcciones recibidas a cualquier título.
5- El valor trasladado de la cuenta Propiedades, planta y equipo no explotados
SE ACREDITA CON:
1- El valor en libros de las obras terminadas que se trasladen a la cuenta del activo correspondiente, cuando la obra se encuentra en condiciones de ser utilizada, con base en acta de entrega.
2- El valor de los materiales y demás elementos sobrantes cargados a las obras o instalaciones, que se reintegren.
3- El valor registrado en libros al momento de su enajenación o entrega a cualquier título.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 16 | 1620 |
ACTIVOS | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO | MAQUINARIA, PLANTA Y EQUIPO EN MONTAJE |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos y demás erogaciones incurridos en la adquisición y montaje de maquinaria, planta y equipo y otros bienes, hasta tenerlos en condiciones de utilización.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1420-Avances y Anticipos Entregados, 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406- Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior, 3120-Superávit por Donación, 3235-Superávit por Donación, 3125-Patrimonio Público Incorporado y 3255-Patrimonio Institucional Incorporado.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo de adquisición, instalación, montaje y otros costos directos e indirectos, necesarios para que la maquinaria, planta y equipo estén en condiciones de ser utilizados.
2- El valor de la maquinaria, planta y equipo, recibida a cualquier título, que requiere ser colocada en condiciones de utilización y los que se incorporen una vez surtidos los trámites de legalización correspondientes.
3- El valor de los costos de endeudamiento capitalizables.
SE ACREDITA CON:
1- El valor en libros de la maquinaria, planta y equipo en montaje, trasladado al activo correspondiente, una vez se encuentre en condiciones de utilización, en el sitio y condiciones requeridas, de acuerdo con el acta de entrega.
2- El valor de los materiales y equipos sobrantes reintegrados a la bodega.
3- El valor registrado en libros al momento de su enajenación o entrega a cualquier título.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 16 | 1625 |
ACTIVOS | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO EN TRÁNSITO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las erogaciones efectuadas en el proceso de compra de las propiedades, planta y equipo que se encuentran en trámite de transporte, legalización, importación o entrega, por parte de los proveedores o terceros responsables.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las erogaciones efectuadas en el proceso de importación de la maquinaria o equipo.
2- El valor de las erogaciones efectuadas en la compra de maquinaria y equipo en el país.
3- El valor de la diferencia en cambio cuando se trate de compras en moneda extranjera.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la legalización de los bienes recibidos y su traslado a la respectiva cuenta del activo.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 16 | 1635 |
ACTIVOS | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO | BIENES MUEBLES EN BODEGA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los bienes muebles, adquiridos a cualquier título, que tienen la característica de permanentes y cuya finalidad es que sean utilizados en el futuro, en actividades de producción o administración, por parte de la entidad contable pública, en desarrollo de sus funciones de cometido estatal. En esta cuenta no deben registrarse los bienes que se retiran del servicio de manera temporal o definitiva.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1930-Bienes Recibidos en Dación de Pago, 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406-Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior, 3120-Superávit por Donación, 3235-Superávit por Donación, 3125-Patrimonio Público Incorporado y 3255-Patrimonio Institucional Incorporado.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo de los bienes muebles adquiridos a cualquier título el cual incluye todas las erogaciones incurridas para su adquisición.
2- El valor de los bienes muebles que se reciban en calidad de donación, cesión u otra modalidad.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los bienes muebles puestos en servicio.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 16 | 1636 |
ACTIVOS | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO EN MANTENIMIENTO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las propiedades, planta y equipo que se encuentran en mantenimiento preventivo o correctivo específico.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1640-Edificaciones, 1645- Plantas, Ductos y Túneles, 1650-Redes, Líneas y Cables, 1655-Maquinaria y Equipo, 1660-Equipo Médico y Científico, 1665-Muebles, Enseres y Equipo de Oficina, 1670-Equipos de Comunicación y Computación, 1675-Equipos de Transporte, Tracción y Elevación y 1680-Equipos de Comedor, Cocina, Despensa y Hotelería.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las propiedades, planta y equipo que se trasladen del activo correspondiente.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las propiedades, planta y equipo que se coloquen nuevamente en servicio.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 16 | 1637 |
ACTIVOS | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO NO EXPLOTADOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los bienes muebles e inmuebles de propiedad de la entidad contable pública que por características o circunstancias especiales, no son objeto de uso o explotación en desarrollo de las funciones de cometido estatal.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 3120-Superávit por Donación, 3235- Superávit por Donación, 3125-Patrimonio Público Incorporado, 3255-Patrimonio Institucional Incorporado, 1605-Terrenos, 1640-Edificaciones, 1645-Plantas, Ductos y Túneles, 1650-Redes, Líneas y Cables, 1655- Maquinaria y Equipo, 1665-Muebles, Enseres y Equipo de Oficina, 1670-Equipos de Comunicación y Computación, 1675-Equipos de Transporte, Tracción y Elevación y 1680-Equipos de Comedor, Cocina, Despensa y Hotelería.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los bienes que dejen de utilizarse.
2- El valor de los inmuebles que se reciban en calidad de donación, cesión o que se incorporen y que no se destinen al uso.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las propiedades, planta y equipo que se colocan en servicio
2- El valor registrado en libros al momento de su enajenación o entrega a cualquier título.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 16 | 1640 |
ACTIVOS | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO | EDIFICACIONES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las edificaciones adquiridas a cualquier título por la entidad contable pública, para el desarrollo de sus funciones de cometido estatal.
Se excluye el valor de los terrenos sobre los cuales se encuentran, que deben registrarse en la cuenta correspondiente. Tratándose de las entidades contables públicas del gobierno general, incluye las edificaciones para el uso permanente recibidas sin contraprestación de otras entidades del gobierno general.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406-Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior, 1615-Construcciones en Curso, 1637-Propiedades, Planta y Equipo no Explotados, 1682- Propiedades de Inversión, 3120-Superávit por Donación, 3235-Superávit por Donación, 3125-Patrimonio Público Incorporado, 3255-Patrimonio Institucional Incorporado, 1930-Bienes Recibidos en Dación de Pago y 1941-Bienes Adquiridos en Leasing Financiero.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo de las edificaciones adquiridas a cualquier título, más todas las erogaciones en que se incurra para su adquisición.
2- El valor de las edificaciones que se reciban en calidad de donación, cesión o que se incorporen, una vez cumplidos los trámites de legalización correspondientes.
3- El valor de las edificaciones trasladadas de otras cuentas.
4- El costo de las adiciones o mejoras.
SE ACREDITA CON:
1- El valor en libros de los inmuebles vendidos, destruidos, demolidos, cedidos, donados o permutados.
2- El valor de los inmuebles trasladados a mantenimiento o a propiedades de inversión.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 16 | 1645 |
ACTIVOS | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO | PLANTAS, DUCTOS Y TÚNELES. |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las plantas, ductos y túneles adquiridos a cualquier título por la entidad contable pública, para el desarrollo de sus funciones de cometido estatal. Tratándose de las entidades contables públicas del gobierno general, incluye las plantas, ductos y túneles para el uso permanente recibidos sin contraprestación de otras entidades del gobierno general.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1637-Propiedades, Planta y Equipo no Explotados, 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406-Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior, 1615-Construcciones en Curso, 1620- Maquinaria, Planta y Equipo en Montaje, 1625-Maquinaria, Planta y Equipo en Tránsito, 1636-Propiedades, Planta y Equipo en Mantenimiento, 3120-Superávit por Donación, 3235-Superávit por Donación, 3125-Patrimonio Público Incorporado y 3255-Patrimonio Institucional Incorporado.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo de adquisición, a cualquier título, de las plantas, ductos y túneles, más todas las erogaciones incurridas para su adquisición.
2- El costo trasladado de otras cuentas
3- El valor de las adiciones y mejoras.
4- El valor de las plantas, ductos y túneles recibidos a cualquier título o incorporados, una vez surtidos los trámites de legalización correspondientes.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las plantas, ductos y túneles que se enajenen o transfieran a cualquier título.
2- El valor de las plantas, ductos y túneles retirados del servicio por deterioro, obsolescencia, destrucción u otras causas.
3- El valor de las plantas, ductos y túneles en mantenimiento.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 16 | 1650 |
ACTIVOS | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO | REDES, LÍNEAS Y CABLES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las redes, líneas y cables de propiedad de la entidad contable pública, adquiridas a cualquier título, para el desarrollo de sus funciones de cometido estatal Tratándose de las entidades contables públicas del gobierno general, incluye las redes, líneas y cables para el uso permanente recibidos sin contraprestación de otras entidades del gobierno general.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1637-Propiedades, Planta y Equipo no Explotados, 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406-Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior, 1615-Construcciones en Curso, 1620- Maquinaria, Planta y Equipo en Montaje, 1625- Propiedades, Planta y Equipo en Tránsito, 1635-Bienes Muebles en Bodega, 1636-Propiedades, Planta y Equipo en Mantenimiento, 3125-Patrimonio Público Incorporado y 3255-Patrimonio Institucional Incorporado.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo de adquisición, instalación y otras erogaciones necesarias para poner en servicio las redes, líneas y cables.
2- El valor de las redes, líneas y cables que se incorporen, una vez surtidos los correspondientes trámites de legalización.
3- El valor de las mejoras o adiciones.
4- El costo trasladado de otras cuentas.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las redes, líneas y cables enajenados o trasladados a cualquier título.
2- El valor de las redes, líneas y cables retirados del servicio por deterioro, obsolescencia, destrucción u otras causas.
3- El valor de las redes, líneas y cables en mantenimiento.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 16 | 1655 |
ACTIVOS | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO | MAQUINARIA Y EQUIPO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de la maquinaria y equipo de propiedad de la entidad contable pública, adquirida a cualquier título, para que sea utilizada en el desarrollo de sus funciones de cometido estatal. Tratándose de las entidades contables públicas del gobierno general, incluye la maquinaria y equipo para el uso permanente recibida sin contraprestación de otras entidades del gobierno general.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1637-Propiedades, Planta y Equipo no Explotados, 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406-Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior, 1620-Maquinaria, Planta y Equipo en Montaje, 1625-Propiedades, Planta y Equipo en Tránsito, 1635-Bienes Muebles en Bodega, 1636- Propiedades, Planta y Equipo en Mantenimiento, 1930- Bienes Recibidos en Dación de Pago, 1941-Bienes Adquiridos en Leasing Financiero, 3120-Superávit por Donación, 3235-Superávit por Donación, 3125- Patrimonio Público Incorporado y 3255-Patrimonio Institucional Incorporado.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo de la maquinaria y equipo adquirida a cualquier título, más todas las erogaciones en que se incurra para su adquisición.
2- El valor de la maquinaria y equipo que se reciba en calidad de donación, cesión, aporte o que se incorpore, una vez surtidos los tramites de legalización.
3- El valor de las adiciones y mejoras.
4- El valor de la maquina y equipo trasladada de otras cuentas para colocarla en servicio.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la maquinaria y equipo que se enajene o transfiera a cualquier título.
2- El valor de la maquinaria y equipo retirada del servicio por deterioro, obsolescencia, destrucción, pérdida y otras causas.
3- El valor de la maquinaria y equipo trasladada a mantenimiento.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 16 | 1660 |
ACTIVOS | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO | EQUIPO MÉDICO Y CIENTÍFICO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los equipos médicos, científicos, de investigación y de laboratorio, de propiedad de la entidad contable pública, adquiridos a cualquier título, para que sean utilizados en el desarrollo de sus funciones de cometido estatal. Tratándose de las entidades contables públicas del gobierno general, incluye el equipo médico y científico para el uso permanente recibido sin contraprestación de otras entidades del gobierno general.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1637-Propiedades, Planta y Equipo no Explotados, 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406- Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior, 1620-Maquinaria, Planta y Equipo en Montaje, 1625-Propiedades, Planta y Equipo en Tránsito, 1635- Bienes Muebles en Bodega, 1636-Propiedades, Planta y Equipo en Mantenimiento, 1941-Bienes Adquiridos en Leasing Financiero, 1930-Bienes Recibidos en Dación de Pago, 3120-Superávit por Donación, 3235-Superávit por Donación, 3125-Patrimonio Público Incorporado y 3255-Patrimonio Institucional Incorporado.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo del equipo médico, científico y de laboratorio, adquirido a cualquier título, más todas las erogaciones necesarias para su adquisición.
2- El valor del equipo que se reciba en calidad de donación, cesión, aporte o incorporado, una vez surtidos los trámites de legalización.
3- El valor de las adiciones y mejoras.
4- El valor de los bienes trasladados de otras cuentas.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los equipos que se enajenen o transfieran a cualquier título.
2- El valor de los equipos retirados del servicio por deterioro, obsolescencia, destrucción, pérdida u otras causas.
3- El valor del equipo médico y científico trasladado a mantenimiento.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 16 | 1665 |
ACTIVOS | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO | MUEBLES, ENSERES Y EQUIPO DE OFICINA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los muebles, enseres y equipo de oficina, de propiedad de la entidad contable pública, adquiridos a cualquier título, para el desarrollo de sus funciones de cometido estatal. Tratándose de las entidades contables públicas del gobierno general, incluye los muebles, enseres y equipo de oficina para el uso permanente recibidos sin contraprestación de otras entidades del gobierno general.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1637-Propiedades, Planta y Equipo no Explotados, 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406- Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior, 1625-Propiedades, Planta y Equipo en Tránsito, 1635-Bienes Muebles en Bodega, 1636-Propiedades, Planta y Equipo en Mantenimiento, 1941-Bienes Adquiridos en Leasing Financiero, 1930- Bienes Recibidos en Dación de Pago, 3120-Superávit por Donación, 3235-Superávit por Donación, 3125- Patrimonio Público Incorporado y 3255-Patrimonio Institucional Incorporado.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo de adquisición o producción de los muebles, enseres y equipo de oficina, más todas las erogaciones necesarias para su adquisición.
2- El valor de los bienes que se reciban en calidad de donación, cesión, aporte o que se incorporen, una vez surtidos los trámites de legalización.
3- El valor de las adiciones y mejoras.
4- El valor de los bienes trasladados de otras cuentas
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los muebles, enseres y equipo de oficina que se enajenen o transfieran a cualquier título.
2- El valor de los muebles, enseres y equipos de oficina retirados del servicio por deterioro, obsolescencia, destrucción, pérdida u otra causa.
3- El valor de los muebles, enseres y equipo de oficina trasladados a mantenimiento.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 16 | 1670 |
ACTIVOS | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO | EQUIPOS DE COMUNICACIÓN Y COMPUTACIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los equipos de comunicación y computación de propiedad de la entidad contable pública, adquiridos a cualquier título, para el desarrollo de sus funciones de cometido estatal. Tratándose de las entidades contables públicas del gobierno general, incluye los equipos de comunicación y computación para el uso permanente recibidos sin contraprestación de otras entidades del gobierno general.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1637-Propiedades, Planta y Equipo no Explotados, 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406-Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior, 1620-Maquinaria, Planta y Equipo en Montaje, 1625-Propiedades, Planta y Equipo en Tránsito, 1635-Bienes Muebles en Bodega, 1636-Propiedades, Planta y Equipo en Mantenimiento, 1941-Bienes Adquiridos en Leasing Financiero, 1930- Bienes Recibidos en Dación de Pago, 3120-Superávit por Donación, 3235-Superávit por Donación, 3125- Patrimonio Público Incorporado y 3255-Patrimonio Institucional Incorporado.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo del equipo de comunicación y computación adquirido a cualquier título, más todas las erogaciones en que se incurra para su adquisición.
2- El valor del equipo de comunicación o computación que se reciba en calidad de donación, cesión, aporte o incorporación, una vez surtidos los trámites de legalización correspondientes.
3- El valor de las adiciones y mejoras.
4- El valor de los traslados de otras cuentas.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los equipos de comunicación y computación que se enajenen o transfieran a cualquier título.
2- El valor de los equipos de comunicación y computación retirados del servicio por deterioro, obsolescencia, destrucción, pérdida u otra causa.
3- El valor del equipo de comunicación y computación que se traslade a mantenimiento.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 16 | 1675 |
ACTIVOS | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO | EQUIPOS DE TRANSPORTE TRACCIÓN Y ELEVACIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los equipos de transporte, tracción y elevación de propiedad de la entidad contable pública, adquiridos a cualquier título, para el desarrollo de sus funciones de cometido estatal. Tratándose de las entidades contables públicas del gobierno general, incluye los equipos de transporte, tracción y elevación para el uso permanente recibidos sin contraprestación de otras entidades del gobierno general.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1637-Propiedades, Planta y Equipo no Explotados, 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406-Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior, 1620-Maquinaria, Planta y Equipo en Montaje, 1625-Propiedades, Planta y Equipo en Tránsito, 1635- Bienes Muebles en Bodega, 1636-Propiedades, Planta y Equipo en Mantenimiento, 1941-Bienes Adquiridos en Leasing Financiero, 1930-Bienes Recibidos en Dación de Pago, 3120-Superávit por Donación, 3235-Superávit por Donación, 3125-Patrimonio Público Incorporado y 3255-Patrimonio Institucional Incorporado.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo del equipo de transporte, tracción y elevación adquirido a cualquier título, más todas las erogaciones en que se incurra para su adquisición.
2- El valor del equipo de transporte, tracción y elevación recibido en calidad de donación, cesión, aporte o incorporación, una vez surtidos los trámites de legalización.
3- El costo de las adiciones y mejoras.
4- El valor de los bienes trasladados de otras cuentas.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los equipos de transporte, tracción y elevación que se enajenen o transfieran a cualquier título.
2- El valor del equipo de transporte, tracción y elevación que sea retirado del servicio por deterioro, obsolescencia, destrucción, pérdida u otras causas.
3- El valor del equipo de transporte, tracción y elevación que se traslade a mantenimiento.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 16 | 1680 |
ACTIVOS | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO | EQUIPOS DE COMEDOR, COCINA, DESPENSA Y HOTELERÍA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor del equipo de comedor, cocina, despensa y hotelería de propiedad de la entidad contable pública, adquirido a cualquier título, para que sea utilizado en el desarrollo de sus funciones de cometido estatal. Tratándose de las entidades contables públicas del gobierno general, incluye los equipos de comedor, cocina, despensa y hotelería para el uso permanente recibidos sin contraprestación de otras entidades del gobierno general.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1637-Propiedades, Planta y Equipo no Explotados, 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406- Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior, 1620-Maquinaria, Planta y Equipo en Montaje, 1625-Propiedades, Planta y Equipo en Tránsito, 1635-Bienes Muebles en Bodega, 1636-Propiedades, Planta y Equipo en Mantenimiento, 1941-Bienes Adquiridos en Leasing Financiero, 1930- Bienes Recibidos en Dación de Pago, 3120-Superávit por Donación, 3235-Superávit por Donación, 3125- Patrimonio Público Incorporado y 3255-Patrimonio Institucional Incorporado.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo del equipo de comedor, cocina, despensa y hotelería adquirido a cualquier título, más todas las erogaciones en que se incurra para su adquisición.
2- El valor del equipo que se reciba en calidad de donación, cesión, aporte, o que se incorpore, una vez surtidos los trámites de legalización correspondientes.
3- El valor trasladado de otras cuentas.
4- El valor de las adiciones y mejoras.
SE ACREDITA CON:
1- El valor del equipo enajenado o trasladado a cualquier título.
2- El valor del equipo retirado del servicio por deterioro, obsolescencia, destrucción, pérdida y otras causas.
3- El valor del equipo trasladado a mantenimiento.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 16 | 1682 |
ACTIVOS | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO | PROPIEDADES DE INVERSIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los inmuebles de propiedad de la entidad contable pública, adquiridos a cualquier título, que están destinados a generar ingresos como producto de su arrendamiento.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406-Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior, 1605-Terrenos y 1640-Edificaciones.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo de los bienes inmuebles, adquiridos a cualquier título, más todas las erogaciones en que se incurra para su adquisición.
2- El valor de los bienes inmuebles trasladados de las cuentas de edificaciones y terrenos, dado el cambio de destinación.
3- El valor de las adiciones y mejoras.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los bienes inmuebles trasladados a las cuentas correspondientes, una vez estos activos hayan cambiado de uso o destinación.
2- El valor de los bienes inmuebles vendidos, destruidos, demolidos, cedidos, donados o permutados.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 16 | 1685 |
ACTIVOS | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO | DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR) |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor acumulado por el reconocimiento de la pérdida de capacidad operacional de la propiedad, planta y equipo por el uso u otros factores normales, teniendo en cuenta su vida útil estimada y el costo ajustado por adiciones y mejoras.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 5330-Depreciación de Propiedades, Planta y Equipo y las subcuentas 312804-Depreciación de Propiedades, Planta y Equipo y 327003-Depreciación de Propiedades, Planta y Equipo. Así mismo, la subcuenta Depreciación y Amortización de las cuentas que conforman la clase 7-Costos de Producción.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor acumulado de la depreciación que tengan los bienes a la fecha de enajenación, cesión, aporte u otra modalidad de retiro.
2- El valor de la depreciación acumulada de los bienes retirados del servicio por deterioro, obsolescencia, destrucción, pérdida u otras causas.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la depreciación calculada periódicamente.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 16 | 1686 |
ACTIVOS | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO | AMORTIZACIÓN ACUMULADA (CR) |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor acumulado por el reconocimiento gradual de la pérdida de capacidad productiva de los semovientes y las plantaciones agrícolas.
La contrapartida corresponde a las subcuentas 312805-Amortización de Propiedades, Planta y Equipo y 327004-Amortización de Propiedades, Planta y Equipo. Así mismo, la subcuenta Depreciación y Amortización de las cuentas que conforman la clase 7-Costos de Producción.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la amortización acumulada de los bienes retirados del servicio por diferentes causas.
2- El valor acumulado de la amortización que tengan los bienes a la fecha de enajenación, traslado o cesión a cualquier título.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la amortización calculada periódicamente.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 16 | 1690 |
ACTIVOS | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO | DEPRECIACIÓN DIFERIDA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor acumulado de las diferencias que resultan entre la depreciación contable y la fiscal, de acuerdo con las normas legales establecidas para el efecto. En el caso que la depreciación fiscal exceda a la contable, debe registrarse dicho efecto como contrapartida en impuestos diferidos; si por el contrario, la depreciación contable excede a la fiscal, dicho efecto se mostrará como contrapartida, debitando impuestos diferidos.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 2915-Créditos Diferidos y 1910-Cargos Diferidos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El exceso de la depreciación fiscal sobre la contable.
SE ACREDITA CON:
1- El defecto de la depreciación fiscal sobre la contable.
2- La liberación o amortización de la depreciación diferida.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 16 | 1695 |
ACTIVOS | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO | PROVISIONES PARA PROTECCIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (CR) |
DESCRIPCIÓN
Representa el menor valor de las propiedades, planta y equipo, resultante de comparar el exceso del valor en libros de los bienes sobre su valor de realización o costo de reposición.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 5307-Provisión para Protección de Propiedades, Planta y Equipo y las subcuentas 312801-Provisiones para Propiedades, Planta y Equipo y 327001-Provisiones para Propiedades, Planta y Equipo.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- La aplicación de la provisión por castigo, previo cumplimiento de los requisitos establecidos.
2- El valor de las provisiones en exceso.
3- El valor de la provisión en caso de retiro por venta, traslado, pérdida o baja del bien.
4- El valor de la disminución de la provisión al desaparecer la causa que la originó.
SE ACREDITA CON:
1- El valor en exceso del valor en libros sobre el valor de realización o costo de reposición.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 17 | |
ACTIVOS | BIENES DE USO PÚBLICO E HISTÓRICOS Y CULTURALES <Grupo renombrado por el artículo 3 de la Resolución 237 de 2010> |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan el valor de los bienes públicos destinados para el uso y goce de los habitantes del territorio nacional, que están orientados a generar bienestar social o a exaltar los valores culturales y preservar el origen de los pueblos y su evolución, los cuales son de dominio de la entidad contable pública. También incluye los bienes formados o adquiridos en virtud de la ejecución de contratos de concesión.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 17 | 1703 |
ACTIVOS | BIENES DE USO PÚBLICO E HISTÓRICOS Y CULTURALES <Grupo renombrado por el artículo 3 de la Resolución 237 de 2010> | MATERIALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los materiales adquiridos a cualquier título para ser utilizados en la construcción y mantenimiento de bienes de beneficio y uso público, e históricos y culturales*.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406-Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior, 3120-Superávit por Donación, 3235-Superávit por Donación, 3125-Patrimonio Público Incorporado y 3255-Patrimonio Institucional Incorporado.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo de los materiales adquiridos a cualquier título para la ejecución de proyectos específicos.
2- El valor de los materiales que se reciban en calidad de donación o cesión.
3- El reintegro de los materiales no utilizados en la construcción.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los materiales entregados para su utilización en la ejecución de proyectos específicos.
2- El valor de los materiales dados de baja por pérdida, merma, destrucción u obsolescencia, de acuerdo con las normas vigentes.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 17 | 1704 |
ACTIVOS | BIENES DE USO PÚBLICO E HISTÓRICOS Y CULTURALES <Grupo renombrado por el artículo 3 de la Resolución 237 de 2010> | MATERIALES EN TRÁNSITO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las erogaciones incurridas para la adquisición de materiales que no están disponibles para su utilización por encontrarse en trámite de importación, transporte, localización o entrega por parte de los proveedores o terceros responsables.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las erogaciones efectuadas en el proceso de importación de los materiales para la construcción de los bienes, así como las erogaciones efectuadas a proveedores nacionales.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la legalización de los materiales recibidos y trasladados a la cuenta de materiales.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 17 | 1705 |
ACTIVOS | BIENES DE USO PÚBLICO E HISTÓRICOS Y CULTURALES <Grupo renombrado por el artículo 3 de la Resolución 237 de 2010> | BIENES DE USO PÚBLICO E HISTÓRICOS Y CULTURALES EN CONSTRUCCIÓN <Cuenta renombrada por el artículo 3 de la Resolución 237 de 2010> |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos acumulados en la construcción de bienes de beneficio y uso público* e históricos y culturales que a su culminación se entregarán para el uso, goce y disfrute de la comunidad.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1703-Materiales, 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406-Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior y 1420-Avances y Anticipos Entregados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los desembolsos imputables a la construcción de los bienes.
2- El valor de los materiales recibidos para ser incorporados a las obras.
3- El valor de los costos financieros originados en las obligaciones contraídas para financiación de las obras hasta el momento en que estén disponibles para su uso.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las obras terminadas que se trasladen a bienes de beneficio y uso público* e históricos y culturales, cuando la obra se encuentre en condiciones de ser utilizada, con base en el acta de entrega.
2- El valor de los materiales reintegrados por no haber sido utilizados en la construcción.
3- El valor registrado en libros al momento de su entrega a otro ente.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 17 | 1706 |
ACTIVOS | BIENES DE USO PÚBLICO E HISTÓRICOS Y CULTURALES <Grupo renombrado por el artículo 3 de la Resolución 237de 2010> | BIENES DE USO PÚBLICO EN CONSTRUCCIÓN - CONCESIONES <Grupo renombrado por el artículo 3 de la Resolución 237 de 2010> |
<Descripción y Dinámicas modificadas por el artículo 5 de la Resolución 237 de 2010. El nuevo texto es el siguiente: >
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos aportados por la entidad contable pública para la construcción de bienes de uso público en la modalidad de contratos de concesión, así como la inversión privada, de acuerdo con los informes presentados por el concesionario.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1110-Depósitos en Instituciones Financieras, 1424-Recursos Entregados en Administración y 2915-Créditos Diferidos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1. El valor de los recursos aportados por la entidad contable pública.
2. El valor de la inversión privada, de acuerdo con los informes presentados por el concesionario.
SE ACREDITA CON:
1. El valor de las obras terminadas que se trasladen a la cuenta Bienes de Uso Público en Servicio-Concesiones.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 17 | 1710 |
ACTIVOS | BIENES DE USO PÚBLICO E HISTÓRICOS Y CULTURALES <Grupo renombrado por el artículo 3 de la Resolución 237 de 2010> | BIENES DE USO PÚBLICO EN SERVICIO <Cuenta renombrada por el artículo 3 de la Resolución 237 de 2010> |
<Descripción y Dinámicas modificadas por el artículo 5 de la Resolución 237 de 2010. El nuevo texto es el siguiente: >
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los bienes de uso público construidos o adquiridos a cualquier título, por la entidad contable pública, para el uso, goce y disfrute de la comunidad.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1705-Bienes de Uso Público e Históricos y Culturales en Construcción, 1720-Bienes de Uso Público e Históricos y Culturales Entregados a Terceros, 3120-Superávit por Donación, 3235-Superávit por Donación, 3125-Patrimonio Público Incorporado y 3255-Patrimonio Institucional Incorporado.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1. El valor de las construcciones recibidas total o parcialmente.
2. El valor de la rehabilitación o mejoramiento.
3. El valor de los bienes de uso público adquiridos a cualquier título.
SE ACREDITA CON:
1. El valor que corresponda a la pérdida que por determinación técnica se origina en fenómenos naturales, caso fortuito, fuerza mayor u otras causas.
2. El valor de los bienes que se entreguen o trasladen a otros entes públicos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 17 | 1711 |
ACTIVOS | BIENES DE USO PÚBLICO E HISTÓRICOS Y CULTURALES <Grupo renombrado por el artículo 3 de la Resolución 237 de 2010> | BIENES DE USO PÚBLICO EN SERVICIO - CONCESIONES <Cuenta renombrada por el artículo 3 de la Resolución 237 de 2010> |
<Descripción y Dinámicas modificadas por el artículo 5 de la Resolución 237 de 2010. El nuevo texto es el siguiente: >
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los bienes de uso público para el uso, goce y disfrute de la comunidad, que forman parte de un contrato de concesión el cual se encuentra en la etapa de explotación.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1706- Bienes de Uso Público en Construcción – Concesiones.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1. El valor de las obras terminadas que se trasladen de la cuenta Bienes de Uso Público en Construcción-Concesiones.
2. El valor trasladado de la cuenta Bienes de Uso Público en Servicio.
3. El valor de las erogaciones destinadas a mantener y/o conservar las condiciones de explotación de la Infraestructura, de conformidad con las cláusulas contractuales.
4. El valor de las erogaciones destinadas al mejoramiento y rehabilitación de la infraestructura, de conformidad con las cláusulas contractuales.
SE ACREDITA CON:
1. El valor de la infraestructura que se traslade a la cuenta Bienes de Uso Público en Servicio, cuando finalice el contrato de concesión.
2. El valor de la infraestructura al momento de su entrega a otro ente.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 17 | 1715 |
ACTIVOS | BIENES DE USO PÚBLICO E HISTÓRICOS Y CULTURALES <Grupo renombrado por el artículo 3 de la Resolución 237 de 2010> | BIENES HISTÓRICOS Y CULTURALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los bienes que han sido declarados históricos, culturales o del patrimonio nacional, que además han sido construidos o adquiridos a cualquier título, cuyo dominio y administración pertenece a la entidad contable pública.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406-Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior, 1705*-Bienes de Beneficio y Uso Público e Históricos y Culturales en Construcción, 3120- Superávit por Donación, 3235-Superávit por Donación, 3125-Patrimonio Público Incorporado y 3255-Patrimonio Institucional Incorporado.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo total de las obras recibidas de la cuenta Bienes de Beneficio y Uso Público* e Históricos y Culturales en Construcción, con base en las actas de entrega.
2- El costo o avalúo de los bienes adquiridos a cualquier título o incorporados, una vez surtidos los trámites de legalización correspondientes.
3- El valor de las restauraciones, reconstrucciones, adiciones y mejoras.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los bienes destruidos.
2- El valor de los bienes históricos y culturales que se trasladen a otra entidad contable pública.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 17 | 1720 |
ACTIVOS | BIENES DE USO PÚBLICO E HISTÓRICOS Y CULTURALES <Grupo renombrado por el artículo 3 de la Resolución 237 de 2010> | BIENES DE USO PÚBLICO E HISTÓRICOS Y CULTURALES ENTREGADOSA TERCEROS <Cuenta renombrada por el artículo 3 de la Resolución 237 de 2010> |
<Descripción y Dinámicas modificadas por el artículo 5 de la Resolución 237 de 2010. El nuevo texto es el siguiente: >
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los bienes de la infraestructura de transporte que son entregados a otra entidad contable pública con el fin de que gestione contratos de concesión, así como los bienes históricos y culturales entregados a terceros para su administración, los cuales deben restituirse en las condiciones establecidas contractualmente.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1710- Bienes de Uso Público en Servicio y 1715-Bienes Históricos y Culturales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1. El valor de los bienes de uso público e históricos y culturales entregados a terceros para su administración.
2. El valor en libros de los bienes de uso público entregados a otra entidad pública para gestionar contratos de concesión.
SE ACREDITA CON:
1. El valor en libros de los bienes entregados y su reclasificación al activo correspondiente, una vez restituidos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 17 | 1785 |
ACTIVOS | BIENES DE USO PÚBLICO E HISTÓRICOS Y CULTURALES <Grupo renombrado por el artículo 3 de la Resolución 237 de 2010> | AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE BIENES DE USO PÚBLICO (CR) <Cuenta renombrada por el artículo 3 de la Resolución 237 de 2010> |
<Descripción y Dinámicas modificadas por el artículo 5 de la Resolución 237 de 2010. El nuevo texto es el siguiente: >
DESCRIPCIÓN
Representa el valor acumulado de la pérdida de capacidad de utilización de los bienes de uso público que no están concesionados, por el uso u otros factores, teniendo en cuenta su vida útil estimada y el costo de las rehabilitaciones y el mejoramiento.
La contrapartida corresponde a las subcuentas 312806-Amortización de Bienes de Uso Público y 327005-Amortización de Bienes de Uso Público.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la amortización acumulada de los bienes entregados o trasladados a otros entes públicos.
2. El valor de la amortización de los bienes retirados del servicio por deterioro, destrucción u otras causas.
SE ACREDITA CON:
1. El valor de la amortización calculada periódicamente.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 18 | |
ACTIVOS | RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan el valor de los recursos naturales no renovables que, por sus propiedades, se encuentran en la naturaleza sin que hayan sido objeto de transformación. También incluye las inversiones orientadas a su explotación.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 18 | 1820 |
ACTIVOS | RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES | RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las reservas probadas de recursos en minas, yacimientos y otros, estimado mediante la aplicación de métodos de reconocido valor técnico La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 3125-Patrimonio Público Incorporado.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor determinado mediante métodos de reconocido valor técnico.
2- El mayor valor de las reservas probadas, determinado mediante estudio técnico, por variaciones en cantidades o precios.
SE ACREDITA CON:
1- El menor valor de las reservas probadas, determinado mediante estudio técnico, por variaciones en cantidades o precios.
2- La cancelación del valor del recurso por agotamiento total.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 18 | 1825 |
ACTIVOS | RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES | AGOTAMIENTO ACUMULADO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN (CR) |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor acumulado por la reducción de la cantidad disponible de reservas probadas, como resultado de las unidades extraídas de los recursos naturales no renovables. El valor de las unidades extraídas deberá considerar el precio de las unidades de reserva, al momento de la extracción determinado técnicamente. El agotamiento de los recursos naturales no renovables formará parte del costo de producción cuando la reserva probada sea registrada por la misma entidad que lleva a cabo la extracción, en tanto que cuando la explotación es llevada a cabo por un tercero, se constituye en un menor valor del patrimonio.
La contrapartida corresponde a la subcuenta Reservas Extraídas que hace parte de las cuentas 7109-Petróleo Crudo, 7110-Gas Natural, 7114-Productos de Minas y la subcuenta 312803-Agotamiento de Recursos Naturales No Renovables.
DINÁMICA
SE DEBITA CON
1- El valor del agotamiento acumulado de los recursos naturales no renovables retirados de explotación.
SE ACREDITA CON
1- El valor del agotamiento calculado por las unidades extraídas del recurso natural no renovable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 18 | 1840 |
ACTIVOS | RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES | INVERSIONES EN RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos en la etapa de exploración que tengan relación directa con el descubrimiento de reservas específicas, siempre que estén asociados con áreas que resulten productoras. También está conformada por los costos incurridos en la etapa de desarrollo hasta que se inicie la etapa de producción, excepto los que corresponden a propiedades, planta y equipo. Incluye la estimación de los costos de abandono.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1420-Avances y Anticipos Entregados, 1910-Cargos Diferidos, 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406-Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior, 2425-Acreedores, 2440- Impuestos, Contribuciones y Tasas por Pagar, 2505-Salarios y Prestaciones Sociales, 2715-Provisión para Prestaciones Sociales y 2790-Provisiones Diversas.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las inversiones necesarias y costos incurridos para colocar el recurso natural no renovable, en condiciones de explotación.
SE ACREDITA CON:
1- La cancelación de los registros por amortización del total de la inversión.
2- El valor estimado mediante estudio técnico de los costos de abandono.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 18 | 1845 |
ACTIVOS | RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES | AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE INVESIONES EN RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN (CR) |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor acumulado de la amortización gradual de las inversiones en recursos naturales no renovables, calculada con base en estudios técnicos.
La contrapartida corresponde a la subcuenta Depreciación y Amortización de las cuentas 7109- Petróleo Crudo, 7110-Gas Natural, 7114-Productos de Minas y 7115-Sal.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor pendiente de amortizar por pérdidas originadas en fenómenos naturales, caso fortuito o fuerza mayor.
2- La cancelación de los registros por amortización del total de la inversión.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la amortización periódica, determinada técnicamente.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 19 | |
ACTIVOS | OTROS ACTIVOS |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan los recursos, tangibles e intangibles, que son complementarios para el cumplimiento de las funciones de cometido estatal de la entidad contable pública o están asociados a su administración, en función de situaciones tales como posesión, titularidad, modalidad especial de adquisición, destinación, o su capacidad para generar beneficios o servicios futuros.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 19 | 1901 |
ACTIVOS | OTROS ACTIVOS RENOVABLES | RESERVA FINANCIERA ACTUARIAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los activos destinados por la entidad contable pública empleadora, en desarrollo de las disposiciones legales vigentes, para la atención de sus obligaciones pensionales.
La contrapartida corresponde a las subcuentas objeto de la reclasificación, o la del ingreso correspondiente.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las cotizaciones recibidas.
2- El valor neto de los activos destinados al pago del pasivo pensional.
3- El valor de los encargos fiduciarios constituidos.
4- El valor de las inversiones en títulos.
5- El valor de los rendimientos obtenidos de conformidad con las cláusulas convenidas en los encargos fiduciarios.
6- El mayor valor generado por la actualización de las inversiones.
SE ACREDITA CON:
1- Los pagos del pasivo pensional.
2- El valor de los gastos generados con cargo a los encargos fiduciarios constituidos, de conformidad con las cláusulas convenidas.
3- El menor valor generado por la actualización de las inversiones.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 19 | 1905 |
ACTIVOS | OTROS ACTIVOS RENOVABLES | BIENES Y SERVICIOS PAGADOS POR ANTICIPADO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los pagos anticipados por concepto de la adquisición de bienes y servicios que se recibirán de terceros, cuando las normas de contratación
le permitan a la entidad contable pública hacer esta modalidad de pago, en desarrollo de sus funciones de cometido estatal.
Estos pagos deben amortizarse durante el período en que se reciban los bienes y servicios, o se causen los costos o gastos.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los pagos anticipados por cada uno de los conceptos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la amortización durante el período de causación del gasto o costo.
2- El valor de los bienes y servicios recibidos, en cumplimiento de los contratos, los cuales deben ser registrados en las cuentas de activo o gasto que correspondan.
3- El valor de la recuperación por la terminación anticipada de los compromisos contractuales.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 19 | 1910 |
ACTIVOS | OTROS ACTIVOS RENOVABLES | CARGOS DIFERIDOS |
<Descripción y Dinámica modificados por el artículo 2 de la Resolución 499 de 2013. El nuevo texto es el siguiente:>
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos y gastos incurridos para la adquisición de bienes o servicios que con razonable seguridad, proveerán beneficios económicos futuros o un potencial de servicio en desarrollo de las funciones de cometido estatal de la entidad contable pública. Así mismo, incluye las transferencias condicionadas y los descuentos en la colocación de bonos y títulos.
Los cargos diferidos se amortizarán durante los períodos en los cuales se espera percibir los beneficios de los costos y gastos incurridos, de acuerdo con los estudios de factibilidad para su recuperación, los períodos estimados de consumo de los bienes o servicios, o la vigencia de los respectivos contratos, según corresponda. En el caso de las transferencias condicionadas, la amortización se efectuará con el cumplimiento de la condición, y en el caso del descuento de los bonos y títulos colocados, se amortizará en el tiempo de maduración de los mismos.
La subcuenta 191027-Reconocimiento Deuda Ley 546/99 representa la diferencia de las deudas de los acreedores hipotecarios que es reconocida por la Nación a las entidades financieras en cumplimiento de la Ley 546 de 1999. Este valor se amortizará durante el tiempo de maduración de los títulos emitidos.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2403-Transferencias por Pagar, 2406-Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior, y 1690-Depreciación Diferida; la subcuenta 190513-Estudios y Proyectos; y las subcuentas que registran los Bonos y Títulos Colocados de los grupos 22- Operaciones de Crédito Público y Financiamiento con Banca Central y 23- Operaciones de Financiamiento e Instrumentos Derivados.
DINÁMICA
Se debita con:
1. El valor de los costos y gastos registrados en la etapa de investigación, estudio, desarrollo, organización, construcción, instalación, montaje y puesta en marcha de proyectos específicos, hasta el momento en que empieza a generar beneficios.
2. El valor del impuesto diferido originado por las diferencias temporales entre la contabilidad y las declaraciones tributarias.
3. El valor de los descuentos originados en la colocación de bonos y títulos.
4. El valor de las transferencias condicionadas entregadas.
Se acredita con:
1. El valor de los gastos y costos causados periódicamente.
2. Las erogaciones por gastos de exploración en áreas que resulten productoras que se trasladen a la cuenta 1840-Inversiones en Recursos Naturales no Renovables en Explotación.
3. El valor de la amortización cíe los descuentos originados en la colocación de bonos y títulos.
4. El valor de la amortización de las transferencias condicionadas entregadas.
5. El valor de las transferencias condicionadas no ejecutadas.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 19 | 1915 |
ACTIVOS | OTROS ACTIVOS RENOVABLES | OBRAS Y MEJORAS EN PROPIEDAD AJENA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los desembolsos efectuados para adicionar, acondicionar, mejorar o ampliar, en forma significativa, la capacidad operacional de los bienes inmuebles de propiedad de terceros, que son utilizados por la entidad contable pública para el desarrollo de sus funciones de cometido estatal.
Las obras y mejoras en propiedad ajena deben amortizarse durante el período menor que resulte, entre la vigencia del contrato que ampare el uso de la propiedad, o la vida útil estimada de los bienes producto de las adiciones o mejoras realizadas.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406-Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior y 1420-Avances y Anticipos Entregados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las erogaciones en que se incurra por las adiciones o mejoras realizadas.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la amortización causada periódicamente.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 19 | 1920 |
ACTIVOS | OTROS ACTIVOS RENOVABLES | BIENES ENTREGADOS A TERCEROS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los bienes muebles e inmuebles de propiedad de la entidad contable pública entregados a terceros mediante contrato, para su uso, administración o explotación que deberán restituirse en las condiciones establecidas en los contratos que amparan la entrega de los mismos. En esta cuenta se registran los bienes que se entregan en comodato a las empresas así como los que entreguen las empresas a entidades del gobierno general.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1605-Terrenos, 1610-Semovientes, 1640-Edificaciones, 1645-Plantas, Ductos y Túneles, 1650-Redes, Líneas y Cables, 1655-Maquinaria y Equipo, 1660-Equipo Médico y Científico, 1665-Muebles, Enseres y Equipo de Oficina, 1670-Equipos de Comunicación y Computación, 1675-Equipos de Transporte, Tracción y Elevación y 1680-Equipos de Comedor, Cocina, Despensa y Hotelería.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los bienes entregados a terceros para su uso, administración o explotación.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la restitución de los bienes entregados y su reclasificación al activo correspondiente.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 19 | 1922 |
ACTIVOS | OTROS ACTIVOS RENOVABLES | PROVISIONES PARA PROTECCIÓN DE BIENES ENTREGADOS A TERCEROS (CR) |
DESCRIPCIÓN
Representa el menor valor de los bienes entregados a terceros, resultante de comparar el exceso del valor en libros de los bienes sobre su valor de realización o costo de reposición.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 5309-Provisiones para Protección de Bienes Entregados a Terceros y las subcuentas 312802- Provisión para Otros Activos y 327002-Provisión para Otros Activos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- La aplicación de la provisión por castigo, previo cumplimiento de los requisitos establecidos.
2- El valor de las provisiones en exceso.
3- El valor de la provisión en caso de retiro por venta, traslado, pérdida o baja del bien.
4- El valor de la disminución de la provisión al desaparecer la causa que la originó.
SE ACREDITA CON:
1- El valor en exceso del valor en libros sobre el valor de realización o costo de reposición.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 19 | 1925 |
ACTIVOS | OTROS ACTIVOS RENOVABLES | AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE BIENES ENTREGADOS A TERCEROS (CR) |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor acumulado de las amortizaciones graduales registradas sobre los bienes entregados a terceros, como consecuencia de la pérdida de capacidad operacional que se produce en la utilización de los bienes por parte de terceros, con base en el valor en libros de los bienes y los años de vida útil estimados.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 5344-Amortización de Bienes Entregados a Terceros y las subcuentas 312807- Amortización de Otros Activos y 327006-Amortización de Otros Activos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la amortización acumulada que tengan los bienes al momento de su enajenación.
2- El valor de la amortización acumulada de los bienes retirados del servicio por deterioro, destrucción, pérdida u otras causas.
3- El valor de la amortización acumulada de los traslados de bienes que se efectúen a otros entes públicos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la amortización causada periódicamente.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 19 | 1926 |
ACTIVOS | OTROS ACTIVOS RENOVABLES | DERECHOS EN FIDEICOMISO |
<Descripción y Dinámica modificadas por el artículo 4 de la Resolución 585 de 2009. El nuevo texto es el siguiente:>
DESCRIPCION
Representa el valor de los derechos fiduciarios originados en virtud de la celebración de contratos de fiducia mercantil, que dan al fideicomitente la posibilidad de ejercerlos de acuerdo con el acto constitutivo o la Ley.
La contrapartida corresponde al tipo de bien o derecho entregado para la constitución del patrimonio autónomo. Tratándose de la titularización de flujos futuros, la contrapartida corresponde a las subcuentas 291010-Procesos de titularización nacional o 291011-Procesos de titularización en el exterior, de la cuenta 2910-INGRESOS RECIBIDOS POR ANTICIPADO.
Dinámica
SE DEBITA CON:
1. El valor del derecho adquirido en el respectivo negocio fiduciario.
2. El mayor valor de los derechos, producto de la actualización.
3. El valor de la colocación de los títulos en una titularización de flujos futuros.
SE ACREDITA CON:
1. El valor de los flujos de efectivo recibidos originados en procesos de titularización.
2. El menor valor de los derechos, producto de la actualización.
3. El valor de los bienes y derechos restituidos, a la terminación del negocio fiduciario.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 19 | 1930 |
ACTIVOS | OTROS ACTIVOS RENOVABLES | BIENES RECIBIDOS EN DACIÓN DE PAGO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los bienes muebles e inmuebles, acciones y participaciones recibidas por la entidad contable pública, en pago de créditos y préstamos a su favor, de conformidad con las normas legales.
El valor de los bienes recibidos en dación de pago debe incrementarse por concepto de los gastos necesarios en que se incurra para ponerlos en condiciones de utilización o enajenación.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas de los grupos 13-Rentas por Cobrar y 14- Deudores.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor por el cual se recibe el bien o derecho.
2- Los gastos necesarios para colocar el bien en condiciones de venta o utilización.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los bienes y derechos enajenados.
2- El valor de los bienes y derechos reclasificados a las cuentas correspondientes, cuando de conformidad con las normas se van a utilizar, administrar o explotar por la entidad contable pública.
3- El valor de los castigos debidamente autorizados.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 19 | 1935 |
ACTIVOS | OTROS ACTIVOS RENOVABLES | PROVISIÓN BIENES RECIBIDOS EN DACIÓN DE PAGO (CR) |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de la diferencia entre el valor de realización del bien o derecho recibido en dación de pago y el valor fijado en la dación.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 5308-Provisión Bienes Recibidos en Dación de Pago y a las subcuentas 312802-Provisión para Otros Activos y 327002- Provisión para Otros Activos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El saldo de las provisiones acumuladas, constituidas hasta la fecha de enajenación del bien o derecho.
2- El valor de las provisiones de los bienes o derechos recibidos en pago, castigados o transferidos para uso propio, debidamente autorizado.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las provisiones constituidas.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 19 | 1940 |
ACTIVOS | OTROS ACTIVOS RENOVABLES | ACTIVOS ADQUIRIDOS DE INSTITUCIONES INSCRITAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los activos adquiridos de instituciones inscritas por los Fondos de Garantías, con el fin de propender por su recuperación, de acuerdo con políticas trazadas y con los contratos de adquisición. Los activos adquiridos con este fin, son recibidos con pacto de retroventa, el cual se hará efectivo durante la vigencia o en la terminación del respectivo contrato.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los activos adquiridos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la recuperación o liquidación.
2- La readquisición de los activos por parte de la entidad inscrita.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 19 | 1941 |
ACTIVOS | OTROS ACTIVOS RENOVABLES | BIENES ADQUIRIDOS EN LEASING FINANCIERO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los contratos de arrendamiento financiero de bienes, así como los contratos de Lease back o retroarriendo, de conformidad con las normas legales vigentes.
El valor del contrato corresponde al valor presente de los cánones y opción de compra pactados, calculado a la fecha de iniciación del contrato, descontados a la tasa pactada. A los activos objeto de depreciación se les aplicarán las mismas normas técnicas y procedimientos de contabilidad pública, aplicables a las propiedades, planta y equipo.
La contrapartida corresponde a las subcuentas 230615- Contratos Leasing, 230709- Contratos Leasing, 230808- Contratos Leasing y 230906-Contratos Leasing.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor del contrato de los bienes recibidos en arrendamiento financiero.
SE ACREDITA CON:
1- El valor del impuesto a las ventas a descontar como impuesto de renta, conforme a lo previsto en las normas tributarias.
2- Con su reclasificación al activo que corresponda una vez ejercida la opción de compra.
3- Con la devolución del bien en caso de no ejercer la opción de compra.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 19 | 1942 |
ACTIVOS | OTROS ACTIVOS RENOVABLES | DEPRECIACIÓN DE BIENES ADQUIRIDOS EN LEASING FINANCIERO (CR) |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor acumulado de la depreciación por la pérdida de capacidad operacional de los bienes adquiridos mediante los contratos leasing, de conformidad con las normas vigentes.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 5331-Depreciación de Bienes Adquiridos en Leasing Financiero. Así mismo, la subcuenta Depreciación y Amortización de las cuentas que conforman la clase 7- Costos de Producción.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor del traslado a la cuenta respectiva cuando se ejerza la opción de compra de los bienes recibidos en arrendamiento financiero.
2- Por el saldo cuando el ente no ejerza la opción de compra.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la depreciación calculada periódicamente.
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los bienes muebles de carácter histórico y cultural, adquiridos a cualquier título por la entidad contable pública con el propósito de decorar.
Incluye los libros y publicaciones de investigación y consulta de la entidad contable pública, así como los de las entidades contables públicas que prestan el servicio de biblioteca.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406-Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior, 3120-Superávit por Donación, 3125-Patrimonio Público Incorporado, 3235-Superávit por Donación y 3255-Patrimonio Institucional Incorporado.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo de adquisición a cualquier título.
SE ACREDITA CON:
1- El costo del bien vendido, cedido o dado de baja.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 19 | 1970 |
ACTIVOS | OTROS ACTIVOS RENOVABLES | INTANGIBLES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos de adquisición o desarrollo del conjunto de bienes inmateriales, o sin apariencia física, que puedan identificarse, controlarse, de cuya utilización o explotación pueden obtenerse beneficios económicos futuros o un potencial de servicios. También incluye los intangibles formados, es decir, los que ha obtenido y consolidado la entidad contable pública a través del tiempo y que se caracterizan por generar ventajas comparativas frente a otras entidades.
La contrapartida corresponde a las cuentas 2401- Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406- Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior y 3237- Superávit por Formación de Intangibles.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- l valor de los intangibles desarrollados, formados y adquiridos a cualquier título.
SE ACREDITA CON:
1- l valor de la enajenación de los intangibles a cualquier título.
2- a extinción del derecho o la amortización total del intangible.
3- l valor de los ajustes que disminuyan el valor del intangible.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 19 | 1975 |
ACTIVOS | OTROS ACTIVOS RENOVABLES | AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE INTANGIBLES (CR) |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor acumulado de las amortizaciones graduales registradas sobre el valor de adquisición o desarrollo de los intangibles. Los intangibles deben ser objeto de amortización durante el lapso que corresponda a la recuperación de la inversión en que se incurrió, el período en que se obtendrán los beneficios económicos esperados por efectos de su explotación, o la duración del amparo legal o contractual de los derechos otorgados. Los intangibles formados no son objeto de amortización.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 5345-Amortización de Intangibles, a las subcuentas 312807-Amortización de Otros Activos y 327006-Amortización de Otros Activos y a la subcuenta denominada Depreciación y Amortización, de las cuentas de la clase 7-Costos de Producción.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El saldo al momento de su enajenación.
2- El valor de la amortización acumulada al término de la vida útil del intangible.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la amortización determinada para cada uno de los activos intangibles de acuerdo con sus características.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
1 | 19 | 1999 |
ACTIVOS | OTROS ACTIVOS RENOVABLES | VALORIZACIONES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor que corresponde al aumento neto del valor en libros de los activos determinado como resultado de la actualización, de conformidad con las normas técnicas.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 3115-Superávit por Valorización ó 3240- Superávit por Valorización.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El exceso del valor intrínseco de las inversiones frente a su valor en libros.
2- El exceso del valor de realización o costo de reposición de los bienes sobre el valor en libros.
SE ACREDITA CON:
1- El defecto del valor intrínseco de las inversiones frente a su valor en libros.
2- El defecto del avalúo técnico de los bienes frente a su valor en libros.
3- La valorización correspondiente a los bienes que sean vendidos, cedidos o dados de baja.
4- La reversión de la valorización de las inversiones patrimoniales en entidades no controladas cuando se adquiera o comparta el control, o se comience a ejercer influencia importante, y en consecuencia se aplique el método de participación patrimonial.
5- La reversión de la valorización de las inversiones patrimoniales en entidades que entran en proceso de liquidación.
PASIVOS
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | ||
PASIVOS |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen los grupos que representan las obligaciones ciertas o estimadas de la entidad contable pública, como consecuencia de hechos pasados, de las cuales se prevé que representarán para la entidad un flujo de salida de recursos que incorporan un potencial de servicios o beneficios económicos, en desarrollo de funciones de cometido estatal. Las cuentas que integran esta clase son de naturaleza crédito.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 21 | |
PASIVOS | OPERACIONES DE BANCA CENTRAL E INSTITUCIONES FINANCIERAS |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas representativas de las operaciones propias de banca central y de las diferentes formas de captación de los intermediarios del sistema financiero, de conformidad con las normas vigentes. Así mismo, incluye las captaciones de las entidades descentralizadas de fomento y desarrollo regional.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 21 | 2105 |
PASIVOS | OPERACIONES DE BANCA CENTRAL E INSTITUCIONES FINANCIERAS | OPERACIONES DE BANCA CENTRAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las operaciones realizadas por el Banco de la República, en cumplimiento de las funciones de la banca central. Incluye el valor nominal de los billetes emitidos y en circulación; los depósitos y exigibilidades en el Banco de la República constituidos por el Gobierno Nacional, los organismos internacionales, las entidades financieras o los particulares debidamente autorizados y, las obligaciones contraídas por el emisor con organismos del exterior.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 1105-Caja, 1107-Reservas Internacionales y 1115-Fondos Vendidos con Compromiso de Reventa y a las subcuentas 323001-Utilidad o Excedente del Ejercicio y 580334-Operaciones de Instituciones Financieras.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de las obligaciones a cargo del Banco de la República.
2- Las notas débito que se originen en las diferentes operaciones realizadas con los clientes.
3- La incineración o destrucción de los billetes deteriorados.
4- La venta de reservas internacionales.
5- Los giros o retiros con cargo a las cuentas corrientes de terceros en el Banco de la República.
SE ACREDITA CON:
1- Las consignaciones o depósitos realizados en dinero, cheques y otros títulos.
2- Las notas crédito que se originen en las diversas operaciones realizadas con los clientes.
3- El valor nominal de las emisiones autorizadas de billetes.
4- Las obligaciones que se generen a favor de la Nación como resultado de las operaciones propias del Emisor.
5- Las obligaciones contraídas con bancos del exterior.
6- La compra de reservas internacionales.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 21 | 2106 |
PASIVOS | OPERACIONES DE BANCA CENTRAL E INSTITUCIONES FINANCIERAS | TÍTULOS DE REGULACIÓN MONETARIA Y CAMBIARIA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor nominal de las obligaciones resultantes de la colocación de títulos emitidos por el Banco de la República, en desarrollo de la actividad de regulación monetaria, cambiaria y crediticia que le corresponde por Ley, tales como títulos de participación, canjeables por certificados de cambio, títulos en divisas y demás documentos empleados para realizar Operaciones de Mercado Abierto OMA y regular la liquidez del sistema financiero.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1105-Caja y 1110-Depósitos en Instituciones Financieras y la subcuenta 580334- Operaciones de Instituciones Financieras.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la redención total o parcial de los títulos colocados.
2- El menor valor por diferencia en cambio de los títulos nominados en moneda extranjera.
SE ACREDITA CON:
1- El valor nominal de los títulos emitidos y puestos en circulación.
2- El mayor valor de la diferencia en cambio de los títulos nominados en moneda extranjera.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 21 | 2110 |
PASIVOS | OPERACIONES DE BANCA CENTRAL E INSTITUCIONES FINANCIERAS | OPERACIONES DE CAPTACIÓN Y SERVICIOS FINANCIEROS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos captados por las entidades financieras y las entidades descentralizadas de fomento y desarrollo regional, de acuerdo con las normas especiales que rigen esta clase de operaciones y entidades.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 1105-Caja y 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El pago de los cheques girados o retiros efectuados.
2- El valor de las notas débito que se originen en las diferentes operaciones realizadas con los clientes.
3- La cancelación de los depósitos y redención de títulos.
SE ACREDITA CON:
1- Las consignaciones realizadas en dinero, cheques u otros títulos.
2- Las notas crédito que se originen en las diversas operaciones realizadas con los clientes.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 22 | |
PASIVOS | OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO Y FINANCIAMIENTO CON BANCA CENTRAL |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan el valor de los actos o contratos que de conformidad con las disposiciones legales sobre crédito público, tienen por objeto dotar a la entidad contable pública de recursos, bienes o servicios, con plazo para su pago, tales como empréstitos, emisión y colocación de bonos y títulos de deuda pública y, crédito de proveedores. Las operaciones de financiamiento con la banca central corresponden a los préstamos que obtiene el gobierno nacional, por parte del Banco de la República.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 22 | 2203 |
PASIVOS | OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO Y FINANCIAMIENTO CON BANCA CENTRAL | OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO INTERNAS DE CORTO PLAZO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones originadas en la contratación de empréstitos, en la emisión, suscripción y colocación de títulos de deuda pública, que se celebren exclusivamente con residentes, con plazo para su pago inferior o igual a un año.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación parcial o total de los créditos por concepto de capital.
2- El valor de la redención total o parcial de los bonos y títulos colocados.
3- El valor de los ajustes efectuados para reexpresar los saldos de las obligaciones, conforme a lo pactado.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los desembolsos recibidos por la celebración de contratos de crédito.
2- El valor nominal de los bonos y títulos colocados.
3- El valor de los ajustes efectuados para reexpresar los saldos de las obligaciones, conforme a lo pactado.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 22 | 2208 |
PASIVOS | OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO Y FINANCIAMIENTO CON BANCA CENTRAL | OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO INTERNAS DE LARGO PLAZO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones originadas en la contratación de empréstitos, en la emisión, suscripción y colocación de títulos de deuda pública y en créditos de proveedores, que se celebren exclusivamente con residentes, con plazo para su pago superior a un año.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1106-Cuenta Única Nacional, 1110-Depósitos en Instituciones Financieras y 5722- Operaciones sin Flujo de Efectivo.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación parcial o total de los créditos por concepto de capital.
2- El valor de la redención total o parcial de los bonos y títulos colocados.
3- El valor de la deuda transferida a la Nación y a las entidades territoriales.
4- El valor de los ajustes efectuados para reexpresar los saldos de las obligaciones, conforme a lo pactado.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los desembolsos recibidos por la celebración de contratos de crédito.
2- El valor nominal de los bonos y títulos colocados.
3- Las obligaciones autorizadas y adquiridas como crédito de proveedores.
4- El valor de la deuda asumida por la Nación y por las entidades territoriales.
5- El valor de las obligaciones adquiridas en cumplimiento de garantías.
6- El valor de los ajustes efectuados para reexpresar los saldos de las obligaciones, conforme a lo pactado.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 22 | 2212 |
PASIVOS | OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO Y FINANCIAMIENTO CON BANCA CENTRAL | OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO EXTERNAS DE CORTO PLAZO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones originadas en la contratación de empréstitos, en la emisión, suscripción y colocación de títulos de deuda pública que se celebren exclusivamente con no residentes, con plazo para su pago inferior o igual o a un año.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación parcial o total de los créditos por concepto de capital.
2- El valor de la redención parcial o total de los bonos y títulos colocados.
3- El valor de los ajustes efectuados para reexpresar saldos de las obligaciones conforme a lo pactado
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los desembolsos recibidos por la celebración de contratos de crédito.
2- El valor nominal de los bonos y títulos colocados.
3- El valor de los ajustes efectuados para reexpresar los saldos de las obligaciones, conforme a lo pactado.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 22 | 2203 |
PASIVOS | OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO Y FINANCIAMIENTO CON BANCA CENTRAL | OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO EXTERNAS DE LARGO PLAZO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones originadas en la contratación de empréstitos, en la emisión, suscripción y colocación de títulos de deuda pública y en créditos de proveedores, que se celebren exclusivamente con no residentes, con plazo para su pago superior a un año.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1106-Cuenta Única Nacional, 1110-Depósitos en Instituciones Financieras y 5722- Operaciones sin Flujo de Efectivo.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación parcial o total de los créditos por concepto de capital.
2- El valor de la redención parcial o total de los bonos y títulos colocados.
3- El valor de la deuda transferida a la Nación y la transferida a las entidades territoriales.
4- El valor de los ajustes efectuados para reexpresar los saldos de las obligaciones, conforme a lo pactado.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los desembolsos recibidos por la celebración de contratos de crédito.
2- El valor nominal de los bonos y títulos colocados.
3- Las obligaciones autorizadas y adquiridas como crédito de proveedores.
4- El valor de la deuda asumida por la Nación y por las entidades territoriales.
5- El valor de las obligaciones adquiridas en cumplimiento de garantías.
6- El valor de los ajustes efectuados para reexpresar los saldos de las obligaciones, conforme a lo pactado.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 22 | 2214 |
PASIVOS | OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO Y FINANCIAMIENTO CON BANCA CENTRAL | FINANCIAMIENTO CON BANCA CENTRAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones originadas en las operaciones de financiamiento con el Banco de la República.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1106-Cuenta Única Nacional.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación parcial o total de los créditos por concepto de capital.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los desembolsos recibidos.
188
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 23 | |
PASIVOS | OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO E INSTRUMENTOS DERIVADOS |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan el valor de las operaciones que no exigen las formalidades propias de las operaciones de crédito público, tales como las efectuadas para cubrir situaciones temporales de iliquidez, las obligaciones surgidas como resultado del cumplimiento de garantías de operaciones de crédito público por parte de la Nación y las entidades territoriales, y las operaciones de la Nación a corto plazo.
También incluye las obligaciones contraídas por las empresas públicas con participación del sector público igual al 50% en el capital o menor, en caso de influencia importante, tales como empréstitos y emisión y colocación de bonos y títulos; que tienen por objeto dotar a la entidad de recursos, con plazo para su pago, cuando tales operaciones se ciñen a los requerimientos jurídicos de orden comercial o financiero del sector privado, según los acuerdos o pactos de financiamiento entre las partes. Además, incluye los instrumentos derivados con fines de cobertura de pasivos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 23 | 2306 |
PASIVOS | OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO E INSTRUMENTOS DERIVADOS | OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO INTERNAS DE CORTO PLAZO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones originadas en operaciones para cubrir situaciones temporales de iliquidez, obligaciones surgidas como resultado del cumplimiento de garantías, la contratación de empréstitos y, en la emisión, suscripción y colocación de bonos y títulos de las empresas, adquiridas con residentes y con plazo para su pago inferior o igual a un año. También incluye las operaciones de la Nación a corto plazo como los créditos transitorios, de tesorería y otros créditos y, la emisión y colocación de bonos y títulos.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1106-Cuenta Única Nacional y 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación parcial o total de los créditos por concepto de capital.
2- La restitución de los fondos comprados.
3- La cancelación de los sobregiros.
4- El incumplimiento del pacto en las operaciones repo.
5- El valor de la redención parcial o total de los bonos y títulos colocados.
6- El valor de los ajustes efectuados para reexpresar los saldos de las obligaciones, conforme a lo pactado.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los desembolsos recibidos.
2- El valor de los sobregiros obtenidos.
3- La utilización del cupo ordinario o extraordinario de liquidez del Banco de la República, por parte de las entidades financieras.
4- El valor nominal de los bonos y títulos colocados.
5- El valor de los ajustes efectuados para reexpresar los saldos de las obligaciones, conforme a lo pactado.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 23 | 2307 |
PASIVOS | OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO E INSTRUMENTOS DERIVADOS | OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO INTERNAS DE LARGO PLAZO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones originadas como resultado del cumplimiento de garantías, así como la contratación de empréstitos y la colocación de bonos y títulos de las empresas, adquiridas con residentes y con plazo para su pago superior a un año.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integra la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación parcial o total de los créditos por concepto de capital.
2- El valor de la redención parcial o total de los bonos y títulos colocados.
3- El valor de los ajustes efectuados para reexpresar los saldos de las obligaciones, conforme a lo pactado.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los desembolsos recibidos.
2- El valor nominal de los bonos y títulos colocados.
3- El valor de las operaciones de crédito público transferidas a la Nación y a las entidades territoriales.
4- El valor de los ajustes efectuados para reexpresar los saldos de las obligaciones, conforme a lo pactado.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 23 | 2308 |
PASIVOS | OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO E INSTRUMENTOS DERIVADOS | OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO EXTERNAS DE CORTO PLAZO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones originadas en la contratación de empréstitos y en la emisión, suscripción y colocación de bonos y títulos, adquiridas con no residentes y con plazo para su pago inferior o igual a un año. Así mismo incluye las operaciones para cubrir situaciones temporales de iliquidez.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación parcial o total de los créditos por concepto de capital.
2- El valor de la redención total o parcial de los bonos y títulos colocados.
3- El valor de los ajustes efectuados para reexpresar los saldos de las obligaciones, conforme a lo pactado.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los desembolsos recibidos.
2- El valor nominal de las emisiones colocadas de bonos y títulos.
3- El valor de los ajustes efectuados para reexpresar los saldos de las obligaciones, conforme a lo pactado.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 23 | 2309 |
PASIVOS | OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO E INSTRUMENTOS DERIVADOS | OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO EXTERNAS DE LARGO PLAZO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones de las empresas, originadas en la contratación de empréstitos y en la emisión, suscripción y colocación de bonos y títulos, adquiridas con no residentes y con plazo para su pago superior a un año.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación parcial o total de los créditos por concepto de capital.
2- El valor de la redención parcial o total de los bonos y títulos colocados.
3- El valor de los ajustes efectuados para reexpresar los saldos de las obligaciones, conforme a lo pactado
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los desembolsos recibidos
2- El valor nominal de las emisiones colocadas de bonos y títulos.
3- El valor de los ajustes efectuados para reexpresar los saldos de las obligaciones, conforme a lo pactado.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 23 | 2311 |
PASIVOS | OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO E INSTRUMENTOS DERIVADOS | INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COB ERTURA DE OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las operaciones financieras celebradas mediante contrato, con el objeto de gestionar el riesgo de las operaciones de crédito público, que pueden efectuarse para comprar o vender activos, como divisas o títulos valores, o futuros financieros sobre tasas de cambio, tasas de interés, índices bursátiles o cualquier otro subyacente pactado, los cuales se liquidarán en fecha futura acordada.
Tratándose de Opciones, registra la utilidad del comprador y la pérdida del vendedor, producto de la actualización de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden.
La contrapartida de la subcuenta que registra los derechos corresponde a la subcuenta que registra las obligaciones, en la contabilización inicial. Posteriormente con las actualizaciones, la contrapartida de los derechos será el ingreso por la utilidad y la de las Obligaciones, el gasto por la pérdida, según corresponda.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor del derecho, en la fecha de inicio del contrato.
2- El mayor valor generado como consecuencia de la actualización de los derechos y obligaciones. Si como resultado de la actualización el derecho es mayor a la obligación, la diferencia se registra como ingreso, previa reversión del gasto por la pérdida, si existiere.
3- El valor de la utilidad del comprador de la Opción, producto de la actualización de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden, afectando el ingreso.
4- La reversión de la pérdida del vendedor de la Opción, producto de la actualización de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden, disminuyendo el gasto.
5- La disminución de la obligación por el pago de intereses pactados.
6- La disminución de la obligación por las amortizaciones del nocional.
7- La reversión total de la obligación contra el derecho, en la fecha de terminación del contrato, cuando el derecho es mayor.
8- El pago de la obligación.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la obligación, en la fecha de inicio del contrato.
2- El menor valor generado como consecuencia de la actualización de los derechos y obligaciones. Si como resultado de la actualización la obligación es mayor al derecho, la diferencia se registra como gasto, previa reversión del ingreso por la utilidad, si existiere.
3- El valor de la pérdida del vendedor de la Opción, producto de la actualización de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden, afectando el gasto.
4- La reversión de la utilidad del comprador de la Opción, producto de la actualización de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden, disminuyendo el ingreso.
5- La disminución del derecho por el cobro de intereses pactados.
6- La disminución del derecho por las amortizaciones del nocional.
7- La reversión total del derecho contra la obligación, en la fecha de terminación del contrato, cuando la obligación es mayor.
8- El recaudo del derecho
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 23 | 2312 |
PASIVOS | OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO E INSTRUMENTOS DERIVADOS | INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las operaciones financieras celebradas mediante contrato, con el objeto de gestionar el riesgo de las operaciones de financiamiento, que pueden efectuarse para comprar o vender activos, como divisas o títulos valores, o futuros financieros sobre tasas de cambio, tasas de interés o índices bursátiles, los cuales se liquidarán en fecha futura acordada. Tratándose de Opciones, registra la utilidad del comprador y la pérdida del vendedor, producto de la actualización de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden.
La contrapartida de la subcuenta que registra los derechos corresponde a la subcuenta que registra las obligaciones, en la contabilización inicial. Posteriormente con las actualizaciones, la contrapartida de los derechos será el ingreso por la utilidad y la de las Obligaciones, el gasto por la pérdida, según corresponda.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor del derecho, en la fecha de inicio del contrato.
2- El mayor valor generado como consecuencia de la actualización de los derechos y obligaciones. Si como resultado de la actualización el derecho es mayor a la obligación, la diferencia se registra como ingreso, previa reversión del gasto por la pérdida, si existiere.
3- El valor de la utilidad del comprador de la Opción, producto de la actualización de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden, afectando el ingreso.
4- La reversión de la pérdida del vendedor de la Opción, producto de la actualización de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden, disminuyendo el gasto.
5- La disminución de la obligación por el pago de intereses pactados.
6- La disminución de la obligación por las amortizaciones del nocional.
7- La reversión total de la obligación contra el derecho, en la fecha de terminación del contrato, cuando el derecho es mayor.
8- El pago de la obligación.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la obligación, en la fecha de inicio del contrato.
2- El menor valor generado como consecuencia de la actualización de los derechos y obligaciones. Si como resultado de la actualización la obligación es mayor al derecho, la diferencia se registra como gasto, previa reversión del ingreso por la utilidad, si existiere.
3- El valor de la pérdida del vendedor de la Opción, producto de la actualización de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden, afectando el gasto.
4- La reversión de la utilidad del comprador de la Opción, producto de la actualización de los derechos y obligaciones registrados en cuentas de orden, disminuyendo el ingreso.
5- La disminución del derecho por el cobro de intereses pactados.
6- La disminución del derecho por las amortizaciones del nocional.
7- La reversión total del derecho contra la obligación, en la fecha de terminación del contrato, cuando la obligación es mayor.
8- El recaudo del derecho.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | |
PASIVOS | CUENTAS POR PAGAR |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan las obligaciones que la entidad contable pública adquiere con terceros, relacionadas con las operaciones que lleva a cabo, en desarrollo de funciones de cometido estatal.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | 2401 |
PASIVOS | CUENTAS POR PAGAR | ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS NACIONALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones autorizadas por vía general, contraídas por la entidad contable pública por concepto de adquisición de bienes o servicios de proveedores nacionales, en desarrollo de sus funciones de cometido estatal. En la subcuenta 240102- Proyectos de Inversión se registrará la adquisición de bienes y servicios identificados con proyectos específicos de inversión.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de bien o servicio adquirido.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor del pago parcial o total efectuado por cada uno de los conceptos.
2- El valor de la diferencia en cambio originada en las obligaciones pactadas en moneda extranjera.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las obligaciones que se adquieran por concepto de adquisición de bienes o servicios.
2- El valor de la diferencia en cambio originada en las obligaciones pactadas en moneda extranjera.
3- El valor de la causación de los gastos financieros en que se incurra.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | 2403 |
PASIVOS | CUENTAS POR PAGAR | TRANSFERENCIAS POR PAGAR |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones contraídas por la entidad contable pública en desarrollo de sus funciones de cometido estatal, por concepto de los recursos establecidos en el presupuesto que se entregan sin contraprestación a entidades del país o del exterior, públicas o privadas. Los registros que se realicen en esta cuenta corresponden a los valores que se encuentran en la etapa de obligación de la ejecución presupuestal y no sobre la base de estimaciones. La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas del grupo 54- Transferencias.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El giro de los recursos transferidos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las transferencias causadas.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | 2406 |
PASIVOS | CUENTAS POR PAGAR | ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL EXTERIOR |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones contraídas por la entidad contable pública, por concepto de la adquisición de bienes o servicios de proveedores del exterior, en desarrollo de sus funciones de cometido estatal.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de bien o servicio adquirido.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor del pago parcial o total, efectuado por cada uno de los conceptos.
2- El valor de la diferencia en cambio originada en las obligaciones pactadas en moneda extranjera.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las obligaciones que se adquieran por concepto de adquisición de bienes o servicios.
2- El valor de la diferencia en cambio originada en las obligaciones pactadas en moneda extranjera.
3- El valor de la causación de los gastos financieros en que se incurra.
<Descripción y Dinámica para la cuenta Cuenta 2408 adicionada por el artículo 4 Resolución 160 de 2013. El nuevo texto es el siguiente:>
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | 2408 |
PASIVO | CUENTAS POR PAGAR | PROCESO DE COMPENSACIÓN FOSYGA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones contraídas por el Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), con las Empresas Promotoras de Salud (EPS) y las Entidades Obligadas a Compensar (EOC), por concepto del reconocimiento de las Unidades de Pago por Capitación (UPC), las prestaciones económicas por licencias de maternidad y paternidad y recursos destinados a financiar las incapacidades, en las subcuentas de Compensación, Solidaridad y Promoción del Fosyga. Esta cuenta es de uso exclusivo del Fosyga.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 5205-PROCESO DE COMPENSACIÓN FOSYGA.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1. El valor pagado por concepto de Unidades de Pago por Capitación (UPC), las prestaciones económicas por licencias de maternidad y paternidad y recursos destinados a financiar las incapacidades, en las subcuentas de Compensación, Solidaridad y Promoción del Fosyga.
SE ACREDITA CON:
1. El valor de las obligaciones por concepto de Unidades de Pago por Capitación (UPC), las prestaciones económicas por licencias de maternidad y paternidad y recursos destinados a financiar las incapacidades, en las subcuentas de Compensación, Solidaridad y Promoción del Fosyga.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | 2415 |
PASIVOS | CUENTAS POR PAGAR | OPERACIONES DE SEGUROS Y REASEGUROS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones a cargo del ente asegurador de carácter público, por concepto del cumplimiento de las obligaciones pactadas en operaciones de seguros, reaseguros y las operaciones conexas.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 6412-Por Seguros y Reaseguros o a la reclasificación de la cuenta 2725-Provisión para Seguros y Reaseguros.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor del pago parcial o total efectuado por cada uno de los conceptos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las obligaciones adquiridas por los diferentes conceptos de la actividad aseguradora.
2- El valor de las provisiones constituidas por concepto de seguros.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | 2420 |
PASIVOS | CUENTAS POR PAGAR | APORTES POR PAGAR A AFILIADOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las cesantías pendientes de pago, pertenecientes a los afiliados del sector público y privado.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1410-Aportes por Cobrar a Entidades Afiliadas.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El giro de las cesantías parciales o definitivas.
2- El abono a las obligaciones de los afiliados.
3- El traslado a fondos privados.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los reportes efectuados por las entidades vinculadas.
2- El abono en las cuentas individuales de los afiliados.
3- El ajuste mensual de las cuentas individuales de los afiliados por intereses.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | 2422 |
PASIVOS | CUENTAS POR PAGAR | INTERESES POR PAGAR |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los intereses causados originados en la obtención de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades de cometido estatal de la entidad contable pública.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 5801-Intereses.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de los intereses causados.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los intereses causados.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | 2423 |
PASIVOS | CUENTAS POR PAGAR | COMISIONES POR PAGAR |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las comisiones causadas originadas en la obtención de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades de cometido estatal de la entidad contable pública.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 5802-Comisiones
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de las comisiones causadas.
194
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las comisiones causadas.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | 2425 |
PASIVOS | CUENTAS POR PAGAR | ACREEDORES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones adquiridas por la entidad contable pública, en cumplimiento de sus funciones de cometido estatal, por concepto de descuentos de nómina, servicios, excedentes financieros, saldos a favor de contribuyentes por pagos de impuestos en exceso, excedentes de remates, aportes y otras obligaciones.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 5103-Contribuciones Efectivas, 5104-Aportes sobre la Nómina, 5111-Generales, al igual que los mismos conceptos para las respectivas subcuentas de los grupos 52-De Operación, 55- Gasto Público Social y la clase 7-Costos de Producción.
Igualmente, las subcuentas de las cuentas 1110- Depósitos en Instituciones Financieras, 1305-Vigencia Actual, 1310-Vigencias Anteriores, 3224-Excedentes Financieros Distribuidos (Db), 3225-Resultados de Ejercicios Anteriores, 4195-Devoluciones y Descuentos (Db), 4295-Devoluciones, Rebajas y Descuentos en Venta de Bienes (Db) y 4395-Devoluciones, Rebajas y Descuentos en Venta de Servicios (Db).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor del pago parcial o total efectuado por cada uno de los conceptos.
2- El valor de la devolución de los impuestos pagados en exceso por el contribuyente.
3- El valor del giro de los excedentes financieros.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las obligaciones que se adquieran por los diferentes conceptos.
2- El valor de los saldos a favor en las declaraciones tributarias y en los remates.
3- El valor de los dividendos, participaciones y excedentes financieros distribuidos
4- El valor de los descuentos y aportes liquidados con base en la nómina de los empleados.
5- El valor de los cheques girados no reclamados o que habiendo sido reclamados no se hicieron efectivos en el tiempo determinado por la entidad contable pública.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | 2426 |
PASIVOS | CUENTAS POR PAGAR | GASTOS FINANCIEROS POR PAGAR – OPERACIONES DE BANCA CENTRAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los gastos financieros por pagar por operaciones realizadas por el Banco de la República, en cumplimiento de las funciones de la banca central.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 6411-Operaciones de Banca Central y 580334- Operaciones de Instituciones Financieras.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los pagos parciales o totales de los gastos financieros.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las causaciones de gastos financieros por los diferentes conceptos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | 2427 |
PASIVOS | CUENTAS POR PAGAR | GASTOS FINANCIEROS POR PAGAR POR OPERACIONES DE CAPTACIÓN Y SERVICIOS FINANCIEROS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones por concepto de intereses y comisiones de las entidades financieras y de las entidades descentralizadas de fomento y desarrollo regional.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 6410-Operaciones de Captación y Servicios Financieros y la subcuenta 580334-Operaciones de Instituciones Financieras.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los pagos parciales o totales de gastos financieros.
2- El valor de los abonos en cuenta por concepto de intereses financieros
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los gastos financieros causados por los diferentes conceptos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | 2428 |
PASIVOS | CUENTAS POR PAGAR | INTERESES DE TÍTULOS EMITIDOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones que por concepto de intereses corresponde a la colocación de títulos.
Su contrapartida corresponde a la subcuenta 580144- Títulos que no Constituyen Operaciones de Crédito Público ni Operaciones de Financiamiento
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de los intereses de los títulos emitidos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado de los intereses de los títulos emitidos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | 2430 |
PASIVOS | CUENTAS POR PAGAR | SUBSIDIOS ASIGNADOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos recibidos por la entidad contable pública, en virtud de un mandato legal, con el propósito de entregarlos a la comunidad para colaborar con la solución de las necesidades básicas insatisfechas. También incluye el valor de los subsidios otorgados directamente por la entidad contable pública.
Los entes prestadores de servicios públicos domiciliarios registrarán el valor liquidado que corresponde al factor aplicado a los usuarios de los estratos 5 y 6, así como a los usuarios comerciales e industriales, destinados a subsidiar los servicios públicos domiciliarios de quienes tienen derecho. De conformidad con los procedimientos para cada sector, una vez realizada la aplicación de los subsidios, el saldo corresponderá al monto que debe girarse al Fondo de Solidaridad y Redistribución del Ingreso que corresponda.
La contrapartida corresponde a las subcuentas respectivas de la cuenta 1408-Servicios Públicos y 5550-Subsidios Asignados. Cuando los subsidios sean registrados por los Fondos de Solidaridad y Redistribución del Ingreso la contrapartida corresponde a la subcuenta 111013-Depósitos para Fondos de Solidaridad y Redistribución del Ingreso.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los giros que efectúe el Fondo a los entes prestadores que presenten situación deficitaria, después de la compensación.
2- La aplicación de los subsidios en la compensación de saldos que efectúen los entes prestadores.
3- El traslado del superávit al Fondo, por parte de los entes prestadores.
SE ACREDITA CON:
1- Los aportes recibidos por los entes prestadores para beneficiarios de subsidios.
2- La causación de los subsidios por parte del Fondo.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | 2436 |
PASIVOS | CUENTAS POR PAGAR | RETENCIÓN EN LA FUENTE E IMPUESTO DE TIMBRE |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor que ha sido recaudado por los agentes de retención frente, a todos los pagos o abonos en cuenta que realicen, excepto en los casos en los cuales no deban hacerlo por expresa disposición legal.
En la subcuenta 243625-Impuesto a las Ventas Retenido por Consignar debe registrarse el impuesto a las ventas retenido en la adquisición de bienes o servicios gravados, la cual deberá efectuarse en el momento del pago o abono en cuenta por los agentes de retención definidos en la ley.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el abono en cuenta por la adquisición de bienes y servicios y pagos laborales que generen retención en la fuente.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- Las consignaciones de los valores retenidos a favor de la administración tributaria.
2- El valor por concepto de retenciones sobre el impuesto a las ventas, correspondiente a las devoluciones y anulaciones de operaciones de bienes o servicios gravados.
SE ACREDITA CON:
1- Los valores retenidos por la entidad contable pública por los diferentes conceptos.
2- Los valores correspondientes a autorretenciones realizadas por los entes autorizados.
3- El valor retenido por concepto de IVA por las entidades contables públicas que son agentes de retención.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | 2440 |
PASIVOS | CUENTAS POR PAGAR | IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS POR PAGAR |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones a cargo de la entidad contable pública por concepto de impuestos, contribuciones y tasas, originados en las liquidaciones privadas y sus correcciones, liquidaciones oficiales y actos administrativos en firme.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 5120-Impuestos, Contribuciones y Tasas, 5220-Impuestos, Contribuciones y Tasas, 2705- Provisión para Obligaciones Fiscales y la subcuenta Impuestos de las cuentas de la clase 7-Costos de Producción.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los pagos efectuados.
2- Los valores compensados.
SE ACREDITA CON:
1- El valor liquidado de los impuestos, contribuciones y tasas pendientes de pago.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | 2445 |
PASIVOS | CUENTAS POR PAGAR | IMPUESTO AL VALOR AGREGADO – IVA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor que ha sido generado en la comercialización de bienes o prestación de servicios gravados, así como el valor descontable por la adquisición de bienes o servicios gravados, de acuerdo con las normas tributarias vigentes. Por tratarse de una cuenta corriente, puede generar un saldo a favor o a cargo de la entidad contable pública, producto de las diferentes transacciones realizadas.
En la subcuenta 244575-Impuesto a las Ventas Retenido (Db) deben registrarse las retenciones que le hayan sido practicadas a la entidad contable pública y que estén debidamente certificadas, las cuales deberán coincidir con el período de contabilización de los valores en esta subcuenta y el de inclusión en la declaración correspondiente como mayor valor del saldo a pagar o como mayor valor del saldo a favor.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas que registran las operaciones de compra y venta de bienes y servicios gravados que generen el impuesto.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor del impuesto facturado a la entidad por la adquisición de bienes y servicios.
2- El valor de los impuestos correspondientes a las devoluciones de bienes y servicios vendidos.
3- El valor pagado del saldo a cargo que resulte en los respectivos bimestres.
4- El valor de las retenciones debidamente certificadas que le hayan sido practicadas a la entidad contable pública.
SE ACREDITA CON:
1- El valor del impuesto causado o generado por la venta de bienes o servicios gravados.
2- El valor de los impuestos correspondientes a las devoluciones de bienes y servicios comprados.
3- El valor trasladado a la cuenta 1422-Anticipos o Saldos a Favor por Impuestos y Contribuciones.
4- El valor de las retenciones correspondiente a las devoluciones y anulaciones de operaciones.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | 2450 |
PASIVOS | CUENTAS POR PAGAR | AVANCES Y ANTICIPOS RECIBIDOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los dineros recibidos por la entidad contable pública, por concepto de anticipos o avances que se originan en ventas, fondos para proyectos específicos, convenios, acuerdos y contratos, entre otros.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1105-Caja y 1110- Depósitos en Instituciones Financieras.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los anticipos aplicados, producto del cumplimiento de los convenios, contratos, acuerdos o entrega de bienes.
2- La legalización de avances.
3- El valor de las devoluciones de los avances y anticipos recibidos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los dineros recibidos como avances y anticipos por la entidad contable pública.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | 2453 |
PASIVOS | CUENTAS POR PAGAR | RECURSOS RECIBIDOS EN ADMINISTRACIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los dineros recibidos por la entidad contable pública para su administración.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1105-Caja y 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
Concepto CONTADURÍA 109010 de 2008
Concepto CONTADURÍA 92107 de 2007
Concepto CONTADURIA 97838 de 2007
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los recursos reintegrados.
2- El valor de los recursos aplicados, de conformidad con lo pactado.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los recursos recibidos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | 2455 |
PASIVOS | CUENTAS POR PAGAR | DEPÓSITOS RECIBIDOS EN GARANTÍA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos recibidos por la entidad contable pública, con carácter transitorio, para garantizar el cumplimiento de contratos que así lo establezcan. Además registra los depósitos que se deriven de procesos judiciales.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1105-Caja y 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la aplicación o las devoluciones parciales o totales que realicen los contratistas o depositantes.
2- El valor de las deducciones parciales o totales, de acuerdo con las especificaciones de los contratos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los depósitos recibidos.
2- El valor deducido al momento de hacer los pagos a los contratistas.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | 2457 |
PASIVOS | CUENTAS POR PAGAR | RECURSOS RECIBIDOS POR EL FONDO DE SOLIDARIDAD Y GARANTÍA – FOSYGA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, recibidos por el Fondo de Solidaridad y Garantía –FOSYGA del recaudo realizado por las EPS y Entidades Obligadas a Compensar –EOC, por concepto de glosa o saldos no compensados, los cuales serán sometidos posteriormente al proceso de compensación, de acuerdo con las normas que así lo establezcan.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras, de acuerdo con los conceptos consignados en las cuentas del FOSYGA.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los recursos sometidos al proceso de compensación, de acuerdo con las normas vigentes que fueron devueltos a las EPS o a las entidades obligadas a compensar-EOC o debidamente reconocidos como ingresos para el FOSYGA.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los recursos recibidos de las EPS y las entidades obligadas a compensar-EOC, producto del recaudo de las cotizaciones realizadas al Sistema General de Seguridad en Salud por concepto de registros que son glosados o reportados como saldos no compensados al surtirse el correspondiente proceso de compensación.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | 2460 |
PASIVOS | CUENTAS POR PAGAR | CRÉDITOS JUDICIALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones por concepto de fallos en contra de la entidad contable pública, debidamente ejecutoriados, así como los mandamientos ejecutivos, conciliaciones administrativas y otras órdenes judiciales falladas a favor de terceros y originadas en litigios de carácter civil, laboral o administrativo.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 2710-Provisión para Contingencias. En caso de que el valor del fallo exceda el valor provisionado el concepto del gasto que originó el proceso se afectará por la diferencia.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los pagos que se efectúen a favor del demandante o beneficiario.
2- El menor valor originado en los ajustes, producto de las revisiones de las providencias que hayan sido objeto de pago.
SE ACREDITA CON:
1- El valor determinado en los fallos, laudos o conciliaciones, debidamente ejecutoriadas.
2- El mayor valor originado en los ajustes, producto de las revisiones a las providencias que hayan sido objeto de pago.
3- El valor reclasificado de la cuenta 2710-Provisión para Contingencias por concepto de fallos, laudos o conciliaciones debidamente ejecutoriadas.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | 2465 |
PASIVOS | CUENTAS POR PAGAR | PREMIOS POR PAGAR |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones contraídas en la explotación del monopolio de juegos de suerte y azar, por concepto de premios no reclamados por el público.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 6420-Juegos de Suerte y Azar.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los premios pagados al poseedor del billete, boleto o fracción premiado.
2- El valor de los premios que cumplidos los términos fijados en los procedimientos establecidos por las autoridades competentes no hayan sido reclamados y se constituyan en ingresos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los premios a pagar a los tenedores de los billetes, boletos o fracciones ganadoras.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | 2466 |
Pasivos | Cuentas por pagar | Saldos disponibles en patrimonios autónomos y otros recursos entregados en administración |
<Descripción y Dinámicas adicionadas por el artículo 2 de la Resolución 38 de 2015. El nuevo texto es el siguiente:>
Descripción
Representa el valor de las obligaciones a cargo de la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional (DGCPTN), por los recursos recibidos de las entidades contables públicas ejecutoras del Presupuesto General de la Nación, los cuales se originan en el reintegro de los saldos disponibles en patrimonios autónomos, en la cesión de derechos fiduciarios y en el reintegro de recursos girados para la ejecución de proyectos y/o administración de recursos, a través de convenios interadministrativos, de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia.
La contrapartida corresponde a las subcuentas respectivas de las cuentas 1110-Depósitos en e instituciones financieras o 1926-Derechos en fideicomiso.
Dinámica
Se debita con:
1. El valor de los recursos reintegrados que hayan sido devueltos.
2. El valor de las obligaciones canceladas con los recursos de los derechos fiduciarios cedidos a la DGCPTN.
3. El menor valor por la actualización de los derechos fiduciarios cedidos a la DGCPTN.
Se acredita con:
1. El valor de los recursos reintegrados a la DGCPTN.
2. El valor de los derechos fiduciarios cedidos a la DGCPTN.
3. El mayor valor por la actualización de los derechos fiduciarios cedidos a la DGCPTN.
4. El valor de los rendimientos financieros que se originen en los saldos disponibles en patrimonios autónomos y otros recursos entregados en administración.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | 2470 |
PASIVOS | CUENTAS POR PAGAR | RECURSOS RECIBIDOS DE LOS SISTEMAS GENERALES DE PENSIONES Y RIESGOS PROFESIONALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las cotizaciones recibidas por la entidad administradora que se encuentran pendientes de transferir a los fondos de reservas, a otra entidad administradora o al Sistema General de Riesgos Profesionales.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 111005- Cuenta Corriente o 111006-Cuenta de Ahorro.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- Los valores transferidos a los Fondos de reservas de pensiones, a la entidad administradora o al Sistema General de Riesgos Profesionales.
SE ACREDITA CON:
1- Los valores recibidos pendientes de transferir a los fondos de reserva de pensiones, a otra entidad administradora o al Sistema General de Riesgos Profesionales.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | 2475 |
PASIVOS | CUENTAS POR PAGAR | RECURSOS RECIBIDOS DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos provenientes de las cotizaciones al sistema de seguridad social en salud, que serán objeto de compensación entre las Empresas Promotoras de Salud - EPS y el Fondo de Solidaridad y Garantía en Salud - FOSYGA. Esta cuenta es de uso exclusivo de las EPS.
La subcuenta 247503-Superávit por Compensación registra los saldos que debe girar la EPS al FOSYGA como resultado del proceso de compensación.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor cancelado al FOSYGA.
2- El reconocimiento del derecho a favor de la EPS.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las cotizaciones reportadas en el formulario de declaración.
2- El valor de los rendimientos generados.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | 2480 |
PASIVOS | CUENTAS POR PAGAR | ADMINISTRACIÓN Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones a cargo de las Direcciones de Salud para la atención en salud, con los recursos destinados para el régimen subsidiado, el subsidio a la oferta y acciones de salud pública. También representa el valor de las obligaciones derivadas de la aplicación de los recursos destinados al subsidio a la oferta, el apoyo a la afiliación de las madres comunitarias y las originadas en la ejecución de los recursos de la subcuenta ECAT.
La contrapartida corresponde a las subcuentas 550208- Subsidio a la Oferta, 550210-Régimen Subsidiado, 550215-FOSYGA - ECAT y 550216-Acciones de Salud Pública.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los pagos totales o parciales de los diferentes conceptos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las obligaciones originadas en la contratación por los diferentes conceptos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 24 | 2490 |
PASIVOS | CUENTAS POR PAGAR | OTRAS CUENTAS POR PAGAR |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones contraídas por la entidad contable pública, en desarrollo de sus funciones de cometido estatal, que no se encuentran clasificadas en las otras cuentas por pagar que tienen definiciones precisas.
<Contrapartida 640102 eliminada por el artículo 4 de la Resolución 558 de 2008> La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1110-Depósitos en Instituciones Financieras y 640102-Cuotas Partes de Pensiones.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los pagos totales o parciales de los diferentes conceptos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las obligaciones por los diferentes conceptos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 25 | |
PASIVOS | OBLIGACIONES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas representativas de las obligaciones generadas en la relación laboral en virtud de normas legales, convencionales o pactos colectivos, así como las derivadas de la administración del sistema de seguridad social integral.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 25 | 2505 |
PASIVOS | OBLIGACIONES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL | SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones por pagar a los empleados como resultado de la relación laboral existente y las originadas como consecuencia del derecho adquirido por acuerdos laborales, de conformidad con las disposiciones legales.
La contrapartida corresponde al concepto Sueldos y Salarios de los grupos 51-De Administración, 52-De Operación, 55-Gasto Público Social y la clase 7-Costos de Producción. Cuando se trate de prestaciones que previamente debieron ser provisionadas, la contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 2715-Provisión para Prestaciones Sociales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El pago parcial o total de los salarios y prestaciones sociales.
2- Los traslados a los fondos administradores de cesantías.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las liquidaciones de nómina por cada uno de los conceptos.
2- El valor trasladado de los pasivos por provisiones para prestaciones sociales.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 25 | 2510 |
PASIVOS | OBLIGACIONES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL | PENSIONES Y PRESTACIONES ECONÓMICAS POR PAGAR |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones por concepto de nómina de pensiones de jubilación o vejez, invalidez y sobrevivencia, indemnizaciones sustitutivas, auxilios funerarios y demás prestaciones económicas a cargo de la entidad contable pública empleadora que asume el pago de su pasivo pensional.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de naturaleza crédito que integran la cuenta 2720-Provisión para Pensiones.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los pagos realizados por concepto de la nómina de pensiones y demás prestaciones económicas.
2- El valor de las mesadas pensionales que prescriben a favor de la entidad.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la nómina de pensiones y demás prestaciones económicas causadas.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 25 | 2550 |
PASIVOS | OBLIGACIONES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL | ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones originadas en la administración de la seguridad social en salud, con el fin de garantizar la prestación de los servicios del
Plan Obligatorio en Salud (POS), los planes de atención complementaria y los pagos que, como reconocimiento económico, deban efectuar a los afiliados y beneficiarios del sistema.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 6402-Administración de la Seguridad Social en Salud.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los pagos efectuados a favor de los afiliados al sistema.
2- El valor de los pagos por concepto de las diferentes formas de contratación orientados a garantizar la prestación de los servicios de salud.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las obligaciones derivadas de la administración del sistema de seguridad social en salud.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 25 | 2560 |
PASIVOS | OBLIGACIONES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL | ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN RIESGOS PROFESIONALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones derivadas de la prestación de servicios asistenciales y del reconocimiento de prestaciones económicas a favor de los afiliados al Sistema General de Riesgos Profesionales.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 6403-Administración de la Seguridad Social en Riesgos Profesionales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1 - El valor de los pagos por prestación de servicios asistenciales y de prestaciones económicas.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las obligaciones derivadas de servicios asistenciales y de prestaciones económicas a favor del afiliado.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 25 | 2570 |
PASIVOS | OBLIGACIONES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL |
<Descripción y Dinámicas modificadas por el artículo 5 de la Resolución 634 de 2014. El nuevo texto es el siguiente:>
Descripción
Representa el valor de las obligaciones originadas en el conjunto de prestaciones y reconocimientos económicos, a que tienen derecho los afiliados al Sistema General de Pensiones y que las administradoras de los fondos de reservas de pensiones están obligadas a garantizar.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 320701-Capital de los fondos de reservas de pensiones.
Dinámica
Se debita con:
1. El valor de los pagos de las obligaciones pensionales y otras prestaciones económicas.
Se Acredita con:
1. El valor de las obligaciones pensionales y otras prestaciones económicas.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 26 | |
PASIVOS | OTROS BONOS Y TÍTULOS EMITIDOS |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas representativas de los bonos y títulos emitidos por la entidad contable pública, que por sus características especiales no se consideran operaciones de crédito público ni operaciones de financiamiento, dado que su objetivo no es obtener o captar recursos, sino la sustitución y el reconocimiento de obligaciones.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 26 | 2625 |
PASIVOS | OTROS BONOS Y TÍTULOS EMITIDOS | BONOS PENSIONALES |
<Descripción y Dinámicas modificadas por el artículo 1 de la Resolución 39 de 2015. El nuevo texto es el siguiente:>
Representa el valor de la obligación por concepto de cuotas partes de bonos pensionales emitidos, calculada a partir de la proyección financiera que implica dicha obligación.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 510213-Cuotas partes de bonos pensionales emitidos de la cuenta 5102-Contribuciones Imputadas.
Dinámica
Se debita con:
1. El menor valor de la proyección financiera de la obligación por concepto de cuotas partes de bonos pensionales emitidos.
2. El pago de la obligación a cargo por concepto de bonos pensionales emitidos.
Se acredita:
1. El valor de la proyección financiera de la obligación por concepto de cuotas partes de bonos pensionales emitidos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 26 | 2630 |
PASIVOS | OTROS BONOS Y TÍTULOS EMITIDOS | TÍTULOS EMITIDOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los títulos emitidos que, por sus características, no han sido clasificados en otras cuentas, dentro de los cuales se encuentran los que sirven como instrumento de pago de impuestos.
La contrapartida de la subcuenta 263001-Títulos de Devolución de Impuestos-TIDIS corresponde a la subcuenta 242512-Saldos a Favor de Contribuyentes, que deberá utilizarse por las entidades que dentro de sus funciones esté la de administrar impuestos. Por su parte, la contrapartida de la subcuenta 263090-Otros Títulos Emitidos se relaciona con las subcuentas de las cuentas 1105-Caja y 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la redención total o parcial de los títulos colocados.
SE ACREDITA CON:
1- El valor nominal de los títulos emitidos y puestos en circulación.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 27 | |
PASIVOS | PASIVOS ESTIMADOS |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas representativas de las obligaciones a cargo de la entidad contable pública, originadas en circunstancias ciertas, cuya exactitud del valor depende de un hecho futuro; estas obligaciones deben ser justificables y su medición monetaria debe ser confiable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 27 | 2705 |
PASIVOS | PASIVOS ESTIMADOS | PROVISIÓN PARA OBLIGACIONES FISCALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor estimado de los impuestos por pagar en el período siguiente sobre la base de los resultados del ejercicio en curso.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 5313-Provisión para Obligaciones Fiscales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1 - El valor de las liquidaciones definitivas reclasificado a las respectivas cuentas acreedoras.
SE ACREDITA CON:
1 - El valor de las provisiones calculadas técnicamente para cada una de las obligaciones fiscales.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 27 | 2710 |
PASIVOS | PASIVOS ESTIMADOS | PROVISIÓN PARA CONTINGENCIAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor estimado, justificable y cuya medición monetaria sea confiable, de obligaciones a cargo de la entidad contable pública, ante la probable ocurrencia de eventos que afecten su situación financiera. Tal estimación deberá adelantarse mediante procedimientos de reconocido valor técnico, y no será aplicable a las obligaciones contingentes que cuenten con contragarantías, o sobre las cuales exista la opción de emprender procesos ejecutivos de recuperación.
Dichos eventos se deberán reconocer en las respectivas cuentas de orden hasta tanto sean considerados como eventuales o remotos.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 5314-Provisión para Contingencias.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las obligaciones definitivas trasladadas a las cuentas acreedoras respectivas.
2- El valor de la provisión constituida cuando desaparezcan las causas que la originaron.
SE ACREDITA CON:
1- El valor estimado de la contingencia de ocurrencia de eventos adversos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 27 | 2715 |
PASIVOS | PASIVOS ESTIMADOS | PROVISIÓN PARA PRESTACIONES SOCIALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor estimado de las obligaciones de la entidad contable pública, por concepto de acreencias laborales no consolidadas, determinadas de conformidad con las normas vigentes, convencionales o pactos colectivos.
La contrapartida corresponde al concepto Sueldos y Salarios de los grupos 51-De Administración, 52-De Operación, 55-Gasto Público Social y la clase 7-Costos de Producción.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor del traslado de las provisiones a las correspondientes cuentas del pasivo.
2- El valor de las provisiones constituidas cuando no se cumpla el lleno de los requisitos para ser exigible.
SE ACREDITA CON:
1 - El valor de las provisiones calculadas técnicamente por cada uno de los conceptos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 27 | 2720 |
PASIVOS | PASIVOS ESTIMADOS | PROVISIÓN PARA PENSIONES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor amortizado del cálculo actuarial por concepto de pensiones que corresponde a la diferencia entre el cálculo actuarial reconocido como pasivo estimado, conforme a las disposiciones legales vigentes, y el valor pendiente de amortizar.
Las subcuentas 272009-Asegurador-Cálculo Actuarial de Pensiones Actuales, 272010-Asegurador-Pensiones Actuales por Amortizar (Db), 272011-Asegurador- Cálculo Actuarial de Futuras Pensiones, 272012- Asegurador-Futuras Pensiones por Amortizar (Db), 272013-Asegurador-Cálculo Actuarial de Cuotas Partes de Pensiones y 272014-Asegurador-Cuotas Partes de Pensiones por Amortizar (Db), deberán ser utilizadas únicamente por las entidades públicas administradoras del régimen solidario de prima media con prestación definida para revelar el cálculo actuarial de mediano plazo a cargo de los fondos de reservas que administran. La amortización de dicho cálculo tendrá como contrapartida las subcuentas 640104-Amortización Cálculo Actuarial Pensiones Actuales, 640105-Amortización Cálculo Actuarial de Futuras Pensiones y 640106-Amortización Cálculo Actuarial de Cuotas Partes de Pensiones.
Las subcuentas 272003-Cálculo Actuarial de Pensiones Actuales, 272004-Pensiones Actuales por Amortizar (Db), 272005-Cálculo Actuarial de Futuras Pensiones, 272006- Futuras Pensiones por Amortizar (Db), 272007-Cálculo Actuarial de Cuotas Partes de Pensiones y 272008-Cuotas Partes de Pensiones por Amortizar (Db), deberán ser utilizadas únicamente por las entidades contables públicas empleadoras. La amortización de dicho cálculo tendrá como contrapartida las subcuentas 510209-Amortización Cálculo Actuarial Pensiones Actuales, 510210-Amortización Cálculo Actuarial de Futuras Pensiones o 520310- Amortización Cálculo Actuarial de Futuras Pensiones y 510211-Amortización Cálculo Actuarial de Cuotas Partes de Pensiones y la subcuenta Contribuciones Imputadas, de las cuentas de la clase 7-Costos de Producción.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las pensiones actuales y futuras pendientes de amortizar contra el cálculo actuarial de pensiones.
2- El valor de las cuotas partes pendientes de amortizar contra el cálculo actuarial de las cuotas partes.
3- El valor de las obligaciones definitivas por pensiones o cuotas partes reclasificado al pasivo correspondiente.
4- El menor valor del cálculo actuarial como consecuencia de su actualización.
SE ACREDITA CON:
1- El valor del cálculo actuarial y su actualización periódica contra las Pensiones por amortizar.
2- El valor del cálculo actuarial de las cuotas partes de pensiones contra las Cuotas partes de pensiones por amortizar.
3- El monto de la amortización periódica de las pensiones actuales, futuras y de las cuotas partes de pensiones contra la respectiva cuenta de gasto o costo, según corresponda.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 27 | 2721 |
PASIVOS | PASIVOS ESTIMADOS | PROVISIÓN PARA BONOS PENSIONALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor amortizado del cálculo actuarial por concepto de las liquidaciones provisionales de las cuotas partes de los bonos pensionales que debe asumir cada una de las entidades contribuyentes al valor de los mismos.
Las subcuentas 272103-Asegurador-Liquidación Provisional de Cuotas Partes de Bonos Pensionales y 272104-Asegurador-Liquidación Provisional de Cuotas Partes de Bonos Pensionales por Amortizar (Db), deberán ser utilizadas únicamente por las administradoras del régimen solidario de prima media con prestación definida en la información de los fondos de reserva que administran. La amortización del cálculo por bonos pensionales de estos fondos tiene su contrapartida en la subcuenta 640107-Amortización de la Liquidación Provisional de Cuotas Partes de Bonos Pensionales.
Las subcuentas 272101-Liquidación Provisional de Cuotas Partes de Bonos Pensionales y 272102- Liquidación Provisional de Cuotas Partes de Bonos Pensionales por Amortizar (Db), deberán ser utilizadas únicamente por las entidades contables públicas empleadoras. La amortización del cálculo por bonos pensionales tiene su contrapartida en la subcuenta 510212-Amortización de la Liquidación Provisional de Cuotas Partes de Bonos Pensionales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las liquidaciones provisionales de cuotas partes de bonos por amortizar contra la liquidación provisional de las cuotas partes de bonos.
2- El menor valor originado en reliquidaciones provisionales de las cuotas partes de los bonos pensionales contra la liquidación provisional de las cuotas partes de bonos.
3- El valor de la cuota parte del bono pensional ya emitido, trasladado a la cuenta de bonos pensionales.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las liquidaciones provisionales de las cuotas partes de bonos pensionales contra las cuotas partes de bonos por amortizar
2- El mayor valor originado en reliquidaciones provisionales de las cuotas partes de los bonos pensionales contra las cuotas partes de bonos por amortizar.
3- El monto de la amortización periódica de la liquidación provisional de las cuotas partes de bonos pensionales contra la respectiva cuenta del gasto o costo, según corresponda.
4- El valor de las cuotas partes pendientes de amortizar trasladado a la cuenta de bonos pensionales, una vez emitido el bono pensional.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 27 | 2722 |
PASIVOS | PASIVOS ESTIMADOS | PASIVO PENSIONAL CONMUTADO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de la obligación pensional conmutada parcialmente, es decir, que no libera totalmente de la responsabilidad patrimonial a la entidad contable pública que conmuta.
La contrapartida de la subcuenta 272201-Obligación Pensional Conmutada (Cr) es la subcuenta 272202- Recursos Entregados (Db).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los recursos entregados para la conmutación del pasivo pensional.
2- El valor de la obligación pensional conmutada cuando se extinga.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la obligación pensional conmutada.
2- El valor de los recursos entregados para la conmutación pensional cuando ésta se extinga
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 27 | 2725 |
PASIVOS | PASIVOS ESTIMADOS | PROVISIÓN PARA SEGUROS Y REASEGUROS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor estimado de las obligaciones originadas en los riesgos que deben cubrir las entidades contables públicas de carácter asegurador, para garantizar su cumplimiento.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 6412-Por seguros y Reaseguros.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las obligaciones definitivas trasladadas a las cuentas acreedoras respectivas.
SE ACREDITA CON:
1- El valor estimado de la provisión para cubrir las obligaciones futuras.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 27 | 2730 |
PASIVOS | PASIVOS ESTIMADOS | PROVISIÓN FONDOS DE GARANTÍAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor estimado por los Fondos de Garantías para cubrir la contingencia de pago del seguro de depósito a ahorradores, o en razón de la situación financiera de una entidad inscrita. También registra el valor de los siniestros avisados, surgidos como consecuencia de la intervención para liquidar a una institución inscrita.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 5318-Provisión Fondos de Garantías y la subcuenta 142801-Seguros de Depósitos Pagados por Recuperar.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor del seguro de depósito liquidado por pagar a favor de los beneficiarios correspondientes.
SE ACREDITA CON:
1- El valor estimado de la indemnización por seguro.
2- La constitución de la provisión por concepto de riesgos en curso.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 27 | 2790 |
PASIVOS | PASIVOS ESTIMADOS | PROVISIÓNES DIVERSAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones estimadas, efectuadas por la entidad contable pública, para cubrir eventuales gastos por conceptos diferentes a los enunciados en las cuentas definidas para representar provisiones específicas.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 5317-Provisiones Diversas.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El traslado de las provisiones a las cuentas acreedoras correspondientes.
2- El valor de la provisión constituida cuando desaparezca la causa que la originó.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las provisiones calculadas técnicamente o de conformidad con la norma que la establece.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 29 | |
PASIVOS | OTROS PASIVOS |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas representativas de las obligaciones originadas en la actuación por cuenta de terceros, pasivos susceptibles de convertirse en ingresos a través del tiempo y obligaciones que adquiere la entidad contable pública en su calidad de garante.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 29 | 2905 |
PASIVOS | OTROS PASIVOS | RECAUDOS A FAVOR DE TERCEROS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones originadas por el recaudo de ingresos de propiedad de otras entidades contables públicas, entidades privadas o personas naturales, que deben ser reintegrados a éstas, en los plazos y condiciones convenidos.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1105-Caja y 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
DINÁMICA
<Dinámica modificada por el artículo 1 de la Resolución 557 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:>
Se debita con:
1. El valor del pago efectuado a la entidad contable pública, entidad privada o persona natural.
2. El valor de la disminución de los derechos causados en la entidad contable pública.
3. Los valores trasladados por la DGCPTN a la subcuenta 472080- Recaudos, al inicio del período contable.
4. El valor de la aplicación del recaudo al concepto que corresponda.
Se acredita con:
1. El valor de los dineros recibidos por los diferentes conceptos.
2. El valor de los recaudos en la DGCPTN que al final del período contable no han sido reclasificados.
3. El valor de los recaudos en las cuentas de la entidad contable pública que no han sido aplicados al concepto correspondiente.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 29 | 2910 |
PASIVOS | OTROS PASIVOS | INGRESOS RECIBIDOS POR ANTICIPADO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos recibidos de manera anticipada por la entidad contable pública en desarrollo de sus funciones de cometido estatal, los cuales afectan los períodos en los que se produzca la contraprestación en bienes o servicios.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 1105-Caja y 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los ingresos causados en cada ejercicio.
2- El valor de las devoluciones de ingresos recibidos por no haberse prestado el servicio o entregado la contraprestación correspondiente.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los ingresos recibidos anticipadamente por los diferentes conceptos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 29 | 2915 |
PASIVOS | OTROS PASIVOS | CRÉDITOS DIFERIDOS |
<Descripción y Dinámicas modificadas por el artículo 2 de la Resolución 499 de 2013. El nuevo texto es el siguiente:>
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los pasivos que, en razón a su origen y naturaleza, tienen el carácter de ingresos y afectan varios períodos en los que deben ser aplicados o distribuidos, tales como la inversión privada en los contratos de concesión de infraestructura de transporte de acuerdo con los informes presentados por el concesionario, las transferencias condicionadas y la prima en la colocación de bonos y títulos. Esta prima se amortizará durante el tiempo de maduración de los bonos y títulos colocados. También representa el valor de la corrección monetaria diferida por el ajuste por inflación de los bienes de capital en periodo improductivo, tales como las construcciones en curso y el impuesto diferido que debe amortizarse en los períodos en los cuales se reviertan las diferencias temporales que lo originaron.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1106-Cuenta Única Nacional, 1110-Depósitos en Instituciones Financieras, 1413-Transferencias por Cobrar, 1690-Depreciación Diferida y 1706-Bienes de Uso Público en Construcción- Concesiones.
DINÁMICA
Se debita con:
1. El valor del ingreso que se reconozca durante el periodo.
2. El valor de la amortización de la corrección monetaria que le corresponde al activo, a partir del momento en que entre en funcionamiento.
3. El valor de la amortización del impuesto diferido.
4. El valor en exceso resultante de la comparación entre el valor de reposición y el valor en libros, cuando se constituya una responsabilidad fiscal.
5. El valor de la amortización de la prima originada en la colocación de bonos y títulos.
6. El recaudo de las tasas por parte del concesionario.
7. El valor de la amortización de las transferencias condicionadas recibidas.
8. El valor de las transferencias condicionadas no ejecutadas.
Se acredita con:
1. El valor de los ingresos pendientes de aplicar en períodos futuros.
2. El valor del efecto en el impuesto por las diferencias temporales originadas entre la información contable y fiscal.
3. El valor de la prima recibida en la colocación de bonos y títulos.
4. El valor de la inversión privada, de acuerdo con los informes presentados por el concesionario.
5. El valor de las transferencias condicionadas recibidas.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 29 | 2917 |
PASIVOS | OTROS PASIVOS | ANTICIPO DE IMPUESTOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor que ha sido liquidado por los contribuyentes y agentes de retención, en las declaraciones tributarias que deben aplicarse por la administración de impuestos, en el momento en que se determinen los impuestos respectivos.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas del grupo 13-Rentas por Cobrar.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la aplicación cuando se liquiden los impuestos.
SE ACREDITA CON:
1.- El valor de los anticipos liquidados en las declaraciones tributarias.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 29 | 2921 |
PASIVOS | OTROS PASIVOS | OPERACIONES FONDOS DE GARANTÍAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor determinado por los fondos de garantías y que le corresponde cancelar a los ahorradores de las entidades inscritas e intervenidas para liquidar, de conformidad con las resoluciones que para el efecto se expidan. También representa el valor sobrante por concepto de las primas de seguro de depósito y costo de garantía, a favor de las instituciones inscritas.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 2730-Provisión Fondos de Garantías y 4375-Operaciones Fondos de Garantías.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los derechos cubiertos por seguro de depósito efectivamente cancelados.
2- El valor de las devoluciones efectuadas por sobrantes de primas.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la liquidación exigible.
<Descripción y Dinámica para la Cuenta 2925 adicionada por el artículo 4 de la Resolución 139 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
CLASE | GRUPO | CUENTA |
2 | 29 | 2925 |
PASIVOS | OTROS PASIVOS | REGALÍAS DISTRIBUIDAS |
DESCRI PCIÓN
Representa el valor de los recursos recaudados en el Sistema General de Regalías-SGR y distribuidos, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. Esta cuenta debe ser utilizada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en la contabilidad del SGR.
La contrapartida de las subcuentas de esta cuenta corresponde a la subcuenta 292580-Regalías recaudadas (Db).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las regalías asignadas.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las regalías distribuidas.
PATRIMONIO
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | ||
PATRIMONIO |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen los grupos que representan bienes y derechos, deducidas las obligaciones, para cumplir las funciones de cometido estatal. Esta diferencia se encuentra representada en los recursos asignados o aportados a la entidad contable pública para su creación y desarrollo, en las diferentes modalidades de superávit y en los factores que implican su disminución. Las cuentas que integran esta clase son de naturaleza crédito.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 31 | |
PATRIMONIO | HACIENDA PÚBLICA |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan los recursos destinados para la creación y desarrollo de las entidades contables públicas del sector central de los niveles nacional y territorial. También incluye las variaciones patrimoniales originadas por el desarrollo de las funciones de cometido estatal, los procesos de actualización y las decisiones de terceros a favor de la entidad contable pública
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 31 | 3105 |
PATRIMONIO | HACIENDA PÚBLICA | CAPITAL FISCAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos asignados para la creación y desarrollo de la entidad contable pública, además de la acumulación de los traslados de otras cuentas patrimoniales, tales como los resultados del ejercicio, el patrimonio público incorporado y las provisiones, agotamiento, depreciaciones y amortizaciones de los activos de las entidades del gobierno general, que no estén asociados a la producción de bienes y la prestación de servicios individualizables.
La contrapartida corresponde al tipo de bien o derecho recibido y las cuentas patrimoniales de las cuales se efectúen los traslados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la reclasificación del déficit del ejercicio anterior, al inicio del período contable.
2- El valor de las obligaciones reclasificadas de la cuenta 3125-Patrimonio Público Incorporado, al inicio del período contable.
3- El valor reclasificado de la cuenta 3128-Provisiones, Agotamiento, Depreciaciones y Amortizaciones (Db), al inicio del período contable.
4- El valor de las rentas por cobrar y deudores originados en actividades distintas a la producción de bienes y prestación de servicios individualizables, cuando el derecho se extinga por causas diferentes a cualquier forma de pago.
5- El valor de los bienes y derechos trasladados a otras entidades contables públicas.
6- El valor de los derechos condonados.
7- El valor reclasificado a la cuenta 3140-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales.
8- El valor de los activos trasladados a otra unidad, dentro de una misma entidad contable pública.
9- El valor de los pasivos recibidos de otra unidad, dentro de una misma entidad contable pública.
10- El menor valor determinado mediante estudio técnico por variaciones en cantidades o precios, de los recursos naturales no renovables.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los recursos asignados para la creación y desarrollo de la entidad contable pública.
2- El valor de la reclasificación del excedente del ejercicio anterior, al inicio del período contable.
3- El valor de los bienes y derechos reclasificados de la cuenta patrimonio público incorporado, al inicio del período contable.
4- El valor de las obligaciones trasladadas a otras entidades contables públicas.
5- El valor de las obligaciones condonadas.
6- El valor reclasificado a la cuenta 3140-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales.
7- El valor de los pasivos trasladados a otra unidad, dentro de una misma entidad contable pública.
8- El valor de los activos recibidos de otra unidad, dentro de una misma entidad contable pública.
9- El mayor valor determinado mediante estudio técnico por variaciones en cantidades o precios, de los recursos naturales no renovables.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 31 | 3110 |
PATRIMONIO | HACIENDA PÚBLICA | RESULTADO DEL EJERCICIO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor del resultado obtenido por la entidad contable pública, como consecuencia de las operaciones realizadas durante el período contable, en desarrollo de las funciones de cometido estatal.
La contrapartida corresponde a la cuenta 5905-Cierre de Ingresos, Gastos y Costos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El déficit del ejercicio.
2- La reclasificación del excedente del ejercicio a la cuenta 3105-Capital Fiscal, al inicio del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El excedente del ejercicio.
2- La reclasificación del déficit del ejercicio a la cuenta 3105-Capital Fiscal, al inicio del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 31 | 3111 |
PATRIMONIO | HACIENDA PÚBLICA | <Denominación modificada por la Resolución 718 de 2012. El nuevo texto es el siguiente>RESULTADO DEL EJERCICIO DE ENTIDADES EN PROCESOS ESPECIALES. |
<Descrición y Dinámica modificada por la Resolución 718 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
Descripción
Representa el excedente o déficit obtenido por la entidad contable pública, como resultado de las operaciones efectuadas durante el periodo contable, en desarrollo del proceso de supresión y/o liquidación.
La contrapartida corresponde a la cuenta 5905-Cierre de Ingresos, Gastos y Costos.
Dinámica
Se debita con:
1. El déficit del ejercicio.
2. La reclasificación del excedente del ejercicio a la cuenta 3140-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales, al inicio del período contable.
Se acredita con:
1. El excedente del ejercicio.
2. La reclasificación del déficit del ejercicio a la cuenta 3140-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales, al inicio del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 31 | 3115 |
PATRIMONIO | HACIENDA PÚBLICA | SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor del aumento neto del valor en libros de los activos, determinado como resultado de la actualización, de conformidad con las normas técnicas.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1999-Valorizaciones.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la valorización del activo vendido, dado de baja, trasladado o retirado del servicio.
2- El valor de la disminución de la valorización del activo.
3- El valor reclasificado a la cuenta 3140-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales.
4- La reversión del superávit por valorización de las inversiones patrimoniales en entidades no controladas cuando se adquiera o comparta el control, o se comience a ejercer influencia importante, y en consecuencia se aplique el método de participación patrimonial.
5- La reversión del superávit por valorización de las inversiones patrimoniales en entidades que entran en proceso de liquidación.
SE ACREDITA CON:
1- El exceso del valor intrínseco de las inversiones frente a su valor en libros.
2- El exceso del valor de realización o costo de reposición de los bienes sobre el valor en libros.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 31 | 3117 |
PATRIMONIO | HACIENDA PÚBLICA | SUPERÁVIT POR EL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor correspondiente a la variación patrimonial originada en las variaciones de partidas patrimoniales distintas de los resultados, que presentan las entidades receptoras de la inversión y que, por la aplicación del método de participación patrimonial debe ser registrado por la entidad inversora.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 1208-Inversiones Patrimoniales en Entidades Controladas.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- Las variaciones patrimoniales negativas originadas en las cuentas patrimoniales distintas a los resultados del ejercicio producto de la aplicación del método de participación patrimonial.
SE ACREDITA CON:
1- Las variaciones patrimoniales positivas originadas en las cuentas patrimoniales distintas a los resultados del ejercicio producto de la aplicación del método de participación patrimonial.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 31 | 3120 |
PATRIMONIO | HACIENDA PÚBLICA | SUPERÁVIT POR DONACIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los bienes y derechos recibidos de entidades privadas, sin contraprestación económica destinados a la formación bruta de capital, con independencia de la naturaleza del bien o derecho recibido.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de bien o derecho recibido en donación.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor reclasificado a la cuenta 3140-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los bienes y derechos recibidos en donación.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 31 | 3125 |
PATRIMONIO | HACIENDA PÚBLICA | PATRIMONIO PÚBLICO INCORPORADO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las reservas de recursos naturales no renovables, por nuevos descubrimientos, incorporadas durante el período contable; de los bienes que por situaciones de legalidad, medición u otra causa especial no habían sido reconocidos; de los bienes de uso permanente recibidos sin contraprestación de otra entidad del gobierno general; y, de los bienes, derechos y obligaciones recibidos de otras entidades contables públicas. Los bienes y derechos recibidos de otras entidades contables públicas se reconocen como patrimonio público incorporado, siempre que constituyan formación bruta de capital.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de bien, derecho u obligación que se incorpore.
SE DEBITA CON:
1- El valor de las obligaciones recibidas durante el período contable.
2- La reclasificación de los recursos naturales no renovables incorporados, a la cuenta 3105-Capital Fiscal, al inicio del período contable.
3- La reclasificación de los bienes que por situaciones de legalidad, medición u otra causa especial, fueron incorporados durante el período contable.
4- La reclasificación de los bienes y derechos recibidos, a la cuenta 3105-Capital Fiscal, al inicio del período contable, excepto los bienes pendientes de legalizar y los bienes de uso permanente recibidos sin contraprestación.
5- La reclasificación de la subcuenta 312530-Bienes Pendientes de Legalizar a la subcuenta 312525- Bienes, una vez formalizada la propiedad.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los recursos naturales no renovables incorporados, durante el período contable.
2- El valor de los bienes que por situaciones de legalidad, medición u otra causa especial no habían sido reconocidos.
3- El valor de los bienes y derechos recibidos durante el período contable.
4- La reclasificación de las obligaciones recibidas a la cuenta 3105-Capital Fiscal, al inicio del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 31 | 3128 |
PATRIMONIO | HACIENDA PÚBLICA | PROVISIONES, AGOTAMIENTO, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES (DB) |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las estimaciones de carácter económico, en que incurre la entidad contable pública, derivados de contingencias de pérdida o provisiones por eventos que afecten el patrimonio público, así como el valor relativo al desgaste o pérdida de la capacidad operacional por el uso de los bienes, su consumo, o extinción. Esta cuenta será utilizada por las entidades contables públicas del Gobierno General, excepto cuando las provisiones, agotamiento, depreciaciones y amortizaciones se asocien con actividades de producción de bienes y de prestación de servicios individualizables.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1685-Depreciación Acumulada (Cr), 1686-Amortización Acumulada (Cr), 1695-Provisiones para Protección de Propiedades, Planta y Equipo (Cr), 1785*-Amortización Acumulada de Bienes de Beneficio y Uso Público (Cr), 1825-Agotamiento Acumulado de Recursos Naturales No renovables en Explotación (Cr), 1915-Obras y Mejoras en Propiedad Ajena, 1925-Amortización Acumulada de Bienes Entregados a Terceros (Cr) y 1935-Provisión Bienes recibidos en Dación de Pago (Cr).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las provisiones, depreciaciones y amortizaciones causadas durante el período contable.
2- El valor de las unidades extraídas de los recursos naturales no renovables cuando la explotación es llevada a cabo por un tercero.
SE ACREDITA CON:
1- El valor reclasificado al inicio del período contable de las provisiones, agotamiento, depreciaciones y amortizaciones a la cuenta 3105-Capital Fiscal.
2- El valor de la disminución de las provisiones constituidas en el período, al desaparecer el evento que las originó.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 31 | 3140 |
PATRIMONIO | HACIENDA PÚBLICA | PATRIMONIO DE ENTIDADES EN PROCESOS ESPECIALES |
<Descripción y Dinámica modificada por el artículo 2 de la Resolución 276 de 2012>
Descripción
Representa los valores reclasificados del capital fiscal, los resultados de ejercicios anteriores, los superávit por valorización de activos y donación, y la incorporación de bienes, derechos y obligaciones de las entidades contables públicas que entran en procesos de liquidación, supresión, fusión o escisión.
La contrapartida corresponde a las cuentas de patrimonio reclasificadas y a los pasivos trasladados.
Dinámica
Se debita con:
1. El valor de la reclasificación del déficit del ejercicio anterior al inicio del período contable.
2. El valor del traslado de los activos.
3. El valor de los pasivos incorporados.
Se acredita con:
1. La reclasificación de los saldos de las cuentas del patrimonio al iniciarse los procesos de liquidación, supresión, fusión o escisión.
2. El valor del traslado de los pasivos.
3. El valor de la reclasificación del excedente del ejercicio anterior al inicio del periodo contable.
4. El valor de los activos incorporados.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 32 | |
PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan los aportes destinados para la creación y desarrollo de entidades contables públicas descentralizadas por servicios. También incluye los recursos públicos que están orientados a fomentar el desarrollo de un sector específico y las variaciones patrimoniales originadas por la operación, los procesos de actualización y las decisiones de terceros a favor de la entidad contable pública.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 32 | 3203 |
PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL | APORTES SOCIALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos recibidos por la entidad contable pública en calidad de aportes sociales, de conformidad con normas legales que rigen la creación de entes públicos cuya naturaleza jurídica corresponde a sociedades limitadas y asimiladas.
La contrapartida corresponde al tipo de bien o derecho recibido como aporte.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor del capital que se tenga al finalizar la liquidación, fusión o escisión.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los aportes sociales recibidos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 32 | 3204 |
PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL | CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos recibidos por la entidad contable pública en calidad de aportes efectivamente otorgados, respecto de los entes públicos cuya naturaleza jurídica corresponde a sociedades anónimas y asimiladas, de conformidad con las normas que rigen su creación.
La contrapartida corresponde al tipo de recurso, bien o derecho recibido como aporte.
DINÁMICA
CAPITAL AUTORIZADO
SE DEBITA CON:
1- El valor del capital que se tenga al finalizar la liquidación, fusión o escisión.
SE ACREDITA CON:
1- El valor del aporte autorizado en las disposiciones legales de creación, así como las que autoricen su incremento.
CAPITAL POR SUSCRIBIR (DB)
SE DEBITA CON:
1- El valor del aporte autorizado en las disposiciones legales de creación, así como las que autoricen su incremento.
SE ACREDITA CON:
1- El valor del capital que se suscriba, con cargo a la cuenta de activo o a la subcuenta 320403-Capital Suscrito por Cobrar (Db)
CAPITAL SUSCRITO POR COBRAR (DB)
SE DEBITA CON:
1- El valor del capital que se suscriba y esté pendiente de recibir.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los pagos efectivamente recibidos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 32 | 3206 |
PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL | CAPITAL DE FONDOS PARAFISCALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos públicos recibidos para la creación de fondos para el fomento y desarrollo de un sector específico, que por ley son administrados por particulares.
La contrapartida corresponde al tipo de bienes o derechos recibidos como aporte.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor del capital de los fondos parafiscales al finalizar la liquidación, fusión o escisión.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los aportes iniciales y los incrementos recibidos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 32 | 3207 |
Patrimonio | Patrimonio Institucional | CAPITAL DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES |
<Descripción y Dinámicas adicionadas por el artículo 6 de la Resolución 634 de 2014. El nuevo texto es el siguiente:>
Descripción
Representa el valor de los recursos acumulados por el fondo de reservas para el pago de y obligaciones pensionales. Estos recursos provienen de cotizaciones de empleadores y afiliados, aportes estatales, cuotas partes de bonos pensionales, cuotas partes de pensiones, devoluciones de cotizaciones, aportes del Fondo de Solidaridad Pensional y el resultado del ejercicio, entre otros.
La contrapartida corresponde a la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS, las subcuentas de la cuenta 1417-RECURSOS DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES y la cuenta 3225-RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES.
Dinámica
Se debita con:
1. El valor de la reclasificación del déficit del ejercicio anterior, al inicio del período contable.
2. El valor de la obligación por la nómina de pensiones.
3. El valor de la obligación por bonos pensionales y cuotas partes de bonos pensionales.
4. El valor de la devolución de cotizaciones.
5. El valor de la obligación por cuotas partes de pensiones.
6. El valor de otras prestaciones económicas.
Se acredita con:
1. El valor de la reclasificación del excedente del ejercicio anterior, al inicio del período contable.
2. El valor de los recursos recibidos por las cotizaciones de los empleadores y trabajadores.
3. El valor de los derechos por los aportes estatales.
4. El valor de los derechos por cuotas partes de pensiones.
5. El valor de los títulos pensionales recibidos.
6. El valor de los recursos provenientes de la conmutación pensional.
7. El valor de los recursos provenientes de la convalidación pensional.
8. El valor de los reintegros pensionales.
9. El valor de las devoluciones de recursos de las administradoras de pensiones.
10. El valor de las devoluciones de mesadas pensionales no cobradas.
11. El valor de los recursos obtenidos por reconocimiento de semanas.
12. El valor de los recursos obtenidos por recuperación de cartera.
13. El valor de los intereses de mora.
14. El valor de los recursos recibidos del Fondo de Solidaridad Pensional.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 32 | 3208 |
PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL | CAPITAL FISCAL |
<Descripción y dinámica modificadas por el artículo 2 de la Resolución 189 de 2010. El nuevo texto es el siguiente:>
Descripción
Representa el valor de los recursos que han sido otorgados para la creación y desarrollo de establecimientos públicos y demás entidades no societarias, así como la acumulación de los traslados de otras cuentas patrimoniales como es el caso del patrimonio público incorporado y las provisiones, depreciaciones y amortizaciones de los activos de las entidades del gobierno general que no estén asociados a la producción de bienes y la prestación de servicios individualizables.
La contrapartida corresponde al tipo de recurso, bien o derecho recibido como aporte y las cuentas patrimoniales de las cuales se efectúen los traslados.
Dinámica
Se debita con:
1. El valor de las obligaciones reclasificadas de la cuenta 3255-Patrimonio Institucional Incorporado, al inicio del periodo contable.
2. El valor reclasificado de la cuenta 3270-Provisiones, depreciaciones y amortizaciones (Db), al inicio del periodo contable.
3. El valor de los deudores originados en actividades distintas a la producción de bienes y prestación de servicios individualizables, cuando el derecho se extinga por causas diferentes a cualquier forma de pago.
4. El valor de los bienes y derechos trasladados a otras entidades contables públicas, siempre que el traslado lo realice una entidad del gobierno general.
5. El valor de los bienes entregados por una entidad contable pública del gobierno general, para el uso permanente y sin contraprestación, a otra entidad del gobierno general.
6. El valor reclasificado a la cuenta 3260-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales.
7. El valor de los activos trasladados a otra unidad, dentro de una misma entidad contable pública.
8. El valor de los pasivos recibidos de otra unidad, dentro de una misma entidad contable pública.
Se acredita con:
1. El valor de los recursos asignados para la creación y desarrollo de la entidad contable pública.
2. El valor de los bienes y derechos reclasificados de la cuenta 3255-Patrimonio Institucional Incorporado, al inicio del período contable.
3. El valor de las obligaciones trasladadas a otras entidades contables públicas, siempre que el traslado lo realice una entidad del gobierno general.
4. El valor de las obligaciones condonadas.
5. El valor reclasificado a la cuenta 3260-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales.
6. El valor de los pasivos trasladados a otra unidad, dentro de una misma entidad contable pública.
7. El valor de los activos recibidos de otra unidad, dentro de una misma entidad contable pública.
8. El valor de los excedentes financieros asignados al establecimiento público o a la empresa industrial y comercial del Estado no societaria, cuando así lo disponga la autoridad competente.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 32 | |
PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL |
<Cuenta eliminada por el artículo 3 de la Resolución 558 de 2008>
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 32 | 3210 |
PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL | PRIMA EN COLOCACIÓN DE ACCIONES CUOTAS O PARTES DE INTERÉS SOCIAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor en exceso, con respecto a su valor nominal, originado en la venta de acciones o cuotas partes de interés social.
La contrapartida corresponde al tipo de recurso recibido como mayor valor en la colocación de acciones, cuotas o partes de interés social.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El saldo registrado en caso de liquidación, fusión, escisión, supresión o disolución de la entidad contable pública.
2- El valor de la distribución a título de dividendos o participaciones, de acuerdo con las normas legales.
SE ACREDITA CON:
1- La diferencia resultante entre el precio de venta o de recolocación de las acciones, cuotas o partes de interés social y su valor nominal o costo de readquisición.
2- El recaudo de la prima en colocación de acciones, cuotas o partes de interés social por cobrar.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 32 | 3215 |
PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL | RESERVAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos reclasificados de los resultados obtenidos por la entidad contable pública, con el fin de satisfacer los requerimientos legales o estatutarios, para fines específicos y justificados. Para el Banco de la República esta cuenta representa el valor del saldo correspondiente a la Reserva de Estabilización Monetaria y Cambiaria, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 31 de 1991 y demás normas que la modifiquen o adicionen.
La contrapartida corresponde a las subcuentas 323001-Utilidad o Excedente del Ejercicio, 323003- Utilidad por Exposición a la Inflación, 322501-Utilidad o Excedentes Acumulados y 322503-Utilidad Acumulada por Exposición a la Inflación. La contrapartida de la subcuenta 321511-Acciones y Cuotas Partes Propias Readquiridas (Db) corresponde a la cuenta 1110- Depósitos en Instituciones Financieras.
<Dinámica débito modificada por el artículo 6 de la Resolución 142 de 2009. El nuevo texto es el siguiente>
Se debita con:
1. El valor de la utilización de la reserva, cuando se aplique a la situación que la originó e implique la disminución del patrimonio.
2. El valor pagado en la readquisición de acciones o cuotas partes de interés social.
3. El valor reclasificado a la cuenta 3260-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales.
4. El valor de la distribución de la reserva, por mandato del máximo órgano social de acuerdo con las normas legales, cuando el origen y aplicación de la misma sea una inversión interna de la entidad.
SE ACREDITA CON:
1- El valor apropiado de los resultados.
2- El valor de recolocación de las acciones y cuotas partes readquiridas.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 32 | 3220 |
PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL | DIVIDENDOS Y PARTICIPACIONES DECRETADOS EN ESPECIE |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor apropiado del resultado del ejercicio y de las ganancias acumuladas hasta tanto se efectúe la correspondiente emisión de acciones, cuotas o partes de interés social y los traslados en las respectivas cuentas patrimoniales.
La contrapartida corresponde a las subcuentas 323001-Utilidad o Excedente del Ejercicio, 323003- Utilidad por Exposición a la Inflación, 322501-Utilidad o Excedentes Acumulados y 322503-Utilidad Acumulada por Exposición a la Inflación.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor pagado en acciones, cuotas o partes de interés social.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los dividendos decretados pagaderos en acciones.
2- El valor de las utilidades decretadas pagaderas en cuotas de participación.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 32 | |
PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL |
<Cuenta 3224 eliminada por el artículo 3 de la Resolución 189 de 2010>
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 32 | 3225 |
PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL | RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES |
<Descripción y dinámica modificadas por el artículo 2 de la Resolución 189 de 2010. El nuevo texto es el siguiente:>
Descripción
Representa el valor de los resultados no distribuidos, provenientes del resultado neto de los ejercicios anteriores y sobre los cuales está pendiente la decisión de su aplicación a reservas o distribución de utilidades o de excedentes; al igual que el valor de las pérdidas o déficit no absorbidos, separando los resultados correspondientes a los ajustes por inflación.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 3230-Resultados del Ejercicio.
Se debita con:
1. El valor de las pérdidas o déficit acumulados.
2. La distribución dispuesta por el máximo órgano social u organismo competente.
3. El valor de los excedentes financieros distribuidos por los establecimientos públicos y las empresas industriales y comerciales del Estado no societarias, de acuerdo con la normatividad vigente.
4. El valor de los excedentes financieros asignados al establecimiento público o a la empresa industrial y comercial del Estado no societaria, cuando así lo disponga la autoridad competente.
Se acredita con:
1- El valor de las utilidades o excedentes que se encuentran a disposición del máximo órgano social u organismo competente.
2- El valor de la absorción de las pérdidas o déficit mediante la aplicación de utilidades o excedentes.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 32 | 3230 |
PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL | RESULTADOS DEL EJERCICIO |
<Descripción y dinámica modificadas por el artículo 2 de la Resolución 189 de 2010. El nuevo texto es el siguiente:>
Descripción.
Representa el valor del resultado obtenido por la entidad contable pública, como consecuencia de las operaciones realizadas durante el período contable, en desarrollo de las funciones de cometido estatal, diferenciando la parte correspondiente a los resultados por exposición a la inflación.
La contrapartida de las subcuentas 323001-Utilidad o Excedente del Ejercicio y 323002-Pérdida o Déficit del Ejercicio corresponde a la subcuenta 590501-Cierre de Ingresos, Gastos y Costos. Por su parte, la contrapartida de la subcuenta 323003-Utilidad por Exposición a la Inflación y 323004-Pérdida por Exposición a la Inflación corresponde a la subcuenta 590502-Cierre Corrección Monetaria.
Utilidad o Excedente
Se debita con:
1. El valor del traslado a la subcuenta 322501-Utilidad o Excedentes Acumulados, al inicio del período contable.
2. El valor del traslado a la subcuenta 322503-Utilidad Acumulada por Exposición a la Inflación, al inicio del período contable.
Se acredita con:
1. El valor que resulte del cierre de ingresos, gastos y costos.
2. El valor que resulte del cierre de saldo crédito de la cuenta 4905-Corrección Monetaria.
Pérdida o Déficit
Se debita con:
1. El valor que resulte del cierre de ingresos, gastos y costos.
2. El valor que resulte del cierre del saldo débito de la cuenta 4905-Corrección Monetaria.
Se acredita con:
1. El valor del traslado a la subcuenta 322502-Pérdida o Déficit Acumulados, al inicio del período contable.
2. El valor del traslado a la subcuenta 322504-Pérdida Acumulada por Exposición a la Inflación, al inicio del periodo contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 32 | 3233 |
PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL | <Denominación modificada por la Resolución 718 de 2012. El nuevo texto es el siguiente> RESULTADO DEL EJERCICIO DE ENTIDADES EN PROCESOS ESPECIALES. |
<Descrición y Dinámica modificada por la Resolución 3 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
Descripción
Representa el excedente o déficit obtenido por la entidad contable pública, como resultado de las operaciones efectuadas durante el periodo contable, en desarrollo del proceso de supresión y/o liquidación.
La contrapartida corresponde a la cuenta 5905-Cierre de Ingresos, Gastos y Costos.
Dinámica
Se debita con:
1. El déficit del ejercicio.
2. La reclasificación del excedente del ejercicio a la cuenta 3260-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales, al inicio del período contable.
Se acredita con:
1. El excedente del ejercicio.
2. La reclasificación del déficit del ejercicio a la cuenta 3260-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales, al inicio del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 32 | 3235 |
PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL | SUPERÁVIT POR DONACIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los bienes y derechos recibidos de entidades privadas, sin contraprestación económica, destinados a la formación bruta de capital, con independencia de la naturaleza del bien o derecho recibido.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de bien o derecho recibido en donación.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor reclasificado a la cuenta 3260-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los bienes y derechos recibidos en donación.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 32 | 3237 |
PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL | SUPERÁVIT POR FORMACIÓN DE INTANGIBLES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor del incremento patrimonial por concepto del crédito mercantil, o el conocimiento técnico, formado o valuado por la entidad contable pública con base en métodos de reconocido valor técnico. La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 1970-Intangibles.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor reclasificado a la cuenta 3260-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales.
SE ACREDITA CON:
1- El valor estimado por la entidad contable pública.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 32 | 3240 |
PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL | SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor del aumento neto del valor en libros de los activos, determinado como resultado de la actualización, de conformidad con las normas técnicas.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 1999-Valorizaciones.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la valorización del activo vendido, dado de baja, trasladado o retirado del servicio.
2- El valor de la disminución de la valorización del activo.
3- El valor reclasificado a la cuenta 3260-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales.
4- La reversión del superávit por valorización de las inversiones patrimoniales en entidades no controladas cuando se adquiera o comparta el control, o se comience a ejercer influencia importante, y en consecuencia se aplique el método de participación patrimonial.
5- La reversión del superávit por valorización de las inversiones patrimoniales en entidades que entran en proceso de liquidación.
SE ACREDITA CON:
1- El exceso del valor intrínseco de las inversiones frente a su valor en libros.
2- El exceso del valor de realización o costo de reposición de los bienes sobre el valor en libros.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 32 | 3242 |
PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL | SUPERÁVIT BANCA CENTRAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los incrementos patrimoniales ocasionados por el ajuste de cambio neto, producto de la liquidación de la Cuenta Especial de Cambios; por el ajuste en cambio de las reservas internacionales y por el reintegro de la inversión neta en activos destinados a la actividad cultural y científica por parte del Gobierno
Nacional, de acuerdo con los estatutos del Banco de la República.
SE DEBITA CON:
1- El ajuste en cambio de las reservas internacionales por la revaluación del peso con respecto al dólar de los Estados Unidos de América.
2- Por el resultado neto de la liquidación de la Cuenta Especial de Cambios.
SE ACREDITA CON:
1- El valor que el Gobierno Nacional reintegre al Banco sobre la inversión en bienes para la actividad cultural.
2- El ajuste en cambio de las reservas internacionales por la devaluación del peso respecto al dólar de los Estados Unidos de América.
3- Por el resultado neto de la liquidación de la Cuenta Especial de Cambios.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 32 | 3243 |
PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL | SUPERÁVIT POR EL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor correspondiente a la variación patrimonial, originada en las partidas patrimoniales diferentes a resultados, que presentan las entidades receptoras de la inversión y que, por la aplicación del método de participación patrimonial, debe ser registrado por la entidad inversora.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 1208-Inversiones Patrimoniales en Entidades Controladas.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- Las variaciones patrimoniales negativas originadas en las cuentas patrimoniales distintas a los resultados del ejercicio producto de la aplicación del método de participación patrimonial.
SE ACREDITA CON:
1- Las variaciones patrimoniales positivas originadas en las cuentas patrimoniales distintas a los resultados del ejercicio producto de la aplicación del método de participación patrimonial.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 32 | 3245 |
PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL | REVALORIZACIÓN DEL PATRIMONIO |
DESCRIPCIÓN
Representa el saldo de la aplicación de los ajustes por inflación a las cuentas de patrimonio, acumulados hasta el 31 de diciembre de 2000 de las empresas societarias.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los ajustes capitalizados.
2- El valor reclasificado a la cuenta 3260-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales.
SE ACREDITA CON:
1- De conformidad con las disposiciones vigentes para esta cuenta no se consideran movimientos crédito.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 32 | 3255 |
PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL | PATRIMONIO INSTITUCIONAL INCORPORADO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los bienes que por situaciones de legalidad, medición u otra causa especial no habían sido reconocidos; de los bienes recibidos por las entidades del gobierno general para el uso permanente y sin contraprestación, de otra entidad del gobierno general; y, de los bienes, derechos y obligaciones recibidos de otras entidades contables públicas. Los bienes y derechos recibidos de otras entidades contables públicas se reconocen como patrimonio institucional incorporado, siempre que constituyan formación bruta de capital.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de bien, derecho u obligación que se incorpore.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las obligaciones recibidas durante el período contable.
2- La reclasificación de los bienes que por situaciones de legalidad, medición u otra causa especial, fueron incorporados durante el período contable.
3- La reclasificación de los bienes y derechos recibidos, a la cuenta 3208-Capital Fiscal, al inicio del período contable, excepto los bienes pendientes de legalizar y los bienes de uso permanente recibidos sin contraprestación.
4- La reclasificación de la subcuenta 325530-Bienes Pendientes de Legalizar a la subcuenta 325525- Bienes, una vez formalizada la propiedad.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los bienes y derechos recibidos durante el período contable.
2- El valor de los bienes que por situaciones de legalidad, medición u otra causa especial no habían sido reconocidos.
3- El valor de los bienes recibidos por una entidad contable pública del gobierno general, para su uso permanente y sin contraprestación, de otra entidad del gobierno general.
4- La reclasificación de las obligaciones recibidas a la cuenta 3208-Capital Fiscal, al inicio del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 32 | 3258 |
PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL | EFECTO DEL SANEAMIENTO CONTABLE |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor neto del Patrimonio Institucional, por efecto de la incorporación o retiro de bienes, derechos y obligaciones como consecuencia de la aplicación de la Ley 716 de 2001 acumulados al final de la vigencia de la misma, para que el órgano competente tome las decisiones que sean necesarias de acuerdo con las normas vigentes. Esta cuenta es de uso exclusivo de las empresas societarias.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor reclasificado con base en las decisiones que sobre este saldo tome el órgano competente.
SE ACREDITA CON:
1- El valor reclasificado con base en las decisiones que sobre este saldo tome el órgano competente.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 32 | 3259 |
PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL | EFECTO POR LA APLICACIÓN DEL RÉGIMEN DE CONTABILIDAD PÚBLICA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor neto del Patrimonio Institucional por efecto del retiro de los saldos de bienes y derechos, acumulados al 31 de diciembre de 2006, como consecuencia de la aplicación del Régimen de Contabilidad Pública, para que el órgano competente tome las decisiones que sean necesarias de acuerdo con las normas vigentes. Esta cuenta es de uso exclusivo de las empresas societarias.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor reclasificado con base en las decisiones que sobre este saldo tome el órgano competente.
SE ACREDITA CON:
1- El valor reclasificado con base en las decisiones que sobre este saldo tome el órgano competente.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 32 | 3260 |
PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL | PATRIMONIO DE ENTIDADES EN PROCESOS ESPECIALES |
<Descrición y Dinámica modificada por la Resolución 718 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
Descripción
Representa los valores reclasificados del capital fiscal, los resultados de ejercicios anteriores, los superávit por valorización de activos y donación, y la incorporación de bienes, derechos y obligaciones de las entidades contables públicas que entran en procesos de liquidación, supresión, fusión o escisión. En las empresas societarias no incluye los saldos de las cuentas 3203-Aportes Sociales, 3204-Capital Suscrito y Pagado y 3210-Prima en Colocación de Acciones, Cuotas o Partes de Interés Social.
La contrapartida corresponde a las cuentas de patrimonio reclasificadas y a los pasivos trasladados.
Dinámica
Se debita con:
1. El valor de la reclasificación del déficit del ejercicio anterior al inicio del período contable.
2. El valor del traslado de los activos.
3. El valor de los pasivos incorporados.
Se acredita con:
1. La reclasificación de los saldos de las cuentas del patrimonio al iniciarse los procesos de liquidación, supresión, fusión o escisión.
2. El valor del traslado de los pasivos.
3. El valor de la reclasificación del excedente del ejercicio anterior al inicio del período contable.
4. El valor de los activos incorporados.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 32 | 3265 |
PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL | RECURSOS DE COFINANCIACIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos provenientes de la cofinanciación recibida de la Nación, departamentos, distritos y/o municipios, que se constituye en fortalecimiento patrimonial de la entidad beneficiaria sin que sea considerado como aportes de capital.
La contrapartida corresponde a las subcuentas del grupo 22-Operaciones de Crédito Público y Financiamiento con Banca Central, o la subcuenta que registre el concepto en el cual se participa en la cofinanciación.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- La cancelación definitiva de las cuentas de patrimonio.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los recursos recibidos por concepto de cofinanciación que constituye fortalecimiento patrimonial.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 32 | 3270 |
PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL | PROVISIONES, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES (DB) |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las estimaciones de carácter económico en que incurre la entidad contable pública, derivados de contingencias de pérdida o provisiones por eventos que afecten el patrimonio público, así como el valor relativo al desgaste o pérdida de la capacidad operacional por el uso de los bienes, su consumo, o extinción. Esta cuenta será utilizada por las entidades contables públicas del Gobierno General, excepto cuando las provisiones, depreciaciones y amortizaciones se asocien con actividades de producción de bienes y de prestación de servicios individualizables.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1685-Depreciación Acumulada (Cr), 1686-Amortización Acumulada (Cr), 1695- Provisiones para Protección de Propiedades, Planta y Equipo (Cr), 1785*-Amortización Acumulada de Bienes de Beneficio y Uso Público (Cr), 1915-Obras y Mejoras en Propiedad Ajena, 1925-Amortización Acumulada de Bienes Entregados a Terceros (Cr) y 1935-Provisión Bienes Recibidos en Dación de Pago (Cr).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las provisiones, depreciaciones y amortizaciones causadas durante el período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor reclasificado de las provisiones, depreciaciones y amortizaciones a la cuenta 3208- Capital Fiscal, al inicio del período contable.
2- El valor de la disminución de las provisiones constituidas en el período, al desaparecer el evento que las originó.
INGRESOS
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | ||
INGRESOS |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen los grupos que representan flujos de entrada de recursos generados por la entidad contable pública, susceptibles de incrementar el patrimonio público durante el periodo contable, bien sea por aumento de activos o por disminución de pasivos, expresados en forma cuantitativa y que reflejan el desarrollo de la actividad ordinaria y los ingresos de carácter extraordinario, en cumplimiento de las funciones de cometido estatal. Las cuentas que integran esta clase son de naturaleza crédito.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 41 | |
INGRESOS | INGRESOS FISCALES |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan los recursos que percibe la entidad contable pública a través de la aplicación de las leyes que sustentan el cobro de impuestos, tasas, rentas parafiscales y otros, derivados del poder impositivo del Estado, obtenidos en desarrollo de sus funciones de cometido estatal.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 41 | 4105 |
INGRESOS | INGRESOS FISCALES | TRIBUTARIOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos exigidos sin contraprestación directa, determinados en las disposiciones legales por la potestad que tiene el Estado de establecer gravámenes.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1305-Vigencia Actual y 2917-Anticipo de Impuestos. Cuando sobre las rentas objeto de causación se hayan recibido los flujos anticipadamente por procesos de titularización, la contrapartida corresponde a las subcuentas 291010-Procesos de Titularización Nacionales y 291011-Procesos de Titularización en el Exterior, según corresponda.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las liquidaciones de corrección que disminuyan los ingresos.
2- La cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las liquidaciones privadas, correcciones y ajustes.
2- El mayor valor establecido en las liquidaciones oficiales en firme.
3- El valor de las providencias falladas en contra de los contribuyentes.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 41 | 4110 |
INGRESOS | INGRESOS FISCALES | NO TRIBUTARIOS |
DESCRIPCIÓN
<Descripción modificada por el artículo 5 de la Resolución 139 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
Representa el valor de los ingresos obtenidos de las retribuciones que efectúan los usuarios de un servicio a cargo del Estado, en contraprestación por las ventajas o beneficios que obtienen de este. Los ingresos no tributarios comprenden, entre otros, tasas, multas, intereses, sanciones, contribuciones y concesiones.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1401-INGRESOS NO TRIBUTARIOS y la 2915-CRÉDITOS DIFERIDOS.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- La cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- Los valores causados por los diferentes conceptos.
<Descripción y Dinámica para la Cuenta 4111 adicionada por el artículo 4 de la Resolución 139 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 41 | 4111 |
INGRESOS | INGRESOS FISCALES | REGALÍAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos por regalías originados en la explotación de recursos naturales no renovables. Este ingreso debe ser registrado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en la contabilidad del Sistema General de Regalías.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1405-REGALÍAS.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del periodo contable.
SE ACREDITA CON:
1- Los valores causados por los diferentes conceptos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 41 | 4114 |
INGRESOS | INGRESOS FISCALES | APORTES SOBRE LA NÓMINA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos públicos creados por disposiciones legales, que se originan en pagos obligatorios sobre la nómina de los entes públicos y privados.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1402-Aportes sobre la Nómina.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- Los valores causados por los diferentes conceptos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 41 | 4115 |
INGRESOS | INGRESOS FISCALES | RENTAS PARAFISCALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los gravámenes creados por disposiciones legales que afectan un determinado y único grupo social y económico, y se utilizan para beneficio del propio sector.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1403-Rentas Parafiscales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- Los valores causados por los diferentes conceptos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 41 | 4195 |
INGRESOS | INGRESOS FISCALES | DEVOLUCIONES Y DESCUENTOS (DB) |
DESCRIPCIÓN
Representa el menor valor de los ingresos fiscales como consecuencia de las devoluciones y descuentos originados en disposiciones legales, que se presentan en el periodo contable.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1305-Vigencia Actual, 1310- Vigencias Anteriores, 1401-Ingresos no Tributarios, 1402- Aportes sobre la Nómina, 1403-Rentas Parafiscales y las subcuentas 242512-Saldos a Favor de Contribuyentes y 242513-Saldos a Favor de Beneficiarios.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las devoluciones y descuentos.
SE ACREDITA CON:
1- La cancelación del saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 42 | |
INGRESOS | VENTA DE BIENES |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan los ingresos obtenidos por la entidad contable pública provenientes de la comercialización de bienes elaborados o producidos, o de mercancías adquiridas, en desarrollo de las actividades ordinarias.
<Descripción y Dinámica modificada por el artículo 5 de la Resolución 142 de 2009. El nuevo texto es el siguiente>
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 42 | 4201 |
INGRESOS | VENTA DE BIENES | PRODUCTOS AGROPECUARIOS, DE SILVICULTURA, AVICULTURA Y PESCA |
Descripción
Representa el valor de los ingresos causados por la entidad contable pública, originados en la venta de bienes obtenidos en desarrollo de actividades agropecuarias, de silvicultura, avicultura y pesca.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 140601- Productos agropecuarios, de silvicultura, avicultura y pesca.
Dinámica
Se debita con:
1. El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
Se acredita con:
1. El valor causado en la venta de productos agropecuarios, de silvicultura, avicultura y pesca.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 42 | 4201 |
INGRESOS | VENTA DE BIENES | PRODUCTOS DE MINAS Y MINERALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos causados por la entidad contable pública, originados en la venta de bienes extraídos, en desarrollo de actividades mineras.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 140602- Productos de Minas y Minerales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado en la venta de productos de minas y minerales extraídos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 42 | 4203 |
INGRESOS | VENTA DE BIENES | PRODUCTOS ALIMENTICIOS, BEBIDAS Y ALCOHOLES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos causados por la venta de alimentos, bebidas y alcoholes, producidos por la entidad contable pública.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 140603- Productos Alimenticios, Bebidas y Alcoholes
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado en la venta de bienes obtenidos en las actividades de producción de alimentos, bebidas y alcoholes.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 42 | 4204 |
INGRESOS | VENTA DE BIENES | PRODUCTOS MANUFACTURADOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos originados en la venta de productos manufacturados, producidos por la entidad contable pública.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 140604- Productos Manufacturados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado en la venta de los productos manufacturados obtenidos en un proceso productivo.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 42 | 4206 |
INGRESOS | VENTA DE BIENES | CONSTRUCCIONES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos causados por la entidad contable pública, originados en la venta de bienes inmuebles producidos, en desarrollo de la actividad de la construcción.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 140605- Construcciones.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado en la venta de edificios, casas, locales, entre otros.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 42 | 4210 |
INGRESOS | VENTA DE BIENES | BIENES COMERCIALIZADOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos causados por la entidad contable pública, en desarrollo de su actividad de comercialización de bienes adquiridos en el mercado, sin ser sometidos a ningún proceso de transformación.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 140606- Bienes Comercializados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado en la venta por los diferentes conceptos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 42 | 4295 |
INGRESOS | VENTA DE BIENES | DEVOLUCIONES, REBAJAS Y DESCUENTOS EN VENTA DE BIENES (DB) |
DESCRIPCIÓN
Representa el menor valor de los ingresos por la venta de bienes como consecuencia de las devoluciones, rebajas y descuentos que se presentan en el periodo contable.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1406-Venta de Bienes y 2425- Acreedores.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las devoluciones, rebajas y descuentos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 43 | |
INGRESOS | VENTA SERVICIOS |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan los ingresos obtenidos por la entidad contable pública provenientes de la comercialización de servicios en desarrollo de las actividades ordinarias.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 43 | 4305 |
INGRESOS | VENTA SERVICIOS | SERVICIOS EDUCATIVOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos causados por la entidad contable pública, originados en la prestación del servicio de educación.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 140701- Servicios Educativos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado por la prestación de servicios educativos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 43 | 4311 |
INGRESOS | VENTA SERVICIOS | ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos obtenidos por las Empresas Promotoras de Salud - EPS, en la organización y garantía de la prestación de los servicios de salud incluidos en el plan obligatorio de salud - POS, de los regímenes contributivo y subsidiado.
El sistema general de seguridad social en salud reconoce a cada EPS un valor percápita, denominado Unidad de Pago por Capitación - UPC.
Adicionalmente, comprende los ingresos por cuotas moderadoras, a cargo de los afiliados cotizantes y beneficiarios, establecidas con el propósito de racionalizar el uso de los servicios del sistema y, el valor de los copagos, que son aquellos aportes en dinero que corresponden a una parte del valor del servicio demandado y tienen como finalidad, contribuir a financiar el sistema.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1411-Administración del Sistema de Seguridad Social en Salud.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los ingresos causados por los diferentes conceptos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 43 | 4312 |
INGRESOS | VENTA DE SERVICIOS | SERVICIOS DE SALUD |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos causados por la entidad contable pública, originados en la prestación de los servicios de salud y conexos, en desarrollo de sus funciones de cometido estatal. Los ingresos se reconocen en los centros de costos que integran cada una de las unidades funcionales.
Se entiende por Unidad Funcional, el conjunto de procesos específicos, los procedimientos y actividades que los componen, los cuales son ejecutados dentro de una secuencia y límites técnicamente definidos, en donde es posible visualizar, analizar e intervenir el proceso global de la venta o producción del servicio.
Los centros de costos corresponden a la agrupación física y/o funcional de los procesos de producción donde pueden asignarse, de manera clara e independiente, recursos (físicos, tecnológicos, humanos) para la generación del servicio.
Adicionalmente incluye el margen en la contratación en servicios de salud, cuando los servicios prestados son inferiores al valor del contrato.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1409-Servicios de Salud.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON;
1- El valor causado por la prestación de servicios de salud.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 43 | 4313 |
INGRESOS | VENTA DE SERVICIOS | ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN RIESGOS PROFESIONALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos operativos obtenidos por las entidades administradoras en desarrollo del giro normal de su actividad.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1418-Administración del Sistema de Seguridad Social en Riesgos Profesionales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los ingresos causados por los diferentes conceptos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 43 | 4315 |
INGRESOS | VENTA DE SERVICIOS | SERVICIO DE ENERGÍA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos causados por la entidad contable pública, originados en la prestación del servicio de energía.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1408-Servicios Públicos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado por la prestación del servicio de energía.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 43 | 4321 |
INGRESOS | VENTA DE SERVICIOS | SERVICIO DE ACUEDUCTO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos causados por la entidad contable pública, originados en la prestación del servicio de acueducto.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1408-Servicios Públicos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado por la prestación del servicio de acueducto.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 43 | 4322 |
INGRESOS | VENTA DE SERVICIOS | SERVICIO DE ALCANTARILLADO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos causados por la entidad contable pública, originados en la prestación del servicio de alcantarillado.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1408-Servicios Públicos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado por la prestación del servicio de alcantarillado.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 43 | 4323 |
INGRESOS | VENTA DE SERVICIOS | SERVICIO DE ASEO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos causados por la entidad contable pública, originados en la prestación del servicio de aseo.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1408-Servicios Públicos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado por la prestación del servicio de aseo.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 43 | 4325 |
INGRESOS | VENTA DE SERVICIOS | SERVICIO DE GAS COMBUSTIBLE |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos causados por la entidad contable pública, originados en la prestación del servicio de gas combustible.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1408-Servicios Públicos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado por la prestación del servicio de gas combustible.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 43 | 4330 |
INGRESOS | VENTA DE SERVICIOS | SERVICIOS DE TRANSPORTE |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos causados por la entidad contable pública originados en la prestación del servicio de transporte y en la administración de terminales de transporte.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 140702- Servicios de Transporte.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado en la prestación del servicio de transporte.
2- El valor causado en la prestación del servicio de terminales de transporte.
3- El valor causado en la prestación de los servicios aeroportuarios y aeronáuticos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 43 | 4333 |
INGRESOS | VENTA DE SERVICIOS | SERVICIOS DE COMUNICACIONES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos causados por la entidad contable pública, provenientes de la prestación de servicios de comunicaciones.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 140711- Servicios de Comunicaciones.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado por la prestación del servicio de comunicaciones.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 43 | 4335 |
INGRESOS | VENTA DE SERVICIOS | SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos causados por la entidad contable pública, originados en la prestación del servicio de telecomunicaciones.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1408-Servicios Públicos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado por la prestación del servicio de telecomunicaciones.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 43 | 4340 |
INGRESOS | VENTA DE SERVICIOS | JUEGOS DE SUERTE Y AZAR |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos causados por la entidad contable pública, originados en la administración y explotación del monopolio de juegos de suerte y azar, de acuerdo con las disposiciones legales.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 140703- Juegos de Suerte y Azar.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado por cada uno de los conceptos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 43 | 4345 |
INGRESOS | VENTA DE SERVICIOS | SERVICIOS HOTELEROS Y DE PROMOCIÓN TURÍSTICA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos causados por la entidad contable pública, provenientes de la prestación de servicios de hotelería y promoción turística.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 140704- Servicios Hoteleros y de Promoción Turística.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado por la prestación de servicios hoteleros y de turismo.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 43 | 4350 |
INGRESOS | VENTA DE SERVICIOS | OPERACIONES DE COLOCACIÓN Y SERVICIOS FINANCIEROS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos causados por la entidad contable pública, que se originan en el ejercicio de su actividad financiera o de prestación de servicios financieros. Así mismo incluye, los ingresos asociados a la actividad de prestamista de las entidades descentralizadas de fomento y desarrollo regional.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 140705- Servicios Financieros y las subcuentas que integran la cuenta 1470-Otros Deudores.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del ejercicio contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado por la intermediación financiera y prestación de los servicios financieros.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 43 | 4353 |
INGRESOS | VENTA DE SERVICIOS | OPERACIONES DE BANCA CENTRAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos obtenidos por el Banco de la República en desarrollo de sus actividades, de acuerdo con lo establecido en la Ley 31 de 1992.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 140710- Operaciones de Banca Central.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado por las operaciones de banca central.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 43 | 4355 |
INGRESOS | VENTA DE SERVICIOS | SERVICIOS DE SEGUROS Y REASEGUROS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos causados por la entidad contable pública, originados en la emisión de pólizas o contratos de seguros y reaseguros.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 140707- Servicios de Seguros y Reaseguros.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los ingresos causados por los diferentes conceptos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 43 | 4360 |
INGRESOS | VENTA DE SERVICIOS | SERVICIOS DE DOCUMENTACIÓN E IDENTIFICACIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos causados por la entidad contable pública, originados en la prestación de servicios de documentación e identificación.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 140708- Servicios de Documentación e Identificación.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado por la expedición de documentos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 43 | 4370 |
INGRESOS | VENTA DE SERVICIOS | SERVICIOS INFORMÁTICOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos causados por la entidad contable pública, por la prestación de servicios de procesamiento en computador, actualización e implementación de programas de computación sobre los cuales tenga la propiedad intelectual y arrendamiento de equipos, entre otros.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 140709- Servicios Informáticos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado por la prestación de los servicios de informática.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 43 | 4375 |
INGRESOS | VENTA DE SERVICIOS | OPERACIONES FONDOS DE GARANTÍAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las primas causadas por seguro de depósito y costo de garantía, a cargo de las entidades inscritas.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 1428-Operaciones Fondos de Garantías.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las primas causadas a cargo de las instituciones inscritas.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 43 | 4390 |
INGRESOS | VENTA DE SERVICIOS | OTROS SERVICIOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos causados por la entidad contable pública, provenientes de la prestación de servicios no relacionados en las cuentas anteriores.
La contrapartida corresponde a la subcuentas que integran la cuenta 1407-Prestación de Servicios, según corresponda.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado por la prestación de servicios.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 43 | 4395 |
INGRESOS | VENTA DE SERVICIOS | DEVOLUCIONES, REBAJAS Y DESCUENTOS EN VENTA DE SERVICIOS (DB) |
DESCRIPCIÓN
Representa el menor valor de los ingresos por la venta de servicios como consecuencia de las devoluciones, rebajas y descuentos que se presentan en el periodo contable.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1407-Prestación de Servicios, 1408-Servicios Públicos, 1409-Servicios de Salud y 2425-Acreedores.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las devoluciones, rebajas y descuentos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 44 | |
INGRESOS | TRANSFERENCIAS |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan los ingresos obtenidos por la entidad contable pública que provienen de transferencias de otras entidades contables públicas de diferentes niveles y sectores, sin contraprestación directa, en cumplimiento de normas legales.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 44 | 4408 |
INGRESOS | TRANSFERENCIAS | SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos obtenidos por la entidad contable pública como transferencia recibida de la Nación para financiar los servicios a su cargo, con prioridad al servicio de salud y los servicios de educación preescolar, primaria, secundaria y media, garantizando la prestación de los servicios y la ampliación de cobertura.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 141312- Sistema General de Participaciones. El momento para elaborar este registro corresponde a aquel en el cual exista el derecho cierto y no sobre la base de estimaciones.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las transferencias causadas.
<Descripción y Dinámica para la Cuenta 4413 adicionada por el artículo 4 de la Resolución 139 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 44 | 4413 |
INGRESOS | TRANSFERENCIAS | SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos obtenidos por las entidades territoriales como transferencia recibida del Sistema General de Regalías-SGR, ya sea como asignación directa; como recursos para la financiación de proyectos en ciencia, tecnología, innovación y desarrollo regional; o como recursos para ahorro pensional, entre otros, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 141313-Sistema General de Regalías, de la cuenta 1413-TRANSFERENCIAS POR COBRAR.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del periodo contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las transferencias causadas.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 44 | 4421 |
INGRESOS | TRANSFERENCIAS | SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos obtenidos por la entidad contable pública como transferencia del Ministerio de la Protección Social - Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA, destinados a la prestación de los servicios de salud, a través del subsidio a la oferta, régimen subsidiado y acciones de salud pública.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 141311- Sistema General de Seguridad Social en Salud. El momento para elaborar este registro, corresponde a aquel en el cual exista el derecho cierto y no sobre la base de estimaciones.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las transferencias causadas.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 44 | 4428 |
INGRESOS | TRANSFERENCIAS | OTRAS TRANSFERENCIAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos obtenidos por la entidad contable pública como transferencia de otras entidades del gobierno general y de las empresas, sin contraprestación, para financiar el gasto público social o los servicios asignados por disposiciones legales.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 141314- Otras Transferencias. El momento para elaborar este registro corresponde a aquel en el cual exista el derecho cierto y no sobre la base de estimaciones.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las transferencias causadas.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 45 | |
INGRESOS | ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan los recursos recibidos por los fondos de reservas del régimen de prima media con prestación definida para garantizar el pago del pasivo pensional a su cargo, los gastos de administración y la constitución de las reservas, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1417-Administración del Sistema General de Pensiones y 2470-Recursos Recibidos de los Sistemas Generales de Pensiones y Riesgos Profesionales, y la subcuenta 111014-Depósitos de los Fondos de Reservas del Régimen de Prima Media con Prestación Definida.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 45 | 4501 |
INGRESOS | ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES | COTIZACIONES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los aportes de los afiliados y empleadores al Sistema General de Pensiones.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado por concepto de cotizaciones para pensiones.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 45 | 4502 |
INGRESOS | RECURSOS DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES | RECUPERACIÓN DE CARTERA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las recuperaciones efectuadas a entidades públicas o privadas por concepto de cuentas por cobrar anteriores a la vigencia de la Ley 100 de 1993.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado por recuperaciones de cuentas por cobrar anteriores a 1993.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 45 | 4503 |
INGRESOS | RECURSOS DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES | DEVOLUCIÓN DE APORTES DE LA ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor que la empresa administradora de fondos de pensiones devuelve a la entidad administradora, cuando el afiliado se traslada de régimen de pensiones y se ha pagado la cuota total correspondiente al mes.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los aportes devueltos por la Sociedad administradora de fondos de pensiones.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 45 | 4504 |
INGRESOS | RECURSOS DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES | INTERESES DE MORA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor causado por concepto de intereses moratorios ocasionados por retrasos de las entidades aportantes en el pago de cotizaciones de autoliquidaciones, bonos pensionales, cuotas partes y cartera (cuentas de cobro).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado por concepto de intereses moratorios.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 45 | 4505 |
INGRESOS | RECURSOS DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES | REINTEGROS PENSIONALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las mesadas pensionales que no fueron reclamadas en el tiempo establecido en las disposiciones legales vigentes generando la extinción del derecho por prescripción a favor del fondo de reserva.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las mesadas pensionales que hayan prescrito.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 45 | 4506 |
INGRESOS | RECURSOS DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES | CONVALIDACIÓN PENSIONAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor del importe que restituye los derechos del trabajador, incluyendo el derecho pensional, que sucede cuando éste ha sido retirado del trabajo por un tiempo y comienza un proceso judicial fallado a su favor y el empleador lo reintegra.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los derechos pensionales reintegrados.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 45 | 4507 |
INGRESOS | RECURSOS DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES | RECONOCIMIENTO DE SEMANAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor que el patrono repone al trabajador, cuando no se consignan sus cotizaciones periódicas.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las cotizaciones que el patrono repone al trabajador.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 45 | 4508 |
INGRESOS | RECURSOS DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES | CONMUTACIÓN PENSIONAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor del cálculo actuarial del pasivo pensional de las entidades que conmutan su obligación pensional, como mecanismo de normalización pensional o como consecuencia de su liquidación o quiebra y, en consecuencia, el fondo de reservas las libera totalmente de su obligación.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado equivalente al cálculo actuarial del pasivo pensional de la entidad que conmuta.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 45 | 4509 |
INGRESOS | RECURSOS DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES | CUOTAS PARTES DE BONOS PENSIONALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor causado de las cuotas partes de los bonos pensionales redimidos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado de las cuotas partes de bonos pensionales.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 45 | 4510 |
INGRESOS | RECURSOS DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES | CUOTAS PARTES DE PENSIONES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor causado correspondiente a las cuotas partes de pensiones.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado de las cuotas partes de pensiones.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 45 | 4511 |
INGRESOS | RECURSOS DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES | APORTES ESTATALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos recibidos por los fondos de reservas en aplicación de las garantías estatales del Sistema general de pensiones contempladas en la Ley 100 de 1993.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- Los valores reconocidos como garantía estatal.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 47 | |
INGRESOS | OPERACIONES INTERINSTITUCIONALES |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan los fondos recibidos por la entidad contable pública en dinero o títulos, de la tesorería centralizada del mismo nivel, para el pago de los gastos incluidos en el presupuesto. Además, representa los recaudos efectuados por Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional-DGCPTN, de los ingresos reconocidos por otra entidad contable pública del nivel nacional. También incluye las operaciones sin flujo de efectivo realizadas entre entidades contables públicas, con independencia del sector y nivel al que pertenezcan.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 47 | 4705 |
INGRESOS | OPERACIONES INTERINSTITUCIONALES | FONDOS RECIBIDOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos recibidos en dinero o títulos por la entidad contable pública, de la tesorería centralizada del mismo nivel, para gastos de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión. Así mismo incluye el valor de los reintegros de estos recursos a las tesorerías centralizadas.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1106-Cuenta Única Nacional y 1110-Depósitos en Instituciones Financieras. Tratándose de pagos al beneficiario final, la contrapartida corresponde a las cuentas y subcuentas que registren el tipo de obligación que se cancela y a las subcuentas que integran las cuentas 1420-Avances y Anticipos entregados y 1425-Depósitos Entregados en Garantía.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
2- El valor de los reintegros efectuados por las entidades contables públicas a las tesorerías centralizadas dentro de la vigencia en que los fondos fueron recibidos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los recursos recibidos por la entidad contable pública.
2- El valor de los reintegros recibidos por las tesorerías centralizadas, de las entidades contables públicas, con posterioridad al cierre de la vigencia en que los fondos fueron girados.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 47 | 4720 |
INGRESOS | OPERACIONES INTERINSTITUCIONALES | OPERACIONES DE ENLACE |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recaudos efectuados por la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional-DGCPTN, de los ingresos reconocidos por otra entidad contable pública del nivel nacional. Incluye el valor de las devoluciones a contribuyentes o beneficiarios de recaudos de ingresos efectuados por la DGCPTN.
Tratándose de las tesorerías de la administración central del nivel territorial representa el valor de los recaudos por responsabilidades fiscales.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 1106-Cuenta Única Nacional y 1110- Depósitos en Instituciones Financieras. En el caso de las devoluciones la contrapartida corresponde a las subcuentas 242512-Saldos a Favor de Contribuyentes y 242513-Saldos a Favor de Beneficiarios.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los recursos recaudados por la tesorería centralizada cuyo ingreso lo reconoce otra entidad contable pública.
2- El valor de los recursos recibidos por la entidad contable pública de la DGCPTN, originados en devoluciones.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 47 | 4722 |
INGRESOS | OPERACIONES INTERINSTITUCIONALES | OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECTIVO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las operaciones realizadas entre entidades contables públicas para cancelar derechos y obligaciones, sin que exista flujo de efectivo.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren la obligación objeto de la transacción.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El cruce de cuentas que disminuya o cancele una obligación.
2- La autorización de desembolso para la cancelación al proveedor de bienes y servicios, con recursos del crédito externo no monetizado.
3- El pago de obligaciones con títulos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 48 | |
INGRESOS | OTROS INGRESOS |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representa el valor de los ingresos de la entidad contable pública, que por su naturaleza no son susceptibles de clasificarse en algunos de los demás grupos definidos. Incluye los ingresos de carácter extraordinario.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 48 | 4805 |
INGRESOS | OTROS INGRESOS | FINANCIEROS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos obtenidos por la entidad contable pública, provenientes de las inversiones o depósitos efectuados en moneda nacional o extranjera y la prestación de servicios de crédito otorgados por entidades no financieras, entre otros. La subcuenta 480589-Utilidad en titularización de activos registra la diferencia positiva entre los flujos efectivamente recibidos con respecto al valor de los bienes y derechos titularizados.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1110-Depósitos en Instituciones Financieras, 1425-Depósitos Entregados en Garantía, 1470-Otros Deudores y 2915-Créditos Diferidos. Así mismo las subcuentas que correspondan del Grupo 12- Inversiones e Instrumentos Derivados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado por los diferentes conceptos.
2- El valor de la utilidad por valoración de las inversiones y derivados previa reversión del gasto por pérdida, si existiere.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 48 | 4806 |
INGRESOS | OTROS INGRESOS | AJUSTE POR DIFERENCIA EN CAMBIO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos obtenidos por la entidad contable pública, originados en la reexpresión de bienes, derechos u obligaciones, pactados o denominados en moneda extranjera.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de bien, derecho u obligación pactados o denominados en moneda extranjera.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado por diferencia en cambio, previa disminución del gasto por el mismo concepto, si existiere.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 48 | 4807 |
INGRESOS | OTROS INGRESOS | UTILIDAD POR EL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el mayor valor de las inversiones patrimoniales originado en la actualización por el método de participación patrimonial, cuando se presente utilidad en la entidad controlada, asociada o bajo control conjunto, en la proporción de la inversión.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1208-Inversiones Patrimoniales en Entidades Controladas.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor proporcional de las utilidades de la entidad contable pública, previa reversión de la pérdida si existiere.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 48 | 4808 |
INGRESOS | OTROS INGRESOS | OTROS INGRESOS ORDINARIOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos de la entidad contable pública, provenientes de actividades ordinarias que no se encuentran clasificados en otras cuentas.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de fondo, bien o derecho, objeto de la transacción.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado por los diferentes conceptos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 48 | 4810 |
INGRESOS | OTROS INGRESOS | EXTRAORDINARIOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los ingresos que surgen de transacciones y hechos que son claramente distintos de las actividades ordinarias, que no se espera que sean frecuentes y que están fuera del control de la entidad contable pública.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de fondo, bien o derecho, objeto de la transacción.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor causado por los diferentes conceptos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 48 | 4815 |
INGRESOS | OTROS INGRESOS | AJUSTE DE EJERCICIOS ANTERIORES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor a registrar como ajuste a los ingresos de la vigencia, por hechos relacionados y no reconocidos en vigencias anteriores, por la corrección de valores originados en errores aritméticos en el registro de ingresos en vigencias anteriores y en la aplicación de principios, normas técnicas y procedimientos.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de transacción, objeto de corrección.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los ajustes por mayores valores causados.
2- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor del reconocimiento de ingresos de períodos contables anteriores.
2- El valor de los ajustes por menores valores causados
3- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 49 | |
INGRESOS | AJUSTES POR INFLACIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de la amortización del cargo y crédito por corrección monetaria diferida, causado antes de la eliminación de los ajustes por inflación.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
4 | 49 | 4905 |
INGRESOS | AJUSTES POR INFLACIÓN | CORRECCIÓN MONETARIA |
DESCRIPCIÓN
Cuenta de uso exclusivo de las empresas públicas, cuyo saldo representa los valores amortizados de los cargos y créditos por corrección monetaria diferida, que al momento de la eliminación de los ajustes por inflación quedaron pendientes de amortizar. La utilización de esta cuenta se limita hasta la terminación de la amortización de los saldos por cargos o créditos por corrección monetaria diferida.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 191089- Cargo por Corrección Monetaria Diferida y 291501- Crédito por Corrección Monetaria Diferida, según corresponda a activos o pasivos.
SE DEBITA CON:
1- El valor correspondiente al registro de la amortización del saldo que presenta la subcuenta 191089-Cargo por Corrección Monetaria Diferida.
2- La cancelación del saldo al cierre del periodo contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor correspondiente al registro de la amortización del saldo que presenta la subcuenta 291501-Crédito por Corrección Monetaria Diferida.
2- La cancelación del saldo al cierre del período contable.
GASTOS
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | ||
GASTOS |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen los grupos que representan los flujos de salida de recursos de la entidad contable pública, susceptibles de reducir el patrimonio público durante el período contable, bien sea por disminución de activos o por aumento de pasivos, expresados en forma cuantitativa. Son requeridos para el desarrollo de la actividad ordinaria, e incluye los originados por situaciones de carácter extraordinario. Las cuentas que integran esta clase son de naturaleza débito.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 51 | |
GASTOS | DE ADMINISTRACIÓN |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan los gastos asociados con actividades de dirección, planeación y apoyo logístico de la entidad contable pública. Incluye los gastos de administración de las entidades contables públicas que producen bienes o presten servicios individualizables y deban manejar costos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 51 | 5101 |
GASTOS | DE ADMINISTRACIÓN | SUELDOS Y SALARIOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de la remuneración causada a favor de los empleados, como retribución por la prestación de sus servicios a la entidad contable pública.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 2505-Salarios y Prestaciones Sociales. Cuando se trate de la Provisión de las Obligaciones Laborales, el crédito debe corresponder a las subcuentas que integran la cuenta 2715-Provisión para Prestaciones Sociales. Cuando los Sueldos y Salarios hayan sido pagados por anticipado, la contrapartida corresponde a la subcuenta 190511-Sueldos y Salarios.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1 - El valor de la causación por cada concepto.
SE ACREDITA CON:
1 - El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 51 | 5102 |
GASTOS | DE ADMINISTRACIÓN | CONTRIBUCIONES IMPUTADAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las prestaciones proporcionadas directamente por la entidad contable pública a los empleados o a quienes dependen de ellos.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 2505-Salarios y Prestaciones Sociales, 2510-Pensiones y Prestaciones Económicas por Pagar, 2625-Bonos Pensionales, 2720-Provisión para Pensiones y 2721-Provisión para Bonos Pensionales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la causación por cada concepto.
SE ACREDITA CON:
1 - El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 51 | 5103 |
GASTOS | DE ADMINISTRACIÓN | CONTRIBUCIONES EFECTIVAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las contribuciones sociales que la entidad contable pública paga, en beneficio de sus empleados, a través de las entidades responsables de la administración de los sistemas de seguridad social o de proveer otros beneficios.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 2425-Acreedores. Cuando se trate de pagos por anticipado, la contrapartida corresponde a la subcuenta 190512-Contribuciones Efectivas.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la causación por cada concepto.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 51 | 5104 |
GASTOS | DE ADMINISTRACIÓN | APORTES SOBRE LA NÓMINA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los gastos que se originan en pagos obligatorios sobre la nómina de las entidades contables públicas, con destino al ICBF, SENA, ESAP y Escuelas Industriales e Institutos Técnicos.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 2425-Acreedores.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la causación por cada concepto.
SE ACREDITA CON:
1 - El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 51 | 5111 |
GASTOS | DE ADMINISTRACIÓN | GENERALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los gastos necesarios para apoyar el normal funcionamiento y desarrollo de las labores administrativas de la entidad contable pública.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2425-Acreedores, 1905-Bienes y Servicios Pagados por Anticipado, 1910-Cargos Diferidos y 1915-Obras y Mejoras en Propiedad Ajena.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la causación por cada concepto.
2- El valor correspondiente a la disminución gradual de los activos diferidos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 51 | 5120 |
GASTOS | DE ADMINISTRACIÓN | IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los impuestos, contribuciones y tasas causados a cargo de la entidad contable pública, de conformidad con las disposiciones legales.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 2440-Impuestos, Contribuciones y Tasas por Pagar.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la causación por cada concepto.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 52 | |
GASTOS | DE OPERACIÓN |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan los gastos originados en el desarrollo de la operación básica o principal de la entidad contable pública, siempre que no deban registrar costos o gasto público social, de conformidad con las normas respectivas.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 52 | 5202 |
GASTOS | DE OPERACIÓN | SUELDOS Y SALARIOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de la remuneración causada a favor de los empleados, como retribución por la prestación de sus servicios a la entidad contable pública.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 2505-Salarios y Prestaciones Sociales. Cuando se trate de la Provisión de las Obligaciones Laborales el crédito debe corresponder a las subcuentas que integran la cuenta 2715-Provisión para Prestaciones Sociales. Cuando los Sueldos y Salarios hayan sido pagados por anticipado, la contrapartida corresponde a la subcuenta 190511-Sueldos y Salarios.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la causación por cada concepto.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 52 | 5203 |
GASTOS | DE OPERACIÓN | CONTRIBUCIONES IMPUTADAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las prestaciones proporcionadas directamente por la entidad contable pública a los empleados o a quienes dependen de ellos.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 2505-Salarios y Prestaciones Sociales, 2510-Pensiones y Prestaciones Económicas por Pagar, 2625-Bonos Pensionales, 2720-Provisión para Pensiones y 2721-Provisión para Bonos Pensionales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- l valor de la causación por cada concepto.
SE ACREDITA CON:
1- l valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 52 | 5204 |
GASTOS | DE OPERACIÓN | CONTRIBUCIONES EFECTIVAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las contribuciones sociales que la entidad contable pública paga, en beneficio de sus empleados, a través de las entidades responsables de la administración de los sistemas de seguridad social o de proveer otros beneficios.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 2425-Acreedores. Cuando se trate de pagos por anticipado, la contrapartida corresponde a la subcuenta 190512-Contribuciones Efectivas.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la causación por cada concepto.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
<Descripción y Dinámica para la Cuenta 5205 adicionada por el artículo 4 Resolución 160 de 2013. El nuevo texto es el siguiente:>
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 52 | 5205 |
GASTOS | DE OPERACIÓN | PROCESO DE COMPENSACIÓN FOSYGA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor del gasto en que incurre el Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga) por concepto del reconocimiento de las Unidades de Pago por Capitación (UPC), prestaciones económicas por licencias de maternidad y paternidad y recursos destinados a financiar las incapacidades, en las subcuentas de Compensación, Solidaridad y Promoción del Fosyga. Esta cuenta es de uso exclusivo del Fosyga.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 2408-PROCESO DE COMPENSACIÓN-FOSYGA.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1. El valor del gasto en que incurre el Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga) por concepto del reconocimiento de las Unidades de Pago por Capitación UPC), las prestaciones económicas por licencias de maternidad y paternidad y recursos destinados a financiar las incapacidades, en las subcuentas de Compensación, Solidaridad y Promoción del Fosyga.
SE ACREDITA CON:
1. El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 52 | 5207 |
GASTOS | DE OPERACIÓN | APORTES SOBRE LA NÓMINA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los gastos que se originan en pagos obligatorios sobre la nómina de las entidades contables públicas, con destino al ICBF, SENA, ESAP y Escuelas Industriales e Institutos Técnicos.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 2425-Acreedores.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la causación por cada concepto.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 52 | 5202 |
GASTOS | DE OPERACIÓN | SUELDOS Y SALARIOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los gastos necesarios para apoyar el normal funcionamiento y desarrollo de las labores operativas de la entidad contable pública.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2425-Acreedores, 1905-Bienes y Servicios Pagados por Anticipado, 1910-Cargos Diferidos y 1915- Obras y Mejoras en Propiedad Ajena.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la causación por cada concepto.
2- El valor correspondiente a la disminución gradual de los activos diferidos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 52 | 5220 |
GASTOS | DE OPERACIÓN | IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los impuestos, contribuciones y tasas causados a cargo de la entidad contable pública, de conformidad con las disposiciones legales.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 2440-Impuestos, Contribuciones y Tasas por Pagar.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la causación por cada concepto.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 53 | |
GASTOS | PROVISIONES, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas representativas de los montos determinados para cubrir previsiones futuras de ocurrencia cierta, derivados de contingencias de pérdida o provisiones por eventos que afecten el patrimonio público, así como el valor relativo al desgaste o pérdida de la capacidad operacional por el uso de los bienes, su consumo, o extinción.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 53 | 5302 |
GASTOS | PROVISIONES, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES | PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE INVERSIONES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor estimado de la contingencia de pérdida de las inversiones de administración de liquidez en títulos de deuda, cuando la metodología de actualización no considere el riesgo del emisor; de las inversiones con fines de política, para reconocer el riesgo del emisor; de las inversiones patrimoniales en entidades controladas, por la aplicación de la metodología de actualización y por el ajuste al valor intrínseco; y, en las inversiones patrimoniales en entidades no controladas, por el ajuste al valor intrínseco.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1280-Provisión para Protección de Inversiones (Cr).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las provisiones causadas durante el período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la disminución de las provisiones constituidas en el período contable, al desaparecer el evento que las originó.
2- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 53 | 5304 |
GASTOS | PROVISIONES, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES | PROVISIÓN PARA DEUDORES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las estimaciones que debe efectuar la entidad contable pública para cubrir contingencias de pérdida como resultado del riesgo de incobrabilidad de los deudores.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1480-Provisión para Deudores (Cr).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las provisiones causadas durante el período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la disminución de las provisiones constituidas en el período, al desaparecer el evento que las originó.
2- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 53 | 5306 |
GASTOS | PROVISIONES, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES | PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE INVENTARIOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el menor valor de los inventarios resultante de comparar el valor en libros con el valor de realización, cuando este último sea inferior.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1580-Provisión para Protección de Inventarios (Cr).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las provisiones causadas durante el período contable.
SE ACREDITA CON:
1- La reversión de las provisiones cuando el valor de realización sea superior al valor en libros.
2- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 53 | 5307 |
GASTOS | PROVISIONES, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES | PROVISIONES PARA PROTECCIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las estimaciones que debe efectuar la entidad contable pública para cubrir contingencias de pérdida como resultado del exceso del valor en libros de los bienes, sobre el valor de realización o costo de reposición.
Esta cuenta debe ser utilizada por las entidades contables públicas para registrar la provisión de las propiedades, planta y equipo asociadas con la dirección, planeación y apoyo logístico relacionado con actividades de producción de bienes y prestación de servicios individualizables.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1695-Provisiones para Propiedades, Planta y Equipo (Cr).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las provisiones causadas durante el período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la disminución de las provisiones constituidas en el período contable, al desaparecer el evento que las originó.
2- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 53 | 5308 |
GASTOS | PROVISIONES, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES | PROVISIÓN BIENES RECIBIDOS EN DACIÓN DE PAGO |
DESCRIPCIÓN
Representa el menor valor de los bienes recibidos en dación de pago resultante de comparar el valor en libros con el valor de realización, cuando este último sea inferior.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1935-Provisión Bienes Recibidos en Dación de Pago (Cr).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las provisiones causadas durante el período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la disminución de las provisiones constituidas en el período, al desaparecer el evento que las originó.
2- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 53 | 5309 |
GASTOS | PROVISIONES, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES | PROVISIONES PARA PROTECCIÓN DE BIENES ENTREGADOS A TERCEROS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las estimaciones que debe efectuar la entidad contable pública para cubrir contingencias de pérdida como resultado del exceso del valor en libros de los bienes, sobre el valor de realización o costo de reposición.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1922-Provisiones para Protección de Bienes Entregados a Terceros (Cr).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las provisiones causadas durante el período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la disminución de las provisiones constituidas en el período contable, al desaparecer el evento que las originó.
2- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 53 | 5313 |
GASTOS | PROVISIONES, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES | PROVISIÓN PARA OBLIGACIONES FISCALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor estimado de las obligaciones fiscales a cargo de la entidad contable pública.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 2705-Provisión para Obligaciones Fiscales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las provisiones constituidas durante el período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la disminución de las provisiones constituidas en exceso.
2- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 53 | 5314 |
GASTOS | PROVISIONES, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES | PROVISIÓN PARA CONTINGENCIAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor provisionado justificable, confiable y cuantificable, para atender obligaciones a cargo de la entidad contable pública ante la probable ocurrencia de eventos que afecten su situación financiera. Tal estimación deberá adelantarse mediante procedimientos de reconocido valor técnico.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 2710-Provisión para Contingencias.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las provisiones constituidas durante el período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la disminución de las provisiones constituidas en el período, al desaparecer el evento que las originó.
2- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 53 | 5317 |
GASTOS | PROVISIONES, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES | PROVISIÓNES DIVERSAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor estimado para cubrir eventuales gastos no considerados en otras clasificaciones.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 2790-Provisiones Diversas.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las provisiones constituidas durante el período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 53 | 5318 |
GASTOS | PROVISIONES, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES | PROVISIÓN FONDOS DE GARANTÍAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor provisionado por los fondos de garantías para cubrir contingencias de pago del seguro de depósito a los ahorradores, o en razón a la situación financiera de una entidad inscrita.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 2730-Provisión Fondos de Garantías.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las provisiones causadas durante el período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las reversiones de las provisiones calculadas en exceso.
2- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 53 | 5330 |
GASTOS | PROVISIONES, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES | DEPRECIACIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor calculado para reconocer la disminución gradual de la capacidad operacional de las propiedades, planta y equipo como resultado del uso, expresada en términos monetarios con base en el valor de los bienes y la vida útil estimada.
Esta cuenta debe ser utilizada por las entidades contables públicas dedicadas a las actividades de la administración de la seguridad social, el desarrollo de las actividades financiera o aseguradora y la explotación de los juegos de suerte y azar; por las entidades del gobierno general y las empresas públicas, para el registro de la depreciación de las propiedades de inversión; y, por las empresas públicas para registrar la depreciación de las propiedades, planta y equipo asociadas con las actividades de dirección, planeación y apoyo logístico.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1685-Depreciación Acumulada (Cr).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- l valor de la depreciación durante el período contable.
SE ACREDITA CON:
1- l valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 53 | 5331 |
GASTOS | PROVISIONES, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES | DEPRECIACIÓN DE BIENES ADQUIRIDOS EN LEASING FINANCIERO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor calculado para reconocer la disminución gradual de la capacidad operacional de los bienes adquiridos en leasing financiero, cuando los bienes objeto del contrato tienen la característica de ser un activo depreciable, para lo cual se utilizarán los mismos parámetros de las propiedades, planta y equipo.
Esta cuenta debe ser utilizada por las entidades contables públicas para registrar la depreciación de los bienes adquiridos en leasing financiero asociados con la dirección, planeación y apoyo logístico relacionado con actividades de producción de bienes y prestación de servicios individualizables.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1942-Depreciación de Bienes Adquiridos en Leasing Financiero (Cr).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la depreciación durante el período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 53 | 5344 |
GASTOS | PROVISIONES, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES | AMORTIZACIÓN DE BIENES ENTREGADOS A TERCEROS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor calculado para reconocer la disminución gradual del valor de los bienes entregados a terceros, como consecuencia de la pérdida de capacidad operacional originada en la utilización por parte de terceros.
Esta cuenta debe ser utilizada por empresas, siempre que los bienes no estén relacionados con actividades de producción de bienes y prestación de servicios individualizables.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1925-Amortización Acumulada de Bienes Entregados a Terceros (Cr).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la amortización durante el período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 53 | 5345 |
GASTOS | PROVISIONES, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES | AMORTIZACIÓN DE INTANGIBLES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de la disminución gradual del costo incurrido por las empresas públicas en la adquisición o desarrollo de activos intangibles, por efecto de su explotación conforme al amparo legal y durante el lapso en que la entidad contable pública estime que va a recibir el potencial de servicios.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1975-Amortización Acumulada de Intangibles.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la amortización durante el período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 54 | |
GASTOS | TRANSFERENCIAS |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan los gastos causados por la entidad contable pública por traslados de recursos sin contraprestación directa a otras entidades contables públicas de diferentes niveles y sectores, o al sector privado, en cumplimiento de normas legales.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 54 | 5401 |
GASTOS | TRANSFERENCIAS | TRANSFERENCIAS AL SECTOR PRIVADO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos transferidos por la entidad contable pública al sector privado para el desarrollo de programas nacionales o territoriales, en cumplimiento de convenios o normas legales.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 240303- Transferencias al Sector Privado. Este registro debe elaborarse en el momento que de conformidad con las normas legales, exista la obligación de hacer los giros correspondientes y no sobre la base de estimados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las transferencias causadas.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 54 | 5408 |
GASTOS | TRANSFERENCIAS | SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos transferidos por la Nación a entidades del nivel territorial de conformidad con los porcentajes establecidos en la ley, para financiar los servicios a su cargo, con prioridad al servicio de salud y los servicios de educación preescolar, primaria, secundaria y media, garantizando la prestación de los servicios y la ampliación de cobertura.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 240314- Sistema General de Participaciones. Este registro debe elaborarse en el momento que de conformidad con las normas legales, exista la obligación de hacer los giros correspondientes y no sobre la base de estimados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las transferencias causadas.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
<Descripción y Dinámica para la Cuenta 5413 adicionada por el artículo 4 de la Resolución 139 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 54 | 5413 |
GASTOS | TRANSFERENCIAS | SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos transferidos por el Sistema General de Regalías-SGR a las entidades territoriales, ya sea como asignación directa; como recursos para la financiación de proyectos en ciencia, tecnología, innovación y desarrollo regional; o como recursos para ahorro pensional, entre otros, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. Este gasto por transferencia debe ser registrado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en la contabilidad del SGR.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 240316-Sistema General de Regalías, de la cuenta 2403-TRANSFERENCIAS POR PAGAR.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las transferencias causadas.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 54 | 5421 |
GASTOS | TRANSFERENCIAS | SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos transferidos por el Ministerio de la Protección Social - Fondo de solidaridad y garantía - FOSYGA a entes territoriales, destinados a financiar la prestación de servicios de salud a través del subsidio a la oferta, régimen subsidiado y acciones de salud pública.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 240313- Sistema General de Seguridad Social en Salud. Este registro debe elaborarse en el momento que de conformidad con las normas legales exista la obligación de hacer los giros correspondientes y no sobre la base de estimaciones.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las transferencias causadas.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 54 | 5423 |
GASTOS | TRANSFERENCIAS | OTRAS TRANSFERENCIAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos transferidos por la entidad contable pública, sin contraprestación, para financiar gasto público social o servicios asignados por disposiciones legales.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 240315- Otras Transferencias. El momento para elaborar este registro corresponde a aquel en el cual exista el derecho cierto y no sobre la base de estimaciones.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las transferencias causadas.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 55 | |
GASTOS | GASTO PÚBLICO SOCIAL |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan los recursos destinados por la entidad contable pública a la solución de las necesidades básicas insatisfechas de salud, educación, saneamiento ambiental, agua potable, vivienda, medio ambiente, recreación y deporte y los orientados al bienestar general y al mejoramiento de la calidad de vida de la población, de conformidad con las disposiciones legales.
La subcuenta Asignación de Bienes y Servicios registra el valor de los bienes que se producen o adquieren para la asignación o entrega a la comunidad.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406-Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior, 2425-Acreedores, 2430-Subsidios Asignados, 2480-Administración y Prestación de Servicios de Salud, 1505-Bienes Producidos, 1510-Mercancías en Existencia, 1905-Bienes y Servicios Pagados por Anticipado y 2505-Salarios y Prestaciones Sociales.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 55 | 5501 |
GASTOS | GASTO PÚBLICO SOCIAL | EDUCACIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor del gasto en que incurren las entidades contables públicas, en apoyo a la prestación del servicio educativo estatal, para garantizar la participación y acceso a la educación de la población más pobre y vulnerable, en desarrollo de su función social.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la causación por cada concepto.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 55 | 5502 |
GASTOS | GASTO PÚBLICO SOCIAL | SALUD |
DESCRIPCIÓN
<Descripción modificada por el artículo 5 Resolución 160 de 2013. El nuevo texto es el siguiente:> Representa el valor del gasto en que incurren las entidades contables públicas, en apoyo a la prestación del servicio de salud estatal, para garantizar la participación y acceso a este servicio de la población más pobre y vulnerable en desarrollo del principio de complementariedad.
Así mismo, registra el gasto en que incurren las Direcciones de Salud para la atención en salud y el fortalecimiento de la prestación de dicho servicio, con los recursos destinados para el Régimen subsidiado, el Subsidio a la oferta, acciones de salud pública y el fortalecimiento institucional.
Las subcuentas 550212-Fosyga-Compensación, 550213-Fosyga-Promoción, 550214-Fosyga Solidaridad y 550215-Fosyga - ECAT serán de uso exclusivo del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), cuando este asuma directamente el gasto por la prestación del servicio de salud con cargo a las cuentas referidas.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la causación por cada concepto.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 55 | 5503 |
GASTOS | GASTO PÚBLICO SOCIAL | AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor del gasto en que incurren las entidades contables públicas, para suministrar los servicios de agua potable y saneamiento básico a la población.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la causación por cada concepto.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 55 | 5504 |
GASTOS | GASTO PÚBLICO SOCIAL | VIVIENDA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor del gasto en que incurren las entidades contables públicas, para facilitar el acceso a vivienda a personas con bajos niveles de ingresos, en desarrollo de su función social.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la causación por cada concepto.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 55 | 5505 |
GASTOS | GASTO PÚBLICO SOCIAL | RECREACIÓN Y DEPORTE |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor del gasto en que incurren las entidades contables públicas, en apoyo a las actividades relacionadas con educación física, recreación, deporte y aprovechamiento del tiempo libre, en desarrollo de su función social.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la causación por cada concepto.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 55 | 5506 |
GASTOS | GASTO PÚBLICO SOCIAL | CULTURA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor del gasto en que incurren las entidades contables públicas, en apoyo a las actividades relacionadas con la cultura, en desarrollo de su función social.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la causación por cada concepto.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 55 | 5507 |
GASTOS | GASTO PÚBLICO SOCIAL | DESARROLLO COMUNITARIO Y BIENESTAR SOCIAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor del gasto en que incurren las entidades contables públicas, en procura del desarrollo, el bienestar y la participación de la comunidad en la gestión y el control de los recursos y bienes públicos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la causación por cada concepto.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 55 | 5508 |
GASTOS | GASTO PÚBLICO SOCIAL | MEDIO AMBIENTE |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las erogaciones incurridas por la entidad contable pública para proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406-Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior, 2425-Acreedores, 2505-Salarios y Prestaciones Sociales y 1420-Avances y Anticipos Entregados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la causación de los diferentes conceptos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 55 | 5550 |
GASTOS | GASTO PÚBLICO SOCIAL | SUBSIDIOS ASIGNADOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor causado por concepto de subsidios otorgados a las personas de menores ingresos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado por cada concepto.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 57 | |
GASTOS | OPERACIONES INTERINSTITUCIONALES |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan los fondos entregados en dinero o títulos por la tesorería centralizada de la entidad contable pública, a otras del mismo nivel para el pago de sus gastos incluidos en el presupuesto. Además, representa la disminución de los derechos por cobrar por ingresos reconocidos por una entidad contable pública del nivel nacional, cuyo recaudo lo efectúa la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional-DGCPTN. También incluye las operaciones sin flujo de efectivo realizadas entre entidades contables públicas, con independencia del nivel y el sector al que pertenezca.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 57 | 5705 |
GASTOS | OPERACIONES INTERINSTITUCIONALES | FONDOS ENTREGADOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos entregados en dinero o títulos, por la tesorería centralizada a la entidad contable pública del mismo nivel, para el pago de gastos de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión. Así mismo incluye el valor de los reintegros a las tesorerías centralizadas.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 1106-Cuenta Única Nacional y 1110-Depósitos en Instituciones Financieras y el grupo 12-Inversiones e Instrumentos Derivados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los recursos entregados a la entidad contable pública.
2- El valor de los reintegros efectuados por las entidades contables públicas a las tesorerías centralizadas, con posterioridad al cierre de la vigencia en que los fondos fueron recibidos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los reintegros efectuados por la entidad contable pública a las tesorerías centralizadas, dentro de la vigencia en que los fondos fueron recibidos.
2- El valor correspondiente al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 57 | 5720 |
GASTOS | OPERACIONES INTERINSTITUCIONALES | OPERACIONES DE ENLACE |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de la disminución del derecho reconocido por una entidad contable pública del nivel nacional, cuyo recaudo es efectuado por la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional-DGCPTN. Incluye el giro de las devoluciones a contribuyentes o beneficiarios de recaudos de ingresos efectuados por la DGCPTN. Tratándose de las entidades contables públicas del nivel territorial representa el valor de la disminución de los derechos reconocidos por responsabilidades fiscales.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de derecho que se disminuye. Para el caso de las devoluciones, se utilizarán las subcuentas que correspondan de las cuentas 1106-Cuenta Única Nacional.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la disminución de los derechos causados en la entidad contable.
2- El valor de las devoluciones giradas por la DGCPTN.
3- <Dinámica adicionada por el artículo 2 de la Resolución 557 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> El valor de los recaudos en las cuentas de la DGCPTN que al final del período contable no han sido reclasificados por la entidad contable pública.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación del saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 57 | 5722 |
GASTOS | OPERACIONES INTERINSTITUCIONALES | OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECTIVO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las operaciones realizadas entre entidades contables públicas para cancelar derechos y obligaciones, sin que exista flujo de efectivo.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el derecho objeto de la transacción.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1 - El cruce de cuentas que disminuya o cancele un derecho.
2 - El valor del crédito externo no monetizado para la cancelación de un proveedor, registrado por otra entidad contable pública.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 58 | |
GASTOS | OTROS GASTOS |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas representativas de los gastos de la entidad contable pública, que por su naturaleza no son susceptibles de clasificarse en alguna de las cuentas definidas anteriormente. Incluyen los costos de endeudamiento, los cuales corresponden a intereses, comisiones y otros conceptos originados en la obtención de financiación. Adicionalmente incluye los gastos de carácter extraordinario.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 58 | 5801 |
GASTOS | OTROS GASTOS | INTERESES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los gastos por intereses originados en la obtención de recursos necesarios para el financiamiento de las actividades u operaciones de la entidad contable pública.
La contrapartida corresponde a las subcuentas del pasivo que registren la obligación por concepto de intereses.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la causación por concepto de intereses.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 58 | 5802 |
GASTOS | OTROS GASTOS | COMISIONES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los gastos por comisiones originados en la obtención de recursos necesarios para el financiamiento de las actividades u operaciones de la entidad contable pública.
La contrapartida corresponde a las subcuentas del pasivo que registren la obligación por concepto de comisiones.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la causación de los gastos por comisiones.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación del saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 58 | 5803 |
GASTOS | OTROS GASTOS | AJUSTE POR DIFERENCIA EN CAMBIO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los gastos originados en la reexpresión de los bienes, derechos u obligaciones pactados o denominados en moneda extranjera.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de bien, derecho u obligación pactados o denominados en moneda extranjera.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado por diferencia en cambio, previa disminución del ingreso por el mismo concepto, si existiere.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 58 | 5805 |
GASTOS | OTROS GASTOS | FINANCIEROS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los gastos incurridos por la entidad contable pública originados en el manejo del portafolio de inversiones y en la amortización del descuento en colocación de bonos y títulos, entre otros.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas que integran el grupo 12-Inversiones e Instrumentos Derivados y las subcuentas de la cuenta 1910-Cargos Diferidos, según corresponda.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la causación por los diferentes conceptos.
2- El valor de la pérdida por valoración de las inversiones y derivados, previa reversión de la utilidad, si existiere.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 58 | 5806 |
GASTOS | OTROS GASTOS | PÉRDIDA POR EL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el menor valor de las inversiones patrimoniales originado en la pérdida que presente la entidad controlada, asociada o bajo control conjunto, en la proporción de la inversión.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1208-Inversiones Patrimoniales en Entidades Controladas.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor proporcional en la pérdida de la entidad contable pública, previa reversión de la utilidad si existiere.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 58 | 5808 |
GASTOS | OTROS GASTOS | OTROS GASTOS ORDINARIOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los gastos de la entidad contable pública originados en el desarrollo de actividades ordinarias que no se encuentran clasificados en otras cuentas.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de pasivo, objeto de la transacción.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado por los diferentes conceptos.
256
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 58 | 5810 |
GASTOS | OTROS GASTOS | EXTRAORDINARIOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los gastos que surgen de transacciones y hechos que son claramente distintos de las actividades ordinarias, que no se espera que sean frecuentes y que están fuera del control de la entidad contable pública.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de fondo, bien o derecho, objeto de la transacción.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la causación por cada concepto.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 58 | 5815 |
GASTOS | OTROS GASTOS | AJUSTE DE EJERCICIOS ANTERIORES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor a registrar como ajuste a los gastos de la vigencia, por hechos relacionados y no reconocidos en vigencias anteriores, por la corrección de valores originados en errores aritméticos en el registro de gastos en vigencias anteriores y en la aplicación de principios, normas técnicas y procedimientos.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de transacción, objeto de corrección.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor del reconocimiento de gastos de períodos contables anteriores.
2- El valor de los ajustes por menores valores causados.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los ajustes por mayores valores causados
2- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 58 | 5897 |
GASTOS | OTROS GASTOS | COSTOS Y GASTOS POR DISTRIBUIR |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos y gastos incurridos por la entidad contable pública que no pueden identificarse directamente con un centro de costo productivo o administrativo, para lo cual debe adelantarse un proceso de distribución. Este proceso debe efectuarse como mínimo al finalizar el mes, momento en el cual el saldo de la cuenta debe ser igual a cero.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406-Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior y 2425-Acreedores.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado por los diferentes conceptos de costo y gasto, durante el período que no pueden asignarse de manera directa.
SE ACREDITA CON:
1- El valor distribuido a cada centro de costo, productivo o administrativo.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 58 | 5899 |
GASTOS | OTROS GASTOS | GASTOS ASIGNADOS A COSTOS DE PRODUCCIÓN Y/O SERVICIOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las operaciones contables originadas en la distribución o asignación de los gastos incurridos en los procesos de apoyo a cada proceso productivo.
Esta cuenta no debe mantener saldo, por cuanto en ella se registran los débitos y créditos de tales operaciones y su cancelación se hará entre las mismas subcuentas que las integran.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 589998- Gastos Asignados (Cr)
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor asignado a cada proceso productivo de la distribución o asignación de los gastos incurridos en los procesos de apoyo.
2- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- La subcuenta 589998-Gastos Asignados (Cr) con el valor de los gastos acumulados en cada uno de los procesos de apoyo.
2- La cancelación al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 59 | |
GASTOS | CIERRE DE INGRESOS, GASTOS Y COSTOS |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluye la cuenta que permite realizar el cierre de los ingresos, gastos y costos del periodo contable, con el fin de establecer el resultado de las operaciones realizadas.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | 59 | 5905 |
GASTOS | CIERRE DE INGRESOS, GASTOS Y COSTOS | CIERRE DE INGRESOS, GASTOS Y COSTOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor del resultado obtenido de las operaciones realizadas por la entidad contable pública.
La contrapartida corresponde a las cuentas y subcuentas de las clases 4-Ingresos, 5-Gastos y 6-Costos de Ventas y Operación, según corresponda.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- La cancelación de los saldos de las cuentas de gastos y costos de ventas al cierre del período contable.
2- La cancelación del saldo débito de la cuenta 4905- Corrección Monetaria, contra la subcuenta 590502- Cierre Corrección Monetaria.
3- El valor de la provisión para impuestos.
4- El valor del resultado del ejercicio con abono a la cuenta Resultado del ejercicio.
5- El valor del resultado del cierre de la cuenta corrección monetaria con abono a la cuenta Resultado del Ejercicio.
SE ACREDITA CON:
1- La cancelación de los saldos de las cuentas de ingreso al cierre del período contable.
2- La cancelación del saldo crédito de la cuenta 4905- Corrección Monetaria, contra la subcuenta 590502- Cierre Corrección Monetaria.
3- El valor del resultado del ejercicio con cargo a la cuenta Resultado del Ejercicio.
4- El valor del resultado del cierre de la cuenta corrección monetaria con cargo a la cuenta Resultado del ejercicio.
COSTO DE VENTAS Y OPERACIÓN
CLASE | GRUPO | CUENTA |
5 | ||
COSTOS DE VENTAS Y OPERACIÓN |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen los grupos que representan las erogaciones y cargos asociados con la adquisición o producción de bienes y la prestación de servicios vendidos por la entidad contable pública durante el periodo contable. Los costos operativos constituyen los valores reconocidos como resultado del desarrollo de la operación básica o principal de la entidad contable pública en la administración de la seguridad social, el desarrollo de las actividades financiera y aseguradora y la explotación de los juegos de suerte y azar; operaciones que por sus características no se reconocen de manera acumulativa en los costos de producción. Las cuentas que integran esta clase son de naturaleza débito.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
6 | 62 | |
COSTOS DE VENTAS Y OPERACIÓN | COSTOS DE VENTAS DE BIENES |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan el costo incurrido en la producción y comercialización de bienes, que fueron vendidos durante el período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
6 | 62 | 6205 |
COSTOS DE VENTAS Y OPERACIÓN | COSTO DE VENTAS DE BIENES | BIENES PRODUCIDOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública en la transformación, explotación, cultivo o construcción, de bienes vendidos durante el período, y que tienen relación de causalidad con el ingreso generado en desarrollo de sus funciones de cometido estatal.
La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 1505-Bienes Producidos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo de los inventarios producidos y vendidos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación del saldo al cierre del período contable.
2- El valor de las devoluciones en ventas.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
6 | 62 | 6210 |
COSTOS DE VENTAS Y OPERACIÓN | COSTO DE VENTAS DE BIENES | BIENES COMERCIALIZADOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos en la adquisición y manejo de bienes vendidos que no requieren ser sometidos a ningún proceso productivo en la entidad contable pública que los comercializa.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 1510-Mercancías en Existencia.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo de los bienes vendidos.
2- El valor de las devoluciones en compras.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación del saldo al cierre del período contable.
2- El valor de las devoluciones en ventas.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
6 | 63 | |
COSTOS DE VENTAS Y OPERACIÓN | COSTO DE VENTAS DE SERVICIOS |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan el costo de los servicios vendidos, durante el período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
6 | 63 | 6305 |
COSTOS DE VENTAS Y OPERACIÓN | COSTO DE VENTAS DE SERVICIOS | SERVICIOS EDUCATIVOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública en la formación y generación de los servicios educativos vendidos durante el período contable, en desarrollo de sus funciones de cometido estatal.
La contrapartida corresponde a la subcuenta Traslado de Costos (Cr) de las cuentas del grupo 72-Servicios Educativos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo de los servicios vendidos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación del saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
6 | 63 | 6310 |
COSTOS DE VENTAS Y OPERACIÓN | COSTO DE VENTAS DE SERVICIOS | SERVICIOS DE SALUD |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública en la prestación del servicio de salud vendido, en desarrollo de sus funciones de cometido estatal.
La contrapartida corresponde a la subcuenta Traslado de Costos (Cr) de las cuentas del grupo 73-Servicios de Salud.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo de los servicios vendidos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación del saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
6 | 63 | 6345 |
COSTOS DE VENTAS Y OPERACIÓN | COSTO DE VENTAS DE SERVICIOS | SERVICIOS DE TRANSPORTE |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública en la generación de servicios de transporte vendidos, en desarrollo de sus funciones de cometido estatal.
La contrapartida corresponde a la subcuenta Traslado de Costos (Cr) de las cuentas del grupo 74-Servicios de Transporte
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo de los servicios vendidos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación del saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
6 | 63 | 6350 |
COSTOS DE VENTAS Y OPERACIÓN | COSTO DE VENTAS DE SERVICIOS | SERVICIOS HOTELEROS Y DE PROMOCIÓN TURÍSTICA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública en la prestación de servicios hoteleros y de promoción turística vendidos, en desarrollo de sus funciones de cometido estatal.
La contrapartida corresponde a la subcuenta Traslado de Costos (Cr) de las cuentas del grupo 76-Servicios Hoteleros y de Promoción Turística.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo de los servicios vendidos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación del saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
6 | 63 | 6360 |
COSTOS DE VENTAS Y OPERACIÓN | COSTO DE VENTAS DE SERVICIOS | SERVICIOS PÚBLICOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública en la prestación de los servicios públicos de energía, acueducto, alcantarillado, aseo, gas combustible y telecomunicaciones, en desarrollo de sus funciones de cometido estatal.
La contrapartida corresponde a las subcuentas Traslado de Costos (Cr) de las cuentas del grupo 75-Servicios Públicos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo de los servicios públicos vendidos
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación del saldo al cierre del período contable
CLASE | GRUPO | CUENTA |
6 | 63 | 6390 |
COSTOS DE VENTAS Y OPERACIÓN | COSTO DE VENTAS DE SERVICIOS | OTROS SERVICIOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública en la prestación de servicios que no se encuentran definidos en las cuentas anteriores.
La contrapartida corresponde a la subcuenta Traslado de Costos (Cr) de las cuentas del grupo 79-Otros Servicios.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El costo de otros servicios vendidos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación del saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
6 | 64 | |
COSTOS DE VENTAS Y OPERACIÓN | COSTO DE OPERACIÓN DE SERVICIOS |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan los valores que se causen como resultado del desarrollo de la operación básica o principal de la entidad contable pública dedicada a actividades como la administración de la seguridad social, el desarrollo de las actividades financiera y aseguradora y la explotación de juegos de suerte y azar.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
6 | 64 | 6401 |
COSTOS DE VENTAS Y OPERACIÓN | COSTO DE VENTAS DE SERVICIOS | ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos en que incurren los fondos de reserva de pensiones por el reconocimiento del conjunto de prestaciones económicas y pensionales a que tienen derecho los afiliados al sistema general de pensiones.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 2490-Otras Cuentas por Pagar, 2625-Bonos Pensionales, 2720-Provisión para Pensiones y 2721-Provisión para Bonos Pensionales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado por cada concepto.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
6 | 64 | 6402 |
COSTOS DE VENTAS Y OPERACIÓN | COSTO DE OPERACIÓN DE SERVICIOS | ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor causado por las Empresas promotoras de salud-EPS originado en la administración de la seguridad social en salud.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 2550-Administración de la Seguridad Social en Salud
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado por cada concepto.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
6 | 64 | 6403 |
COSTOS DE VENTAS Y OPERACIÓN | COSTO DE OPERACIÓN DE SERVICIOS | ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN RIESGOS PROFESIONALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor causado por las entidades administradoras del Sistema General de Riesgos Profesionales, por concepto de actividades de promoción y prevención tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud de la población laboral, protegiéndola contra los riesgos derivados de la organización del trabajo que pueden afectar la salud individual o colectiva.
Incluye además, los valores derivados de la atención de la salud de los trabajadores y las prestaciones económicas por incapacidad temporal a que haya lugar, frente a las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedad profesional, así como el reconocimiento y pago a los afiliados de las prestaciones por incapacidad permanente, parcial o invalidez.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 2560-Administración de la Seguridad Social en Riesgos Profesionales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado por cada concepto.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
6 | 64 | 6410 |
COSTOS DE VENTAS Y OPERACIÓN | COSTO DE OPERACIÓN DE SERVICIOS | OPERACIONES DE CAPTACIÓN Y SERVICIOS FINANCIEROS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor causado por concepto de erogaciones y cargos asociados a las operaciones de captación y servicios financieros en que incurren las entidades financieras y las entidades descentralizadas de fomento y desarrollo regional.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 2427-Gastos Financieros por Pagar por Operaciones de Captación y Servicios Financieros.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado por cada concepto.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable
CLASE | GRUPO | CUENTA |
6 | 64 | 6411 |
COSTOS DE VENTAS Y OPERACIÓN | COSTO DE OPERACIÓN DE SERVICIOS | OPERACIONES DE BANCA CENTRAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor causado por concepto de erogaciones y cargos por gastos financieros incurridos por el Banco de la República en desarrollo de sus actividades, de acuerdo con lo establecido en la Ley 31 de 1992.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran la cuenta 2426-Gastos Financieros por Pagar- Operaciones de Banca Central.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado por cada concepto.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
6 | 64 | 6412 |
COSTOS DE VENTAS Y OPERACIÓN | COSTO DE OPERACIÓN DE SERVICIOS | POR SEGUROS Y REASEGUROS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor causado por la estimación de las obligaciones originadas en los riesgos que deben cubrir las entidades contables públicas de carácter asegurador, en desarrollo de sus funciones de cometido estatal.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 2725-Provisión para Seguros y Reaseguros y 2415-Operaciones de Seguros y Reaseguros.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado por cada concepto.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
6 | 64 | 6420 |
COSTOS DE VENTAS Y OPERACIÓN | COSTO DE OPERACIÓN DE SERVICIOS | JUEGOS DE SUERTE Y AZAR |
DESCRIPCIÓN
Representa los valores causados por la entidad contable pública, por concepto de premios y demás gastos inherentes a la explotación del monopolio de juegos de suerte y azar.
La contrapartida corresponde a las subcuentas que integran las cuentas 2465-Premios por Pagar y 2425- Acreedores.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado por cada concepto.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
COSTOS DE PRODUCCIÓN
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | ||
COSTOS DE PRODUCCIÓN |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen los grupos que representan las erogaciones y cargos directamente relacionados con la producción de bienes y la prestación de los servicios individualizables que surgen del desarrollo de funciones de cometido estatal de la entidad contable pública, con independencia de su suministro gratuito o su venta a precios económicamente no significativos o a precios de mercado. También incluye el costo de los bienes producidos para el uso o consumo interno. Los costos de producción están asociados principalmente con la obtención de los ingresos o parte de ellos, por la venta de bienes o la prestación de servicios individualizables. Las cuentas que integran esta clase son de naturaleza débito.
Cuando se trate de la producción de bienes que serán consumidos o utilizados directamente por la entidad contable pública, una vez concluido el proceso productivo, deben reclasificarse a las cuentas de gastos, cargos diferidos, propiedades, planta y equipo o al activo correspondiente.
Los conceptos que hacen parte del costo de producción, son los siguientes:
Materia prima: comprende el costo de los elementos que han de ser sometidos a un proceso de transformación y convertidos en un bien final o intermedio. La contrapartida corresponde a la subcuenta 151201-Materias Primas.
Materiales: en la producción de bienes, comprende el costo de los elementos que quedan integrados físicamente al producto, susceptibles de medirse en unidades de costo. También incluye los materiales de envases y empaques necesarios en la producción. La contrapartida corresponde a las subcuentas 151701- Materiales y 151601-Envases y Empaques, según corresponda. Tratándose de los servicios, comprende los elementos que se consumen directamente en la prestación de los mismos. La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 1518-Materiales para la Prestación de Servicios.
Generales: corresponde a los costos en que incurre la entidad contable pública, en los procesos productivos de bienes o prestación de servicios, que no se identifican físicamente en el producto o servicio, pero son necesarios en la producción, tales como mantenimiento, reparaciones, servicios públicos y arrendamientos. La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 2401-Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406- Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior, 2425-Acreedores y 5897-Costos y Gastos por Distribuir.
Sueldos y salarios: corresponde al valor de la remuneración, en especie o en efectivo, que reconoce la entidad contable pública a las personas que participan, directa o indirectamente, en los procesos productivos de bienes o prestación de servicios. La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 2505- Salarios y prestaciones sociales y 2715-Provisión para prestaciones sociales.
Contribuciones imputadas: lo conforman el valor de las prestaciones proporcionadas directamente por la entidad contable pública a las personas que participan en el proceso de producción de bienes o de prestación de servicios. La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 2505-Salarios y Prestaciones Sociales, 2720-Provisión para Pensiones y 2721-Provisión para Bonos Pensionales.
Contribuciones efectivas: corresponde al valor de las contribuciones sociales que la entidad contable pública paga en beneficio de quienes participan en el proceso de producción de bienes o prestación de servicios, a través de las entidades responsables de la administración de los sistemas de seguridad social o de proveer otros beneficios. La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2425-Acreedores.
Aportes sobre la nómina: valor de las erogaciones en que incurre la entidad contable pública, originadas en pagos obligatorios sobre la nómina de quienes participan en el proceso de producción de bienes y prestación de servicios, con destino al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar-ICBF, al Servicio Nacional de Aprendizaje-SENA, la Escuela Superior de Administración Pública-ESAP y las Escuelas Industriales e Institutos Técnicos. La contrapartida corresponde a las respectivas subcuentas de la cuenta 2425- Acreedores.
Depreciación: valor calculado de la disminución gradual de la capacidad operacional de las propiedades, planta y equipo utilizadas en el proceso de producción, como resultado del uso, expresada en términos monetarios, con base en el valor de los bienes y la vida útil estimada. La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1685-Depreciación Acumulada (Cr).
Amortización: valor calculado de la disminución gradual de los recursos amortizables por efecto de su extinción o pérdida de capacidad operacional, durante el tiempo en que contribuye a la producción. La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 1686- Amortización Acumulada (Cr), 1845-Amortización Acumulada de Inversiones en Recursos Naturales No Renovables en Explotación (Cr), 1915-Obras y Mejoras en Propiedad Ajena y 1925-Amortización Acumulada de Bienes Entregados a Terceros (Cr).
Impuestos: valor de los gravámenes en los cuales el bien objeto del tributo se relaciona directamente con la producción de bienes o la prestación de servicios, tales como: Impuesto predial, Impuesto de vehículos y Contribución por valorización. La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 2440- Impuestos, Contribuciones y Tasas por Pagar.
Regalías: valor de la compensación monetaria girada a la Nación, departamentos, municipios, puertos y Fondo Nacional de Regalías, liquidada sobre la explotación de los recursos naturales no renovables. La contrapartida corresponde a la subcuenta 244010-Regalías y Compensaciones Monetarias.
Traslado de costos (Cr): subcuenta mediante la cual se trasladan los costos de producción a las cuentas de inventario o al costo de ventas, según se trate de bienes o servicios, permitiendo acumular y revelar los costos de producción durante el período contable.
Cuando se trate de la producción de bienes, los saldos de las cuentas que integran esta clase se trasladan al inventario de productos terminados al finalizar la producción. A efectos de presentación de la información, los costos correspondientes a la producción que se encuentre en proceso, se reclasifican periódicamente en las fechas de reporte de información contable a la cuenta 1520-Productos en Proceso. En el caso de la prestación de servicios, el saldo de los costos se traslada directamente a las cuentas del costo de ventas, en el entendido que la producción del servicio es simultánea al intercambio, toda vez que al momento de concluir su producción, los servicios son suministrados a los consumidores.
Al cierre del período contable, las subcuentas de naturaleza débito se cancelarán contra la subcuenta Traslado de Costos (Cr).
Los conceptos de costo anteriormente relacionados corresponden a las subcuentas de cada una de las cuentas que conforman los grupos de esta clase.
El detalle en el nivel auxiliar corresponde a la desagregación que presentan en el gasto, las cuentas 5202-Sueldos y Salarios, 5203-Contribuciones Imputadas, 5204-Contribuciones Efectivas, 5207- Aportes sobre la Nómina, 5211-Generales, 5220- Impuestos, Contribuciones y Tasas, 5330-Depreciación de Propiedades, Planta y Equipo y 5331-Depreciación de Bienes Adquiridos en Leasing Financiero.
Adicionalmente, deben desarrollarse los auxiliares que se requieran tratándose de la amortización de propiedades, planta y equipo y amortización de recursos naturales no renovables en explotación. Lo anterior, debe entenderse respecto de los conceptos que se constituyan en costo de producción de acuerdo con las funciones de cometido estatal de la entidad contable pública.
CLASE GRUPO CUENTA
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 71 | |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | PRODUCCIÓN DE BIENES |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan el costo incurrido por cada uno de los conceptos necesarios para la producción de bienes.
<Cuenta 7101 eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en el cultivo de productos agrícolas.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 710195-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
3- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 710195-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 710195-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 710195-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales y materia prima al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 710195- Traslado de Costos (Cr).
<Cuenta 7102 eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en el cultivo de productos forestales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso; a través de la subcuenta 710295-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
3- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 710295-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 710295-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 710295-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales y materia prima al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 710295- Traslado de Costos (Cr)
<Cuenta 7103 eliminada por el artículo 2 de la Resolución 142 de 2009>
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en el cultivo de productos piscícolas.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso; a través de la subcuenta 710395-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
3- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 710395-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 710395-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 710395-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales y materia prima al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 710395- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 71 | 7104 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | PRODUCCIÓN DE BIENES | SEMOVIENTES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la producción de semovientes.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso; a través de la subcuenta 710495-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
3- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 710495-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 710495-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 710495-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales y materia prima al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 710495- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 71 | 7105 |
COSTOS DE PRODUCCION | PRODUCCION DE BIENES | PRODUCTOS AGROPECUARIOS, DE SILVICULTURA, AVICULTURA Y PESCA |
<Descripción y Dinámica adicionadas por el artículo 4 de la Resolución 142 de 2009. El nuevo texto es el siguiente>
Descripción
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en el cultivo de productos agrícolas, de silvicultura y pesca, y en la cría de productos pecuarios y avícolas.
Dinámica
Se debita con:
1. El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2. La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 710595-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
3. La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 710595-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
Se acredita con:
1. El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 710595-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2. El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 710595-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3. La devolución de materiales y materia prima al inventario.
4. El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 710595-Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 71 | 7109 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | PRODUCCIÓN DE BIENES | PETRÓLEO CRUDO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la extracción de petróleo crudo.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- El valor de las reservas extraídas, calculado técnicamente.
3- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso; a través de la subcuenta 710995-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
4- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 710995-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 710995-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 710995-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 710995- Traslado de Costos (Cr)
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 71 | 7110 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | PRODUCCIÓN DE BIENES | GAS NATURAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la producción de gas natural.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- El valor de las reservas extraídas, calculado técnicamente.
3- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso; a través de la subcuenta 711095-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
4- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 711095-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 711095-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 711095-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 711095- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 71 | 7114 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | PRODUCCIÓN DE BIENES | PRODUCTOS DE MINAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la explotación, transporte y manejo de productos de minas y canteras, diferentes al carbón.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- El valor de las reservas extraídas, calculado técnicamente.
3- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso; a través de la subcuenta 711495-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
4- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 711495-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 711495-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 711495-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 711495- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 71 | 7115 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | PRODUCCIÓN DE BIENES | SAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la explotación, transporte y manejo de sal.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- El valor de las reservas extraídas, calculado técnicamente.
3- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso; a través de la subcuenta 711595-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
4- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 711595-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 711595-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 711595-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 711595- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 71 | 7116 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | PRODUCCIÓN DE BIENES | IMPRESOS Y PUBLICACIONES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la edición e impresión de documentos. Así mismo, incluyen los impresos y publicaciones en braille.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso; a través de la subcuenta 711695-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
3- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 711695-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 711695-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 711695-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales y materia prima al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 711695- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 71 | 7117 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | PRODUCCIÓN DE BIENES | COMBUSTIBLES Y OTROS DERIVADOS DEL PETRÓLEO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la producción de combustibles y otros derivados del petróleo.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso; a través de la subcuenta 711795-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
3- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 711795-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 711795-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 711795-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales y materia prima al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 711795- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 71 | 7118 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | PRODUCCIÓN DE BIENES | LUBRICANTES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la producción de lubricantes.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso; a través de la subcuenta 711895-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
3- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 711895-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 711895-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 711895-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales y materia prima al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 711895- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 71 | 7119 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | PRODUCCIÓN DE BIENES | ADITIVOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la producción de aditivos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso; a través de la subcuenta 711995-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
3- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 711995-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 711995-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 711995-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales y materia prima al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 711995- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 71 | 7120 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | PRODUCCIÓN DE BIENES | PRODUCTOS QUÍMICOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la producción de químicos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso; a través de la subcuenta 712095-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
3- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 712095-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 712095-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 712095-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales y materia prima al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 712095- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 71 | 7121 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | PRODUCCIÓN DE BIENES | SUBPRODUCTOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la elaboración de subproductos, los cuales son el resultado incidental al manufacturar productos principales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso; a través de la subcuenta 712195-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
3- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 712195-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 712195-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 712195-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales y materia prima al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 712195- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 71 | 7122 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | PRODUCCIÓN DE BIENES | MEDICAMENTOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la producción de medicamentos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso; a través de la subcuenta 712295-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
3- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 712295-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 712295-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 712295-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales y materia prima al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 712295- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 71 | 7123 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | PRODUCCIÓN DE BIENES | MEDICAMENTOS DE USO VETERINARIO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la producción de medicamentos de uso veterinario.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso; a través de la subcuenta 712395-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
3- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 712395-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 712395-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 712395-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales y materia prima al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 712395- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 71 | 7124 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | PRODUCCIÓN DE BIENES | PRODUCTOS ARTESANALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la elaboración de productos artesanales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso; a través de la subcuenta 712495-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
3- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 712495-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 712495-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 712495-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales y materia prima al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 712495- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 71 | 7125 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | PRODUCCIÓN DE BIENES | PRODUCTOS METALÚRGICOS Y DE MICROFUNDICIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la fabricación de productos metalúrgicos y de microfundición.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso; a través de la subcuenta 712595-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
3- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 712595-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 712595-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 712595-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales y materia prima al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 712595- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 71 | 7126 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | PRODUCCIÓN DE BIENES | PRODUCTOS BÉLICOS Y EXPLOSIVOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la elaboración de armas, municiones y explosivos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso; a través de la subcuenta 712695-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
3- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 712695-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 712695-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 712695-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales y materia prima al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 712695- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 71 | 7127 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | PRODUCCIÓN DE BIENES | PRODUCTOS DE MADERA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la fabricación de productos de madera.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso; a través de la subcuenta 712795-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
3- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 712795-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 712795-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 712795-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales y materia prima al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 712795- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 71 | 7128 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | PRODUCCIÓN DE BIENES | LICORES, BEBIDAS Y ALCOHOLES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la producción de licores, alcoholes y bebidas.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso; a través de la subcuenta 712895-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
3- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 712895-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 712895-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 712895-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales y materia prima al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 712895- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 71 | 7129 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | PRODUCCIÓN DE BIENES | PRODUCTOS ALIMENTICIOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la producción de alimentos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso; a través de la subcuenta 712995-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
3- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 712995-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 712995-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 712995-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales y materia prima al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 712995- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 71 | 7130 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | PRODUCCIÓN DE BIENES | CONSTRUCCIONES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en desarrollo de la actividad de la construcción orientadas, entre otras, a dar solución de vivienda a personas de escasos recursos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso; a través de la subcuenta 713095-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
3- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 713095-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 713095-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 713095-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 713095- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 71 | 7131 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | PRODUCCIÓN DE BIENES | ESPECIES MONETARIAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por el Banco Central, originados en la elaboración de billetes y monedas.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso; a través de la subcuenta 713195-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
3- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 713195-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 713195-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 713195-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales y materia prima al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 713195- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 71 | 7132 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | PRODUCCIÓN DE BIENES | PRODUCTOS PETROQUÍMICOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la producción de petroquímicos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso; a través de la subcuenta 713295-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
3- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 713295-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 713295-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 713295-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales y materia prima al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 713295- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 71 | 7135 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | PRODUCCIÓN DE BIENES | PRENDAS DE VESTIR Y CALZADO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la producción de prendas de vestir y calzado.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso; a través de la subcuenta 713595-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
3- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 713595-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 713595-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 713595-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales y materia prima al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 713595- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 71 | 7136 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | PRODUCCIÓN DE BIENES | EQUIPOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la producción de equipos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso; a través de la subcuenta 713695-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
3- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 713695-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 713695-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 713695-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales y materia prima al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 713695- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 71 | 7190 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | PRODUCCIÓN DE BIENES | OTROS BIENES PRODUCIDOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la producción de bienes, que no se encuentran relacionados, de manera específica, dentro de este grupo de cuentas.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante el período contable.
2- La devolución de los costos trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso; a través de la subcuenta 719095-Traslado de Costos (Cr). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado el reporte de la información, para continuar la acumulación.
3- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 719095-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de la subcuenta 719095-Traslado de Costos (Cr), cuando finalice la producción.
2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso a través de la subcuenta 719095-Traslado de Costos (Cr), a efectos de reporte, cuando no haya terminado la producción.
3- La devolución de materiales y materia prima al inventario.
4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 719095- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 72 | |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS EDUCATIVOS |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas representativas de los costos incurridos por las entidades contables públicas prestadoras del servicio de educación, originados en actividades científicas, académicas, culturales, recreativas, investigativas docentes, de extensión y asesoría, entre otras, en desarrollo de sus funciones de cometido estatal.
El servicio educativo se estructura en las siguientes clases de educación:
Educación formal: la que se imparte en establecimientos educativos aprobados, en una secuencia regular de ciclos lectivos, con sujeción a pautas curriculares progresivas y conducentes a la obtención de grados y títulos.
Educación no formal: la que se ofrece con el objeto de complementar, actualizar, suplir conocimientos y formar en aspectos académicos o laborales, sin sujeción al sistema de niveles y grados.
Educación informal: corresponde a todo conocimiento libre y espontáneamente adquirido, proveniente de personas, entidades, medios masivos de comunicación, medios impresos, tradiciones, costumbres, comportamientos sociales y otros no estructurados.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 72 | 7201 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS EDUCATIVOS | EDUCACIÓN FORMAL – PREESCOLAR |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la educación ofrecida al niño para su desarrollo integral en los aspectos: biológico, cognoscitivo, sicomotriz, socio-afectivo y espiritual, a través de experiencias de socialización pedagógicas y recreativas.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 720195-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 720195- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 720195- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 72 | 7202 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS EDUCATIVOS | EDUCACIÓN FORMAL – BÁSICA PRIMARIA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la educación ofrecida en los cinco primeros grados, en torno a un currículum común, conformado por las áreas fundamentales del conocimiento y de la actividad humana.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 720295-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 720295- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 720295- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 72 | 7203 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS EDUCATIVOS | EDUCACIÓN FORMAL – BÁSICA SECUNDARIA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la educación ofrecida en los cuatro grados siguientes a la educación primaria, en torno a un currículum común, conformado por las áreas fundamentales del conocimiento y de la actividad humana.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 720395-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 720395- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 720395- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 72 | 7204 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS EDUCATIVOS | EDUCACIÓN FORMAL – MEDIA ACADÉMICA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la educación ofrecida en los grados décimo y undécimo, la cual permitirá al estudiante, según sus intereses y capacidades, profundizar en un campo específico de las ciencias, las artes o las humanidades y acceder a la educación superior.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 720495-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 720495- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 720495- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 72 | 7205 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS EDUCATIVOS | EDUCACIÓN FORMAL – MEDIA TÉCNICA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la educación ofrecida en los grados décimo y undécimo, la cual permitirá preparar a los estudiantes para el desempeño laboral, en uno de los sectores de la producción y de los servicios y para la continuación en la educación superior.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 720595-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 720595- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 720595- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 72 | 7206 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS EDUCATIVOS | EDUCACIÓN FORMAL – SUPERIOR – FORMACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la prestación del servicio de educación superior en el cual se ofrecen programas de formación en ocupaciones de carácter operativo e instrumental y de especialización en un campo de acción específico.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 720695-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 720695- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 720695- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 72 | 7207 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS EDUCATIVOS | EDUCACIÓN FORMAL – SUPERIOR – FORMACIÓN TECNOLÓGICA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la prestación del servicio de educación superior, en un campo de acción en el cual se ofrecen programas de formación en ocupaciones, profesiones o disciplinas y programas de especialización.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 720795-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 720795- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 720795- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 72 | 7208 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS EDUCATIVOS | EDUCACIÓN FORMAL – SUPERIOR – FORMACIÓN PROFESIONAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la prestación del servicio de educación superior, en un campo de acción en el cual se ofrecen programas de formación en investigación científica o tecnológica; formación académica en profesiones o disciplinas; y, la producción, desarrollo y transmisión del conocimiento y de la cultura universal y nacional.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 720895-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 720895- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 720895- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 72 | 7209 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS EDUCATIVOS | EDUCACIÓN FORMAL – SUPERIOR-POSTGRADO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en programas de especializaciones, maestrías, doctorados y postdoctorados que se desarrollan con posterioridad a la formación profesional. Los programas de especialización posibilitan el perfeccionamiento en la misma ocupación, profesión, disciplina o áreas afines o complementarias. Los programas de maestría, doctorado y post-doctorado tienen la investigación como fundamento y ámbito necesario de su actividad.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 720995-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 720995- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 720995- Traslado de Costos (Cr).
<Descripción y Dinámica para la cuenta 7210 creada por el artículo 2 de la Resolución 315 de 2009>
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 72 | 7210 |
COSTOS DE PRODUCCION | SERVICIOS EDUCATIVOS | EDUCACION FORMAL – INVESTIGACION |
DESCRIPCION
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la realización de actividades de investigación
Dinámica
SE DEBITA CON:
1. El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2. La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 721095 – Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1. El valor de los costos acumulados trasladados al costo de ventas, a través de la subcuenta 721095 – Traslado de Costos (Cr).
2. La devolución de elementos al inventario de materiales.
3. El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 721095 – Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 72 | 7219 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS EDUCATIVOS | EDUCACIÓN FORMAL – FORMACIÓN EN ARTES Y OFICIOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, con el objeto de formar en aspectos laborales, sin sujeción al sistema de niveles y grados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 721995-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 721995- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 721995- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 72 | 7220 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS EDUCATIVOS | EDUCACIÓN NO FORMAL – VALIDACIÓN DE NIVELES Y GRADOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, con el objeto de preparar para la validación de niveles y grados propios de la educación formal.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 722095-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 722095- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 722095- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 72 | 7221 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS EDUCATIVOS | EDUCACIÓN NO FORMAL – FORMACIÓN EXTENSIVA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la formación destinada a la difusión de los conocimientos, intercambios de experiencias y actividades de servicio, que constituyen programas de educación permanente, cursos, seminarios y demás programas destinados a procurar el bienestar general y satisfacción de necesidades de la comunidad.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 722195-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 722195- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 722195- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 72 | 7231 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS EDUCATIVOS | EDUCACIÓN INFORMAL – CONTINUADA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, con el objeto de ofrecer educación informal continuada, empleando medios electrónicos de comunicación o transmisión de datos, tales como radiodifusión, televisión, telemática o cualquier otro.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 723195-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 723195- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 723195- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 72 | 7232 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS EDUCATIVOS | EDUCACIÓN INFORMAL – VALIDACIÓN PARA LA EDUCACIÓN FORMAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, con el objeto de ofrecer educación informal para el acceso a la educación formal, empleando medios electrónicos de comunicación o transmisión de datos, tales como radiodifusión, televisión, telemática o cualquier otro.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 723295-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 723295- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 723295- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 72 | 7233 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS EDUCATIVOS | EDUCACIÓN INFORMAL – DIFUSIÓN ARTÍSTICA Y CULTURAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, con el objeto de ofrecer educación informal para la difusión artística y cultural, empleando medios electrónicos de comunicación o transmisión de datos, tales como radiodifusión, televisión, telemática o cualquier otro.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 723395-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 723395- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 723395- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 72 | 7250 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS EDUCATIVOS | SERVICIOS CONEXOS A LA EDUCACIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la realización de actividades relacionadas con la prestación del servicio de educación, tales como: restaurantes, transporte y fotocopias.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 725095-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 725095- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 725095- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas representativas de los costos incurridos por las entidades contables públicas que prestan servicios de salud, en las diferentes unidades funcionales, las cuales tienen asociados centros de costos definidos a nivel de cuenta.
El concepto de Unidad funcional corresponde al conjunto de procesos específicos, procedimientos y actividades, ejecutados secuencialmente y dentro de límites técnicamente establecidos. Son Unidades funcionales, las siguientes:
Unidad de urgencias: conjunto de procesos destinados al diagnóstico y tratamiento de personas que han sufrido, o se considera que sufren, afección súbita grave y deben recibir atención inmediata.
Unidad de servicios ambulatorios: conjunto de procesos destinados a la atención ambulatoria de personas para diagnóstico y tratamiento, a través de la ejecución de acciones de recuperación, rehabilitación, prevención y promoción.
Unidad de hospitalización: conjunto de procesos destinados a recibir, en condición de internos, los usuarios que necesiten atención clínica permanente, en interrelación con otras unidades clínicas, logísticas y administrativas.
Unidad de quirófanos y salas de parto: conjunto de procesos destinados a la realización de procedimientos e intervenciones quirúrgicas, atención de parto y recuperación post-anestésica, ya sea en régimen de rutina o de urgencia, ambulatorio o de internación.
Unidad de apoyo diagnóstico: conjunto de procesos destinados a orientar y precisar el diagnóstico efectuado por el profesional clínico.
Unidad de apoyo terapéutico: conjunto de procesos encaminados a complementar las actividades terapéuticas ejecutadas en las diferentes unidades de internación y/o ambulatorias.
28
Unidad de servicios conexos a la salud: conjunto de actividades relacionadas con el servicio de salud, que no se encuentran contenidas en las unidades funcionales descritas anteriormente.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7301 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | URGENCIAS-CONSULTAS Y PROCEDIMIENTOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en el diagnóstico y tratamiento, con ocasión de una urgencia y que no requieren tiempos de observación.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 730195-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 730195- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 730195- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7302 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | URGENCIAS-OBSERVACIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en el diagnóstico y tratamiento de pacientes que dentro de la atención de urgencias requirieron ser sometidas a observación de muy corta estancia, para determinar su conducta definitiva.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 730295-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 730295- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 730295- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7310 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | SERVICIOS AMBULATORIOS – CONSULTA EXTERNA Y PROCEDIMIENTOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en los procedimientos y actividades ambulatorias realizadas por personal de salud no especializado y no atendidos como urgencia.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 731095-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 731095- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 731095- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7301 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | URGENCIAS-CONSULTAS Y PROCEDIMIENTOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en el diagnóstico y tratamiento, en actividades de salud realizadas por especialistas.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 731195-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 731195- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 731195- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7312 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | SERVICIOS AMBULATORIOS- SALUD ORAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en el diagnóstico y tratamiento, en actividades de salud oral.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 731295-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 731295- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 731295- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7313 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | SERVICIOS AMBULATORIOS-PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la realización de actividades orientadas a la promoción y prevención, de conformidad con la reglamentación existente.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 731395-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 731395- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 731395- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7314 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | SERVICIOS AMULATORIOS-OTRAS ACTIVIDADES EXTRAMURALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la realización de actividades ambulatorias extramurales, dentro de esta unidad funcional, que no se encuentran contenidas en los centros de costos anteriormente señalados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 731495-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 731495- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 731495- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7320 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | HOSPITALIZACIÓN – ESTANCIA GENERAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en áreas de hospitalización no especializadas.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 732095-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 732095- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 732095- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7321 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | HOSPITALIZACIÓN- CUIDADOS INTENSIVOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en áreas calificadas legalmente como de cuidados intensivos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 732195-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 732195- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 732195- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7322 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | HOSPITALIZACIÓN – CUIDADOS INTERMEDIOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en áreas calificadas legalmente como de cuidados intermedios.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 732295-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 732295- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 732295- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7323 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | HOSPITALIZACION- RECIEN NACIDOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la internación de recién nacidos, cuando se tenga una unidad especializada para tal fin.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 732395-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 732395- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 732395- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7324 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | HOSPITALIZACIÓN- SALUD MENTAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la internación que se realice en las áreas destinadas específicamente para el manejo de la salud mental.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 732495-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 732495- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 732495- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7325 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | HOSPITALIZACIÓN- QUEMADOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en el tratamiento de pacientes quemados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 732595-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 732595- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 732595- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7326 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | HOSPITALIZACIÓN - OTROS CUIDADOS ESPECIALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la realización de actividades dentro de esta unidad funcional, que no se encuentran contenidas en los centros de costos anteriormente señalados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 732695-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 732695- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 732695- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7330 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | QUIRÓFANOS Y SALAS DE PARTO -QUIRÓFANOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la realización de procedimientos quirúrgicos, ambulatorios o de internación, programados o de urgencias, que se realizan en las salas de cirugía. Incluye las actividades de recuperación de los mismos procedimientos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 733095-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 733095- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 733095- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7331 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | QUIRÓFANOS Y SALAS DE PARTO – SALAS DE PARTO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en actividades realizadas en las salas de parto, sean ambulatorias o de internación.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 733195-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 733195- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 733195- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7340 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | APOYO DIAGNÓSTICO – LABORATORIO CLÍNICO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la realización de exámenes de laboratorio para servicios ambulatorios y de internación.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 734095-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 734095- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 734095- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7341 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | APOYO DIAGNÓSTICO – IMAGENOLOGÍA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en el estudio de imágenes diagnósticas, con independencia de la tecnología usada, sean invasivas o no, ambulatorias o de internación.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 734195-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 734195- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 734195- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7342 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | APOYO DIAGNÓSTICO – ANATOMÍA PATOLÓGICA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en el estudio de muestras de órganos o tejidos, con fines de diagnóstico, sean ambulatorias o de internación.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 734295-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 734295- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 734295- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7343 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | APOYO DIAGNÓSTICO- OTRAS UNIDADES DE APOYO DIAGNÓSTICO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la realización de actividades dentro de esta unidad funcional, que no se encuentran contenidas en los centros de costos anteriormente señalados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 734395-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 734395- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 734395- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7349 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | APOYO TERAPÉUTICO- REHABILITACIÓN Y TERAPIAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la realización de actividades de rehabilitación, incluidos los diferentes tipos de terapias.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 734995-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 734995- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 734995- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7350 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | APOYO TERAPÉUTICO- BANCO DE COMPONENTES ANATÓMICOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en el manejo, preparación y procesamiento de órganos y tejidos diferentes a la sangre.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 735095-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 735095- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 735095- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7351 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | APOYO TERAPÉUTICO – BANCO DE SANGRE |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en el manejo, preparación y procesamiento de sangre y sus derivados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 735195-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 735195- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 735195- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7352 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | APOYO TERAPÉUTICO – UNIDAD RENAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en actividades realizadas en unidades renales, que cumplan con las disposiciones legales para su funcionamiento.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 735295-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 735295- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 735295- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7353 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | APOYO TERAPÉUTICO – UNIDAD HEMODINAMIA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en actividades realizadas en unidades de hemodinamia, que cumplan con las disposiciones legales para su funcionamiento.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 735395-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 735395- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 735395- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7354 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | APOYO TERAPÉUTICO- TERAPIAS ONCOLÓGICAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en actividades realizadas en unidades encargadas del manejo de pacientes oncológicos, que cumplan con las disposiciones legales para su funcionamiento.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 735495-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 735495- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 735495- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7355 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | APOYO TERAPÉUTICO- FARMACIA E INSUMOS HOSPITALARIOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en los procesos y procedimientos destinados al manejo de bienes de uso médico ambulatorio y hospitalario, incluidos los bienes correspondientes a la farmacia y otros insumos de uso hospitalario.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 735595-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 735595- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 735595- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7356 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | APOYO TERAPÉUTICO- OTRAS UNIDADES DE APOYO TERAPÉUTICO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la realización de actividades dentro de esta unidad funcional, que no se encuentran contenidas en los centros de costos anteriormente señalados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 735695-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 735695- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 735695- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7380 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | SERVICIOS CONEXOS A LA SALUD –MEDIO AMBIENTE |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la realización de actividades y procedimientos orientados a la protección, control y recuperación del medio ambiente, en los factores que se relacionan con la salud de las personas de manera individual o colectiva.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 738095-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 738095- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 738095- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7381 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | SERVICIOS CONEXOS A LA SALUD - ANCIANATOS Y ALBERGUES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en el cuidado de la tercera edad, crianza y refugio de niños huérfanos y desamparados, que se realicen en áreas independientes de la institución.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 738195-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 738195- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 738195- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7382 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | SERVICIOS CONEXOS A LA SALUD – CENTROS Y PUESTOS DE SALUD |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en actividades realizadas en centros y puestos de salud a cargo de la institución.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 738295-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 738295- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 738295- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7383 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | SERVICIOS CONEXOS A LA SALUD – SERVICIOS DOCENTES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en el apoyo a prácticas docentes en salud.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 738395-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 738395- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 738395- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7384 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | SERV ICIOS CONEXOS A LA SALUD – INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en actividades de investigación científica y tecnológica en salud, siempre y cuando se realicen de manera independiente de las actividades asistenciales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 738495-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 738495- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 738495- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7385 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | SERVICIOS CONEXOS A LA SALUD – MEDICINA LEGAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en actividades realizadas como parte de la atención a usuarios provenientes de órdenes, relacionadas con medicina legal.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 738595-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 738595- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 738595- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7386 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | SERVICIOS CONEXOS A LA SALUD – SERVICIO DE AMBULANCIAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en actividades de atención a pacientes ambulatorios u hospitalizados, como objeto de referencia y contrarrefencia o como mecanismo de transporte en actividades transitorias de apoyo diagnóstico y/o terapéutico.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 738695-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 738695- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 738695- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 73 | 7387 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE SALUD | SERVICIOS CONEXOS A LA SALUD – OTROS SERVICIOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la realización de actividades dentro de esta unidad funcional, que no se encuentran contenidas en los centros de costos anteriormente señalados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 738795-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 738795- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 738795- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 74 | |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE TRANSPORTE |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas representativas de los costos incurridos por las entidades contables públicas que prestan servicios de transporte, así como por las que administran los terminales de transporte, en desarrollo de sus funciones de cometido estatal.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 74 | 7401 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE TRANSPORTE | SERVICIO DE TRANSPORTE AÉREO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la prestación del servicio de transporte aéreo de carga y de pasajeros.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 740195-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 740195- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 740195- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 74 | 7402 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE TRANSPORTE | SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la prestación del servicio de transporte terrestre de pasajeros y de carga.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 740295-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 740295- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 740295- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 74 | 7403 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE TRANSPORTE | SERVICIOS AERONÁUTICOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública en la prestación de servicios de aeronavegación, supervisión y control del espacio aéreo, vigilancia y operación de las aeronaves y todo lo relacionado con la seguridad aérea.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 740395-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 740395- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 740395- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 74 | 7404 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE TRANSPORTE | SERVICIOS AEROPORTUARIOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la prestación de los servicios aeroportuarios, que comprende la utilización de pistas, plataformas y terminales, así como lo correspondiente a la infraestructura física del aeropuerto.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 740495-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 740495- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 740495- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 74 | 7405 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE TRANSPORTE | SERVICIO DE TERMINAL DE TRANSPORTE TERRESTRE |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la prestación de los servicios de terminal de transporte terrestre.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 740595-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 740595- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 740595- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 74 | 7407 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE TRANSPORTE | SERVICIO DE TRANSPORTE POR DUCTOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la prestación del servicio de transporte a través de oleoductos, poliductos y gasoductos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 740795-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 740795- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 740795- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 74 | 7490 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS DE TRANSPORTE | OTROS SERVICIOS DE TRANSPORTE |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la prestación de transporte, que no se encuentran contemplados de manera específica, en las anteriores clasificaciones.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 749095-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 749095- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 749095- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 75 | |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS PÚBLICOS |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas representativas de los costos incurridos por las entidades contables públicas prestadoras de los servicios públicos de energía, acueducto, alcantarillado, aseo, gas combustible y telecomunicaciones, en desarrollo de sus funciones de cometido estatal.
Teniendo en cuenta los desarrollos en materia de costos propios de las empresas de servicios públicos, la información que se registre en la estructura de las cuentas y subcuentas que conforman este grupo, requiere la realización de un proceso técnico y consistente de homologación.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 75 | 7501 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS PÚBLICOS | ENERGÍA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública en las actividades de generación, transformación, distribución y comercialización de energía.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 750195-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 750195- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 750195- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 75 | 7502 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS PÚBLICOS | ACUEDUCTO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en el abastecimiento, distribución y comercialización del agua apta para el consumo humano.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 750295-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 750295- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 750295- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 75 | 7503 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS PÚBLICOS | ALCANTARILLADO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la recolección de residuos, principalmente líquidos por medio de tuberías y conductos. También incluye las actividades complementarias de transporte, tratamiento y disposición final de residuos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 750395-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 750395- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 750395- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 75 | 7504 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS PÚBLICOS | ASEO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la recolección de residuos, principalmente sólidos. También incluye las actividades complementarias de transporte, tratamiento, aprovechamiento y disposición final de tales residuos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 750495-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 750495- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 750495- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 75 | 7505 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS PÚBLICOS | GAS COMBUSTIBLE |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la distribución y comercialización de gas combustible, por tubería u otro medio, desde un centro de generación, acopio o un gasoducto central hasta donde se conecte a una red secundaria y su instalación hasta el consumidor final, incluyendo su conexión o medición.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 750595-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 750595- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 750595- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 75 | 7506 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS PÚBLICOS | TELECOMUNICACIONES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la transmisión de voz a través de la red telefónica conmutada con acceso generalizado al público en un mismo municipio. También se aplica a la actividad complementaria de telefonía móvil rural y al servicio de larga distancia nacional e internacional.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 750695-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 750695- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 750695- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 76 | |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS HOTELEROS Y DE PROMOCIÓN TURÍSTICA |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas representativas de los costos incurridos por la entidad contable pública en la prestación de los servicios de hotelería y de promoción turística, en desarrollo de sus funciones de cometido estatal.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 76 | 7601 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS HOTELEROS Y DE PROMOCIÓN TURÍSTICA | ALOJAMIENTO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la prestación del servicio de alojamiento.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 760195-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 760195- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 760195- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 76 | 7602 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS HOTELEROS Y DE PROMOCIÓN TURÍSTICA | SUMINISTRO DE BEBIDAS Y ALIMENTOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la producción y suministro de bebidas y alimentos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 760295-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 760295- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales y de materia prima.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 760295- Traslado de Costos (Cr).
7 | 76 | 7690 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | SERVICIOS HOTELEROS Y DE PROMOCIÓN TURÍSTICA | OTROS SERVICIOS DE HOTELERÍA Y DE PROMOCIÓN TURÍSTICA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la prestación de servicios, tales como: lavandería, teléfono, sauna, juegos y deportes.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 769095-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 769095- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales y de materia prima.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 769095- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 79 | |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | OTROS SERVICIOS |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas representativas de los costos incurridos por las entidades contables públicas en la prestación de servicios que no se encuentran contenidos en los grupos de cuentas anteriormente señalados.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 79 | 7901 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | OTROS SERVICIOS | SERVICIOS DE DOCUMENTACIÓN E IDENTIFICACIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, por la expedición de documentos tales como: cédulas, libretas, pasaportes, certificados judiciales, salvoconductos, antecedentes, tarjetas profesionales y licencias de conducción en desarrollo de sus funciones de cometido estatal.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 790195-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 790195- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales y de materia prima.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 790195- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 79 | 7902 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | OTROS SERVICIOS | SERVICIOS INFORMÁTICOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, en la prestación de servicios de procesamiento de datos, actualización e implementación de programas de computación sobre los cuales tenga la propiedad intelectual, arrendamiento de equipos y asistencia técnica.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 790295-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 790295- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales y de materia prima.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 790295- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 79 | 7903 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | OTROS SERVICIOS | SERVICIOS RECREATIVOS, CULTURALES Y DEPORTIVOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, en la prestación de servicios recreativos, culturales y deportivos, tales como: administración de estadios y parques, capacitación en actividades deportivas, realización de actividades culturales y eventos deportivos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 790395-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 790395- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales y de materia prima.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 790395- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 79 | 7904 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | OTROS SERVICIOS | SERVICIOS DE APOYO INDUSTRIAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, en la prestación de servicios de apoyo industrial.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 790495-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 790495- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales y de materia prima.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 790495- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 79 | 7905 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | OTROS SERVICIOS | SERVICIOS DE COMUNICACIONES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, en la prestación de los servicios de correo, radiodifusión sonora y difusión por televisión, entre otros, en desarrollo de sus funciones de cometido estatal.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 790595-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 790595- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales y de materia prima.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 790595- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 79 | 7906 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | OTROS SERVICIOS | SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la prestación de servicios de investigación científica y tecnológica.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 790695-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 790695- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales y de materia prima.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 790695- Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 79 | 7907 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | OTROS SERVICIOS | SERVICIOS DE MATADERO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la prestación de servicios de matadero en desarrollo de sus funciones de cometido estatal.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 790795-Traslado de Costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 790795- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, contra un débito a la subcuenta 790795- Traslado de Costos (Cr).
<Descripción y dinámica de la Cuenta 7908 adicionadas por el artículo 2 de la Resolución 584 de 2009>
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 79 | 7908 |
COSTOS DE PRODUCCION | OTROS SERVICIOS | SERVICIOS DE LAVANDERIA |
DESCRIPCION
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la prestación de servicios de lavandería en desarrollo de su cometido estatal.
Dinámica
SE DEBITA CON:
1. El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2. La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 790895-Traslado de costos (Cr), contra un crédito en las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1. El valor de los costos acumulados trasladados al costo de ventas, a través de la subcuenta 790895 Traslado de costos (CR).
2. La devolución de elementos al inventario de materiales.
3. El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del periodo contable, contra un débito a la subcuenta 790895-Traslado de costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
7 | 79 | 7909 |
COSTOS DE PRODUCCIÓN | OTROS SERVICIOS | SERVICIOS DE PROGRAMACIÓN Y PRODUCCIÓN DE TELEVISIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los costos incurridos por la entidad contable pública, originados en la prestación de los servicios de programación y producción de televisión en desarrollo de sus funciones de cometido estatal.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la prestación del servicio.
2- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 790995-Traslado de Costos (Cr), acreditando las subcuentas de acumulación de costos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los costos acumulados trasladados al Costo de ventas, a través de la subcuenta 790995- Traslado de Costos (Cr).
2- La devolución de elementos al inventario de materiales.
3- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período contable, debitando la subcuenta 790995–Traslado de Costos (Cr).
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | ||
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS |
DESCRIPCIÓN
Bajo esta denominación se incluyen los grupos que representan los hechos o circunstancias de las cuales pueden generarse derechos que afecten la estructura financiera de la entidad contable pública.
Incluye cuentas de control para las operaciones realizadas con terceros que por su naturaleza no inciden en la situación financiera de la entidad contable pública, las utilizadas para control interno de activos, de futuros hechos económicos y con propósito de revelación, así como las necesarias para conciliar las diferencias entre los registros contables de los activos, costos y gastos, y la información tributaria. Las cuentas que integran esta clase son de naturaleza débito.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 81 | |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DERECHOS CONTINGENTES |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan hechos, condiciones o circunstancias existentes que implican incertidumbre en relación con un posible derecho de la entidad contable pública.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 81 | 8120 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DERECHOS CONTINGENTES | LITIGIOS Y MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las demandas interpuestas por la entidad contable pública en contra de terceros. También incluye las pretensiones económicas originadas en conflictos o controversias que se resuelven por fuera de la justicia ordinaria.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 890506- Litigios y Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor estimado de las pretensiones económicas.
2- El mayor valor estimado durante el proceso litigioso.
SE ACREDITA CON:
1- El menor valor estimado durante el proceso.
2- El valor de los derechos adquiridos en el proceso, momento en el cual debe reflejarse en el balance. 3- La extinción de la causa que dio origen al proceso.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 81 | 8121 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DERECHOS CONTINGENTES | RECURSOS Y DERECHOS POTENCIALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las estimaciones relacionadas con la subvaluación y/o expectativas de nuevos recursos o derechos.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 890507- Recursos y Derechos Potenciales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor estimado de la subvaluación de recursos y/o derechos.
2- El valor estimado por expectativas de nuevos recursos y/o derechos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los recursos y/o derechos incorporados en el balance.
2- La extinción de la causa que dio origen a la contingencia.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 81 | 8124 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DERECHOS CONTINGENTES | CONTRAGARANTÍAS RECIBIDAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los bienes y derechos que la entidad contable pública recibe como respaldo de operaciones en las que actúa como garante o deudor solidario.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 890508- Contragarantías Recibidas.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los bienes y derechos recibidos como contragarantía.
SE ACREDITA CON:
1- La extinción gradual o total de la obligación que originó la contragarantía.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 81 | 8125 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DERECHOS CONTINGENTES | GARANTÍA ESTATAL EN EL RÉGIMEN DE PRIMA MEDIA CON PRESTACIÓN DEFINIDA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los derechos de las administradoras del régimen de prima media con prestación definida, para cumplir las obligaciones con sus afiliados, por las cuales responderá el Estado, una vez se demuestre que en las anteriores entidades, los ingresos y las reservas por conceptos de aportes de pensiones se hayan agotado, siempre y cuando se hubieran cobrado las cotizaciones, de conformidad con las disposiciones legales.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 890501- Garantía Estatal en el Régimen de Prima Media con Prestación Definida.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El exceso del cálculo actuarial de las reservas para pensión, sobre las reservas para el reconocimiento y pago de dicha prestación.
SE ACREDITA CON:
1- El reconocimiento de la obligación por parte de la Nación.
2- La terminación de las obligaciones pensionales.
3- La liquidación de la administradora.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 81 | 8126 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DERECHOS CONTINGENTES | BONOS PENSIONALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los bonos pensionales emitidos que son recibidos por los fondos de reservas y entidades contables públicas pagadoras de pensiones, los cuales son reconocidos como derecho cierto en el momento de su redención.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 890514- Bonos Pensionales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los bonos pensionales y complementarios recibidos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor del bono pensional redimido.
2- El traslado del bono pensional a otro fondo de reserva y/o entidad administradora o entidad pagadora de pensiones.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 81 | 8127 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DERECHOS CONTINGENTES | FONDOS DE PENSIONES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor estimado de los aportes adeudados por la Nación al Instituto de Seguros Sociales-ISS y demás entidades de previsión social, correspondiente al Sistema de invalidez, vejez y muerte, constituido como un sistema de reparto simple, con prima escalonada y con aportes tripartita, atendiendo la legislación sobre la materia.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 890510- Fondos de Pensiones.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor estimado del aporte de la Nación.
SE ACREDITA CON:
1- El reconocimiento del derecho en la entidad, una vez la Nación haya reconocido la obligación, momento en el cual debe trasladarse al balance.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 81 | 8128 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DERECHOS CONTINGENTES | GARANTÍAS CONTRACTUALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los posibles derechos estimados a favor de la entidad contable pública por concepto de la garantía de ingresos o resultados con base en flujos proyectados tales como precios, tarifas, tráfico, llamadas y número de usuarios, asociados a proyectos bajo diversas modalidades contractuales.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 890509- Garantías Contractuales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- La estimación y actualización de los flujos a favor de la entidad contable pública.
SE ACREDITA CON:
1- El valor del derecho incorporado en el balance.
2- La disminución de la estimación de los flujos a favor de la entidad contable pública.
3- Por la finalización del contrato.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 81 | 8129 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DERECHOS CONTINGENTES | DERECHOS EN OPCIONES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los derechos originados en los contratos celebrados por la entidad contable pública, tanto en la emisión como en la compra de opciones, entendiendo como tales las operaciones financieras que le dan a su tenedor la opción o el derecho, mas no supone la obligación de comprar o de vender una cantidad específica de un activo a un precio y en una fecha determinada, o durante un tiempo determinado. Dicho contrato obliga al suscriptor a vender o comprar el activo en la fecha en que la opción sea ejercida por el tenedor, de acuerdo con las condiciones de cantidad, calidad y precio establecidos para el efecto en el contrato.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 890512- Derechos en Opciones.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor del derecho cuando se celebra el contrato.
2- El mayor valor generado como consecuencia de la actualización de los derechos.
SE ACREDITA CON:
1- El menor valor generado como consecuencia de la actualización de los derechos.
2- El ejercicio de la opción en la fecha de cumplimiento.
3- La reversión del derecho cuando no se ejerza la opción.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 81 | 8130 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DERECHOS CONTINGENTES | BIENES APREHENDIDOS O INCAUTADOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los bienes aprehendidos o incautados a terceros, originados en actividades ilegales, de conformidad con las disposiciones legales.
La subcuenta 813010-Activos Netos registra el valor del patrimonio de las empresas incautadas.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 890513- Bienes Aprehendidos o Incautados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los bienes y derechos aprehendidos o incautados.
SE ACREDITA CON:
1- La devolución de los bienes y derechos.
2- La declaración de los bienes y derechos a favor de la Nación.
3- La venta, destrucción, pérdida o dación en pago de los bienes y derechos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 81 | 8140 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DERECHOS CONTINGENTES | CAPITAL GARANTÍA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor del aporte estatal por la garantía de pago otorgada por el Gobierno Nacional, bien sea a través del Banco de la República (Fondo de Garantías), o por intermedio de los Fondos de Garantías de Instituciones Financieras y Entidades Cooperativas, con el fin de servir de instrumento para el fortalecimiento patrimonial de las entidades inscritas.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 890511- Capital Garantía.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor del compromiso de la garantía de pago otorgada, en el caso de las instituciones inscritas.
2- El valor de los derechos conferidos, en el caso de los fondos que emiten el capital garantía.
SE ACREDITA CON:
1- El valor del desembolso efectivo parcial o total de la garantía. Simultáneamente, se afectarán las cuentas reales o de balance activo (efectivo), pasivo (bonos obligatoriamente convertibles en acciones), patrimonio (capital) y prima en colocación de acciones por el monto efectivamente aportado por el Gobierno Nacional, de acuerdo con las normas vigentes.
2- La disminución de la garantía.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 81 | 8145 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DERECHOS CONTINGENTES | RECURSOS CORRIENTES DE LA CONMUTACIÓN PENSIONAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos transferidos a los patrimonios autónomos pensionales para cubrir el pasivo exigible de la obligación pensional conmutada en un período de dos (2) años.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 890515- Recursos Corrientes de la Conmutación Pensional.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los recursos transferidos al patrimonio autónomo
2- El valor de los rendimientos financieros generados.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los pagos a los beneficiarios del patrimonio autónomo.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 81 | 8146 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DERECHOS CONTINGENTES | RECURSOS NO CORRIENTES DE LA CONMUTACIÓN PENSIONAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos transferidos a los patrimonios autónomos pensionales para cubrir el pasivo exigible de la obligación pensional conmutada en un período superior a dos (2) años.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 890516-Recursos No Corrientes de la Conmutación Pensional.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los recursos transferidos al patrimonio autónomo.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los recursos reclasificados a la cuenta 8145-Recursos Corrientes de la Conmutación Pensional.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 81 | 8190 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DERECHOS CONTINGENTES | OTROS DERECHOS CONTINGENTES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los compromisos o contratos que pueden generar derechos a favor de la entidad contable pública por conceptos diferentes de los especificados anteriormente.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 890590- Otros Derechos Contingentes.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los otros derechos contingentes.
SE ACREDITA CON:
1- La extinción de la causa que dio origen a la operación.
2- El valor del derecho incorporado en el balance.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 82 | |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS FISCALES |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan las diferencias entre el valor de los activos, gastos y costos registrados en la contabilidad y los determinados para propósitos de información tributaria.
La contrapartida corresponde a la Cuenta 8910- Deudoras Fiscales por Contra (Cr).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El mayor valor resultante de comparar los valores registrados contablemente y los utilizados para efectos tributarios.
2- El valor de las pérdidas fiscales por amortizar.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la venta o retiro del bien que origina la diferencia.
2- El valor amortizado o terminación de la prerrogativa fiscal respectiva.
3- La extinción de las diferencias.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 83 | |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS DE CONTROL |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas donde se registran las operaciones que la entidad contable pública realiza con terceros, que por su naturaleza no afectan su situación financiera, económica, social y ambiental, así como las que permiten ejercer control administrativo sobre bienes y derechos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 83 | 8301 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS DE CONTROL | BIENES Y DERECHOS ENTREGADOS EN GARANTÍA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los bienes y derechos de la entidad contable pública entregados a terceros como respaldo, seguridad accesoria o garantía por créditos obtenidos u obligaciones contraídas.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 891525- Bienes y Derechos Entregados en Garantía.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los bienes y derechos entregados en garantía.
SE ACREDITA CON:
1- La extinción de la obligación que originó la garantía.
2- La recuperación del bien entregado en garantía.
3- La venta, subasta o adjudicación de los bienes entregados en garantía.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 83 | 8303 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS DE CONTROL | CONTRATOS DE LEASING OPERATIVO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los cánones de arrendamiento pendientes de cobro originados en los contratos de Leasing operativo.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 891501- Contratos de Leasing Operativo.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los cánones de arrendamiento pendientes de cobro.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los cánones que se recauden.
2- El valor de la cancelación del saldo al no ejecutarse el contrato en su totalidad.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 83 | 8306 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS DE CONTROL | BIENES ENTREGADOS EN CUSTODIA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los bienes de propiedad de la entidad contable pública, entregados a terceros para su salvaguarda o custodia.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 891502- Bienes Entregados en Custodia.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los bienes entregados en custodia.
SE ACREDITA CON:
1- El retiro o recuperación por parte de la entidad contable pública de los bienes entregados en custodia.
<Cuenta creada por el artículo 1 de la Resolución 423 de 2011. El nuevo texto es el siguiente:>
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 83 | 8307 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS DE CONTROL | FONPET |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos que por mandato legal deben ser girados por las entidades territoriales al Fondo Nacional de Pensiones Territoriales-Fonpet y que no han sido consignados en el Fondo. Además, incluye el valor de los gastos a cargo de las entidades territoriales originados en la gestión y control de los recursos del Fonpet, acumulados durante el año. Esta cuenta es de uso exclusivo en la contabilidad del FONPET, a cargo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 891526-Fonpet, de la cuenta 8915- DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1. El valor de los recursos pendientes de ser trasladados por las entidades territoriales al Fonpet.
2. El valor de los gastos generados por la gestión y control de los recursos del Fondo.
SE ACREDITA CON:
1. El valor de los recursos consignados en el Fonpet o la determinación de la no obligación del giro de los recursos.
2. El valor de los gastos acumulados al inicio del periodo contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 83 | 8309 |
Cuentas de orden deudoras | Deudoras de control | Gestión de pensiones |
<Descripción y Dinámicas adicionadas por el artículo 2 de la Resolución 635 de 2014. El nuevo texto es el siguiente:>
Descripción
Representa el valor de los derechos a cobrar relacionados con la gestión pensional de la UGPP, tales como aportes pensionales, cuotas partes de pensiones, intereses de aportes pensionales y de cuotas partes de pensiones, y sentencias a favor de la nación.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 891530-Gestión de pensiones.
Dinámica
Se debita con:
1. El valor de los recursos causados por la entidad responsable del pasivo pensional.
Se acredita con:
1. El valor de los recursos recaudados por la entidad responsable del pasivo pensional.
2. El valor de los derechos incobrables, una vez agotadas las gestiones de cobro y cumplidos los requisitos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 83 | 8310 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS DE CONTROL | BONOS, TÍTULOS Y ESPECIES NO COLOCADAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor nominal de los bonos, títulos y especies legalmente autorizados y emitidos por una entidad contable pública que aún no han sido puestos en circulación.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 891503- Bonos, Títulos y Especies No Colocados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor nominal de los bonos, títulos y especies emitidas.
SE ACREDITA CON:
1- La colocación de los bonos, títulos y especies.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 83 | 8312 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS DE CONTROL | DOCUMENTOS ENTREGADOS PARA SU COBRO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor nominal de los documentos de la entidad contable pública entregados a un tercero para que adelante la gestión de reembolso o cobranza.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 891504- Documentos Entregados para su Cobro.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor nominal de los documentos.
SE ACREDITA CON:
1- La recuperación de los valores correspondientes a los documentos.
2- La devolución de los documentos entregados para su cobro.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 83 | 8313 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS DE CONTROL | MERCANCÍAS ENTREGADAS EN CONSIGNACIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los bienes de propiedad de la entidad contable pública entregados en consignación para su comercialización.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 891505- Mercancías Entregadas en Consignación.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las mercancías entregadas en consignación.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la venta de las mercancías en consignación.
2- La devolución de las mercancías entregadas en consignación.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 83 | 8315 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS DE CONTROL | ACTIVOS RETIRADOS |
<Descripción y Dinámicas modificadas por el artículo 5 de la Resolución 558 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:>
Descripción
Representa el valor de los bienes retirados del servicio por encontrarse inservibles. Así mismo registra los bienes totalmente depreciados, agotados o amortizados, los cuales han sido retirados del servicio por no encontrarse en condiciones de uso. También registra los derechos retirados por castigo, que a criterio de la entidad contable pública requieran ser controlados.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 891506-Activos Retirados.
Dinámica
Se Debita con:
1. El valor de realización de los bienes.
2. El valor de recuperación de los derechos.
Se acredita con:
1. El valor de disposición de los bienes.
2. El valor de recuperación de los derechos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 83 | 8317 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS DE CONTROL | BIENES ENTREGADOS EN EXPLOTACIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos naturales no renovables entregados en explotación.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 891508- Bienes Entregados en Explotación.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los recursos naturales no renovables entregados en explotación.
2- El mayor valor de las reservas probadas mediante estudio técnico, por variaciones en cantidades o precios.
SE ACREDITA CON:
1- El agotamiento de los recursos naturales no renovables entregados en explotación.
2- El menor valor de las reservas probadas mediante estudio técnico, por variaciones en cantidades o precios.
3- La terminación del contrato o convenio.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 83 | 8320 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS DE CONTROL | TÍTULOS DE INVERSIÓN AMORTIZADOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor nominal de los títulos retirados de circulación por haberse redimido, hasta tanto se realice su destrucción.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 891509- Títulos de Inversión Amortizados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los títulos retirados de circulación.
SE ACREDITA CON:
1- La destrucción de los títulos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 83 | 8333 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS DE CONTROL | FACTURACIÓN GLOSADA EN VENTA DE SERVICIOS DE SALUD |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las objeciones a las facturas presentadas por las instituciones prestadoras de servicios de salud-IPS, originadas en las inconsistencias detectadas en su revisión y en sus respectivos soportes, las cuales pueden determinarse al interior de la misma institución o por las entidades con las cuales se hayan celebrado contratos de prestación de servicios.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 891517- Facturación Glosada en Venta de Servicios de Salud.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor total o parcial de la factura glosada.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las glosas subsanadas o de las aceptadas en forma definitiva.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 83 | 8340 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS DE CONTROL | INVENTARIOS OBSOLETOS Y VENCIDOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los inventarios que a causa de la exposición a factores naturales, al transcurso del tiempo y a los avances tecnológicos, entre otros, han quedado en desuso o se encuentran inservibles por su vencimiento.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 891512- Inventarios Obsoletos y Vencidos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de realización de los bienes.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de disposición de los bienes.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 83 | 8344 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS DE CONTROL | BIENES Y DERECHOS TITULARIZADOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los bienes y derechos titularizados por la entidad contable pública con patrimonio autónomo vigente.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 891513- Bienes y Derechos Titularizados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los bienes y derechos titularizados.
SE ACREDITA CON:
1- La terminación del contrato.
2- La terminación del patrimonio autónomo.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 83 | 8347 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS DE CONTROL | BIENES ENTREGADOS A TERCEROS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los bienes entregados a terceros que no implican el traslado del dominio de la propiedad y sobre los cuales se requiere llevar a cabo procesos de seguimiento y control.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 891518- Bienes Entregados a Terceros.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los bienes entregados.
SE ACREDITA CON:
1- La devolución de los bienes.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 83 | 8350 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS DE CONTROL | PRÉSTAMOS APROBADOS POR DESEMBOLSAR |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los préstamos pendientes por desembolsar por las entidades contables públicas que desarrollan actividades de carácter financiero.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 891515- Préstamos Aprobados por Desembolsar.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los créditos aprobados pendientes de desembolsar.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los créditos desembolsados.
2- El valor de los créditos no utilizados.
<Descripción y Dinámica adicionada por el artículo 2 de la Resolución 278 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
Clase | Grupo | Cuenta |
8 | 83 | 8354 |
Cuentas de orden deudoras | Deudoras de control | Recaudo por la enajenación de activos sector privado |
Descripción
Representa el valor de los recaudos en efectivo de la entidad territorial que se originan en la enajenación, al sector privado, de acciones o activos. Atendiendo las disposiciones legales, se excluyen del registro en esta cuenta, los ingresos generados en la administración del portafolio de las inversiones financieras de la entidad.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 891527-Recaudo por la enajenación de activos al sector privado.
Dinámica
Se debita con:
1. El valor de los recaudos en efectivo de la entidad territorial que se originan en la enajenación, al sector privado, de acciones o activos.
Se acredita con:
1. El valor de los recaudos en efectivo de la entidad territorial que se originan en la enajenación, al sector privado, de acciones o activos, una vez se gire al Fonpet el aporte que corresponda sobre esta base, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 83 | 8355 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS DE CONTROL | EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor acumulado de la ejecución de proyectos de inversión en sus componentes de formación bruta de capital y gastos.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 891516- Ejecución de Proyectos de Inversión.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- Las erogaciones por la ejecución del proyecto.
SE ACREDITA CON:
1- Su cancelación al finalizar el proyecto.
<Cuenta eliminada por el artículo 2 Resolución 160 de 2013>
<Texto original es el siguiente:>
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 83 | 8360 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS DE CONTROL | SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD – RECAUDOS EPS Y EOC |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, recaudados y ejecutados directamente por las empresas promotoras de salud- EPS o entidades obligadas a compensar-EOC, los cuales son declarados al FOSYGA en el proceso de giro y compensación.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 891520- Sistema General de Seguridad Social en Salud- Recaudos EPS y EOC.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los diferentes conceptos recaudados, declarados por las EPS y EOC ejecutados directamente de las cuentas recaudadoras de las EPS o EOC, de acuerdo con las normas definidas para tal fin.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 83 | 8361 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS DE CONTROL | RESPONSABILIDADES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los faltantes de fondos o bienes y demás actos relacionados con el detrimento del patrimonio público que ameritan el inicio de un proceso de responsabilidades para funcionarios o particulares que administren o manejen fondos o bienes públicos. El proceso culmina con el fallo de la autoridad competente, indicando la responsabilidad o no, de las personas involucradas en el proceso.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 891521- Responsabilidades.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- Los valores registrados por faltantes de fondos o bienes.
SE ACREDITA CON:
1- La recuperación de los faltantes de fondos o bienes.
2- El acto administrativo que exime de responsabilidad.
3- El acto administrativo que establezca la responsabilidad fiscal.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 83 | 8362 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS DE CONTROL | DERECHOS DE EXPLOTACIÓN O PRODUCCIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los derechos de explotación o producción otorgados a la entidad contable pública, establecido de conformidad con metodologías de reconocido valor técnico.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 891522- Derechos de Explotación.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor estimado de los derechos de explotación o producción.
2- El mayor valor resultante de la actualización de los derechos de explotación o producción.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la disminución de los derechos de explotación o producción por el agotamiento de las reservas.
2- El menor valor resultante de la actualización de los derechos de explotación o producción.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 83 | 8363 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS DE CONTROL | RECURSOS CORRIENTES DE LA CONMUTACIÓN PENSIONAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos transferidos a los patrimonios autónomos pensionales para cubrir el pasivo exigible de la obligación pensional conmutada en
un período de dos (2) años.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 891523- Recursos Corrientes de la Conmutación Pensional
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los recursos transferidos al patrimonio autónomo
2- El valor de los rendimientos financieros generados.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los pagos a los beneficiarios del patrimonio autónomo.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 83 | 8364 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS DE CONTROL | RECURSOS NO CORRIENTES DE LA CONMUTACIÓN PENSIONAL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos transferidos a los patrimonios autónomos pensionales para cubrir el pasivo exigible de la obligación pensional conmutada en un período superior a dos (2) años.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 891524- Recursos No Corrientes de la Conmutación Pensional.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los recursos transferidos al patrimonio autónomo.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los recursos reclasificados a la cuenta 8363-Recursos Corrientes de la Conmutación Pensional.
<Descripción y Dinámica para la Cuenta 8365 adicionada por el artículo 4 de la Resolución 139 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 83 | 8365 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS DE CONTROL | REGALÍAS POR RECAUDAR |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las regalías liquidadas pendientes de recaudo ya sea en efectivo o en especie. Esta cuenta debe ser utilizada por la Agencia Nacional de Hidrocarburos o la Agencia Nacional de Minería según el recurso natural no renovable del cual se trate.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 891527-Regalías por recaudar, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las regalías liquidadas pendientes de recaudo.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las regalías recaudadas en efectivo o en especie.
<Descripción y Dinámica para la Cuenta 8366 adicionada por el artículo 2 de la Resolución 453 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
Clase | Grupo | Cuenta |
8 | 83 | 8366 |
Cuentas de orden deudoras | Deudoras de control | Cartera adquirida |
Descripción
Representa el valor de los saldos por concepto de capital, intereses y demás conceptos asociados con la cartera adquirida.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 891529-Cartera adquirida.
Dinámica
Se debita con:
1. El valor del capital, intereses y demás conceptos asociados con la cartera adquirida.
Se acredita con:
1. El valor del recaudo del capital, intereses y demás conceptos asociados con la cartera adquirida.
2. El valor del retiro de la cartera adquirida por decisión administrativa.
<Descripción y Dinámica para la Cuenta 8371 adicionada por el artículo 2 de la Resolución 107 de 2017. El nuevo texto es el siguiente:>
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 83 | 8371 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS DE CONTROL | SANEAMIENTO CONTABLE ARTÍCULO 355-LEY 1819 DE 2016 |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor del impacto patrimonial positivo de los ajustes realizados por las entidades territoriales durante el proceso de depuración contable a que se refiere el artículo 355 de la Ley 1819 de 2016, el cual se origina en la incorporación de bienes o derechos, así como el retiro de obligaciones.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 891571-Saneamiento contable artículo 355-Ley 1819 de 2016.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1. El valor de los bienes o derechos que se incorporen.
2. El valor de las obligaciones que se retiren.
SE ACREDITA CON:
1. El valor de los saldos trasladados al Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Entidades de Gobierno.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 83 | 8390 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS DE CONTROL | OTRAS CUENTAS DEUDORAS DE CONTROL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las operaciones por conceptos no especificados en las cuentas relacionadas anteriormente.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 891590- Otras Cuentas Deudoras de Control.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la operación.
SE ACREDITA CON:
1- La extinción de la causa que dio origen al registro de la operación.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 89 | |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS POR CONTRA (CR) |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que registran la contrapartida de las cuentas de orden deudoras de derechos contingentes, fiscales y de control.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 89 | 8905 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS POR CONTRA (CR) | DERECHOS CONTINGENTES POR CONTRA (CR) |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de la contrapartida a las cuentas clasificadas en el Grupo 81-Derechos Contingentes.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor contabilizado por créditos en las cuentas de orden del grupo 81-Derechos Contingentes.
SE ACREDITA CON:
1- El valor contabilizado por débitos en las cuentas de orden del grupo 81-Derechos Contingentes.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 89 | 8910 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS POR CONTRA (CR) | DEUDORAS FISCALES POR CONTRA (CR) |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de la contrapartida de las cuentas clasificadas en el Grupo 82-Deudoras Fiscales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor contabilizado por créditos en las cuentas de orden del grupo 82-Deudoras Fiscales.
SE ACREDITA CON:
1- El valor contabilizado por débitos en las cuentas de orden del grupo 82-Deudoras Fiscales.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
8 | 89 | 8915 |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | DEUDORAS POR CONTRA (CR) | DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR) |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de la contrapartida de las cuentas clasificadas en el Grupo 83-Deudoras de Control.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor contabilizado por créditos en las cuentas de orden del grupo 83-Deudoras de Control.
SE ACREDITA CON:
1- El valor contabilizado por débitos en las cuentas de orden del grupo 83-Deudoras de Control.
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | ||
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen los grupos que representan los hechos o circunstancias, compromisos o contratos, que se relacionan con posibles obligaciones y que por lo tanto pueden llegar a afectar la estructura financiera de la entidad contable pública. Se incluyen las cuentas de registro utilizadas para efectos de control de pasivos y patrimonio, de futuros hechos económicos y con propósitos de revelación, así como las cuentas que permiten conciliar las diferencias entre los registros contables de los pasivos, patrimonio e ingresos, y la información tributaria. Las cuentas que integran esta clase son de naturaleza crédito.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 91 | |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | RESPONSABILIDADES CONTINGENTES |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan hechos, condiciones o circunstancias existentes que implican incertidumbre en relación con una posible obligación de la entidad contable pública.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 91 | 9120 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | RESPONSABILIDADES CONTINGENTES | LITIGIOS Y MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las demandas interpuestas por terceros en contra de la entidad contable pública. También incluye las pretensiones económicas originadas en conflictos o controversias que se resuelven por fuera de la justicia ordinaria.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 990505- Litigios y Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El menor valor estimado durante el proceso.
2- El valor provisionado durante el proceso, momento en el cual se refleja en el balance.
3- La extinción de la causa que dio origen al proceso.
SE ACREDITA CON:
1- El valor estimado de las pretensiones económicas.
2- El mayor valor estimado durante el proceso.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 91 | 9121 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | RESPONSABILIDADES CONTINGENTES | OBLIGACIONES POTENCIALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor estimado por concepto de subvaluación y/o expectativas de nuevas obligaciones. Tratándose de los fondos de reservas registra el valor del cálculo actuarial estimado a su cargo, del año 11 en adelante.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 990509-Obligaciones Potenciales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las obligaciones incorporadas en el balance.
2- La extinción de la causa que dio origen a la contingencia.
SE ACREDITA CON:
1- El valor estimado de subvaluación de pasivos.
2- El valor estimado por expectativas de nuevas obligaciones.
3- El valor del cálculo actuarial del año 11 en delante a cargo de los fondos de reservas de pensiones.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 91 | 9121 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | RESPONSABILIDADES CONTINGENTES | DEUDA GARANTIZADA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los empréstitos o la emisión y colocación de títulos de deuda pública cuyo garante es la entidad contable pública.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 990506- Deuda Garantizada.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor amortizado de los préstamos garantizados.
2- El valor de los títulos redimidos garantizados.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los empréstitos y títulos garantizados.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 91 | 9126 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | RESPONSABILIDADES CONTINGENTES | GARANTÍA ESTATAL EN EL RÉGIMEN DE PRIMA MEDIA CON PRESTACIÓN DEFINIDA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor que debe asumir la Nación como garante del Sistema de seguridad social en pensiones, cuando los ingresos y reservas de los fondos de reservas de pensiones se hayan agotado y se hayan cobrado las cotizaciones respectivas, de conformidad con las disposiciones legales.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 990510- Garantía Estatal en el Régimen de Prima Media con Prestación Definida
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El reconocimiento de la obligación por parte de la Nación.
2- La terminación de las obligaciones pensionales.
3- La liquidación de los entes anotados
SE ACREDITA CON:
1- El exceso del cálculo actuarial de las reservas para pensión, sobre las reservas para el reconocimiento y pago de dicha prestación.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 91 | 9127 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | RESPONSABILIDADES CONTINGENTES | FONDOS DE PENSIONES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor estimado de los aportes adeudados por la Nación al Instituto de Seguros Sociales-ISS y demás entidades de previsión social, correspondiente al Sistema de invalidez, vejez y muerte, constituido como un Sistema de reparto simple, con prima escalonada y con aportes tripartita, atendiendo la legislación sobre la materia.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 990512- Fondos de Pensiones
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El reconocimiento del derecho en la entidad, una vez la Nación haya reconocido la obligación, momento en el cual debe trasladarse al balance.
SE ACREDITA CON:
1- El valor estimado del aporte de la Nación
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 91 | 9128 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | RESPONSABILIDADES CONTINGENTES | GARANTÍAS CONTRACTUALES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las posibles obligaciones estimadas a cargo de la entidad contable pública, por concepto de la garantía de ingresos o resultados con base en flujos proyectados tales como precios, tarifas, tráfico, llamadas y número de usuarios, asociados a proyectos bajo diversas modalidades contractuales.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 990511- Garantías Contractuales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la obligación incorporada en el balance.
2- La disminución de la estimación de los flujos en contra de la entidad contable pública.
3- Por la finalización del contrato.
SE ACREDITA CON:
1- La estimación y actualización de los flujos en contra de la entidad contable pública.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 91 | 9129 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | RESPONSABILIDADES CONTINGENTES | OBLIGACIONES EN OPCIONES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones originadas en los contratos celebrados por la entidad contable pública, tanto en la emisión como en la compra de opciones, entendiendo como tales las operaciones financieras que le dan a su tenedor la opción o el derecho, mas no supone la obligación, de comprar o de vender una cantidad específica de un activo a un precio y en una fecha determinada, o durante un tiempo determinado. Dicho contrato obliga al suscriptor a vender o comprar el activo en la fecha en que la opción sea ejercida por el tenedor, de acuerdo con las condiciones de cantidad, calidad y precio establecidos para el efecto en el contrato.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 990514- Obligaciones en Opciones.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El menor valor generado como consecuencia de la actualización de la obligación.
2- El ejercicio de la opción en la fecha de cumplimiento.
3- La reversión de la obligación cuando no se ejerza la opción.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la obligación, cuando se celebra el contrato.
2- El mayor valor generado como consecuencia de la actualización de la obligación.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 91 | 9130 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | RESPONSABILIDADES CONTINGENTES | BIENES APREHENDIDOS O INCAUTADOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las posibles obligaciones que se originen en la restitución de los bienes aprehendidos o incautados a terceros.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 990515- Bienes Aprehendidos o Incautados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- La devolución de los bienes y derechos.
2- La adjudicación definitiva de los bienes y derechos.
3- El valor de la contingencia a reclasificar por la ocurrencia del hecho y su incorporación en el balance.
SE ACREDITA CON:
1- El valor estimado de las posibles obligaciones.
<Cuenta 9135 eliminada por el artículo 10 de la Resolución 413 de 2011>
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las reservas constituidas por las entidades contables públicas, originadas en compromisos adquiridos que al finalizar la vigencia no se han cumplido, pero que están legalmente contraídos y desarrollan el objeto de la apropiación. Esta cuenta es de uso exclusivo de las entidades del orden nacional que se enmarcan dentro del ámbito de aplicación del Sistema integrado de información financiera-SIIF.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 990508- Reservas Presupuestales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- La cancelación o liberación de las reservas constituidas.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la constitución de las reservas presupuestales en diciembre 31 de la respectiva vigencia.
2- El valor de las reservas originadas para el pago de anticipos pactados y no desembolsados u otros conceptos, que por su disposición presupuestal deben relacionarse en las cuentas por pagar.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 91 | 9140 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | RESPONSABILIDADES CONTINGENTES | CAPITAL GARANTÍA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor del compromiso de la garantía de pago otorgada por el Gobierno Nacional, bien sea a través del Banco de la República (Fondo de Garantías), o por intermedio de los Fondos de Garantías de Instituciones Financieras y Entidades Cooperativas, con el fin de servir de instrumento para el fortalecimiento patrimonial de las entidades inscritas.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 990513- Capital Garantía
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor del desembolso efectivo parcial o total de la garantía.
2- La disminución de la garantía.
SE ACREDITA CON:
1- El valor del compromiso de la garantía de pago otorgada.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 91 | 9145 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | RESPONSABILIDADES CONTINGENTES | PASIVO PENSIONAL CONMUTADO – CORRIENTE |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los activos que conforman los patrimonios autónomos pensionales destinados a cubrir la obligación pensional conmutada exigible en un período de dos (2) años.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 990516- Pasivo Pensional Conmutado-Corriente.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los pagos a los beneficiarios del patrimonio autónomo
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los recursos transferidos al patrimonio autónomo.
2- El valor de los rendimientos financieros generados.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 91 | 9146 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | RESPONSABILIDADES CONTINGENTES | PASIVO PENSIONAL CONMUTADO –NO CORRIENTE |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los activos que conforman los patrimonios autónomos pensionales destinados a cubrir la obligación pensional conmutada exigible en un período superior a dos (2) años.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 990517- Pasivo Pensional Conmutado-No Corriente.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los recursos que, por adquirir la calidad de exigibles, deben ser reclasificados a la Cuenta 9145-Pasivo Pensional Conmutado-Corriente.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los recursos no exigibles transferidos al patrimonio autónomo.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 91 | 9147 |
Cuentasde orden acreedoras | Responsabilidades contingentes | CÁLCULO ACTUARIAL DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES |
<Descripción y Dinámicas adicionadas por el artículo 6 de la Resolución 634 de 2014. El nuevo texto es el siguiente:>
Descripción
Representa el valor del cálculo actuarial de pensiones actuales y futuras, así como de las cuotas partes de pensiones, de los fondos de reservas.
La contrapartida corresponde a las subcuenta 990518-Cálculo actuarial de los fondos de reservas de pensiones de la cuenta 9905-RESPONSABILIDADES CONTINGENTES POR CONTRA (DB).
DINÁMICA
Se debita con:
1. El menor valor por la actualización del cálculo actuarial.
Se acredita:
1. El valor del cálculo actuarial de pensiones actuales.
2. El valor del cálculo actuarial de pensiones futuras.
3. El valor del cálculo actuarial de cuotas partes de pensiones.
4. El mayor valor por la actualización del cálculo actuarial.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 91 | 9148 |
Cuentas de orden acreedoras | Responsabilidades contingentes | BONOS PENSIONALES EMITIDOS POR LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES |
<Descripción y Dinámicas adicionadas por el artículo 6 de la Resolución 634 de 2014. El nuevo texto es el siguiente:>
Representa el valor de los bonos pensionales emitidos por los fondos de reservas de pensiones.
La contrapartida corresponde a las subcuenta 990519-Bonos pensionales emitidos por los fondos de reservas de pensiones de la cuenta 9905-RESPONSABILIDADES CONTINGENTES POR CONTRA (DB).
Dinámica
Se debita con:
1. El menor valor de la proyección financiera de los bonos pensionales emitidos.
Se acredita:
1. El valor de la proyección financiera de los bonos pensionales emitidos.
2. El mayor valor de la proyección financiera de los bonos pensionales emitidos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 91 | 9149 |
Cuentas de orden acreedoras | Responsabilidades contingentes | LIQUIDACIÓN PROVISIONAL DE BONOS PENSIONALES |
<Descripción y Dinámicas adicionadas por el artículo 6 de la Resolución 634 de 2014. El nuevo texto es el siguiente:>
Representa el valor de la liquidación provisional de los bonos pensionales, que realizan los fondos de reservas de pensiones y las entidades responsables del pasivo pensional, la cual está sujeta a revisión por parte de los potenciales contribuyentes y beneficiarios.
La contrapartida corresponde a las subcuenta 990520-Liquidación provisional de bonos pensionales de la cuenta 9905-RESPONSABILIDADES CONTINGENTES POR CONTRA (DB).
Dinámica
Se debita con:
1. El menor valor de la proyección financiera de la liquidación provisional de bonos pensionales.
Se acredita:
1. El valor de la proyección financiera de la liquidación provisional de bonos pensionales.
2. El mayor valor de la proyección financiera de la liquidación provisional de bonos pensionales.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 91 | 9190 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | RESPONSABILIDADES CONTINGENTES | OTRAS RESPONSABILIDADES CONTINGENTES |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los compromisos o contratos que pueden generar obligaciones a cargo de la entidad contable pública por conceptos diferentes de los especificados anteriormente.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 990590- Otras Responsabilidades Contingentes.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la obligación incorporada en el balance.
2- La extinción de la causa que dio origen a la operación.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las otras obligaciones contingentes.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 92 | |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | ACREEDORAS FISCALES |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas que representan las diferencias entre el valor de los pasivos, patrimonio e ingresos registradas en la contabilidad y las de igual naturaleza utilizadas en la información tributaria.
La contrapartida corresponde a la Cuenta 9910- Acreedoras Fiscales por Contra (Db).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- La variación, terminación o extinción de la base que originó la diferencia respectiva.
SE ACREDITA CON:
1- El mayor valor resultante de comparar los valores registrados contablemente y los utilizados para propósitos tributarios.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 93 | |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | ACREEDORAS DE CONTROL |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas donde se registran las operaciones que la entidad contable pública realiza con terceros, que por su naturaleza no afectan su situación financiera, económica, social y ambiental, así como las que permiten ejercer control administrativo sobre las obligaciones.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 93 | 9301 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | ACREEDORAS DE CONTROL | BIENES Y DERECHOS RECIBIDOS EN GARANTÍA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los bienes y derechos recibidos de terceros como respaldo, seguridad accesoria o garantía por obligaciones o compromisos a favor de la entidad contable pública.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 991524- Bienes y Derechos Recibidos en Garantía.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- La cancelación de la obligación que originó la garantía.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los bienes y derechos recibidos en garantía.
<Descripción y Dinámica para la Cuenta 9302 adicionada por el artículo 2 de la Resolución 453 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
Clase | Grupo | Cuenta |
9 | 93 | 9302 |
Cuentas de orden acreedoras | Acreedoras de control | Movilización de activos |
Descripción
Representa el valor de los bienes y derechos recibidos por CISA, de entidades públicas, para ser administrados, reasignados a otras entidades públicas o comercializados, de acuerdo con las normas sobre la materia.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 991511-Movilización de activos.
Dinámica
Se debita con:
1. El valor del recaudo de la cartera recibida en administración.
2. El valor de los bienes inmuebles reasignados a otra entidad pública.
3. El valor de los bienes inmuebles comercializados.
4. El valor de los bienes devueltos a la entidad cedente.
5. La diferencia entre el valor de la cartera recibida en administración y el valor recaudado, de conformidad con lo definido en el convenio.
Se acredita con:
1. El valor de la cartera recibida en administración.
2. El valor de los bienes inmuebles recibidos para ser reasignados a otra entidad pública.
3. El valor de los bienes inmuebles recibidos para ser comercializados.
4. El valor de los bienes inmuebles devueltos a CISA por la revocatoria del acto administrativo de asignación.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 93 | 9303 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | ACREEDORAS DE CONTROL | CONTRATOS DE LEASING OPERATIVO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los cánones de arrendamiento pendientes de pago, originado en los contratos de Leasing operativo.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 991501- Contratos de Leasing Operativo.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los cánones que se cancelen.
2- El valor de la cancelación del saldo al no ejecutarse el contrato en su totalidad.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los cánones de arrendamiento pendientes de pago.
<Cuenta creada por el artículo 2 de la Resolución 423 de 2011. El nuevo texto es el siguiente:>
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 93 | 9304 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | ACREEDORAS DE CONTROL | RECURSOS ADMINISTRADOS EN NOMBRE DE TERCEROS -FONPET |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos del Fondo Nacional de Pensiones Territoriales-Fonpet, administrados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, que se encuentran en poder del Tesoro Nacional o de las sociedades administradoras. También incluye los derechos del Fonpet sobre los recursos que por mandato legal deben ser trasladados por las entidades territoriales. Esta cuenta es de uso exclusivo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en su contabilidad.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 991508-Recursos administrados en nombre de terceros-Fonpet, de la cuenta 9915-ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1. El valor de los recursos trasladados a las entidades territoriales, o aplicados a los pasivos pensionales a su cargo.
2. El valor de las erogaciones generadas por la gestión y control de los recursos.
3. Los menores valores originados en la administración de los recursos.
SE ACREDITA CON:
1. El valor de los recursos del Fonpet recibidos por el Tesoro Nacional o por las sociedades administradoras.
2. El valor de los derechos del Fonpet sobre los recursos que por mandato legal deben ser trasladados por las entidades territoriales.
3. Los mayores valores originados en la administración de los recursos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 93 | 9306 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | ACREEDORAS DE CONTROL | BIENES RECIBIDOS EN CUSTODIA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los bienes de propiedad de terceros recibidos por la entidad contable pública para su salvaguarda o custodia.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 991502- Bienes Recibidos en Custodia.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor correspondiente a los bienes recibidos en custodia que se devuelven.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los bienes recibidos en custodia.
<Cuenta creada por el artículo 2 de la Resolución 423 de 2011. El nuevo texto es el siguiente:>
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 93 | 9307 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | ACREEDORAS DE CONTROL | FONPET |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las obligaciones por la administración y control de los recursos del Fonpet, así como los retiros solicitados por las entidades territoriales para el pago del pasivo pensional a su cargo o por devolución de recursos. Además, incluye el valor de los rendimientos anuales originados en la administración de los recursos del Fonpet. Esta cuenta es de uso exclusivo en la contabilidad del Fonpet, a cargo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 991509-FONPET, de la cuenta 9915- ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1. El valor del pago de las obligaciones por la gestión y control de los recursos del Fonpet.
2. El valor de los desembolsos realizados para el pago del pasivo pensional a cargo de las entidades territoriales o de las devoluciones efectuadas.
3. El valor de los rendimientos acumulados al inicio del periodo contable.
SE ACREDITA CON:
1. El valor de las obligaciones por la gestión y control de los recursos del Fonpet.
2. El valor de las solicitudes de retiro de las entidades territoriales.
3. El valor de los rendimientos de los recursos del Fondo.
<Cuenta creada por el artículo 2 de la Resolución 423 de 2011. El nuevo texto es el siguiente:>
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 93 | 9308 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | ACREEDORAS DE CONTROL | RECURSOS ADMINISTRADOS EN NOMBRE DE TERCEROS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos de terceros administrados por la entidad contable pública, que se encuentran en su poder o que han sido entregados para ser administrados por terceros.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 991510-Recursos administrados en nombre de terceros, de la cuenta 9915-ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1. El valor de los recursos u otros activos reintegrados o el pago de pasivos de la entidad dueña de los recursos.
2. El valor de las erogaciones generadas por la gestión y control de los recursos.
3. Los menores valores originados en la administración de los recursos.
SE ACREDITA CON:
1. El valor de los recursos recibidos para administrar en nombre de terceros.
2. Los mayores valores originados en la administración de los recursos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 93 | 9309 |
Cuentas de orden acreedoras | Acreedoras de control | Gestión de pensiones |
<Descripción y Dinámicas adicionadas por el artículo 2 de la Resolución 635 de 2014. El nuevo texto es el siguiente:>
Descripción
Representa el valor de las obligaciones pendientes de pago relacionadas con la gestión pensional de la UGPP, por conceptos tales como la nómina de pensionados, las cuotas partes de pensiones, los retroactivos pensionales y las sentencias a cargo de la nación.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 991528-Gestión de Pensiones.
Dinámica
Se debita con:
1. El valor de las obligaciones pagadas por la entidad responsable del pasivo pensional.
Se acredita con:
1. El valor de las obligaciones causadas por la entidad responsable del pasivo pensional.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 93 | 9310 |
Cuentas de orden acreedoras | Acreedoras de control | Cálculo actuarial revelado por la UGPP |
<Descripción y Dinámicas adicionadas por el artículo 2 de la Resolución 635 de 2014. El nuevo texto es el siguiente:>
Descripción
Representa el valor del cálculo actuarial de pensiones de entidades o fondos de reservas que fueron sustituidos por la UGPP, en el reconocimiento de obligaciones pensionales.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 991529-Cálculo actuarial revelado por la UGPP. Dinámica
Se debita con:
1. El menor valor por la actualización del cálculo actuarial.
Se acredita con:
1. El valor del cálculo actuarial de pensiones y cuotas partes de pensiones.
2. El mayor valor por la actualización del cálculo actuarial.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 93 | 9313 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | ACREEDORAS DE CONTROL | MERCANCÍAS RECIBIDAS EN CONSIGNACIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las mercancías de propiedad de terceros recibidas en consignación por la entidad contable pública para su comercialización.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 991503- Mercancías Recibidas en Consignación.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la venta de las mercancías en consignación.
2- La devolución de las mercancías a su propietario.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las mercancías recibidas en consignación.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 93 | 9317 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | ACREEDORAS DE CONTROL | BIENES RECIBIDOS EN EXPLOTACIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos naturales no renovables recibidos en explotación. La contrapartida corresponde a la subcuenta 991504- Bienes Recibidos en Explotación.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El agotamiento de los recursos naturales no renovables recibidos en explotación.
2- El menor valor de las reservas probadas mediante estudio técnico, por variaciones en cantidades o precios.
3- La terminación del contrato o convenio.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los recursos naturales no renovables recibidos en explotación.
2- El mayor valor de las reservas probadas mediante estudio técnico, por variaciones en cantidades o precios.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 93 | 9325 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | ACREEDORAS DE CONTROL | BIENES APREHENDIDOS O INCAUTADOS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los bienes y derechos aprehendidos o incautados, adjudicados provisionalmente a la entidad contable pública para su administración, uso y explotación, hasta tanto se determine su situación jurídica.
La subcuenta 932551-Activos Netos registra el valor del patrimonio de las empresas incautadas, recibidas para su administración.
La contrapartida corresponde a la 991505-Bienes Aprehendidos o Incautados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- La devolución de los bienes y derechos.
2- La adjudicación definitiva de los bienes y derechos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los bienes y derechos recibidos.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 93 | 9346 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | ACREEDORAS DE CONTROL | BIENES RECIBIDOS DE TERCEROS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los bienes recibidos de terceros que requieren ser controlados por la entidad contable pública. En esta cuenta se registran los bienes que reciben las empresas en comodato, así como los que reciben las entidades del gobierno general de las empresas.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 991506- Bienes Recibidos de Terceros.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los bienes recibidos de terceros que son devueltos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los bienes recibidos de terceros.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 93 | 9350 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | ACREEDORAS DE CONTROL | PRÉSTAMOS POR RECIBIR |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los préstamos contratados por la entidad contable pública, pendientes de recibir.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 991507- Préstamos por Recibir.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los empréstitos recibidos.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los empréstitos contratados y pendientes de desembolso.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 93 | 9355 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | ACREEDORAS DE CONTROL | EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor acumulado de la ejecución de proyectos de inversión en sus componentes de pasivos e ingresos.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 991522- Ejecución de Proyectos de Inversión.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- La disminución de los pasivos.
2- La cancelación al finalizar el proyecto.
SE ACREDITA CON:
1- Los ingresos obtenidos en la ejecución del proyecto.
2- Los pasivos constituidos en la ejecución del proyecto.
<Cuenta eliminada por el artículo 2 Resolución 160 de 2013>
<Texto original es el siguiente:>
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 93 | 9360 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | ACREEDORAS DE CONTROL | SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD – COMPENSACIÓN EPS Y EOC |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de los recursos reconocidos por el Sistema General de Seguridad Social en Salud, como resultado del proceso de giro y compensación, apropiados directamente por las Empresas Promotoras de Salud y las Entidades obligadas a compensar-EOC de las cuentas recaudadoras.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 991521- Sistema General de Seguridad Social en Salud- Compensación EPS y EOC.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los diferentes conceptos que como resultado del proceso de compensación se generan a favor de las EPS y las EOC, de acuerdo con las normas definidas para tal fin, establecidos como valores reconocidos del sistema.
<Descripción y Dinámica para la Cuenta 9365 adicionada por el artículo 4 de la Resolución 139 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 93 | 9365 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | ACREEDORAS DE CONTROL | REGALÍAS RECAUDADAS EN ESPECIE |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las regalías recaudadas en especie. Esta cuenta debe ser utilizada por la Agencia Nacional de Hidrocarburos.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 991525-Regalías recaudadas en especie, de la cuenta 9915-ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los recursos en efectivo transferidos al Sistema General de Regalías como producto de la comercialización de las regalías recaudadas en especie.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las regalías recaudadas en especie.
<Descripción y Dinámica para la Cuenta 9366 adicionada por el artículo 4 de la Resolución 139 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 93 | 9366 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | ACREEDORAS DE CONTROL | REGALÍAS RECAUDADAS EN EFECTIVO |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las regalías recaudadas en efectivo durante el período contable, bien sea en la Cuenta Única del Sistema General de Regalías o en las cuentas de las agencias. Esta cuenta debe ser utilizada por la Agencia Nacional de Hidrocarburos o la Agencia Nacional de Minería según el recurso natural no renovable del cual se trate.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 991526-Regalías recaudadas en efectivo, de la cuenta 9915-ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del periodo contable.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las regalías recaudadas en efectivo durante el periodo contable.
<Descripción y Dinámica para la Cuenta 9367 adicionada por el artículo 4 de la Resolución 139 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 93 | 9367 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | ACREEDORAS DE CONTROL | RESERVAS PROBADAS |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las reservas probadas de hidrocarburos y minerales, informado por la autoridad competente. Esta cuenta debe ser utilizada por la Agencia Nacional de Hidrocarburos y por la Agencia Nacional de Minería.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 991527-Reservas probadas, de la cuenta 9915- ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El menor valor de las reservas probadas por variaciones en cantidades o precios.
2- El valor de la liquidación por la explotación de las reservas probadas.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las reservas probadas.
2- El mayor valor de las reservas probadas por variaciones en cantidades o precios.
<Descripción y Dinámica para la Cuenta 9368 adicionada por el artículo 2 de la Resolución 107 de 2017. El nuevo texto es el siguiente:>
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 93 | 9368 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | ACREEDORAS DE CONTROL | SANEAMIENTO CONTABLE ARTÍCULO 355-LEY 1819 DE 2016 |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor del impacto patrimonial negativo de los ajustes realizados por las entidades territoriales durante el proceso de depuración contable a que se refiere el artículo 355 de la Ley 1819 de 2016, el cual se origina en la incorporación de obligaciones, así como en el retiro de bienes o derechos.
La contrapartida corresponde a la subcuenta 991530 <991531> - Saneamiento contable artículo 355-Ley 1819 de 2016. <Subcuenta 991530 renumerada como 991531 por el artículo 1 de la Resolución 238 de 2017>
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1. El valor de los saldos trasladados al Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Entidades de Gobierno.
SE ACREDITA CON:
1. El valor de las obligaciones que se incorporen.
2. El valor de los bienes o derechos que se retiren.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 93 | 9390 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | ACREEDORAS DE CONTROL | OTRAS CUENTAS ACREEDORAS DE CONTROL |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de las operaciones por conceptos no especificados en las cuentas relacionadas anteriormente. La contrapartida corresponde a la subcuenta 991590- Otras cuentas acreedoras de control.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- La extinción de la causa que dio origen al registro de la operación.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la operación.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 99 | |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | ACREEDORAS POR CONTRA (DB) |
DESCRIPCIÓN
En esta denominación se incluyen las cuentas para registrar la contrapartida de las cuentas de orden acreedoras de responsabilidades contingentes, fiscales y de control.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 99 | 9905 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | ACREEDORAS POR CONTRA (DB) | RESPONSABILIDADES CONTINGENTES POR CONTRA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de la contrapartida de las cuentas clasificadas en el grupo 91-Responsabilidades Contingentes.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor contabilizado por créditos en las cuentas de orden del grupo 91-Responsabilidades Contingentes.
SE ACREDITA CON:
1- El valor contabilizado por débitos en las cuentas de orden del grupo 91-Responsabilidades Contingentes.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 99 | 9910 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | ACREEDORAS POR CONTRA (DB) | ACREEDORAS FISCALES POR CONTRA |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de la contrapartida de las cuentas clasificadas en el grupo 92-Acreedoras Fiscales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor contabilizado por créditos en las cuentas de orden del grupo 92-Acreedoras Fiscales.
SE ACREDITA CON:
1- El valor contabilizado por débitos en las cuentas de orden del grupo 92-Acreedoras Fiscales.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
9 | 99 | 9915 |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | ACREEDORAS POR CONTRA (DB) | ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB) |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor de la contrapartida de las cuentas clasificadas en el grupo 93-Acreedoras de Control.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor contabilizado por créditos en las cuentas de orden del grupo 93-Acreedoras de Control.
SE ACREDITA CON:
1- El valor contabilizado por débitos en las cuentas de orden del grupo 93-Acreedoras de Control.
<Clase 0 - estructura, descripción y dinámicas- eliminada por el artículo 9 de la Resolución 413 de 2011>
CUENTAS DE PRESUPUESTO Y TESORERÍA
DESCRIPCIÓN:
Representa las cuentas que identifican el Presupuesto de Ingresos y Gastos aprobados para la entidad contable pública en una vigencia fiscal y la correspondiente ejecución, que permite conocer la gestión realizada en el cumplimiento de sus funciones de cometido estatal.
Igualmente está integrada por las cuentas que representan ingresos no aforados, hasta tanto se surta el proceso de incorporación al presupuesto, así como las reservas presupuestales, cuentas por pagar y las vigencias futuras.
DESCRIPCIÓN:
Permite identificar los diferentes conceptos de rentas y recursos de capital aprobados y recaudados durante la vigencia fiscal. Igualmente, identifica los recaudos en la vigencia de ingresos no aforados al presupuesto y de los reconocimientos de ingresos de vigencias anteriores.
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de los recursos clasificados en el presupuesto como impuestos directos o indirectos que la entidad contable pública estima recaudar durante la vigencia fiscal, aprobados mediante acto administrativo del organismo competente, afectándose con las adiciones y reducciones aprobadas de acuerdo con las normas que sean aplicables en cada caso.
La contrapartida en el registro del presupuesto de ingresos aprobado es la cuenta 0216-Ingresos Tributarios por Ejecutar.
Esta cuenta constituye la contrapartida para el cierre de las cuentas 0216–Ingresos tributarios por ejecutar (Cr) y 0223-Recaudos en Efectivo por Ingresos Tributarios (Cr), y de cada una de las subcuentas de ingresos tributarios para las cuentas 0231-Ejecución en Títulos* y Otros (Cr), 0242-Reconocimientos (Cr) y 0243-Recaudos de Ingresos no Aforados (Db).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor inicial del presupuesto de ingresos tributarios aprobados para cada uno de los conceptos que lo conforman, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0216-Ingresos Tributarios por Ejecutar (Cr).
2- El valor de las adiciones que se efectúen al respectivo presupuesto por ingresos tributarios, que aumenten el valor inicial aprobado, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0216-Ingresos Tributarios por Ejecutar (Cr).
3- Las adiciones que se efectúen al respectivo presupuesto de ingresos tributarios por mayores valores recaudados en relación con el monto inicialmente aprobado, o los valores recaudados por conceptos no incorporados en el presupuesto, con crédito a la subcuenta respectiva de la cuenta 0243- Recaudos de Ingresos no Aforados (Db).
4- El saldo de la subcuenta respectiva de la cuenta 0243-Recaudos de Ingresos no Aforados (Db) al final de la vigencia para efectuar el cierre respectivo.
5- <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de la desagregación del decreto de liquidación, con crédito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0245-Decreto de Liquidación PGN Aprobado (Db).
SE ACREDITA CON:
1- Las reducciones que se efectúen al respectivo presupuesto de ingresos tributarios y que disminuyan el valor del presupuesto aprobado en cada uno de los conceptos que lo conforman, con débito a las subcuentas de la cuenta 0216-Ingresos Tributarios por Ejecutar (Cr).
2- El valor de las disminuciones por concepto de traslados de un rubro específico de ingresos tributarios, con débito a las subcuentas de la cuenta 0216-Ingresos Tributarios por Ejecutar (Cr).
3- Los saldos créditos de las cuentas que permiten efectuar el cierre al finalizar la Vigencia.
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de los recursos clasificados en el presupuesto como ingresos no tributarios, tales como tasas, multas, contribuciones, compensaciones y regalías, que la entidad contable pública estima recaudar durante la vigencia fiscal, aprobados mediante acto administrativo del organismo competente, afectándose con las adiciones y reducciones aprobadas de acuerdo con las normas que sean aplicables en cada caso.
La contrapartida en el registro del presupuesto de ingresos aprobado es la cuenta 0217-Ingresos no Tributarios por Ejecutar.
Esta cuenta constituye la contrapartida para el cierre de las cuentas 0217-Ingresos no Tributarios por Ejecutar (Cr) y 0224-Recaudos en Efectivo por Ingresos no Tributarios (Cr), y de cada una de las subcuentas de ingresos no tributarios para las cuentas 0231-Ejecución en Títulos y Otros (Cr)*, 0242-Reconocimientos (Cr) y 0243-Recaudos de Ingresos no Aforados (Db)
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor inicial del presupuesto de ingresos no tributarios aprobados para cada uno de los conceptos que lo conforman, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0217-Ingresos no Tributarios por Ejecutar (Cr).
2- El valor de las adiciones que se efectúen al respectivo presupuesto por ingresos no tributarios, que aumenten el valor inicial aprobado, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0217-Ingresos no Tributarios por Ejecutar (Cr).
3- Las adiciones que se efectúen al respectivo presupuesto de ingresos no tributarios por mayores valores recaudados en relación con el monto inicialmente aprobado, o los valores recaudados por conceptos no incorporados en el presupuesto, con crédito a la subcuenta respectiva de la cuenta 0243- Recaudos de Ingresos no Aforados (Db).
4- El saldo de la subcuenta respectiva de la cuenta 0243-Recaudos de Ingresos no Aforados (Db) al finalizar la vigencia para efectuar el cierre.
5- <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de la desagregación del decreto de liquidación, con crédito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0245-Decreto de Liquidación PGN Aprobado (Db).
SE ACREDITA CON:
1- Las reducciones que se efectúen al respectivo presupuesto de ingresos no tributarios y que disminuyan el valor del presupuesto aprobado en cada una de los conceptos que lo conforman, con débito a las subcuentas de la cuenta 0217-Ingresos no Tributarios por Ejecutar (Cr).
2- El valor de las disminuciones por concepto del traslado de un rubro específico de ingresos no tributarios, con débito a las subcuentas de la cuenta 0217-Ingresos no Tributarios por Ejecutar (Cr).
3- Los saldos crédito de las cuentas que permiten efectuar el cierre al finalizar la vigencia.
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de los recursos aprobados en el presupuesto que la entidad contable pública estima recibir por transferencias de otros entes públicos nacionales o territoriales durante la vigencia fiscal, con fundamento en un mandato legal. Incluye los aportes que los entes descentralizados reciben del presupuesto central para el desarrollo de sus funciones de cometido estatal. Se afecta con las adiciones y reducciones aprobadas de acuerdo con las normas que sean aplicables en cada caso.
La contrapartida en el registro del presupuesto de ingresos aprobados corresponde a la cuenta 0218- Transferencias y Aportes por Ejecutar.
Esta cuenta constituye la contrapartida para el cierre de las cuentas 0218 – Transferencias y aportes por ejecutar (Cr) y 0226-Recaudos en Efectivo por Transferencias y Aportes (Cr), y de cada una de las subcuentas de transferencias y aportes de las cuentas 0231-Ejecución en Títulos y Otros (Cr)*, 0242-Reconocimientos (Cr) y 0243-Recaudos de Ingresos no Aforados (Db)
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor inicial del presupuesto de ingresos no tributarios aprobados para cada uno de los conceptos que lo conforman, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0218-Transferencias y Aportes por Ejecutar (Cr).
2- El valor de las adiciones que se efectúen al respectivo presupuesto por transferencias y aportes, que aumenten el valor inicial aprobado, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0218-Transferencias y Aportes por Ejecutar (Cr).
3- Las adiciones que se efectúen al respectivo presupuesto de ingresos no tributarios por mayores valores recaudados en relación con el monto inicialmente aprobado, o los valores recaudados por conceptos no incorporados en el presupuesto, con crédito a la subcuenta respectiva de la cuenta 0243- Recaudos de Ingresos no Aforados (Db).
4- El saldo de respectiva subcuenta de la cuenta 0243- Recaudos de Ingresos no Aforados (Db) para efectuar el cierre al finalizar la vigencia.
5- <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de la desagregación del decreto de liquidación, con crédito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0245-Decreto de Liquidación PGN aprobado (Db).
SE ACREDITA CON:
1- Las reducciones que se efectúen al respectivo presupuesto de transferencias y aportes y que disminuyan el valor del presupuesto aprobado en cada una de los conceptos que lo conforman, con débito a las subcuentas de la cuenta 0218- Transferencias y Aportes por Ejecutar (Cr).
2- El valor de las disminuciones por concepto de traslado de un rubro específico de transferencias y aportes, con débito a las subcuentas de la cuenta 0218-Transferencias y Aportes por Ejecutar (Cr).
3- Los saldos crédito de las cuentas que permiten realizar el cierre al finalizar la vigencia.
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de los recursos de financiación aprobados en el presupuesto, tales como recursos del crédito interno y externo con vencimiento mayor a un año, recursos del balance, rendimientos financieros, diferencial cambiario, donaciones, excedentes financieros, que la entidad contable pública estima obtener en la vigencia fiscal, los cuales se afectan con las adiciones y reducciones aprobadas de acuerdo con las normas que sean aplicables en cada caso.
La contrapartida para el registro del presupuesto de ingresos aprobados corresponde a la cuenta 0219- Recursos de Capital por Ejecutar (Cr).
Esta cuenta constituye la contrapartida para el cierre de las cuentas 0219-Recursos de Capital por Ejecutar (Cr) y 0227-Recaudos en Efectivo por Recursos de Capital (Cr), y de las subcuentas Recursos de capital de las cuentas 0231-Ejecución en Títulos y Otros (Cr)*, 0242- Reconocimientos (Cr) y 0243-Recaudos de Ingresos no Aforados (Db)
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor inicial del presupuesto de recursos de capital aprobados para cada uno de los conceptos que lo conforman, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0219-Recursos de Capital por Ejecutar (Cr).
2- El valor de las adiciones que se efectúen al respectivo presupuesto recursos de capital que aumenten el valor inicial aprobado, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0219-Recursos de Capital por Ejecutar (Cr).
3- Las adiciones que se efectúen al respectivo presupuesto de recursos de capital por mayores valores recaudados en relación con el monto inicialmente aprobado, o los valores recaudados por conceptos no incorporados en el presupuesto, con crédito a la subcuenta respectiva de la cuenta 0243- Recaudos de Ingresos no Aforados (Db).
4- El saldo de la cuenta 0243-Recaudos de Ingresos no Aforados (Db) para efectuar el cierre al finalizar la vigencia.
5- <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de la desagregación del decreto de liquidación, con crédito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0245-Decreto de Liquidación PGN aprobado (Db).
SE ACREDITA CON:
1- Las reducciones que se efectúen al respectivo presupuesto de recursos de capital y disminuyan el valor del presupuesto aprobado en cada una de los conceptos que lo conforman, con débito a las subcuentas de la cuenta 0219-Recursos de Capital por Ejecutar (Cr).
2- El valor de las disminuciones por concepto del traslado de un rubro específico de transferencias y aportes, con débito a las subcuentas de la cuenta 0219-Recursos de Capital por Ejecutar (Cr).
3- Los saldos de las cuentas que permiten realizar el cierre al finalizar la vigencia.
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de los recursos aprobados por concepto de contribuciones parafiscales definidas en la ley que la entidad contable pública estima recaudar durante la vigencia fiscal, los cuales estén destinados para el beneficio del sector que los aporta, afectándose con las adiciones y reducciones aprobadas de acuerdo con las normas.
La contrapartida para el registro del presupuesto de ingresos aprobados corresponde a la cuenta 0221- contribuciones Parafiscales por Ejecutar (Cr).
Esta cuenta constituye la contrapartida para el cierre de las cuentas 0221-Contribuciones Parafiscales por Ejecutar (Cr) y 0228-Recaudos en Efectivo por Contribuciones Parafiscales (Cr), y de las subcuentas de Contribuciones parafiscales de las cuentas 0231- Ejecución en Títulos y Otros (Cr)*, 0242-Reconocimientos (Cr) y 0243-Recaudos de Ingresos no Aforados (Db)
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor inicial del presupuesto de contribuciones parafiscales aprobadas para cada uno de los conceptos que lo conforman, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0221-Contribuciones Parafiscales por Ejecutar (Cr).
2- El valor de las adiciones que se efectúen al respectivo presupuesto de contribuciones parafiscales que aumenten el valor inicial aprobado, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0221-Contribuciones Parafiscales por Ejecutar (Cr).
3- Las adiciones que se efectúen al respectivo presupuesto de contribuciones parafiscales por mayores valores recaudados en relación con el monto inicialmente aprobado, o los valores recaudados por conceptos no incorporados en el presupuesto, con crédito a la subcuenta respectiva de la cuenta 0243- Recaudos de Ingresos no Aforados (Db).
4- El saldo de la cuenta 0243-Recaudos de Ingresos no Aforados (Db) para efectuar el cierre al finalizar la vigencia.
5- <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de la desagregación del decreto de liquidación, con crédito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0245-Decreto de Liquidación PGN aprobado (Db).
SE ACREDITA CON:
1- Las reducciones que se efectúen al respectivo presupuesto de contribuciones parafiscales y disminuyan el valor del presupuesto aprobado en cada una de los conceptos que lo conforman, con débito a las subcuentas de la cuenta 0221- Contribuciones Parafiscales por Ejecutar (Cr).
2- El valor de las disminuciones por concepto de traslados de un rubro específico de contribuciones parafiscales, con débito a las subcuentas de la cuenta 0221-Contribuciones Parafiscales por Ejecutar (Cr).
3- Los saldos crédito de las cuentas que permiten efectuar el cierre al finalizar la vigencia.
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de los recursos aprobados en el presupuesto que la entidad contable pública estima recaudar durante la vigencia fiscal por concepto de fondos especiales, los cuales se destinan a lo establecido en las normas que los crean, afectándose con las adiciones y reducciones aprobadas de acuerdo con las normas.
La contrapartida para el registro del presupuesto de ingresos aprobados corresponde a la cuenta 0222- Ingresos por Fondos Especiales por Ejecutar (Cr).
Esta cuenta constituye la contrapartida para el cierre de las cuentas 0222-Ingresos por Fondos Especiales por Ejecutar (Cr) y 0229-Recaudos en Efectivo por Fondos Especiales (Cr), y de las subcuentas de Ingresos por fondos especiales de las cuentas 0231-Ejecución en Títulos y Otros (Cr)*, 0242-Reconocimientos (Cr) y 0243- Recaudos de Ingresos no Aforados (Db).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor inicial del presupuesto de ingresos por fondos especiales aprobados para cada uno de los conceptos que lo conforman, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0222-Ingresos por Fondos Especiales por Ejecutar (Cr).
2- El valor de las adiciones que se efectúen al respectivo presupuesto de ingresos por fondos especiales que aumenten el valor inicial aprobado, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0222-Ingresos por Fondos Especiales por Ejecutar (Cr).
3- Las adiciones que se efectúen al respectivo presupuesto de ingresos por fondos especiales por mayores valores recaudados en relación con el monto inicialmente aprobado, o los valores recaudados por conceptos no incorporados en el presupuesto, con crédito a la subcuenta respectiva de la cuenta 0243- Recaudos de Ingresos no Aforados (Db).
4- El saldo de la cuenta 0243-Recaudos de Ingresos no Aforados (Db) para efectuar el cierre al finalizar la vigencia.
5- <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de la desagregación del decreto de liquidación, con crédito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0245-Decreto de Liquidación PGN aprobado (Db).
SE ACREDITA CON:
1- Las reducciones que se efectúen al respectivo presupuesto de ingresos por fondos especiales y disminuyan el valor del presupuesto aprobado en cada una de los conceptos que lo conforman, con débito a las subcuentas de la cuenta 0222-Ingresos por Fondos Especiales por Ejecutar (Cr).
2- El valor de las disminuciones por concepto de traslado de un rubro específico de ingresos por fondos especiales, con débito a las subcuentas de la cuenta 0222-Ingresos por Fondos Especiales por Ejecutar (Cr).
3- Los saldos crédito de las cuentas que permiten efectuar el cierre al finalizar la vigencia.
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor del saldo de caja, bancos e inversiones temporales, proyectado a 31 de diciembre de la vigencia en curso, aprobado de acuerdo con las normas presupuestales que rigen a las empresas públicas no financieras y corresponden a recursos para financiar gastos aprobados.
La contrapartida para el registro del presupuesto de ingresos aprobados corresponde a la subcuenta 023107-Disponibilidad Inicial (Db).
Esta cuenta constituye la contrapartida para el cierre del concepto de disponibilidad inicial de la cuenta 0231- Ejecución en Títulos y Otros (Cr)*.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la disponibilidad inicial aprobada en el presupuesto de ingresos de la Empresa con crédito a la respectiva subcuenta de la cuenta 0231-Ejecución en Títulos y Otros (Cr)*.
2- Las modificaciones que incrementen el valor de la Disponibilidad Inicial, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0231-Ejecución en Títulos y Otros (Cr)*.
3- El saldo débito de la respectiva subcuenta de la cuenta 0231-Ejecución en Títulos y Otros (Cr)* para efectuar el cierre al finalizar la vigencia.
SE ACREDITA CON:
1- Las modificaciones que disminuyan el valor de la Disponibilidad inicial, con débito a la subcuenta respectiva de la cuenta 0231-Ejecución en Títulos y Otros*.
2- El saldo crédito de la subcuenta respectiva de la cuenta 0231-Ejecución en Títulos y Otros (Cr)* para efectuar el cierre al finalizar la vigencia.
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de los ingresos tributarios presupuestados pendientes de recaudo o de ejecución en la vigencia fiscal.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los ingresos tributarios recaudados o ejecutados con crédito a las subcuentas de las cuentas 0223-Recaudo en Efectivo por Ingresos Tributarios (Cr) y 0231-Ejecución en Títulos y Otros (Cr)*.
2- El valor de las reducciones aprobadas al respectivo presupuesto de ingresos tributarios, con crédito a las subcuentas que conforman la cuenta 0202-Ingresos Tributarios Aprobados (Db).
3- El valor de las disminuciones por concepto de traslados de un rubro específico, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0202-Ingresos Tributarios Aprobados (Db).
4- El valor de la ejecución a través de la figura de los reconocimientos, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0242-Reconocimientos (Cr), en las entidades que la normatividad presupuestal lo permita.
5- El saldo para registrar el cierre al finalizar la vigencia fiscal con crédito a las subcuentas de la cuenta 0202- Ingresos Tributarios Aprobados (Db).
5- <sic> <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de los derechos de cobro causados por ingresos tributarios, con crédito a las subcuentas que correspondan de la cuenta 0244-Ingresos por Cobrar - PGN (Cr).
SE ACREDITA CON:
1- El valor del presupuesto de ingresos tributarios aprobados para ejecutar durante la vigencia fiscal, con débito a las subcuentas de la cuenta 0202- Ingresos Tributarios Aprobados (Db).
2- El valor de las adiciones de ingresos tributarios aprobadas durante la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0202-Ingresos Tributarios Aprobados (Db).
3- El valor de las devoluciones de ingresos tributarios, con débito a las subcuentas de las cuentas 0223- Recaudo en efectivo por ingresos tributarios (Cr) y 0231-Ejecución en Títulos y Otros (Cr)*.
4- <Dinámicas eliminadas por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010><Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de la desagregación del decreto de liquidación, con débito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0246-Decreto de Liquidación PGN por ejecutar (Cr).
5- <Dinámicas eliminadas por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de las devoluciones y anulaciones de derechos por cobrar de ingresos tributarios, con débito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0244-Ingresos por Cobrar - PGN (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor los ingresos no tributarios presupuestados pendientes de recaudo o de ejecución en la vigencia fiscal.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los ingresos no tributarios recaudados o ejecutados con crédito a las subcuentas de las cuentas 0224-Recaudo en efectivo por ingresos no tributarios (Cr) y 0231 – Ejecución en Títulos y otros (Cr)*.
2- El valor de las reducciones aprobadas al respectivo presupuesto de ingresos no tributarios, con crédito a las subcuentas que conforman la cuenta 0203- Ingresos no Tributarios Aprobados (Db).
3- El valor de las disminuciones por concepto de traslados de un rubro específico, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0203-Ingresos no Tributarios Aprobados (Db).
4- El valor de la ejecución a través de la figura de los reconocimientos, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0242-Reconocimientos (Cr), para las entidades que la normatividad presupuestal lo permita.
5- El saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0203- Ingresos no Tributarios Aprobados (Db).
5. <sic> <Dinámicas eliminadas por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de los derechos de cobro causados por ingresos no tributarios, con crédito a las subcuentas que correspondan de la cuenta 0244-Ingresos por Cobrar - PGN (Cr).
SE ACREDITA CON:
1- El valor del presupuesto de ingresos no tributarios aprobado para ejecutar durante la vigencia fiscal, con débito a las subcuentas de la cuenta 0203-Ingresos no Tributarios Aprobados (Db).
2- El valor de las adiciones aprobadas durante la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0203-Ingresos no Tributarios Aprobados (Db).
3- El valor de las devoluciones de ingresos no tributarios, con débito a las subcuentas de las cuentas 0224- Recaudo en efectivo por Ingresos no Tributarios (Cr) y 0231-Ejecución en Títulos y Otros (Cr)*.
4. <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de la desagregación del decreto de liquidación, con débito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0246-Decreto de Liquidación PGN por ejecutar (Cr).
5. <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de las devoluciones y anulaciones de derechos por cobrar de ingresos no tributarios, con débito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0244-Ingresos por Cobrar - PGN (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de los ingresos del presupuesto de transferencias y aportes pendientes de recaudos o de ejecución en la vigencia fiscal.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las transferencias y aportes recaudados o ejecutados con crédito a las subcuentas de las cuentas 0226-Recaudo en Efectivo por Transferencias y Aportes (Cr) y 0231-Ejecución en Títulos y Otros (Cr)*.
2- El valor de las reducciones aprobadas al respectivo presupuesto de transferencias y aportes, con crédito a las subcuentas que conforman la cuenta 0204- Transferencias y Aportes Aprobados. (Db).
3- El valor de las disminuciones por concepto de traslados de un rubro específico, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0204-Transferencias y Aportes Aprobados (Db).
4- El valor de la ejecución a través de la figura de los reconocimientos, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0242-Reconocimientos (Cr), para las entidades que la normatividad presupuestal lo permita.
5- El saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0204- Transferencias y aportes aprobados (Db).
5. <sic> <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de los derechos de cobro causados por transferencias y aportes, con crédito a las subcuentas que correspondan de la cuenta 0244-Ingresos por Cobrar - PGN (Cr).
SE ACREDITA CON:
1- El valor del presupuesto de transferencias y aportes aprobado para ejecutar durante la vigencia fiscal, con débito a las subcuentas de la cuenta 0204- Transferencias y aportes aprobados (Db).
2- El valor de las adiciones aprobadas durante la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0204-Transferencias y aportes aprobados (Db).
3- El valor de las devoluciones de transferencias y aportes, con débito a las subcuentas de las cuentas 0226-Recaudo en Efectivo por Transferencias y Aportes (Cr) y 0231-Ejecución en Títulos y Otros (Cr)*.
4. <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de la desagregación del decreto de liquidación, con débito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0246-Decreto de Liquidación PGN por ejecutar (Cr).
5. <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de las devoluciones y anulaciones de derechos por cobrar de transferencias y aportes, con débito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0244-Ingresos por Cobrar - PGN (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor del presupuesto de los recursos de capital pendientes de recaudo o de ejecución en la vigencia fiscal.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los recursos de capital recaudados o ejecutados con crédito a las subcuentas de las cuentas 0227-Recaudo en Efectivo por Recursos de Capital (Cr) y 0231-Ejecución en Títulos y Otros (Cr)*.
2- El valor de las reducciones aprobadas en el respectivo presupuesto de recursos de capital, con crédito a las subcuentas que conforman la cuenta 0207-Recursos de Capital Aprobados (Db).
3- El valor de las disminuciones por concepto de traslados de un rubro específico, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0207-Recursos de Capital Aprobados (Db).
4- El valor de la ejecución a través de la figura de los reconocimientos, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0242-Reconocimientos (Cr), para las entidades que la normatividad presupuestal lo permita.
5- El saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0207- Recursos de Capital Aprobados (Db).
5. <sic> <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de los derechos de cobro causados por recursos de capital, con crédito a las subcuentas que correspondan de la cuenta 0244-Ingresos por Cobrar - PGN (Cr).
SE ACREDITA CON:
1- El valor del presupuesto de recursos de capital aprobado para ejecutar durante la vigencia fiscal, con débito a las subcuentas de la cuenta 0207-Recursos de Capital Aprobados (Db).
2- El valor de las adiciones aprobadas durante la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0207-Recursos de Capital Aprobados (Db).
3- El valor de las devoluciones de recursos de capital, con débito a las subcuentas de las cuentas 0227- Recaudo en Efectivo por Recursos de Capital (Cr) y 0231-Ejecución en Títulos y Otros (Cr)*.
4. <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de la desagregación del decreto de liquidación, con débito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0246-Decreto de Liquidación PGN por ejecutar (Cr).
5. <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de las devoluciones y anulaciones de derechos por cobrar de los recursos de capital, con débito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0244-Ingresos por Cobrar - PGN (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de los ingresos presupuestados por contribuciones parafiscales pendientes de recaudo o ejecución en la vigencia fiscal.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las contribuciones parafiscales recaudados o ejecutados con crédito a las subcuentas de las cuentas 0228 - Recaudo en efectivo por contribuciones parafiscales (Cr) y 0231-Ejecución en Títulos y Otros (Cr)*.
2- El valor de las reducciones aprobadas en el respectivo presupuesto de contribuciones parafiscales, con crédito a las subcuentas que conforman la cuenta 0208-Contribuciones Parafiscales Aprobados (Db).
3- El valor de las disminuciones por concepto de traslados de un rubro específico, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0208-Contribuciones Parafiscales Aprobadas (Db).
4- El valor de la ejecución a través de la figura de los reconocimientos, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0242-Reconocimientos (Cr), para las entidades que la normatividad presupuestal lo permita.
5- El saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0208- Contribuciones Parafiscales Aprobados (Db).
5. <sic> <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de los derechos de cobro causados por contribuciones parafiscales, con crédito a las subcuentas que correspondan de la cuenta 0244-Ingresos por Cobrar - PGN (Cr).
SE ACREDITA CON:
1- El valor del presupuesto de contribuciones parafiscales aprobado para ejecutar durante la vigencia fiscal, con débito a las subcuentas de la cuenta 0208- Contribuciones Parafiscales Aprobados (Db).
2- El valor de las adiciones aprobadas durante la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0208-Contribuciones Parafiscales Aprobados (Db).
3- El valor de las devoluciones de recursos de capital, con débito a las subcuentas de las cuentas 0228- Recaudo en Efectivo por Contribuciones Parafiscales Cr) y 0231-Ejecución en Títulos y Otros (Cr)*.
4. <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de la desagregación del decreto de liquidación, con débito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0246-Decreto de Liquidación PGN por ejecutar (Cr).
5. <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de las devoluciones y anulaciones de derechos por cobrar de contribuciones parafiscales, con débito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0244-Ingresos por Cobrar - PGN (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de los ingresos presupuestados como fondos especiales que están pendientes de recaudo o de ejecución durante la vigencia fiscal.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los ingresos por fondos especiales recaudados o ejecutados con crédito a las subcuentas de las cuentas 0229-Recaudo en Efectivo por Fondos Especiales (Cr) y 0231-Ejecución en Títulos y Otros (Cr)*.
2- El valor de las reducciones aprobadas en el respectivo presupuesto de ingresos por fondos especiales, con crédito a las subcuentas que conforman la cuenta 0209-Ingresos por Fondos Especiales Aprobados (Db).
3- El valor de las disminuciones por concepto de traslados de un rubro específico, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0209-Ingresos por Fondos Especiales Aprobados (Db).
4- El valor de la ejecución a través de la figura de los reconocimientos, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0242-Reconocimientos (Cr), para las entidades que la normatividad presupuestal lo permita.
5- El saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0209- Ingresos por Fondos Especiales Aprobados (Db).
5. <sic> <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de los derechos de cobro causados por ingresos por fondos especiales, con crédito a las subcuentas que correspondan de la cuenta 0244-Ingresos por Cobrar - PGN (Cr).
SE ACREDITA CON:
1- El valor del presupuesto por ingresos por fondos especiales aprobado para ejecutar durante la vigencia fiscal, con débito a las subcuentas de la cuenta 0209- Ingresos por Fondos Especiales Aprobados (Db).
2- El valor de las adiciones aprobadas durante la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0209- Ingresos por Fondos Especiales Aprobados (Db).
3- El valor de las devoluciones de recursos de capital, con débito a las subcuentas de las cuentas 0229- Recaudo en Efectivo por Fondos Especiales (Cr) y 0231-Ejecución en Títulos y Otros (Cr)*.
4. <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de la desagregación del decreto de liquidación, con débito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0246-Decreto de Liquidación PGN por ejecutar (Cr).
5. <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de las devoluciones y anulaciones de derechos por cobrar de ingresos por fondos especiales, con débito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0244-Ingresos por Cobrar - PGN (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor recaudado en efectivo durante la vigencia por concepto de los ingresos tributarios presupuestados. Así mismo, registra el valor recaudado por concepto de impuestos no aforados, o aforados por un menor valor en el presupuesto.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las devoluciones de ingresos tributarios, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0216- Ingresos Tributarios por Ejecutar (Cr).
2- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0202-Ingresos Tributarios Aprobados (Db).
3. <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de las devoluciones de ingresos tributarios, con crédito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0244-Ingresos por cobrar - PGN (Cr).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los ingresos recaudados en efectivo, durante la vigencia, del presupuesto de ingresos tributarios de la entidad, con débito a las subcuentas de la cuenta 0216-Ingresos Tributarios por Ejecutar (Db).
2- El valor de los ingresos recaudados en efectivo, durante la vigencia, por rubros no aforados como ingreso tributario de la entidad, o aforados por un menor valor, con débito a las subcuentas de la cuenta 0243-Recaudos de Ingresos no Aforados (Db).
3. <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de los ingresos recaudados en efectivo, durante la vigencia fiscal, con débito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0244-Ingresos por cobrar - PGN (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor recaudado en efectivo durante la vigencia por concepto de los ingresos no tributarios presupuestados. Así mismo, registra el valor recaudado por concepto que corresponden a ingresos no tributarios que no han sido aforados o fueron aforados por un menor valor, en el presupuesto.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las devoluciones de ingresos no tributarios, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0217- Ingresos no Tributarios por Ejecutar (Cr).
2- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0203-Ingresos no Tributarios Aprobados (Db).
3. <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de las devoluciones de ingresos no tributarios, con crédito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0244-Ingresos por cobrar PGN (Cr).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los ingresos recaudados en efectivo, durante la vigencia, del presupuesto de ingresos no tributarios de la entidad, con débito a las subcuentas de la cuenta 0217-Ingresos no Tributarios por Ejecutar (Cr).
2- El valor de los ingresos recaudados en efectivo, durante la vigencia, por rubros no aforados como ingreso no tributario de la entidad, o aforados por un menor valor, con débito a las subcuentas de la cuenta 0243-Recaudos de Ingresos no Aforados (Db).
3. <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de los ingresos recaudados en efectivo, durante la vigencia fiscal, con débito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0244-Ingresos por cobrar - PGN (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor recaudado en efectivo por concepto de transferencias y aportes durante la vigencia fiscal del presupuesto de ingresos y rentas. Así mismo registra el valor recaudado por concepto de transferencias y aportes no aforados o aforados por un menor valor en el presupuesto. En esta cuenta se deben registrar y revelar los valores de recaudos con independencia que el giro o parte de él se haya realizado a otra entidad a nombre de la entidad contable pública.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las devoluciones de transferencias y aportes, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0218-Transferencias y Aportes por Ejecutar (Cr).
2- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0204-Transferencias y Aportes Aprobados (Db).
3. <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de las devoluciones de transferencias y aportes, con crédito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0244-Ingresos por cobrar - PGN (Cr).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los ingresos recaudados en efectivo, durante la vigencia, del presupuesto de transferencias y aportes de la entidad, con débito a las subcuentas de la cuenta 0218-Transferencias y Aportes por Ejecutar (Cr).
2- El valor de los ingresos recaudados en efectivo, durante la vigencia, por los conceptos de transferencias y aportes no aforados como ingreso de la entidad, o aforados por un menor valor, con débito a las subcuentas de la cuenta 0243-Recaudos de Ingresos no Aforados (Db).
3. <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de los ingresos recaudados en efectivo, durante la vigencia fiscal, con débito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0244-Ingresos por cobrar - PGN (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor recaudado en efectivo durante la vigencia fiscal por concepto de Recursos de capital presupuestados. Así mismo, registra el valor recaudado por concepto de recursos de capital no aforados o aforados por un menor valor en el presupuesto. En esta cuenta se deben registrar y revelar los valores de recaudos con independencia que el giro o parte de él se haya realizado a otra entidad a nombre de la entidad contable pública.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las devoluciones de recursos de capital, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0219- Recursos de Capital por Ejecutar (Cr).
2- El valor del saldo, para registrar el cierre al final de la vigencia, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0207-Recursos de Capital Aprobados (Db).
3. <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de las devoluciones de recursos de capital, con crédito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0244-Ingresos por cobrar - PGN (Cr).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los recursos de capital recaudados en efectivo de la entidad, durante la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0219-Recursos de Capital por Ejecutar (Cr).
2- El valor de los ingresos recaudados en efectivo, durante la vigencia, por concepto de recursos de capital no aforados como ingreso de la entidad, o aforados por un menor valor, con débito a las subcuentas de la cuenta 0243-Recaudos de Ingresos no Aforados (Db).
3. <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de los ingresos recaudados en efectivo, durante la vigencia fiscal, con débito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0244-Ingresos por cobrar - PGN (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor recaudado en efectivo por concepto de contribuciones parafiscales durante la vigencia fiscal del presupuesto de ingresos y rentas. Así mismo registra el valor recaudado por concepto de rentas y recursos no aforados o aforados por un menor valor en el presupuesto.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las devoluciones de contribuciones parafiscales, con crédito a las subcuentas de la cuenta 022-Contribuciones Parafiscales por Ejecutar (Cr).
2- El valor del saldo, para registrar el cierre al final de la vigencia, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0208-Contribuciones Parafiscales Aprobadas (Db).
3. <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de las devoluciones de contribuciones parafiscales, con crédito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0244-Ingresos por cobrar - PGN (Cr).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los recursos recaudados en efectivo de la entidad, durante la vigencia, por concepto de contribuciones parafiscales, con débito a las subcuentas de la cuenta 0221-Contribuciones Parafiscales por Ejecutar (Cr).
2- El valor de los ingresos recaudados en efectivo, durante la vigencia, por concepto de contribuciones parafiscales no aforados como ingreso de la entidad, o aforados por un menor valor, con débito a las subcuentas de la cuenta 0243-Recaudos de Ingresos no Aforados (Db).
3. <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de los ingresos recaudados en efectivo, durante la vigencia fiscal, con débito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0244-Ingresos por cobrar - PGN (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor recaudado en efectivo, durante la vigencia, de los ingresos por fondos especiales presupuestados.. Así mismo, registra el valor recaudado por este concepto no aforados en el presupuesto o aforados por menor valor.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las devoluciones de fondos especiales, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0222-Fondos Especiales por Ejecutar (Cr).
2- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0209-Ingresos por Fondos Especiales Aprobadas (Db).
3. <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de las devoluciones de ingresos por fondos especiales, con crédito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0244-Ingresos por cobrar - PGN (Cr).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los recursos recaudados en efectivo de la entidad, durante la vigencia, por concepto de fondos especiales, con débito a las subcuentas de la cuenta 0222-Ingresos por Fondos Especiales por Ejecutar (Cr).
2- El valor de los ingresos recaudados en efectivo, durante la vigencia, por concepto de fondos especiales no aforados como ingreso de la entidad, o aforados por un menor valor, con débito a las subcuentas de la cuenta 0243-Recaudos de Ingresos no Aforados (Db).
3. <Dinámica eliminada por el artículo 3 de la Resolución 406 de 2010> <Dinámica adicionada por el artículo 7 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Para las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, con el valor de los ingresos recaudados en efectivo, durante la vigencia fiscal, con débito a las subcuentas correspondientes de la cuenta 0244-Ingresos por cobrar - PGN (Cr).
DESCRIPCIÓN:
<Descripción modificada por el artículo 4 de la Resolución 406 de 2010. El nuevo texto es el siguiente:> Representa el valor de los Ingresos presupuestales ejecutados por la entidad contable pública durante la vigencia fiscal a través de documentos, títulos, bienes y otras formas de cancelación, que no implica recaudos en efectivo, tales como CERT, TIDIS, Bonos, otros títulos emitidos, cruces de cuentas, bienes muebles e inmuebles, compensaciones y otros, de conformidad con las disposiciones legales que autoricen este tipo de ejecución. También hace parte de esta ejecución el valor correspondiente a la cancelación de reservas presupuestales y el superávit fiscal, así como la disponibilidad inicial de las Empresas públicas no financieras.
DINÁMICA
<Dinámica modificada por el artículo 4 de la Resolución 406 de 2010. El nuevo texto es el siguiente:>
Se debita con:
1. El valor de las devoluciones de ingresos por anulación de transacción, con crédito a las subcuentas de las cuentas 0216-Ingresos Tributarios por Ejecutar (Cr), 0217-Ingresos no Tributarios por Ejecutar (Cr), 0218-Transferencias y Aportes por Ejecutar (Cr), 0219-Recursos de Capital por Ejecutar (Cr), 0221- Contribuciones Parafiscales por Ejecutar (Cr) y la 0222-Ingresos por Fondos Especiales por Ejecutar (Cr).
2. Con la reclasificación a las cuentas 0223–Recaudo en Efectivo por Ingresos Tributarios (Cr), 0224-Recaudos en Efectivo por ingresos no Tributarios (Cr), 0226-Recaudos en Efectivo por Transferencias y Aportes (Cr), 0227-Recaudos en Efectivo por Recursos de Capital (Cr), 0228-Recaudos en Efectivo por Contribuciones Parafiscales (Cr) y la 0229-Recaudos en Efectivo por Fondos Especiales (Cr), cuando dentro de la misma vigencia, los activos recibidos como pago, se conviertan en efectivo.
3. Las modificaciones a la subcuenta de Disponibilidad Inicial que la disminuyan, con crédito a la cuenta 0213-Disponibilidad Inicial Aprobada (Db).
4. El saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con crédito a las subcuentas de las cuentas 0202-Ingresos tributarios aprobados (Db), 0203-Ingresos no Tributarios Aprobados (Db), 0204-Transferencias y Aportes Aprobados (Db), 0207-Recursos de Capital Aprobados (Db), 0208- Contribuciones Parafiscales Aprobados (Db), 0209-Ingresos por Fondos Especiales Aprobados (DB).
Se acredita con:
1. El valor de los Ingresos ejecutados durante la vigencia en títulos y otro tipo de cancelaciones sin flujo de efectivo, con débito a las subcuentas de las cuentas 0216-Ingresos Tributarios por Ejecutar (Cr), 0217-Ingresos no Tributarios por Ejecutar (Cr), 0218-Transferencias y Aportes por Ejecutar (Cr), 0219-Recursos de Capital por Ejecutar (Cr), 0221-Contribuciones Parafiscales por Ejecutar (Cr) y la 0222-Ingresos por Fondos Especiales por Ejecutar (Cr).
2. El valor de los ingresos ejecutados en títulos y otros durante la vigencia, por rubros no aforados en el presupuesto de la entidad, o aforados por un menor valor, con débito a las subcuentas de la cuenta 0243-Recaudos de Ingresos no Aforados (Db).
3. El valor inicialmente aprobado en el presupuesto de ingresos de las Empresas no financieras, por concepto de la disponibilidad inicial y las modificaciones que la incrementen, con débito a la subcuenta de la cuenta 0213-Disponibilidad inicial aprobada (Db).
DESCRIPCIÓN:
Corresponde a los ingresos presupuestados y ejecutados en la vigencia fiscal sin el respectivo recaudo, pero que las disposiciones presupuestales autorizan estas operaciones de ejecución de ingresos. El saldo de esta cuenta al finalizar la vigencia se controla en la vigencia siguiente, a través de cuentas creadas para el efecto, teniendo en cuenta que estos recursos no harán parte del presupuesto de la vigencia en la cual se recaudan, por cuanto fueron ejecutados en la vigencia anterior.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El recaudo en efectivo o con la ejecución en títulos y otros, dentro de la misma vigencia, de los ingresos presupuestados, con crédito a las subcuentas de las cuentas 0223-Recaudo en Efectivo por Ingresos Tributarios, 0224-Recaudos en Efectivo por Ingresos no Tributarios, 0226-Recaudos en Efectivo por Transferencias y Aportes (Cr), 0227-Recaudos en Efectivo por Recursos de Capital (Cr), 0228-Recaudos en Efectivo por Contribuciones Parafiscales (Cr) y la 0229-Recaudos en Efectivo por Fondos Especiales (Cr), o 0231-Ejecución en Títulos y Otros (Cr)*.
2- La anulación de los respectivos reconocimientos, con crédito a las subcuentas de las cuentas 0216- Ingresos Tributarios por Ejecutar (Cr), 0217-Ingresos no Tributarios por Ejecutar (Cr), 0218-Transferencias y Aportes por Ejecutar (Cr), 0219-Recursos de Capital por Ejecutar (Cr), 0221-Contribuciones Parafiscales por Ejecutar (Cr) y la 0222-Ingresos por Fondos Especiales por Ejecutar (Cr).
3- El saldo para registrar el cierre al final de la vigencia con crédito a las subcuentas de las cuentas 0202- Ingresos Tributarios Aprobados (Db), 0203-Ingresos no Tributarios Aprobados (Db), 0204-Transferencias y Aportes Aprobados (Db), 0207-Recursos de Capital Aprobados (Db), 0208-Contribuciones Parafiscales Aprobadas (Db), 0209-Ingresos por Fondos Especiales Aprobados (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los ingresos ejecutados a través de esta operación de reconocimientos, con débito a las subcuentas de las cuentas 0216-Ingresos Tributarios por Ejecutar (Cr), 0217-Ingresos no Tributarios por Ejecutar (Cr), 0218-Transferencias y Aportes por Ejecutar (Cr), 0219-Recursos de Capital por Ejecutar (Cr), 0221-Contribuciones Parafiscales por Ejecutar (Cr) y la 0222-Ingresos por Fondos Especiales por Ejecutar (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor recaudado en efectivo, en títulos y otros, durante la vigencia fiscal de diferentes conceptos de ingresos que no han sido incorporados al presupuesto de ingresos aprobados, hasta tanto sean incorporados.
Así mismo, registra los mayores valores recaudados de los ingresos presupuestados inicialmente.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los ingresos recaudados en efectivo, en títulos y otros, por los conceptos del presupuesto de ingresos no incorporados en el presupuesto inicial o aforados por menor valor, con crédito a las subcuentas de las cuentas 0223-Recaudo en Efectivo por Ingresos Tributarios (Cr), 0224-Recaudos en Efectivo por Ingresos no Tributarios (Cr), 0226- Recaudos en Efectivo por Transferencias y Aportes (Cr), 0227-Recaudos en Efectivo por Recursos de Capital (Cr), 0228-Recaudos en Efectivo por Contribuciones Parafiscales (Cr) y la 0229-Recaudos en Efectivo por Fondos Especiales (Cr), o 0231- Ejecución en Títulos y Otros (Cr)*.
SE ACREDITA CON:
1- Las adiciones que se efectúen al respectivo presupuesto de ingresos de los recursos recaudados y no aforados, o recaudados por mayor valor y se determine un superávit rentístico real, con débito a las subcuentas de las cuentas 0202-Ingresos Tributarios Aprobados (Db), 0203-Ingresos no Tributarios Aprobados (Db), 0204-Transferencias y Aportes Aprobados (Db), 0207-Recursos de Capital Aprobados (Db), 0208-Contribuciones Parafiscales Aprobados (Db), 0209-Ingresos por Fondos Especiales Aprobados (Db).
2- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de las cuentas 0202-Ingresos Tributarios Aprobados (Db), 0203-Ingresos no Tributarios Aprobados (Db), 0204-Transferencias y Aportes Aprobados (Db), 0207-Recursos de Capital Aprobados (Db), 0208- Contribuciones Parafiscales Aprobados (Db), 0209- Ingresos por Fondos Especiales Aprobados (Db).
<Cuenta 0244 eliminada por el artículo 1 de la Resolución 406 de 2010>
<Descripción y Dinámica para la Cuenta 0244 adicionadas por el artículo 6 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:>
DESCRIPCION
Representa el valor de los derechos causados de los ingresos del Presupuesto General de la Nación – PGN, establecidos con base en las normas que los imponen, declaraciones tributarias, liquidación de pago de aportes parafiscales, o actos administrativos, convenios, contratos, y demás soportes legales idóneos, que se espera recaudar durante la vigencia fiscal. Los saldos de esta cuenta no son objeto de cierre al final de la vigencia fiscal.
Dinámica
SE DEBITA CON:
1. El valor recaudado en efectivo de los diferentes conceptos de ingresos presupuestados durante la vigencia, con crédito a las subcuentas de las cuentas 0223-Recaudos en efectivo por ingresos tributarios (Cr), 0224-Recaudos en efectivo por ingresos no tributarios (Cr), 0226-Recaudos en efectivo por transferencias y aportes (Cr), 0227-Recaudos en efectivo por recursos de capital (Cr), 0228-Recaudos en efectivo por contribuciones parafiscales (Cr), 0229-Recaudos en efectivo por fondos especiales (Cr), y a través de títulos, bienes, compensaciones y otros, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0231-Ejecución en títulos, bienes, compensaciones y otros (Cr).
2. El valor de las anulaciones de derechos por cobrar, con crédito a las subcuentas de las cuentas 0216-Ingresos tributarios por ejecutar (Cr), 0217-Ingresos no tributarios por ejecutar (Cr), 0218-Transferencias y aportes por ejecutar (Cr), 0219-Recursos de capital por ejecutar (Cr), 0221-Contribuciones parafiscales por ejecutar (Cr) y 0222-Ingresos por fondos especiales por ejecutar (Cr).
SE ACREDITA CON:
1. El valor de los derechos causados por la entidad contable pública durante la vigencia, por los conceptos de ingresos, con débito a las subcuentas de las cuentas 0216-Ingresos tributarios por ejecutar (Cr), 0217-Ingresos no tributarios por ejecutar (Cr), 0218-Transferencias y aportes por ejecutar (Cr), 0219-Recursos de capital por ejecutar (Cr), 0221-Contribuciones parafiscales por ejecutar (Cr) y 0222-Ingresos por fondos especiales por ejecutar (Cr).
<Cuenta 0245 eliminada por el artículo 1 de la Resolución 406 de 2010>
<Descripción y Dinámica para la Cuenta 0245 adicionadas por el artículo 6 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:>
DESCRIPCION
Representa el valor de los ingresos del Presupuesto General de la Nación - PGN establecidos en el decreto de liquidación, que se estiman recaudar en la vigencia fiscal.
Dinámica
SE DEBITA CON:
1. El valor inicial establecido en el decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación de las rentas y recursos de capital aprobados para cada uno de los rubros que los conforman, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0246-Decreto de liquidación PGN - Por Ejecutar (Cr).
2. El valor de las adiciones al Presupuesto General de la Nación, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0246-Decreto de liquidación PGN - Por Ejecutar (Cr).
3. El traslado de los saldos registrados como reducciones al Presupuesto General de la Nación, para desagregar en cada una de las subcuentas que conforman los conceptos de ingresos aprobados, con crédito a las subcuentas de las cuentas 0202-Ingresos tributarios aprobados (Db), 0203-Ingresos no tributarios aprobados (Db), 0204 Transferencias y aportes aprobados (Db), 0207-Recursos de capital aprobados (Db), 0208-Contribuciones parafiscales aprobados (Db) y la 0209-Ingresos por fondos especiales aprobados, según corresponda.
SE ACREDITA CON:
1. El traslado de los saldos registrados con el decreto de liquidación y las adiciones para desagregar en cada una de las subcuentas que conforman los conceptos de ingresos aprobados, con débito a las subcuentas de las cuentas 0202-Ingresos tributarios aprobados (Db), 0203-Ingresos no tributarios aprobados (Db), 0204-Transferencias y aportes aprobados (Db), 0207-Recursos de capital aprobados (Db), 0208-Contribuciones parafiscales aprobados (Db) y la 0209-Ingresos por fondos especiales aprobados, según corresponda.
2. El valor de las reducciones al Presupuesto General de la Nación, con débito a las subcuentas de la cuenta 0246-Decreto de liquidación PGN - Por Ejecutar (Cr).
<Cuenta 0246 eliminada por el artículo 1 de la Resolución 406 de 2010>
<Descripción y Dinámica para la Cuenta 0246 adicionadas por el artículo 6 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:>
DESCRIPCION
Representa el valor de los ingresos del Presupuesto General de la Nación-PGN establecidos en el decreto de liquidación para desagregar con la ejecución en la vigencia fiscal.
Dinámica
SE DEBITA CON:
1. El traslado de los saldos registrados con el decreto de liquidación y las adiciones para desagregar en cada una de las subcuentas que conforman los conceptos de ingresos por ejecutar con crédito a las subcuentas de las cuentas 0216-Ingresos tributarios por ejecutar (Cr), 0217-Ingresos no tributarios por ejecutar (Cr), 0218-Transferencias y aportes por ejecutar (Cr), 0219-Recursos de capital por ejecutar (Cr), 0221-Contribuciones parafiscales por ejecutar (Cr) y la 0222-Ingresos por fondos especiales por ejecutar, según corresponda.
2. El valor de las reducciones al Presupuesto General de la Nación - PGN, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0245-Decreto de liquidación PGN - Aprobado (Db).
SE ACREDITA CON:
1. El valor inicial establecido en el decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación de las rentas y recursos de capital aprobados para cada uno de los rubros que los conforman, con débito a las subcuentas de la cuenta 0245-Decreto de liquidación PGN - Aprobado (Db).
2. El valor de las adiciones al Presupuesto General de la Nación, con débito a las subcuentas de la cuenta 0245-Decreto de liquidación PGN - Aprobado (Db).
3. El traslado de los saldos registrados como reducciones al Presupuesto General de la Nación para desagregar en cada una de las subcuentas que conforman los conceptos de ingresos por ejecutar, con débito a las subcuentas de las cuentas 0216-Ingresos tributarios por ejecutar (Cr), 0217-Ingresos no tributarios por ejecutar (Cr), 0218-Transferencias y aportes por ejecutar (Cr), 0219-Recursos de capital por ejecutar (Cr), 0221-Contribuciones parafiscales por ejecutar (Cr) y la 0222-Ingresos por fondos especiales por ejecutar, según corresponda.
DESCRIPCIÓN:
Esta cuenta representa el valor de los diferentes conceptos de ingresos tributarios, no tributarios, por venta de bienes o servicios, transferencias y aporte, y créditos aprobados, entre otros, que fueron reconocidos en la ejecución de ingresos de la vigencia anterior.
Este valor no hace parte del presupuesto de la vigencia actual. Su objetivo es realizar el seguimiento del recaudo de los valores de ingresos que en la vigencia anterior se dieron como ejecución a través de la operación de reconocimientos.
Esta cuenta constituye la contrapartida para el cierre de las cuentas 0253-Reconocimientos por Ejecutar Vigencias Anteriores (Cr) y 0254-Recaudos por Reconocimientos Vigencias Anteriores (Cr)
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El saldo de los reconocimientos de la vigencia anterior que se recaudarán en la presente vigencia, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0253-Reconocimiento por Ejecutar Vigencias Anteriores (Cr).
SE ACREDITA CON:
1- La anulación de los respectivos reconocimientos, con débito a las subcuentas de la cuenta 0253- Reconocimientos por Ejecutar Vigencias Anteriores (Cr)
2- Los saldos crédito de las cuentas mencionadas en la DESCRIPCIÓN:, para efectuar el cierre al finalizar la vigencia.
DESCRIPCIÓN:
Esta cuenta representa el valor de los diferentes conceptos de ingresos ejecutados por reconocimientos en la vigencia anterior, que están pendientes de recaudo en la vigencia en curso.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los ingresos de la vigencia anterior recaudados en la presente vigencia, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0254-Recaudos por Reconocimientos Vigencias Anteriores (Cr).
2- La anulación o disminución de los respectivos reconocimientos, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0252-Reconocimientos de Vigencias Anteriores (Db).
3- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0252-Reconocimientos de Vigencias Anteriores (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El saldo de los reconocimientos en la vigencia anterior a recaudarse en la presente vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0252-Reconocimiento de Vigencias Anteriores (Db).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor recaudado durante la presente vigencia de los ingresos que hicieron parte de la ejecución de la vigencia anterior a través de la operación de reconocimientos.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0252-Reconocimientos de Vigencias Anteriores (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los ingresos recaudados en la presente vigencia que corresponden reconocidos por la entidad en la vigencia anterior, con débito a las subcuentas de la cuenta 0253-Reconocimientos por Ejecutar Vigencias Anteriores (Cr)
DESCRIPCIÓN:
Este grupo representa los diferentes conceptos de gastos de funcionamiento aprobados, comprometidos, obligados y pagados, para el cumplimiento de las funciones asignadas al ente público durante la vigencia fiscal. Contiene las apropiaciones a ejecutar durante la vigencia fiscal en gastos de personal, generales, transferencias corrientes, transferencias de capital, gastos de comercialización y producción y otros.
DESCRIPCIÓN:
Representa los valores aprobados en el presupuesto de gastos de funcionamiento de la entidad contable pública para la vigencia fiscal, y corresponden a los gastos como contraprestación de los servicios que este recibe sea por una relación laboral o a través de contratos de personal, que le permitan cumplir con las funciones constitucionales y legales. Se afecta con las modificaciones que aumenten o disminuyan la apropiación inicial.
Esta cuenta constituye la contrapartida para el cierre de los saldos de las demás cuentas de Gastos de Personal, al finalizar la vigencia.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las reducciones presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes, que disminuyen el valor de la apropiación inicial, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0331-Gastos de Personal por Ejecutar (Db).
2- Los valores de los saldos de las demás cuentas de Gastos de Personal para efectuar el cierre al finalizar la vigencia.
SE ACREDITA CON:
1- El valor aprobado inicialmente en el presupuesto de gastos de personal para la respectiva vigencia fiscal, con débito a las subcuentas de la cuenta 0331- Gastos de Personal por Ejecutar (Db).
2- El valor de las adiciones presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes, cuando durante la ejecución del presupuesto se hace indispensable aumentar el monto o crear nuevas apropiaciones, con débito a las subcuentas de la cuenta 0331-Gastos de Personal por Ejecutar (Db).
DESCRIPCIÓN:
Representa los valores aprobados en el presupuesto de gastos de funcionamiento de la entidad contable pública para la vigencia fiscal, para atender los gastos relacionados con la adquisición de bienes y servicios necesarios para el cumplimiento de las funciones asignadas, el pago de impuestos y multas que correspondan. Se afecta con las modificaciones que aumenten o disminuyan la apropiación inicial.
Esta cuenta constituye la contrapartida para el cierre de las demás cuentas de Gastos Generales al finalizar la vigencia.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las reducciones presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes, que disminuyen el valor de la apropiación inicial, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0332-Gastos Generales por Ejecutar (Db).
2- Los valores de los saldos de las demás cuentas de Gastos Generales para efectuar el cierre al finalizar la vigencia.
SE ACREDITA CON:
1- El valor aprobado inicialmente en el presupuesto de gastos generales para la respectiva vigencia fiscal, con débito a las subcuentas de la cuenta 0332- Gastos Generales por Ejecutar (Db).
2- El valor de las adiciones presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes, cuando durante la ejecución del presupuesto se hace indispensable aumentar el monto o crear nuevas apropiaciones, con débito a las subcuentas de la cuenta 0332-Gastos Generales por Ejecutar (Db).
DESCRIPCIÓN:
Representa los valores aprobados en el presupuesto de gastos de funcionamiento de la entidad contable pública para la vigencia fiscal, para transferir a entidades nacionales o internacionales, públicas o privadas, con fundamento en un mandato legal. Incluye las apropiaciones destinadas a la previsión y seguridad social, cuando la entidad asume directamente la atención de la misma. Se afecta con las modificaciones que aumenten o disminuyan la apropiación inicial.
Esta cuenta constituye la contrapartida para el cierre de las demás cuentas de Gastos por Transferencias Corrientes al finalizar la vigencia.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las reducciones presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes, que disminuyen el valor de la apropiación inicial, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0334- Transferencias Corrientes por Ejecutar (Db).
2- Los valores de los saldos de las demás cuentas de Transferencias corrientes para efectuar el cierre al finalizar la vigencia.
SE ACREDITA CON:
1- El valor aprobado inicialmente en el presupuesto de transferencias corrientes para la respectiva vigencia fiscal, con débito a las subcuentas de la cuenta 0334- Transferencias Corrientes por Ejecutar (Db).
2- El valor de las adiciones presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes, cuando durante la ejecución del presupuesto se hace indispensable adicionar el monto o crear nuevas apropiaciones, con débito a las subcuentas de la cuenta 0334-Transferencias Corrientes por Ejecutar (Db).
DESCRIPCIÓN:
Representa los valores aprobados en el presupuesto de gastos de funcionamiento de la entidad contable pública como aportes a órganos y entidades para gastos de capital y la capitalización del ente receptor. Se afecta con las modificaciones que aumenten o disminuyan la apropiación inicial.
Esta cuenta constituye la contrapartida para el cierre de las demás cuentas de gastos por Transferencias de capital al finalizar la vigencia.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las reducciones presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes, que disminuyen el valor de la apropiación inicial, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0335- Transferencias de Capital por Ejecutar (Db).
2- Los valores de los saldos de las demás cuentas de Transferencias de capital para efectuar el cierre al finalizar la vigencia.
SE ACREDITA CON:
1- El valor aprobado inicialmente en el presupuesto de transferencias corrientes para la respectiva vigencia fiscal, con débito a las subcuentas de la cuenta 0335-Transferencias de Capital por Ejecutar (Db).
2- El valor de las adiciones presupuéstales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes, cuando durante la ejecución del presupuesto se hace indispensable adicionar el monto o crear nuevas apropiaciones, con débito a las subcuentas de la cuenta 0335-Transferencias de Capital por Ejecutar (Db).
DESCRIPCIÓN:
Representa los valores aprobados en el presupuesto de gastos de funcionamiento de la entidad contable pública que corresponden a aquellos gastos que se realizan para adquirir bienes, servicios e insumos que participan directamente en el proceso de producción o comercialización. Se afecta con las modificaciones que aumenten o disminuyan la apropiación inicial.
Esta cuenta constituye la contrapartida para el cierre de las demás cuentas que conforman los Gastos de Comercialización y Producción al finalizar la vigencia.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las reducciones presupuéstales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes, que disminuyen el valor de la apropiación inicial, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0336-Gastos de Comercialización y Producción por Ejecutar (Db).
2- Los saldos de las demás cuentas de Gastos de comercialización y producción para efectuar el cierre al finalizar la vigencia.
SE ACREDITA CON:
1- El valor aprobado inicialmente en el presupuesto de gastos de comercialización y producción para la respectiva vigencia fiscal, con débito a las subcuentas de la cuenta 0336-Gastos de Comercialización y Producción por Ejecutar (Db).
2- El valor de las adiciones presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes, cuando durante la ejecución del presupuesto se hace indispensable adicionar el monto o crear nuevas apropiaciones, con débito a las subcuentas de la cuenta 0336-Gastos de Comercialización y Producción por Ejecutar (Db).
DESCRIPCIÓN:
Representa los valores aprobados en el presupuesto de gastos de funcionamiento para atender aquellos gastos que tienen por objeto cubrir las necesidades de las entidades para cumplir con las funciones asignadas y que no están definidos en las cuentas precedentes. Incluye las asignaciones necesarias para atender el déficit de vigencias anteriores, y para cubrir los compromisos de la vigencia anterior que se incorporan al presupuesto de la vigencia actual de acuerdo con las normas vigentes. Se afecta con las modificaciones que aumenten o disminuyan la apropiación inicial.
Esta cuenta constituye la contrapartida para el cierre de las cuentas de los otros gastos de funcionamiento, al finalizar la vigencia.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las reducciones presupuestales aprobado de acuerdo a las normas legales vigentes, que disminuyen el valor de la apropiación inicial, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0337-Otros Gastos de Funcionamiento por Ejecutar (Db).
2- Los saldos de las demás cuentas de Otros gastos de funcionamiento para efectuar el cierre al finalizar la vigencia.
SE ACREDITA CON:
1- El valor aprobado inicialmente en el presupuesto de otros gastos de funcionamiento para la respectiva vigencia fiscal, con débito a las subcuentas de la cuenta 0337-Otros Gastos de Funcionamiento por Ejecutar (Db).
2- El valor de las adiciones presupuestales aprobado de acuerdo a las normas legales vigentes, cuando durante la ejecución del presupuesto se hace indispensable adicionar el monto o crear nuevas apropiaciones, con débito a las subcuentas de la cuenta 0337-Otros Gastos de Funcionamiento por Ejecutar (Db).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor disponible de las apropiaciones del presupuesto de gastos de personal y pendientes de ejecutar a una fecha determinada.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor aprobado inicialmente en el presupuesto de gastos para la respectiva vigencia fiscal, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0320-Gastos de Personal Aprobados (Cr).
2- El valor de las adiciones presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes que aumenten o creen nuevas apropiaciones, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0320-Gastos de Personal Aprobados (Cr)
3- El valor de los traslados que aumenten la apropiación respectiva, con crédito a la cuenta 0320-Gastos de Personal Aprobados (Cr).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los compromisos legalmente contraídos y que desarrollan el objeto de la apropiación, con débito a las subcuentas de la cuenta 0350-Gastos de Personal Comprometidos (Db).
2- El valor de las reducciones presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes, que disminuyen el valor de las apropiaciones para gastos inicialmente aprobadas, con débito a las subcuentas de la cuenta 0320-Gastos de Personal Aprobados (Cr).
3- El valor de los traslados que disminuyan la respectiva apropiación, con débito a la cuenta 0320-Gastos de Personal Aprobados (Cr).
4- El saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0320- Gastos de Personal Aprobados (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor disponible de las apropiaciones del presupuesto de gastos generales y pendientes de ejecutar a una fecha determinada.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor aprobado inicialmente en el presupuesto de gastos para la respectiva vigencia fiscal, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0321-Gastos Generales Aprobados (Cr).
2- El valor de las adiciones presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes que aumenten o creen nuevas apropiaciones, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0321-Gastos Generales Aprobados (Cr)
3- El valor de los traslados que aumenten la apropiación respectiva, con crédito a la cuenta 0321-Gastos Generales (Cr).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los compromisos legalmente contraídos y que desarrollan el objeto de la apropiación, con débito a las subcuentas de la cuenta 0351 – Gastos generales comprometidos (Db).
2- El valor de las reducciones presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes, que disminuyen el valor de las apropiaciones para gastos inicialmente aprobadas, con débito a las subcuentas de la cuenta 0321-Gastos Generales Aprobados (Cr).
3- El valor de los traslados que disminuyan la respectiva apropiación, con débito a la cuenta 0321-Gastos Generales Aprobados (Cr).
4- El saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0321- Gastos Generales Aprobados (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor disponible de las apropiaciones del presupuesto de Transferencias corrientes y pendientes de ejecutar a una fecha determinada.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor aprobado inicialmente en el presupuesto de gastos para la respectiva vigencia fiscal, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0323-Transferencias Corrientes Aprobadas (CR).
2- El valor de las adiciones presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes que aumenten o creen nuevas apropiaciones, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0323-Transferencias Corrientes Aprobadas (Cr)
3- El valor de los traslados que aumenten la apropiación respectiva, con crédito a la cuenta 0323- Transferencias Corrientes Aprobadas (Cr).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los compromisos legalmente contraídos y que desarrollan el objeto de la apropiación, con débito a las subcuentas de la cuenta 0352-Transferencias Corrientes Comprometidas (Db).
2- El valor de las reducciones presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes, que disminuyen el valor de las apropiaciones para gastos inicialmente aprobadas, con débito a las subcuentas de la cuenta 0323-Transferencias Corrientes Aprobadas (Cr).
3- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0323-Transferencias Corrientes Aprobadas (Cr).
4- El valor de los traslados que disminuyan la respectiva apropiación, con débito a la cuenta 0323- Transferencias Corrientes Aprobadas (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor disponible de las apropiaciones del presupuesto de Transferencias de capital y pendientes de ejecutar a una fecha determinada.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor aprobado inicialmente en el presupuesto de gastos para la respectiva vigencia fiscal, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0324-Transferencias de Capital Aprobadas (Cr).
2- El valor de las adiciones presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes que aumenten o creen nuevas apropiaciones, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0324-Transferencias de Capital Aprobadas (Cr)
3- El valor de los traslados que aumenten la apropiación respectiva, con crédito a la cuenta 0324- Transferencias de Capital Aprobadas (Cr).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los compromisos legalmente contraídos y que desarrollan el objeto de la apropiación, con débito a las subcuentas de la cuenta 0353-Transferencias de Capital Comprometidas (Db).
2- El valor de las reducciones presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes, que disminuyen el valor de las apropiaciones para gastos inicialmente aprobadas, con débito a las subcuentas de la cuenta 0324-Transferencias de Capital Aprobadas (Cr).
3- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0324-Transferencias de Capital Aprobadas (Cr).
4- El valor de los traslados que disminuyan la respectiva apropiación, con débito a la cuenta 0324- Transferencias de Capital Aprobadas (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor disponible de las apropiaciones del presupuesto de gastos de comercialización y producción y pendientes de ejecutar a una fecha determinada.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor aprobado inicialmente en el presupuesto de gastos para la respectiva vigencia fiscal, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0325-Gastos de Comercialización y Producción Aprobados (Cr).
2- El valor de las adiciones presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes que aumenten o creen nuevas apropiaciones, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0325-Gastos de Comercialización y Producción Aprobados (Cr)
3- El valor de los traslados que aumenten la apropiación respectiva, con crédito a la cuenta 0325-Gastos de Comercialización y Producción Aprobados (Cr).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los compromisos legalmente contraídos y que desarrollan el objeto de la apropiación, con débito a las subcuentas de la cuenta 0354-Gastos de Comercialización y Producción Comprometidas (Db).
2- El valor de las reducciones presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes, que disminuyen el valor de las apropiaciones para gastos inicialmente aprobadas, con débito a las subcuentas de la cuenta 0325-Gastos de Comercialización y Producción Aprobados (Cr).
3- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0325-Gastos de Comercialización y Producción Aprobados (Cr).
4- El valor de los traslados que disminuyan la respectiva apropiación, con débito a la cuenta 0325-Gastos de Comercialización y Producción Aprobados (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor disponible de las apropiaciones del presupuesto de otros gastos de funcionamiento y pendientes de ejecutar a una fecha determinada.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor aprobado inicialmente en el presupuesto de gastos para la respectiva vigencia fiscal, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0326-Otros Gastos de Funcionamiento Aprobados (Cr).
2- El valor de las adiciones presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes que aumenten o creen nuevas apropiaciones, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0326-Otros Gastos de Funcionamiento Aprobados (Cr)
3- El valor de los traslados que aumenten la apropiación respectiva, con crédito a la cuenta 0326-Otros Gastos de Funcionamiento Aprobados (Cr).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los compromisos legalmente contraídos y que desarrollan el objeto de la apropiación, con débito a las subcuentas de la cuenta 0355-Otros Gastos de Funcionamiento Comprometidos (Db).
2- El valor de las reducciones presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes, que disminuyen el valor de las apropiaciones para gastos inicialmente aprobadas, con débito a las subcuentas de la cuenta 0326-Otros Gastos de Funcionamiento Aprobados (Cr).
3- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0326-Otros Gastos de Funcionamiento Aprobados (Cr).
4- El valor de los traslados que disminuyan la respectiva apropiación, con débito a la cuenta 0326-Otros Gastos de Funcionamiento Aprobadas (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de los compromisos adquiridos por la entidad contable pública, pendientes de convertirse en obligación, respaldados en los certificados de disponibilidad presupuestal expedidos en la vigencia, perfeccionados con el registro presupuestal y afectando en forma definitiva la apropiación, para atender los gastos de personal presupuestados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los compromisos legalmente contraídos y que desarrollan el objeto de la apropiación, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0331-Gastos de Personal por Ejecutar (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los compromisos ejecutados cuando se ha recibido el bien o servicio a satisfacción o, con los anticipos pactados, con débito a las subcuentas de la cuenta 0360-Obligaciones en Gastos de Personal (Db).
2- El valor de los compromisos que se anulan durante la ejecución del presupuesto con débito a las subcuentas de la cuenta 0331-Gastos de Personal por Ejecutar (Db).
3- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0320-Gastos de Personal Aprobados (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de los compromisos adquiridos por la entidad contable pública, pendientes de convertirse en obligación, respaldados en los certificados de disponibilidad presupuestal expedidos en la vigencia, perfeccionados con el registro presupuestal y afectando en forma definitiva la apropiación, para atender los gastos generales presupuestados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los compromisos legalmente contraídos y que desarrollan el objeto de la apropiación, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0332-Gastos Generales por Ejecutar (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los compromisos ejecutados cuando se ha recibido el bien o servicio a satisfacción o, con los anticipos pactados, con débito a las subcuentas de la cuenta 0361-Obligaciones en Gastos Generales (Db).
2- El valor de los compromisos que se anulan durante la ejecución del presupuesto con débito a las subcuentas de la cuenta 0332-Gastos Generales por Ejecutar (Db).
3- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0321-Gastos Generales Aprobados (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de los compromisos adquiridos por la entidad contable pública, pendientes de convertirse en obligación, respaldados en los certificados de disponibilidad presupuestal expedidos en la vigencia, perfeccionados con el registro presupuestal y afectando en forma definitiva la apropiación, para atender los gastos de transferencias corrientes presupuestados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los compromisos legalmente contraídos y que desarrollan el objeto de la apropiación, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0334- Transferencias Corrientes por Ejecutar (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los compromisos ejecutados cuando se ha recibido el bien o servicio a satisfacción o, con los anticipos pactados, con débito a las subcuentas de la cuenta 0362-Obligaciones en Transferencias Corrientes (Db).
2- El valor de los compromisos que se anulan durante la ejecución del presupuesto con débito a las subcuentas de la cuenta 0334-Transferencias Corrientes por Ejecutar (Db).
3- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0323-Transferencias Corrientes Aprobadas (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de los compromisos adquiridos por la entidad contable pública, pendientes de convertirse en obligación, respaldados en los certificados de disponibilidad presupuestal expedidos en la vigencia, perfeccionados con el registro presupuestal y afectando en forma definitiva la apropiación, para atender los gastos de transferencias de capital presupuestados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los compromisos legalmente contraídos y que desarrollan el objeto de la apropiación, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0335- Transferencias de Capital por Ejecutar (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los compromisos ejecutados cuando se ha recibido el bien o servicio a satisfacción o, con los anticipos pactados, con débito a las subcuentas de la cuenta 0363-Obligaciones en Transferencias de Capital (Db).
2- El valor de los compromisos que se anulan durante la ejecución del presupuesto con débito a las subcuentas de la cuenta 0335-Transferencias de Capital por Ejecutar (Db).
3- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0324-Transferencias de Capital Aprobadas (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de los compromisos adquiridos por la entidad contable pública, pendientes de convertirse en obligación, respaldados en los certificados de disponibilidad presupuestal expedidos en la vigencia, perfeccionados con el registro presupuestal y afectando en forma definitiva la apropiación, para atender los gastos de comercialización y producción presupuestados.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los compromisos legalmente contraídos y que desarrollan el objeto de la apropiación, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0336-Gastos de Comercialización y Producción por Ejecutar (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los compromisos ejecutados cuando se ha recibido el bien o servicio a satisfacción o, con los anticipos pactados, con débito a las subcuentas de la cuenta 0364-Obligaciones en Gastos de Comercialización y Producción (Db).
2- El valor de los compromisos que se anulan durante la ejecución del presupuesto con débito a las subcuentas de la cuenta 0336-Gastos de Comercialización y Producción por Ejecutar (DB).
3- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0325-Gastos de Comercialización y Producción Aprobados (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de los compromisos adquiridos por la entidad contable pública, pendientes de convertirse en obligación, respaldados en los certificados de disponibilidad presupuestal expedidos en la vigencia, perfeccionados con el registro presupuestal y afectando en forma definitiva la apropiación, para atender los Otros gastos de funcionamiento.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los compromisos legalmente contraídos y que desarrollan el objeto de la apropiación, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0337-Otros Gastos de Funcionamiento por Ejecutar (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los compromisos ejecutados cuando se ha recibido el bien o servicio a satisfacción o, con los anticipos pactados, con débito a las subcuentas de la cuenta 0365-Obligaciones en Otros Gastos de Funcionamiento (Db).
2- El valor de los compromisos que se anulan durante la ejecución del presupuesto con débito a las subcuentas de la cuenta 0337-Otros Gastos de Funcionamiento por Ejecutar (Db).
3- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0326-Otros Gastos de Funcionamiento Aprobados (CR).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de la obligación que la entidad contable pública ha contraído y derivada de recibir el servicio a satisfacción por una relación laboral, o a través de contratos, que se encuentran pendientes de giro o pago. Incluye anticipos pactados y no pagados. El saldo al finalizar la vigencia representa el valor con el cual las entidades constituyen las Cuentas por pagar.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la obligación contraída derivada del recibo a satisfacción de bienes o servicios, o cuando se han pactado anticipos, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0350-Gastos de Personal Comprometidos (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las obligaciones cuyo pago ha sido efectuado por parte de la tesorería de la entidad contable pública o por otras, con débito a las subcuentas de la cuentas 0370-Pagos en Efectivo de la Vigencia por Gastos de Personal (Db).
2- El valor de las obligaciones cuya cancelación se realiza sin que en la operación exista flujo de efectivo, con débito a la subcuenta 037801- Ejecución de Gastos de Funcionamiento sin Flujo de Efectivo- Gastos de Personal (Db).
3- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0320-Gastos de Personal Aprobados (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de la obligación que la entidad contable pública ha contraído y se encuentra pendiente de giro o pago, derivada de haber recibido el bien o servicio a satisfacción y relacionada con la adquisición de bienes y servicios. Incluye los anticipos pactados y no pagados. Su saldo débito al finalizar la vigencia representa el valor con el cual las entidades constituyen las Cuentas por pagar.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la obligación contraída derivada del recibo a satisfacción de bienes o servicios, o cuando se han pactado anticipos, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0351-Gastos Generales Comprometidos (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las obligaciones cuyo pago ha sido efectuado por parte de la Tesorería de la entidad contable pública o por otras, con débito a las subcuentas de la cuentas 0371-Pagos en Efectivo de la Vigencia por Gastos Generales (Db)
2- El valor de las obligaciones cuya cancelación se realiza sin que en la operación exista flujo de efectivo, con débito a la subcuenta 037802-Ejecución de Gastos de Funcionamiento sin Flujo de Efectivo – Gastos Generales (Db)
3- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0321-Gastos Generales Aprobados (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de la obligación que la entidad contable pública ha contraído y se encuentra pendiente de giro o pago, derivada o con fundamento en un mandato legal, para transferir a entidades nacionales o internacionales, públicas o privadas. Su saldo débito al finalizar la vigencia representa el valor con el cual las entidades constituyen las Cuentas por pagar.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la obligación contraída derivada de las transferencias corrientes, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0352-Transferencias Corrientes Comprometidas (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las obligaciones cuyo pago ha sido efectuado por parte de la Tesorería de la entidad contable pública o por otras, con débito a las subcuentas de la cuentas 0372-Pagos en Efectivo por transferencias Corrientes (Db)
2- El valor de las obligaciones cuya cancelación se realiza sin que en la operación exista flujo de efectivo, con débito a la subcuenta 037803-Ejecución de Gastos de Funcionamiento sin Flujo de Efectivo – Transferencias Corrientes (Db)
3- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0323-Transferencias Corrientes Aprobadas (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de la obligación que la entidad contable pública ha contraído y se encuentra pendiente de giro o pago, por concepto de aportes a órganos y entidades para gastos de capital. Su saldo débito al finalizar la vigencia representa el valor con el cual las entidades constituyen las Cuentas por pagar.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la obligación contraída derivada de las transferencias corrientes, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0353-Transferencias de Capital Comprometidas (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las obligaciones cuyo pago ha sido efectuado por parte de la Tesorería de la entidad contable pública o por otras, con débito a las subcuentas de la cuentas 0373-Pagos en Efectivo por Transferencias de Capital (Db)
2- El valor de las obligaciones cuya cancelación se realiza sin que en la operación exista flujo de efectivo, con débito a la subcuenta 037804-Ejecución de Gastos de Funcionamiento sin Flujo de Efectivo – Transferencias de Capital (Db)
3- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0324-Transferencias de Capital Aprobadas (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de las obligaciones que la entidad contable pública ha contraído por la adquisición de bienes, servicios e insumos que participan directamente en el proceso de producción o comercialización y que está pendiente de giro o pago. Su saldo débito al finalizar la vigencia representa el valor con el cual las entidades constituyen las Cuentas por pagar.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- l valor de la obligación contraída derivada de los gastos de comercialización y producción, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0354-Gastos de Comercialización y Producción Comprometidos (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las obligaciones cuyo pago ha sido efectuado por parte de la tesorería de la entidad contable pública o por otras, con débito a las subcuentas de la cuentas 0374-Pagos en Efectivo por Gastos de Comercialización y Producción (Db)
2- El valor de las obligaciones cuya cancelación se realiza sin que en la operación exista flujo de efectivo, con débito a la subcuenta 037805-Ejecución de Gastos de Funcionamiento sin Flujo de Efectivo – Gastos de Comercialización y Producción (Db)
3- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0325-Gastos de Comercialización y Producción Aprobados (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de la obligación que la entidad contable pública ha contraído para cubrir en particular el déficit de vigencias anteriores y demás gastos no definidos en las cuentas precedentes, que está pendiente de giro o pago. Su saldo débito al finalizar la vigencia representa el valor con el cual las entidades constituyen las Cuentas por pagar.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la obligación contraída derivada de otros gastos de funcionamiento, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0355-Otros Gastos de Funcionamiento Comprometidos (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las obligaciones cuyo pago ha sido efectuado por parte de la tesorería de la entidad contable pública o por otras, con débito a las subcuentas de la cuentas 0375-Pagos en Efectivo por Otros Gastos de Funcionamiento (Db)
2- El valor de las obligaciones cuya cancelación se realiza sin que en la operación exista flujo de efectivo, con débito a la subcuenta 037806-Ejecución de Gastos de Funcionamiento sin Flujo de Efectivo – Otros Gastos de Funcionamiento (Db)
3- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0326-Otros Gastos de Funcionamiento Aprobados (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor pagado por la entidad contable pública en efectivo, en cumplimiento de las respectivas obligaciones presupuestales por gastos de personal constituidas durante la vigencia fiscal. En esta cuenta se deben registrar y revelar los pagos en efectivo que otra entidad pública realizó a nombre de la entidad contable pública.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor cancelado en efectivo directamente por la entidad contable pública o a través de otras tesorerías, previo el lleno de los requisitos establecidos, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0360-Obligaciones en Gastos de Personal (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0320-Gastos de Personal Aprobados (Cr):
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor pagado por la entidad contable pública en efectivo, en cumplimiento de las respectivas obligaciones presupuestales por gastos generales constituidas durante la vigencia fiscal. En esta cuenta se deben registrar y revelar los pagos en efectivo que otra entidad pública realizó a nombre de la entidad contable pública.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor cancelado en efectivo directamente por la entidad contable pública o a través de otras tesorerías, previo el lleno de los requisitos establecidos, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0361- Obligaciones en Gastos Generales (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0321-Gastos Generales Aprobados (Cr):
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor pagado por la entidad contable pública en efectivo, en cumplimiento de las respectivas obligaciones presupuestales por transferencias corrientes constituidas durante la vigencia fiscal. En esta cuenta se deben registrar y revelar los pagos en efectivo que otra entidad pública realizó a nombre de la entidad contable pública.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor cancelado en efectivo directamente por la entidad contable pública o a través de otras tesorerías, previo el lleno de los requisitos establecidos, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0362- Obligaciones en Transferencias Corrientes (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0323-Transferencias Corrientes Aprobadas (Cr):
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor pagado por la entidad contable pública en efectivo, en cumplimiento de las respectivas obligaciones presupuestales por transferencias de capital constituidas durante la vigencia fiscal. En esta cuenta se deben registrar y revelar los pagos en efectivo que otra entidad pública realizó a nombre de la entidad contable pública.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor cancelado en efectivo directamente por la entidad contable pública o a través de otras tesorerías, previo el lleno de los requisitos establecidos, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0363- Obligaciones en Transferencias de Capital (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0324-Transferencias de Capital Aprobadas (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor pagado por la entidad contable pública en efectivo, en cumplimiento de las respectivas obligaciones presupuestales por gastos de comercialización y producción constituidas durante la vigencia fiscal. En esta cuenta se deben registrar y revelar los pagos en efectivo que otra entidad pública realizó a nombre de la entidad contable pública.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor cancelado en efectivo directamente por la entidad contable pública o a través de otras tesorerías, previo el lleno de los requisitos establecidos, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0364- Obligaciones en Gastos de Comercialización y Producción (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0325-Gastos de Comercialización y Producción Aprobados (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor pagado por la entidad contable pública en efectivo, en cumplimiento de las respectivas obligaciones presupuestales por otros gastos de funcionamiento constituidas durante la vigencia fiscal. En esta cuenta se deben registrar y revelar los pagos en efectivo que otra entidad pública realizó a nombre de la entidad contable pública.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor cancelado en efectivo directamente por la entidad contable pública o a través de otras tesorerías, previo el lleno de los requisitos establecidos, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0365- Obligaciones en Otros Gastos de Funcionamiento (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0326-Otros Gastos de Funcionamiento Aprobados (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor cancelado por la entidad contable pública, en cumplimiento de las respectivas obligaciones presupuestales constituidas durante la vigencia fiscal, que no significó flujo de efectivo en la operación presupuestal.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la obligación cancelada sin que en la operación presupuestal medie flujo de efectivo, previo el lleno de los requisitos establecidos, con crédito a las respectivas subcuentas de las cuentas 0360-Obligaciones en Gastos de Personal (Db), 0361-Obligaciones en Gastos Generales (Db), 0362- Obligaciones en Transferencias Corrientes (Db), 0363-Obligaciones en Transferencias de Capital (Db), 0364-Obligaciones en Gastos de Comercialización y Producción (Db) y 0365-Obligaciones en Otros Gastos de Funcionamiento (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las cuentas 0320-Gastos de Personal Aprobados (Cr), 0321-Gastos Generales Aprobados (Cr), 0323-Transferencias Corrientes Aprobadas (Cr), 0324-Transferencias de Capital Aprobadas (Cr), 0325-Gastos de Comercialización y Producción Aprobados (Cr) y Otros Gastos de Funcionamiento Aprobados (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Cuenta de uso exclusivo de las empresas y corresponde al resultado obtenido de sumar el valor de la disponibilidad inicial y los ingresos, y restar el valor de los gastos de la vigencia fiscal. El saldo a nivel de cuenta es cero, y el resultado se revela en las subcuentas respectivas.
No tiene contrapartida en otra cuenta, sino al interior de la misma y a nivel de subcuentas, por cuanto refleja menores gastos a ejecutar frente a los recursos aprobados.
<Cuenta eliminada por el artículo 1 de la Resolución 406 de 2010>
<Descripción y Dinámica para la Cuenta 0380 adicionadas por el artículo 6 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:>
DESCRIPCION
Representa el valor aprobado en el decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación, para atender los gastos de funcionamiento de la vigencia fiscal respectiva y desagregar con la ejecución.
Dinámica
SE DEBITA CON:
1. El traslado de los saldos registrados con el decreto de liquidación y las adiciones para desagregar en cada una de las subcuentas que conforman los conceptos de gastos de funcionamiento aprobados para la vigencia fiscal, con crédito a las subcuentas de las cuentas 0320-Gastos de personal aprobados (Cr), 0321-Gastos generales aprobados (Cr), 0323-Transferencias corrientes aprobadas (Cr), 0324-Transferencias de capital aprobadas (Cr) 0325-Gastos de comercialización y producción aprobados (Cr), según corresponda.
2. El valor de las reducciones al Presupuesto General de la Nación - PGN, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0381 - Decreto de liquidación PGN - Por ejecutar (Db).
SE ACREDITA CON:
1. El valor inicial establecido en el decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación para los gastos de funcionamiento aprobados, con débito a la subcuenta de la cuenta 0381-Decreto de liquidación PGN - Por Ejecutar (Db).
2. El valor de las adiciones al Presupuesto General de la Nación de los gastos de funcionamiento inicialmente decretados, con débito a la subcuenta de la cuenta 0381-Decreto de liquidación PGN - Por Ejecutar (Db).
3. El traslado de los saldos registrados como reducciones al Presupuesto General de la Nación para desagregar en cada una de las subcuentas que conforman los conceptos de gastos de funcionamiento aprobados, con débito a las subcuentas de las cuentas 0320-Gastos de personal aprobados (Cr), 0321-Gastos generales aprobados (Cr), 0323-Transferencias corrientes aprobadas (Cr), 0324-Transferencias de capital aprobadas (Cr) 0325-Gastos de comercialización y producción aprobados (Cr), según corresponda.
<Cuenta 0381 eliminada por el artículo 1 de la Resolución 406 de 2010>
<Descripción y Dinámica para la Cuenta 0381 adicionadas por el artículo 6 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:>
DESCRIPCION
Representa el valor de los gastos de funcionamiento del Presupuesto General de la Nación, establecidos en el decreto de liquidación para la vigencia fiscal respectiva, para desagregar con la ejecución.
Dinámica
SE DEBITA CON:
1. El valor inicial establecido en el decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación para los gastos de funcionamiento aprobados, con crédito a la subcuenta de la cuenta 0380-Decreto de liquidación PGN - Aprobado (Cr).
2. El valor de las adiciones al Presupuesto General de la Nación de los gastos de funcionamiento inicialmente decretados, con crédito a la subcuenta de la cuenta 0380-Decreto de liquidación PGN - Aprobado (Cr).
3. El traslado de los saldos registrados como reducciones al Presupuesto General de la Nación para desagregar en cada una de las subcuentas que conforman los conceptos de gastos de funcionamiento aprobados, con débito a las subcuentas de las cuentas 0331-Gastos de personal ejecutar (Db), 0332-Gastos generales por ejecutar (Db), 0334-Transferencias corrientes por ejecutar (Db), 0335-Transferencias de capital por ejecutar (Db) 0336-Gastos de comercialización y producción por ejecutar (Db), según corresponda.
SE ACREDITA CON:
1. El traslado de los saldos registrados con el decreto de liquidación y las adiciones para desagregar en cada una de las subcuentas que conforman los conceptos de gastos de funcionamiento por ejecutar de la vigencia fiscal, con débito a las subcuentas de las cuentas 0331-Gastos de personal por ejecutar (Db), 0332-Gastos generales por ejecutar (Db), 0334-Transferencias corrientes por ejecutar (Db), 0335-Transferencias de capital por ejecutar (Db) 0336-Gastos de comercialización y producción por ejecutar (Db), según corresponda.
2. El valor de las reducciones al Presupuesto General de la Nación - PGN, con débito a las subcuentas de la cuenta 0380- Decreto de liquidación PGN - Aprobado (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa los gastos presupuestados por concepto del servicio de la deuda pública tanto interna como externa a ejecutarse durante la vigencia fiscal, que tienen por objeto atender el cumplimiento de las obligaciones contractuales correspondientes al pago de capital, intereses, comisiones, y los imprevistos originados en operaciones de crédito público que incluyen los gastos necesarios para la consecución de los créditos externos e internos, conforme a la ley. Incluye los rendimientos que devenguen los títulos emitidos por la entidad contable pública y que debe pagar en la vigencia. También hacen parte de este presupuesto los aportes que realizan al Fondo de Contingencias Contractuales en cumplimiento de las disposiciones legales.
<Cuenta 0423 eliminada por el artículo 1 de la Resolución 406 de 2010>
<Descripción y Dinámica para la Cuenta 0423 adicionadas por el artículo 6 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:>
DESCRIPCION
Representa el valor aprobado en el decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación para atender los gastos por concepto del servicio de la deuda pública, tanto interna como externa, y desagregar con la ejecución para la vigencia fiscal respectiva.
Dinámica
SE DEBITA CON:
1. El traslado de los saldos registrados con el decreto de liquidación y las adiciones para desagregar en cada una de las subcuentas que conforman los conceptos de gastos del servicio de la deuda pública aprobados para la vigencia fiscal, con crédito a las subcuentas de las cuentas 0425-Deuda pública interna aprobada (Cr) y 0430-Deuda pública externa aprobada (Cr), según corresponda.
2. El valor de las reducciones al Presupuesto General de la Nación - PGN, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0424-Decreto de liquidación PGN - Por Ejecutar (Db).
SE ACREDITA CON:
1. El valor inicial del presupuesto de gastos por concepto del servicio de la deuda pública establecido en el decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación, con débito a la subcuenta de la cuenta 0424-Decreto de liquidación PGN - Por Ejecutar (Db).
2. El valor de las adiciones al Presupuesto General de la Nación de los gastos del servicio de la deuda pública inicialmente decretados, con débito a la subcuenta de la cuenta 0424-Decreto de liquidación PGN - Por Ejecutar (Db).
3. El traslado de los saldos registrados como reducciones al Presupuesto General de la Nación para desagregar en cada una de las subcuentas que conforman los conceptos de gastos del servicio de la deuda aprobados, con débito a las subcuentas de las cuentas 0425-Deuda pública interna aprobada (Cr) y 0430-Deuda pública externa aprobada (Cr), según corresponda.
<Cuenta 0424 eliminada por el artículo 1 de la Resolución 406 de 2010>
<Descripción y Dinámica para la Cuenta 0424 adicionadas por el artículo 6 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:>
DESCRIPCION
Representa el valor de los gastos para atender el servicio de la deuda pública, establecidos en el decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal respectiva para desagregar con la ejecución.
Dinámica
SE DEBITA CON:
1. El valor inicial establecido en el decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación para los gastos del servicio de la deuda pública, con crédito a la subcuenta de la cuenta 0423-Decreto de liquidación PGN - Aprobado (Cr).
2. El valor de las adiciones al Presupuesto General de la Nación de los gastos por concepto del servicio de la deuda pública inicialmente decretados, con crédito a la subcuenta de la cuenta 0423- Decreto de liquidación PGN - Aprobado (Cr).
3. El traslado de los saldos registrados como reducciones al Presupuesto General de la Nación para desagregar en cada una de las subcuentas que conforman los conceptos de gastos del servicio de la deuda pública aprobados, con crédito a las subcuentas de las cuentas 0432-Deuda pública interna por ejecutar (Db) y 0434-Deuda pública externa por ejecutar (Db), según corresponda.
SE ACREDITA CON:
l. El traslado de los saldos registrados con el decreto de liquidación y las adiciones para desagregar en cada una de las subcuentas que conforman los conceptos de gastos del servicio de la deuda pública por ejecutar para la vigencia fiscal, con crédito a las subcuentas de las cuentas 0432-Deuda pública interna por ejecutar (Db) y 0434-Deuda pública externa por ejecutar (Db), según corresponda.
2. El valor de las reducciones al Presupuesto General de la Nación - PGN, con débito a las subcuentas de la cuenta 0423-Decreto de liquidación PGN - Aprobado (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor aprobado en la vigencia en el presupuesto de la entidad contable pública para atender el servicio de la deuda interna, por amortizaciones de capital, intereses, comisiones e imprevistos. Incluye los rendimientos que devenguen los títulos de deuda interna emitidos que deban pagarse en la vigencia.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las reducciones y traslados presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes, que disminuyen el valor de la apropiación inicial, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0432-Deuda Pública Interna por Ejecutar (Db).
2- Los saldos débito de las demás cuentas que conforman la deuda pública interna, para efectuar el cierre al finalizar la vigencia.
SE ACREDITA CON:
1- El valor aprobado inicialmente en el presupuesto de gastos por servicio de la deuda interna para la respectiva vigencia fiscal, con débito a las subcuentas de la cuenta 0432-Deuda Pública Interna por Ejecutar (Db).
2- El valor de las adiciones y traslados presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes, cuando durante la ejecución del presupuesto se hace indispensable aumentar el monto o crear nuevas apropiaciones, con débito a las subcuentas de la cuenta0432-Deuda Pública Interna por Ejecutar (Db).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor aprobado en la vigencia en el presupuesto de la entidad contable pública para atender el servicio de la deuda externa, por amortizaciones de capital, intereses, comisiones e imprevistos. Incluye los rendimientos que devenguen los títulos de deuda externa emitidos que deban pagarse en la vigencia.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las reducciones y traslados presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes, que disminuyen el valor de la apropiación inicial, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0434-Deuda Pública Externa por Ejecutar (Db).
2- Los saldos débito de las demás cuentas que conforman la deuda pública externa, para efectuar el cierre al finalizar la vigencia.
SE ACREDITA CON:
1- El valor aprobado inicialmente en el presupuesto de gastos por servicio de la deuda externa para la respectiva vigencia fiscal, con débito a las subcuentas de la cuenta 0434-Deuda Pública Externa por Ejecutar (Db).
2- El valor de las adiciones y traslados presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes, cuando durante la ejecución del presupuesto se hace indispensable aumentar el monto o crear nuevas apropiaciones, con débito a las subcuentas de la cuenta 0434-Deuda Pública Externa por Ejecutar (Db).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor disponible de las apropiaciones del presupuesto del servicio de la deuda pública interna y pendiente de ejecutar a una fecha determinada.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor aprobado inicialmente en el presupuesto de gastos para el servicio de la deuda interna para la respectiva vigencia fiscal, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0425-Deuda Pública Interna Aprobada (Cr).
2- El valor de las adiciones y traslados presupuéstales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes que aumenten o creen nuevas apropiaciones, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0425-Deuda Pública Interna Aprobada (Cr)
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los compromisos legalmente contraídos y que desarrollan el objeto de la apropiación, con débito a las subcuentas de la cuenta 0436-Deuda Pública Interna Comprometida (Db).
2- El valor de las reducciones y traslados presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes, que disminuyen el valor de las apropiaciones para gastos inicialmente aprobadas, con débito a las subcuentas de la cuenta 0425-Deuda Pública Interna Aprobada (Cr).
3- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0425-Deuda Pública Interna Aprobada (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor disponible de las apropiaciones del presupuesto del servicio de la deuda pública externa y pendiente de ejecutar a una fecha determinada.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor aprobado inicialmente en el presupuesto de gastos para el servicio de la deuda interna para la respectiva vigencia fiscal, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0430-Deuda Pública Externa Aprobada (Cr).
2- El valor de las adiciones y traslados presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes que aumenten o creen nuevas apropiaciones, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0430-Deuda Pública Externa Aprobada (Cr)
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los compromisos legalmente contraídos y que desarrollan el objeto de la apropiación, con débito a las subcuentas de la cuenta 0436-Deuda Pública Interna Comprometida (Db).
2- El valor de las reducciones o traslados presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes, que disminuyen el valor de las apropiaciones para gastos inicialmente aprobadas, con débito a las subcuentas de la cuenta 0430-Deuda Pública Externa Aprobada (Cr).
3- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0430-Deuda Pública Externa Aprobada (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de los compromisos adquiridos por la entidad contable pública, pendientes de convertirse en obligación, respaldados en los certificados de disponibilidad presupuestal expedidos en la vigencia, perfeccionados con el registro presupuestal y afectando en forma definitiva la apropiación, para atender el servicio de la deuda pública interna.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los compromisos legalmente contraídos y que desarrollan el objeto de la apropiación, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0432-Deuda Pública Interna por Ejecutar (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los compromisos ejecutados, con débito a las subcuentas de la cuenta 0440-Obligaciones por Deuda Pública Interna (Db).
2- El valor de los compromisos que se anulan durante la ejecución del presupuesto con débito a las subcuentas de la cuenta 0432-Deuda Pública Interna por Ejecutar (Db).
3- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0425-Deuda Pública Interna Aprobado (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de los compromisos adquiridos por la entidad contable pública, pendientes de convertirse en obligación, respaldados en los certificados de disponibilidad presupuestal expedidos en la vigencia, perfeccionados con el registro presupuestal y afectando en forma definitiva la apropiación, para atender los gastos por el servicio de la deuda pública externa.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los compromisos legalmente contraídos y que desarrollan el objeto de la apropiación, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0434-Deuda Pública Externa por Ejecutar (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los compromisos ejecutados, con débito a las subcuentas de la cuenta 0442– Obligaciones por Deuda Pública Externa (Db).
2- El valor de los compromisos que se anulan durante la ejecución del presupuesto con débito a las subcuentas de la cuenta 0434-Deuda Pública Externa por Ejecutar (Db).
3- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0430-Deuda Pública Externa Aprobado (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de la obligación que la entidad contable pública ha contraído y se encuentra pendiente de giro o pago, derivada de la adquisición de deuda pública interna. Su saldo débito al finalizar la vigencia representa el valor con el cual las entidades constituyen las Cuentas por pagar.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la obligación contraída de los contratos de empréstitos y demás obligaciones de deuda pública interna, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0436-Deuda Pública Interna Comprometida (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las obligaciones cuyo pago ha sido efectuado por parte de la tesorería de la entidad contable pública o por otras, con débito a las subcuentas de la cuenta 0444-Pago en Efectivo por Deuda Pública Interna (Db).
2- El valor de las obligaciones cuyo pago se ha efectuado sin que en la operación exista flujo de efectivo, con débito a las subcuentas de la cuenta 0450-Ejecución Servicio de la Deuda sin Flujo de Efectivo (Db).
3- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0425-Deuda Pública Interna Aprobada (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de la obligación que la entidad contable pública ha contraído y se encuentra pendiente de giro o pago, derivada de la adquisición de deuda pública externa. Su saldo débito al finalizar la vigencia representa el valor con el cual las entidades constituyen las Cuentas por pagar.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la obligación contraída de los contratos de empréstitos y demás obligaciones de deuda pública externa, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0438-Deuda Pública Externa Comprometida (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las obligaciones cuyo pago ha sido efectuado por parte de la tesorería de la entidad contable pública o por otras, con débito a las subcuentas de la cuenta 0446-Pago en Efectivo por Deuda Pública Externa (Db)
2- El valor de las obligaciones cuyo pago se ha efectuado sin que en la operación exista flujo de efectivo, con débito a las subcuentas de la cuenta 0450-Ejecución Servicio de la Deuda sin Flujo de Efectivo (Db)
3- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0430-Deuda Pública Externa Aprobada (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor cancelado en efectivo por la entidad contable pública, en cumplimiento de las respectivas obligaciones por deuda interna constituidas durante la vigencia fiscal. En esta cuenta se deben registrar y revelar los pagos en efectivo que otra entidad realizó a nombre de la entidad contable pública.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor cancelado en efectivo directamente por la entidad contable pública o a través de otras tesorerías, previo el lleno de los requisitos establecidos, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0440-Obligaciones por Deuda Pública Interna (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0425-Deuda Pública Interna Aprobada (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor cancelado en efectivo por la entidad contable pública, en cumplimiento de las respectivas obligaciones por deuda externa constituidas durante la vigencia fiscal. En esta cuenta se deben registrar y revelar los pagos en efectivo que otra entidad realizó a nombre de la entidad contable pública.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor cancelado en efectivo directamente por la entidad contable pública o a través de otras tesorerías, previo el lleno de los requisitos establecidos, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0442- Obligaciones por Deuda Pública Externa (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0430-Deuda Pública Externa Aprobada (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor cancelado por la entidad contable pública, en cumplimiento de las respectivas obligaciones presupuestales constituidas durante la vigencia fiscal, que no significó flujo de efectivo en la operación presupuestal.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la obligación cancelada sin que en la operación medie flujo de efectivo, previo el lleno de los requisitos establecidos, con crédito a las respectivas subcuentas de las cuentas 0440-Obligaciones por Deuda Pública Interna (Db) y 0442-Obligaciones por Deuda Pública Externa (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las cuentas 0425-Deuda Pública Interna Aprobada (Cr) y 0430-Deuda Pública Externa Aprobada (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa los valores de los diferentes programas, subprogramas y proyectos de inversión pública aprobados y por ejecutar en el presupuesto de inversión de la vigencia actual y los compromisos de la anterior que se incorporan al presupuesto de la entidad contable pública de acuerdo con las normas vigentes, incorporados en el Plan Operativo Anual de Inversiones, el cual a su vez, se deriva del Plan Nacional de Desarrollo y de los planes de desarrollo territoriales, según corresponda.
Los gastos de inversión corresponden a las erogaciones susceptibles de causar réditos o de ser de algún modo económicamente productivas, o que tengan cuerpo de bienes de utilización perdurable, llamados también de capital. Incluye aquellos gastos destinados a crear infraestructura social. La característica fundamental de este gasto es la de permitir acrecentar la capacidad de producción y productividad en el campo de la estructura física, económica y social.
Para identificar la situación en la cual se encuentran los proyectos de inversión y su financiación se han definido tres grupos, así: 05-Gastos de Inversión Aprobados, 06-Gastos de Inversión Ejecutados y 07-Gastos de Inversión Pagados. Al interior de los diferentes grupos se clasifican a nivel de cuentas los sectores, área o subárea objeto de la acción económica y social a los cuales se dirige la inversión pública, y al interior de cada cuenta o sector, a nivel de subcuentas, se registran los componentes o usos de la inversión, de acuerdo con las necesidades de evaluación y seguimiento de las autoridades respectivas. En el nivel de auxiliar se deben identificar las fuentes de financiamiento de cada programa, proyecto o uso de la inversión con la siguiente discriminación.
01 Préstamo destinación específica
02 Recursos del crédito externo previa autorización
03 Recursos corrientes
04 Préstamo destinación específica autorizado
05 Recursos para preservar la seguridad democrática
06 Donaciones
07 Fondos especiales
90 Otros recursos del tesoro
DINÁMICA DE LAS CUENTAS DEL GRUPO 05 QUE IDENTIFICAN LOS GASTOS DE INVERSIÓN APROBADOS (CR) EN CADA SECTOR
SE DEBITAN CON:
1- Las modificaciones que, una vez surtido el trámite legal, disminuyan el valor del gasto de inversión aprobado inicialmente, con crédito a las respectivas cuentas (sectores) que identifican los GASTOS DE INVERSIÓN POR EJECTAR (DB).
2- Los saldos de las demás cuentas (sectores) del presupuesto de gastos de inversión, para efectuar el cierre al finalizar la vigencia fiscal, con crédito a las respectivas cuentas que identifican los momentos de: por ejecutar, compromisos, obligaciones, pagos en efectivo y ejecución sin flujo de efectivo, de los grupos 06 y 07.
SE ACREDITAN CON:
1- El valor aprobado en el presupuesto de gastos de inversión para cada uno de los sectores, con débito a las respectivas cuentas (sectores) que identifican los GASTOS DE INVERSIÓN POR EJECUTAR (DB).
2- Las modificaciones que, una vez surtido el trámite legal, adicionen el valor al presupuesto de gastos de inversión aprobado inicialmente, con débito a las cuentas (sectores) que identifican los GASTOS DE INVERSIÓN POR EJECUTAR (DB).
DINÁMICA PARA LAS CUENTAS DEL GRUPO 05 QUE IDENTIFICAN LOS GASTOS DE INVERSIÓN POR EJECUTAR (DB) EN CADA SECTOR
SE DEBITAN CON:
1- El valor aprobado en el presupuesto de gastos de inversión, para cada uno de los sectores, con crédito a las respectivas cuentas (sectores) que identifican los GASTOS DE INVERSIÓN APROBADOS (CR).
2- Las modificaciones que, una vez surtido el trámite legal, adicionen el valor al presupuesto de gastos de inversión aprobado inicialmente, con crédito a las cuentas (sectores) que identifican los GASTOS DE INVERSIÓN APROBADOS (CR).
3- El valor de los compromisos que se anulan durante la ejecución del presupuesto de gastos de inversión, con crédito a las subcuentas de los respectivos sectores o cuentas que identifican la etapa de GASTOS DE INVERSIÓN EJECUTADOS – COMPROMISOS (DB).
SE ACREDITAN CON:
1- El valor de los compromisos legalmente contraídos y que desarrollan el objeto de la inversión, con débito a las subcuentas de las respectivas cuentas (sectores) del grupo 06-GASTOS DE INVERSIÓN EJECUTADOS, que corresponden a la etapa de COMPROMISOS.
2- El valor de las reducciones o traslados presupuestales aprobados de acuerdo a las normas legales vigentes, que disminuyen el valor de las apropiaciones para gastos inicialmente aprobadas, con débito a las cuentas (sectores) que identifican los GASTOS DE INVERSIÓN APROBADOS (CR).
3- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las cuentas (sectores) del grupo 05 que identifican los GASTOS DE INVERSIÓN APROBADOS - APROBADOS (CR).
DESCRIPCIÓN:
Incluye las inversiones orientadas a mejorar y fortalecer la capacidad de operación de la fuerza pública y demás organismos de seguridad del Estado, para que éstos puedan desempeñar las funciones de la defensa de la soberanía, la independencia y la integridad del territorio nacional y del orden constitucional; y mantener las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz.
DESCRIPCIÓN:
Incluye toda aquella asignación de recursos a acciones relacionadas con el desarrollo y promoción de la calidad, competitividad, eficiencia, productividad de la producción y nivel tecnológico de las microempresas e industria artesanal, la pequeña y mediana industria, la gran industria, el comercio interno y externo, el turismo, y la minería.
DESCRIPCIÓN:
Incluye la asignación de recursos destinados a proyectos que tienen por objeto el desarrollo y fortalecimiento de más de un área de acción en el sector salud.
DESCRIPCIÓN:
Incluye la asignación de recursos a actividades orientadas a mejorar la calidad y aumentar el volumen de las comunicaciones, así como las inversiones destinadas a mejorar, fomentar y lograr una mayor cobertura del servicio en el país y hacia el exterior.
DESCRIPCIÓN:
Incluye inversiones tendientes a mejorar la calidad, incrementar el volumen y capacidad distributiva, y fomentar un aprovechamiento racional y eficiente de la energía convencional y no convencional generada.
DESCRIPCIÓN:
Incluye los recursos asignados a inversiones cuyo propósito es definir, orientar, vigilar y ejecutar la política nacional y sectorial en materia de tránsito, transporte y su infraestructura.
DESCRIPCIÓN:
Incluye la asignación de recursos a proyectos que tengan por objeto desarrollar las cualidades físicas, intelectuales, culturales y morales de la población, cuando estos busquen tener una mayor cobertura a la definida en los diferentes niveles tradicionales de educación como preescolar, primaria, secundaria, superior, capacitación técnica no profesional, educación de adultos y la educación especial.
DESCRIPCIÓN:
Incluye la asignación de recursos a proyectos de inversión que tienen por objeto fortalecer la acción de los organismos encargados de administrar justicia, mantener el orden jurídico de la Nación, defender los derechos de los ciudadanos, prevenir el delito y ofrecer mecanismos alternativos para la solución de conflictos.
Prevención de la delincuencia.
DESCRIPCIÓN:
Incluye los recursos asignados a inversiones orientadas a la protección, conservación, recuperación, control y administración del medio ambiente, mediante el manejo de la oferta y la demanda de los recursos del ecosistema (aire, agua, suelo, flora y fauna).
DESCRIPCIÓN:
Incluye toda aquella inversión en proyectos que tienen por objeto mejorar y fortalecer la acción de gobierno e incrementar la eficiencia y eficacia de sus órganos de control y vigilancia, registro, planificación y relaciones exteriores. Así mismo, las funciones de coordinación y fomento entre distintos sectores, en actividades suprasectoriales. Incorpora, además, la asignación de recursos necesarios en casos de excepcional urgencia, recursos que fortalezcan el proceso de planificación e inversiones requeridas para mantener la integridad, independencia y soberanía nacional.
DESCRIPCIÓN:
Incluye inversiones tendientes a ampliar la calidad y volumen de la producción agropecuaria (agrícola, pecuaria, forestal y pesquera), a optimizar y planificar el uso y aprovechamiento de insumos y de recursos del sector. Se incluyen las inversiones en infraestructura agropecuaria como obras de adecuación de tierras –riego y drenaje-.
DESCRIPCIÓN:
Incluye la asignación de recursos tendientes a suplir las necesidades básicas de la población en materia de agua potable y a proporcionar los servicios de control, tratamiento y disposición de residuos generados en actividades domésticas o productivas, para así, lograr un desarrollo eficiente y en armonía con el ambiente y la salud de la comunidad.
DESCRIPCIÓN:
Incluye la asignación de recursos cuyo propósito es fomentar y racionalizar el empleo de mano de obra en el país, así como mejorar y ampliar los mecanismos de asistencia directa e indirecta a la población trabajadora, mediante la formulación, adopción, coordinación y ejecución de las políticas de empleo, trabajo, previsión y seguridad social.
DESCRIPCIÓN:
Incluye la asignación de recursos para proyectos que tienen como propósito mejorar cuantitativa y cualitativamente las condiciones habitacionales de la población.
DESCRIPCIÓN:
Corresponde a las inversiones dirigidas a proyectos cuyo propósito es mejorar la capacidad de acción de los órganos encargados de fortalecer la participación, protección y/o asociación de las comunidades.
DESCRIPCIÓN:
Incluye la asignación de recursos a proyectos que tengan por objeto desarrollar las cualidades artísticas, culturales y morales de la población, cuando estos busquen tener una mayor cobertura a la definida en los diferentes niveles tradicionales del arte, la cultura y la moral; así mismo, las inversiones encaminadas a fortalecer la acción de los organismos encargados de administrar el arte y la cultura.
DESCRIPCIÓN:
Incluye la asignación de recursos para proyectos que tienen como propósito el desarrollo, fomento y divulgación de las actividades de recreación, educación física y deporte.
DESCRIPCIÓN:
Incluye la asignación de recursos para proyectos que no se pueden clasificar en alguno de los sectores o áreas económicas anteriormente señaladas, pero que corresponden al plan nacional y a los planes departamentales, distritales o municipales de desarrollo económico y social.
<Cuenta 0520 eliminada por el artículo 1 de la Resolución 406 de 2010>
<Descripción y Dinámica para la Cuenta 0520 adicionadas por el artículo 6 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:>
DESCRIPCION
Representa el valor aprobado en el decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación para atender los diferentes programas y subprogramas de inversión pública, y desagregar con la ejecución para la vigencia fiscal respectiva.
Dinámica
SE DEBITA CON:
1. El traslado de los saldos registrados con el decreto de liquidación y las adiciones para desagregar en cada una de las subcuentas que conforman los conceptos de gastos de inversión aprobados para la vigencia fiscal, con crédito a las subcuentas de las cuentas 0530-Sector defensa y seguridad-aprobados (Cr), 0531-Sector Industria y Comercio aprobados (Cr), 0532-Sector salud-aprobados (Cr), 0533-Sector comunicaciones aprobados (Cr), 0534-Sector energía, aprobados (Cr), 0535-Sector transporte-aprobados (Cr), 0536-Sector educación-aprobados (Cr), 0537-Sector justicia-aprobados (Cr), 0538-Sector medio ambiente-aprobados (Cr), 0539-Sector gobierno-aprobados (Cr), 0540-Sector agropecuario-aprobados (Cr), 0541-Sector saneamiento básico y agua potable-aprobados (Cr), 0542-Sector trabajo y seguridad social-aprobados (Cr), 0543-Sector vivienda-aprobados (Cr), 0544-Sector desarrollo comunitario-aprobados (Cr), 0545-Sector arte y cultura-aprobados (Cr), 0546-Sector recreación y deportes-aprobados (Cr), 0547-Otros sectores-aprobados (Cr), según corresponda.
2. El valor de las reducciones al Presupuesto General de la Nación - PGN, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0521-Decreto de liquidación PGN - Por Ejecutar (Db).
SE ACREDITA CON:
1. El valor inicial del presupuesto de gastos de inversión establecido en el decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación, con débito a las subcuentas de la cuenta 0521-Decreto de liquidación PGN - Por Ejecutar (Db).
2. El valor de las adiciones al Presupuesto General de la Nación de los gastos de inversión, con débito a las subcuentas de la cuenta 0521-Decreto de liquidación PGN - Por Ejecutar (Db).
3. El traslado de los saldos registrados como reducciones del Presupuesto General de Nación para desagregar en cada una de las subcuentas que conforman los conceptos de gastos de inversión aprobado, con débito a las subcuentas de las cuentas 0530-Sector defensa y seguridad-aprobados (Cr), 0531-Sector Industria y Comercio-aprobados (Cr), 0532-Sector salud-aprobados (Cr), 0533-Sector comunicaciones-aprobados (Cr), 0534-Sector energía-aprobados (Cr), 0535-Sector transporte-aprobados (Cr), 0536-Sector educación-aprobados (Cr), 0537-Sector justicia-aprobados (Cr), 0538-Sector medio ambiente-aprobados (Cr), 0539-Sector gobierno-aprobados (Cr), 0540-Sector agropecuario-aprobados (Cr), 0541-Sector saneamiento básico y agua potable-aprobados (Cr), 0542-Sector trabajo y seguridad social-aprobados (Cr), 0543-Sector vivienda-aprobados (Cr), 0544-Sector desarrollo comunitario-aprobados (Cr), 0545-Sector arte y cultura-aprobados (Cr), 0546-Sector recreación y deportes-aprobados (Cr), 0547-Otros sectores-aprobados (Cr), según corresponda.
<Cuenta 0521 eliminada por el artículo 1 de la Resolución 406 de 2010>
<Descripción y Dinámica para la Cuenta 0521 adicionadas por el artículo 6 de la Resolución 669 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:>
DESCRIPCION
Representa el valor de los gastos para los diferentes programas y subprogramas de inversión pública, establecidos en el decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal respectiva para desagregar con la ejecución.
Dinámica
SE DEBITA CON:
1. El valor inicial del presupuesto de gastos de inversión establecido en el decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0520-Decreto de liquidación PGN - aprobado (Cr).
2. El valor de las adiciones al Presupuesto General de la Nación de los gastos de inversión inicialmente decretados, con crédito a la subcuenta de la cuenta 0520-Decreto de liquidación PGN - aprobado (Cr).
3. El traslado de los saldos registrados como reducciones del Presupuesto General de la Nación para desagregar en cada una de las subcuentas que conforman los conceptos de gastos de inversión aprobados, con crédito a las subcuentas de las cuentas 0555-Sector defensa y seguridad por ejecutar (Db), 0556-Sector industria y comercio por ejecutar (Db), 0557-Sector salud por ejecutar (Db), 0558-Sector comunicaciones por ejecutar (Db), 0559-Sector energía por ejecutar (Db), 0560-Sector transporte por ejecutar (Db), 0561-Sector educación por ejecutar (Db), 0562-Sector justicia por ejecutar (Db), 0563-Sector medio ambiente por ejecutar (Db), 0564-Sector gobierno por ejecutar (Db), 0565-Sector agropecuario por ejecutar (Db), 0566-Sector saneamiento básico y agua potable por ejecutar (Db), 0567-Sector trabajo y seguridad social por ejecutar (Db), 0568-Sector vivienda por ejecutar, 0569-Sector desarrollo comunitario por ejecutar (Db), 0570-Sector arte y cultura por ejecutar (Db), 0571-Sector recreación y deportes por ejecutar (Db) y 0572-Otros sectores por ejecutar (Db), según corresponda.
SE ACREDITA CON:
1. El traslado de los saldos registrados con el decreto de liquidación y las adiciones para desagregar en cada una de las subcuentas que conforman los conceptos de gastos de inversión por ejecutar para la vigencia fiscal, con débito a las subcuentas de las cuentas 0555-Sector defensa y seguridad por ejecutar (Db), 0556-Sector industria y comercio por ejecutar (Db), 0557-Sector salud por ejecutar (Db), 0558-Sector comunicaciones por ejecutar (Db), 0559-Sector energía por ejecutar (Db), 0560-Sector transporte por ejecutar (Db), 0561-Sector educación por ejecutar (Db), 0562-Sector justicia por ejecutar (Db), 0563-Sector medio ambiente por ejecutar (Db), 0564-Sector gobierno por ejecutar (Db), 0565-Sector agropecuario por ejecutar (Db), 0566-Sector saneamiento básico y agua potable por ejecutar (Db), 0567-Sector trabajo y seguridad social por ejecutar (Db), 0568-Sector vivienda por ejecutar, 0569-Sector desarrollo comunitario por ejecutar (Db), 0570-Sector arte y cultura por ejecutar (Db), 0571-Sector recreación y deportes por ejecutar (Db) y 0572-Otros sectores por ejecutar (Db), según corresponda.
2. El valor de las reducciones al Presupuesto General de la Nación - PGN, con débito a las subcuentas de la cuenta 0520-Decreto de liquidación PGN - aprobado (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Este grupo representa las cifras de los diferentes programas, subprogramas y proyectos de inversión pública comprometidos y obligados en el presupuesto de inversión de la vigencia de la entidad contable pública, incorporados en el Plan Operativo Anual de Inversiones, el cual a su vez, se deriva del Plan Nacional de Desarrollo y de los planes de desarrollo territoriales, según corresponda.
Se entiende por:
Comprometidos: Valor de los compromisos respaldados en las certificaciones de disponibilidad presupuestal expedidos para el desarrollo del objeto de la inversión en la vigencia, los cuales se perfeccionan con el registro presupuestal.
Obligación: el valor de la obligación contraída cuando se ha recibido el bien o servicio a satisfacción derivada del desarrollo del objeto de la inversión en la vigencia fiscal. Incluye los anticipos pactados y no pagados. Su saldo débito al finalizar la vigencia representa el valor con el cual constituyen las Cuentas por pagar.
DINÁMICA PARA LAS CUENTAS DEL GRUPO 06 QUE IDENTIFICAN LOS GASTOS DE INVERSIÓN EJECUTADOS - COMPROMISOS (DB) EN CADA SECTOR:
SE DEBITA CON:
1- El valor de los compromisos legalmente contraídos y que desarrollan el objeto de la inversión, con crédito a las subcuentas de los respectivos cuentas (sectores) del grupo 05 que identifican la etapa de GASTOS DE INVERSIÓN POR EJECUTAR (DB).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las obligaciones adquiridas derivadas del recibo a satisfacción de bienes o servicios de acuerdo a las condiciones convenidas o, con los anticipos pactados, con débito a las subcuentas de las cuentas (sectores) del grupo 06 que identifican la etapa de GASTOS DE INVERSIÓN EJECUTADOS – OBLIGACIONES (DB).
2- El valor de los compromisos que se anulan durante la ejecución del presupuesto de gastos de inversión, con débito a las subcuentas de los respectivos sectores o cuentas que identifican la etapa de GASTOS DE INVERSIÓN POR EJECUTAR (DB).
3- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las cuentas del grupo 05 que identifican la etapa de GASTOS DE INVERSIÓN APROBADOS - APROBADOS (CR).
DINÁMICA PARA LAS CUENTAS DEL GRUPO 06 QUE IDENTIFICAN LOS GASTOS DE INVERSIÓN EJECUTADOS - OBLIGACIONES (DB) EN CADA SECTOR:
SE DEBITA CON:
1- El valor de las obligaciones adquiridas derivadas del recibo a satisfacción de bienes o servicios de acuerdo a las condiciones convenidas o, con los anticipos pactados, con crédito a las subcuentas de las cuentas (sectores) del grupo 06 que identifican la etapa de GASTOS DE INVERSIÓN EJECUTADOS – COMPROMISOS (DB).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las obligaciones canceladas de los gastos de inversión, cuyo pago ha sido efectuado por parte de la Tesorería de la entidad contable pública, o por otras a su nombre, con débito a las subcuentas de las cuentas (sectores) del grupo 07 que identifican la etapa de GASTOS DE INVERSIÓN PAGADOS – PAGOS EN EFECTIVO (DB).
2- El valor de las obligaciones de los gastos de inversión cuya cancelación se ha sido efectuado sin que en la operación exista flujo de efectivo, con débito a las subcuentas de las cuentas (sectores) o cuentas del grupo 07 que identifican la etapa de GASTOS DE INVERSIÓN PAGADOS – EJECUCIÓN SIN FLUJO DE EFECTIVO (DB).
3- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las cuentas del grupo 05 que identifican la etapa de GASTOS DE INVERSIÓN APROBADOS - APROBADOS (CR).
DESCRIPCIÓN:
Este grupo representa las cifras de los diferentes programas, subprogramas y proyectos de inversión pública pagados con o sin flujo de efectivo en el presupuesto de la vigencia de la entidad contable pública, incorporados en el Plan Operativo Anual de Inversiones, el cual a su vez, se deriva del Plan Nacional de Desarrollo y de los planes de desarrollo territoriales, según corresponda.
Se entiende por:
Pagos en efectivo: Valor cancelado en efectivo por la entidad contable pública o por otras tesorerías a su nombre, en cumplimiento de las respectivas obligaciones constituidas en la vigencia, generadas de la ejecución de los diferentes programas, subprogramas y proyectos de inversión pública.
Sin flujo de efectivo: Valor de la cancelación de las respectivas obligaciones constituidas en la vigencia, generadas de la ejecución de los diferentes programas, subprogramas y proyectos de inversión pública, pero sin que en la operación exista flujo de efectivo.
DINÁMICA PARA LAS CUENTAS DEL GRUPO 07 QUE IDENTIFICAN LOS GASTOS DE INVERSIÓN PAGADOS EN EFECTIVO (DB) EN CADA SECTOR:
SE DEBITAN CON:
1- El valor de las obligaciones cancelados en efectivo directamente por la tesorería de la entidad contable pública, o a través de otras en su nombre, previo el lleno de los requisitos establecidos, con crédito a las subcuentas de las cuentas (sectores) del grupo 06 que identifican la etapa de GASTOS DE INVERSIÓN EJECUTADOS – OBLIGACIONES (DB)
SE ACREDITA CON:
1- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las cuentas del grupo 05 que identifican la etapa de GASTOS DE INVERSIÓN APROBADOS - APROBADOS (CR).
DINÁMICA PARA LAS CUENTAS DEL GRUPO 07 QUE IDENTIFICAN LOS GASTOS DE INVERSIÓN PAGADOS SIN FLUJO DE EFECTIVO (DB) EN CADA SECTOR:
SE DEBITA CON:
1- El valor de las obligaciones canceladas sin flujo de efectivo por la entidad contable pública, previo el lleno de los requisitos establecidos, con crédito a las subcuentas de las cuentas (sectores) del grupo 06 que identifican la etapa de GASTOS DE INVERSIÓN EJECUTADOS – OBLIGACIONES (DB).
SE ACREDITA CON:
1- El valor del saldo para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las cuentas del grupo 05 que identifican la etapa de GASTOS DE INVERSIÓN APROBADOS - APROBADOS (CR).
DESCRIPCIÓN:
Representa las cuentas que permiten hacer seguimiento en la vigencia a la ejecución de las reservas presupuestales constituidas y las obligaciones o cuentas por pagar adquiridas con el presupuesto de la vigencia anterior, de conformidad con las normas legales vigentes.
Las cuentas que revelan la ejecución de las reservas presupuestales se utilizan siempre y cuando se ejecuten en forma independiente y no hagan parte de las apropiaciones del presupuesto de la vigencia en curso.
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor constituido como reserva presupuestal al inicio del periodo contable, de acuerdo con la normatividad vigente, con los compromisos legalmente adquiridos que quedaron pendientes de la vigencia anterior y que se pagan con cargo al presupuesto de la vigencia anterior.
Esta cuenta constituye la contrapartida para el cierre de las cuentas 0835-Reservas Presupuestales por Ejecutar (Db), 0840-Obligaciones Contraídas por Reservas Presupuestales (Db) y 0845-Reservas Presupuestales Pagadas (Db):
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- La anulación de un compromiso adquirido en la vigencia anterior, el cual origina una disminución del valor constituido como Reserva Presupuestal, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0835-Reservas Presupuestales por Ejecutar (Db)
2- Los saldos débito de las demás cuentas que identifican la ejecución de las reservas presupuestales, para efectuar el cierre al finalizar la vigencia.
SE ACREDITA CON:
1- El valor correspondiente a las reservas presupuestales constituidas al inicio del período contable con los compromisos que quedaron pendientes de la vigencia anterior, con débito a las subcuentas de la cuenta 0835-Reservas Presupuestales por Ejecutar (Db)
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor pendiente de ejecutar de las reservas presupuestales constituidas conforme a las normas legales vigentes.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor correspondiente a las reservas presupuestales constituidas al inicio del período contable con los compromisos que quedaron pendientes de la vigencia anterior, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0830-Reservas Presupuéstales Constituidas (Cr).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los bienes o servicios recibidos a satisfacción, correspondientes a la Reserva presupuestal, con débito a las subcuentas de la cuenta 0840-Obligaciones Contraídas por Reservas Presupuestales (Db).
2- El valor del saldo, para registrar el cierre al finalizar la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0830-Reservas Presupuestales Constituidas (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de las obligaciones cuando se han recibido los bienes y servicios a satisfacción en cumplimiento del compromiso que dio origen a la Reserva Presupuestal, cuyo pago aún no se ha realizado.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los bienes y servicios recibidos a satisfacción cuyo compromiso se originó en la vigencia anterior y se constituyó como reserva presupuestal, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0835- Reservas Presupuestales por Ejecutar (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la Reserva Presupuestal cuyo pago ha sido efectuado por parte de la Tesorería de la entidad contable pública o a través de otras, con débito a las subcuentas de la cuenta 0845-Reservas Presupuestales Pagadas (Db).
2- El valor del saldo, para registrar el cierre al finalizar la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0830-Reservas Presupuestales Constituidas (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor pagado por la Tesorería de la entidad contable pública, o de otras, en cumplimiento de las respectivas obligaciones adquiridas por las reservas presupuestales.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor pagado por la tesorería de la entidad contable pública, o de otras, en cumplimiento de la obligación contraída por Reservas presupuéstales, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0840-Obligaciones Contraídas por Reservas Presupuéstales (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor del saldo, para registrar el cierre al finalizar la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0830-Reservas Presupuestales Constituidas (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de las obligaciones, incluidos los anticipos no desembolsados, adquiridas con el presupuesto de la vigencia anterior, que se encuentran pendientes de pago y se constituyen al inicio de la vigencia de conformidad con las normas legales vigentes.
Esta cuenta constituye la contrapartida para el cierre de las cuentas 0855 – Cuentas por pagar pendientes de cancelar (Db) y 0860-Cuentas por Pagar Canceladas (Db).
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- Los saldos débito de las demás cuentas que identifican la ejecución de las cuentas por pagar, para efectuar el cierre al finalizar la vigencia.
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las obligaciones, incluidos los anticipos, adquiridas con el presupuesto de la vigencia anterior, que se encuentran pendientes de pago, con débito a las subcuentas de la cuenta 0855-Cuentas por Pagar Pendientes de Cancelar (Db).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor pendiente de cancelar por parte de la Tesorería de la entidad contable pública, o de otros, de las cuentas por pagar presupuestales constituidas.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las obligaciones, incluidos los anticipos, adquiridas con el presupuesto de la vigencia anterior, que se encuentran pendientes de pago por parte de la tesorería de la entidad contable pública, o de otros, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0850-Cuentas por Pagar Constituidas (Cr).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de la cuenta por pagar cuyo pago ha sido efectuado por parte de la Tesorería de la entidad contable pública o a través de otras, con débito a las subcuentas de la cuenta 0860-Cuentas por Pagar Canceladas (Db).
2- El valor del saldo, para registrar el cierre al finalizar la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0850-Cuentas por Pagar Constituidas (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor pagado de las obligaciones que se constituyeron en cuentas por pagar presupuestales por la entidad contable pública.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de la cuenta por pagar cuyo pago ha sido efectuado por parte de la Tesorería de la entidad contable pública o a través de otras, con débito a las subcuentas de la cuenta 0855-Cuentas por Pagar Pendientes de Cancelar (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor del saldo, para registrar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0850-Cuentas por Pagar Constituidas (Cr).
DESCRIPCIÓN:
Registra el valor de las autorizaciones del órgano competente para comprometer apropiaciones de vigencias fiscales futuras, cuando su ejecución se inicia con presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se llevará a cabo en varias vigencias, de acuerdo con la normatividad vigente.
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de los compromisos autorizadas por los órganos competentes y legalizados o perfeccionados por la entidad contable pública, para ser ejecutados en los presupuestos de vigencias futuras.
Esta cuenta constituye la contrapartida para el cierre de la cuenta 0940-Compromisos de Vigencias Futuras Incorporados al Presupuesto.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las vigencias futuras autorizadas y no comprometidas en la vigencia, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0935-Compromisos de Vigencias Futuras por Incorporar al Presupuesto (Db).
2- El valor de los compromisos de vigencias futuras que se incorporaron al presupuesto de la vigencia en curso, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0940-Compromisos de Vigencias Futuras Incorporados al Presupuesto (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las vigencias futuras autorizados por el órgano competente y legalizados o perfeccionados por la entidad contable pública que se ejecutarán en vigencias posteriores, con débito a las subcuentas de la cuenta 0935-Compromisos de Vigencias Futuras por Incorporar al Presupuesto (Db).
DESCRIPCIÓN:
Representa el saldo de los compromisos adquiridos por la entidad contable pública autorizados por órgano competente, para ser incorporados en los presupuestos de vigencias futuras.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de las vigencias futuras autorizados por el órgano competente y legalizados o perfeccionados por la entidad contable pública que se ejecutarán en vigencias posteriores, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0930-Vigencias Futuras Aprobadas (Cr).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de las vigencias futuras autorizadas y no comprometidas, con débito a las subcuentas de la cuenta 0930-Vigencia Futuras Aprobadas (Cr)
2- El valor de los compromisos de vigencias futuras que se incorporaron al presupuesto de la vigencia en curso, con débito a las subcuentas de la cuenta 0940- Compromisos de Vigencias Futuras Incorporados al Presupuesto (Db).
DESCRIPCIÓN:
Representa el valor de los compromisos de vigencias futuras adquiridos por la entidad contable pública que fueron incorporados al presupuesto de la vigencia.
DINÁMICA
SE DEBITA CON:
1- El valor de los compromisos de vigencias futuras que se incorporaron al presupuesto de la vigencia en curso, con crédito a las subcuentas de la cuenta 0935-Compromisos de Vigencias Futuras por Incorporar al Presupuesto (Db).
SE ACREDITA CON:
1- El valor de los compromisos de vigencias futuras que se incorporaron al presupuesto de la vigencia en curso, para realizar el cierre al final de la vigencia, con débito a las subcuentas de la cuenta 0930- Vigencias Futuras Aprobadas (Cr).
CONTABLES.
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LAS ETAPAS DE RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LOS HECHOS FINANCIEROS, ECONÓMICOS, SOCIALES Y AMBIENTALES.
1. INVERSIONES DE ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ.
Las inversiones de administración de liquidez comprenden los recursos colocados en títulos de deuda o participativos, de entidades nacionales o del exterior, así como los instrumentos derivados, con el propósito de obtener utilidades por las fluctuaciones del precio a corto plazo.
Los títulos de deuda le otorgan al titular la calidad de acreedor y su rentabilidad se encuentra predeterminada. Por su parte, los títulos participativos le otorgan al titular la calidad de copropietario e incorporan derechos sobre los resultados obtenidos por la entidad emisora.
Los instrumentos derivados son operaciones que se realizan mediante contrato y representan para la entidad derechos u obligaciones dependiendo, entre otras circunstancias, del comportamiento en el mercado de las tasas de cambio, las tasas de interés, los índices bursátiles o cualquier otro subyacente pactado, los cuales se liquidarán en fecha futura acordada. Las opciones son instrumentos derivados y se caracterizan porque le dan a su tenedor la opción o el derecho, pero no la obligación de comprar o vender una cantidad específica de un activo a un precio y en una fecha establecida, o durante un tiempo determinado. Dicho contrato obliga al suscriptor a vender o comprar el activo en la fecha en que la opción sea ejercida por el tenedor de acuerdo con las condiciones de cantidad, calidad y precio establecidos para el efecto en el contrato. Este contrato implica para el tenedor el pago de una prima.
2. RECONOCIMIENTO DE INVERSIONES DE ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ
Las inversiones de administración de liquidez en títulos de deuda y participativos deben reconocerse por su costo histórico. Para el efecto, se debita la subcuenta que identifique el título adquirido, de la cuenta 1201- INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN TÍTULOS DE DEUDA o 1202-INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN TÍTULOS PARTICIPATIVOS, según corresponda, y se acredita la subcuenta 110601- Cajero, de la cuenta 1106-CUENTA ÚNICA NACIONAL o la subcuenta respectiva, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
Las inversiones de administración de liquidez no serán objeto de reconocimiento de rendimientos o dividendos por cobrar, ajustes por diferencia en cambio, amortización de primas, descuentos y otros conceptos. Los rendimientos recibidos en efectivo reducen el valor de la inversión, para lo cual se debita la subcuenta 110601-Cajero, de la cuenta 1106-CUENTA ÚNICA NACIONAL o la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y se acredita la subcuenta que identifique el título adquirido, de la cuenta 1201-INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN TÍTULOS DE DEUDA o 1202-INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN TÍTULOS PARTICIPATIVOS, según corresponda.
Por su parte, las inversiones de administración de liquidez en instrumentos derivados se reconocen con base en las metodologías expedidas por la Superintendencia Financiera para esta clase de instrumentos, debitando la subcuenta 120401-Derechos en contratos derivados y acreditando la subcuenta 120402-Obligaciones en contratos derivados (Cr), de la cuenta 1204- INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN INSTRUMENTOS DERIVADOS.
Tratándose de las opciones, el derecho se registra debitando la subcuenta 812907-Vendidas o la subcuenta 812908-Compradas, de la cuenta 8129- DERECHOS EN OPCIONES y acreditando la subcuenta 890512-Derechos en opciones, de la cuenta 8905- DERECHOS CONTINGENTES POR CONTRA (CR). La obligación se registra acreditando la subcuenta 912907- Vendidas o 912908-Compradas, de la cuenta 9129- OBLIGACIONES EN OPCIONES y debitando la subcuenta 990514-Obligaciones en opciones, de la cuenta 9905- RESPONSABILIDADES CONTINGENTES POR CONTRA (DB).
La prima en compra de opciones se reconoce debitando la subcuenta 580566-Prima en compra de opciones, de la cuenta 5805-FINANCIEROS y acreditando la subcuenta 110601-Cajero, de la cuenta 1106-CUENTA ÚNICA NACIONAL o la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS. No obstante, la prima podrá diferirse siempre que los beneficios asociados se esperen recibir en el futuro, caso en el cual el débito corresponde a la subcuenta 191038-Prima en compra de opciones, de la cuenta 1910-CARGOS DIFERIDOS.
El vendedor de la opción registra la prima debitando la subcuenta 110601-Cajero, de la cuenta 1106-CUENTA ÚNICA NACIONAL o la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acreditando la subcuenta 480581-Prima en venta de opciones, de la cuenta 4805-FINANCIEROS. No obstante, la prima podrá diferirse siempre que los beneficios asociados se esperen recibir en el futuro, caso en el cual el crédito corresponde a la subcuenta 291521-Prima en venta de opciones, de la cuenta 2915- CRÉDITOS DIFERIDOS.
3. ACTUALIZACIÓN DE INVERSIONES DE ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ
Las inversiones de administración de liquidez en títulos de deuda y participativos deben actualizarse con base en las metodologías expedidas por la Superintendencia Financiera, para las inversiones negociables. Las metodologías aplicables deben ser las vigentes al momento de la actualización.
Si el valor obtenido como resultado de la aplicación de la metodología es mayor que el registrado de la inversión, la diferencia se registra debitando la subcuenta que identifique el título adquirido, de la cuenta 1201- INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN TÍTULOS DE DEUDA o 1202-INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN TÍTULOS PARTICIPATIVOS, según corresponda, y acreditando la subcuenta 48 0584-Utilidad por valoración de las inversiones de administración de liquidez en títulos de deuda o 480585-Utilidad por valoración de las inversiones de administración de liquidez en títulos participativos, de la cuenta 4805- FINANCIEROS, previa disminución del gasto por la pérdida, si existiere.
Cuando el valor obtenido como resultado de la aplicación de la metodología es menor que el valor registrado, la diferencia se registra debitando la subcuenta 580568- Pérdida por valoración de las inversiones de administración de liquidez en títulos de deuda o 580569-Pérdida por valoración de las inversiones de administración de liquidez en títulos participativos, de la cuenta 5805- FINANCIEROS, y acreditando la subcuenta que identifique el título adquirido, de la cuenta 1201-INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN TÍTULOS DE DEUDA o 1202-INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN TÍTULOS PARTICIPATIVOS, según corresponda, previa disminución del ingreso por la utilidad, si existiere.
Si como resultado de la aplicación de las metodologías que para el efecto expida la Superintendencia Financiera, la actualización de estas inversiones se realiza con base en la Tasa Interna de Retorno, la diferencia que se presente entre el valor calculado y el valor de la inversión registrado se reconoce debitando la subcuenta que identifique el título adquirido, de la cuenta 1201- INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN TÍTULOS DE DEUDA y acreditando la subcuenta 480584-Utilidad por valoración de las inversiones de administración de liquidez en títulos de deuda, de la cuenta 4805-FINANCIEROS.
<Inciso modificado por el artículo 4 de la Resolución 205 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> La utilidad o pérdida en la actualización y negociación de las inversiones con fines de política efectuadas con recursos que provengan de un préstamo, obtenido para financiar la adquisición o construcción de un activo que no se encuentre en condiciones de utilización, debe reconocerse como un mayor o menor valor del activo financiado, siempre que la entidad contable pública reconozca la inversión, al igual que el bien y la obligación. El registro de esta operación se efectúa debitando o acreditando la subcuenta que identifique el título adquirido, de la cuenta 1203-Inversiones con Fines de Política en Títulos de Deuda y acreditando o debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta que identifique la naturaleza del bien financiado del grupo 16-Propiedades, Planta y Equipo.
La utilidad o pérdida en la actualización y negociación de las inversiones de administración de liquidez efectuadas con recursos que provengan de un préstamo obtenido para financiar la adquisición o construcción de un activo que no se encuentre en condiciones de utilización o venta, debe reconocerse como un mayor o menor valor del activo financiado, siempre que la entidad contable pública reconozca la inversión, al igual que el bien y la obligación. El registro de esta operación se efectúa debitando o acreditando la subcuenta que identifique el título adquirido, de la cuenta 1201-INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN TÍTULOS DE DEUDA y acreditando o debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta que identifique la naturaleza del bien financiado.
En los instrumentos derivados con fines de administración de liquidez, tanto el derecho como la obligación se actualizan con base en las metodologías expedidas por la Superintendencia Financiera para esta clase de instrumentos. Si como resultado de la actualización el derecho se incrementa en mayor proporción que la obligación, se debita la subcuenta 120401-Derechos en contratos derivados y se acredita la subcuenta 120402-Obligaciones en contratos derivados (Cr), de la cuenta 1204-INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN INSTRUMENTOS DERIVADOS. La diferencia se registra como ingreso en la subcuenta 480580- Utilidad en la valoración de derivados, de la cuenta 4805-FINANCIEROS, previa disminución del gasto por la pérdida, si existiere.
Si como resultado de la actualización la obligación se incrementa en mayor proporción que el derecho, se debita la subcuenta 120401-Derechos en contratos derivados y se acredita la subcuenta 120402- Obligaciones en contratos derivados (Cr), de la cuenta 1204-INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN INSTRUMENTOS DERIVADOS. La diferencia se registra como gasto en la subcuenta 580565-Pérdida en la valoración de derivados, de la cuenta 5805- FINANCIEROS, previa disminución del ingreso por la utilidad, si existiere.
Adicional a las situaciones planteadas pueden presentarse casos en los que no varíen los derechos y obligaciones, se presenten variaciones negativas o varíe sólo el derecho o la obligación. En estos casos, la entidad contable pública debe garantizar la adecuada aplicación de los registros, en el sentido de debitar o acreditar el derecho y/o la obligación y reconocer los ingresos o gastos, según corresponda.
En todo caso, los derechos y obligaciones de contratos derivados deben estar actualizados en la fecha de terminación del contrato, con el fin de garantizar que la diferencia entre derechos y obligaciones corresponda al valor a recaudar, si el valor del derecho es mayor al de la obligación, o a girar, si el valor de la obligación es mayor al derecho.
Con el recaudo se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y la subcuenta 120402-Obligaciones en contratos derivados (Cr), de la cuenta 1204- INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN INSTRUMENTOS DERIVADOS y se acredita la subcuenta 120401-Derechos en contratos derivados, de la cuenta 1204-INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN INSTRUMENTOS DERIVADOS. Con el giro se debita la subcuenta 120402-Obligaciones en contratos derivados (Cr), de la cuenta 1204-INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN INSTRUMENTOS DERIVADOS y se acredita la subcuenta 120401-Derechos en contratos derivados, de la cuenta 1204-INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN INSTRUMENTOS DERIVADOS y la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
Tratándose de las opciones, el comprador y el vendedor actualizan tanto el derecho como la obligación. La actualización del derecho se registra debitando o acreditando la subcuenta 812907-Vendidas o la subcuenta 812908-Compradas, de la cuenta 8129-DERECHOS EN OPCIONES y acreditando o debitando la subcuenta 890512-Derechos en opciones, de la cuenta 8905- DERECHOS CONTINGENTES POR CONTRA (CR). Por su parte, la obligación se actualiza acreditando o debitando la subcuenta 912907-Vendidas o 912908-Compradas, de la cuenta 9129-OBLIGACIONES EN OPCIONES y debitando o acreditando la subcuenta 990514-Obligaciones en opciones, de la cuenta 9905-RESPONSABILIDADES CONTINGENTES POR CONTRA (DB).
Para el comprador de la opción, si como producto de la actualización el incremento del valor de los derechos es mayor al incremento de las obligaciones, registra la utilidad por la diferencia entre el derecho y la obligación, debitando la subcuenta 120403-Utilidad en la valoración de opciones compradas, de la cuenta 1204-INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN INSTRUMENTOS DERIVADOS y acreditando la subcuenta 480580-Utilidad en la valoración de derivados, de la cuenta 4805-FINANCIEROS.
Para el vendedor de la opción, si como producto de la actualización el incremento del valor de los derechos es menor al incremento de las obligaciones, registra la pérdida por la diferencia entre el derecho y la obligación, debitando la subcuenta 580565-Pérdida en la valoración de derivados, de la cuenta 5805-FINANCIEROS y acreditando la subcuenta 120404-Pérdida en la valoración de opciones vendidas (Cr), de la cuenta 1204-INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN INSTRUMENTOS DERIVADOS.
Adicional a las situaciones planteadas pueden ocurrir casos en los que no varíen los derechos y obligaciones, se presenten variaciones negativas o varíe sólo el derecho o la obligación. En estos casos, la entidad contable pública debe garantizar la adecuada aplicación de los registros, en el sentido de debitar o acreditar el derecho y/o la obligación registrados en cuentas de orden deudoras y acreedoras, y reconocer los ingresos o gastos, según corresponda.
<Inciso modificado por el artículo 1 de la Resolución 205 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Las inversiones de administración de liquidez en títulos de deuda y participativos, así como en instrumentos derivados, se deben actualizar por lo menos el último día de cada mes, registrando sus resultados a esa fecha. En todo caso, cuando se tenga prevista la venta de un título, este debe actualizarse el día anterior y registrar sus resultados en esa fecha. La diferencia entre el valor actualizado y el precio de venta se debe reconocer en las cuentas de actividad financiera, económica, social y ambiental.
4. INVERSIONES CON FINES DE POLÍTICA
<Numeral sustituido por el artículo 2 de la Resolución 205 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Las inversiones con fines de política están constituidas por títulos de deuda de entidades nacionales o del exterior, adquiridos en cumplimiento de políticas macroeconómicas o de políticas internas de la entidad.
Las inversiones efectuadas en cumplimiento de políticas macroeconómicas corresponden a los títulos de deuda adquiridos mediante suscripción convenida o forzosa, por mandato legal.
Las inversiones efectuadas en cumplimiento de políticas internas de la entidad comprenden las inversiones mantenidas hasta el vencimiento y las disponibles para la venta, entendidas estas últimas como las que se mantienen como mínimo durante (1) un año, contado a partir del primer día en que fueron clasificadas por primera vez, o en que fueron reclasificadas. En ambos casos, la entidad contable pública debe tener el propósito y la capacidad legal, contractual, financiera y operativa de mantenerlas durante los plazos señalados. Tal decisión debe manifestarse en el momento de su adquisición o reclasificación, con el fin de establecer la metodología de actualización respectiva.
5. RECONOCIMIENTO DE INVERSIONES CON FINES DE POLÍTICA
Las inversiones con fines de política deben reconocerse por su costo histórico. Para el efecto, se debita la subcuenta que identifique el título adquirido, de la cuenta 1203-INVERSIONES CON FINES DE POLÍTICA EN TÍTULOS DE DEUDA y se acredita la subcuenta 110601- Cajero, de la cuenta 1106-CUENTA ÚNICA NACIONAL o la subcuenta respectiva, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
Las inversiones con fines de política no serán objeto de reconocimiento de rendimientos, ajustes por diferencia en cambio, amortización de primas, descuentos y otros conceptos. Los rendimientos recibidos en efectivo reducen el valor de la inversión, para lo cual se debita la subcuenta 110601-Cajero, de la cuenta 1106-CUENTA ÚNICA NACIONAL o la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y se acredita la subcuenta que identifique el título adquirido, de la cuenta 1203-INVERSIONES CON FINES DE POLÍTICA EN TÍTULOS DE DEUDA.
6. ACTUALIZACIÓN DE INVERSIONES CON FINES DE POLÍTICA
<Numeral sustituido por el artículo 3 de la Resolución 205 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Las inversiones mantenidas hasta el vencimiento se actualizan con base en la Tasa Interna de Retorno prevista en las metodologías adoptadas por la Superintendencia Financiera. La diferencia que se presente entre el valor calculado y el valor de la inversión registrado, se reconoce debitando la subcuenta que identifique el título adquirido, de la cuenta 1203-Inversiones con fines de Política en Títulos de Deuda, y acreditando la subcuenta 480586-Utilidad por valoración de las inversiones con fines de política en títulos de deuda, de la cuenta 4805-Financieros.
Si con la evaluación del riesgo del emisor hay lugar a la constitución de provisiones, se debita la subcuenta 530233-Inversiones con fines de política en títulos de deuda, de la cuenta 5302-Provisión para Protección de Inversiones y se acredita la subcuenta 128033-Inversiones con fines de política en títulos de deuda, de la cuenta 1280-Provisión para Protección de Inversiones (CR).
Las inversiones con fines de política macroeconómica y las disponibles para la venta deben actualizarse con base en las metodologías adoptadas por la Superintendencia Financiera, para las inversiones negociables. Las metodologías aplicables deben ser las vigentes al momento de la actualización.
Si el valor obtenido como resultado de la aplicación de la metodología es mayor que el registrado en la inversión, la diferencia se reconoce debitando la subcuenta que identifique el título adquirido, de la cuenta 1203-Inversiones con Fines de Política en Títulos de deuda y acreditando la subcuenta 480586-Utilidad por valoración de las inversiones con fines de política en títulos de deuda, de la cuenta 4805-Financieros, previa disminución del gasto por la pérdida, si existiere.
Cuando el valor obtenido como resultado de la aplicación de la metodología es menor que el valor registrado en la inversión, la diferencia se reconoce debitando la subcuenta 580570-Pérdida por valoración de las inversiones con fines de política en títulos de deuda, de la cuenta 5805-Financieros, y acreditando la subcuenta que identifique el título adquirido, de la cuenta 1203-Inversiones con fines de Política en Títulos de Deuda, previa disminución del ingreso por la utilidad, si existiere.
Cuando las metodologías de la Superintendencia Financiera no consideren el riesgo del emisor, se deben efectuar evaluaciones adicionales que permitan la medición de este riesgo con el fin de establecer la necesidad de constituir provisiones. En este caso se debita la subcuenta 530233-Inversiones con fines de política en títulos de deuda, de la cuenta 5302-Provisión para Protección de Inversiones y se acredita la subcuenta 128033-Inversiones con fines de política en títulos de deuda, de la cuenta 1280-Provisión para Protección de Inversiones (CR).
Si la entidad debe actualizar las inversiones con fines de política macroeconómica y las disponibles para la venta con base en la Tasa Interna de Retorno, el procedimiento a aplicar es el indicado en este numeral para las inversiones hasta el vencimiento.
La utilidad o pérdida en la actualización y negociación de las inversiones con fines de política efectuadas con recursos que provengan de un préstamo, obtenido para financiar la adquisición o construcción de un activo que no se encuentre en condiciones de utilización o venta, debe reconocerse como un mayor o menor valor del activo financiado, siempre que la entidad contable pública reconozca la inversión, al igual que el bien y la obligación.
El registro de esta operación se efectúa debitando o acreditando la subcuenta que identifique el título adquirido, de la cuenta 1203-Inversiones con Fines de Política en Títulos de Deuda y acreditando o debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta que identifique la naturaleza del bien financiado.
Las inversiones con fines de política se deben actualizar por lo menos el último día de cada mes, registrando sus resultados a esa fecha. En todo caso, cuando se tenga prevista la venta de un título, este debe actualizarse el día anterior y registrar sus resultados en esa fecha. La diferencia entre el valor actualizado y el precio de venta se debe reconocer en las cuentas de actividad financiera, económica, social y ambiental.
7. INVERSIONES PATRIMONIALES
Las inversiones patrimoniales corresponden a los recursos colocados en títulos participativos de entidades nacionales o del exterior, representados en acciones o cuotas o partes de interés social, que pueden permitirle o no, a la entidad contable pública controlar, compartir el control o ejercer influencia importante en las decisiones del ente emisor.
8. INVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES CONTROLADAS
Las inversiones patrimoniales en entidades controladas comprenden las inversiones realizadas con la intención de ejercer control o de compartirlo. Así mismo, incluye las inversiones patrimoniales en las que la entidad contable pública ejerce influencia importante.
El control es la facultad que tiene la entidad contable pública de definir u orientar las políticas financieras y operativas de otra entidad, dada su participación patrimonial superior al cincuenta por ciento (50%), en forma directa o indirecta, excluyendo las acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto, con el fin de garantizar el desarrollo de funciones de cometido estatal, o para obtener beneficios de las actividades de la misma.
El control conjunto es el acuerdo de compartir el control sobre una entidad mediante un convenio vinculante. Por su parte, la influencia importante es la facultad que tiene una entidad contable pública, con independencia de que el porcentaje de participación en el capital social no sea suficiente para tener el control, de intervenir en la definición y orientación de las políticas financieras y operativas de otra entidad, con el fin de obtener beneficios de las actividades de la misma. Esta facultad se fundamenta en la relación entre el inversionista y la entidad asociada. La existencia de influencia importante se manifiesta, por lo general, en una o más de las siguientes formas:
a) Representación en la junta directiva u órgano rector equivalente de la entidad asociada;
b) Participación en los procesos de formulación de políticas;
c) Transacciones importantes entre el inversionista y la entidad asociada;
d) Intercambio de personal directivo; o
e) Suministro de información técnica esencial.
La entidad sobre la cual se ejerce el control se denomina entidad controlada, la entidad en la que se comparte el control se denomina entidad bajo control conjunto, y la entidad sobre la cual se ejerce influencia importante se denomina entidad asociada.
9. RECONOCIMIENTO DE INVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES CONTROLADAS
<Numeral sustituido por el artículo 1 de la Resolución 145 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Las inversiones patrimoniales en entidades controladas deben reconocerse por su costo de adquisición, siempre que este sea menor que el valor intrínseco. Para el efecto, se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1208-Inversiones Patrimoniales en Entidades Controladas y se acredita la subcuenta 110601-Cajero, de la cuenta 1106-Cuenta Unica Nacional, o la subcuenta respectiva, de la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
Cuando el costo de adquisición de las acciones, cuotas o partes de interés social sea superior al valor intrínseco, la inversión se debe registrar por el valor intrínseco y la diferencia con respecto al costo de adquisición como crédito mercantil. Para el efecto, se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1208-Inversiones Patrimoniales en Entidades Controladas y la subcuenta 197001-Crédito mercantil, de la cuenta 1970-Intangibles, y se acredita la subcuenta 110601-Cajero, de la cuenta 1106-Cuenta Unica Nacional, o la subcuenta respectiva, de la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
El reconocimiento del crédito mercantil está sujeto al cumplimiento de las condiciones contenidas en el Procedimiento Contable para el Reconocimiento y Revelación de los Activos Intangibles. El mayor valor pagado debe reflejar los beneficios económicos futuros esperados originados en el buen nombre, personal especializado, reputación de crédito privilegiado, prestigio por vender mejores productos y servicios, localización favorable y las expectativas de nuevos negocios, entre otros.
<Inciso modificado por el artículo 9 de la Resolución 558 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Con el fin de reflejar la realidad económica de la operación y su asociación directa con los beneficios económicos que se espera tener de la inversión, el crédito mercantil debe ser amortizado con base en metodologías de reconocido valor técnico, durante el plazo en que, según el estudio técnico realizado para la adquisición, se espera recuperar la inversión. No obstante, el crédito mercantil con vida útil indefinida no es objeto de amortización
Al cierre de cada período contable, la entidad contable pública debe evaluar el crédito mercantil a efectos de verificar si las condiciones de generación de beneficios económicos futuros se mantienen; en caso contrario, debe proceder al retiro de este activo para lo cual se debita la subcuenta 197501-Crédito mercantil, de la cuenta 1975-Amortización Acumulada de Intangibles (CR) y se acredita la subcuenta 197001-Crédito mercantil, de la cuenta 1970-Intangibles, registrando la diferencia en la subcuenta 580802-Pérdida en retiro de activos, de la cuenta 5808-Otros Gastos Ordinarios. En notas a los estados contables, se deben revelar las razones por la cuales se retira el crédito mercantil.
Las inversiones patrimoniales en entidades controladas no son objeto de reconocimiento de dividendos por cobrar ni de ajuste por diferencia en cambio, toda vez que el método de actualización incorpora estos conceptos.
10. ACTUALIZACIÓN DE INVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES CONTROLADAS
<Numeral sustituido por el artículo 2 de la Resolución 145 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Las inversiones patrimoniales en entidades controladas, asociadas o entidades bajo control conjunto deben actualizarse por el método de participación patrimonial. Este método supone que la entidad inversora tiene el poder de disponer de los resultados del ente emisor en el período siguiente y no tiene la intención de enajenarla en el futuro inmediato; por su parte, no existe restricción alguna sobre el ente emisor para la distribución de sus resultados. Tratándose de inversiones en entidades del exterior, el método de participación debe aplicarse en la moneda legal colombiana, previa conversión de los estados contables de la entidad controlada.
Para la aplicación del método de participación patrimonial, deben tenerse en cuenta los siguientes aspectos:
11. CÁLCULO DEL PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN
El porcentaje de participación se calcula dividiendo el total del capital suscrito y pagado o capital social que se tiene en la entidad controlada, asociada o entidad bajo control conjunto, entre el total del capital suscrito y pagado o capital social de éstas, excluyendo las acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto.
12. DETERMINACIÓN DE LAS VARIACIONES PATRIMONIALES
La entidad debe establecer trimestralmente los cambios patrimoniales de la entidad controlada, asociada o entidad bajo control conjunto, mediante la comparación de los conceptos que conforman el patrimonio de dicha entidad. Para el efecto se adoptarán las medidas necesarias que permitan disponer oportunamente de la información, con el fin de adelantar los respectivos cálculos y registros de actualización, la cual sirve como soporte contable.
Para la determinación de las variaciones patrimoniales de inversiones en empresas que no se encuentren en el ámbito de aplicación del Régimen de Contabilidad Pública debe efectuarse previamente la homologación técnica respectiva.
13. VARIACIONES ORIGINADAS EN RESULTADOS
El primer cálculo de la variación de los resultados en el año corresponde a la utilidad o pérdida del primer trimestre. Los demás cálculos corresponden a la diferencia entre el valor de los resultados acumulados al trimestre objeto de reporte con respecto al anterior.
Del resultado del ejercicio deben excluirse las utilidades o pérdidas originadas en operaciones entre las entidades que tengan participación, con la entidad controlada, asociada o entidad bajo control conjunto. También deben excluirse las utilidades que correspondan al capital preferente, es decir, las acciones con dividendo preferencial.
Las variaciones patrimoniales originadas en los resultados del ejercicio de la entidad controlada, asociada o entidad bajo control conjunto, aumentan o disminuyen el valor de la inversión registrado, con abono a ingresos o cargo a gastos, según sea el caso.
Si como resultado de la actualización se obtiene utilidad, se registra como ingreso, previa disminución del gasto por la pérdida si existiere. Para el efecto, se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1208-INVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES CONTROLADAS y se acredita la subcuenta respectiva de la cuenta 4807-UTILIDAD POR EL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL. Si por el contrario se obtiene pérdida, se registra como gasto, previa disminución del ingreso por la utilidad, si existiere. Para el efecto, se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 5806-PÉRDIDA POR EL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL y se acredita la subcuenta respectiva de la cuenta 1208-INVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES CONTROLADAS.
En el evento en que las variaciones negativas de los resultados alcancen el valor neto de la inversión, debe abandonarse el método de participación patrimonial, hasta tanto se presenten variaciones patrimoniales positivas.
14. VARIACIONES ORIGINADAS EN LAS DEMÁS PARTIDAS PATRIMONIALES
<Numeral modificado por el artículo 1 de la Resolución 153 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:> Las variaciones originadas en las partidas patrimoniales distintas de los resultados, aumentan o reducen el valor registrado de la inversión, con abono o cargo al superávit por el método de participación patrimonial.
Si la variación es positiva, se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1208-Inversiones Patrimoniales en Entidades Controladas y se acredita la subcuenta respectiva, de la cuenta 3117-Superávit por el método de participación patrimonial o 3243-Superávit por el método de participación patrimonial. Por el contrario, si la variación es negativa, se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 3117-Superávit por el método de participación patrimonial o 3243-Superávit por el método de participación patrimonial y se acredita la subcuenta respectiva, de la cuenta 1208-Inversiones patrimoniales en entidades controladas.
Cuando el superávit por el método de participación no alcance a absorber la disminución patrimonial acumulada en las partidas patrimoniales distintas a resultados, el exceso deberá reconocerse como gasto a título de provisión hasta que el valor en libros de la inversión llegue a cero. Para el registro se debita la subcuenta 530235-Inversiones patrimoniales en entidades controladas, de la cuenta 5302-Provisión para protección de inversiones y se acredita la subcuenta 128035-Inversiones patrimoniales en entidades controladas, de la cuenta 1280-Provisión para protección de inversiones (CR).
Las variaciones negativas adicionales no son objeto de reconocimiento, por lo cual debe abandonarse el método de participación patrimonial hasta tanto se presenten variaciones patrimoniales positivas.
Las variaciones patrimoniales originadas en el ajuste por conversión de los estados contables de la entidad del exterior, y en la parte eficaz de las ganancias y pérdidas obtenidas en la valoración de instrumentos derivados de entidades del exterior que han optado por la contabilidad de coberturas, se deben reconocer en la subcuenta 324335-Inversiones en entidades del exterior, de la cuenta 3243-Superávit por el método de participación patrimonial, hasta tanto se disponga de la inversión o se liquide la operación de cobertura. Lo anterior, sin perjuicio de que la subcuenta llegue a presentar saldo débito. En el momento en que se disponga de la inversión o se liquide la operación de cobertura deben reconocerse las utilidades o pérdidas que correspondan, incluyendo los saldos previamente reconocidos en el patrimonio.
Las inversiones patrimoniales en entidades controladas deben actualizarse cuando se disponga de la información, como mínimo trimestralmente.
15. PROCEDIMIENTO PARA RETOMAR EL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL
Al presentarse variaciones patrimoniales positivas, bien sea por resultados o partidas patrimoniales distintas de resultados, el inversionista debe reconocer su participación en dichas variaciones en el valor de la inversión, pero sólo después de que su participación en éstas iguale a la de las variaciones negativas no reconocidas previamente. Para el efecto, se debita la subcuenta 128035-Inversiones patrimoniales en entidades controladas, de la cuenta 1280-PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE INVERSIONES (CR) y se acredita la subcuenta 530235-Inversiones patrimoniales en entidades controladas, de la cuenta 5302-PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE INVERSIONES, si la provisión fue constituida en el período contable, o se acredita la subcuenta 481008-Recuperaciones, de la cuenta 4810- EXTRAORDINARIOS, si la provisión se constituyó en períodos anteriores.
Las variaciones positivas en exceso de la disminución de la provisión se reconocen debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1208-INVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES CONTROLADAS y acreditando la subcuenta respectiva, de la cuenta 4807-UTILIDAD POR EL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL, si la variación se origina en resultados, o la subcuenta que corresponda de la cuenta 3117- SUPERÁVIT POR EL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL o 3243-SUPERÁVIT POR EL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL, si la variación se origina en partidas patrimoniales distintas de resultados.
16. RECONOCIMIENTO DE LOS RENDIMIENTOS
Los dividendos y participaciones recibidos en efectivo que correspondan a períodos en los cuales se aplicó el método de participación patrimonial, reducen el valor de la inversión hasta el monto en que fue afectado, debitando la subcuenta 110601-Cajero, de la cuenta 1106-CUENTA ÚNICA NACIONAL o la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acreditando la subcuenta respectiva, de la cuenta 1208-INVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES CONTROLADAS.
Si los dividendos y participaciones decretados corresponden a períodos en los cuales no se aplicó el método de participación patrimonial, o a acciones preferenciales sin derecho a voto, deben reconocerse afectando los ingresos del período en el cual se decretan, para lo cual se debita la subcuenta 147043- Dividendos y participaciones por cobrar, de la cuenta 1470-OTROS DEUDORES y se acredita la subcuenta 480527-Dividendos y participaciones, de la cuenta 4805-FINANCIEROS.
Los dividendos o utilidades que se repartan en acciones, cuotas o partes de interés social, no serán objeto de registro contable, toda vez que el método de actualización los reconoce.
17. AJUSTE AL VALOR INTRÍNSECO
Las inversiones patrimoniales en entidades controladas son objeto de ajuste al valor intrínseco cuando se disponga de este valor, con el fin de reconocer la diferencia entre el precio de adquisición y el valor intrínseco de las acciones, cuotas o partes de interés social, en el momento de la compra. Si como resultado de la comparación el valor de la inversión es inferior al valor intrínseco, la diferencia se registra debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1999- VALORIZACIONES y acreditando la subcuenta respectiva, de la cuenta 3115-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN o 3240-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN. Si por el contrario, como resultado de la comparación el valor de la inversión es superior al valor intrínseco, la diferencia se registra debitando la subcuenta 530235-Inversiones patrimoniales en entidades controladas, de la cuenta 5302-PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE INVERSIONES y acreditando la subcuenta 128035-Inversiones patrimoniales en entidades controladas, de la cuenta 1280-PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE INVERSIONES (CR).
El ajuste al valor intrínseco se modifica por nuevas adquisiciones. Si la nueva comparación da como resultado que el valor intrínseco es superior al valor de la inversión, y previamente se tenía registrada una valorización, ésta se incrementa. Si por el contrario, el valor de la inversión es superior al valor intrínseco, la diferencia se registra debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 3115-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN o 3240-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN y acreditando la subcuenta respectiva, de la cuenta 1999-VALORIZACIONES. Si la diferencia excede el valor registrado como valorización debe constituirse una provisión por el exceso, para lo cual se debita la subcuenta 530235-Inversiones patrimoniales en entidades controladas, de la cuenta 5302-PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE INVERSIONES y se acredita la subcuenta 128035-Inversiones patrimoniales en entidades controladas, de la cuenta 1280-PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE INVERSIONES (CR).
Ahora bien, si la nueva comparación da como resultado que el valor intrínseco es inferior al valor de la inversión, y previamente se tenía registrada una provisión, ésta se incrementa. Si por el contrario, el valor intrínseco es superior al valor de la inversión, se debita la subcuenta 128035-Inversiones patrimoniales en entidades controladas, de la cuenta 1280-PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE INVERSIONES (CR) y se acredita la subcuenta 530235-Inversiones patrimoniales en entidades controladas, de la cuenta 5302-PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE INVERSIONES, si la provisión se constituyó en el período contable, o la subcuenta 481008- Recuperaciones, de la cuenta 4810-EXTRAORDINARIOS, si la provisión se constituyó en períodos anteriores. Si la diferencia supera el valor de la provisión nuevamente se constituyen valorizaciones.
Cuando por efectos de la aplicación del método de participación patrimonial el valor neto de la inversión llegue a cero y en consecuencia se abandone el método de participación patrimonial, el inversor debe comparar el valor de la inversión con el intrínseco, cuando disponga de este valor, con el fin de ajustar o reversar las valorizaciones constituidas.
18. INVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES NO CONTROLADAS
Las inversiones patrimoniales en entidades no controladas comprenden los títulos participativos clasificados como de baja o mínima bursatilidad o sin ninguna cotización, los cuales no le permiten a la entidad contable pública controlar, compartir el control o ejercer influencia importante sobre el ente emisor. Así mismo, registra los aportes efectuados en organismos internacionales con la finalidad de obtener servicios de apoyo, que tengan un valor recuperable en el futuro y los aportes en entidades del sector solidario.
De manera excepcional, se incluyen las inversiones que por situaciones especiales pasan a ser propiedad de la entidad contable pública y sobre las cuales existe restricción para su administración, con independencia de que le otorguen una participación patrimonial mayoritaria y su clasificación sea de alta o media bursatilidad. Las inversiones que no presenten la citada restricción, se reconocen y revelan de acuerdo con la finalidad que establezca la entidad pública que las recibe.
19. RECONOCIMIENTO DE INVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES NO CONTROLADAS
Las inversiones patrimoniales en entidades no controladas se reconocen por el método del costo, mediante el cual el reconocimiento inicial se efectúa por el costo histórico y las utilidades por concepto de dividendos y participaciones distribuidos en efectivo o en acciones, cuotas o partes de interés social, hasta el monto que percibe como distribuciones de ganancias netas acumuladas de la entidad en la que invierte, originadas con posterioridad a la fecha de adquisición, se reconocen como ingreso. Si las ganancias distribuidas se generaron con anterioridad a la fecha de adquisición, se constituyen en un menor valor de la inversión. Cuando la inversión se efectúe en moneda extranjera procede la reexpresión por diferencia en cambio.
Las inversiones patrimoniales en entidades no controladas se reconocen debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1207-INVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES NO CONTROLADAS y se acredita la subcuenta respectiva, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS. Los dividendos y participaciones se reconocen debitando la subcuenta 147043-Dividendos y participaciones por cobrar, de la cuenta 1470-OTROS DEUDORES y acreditando la subcuenta 480527-Dividendos y participaciones, de la cuenta 4805-FINANCIEROS. Las ganancias distribuidas, generadas con anterioridad a la fecha de adquisición, se reconocen debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1207-INVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES NO CONTROLADAS.
20. ACTUALIZACIÓN DE INVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES NO CONTROLADAS
La actualización de las inversiones patrimoniales en entidades no controladas surge de la comparación periódica del costo de la inversión frente a su valor intrínseco, cuando las inversiones se clasifiquen como de baja o mínima bursatilidad o sin ninguna cotización, y contra la cotización en bolsa, si las inversiones se clasifican como de alta y media bursatilidad.
Cuando el valor intrínseco o la cotización en bolsa superen el costo se constituye una valorización. En caso contrario, debe disminuirse la valorización constituida hasta agotarla, y más allá de ese valor deben reconocerse gastos por provisiones.
La valorización se reconoce debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1999-VALORIZACIONES y acreditando la subcuenta respectiva, de la cuenta 3115- SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN o 3240-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN. La disminución de la valorización constituida se registra debitando la subcuenta respectiva, de la cuenta 3115-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN ó 3240-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN y acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1999- VALORIZACIONES. Por su parte, para el registro de la provisión se debita la subcuenta 530234-Inversiones patrimoniales en entidades no controladas, de la cuenta 5302-PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE INVERSIONES y se acredita la subcuenta 128034-Inversiones patrimoniales en entidades no controladas, de la cuenta 1280-PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE INVERSIONES (CR).
Las inversiones patrimoniales en entidades no controladas, cuando se coticen en bolsa, deben actualizarse mensualmente. En caso contrario, deben actualizarse cuando se disponga de la información sobre el valor intrínseco, que como mínimo debe ser una vez al año.
21. TRANSICIÓN DEL MÉTODO DEL COSTO AL DE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL
Cuando la entidad contable pública adquiera el control, lo comparta o comience a ejercer influencia importante en una entidad, cuya inversión venía siendo clasificada como inversiones patrimoniales en entidades no controladas y en consecuencia registrada por el método del costo, debe reclasificarla a inversiones patrimoniales en entidades controladas, por el valor neto resultante de adicionar al costo, los dividendos causados no recaudados y restarle las provisiones contabilizadas. A partir de este momento la inversión debe actualizarse por el método de participación patrimonial.
El registro de reclasificación se efectúa debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1208- INVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES CONTROLADAS y la subcuenta 128034-Inversiones patrimoniales en entidades no controladas, de la cuenta 1280-PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE INVERSIONES (CR), y acreditando la subcuenta 147043-Dividendos y participaciones por cobrar, de la cuenta 1470-OTROS DEUDORES y la subcuenta respectiva, de la cuenta 1207-INVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES NO CONTROLADAS. En caso de haberse registrado valorizaciones, se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 3115-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN o 3240-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN y se acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1999- VALORIZACIONES.
22. TRANSICIÓN DEL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL AL DEL COSTO
Cuando no se cumpla alguno de los supuestos para la aplicación del método de participación patrimonial, la entidad contable pública debe abandonar dicho método y reclasificar la inversión a inversiones patrimoniales en entidades no controladas. La reclasificación debe efectuarse por el valor neto resultante de restarle al valor de la inversión, el superávit por el método de participación y las provisiones contabilizadas. A partir de este momento la actualización de estas inversiones debe efectuarse por el método del costo.
El registro de reclasificación se efectúa debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 3117- SUPERÁVIT POR EL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL o 3243-SUPERÁVIT POR EL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL y la subcuenta 128035- Inversiones patrimoniales en entidades controladas, de la cuenta 1280-PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE INVERSIONES (CR) y acreditando la subcuenta respectiva, de la cuenta 1208-INVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES CONTROLADAS. La diferencia se registra en la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1207-INVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES NO CONTROLADAS. En caso de haberse registrado valorizaciones, se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 3115-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN o 3240-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN y se acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1999- VALORIZACIONES.
23. I NVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES EN LIQUIDACIÓN
<Numeral sustituido por el artículo 4 de la Resolución 145 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Las inversiones en entidades en proceso de liquidación que estaban clasificadas como inversiones patrimoniales en entidades controladas deben reclasificarse por el valor que resulte de restarle al valor de la inversión, el superávit por el método de participación patrimonial. Para el efecto, se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 3117superávit por el Método de Participación Patrimonial o 3243-Superávit por el Método de Participación Patrimonial y se acredita la subcuenta respectiva, de la cuenta 1208-Inversiones Patrimoniales en Entidades Controladas. La diferencia se registra en la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1216-Inversiones Patrimoniales en Entidades en Liquidación. En caso de haberse registrado provisiones, se reclasifica el valor de la provisión debitando la subcuenta 128035-Inversiones patrimoniales en entidades controladas y acreditando la subcuenta 128036-Inversiones patrimoniales en entidades en liquidación, de la cuenta 1280-Provisión para Protección de Inversiones (CR). Adicionalmente, si existen valorizaciones se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 3115-Superávit por Valorización o 3240-Superávit por Valorización y se acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1999-Valorizaciones.
Por su parte, las inversiones que estaban registradas como inversiones patrimoniales en entidades no controladas deben reclasificarse a inversiones patrimoniales en entidades en liquidación. Para el efecto, se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1216Inversiones Patrimoniales en Entidades en Liquidación y se acredita la subcuenta respectiva, de la cuenta 1207-Inversiones patrimoniales en entidades no controladas. En caso de haberse registrado provisiones, se reclasifica el valor de la provisión debitando la subcuenta 128034-Inversiones patrimoniales en entidades no controladas y acreditando la subcuenta 128036-Inversiones patrimoniales en entidades en liquidación, de la cuenta 1280-Provisión para protección de inversiones (CR). Adicionalmente, si existen valorizaciones, se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 3115-Superávit por Valorización o 3240-Superávit por Valorización y se acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1999-Valorizaciones.
Las inversiones en entidades en liquidación no son objeto de actualización.
24. INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS
Los instrumentos derivados son operaciones que se realizan mediante contrato y representan para la entidad derechos u obligaciones dependiendo entre otras circunstancias, del comportamiento en el mercado, de las tasas de cambio, las tasas de interés, los índices bursátiles o cualquier otro subyacente pactado, los cuales se liquidarán en fecha futura acordada. Las opciones son instrumentos derivados y se caracterizan porque le dan a su tenedor la opción o el derecho, pero no la obligación, de comprar o de vender una cantidad específica de un activo a un precio y en una fecha establecida, o durante un tiempo determinado. Dicho contrato obliga al suscriptor a vender o comprar el activo en la fecha en que la opción sea ejercida por el tenedor, de acuerdo con las condiciones de cantidad, calidad y precio establecidos para el efecto en el contrato. El contrato de opción implica para el tenedor el pago de una prima. Estos contratos se efectúan con la finalidad de gestionar el riesgo de los activos.
25. RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS
Los instrumentos derivados con fines de cobertura se reconocen por el valor del derecho y de la obligación en la fecha de inicio del contrato, empleando metodologías de reconocido valor técnico. El registro se efectúa debitando la subcuenta 121701-Derechos en contratos derivados y acreditando la subcuenta 121702-Obligaciones en contratos derivados (Cr), de la cuenta 1217-INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS.
Tratándose de las opciones, el derecho se registra debitando la subcuenta 812907-Vendidas o la subcuenta 812908-Compradas, de la cuenta 8129-DERECHOS EN OPCIONES y acreditando la subcuenta 890512-Derechos en opciones, de la cuenta 8905-DERECHOS CONTINGENTES POR CONTRA (CR). La obligación se registra acreditando la subcuenta 912907-Vendidas o 912908-Compradas, de la cuenta 9129-OBLIGACIONES EN OPCIONES y debitando la subcuenta 990514-Obligaciones en opciones, de la cuenta 9905-RESPONSABILIDADES CONTINGENTES POR CONTRA (DB).
Por su parte, la prima en compra de opciones se reconoce debitando la subcuenta 580566-Prima en compra de opciones, de la cuenta 5805-FINANCIEROS y acreditando la subcuenta 110601-Cajero, de la cuenta 1106-CUENTA ÚNICA NACIONAL o la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS. No obstante, podrá diferirse siempre que los beneficios asociados se esperen recibir en el futuro, caso en el cual el débito corresponde a la subcuenta 191038-Prima en compra de opciones, de la cuenta 1910-CARGOS DIFERIDOS.
El vendedor de la opción registra la prima debitando la subcuenta 110601-Cajero, de la cuenta 1106-CUENTA ÚNICA NACIONAL o la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acreditando la subcuenta 480581-Prima en venta de opciones, de la cuenta 4805-FINANCIEROS. No obstante, podrá diferirse siempre que los beneficios asociados se esperen recibir en el futuro, caso en el cual el crédito corresponde a la subcuenta 291521-Prima en venta de opciones, de la cuenta 2915-CRÉDITOS DIFERIDOS.
26. ACTUALIZACIÓN DE INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS
En los instrumentos derivados con fines de cobertura de activos, tanto el derecho como la obligación se actualizan con base en metodologías de reconocido valor técnico. Si como resultado de la actualización, el derecho se incrementa en mayor proporción que la obligación, se debita la subcuenta 121701-Derechos en contratos derivados y se acredita la subcuenta 121702-Obligaciones en contratos derivados (Cr), de la cuenta 1217-INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS. La diferencia se registra como ingreso en la subcuenta 480580-Utilidad en la valoración de derivados, de la cuenta 4805-FINANCIEROS, previa disminución del gasto por la pérdida, si existiere.
Si como resultado de la actualización la obligación se incrementa en mayor proporción que el derecho, se debita la subcuenta 121701-Derechos en contratos derivados y se acredita la subcuenta 121702- Obligaciones en contratos derivados (Cr), de la cuenta 1217-INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS. La diferencia se registra como gasto en la subcuenta 580565-Pérdida en la valoración de derivados, de la cuenta 5805-FINANCIEROS, previa disminución del ingreso por la utilidad, si existiere.
Adicional a las situaciones planteadas pueden presentarse casos en los que no varíen los derechos y obligaciones, se presenten variaciones negativas o varíe sólo el derecho o la obligación. En estos casos, la entidad contable pública debe garantizar la adecuada aplicación de los registros, en el sentido de debitar o acreditar el derecho y/o la obligación y reconocer los ingresos o gastos, según corresponda.
En todo caso, los derechos y obligaciones de contratos derivados deben estar actualizados en la fecha de terminación del contrato, con el fin de garantizar que la diferencia entre derechos y obligaciones corresponda al valor a recaudar, si el valor del derecho es mayor al de la obligación, o a girar, si el valor de la obligación es mayor al derecho.
Con el recaudo se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y la subcuenta 121702-Obligaciones en contratos derivados (Cr), de la cuenta 1217-INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS y se acredita la subcuenta 121701-Derechos en contratos derivados, de la cuenta 1217-INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS. Con el giro se debita la subcuenta 121702-Obligaciones en contratos derivados (Cr), de la cuenta 1217-INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS y se acredita la subcuenta 121701-Derechos en contratos derivados, de la cuenta 1217-INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS y la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
Tratándose de las opciones, el comprador y el vendedor actualizan tanto el derecho como la obligación. La actualización del derecho se registra debitando o acreditando la subcuenta 812907-Vendidas o la subcuenta 812908-Compradas, de la cuenta 8129- DERECHOS EN OPCIONES y acreditando o debitando la subcuenta 890512-Derechos en opciones, de la cuenta 8905-DERECHOS CONTINGENTES POR CONTRA (CR). Por su parte, la obligación se actualiza acreditando o debitando la subcuenta 912907-Vendidas o 912908-Compradas, de la cuenta 9129-OBLIGACIONES EN OPCIONES y debitando o acreditando la subcuenta 990514-Obligaciones en opciones, de la cuenta 9905-RESPONSABILIDADES CONTINGENTES POR CONTRA (DB).
Para el comprador de la opción, si como producto de la actualización el incremento del valor de los derechos es mayor al incremento de las obligaciones, registra la utilidad por la diferencia entre el derecho y la obligación, debitando la subcuenta 121703-Utilidad en la valoración de opciones compradas, de la cuenta 1217-INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS y acreditando la subcuenta 480580-Utilidad en la valoración de derivados, de la cuenta 4805-FINANCIEROS.
Si para el vendedor la actualización del valor de los derechos es menor al incremento de las obligaciones, éste registra la pérdida por la diferencia entre el derecho y la obligación, debitando la subcuenta 580565-Pérdida en la valoración de derivados, de la cuenta 5805- FINANCIEROS y acreditando la subcuenta 121704- Pérdida en la valoración de opciones vendidas (Cr), de la cuenta 1217-INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS.
Adicional a las situaciones planteadas, pueden presentarse casos en los que no varíen los derechos y obligaciones, se presenten variaciones negativas o varíe sólo el derecho o la obligación. En estos casos, la entidad contable pública debe garantizar la adecuada aplicación de los registros, en el sentido de debitar o acreditar el derecho y/o la obligación registrados en cuentas de orden deudoras y acreedoras, y reconocer los ingresos o gastos, según corresponda.
Por su parte, la prima en compra de opciones se reconoce debitando la subcuenta 580566-Prima en compra de opciones, de la cuenta 5805-FINANCIEROS y acreditando la subcuenta 110601-Cajero, de la cuenta 1106-CUENTA ÚNICA NACIONAL o la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS. No obstante, podrá diferirse siempre que los beneficios asociados se esperen recibir en el futuro, caso en el cual el débito corresponde a la subcuenta 191038-Prima en compra de opciones, de la cuenta 1910-CARGOS DIFERIDOS.
El vendedor de la opción registra la prima debitando la subcuenta 110601-Cajero, de la cuenta 1106-CUENTA ÚNICA NACIONAL o la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acreditando la subcuenta 480581-Prima en venta de opciones, de la cuenta 4805-FINANCIEROS. No obstante, podrá diferirse siempre que los beneficios asociados se esperen recibir en el futuro, caso en el cual el crédito corresponde a la subcuenta 291521-Prima en venta de opciones, de la cuenta 2915-CRÉDITOS DIFERIDOS.
En todo caso, en la fecha de terminación del contrato se debe garantizar que el valor correspondiente a la utilidad del comprador de la opción sea igual al valor a recaudar, y la pérdida del vendedor sea igual al valor a girar. Con el recaudo, el comprador debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110- DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acredita la subcuenta 121703-Utilidad en la valoración de opciones compradas, de la cuenta 1217-INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS.
Con el giro, el vendedor debita la subcuenta 121704- Pérdida en la valoración de opciones vendidas (Cr), de la cuenta 1217-INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS y acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS. Adicionalmente deben disminuirse los registros en cuentas de orden.
Los instrumentos derivados con fines de cobertura de activos deben actualizarse por lo menos una vez al mes y registrar sus resultados al cierre de éste.
27. REVELACIÓN DE LAS INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA DE ACTIVOS
Las inversiones se revelan teniendo en cuenta la finalidad con la cual se efectúan y la modalidad del título o contrato. En relación con la finalidad, las inversiones se efectúan para administrar la liquidez, adquirir el control del ente receptor de la inversión o por razones de política. En cuanto a la modalidad del título, las inversiones de administración de liquidez se clasifican en títulos de deuda, títulos participativos e instrumentos derivados; las inversiones con fines de política, en títulos de deuda; y las inversiones para adquirir el control, en títulos participativos. Cuando surjan provisiones o valorizaciones deberán revelarse por separado.
Por su parte, los instrumentos derivados con fines de cobertura de los activos se revelan en forma separada.
Las inversiones de administración de liquidez realizadas por la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional con los recursos de los fondos que administra, las inversiones de las reservas internacionales efectuadas por el Banco de la República, las inversiones patrimoniales en entidades que se encuentren en proceso de liquidación y los instrumentos derivados con fines de cobertura de activos deben revelarse en forma separada.
En notas a los estados contables debe revelarse el monto de las inversiones adquiridas para mantener hasta el vencimiento, así como los títulos de deuda que van a permanecer en el portafolio cuando menos durante un año, a partir de su adquisición. De igual manera, debe conservarse a disposición de los organismos de inspección, vigilancia y control, el acto administrativo que soporte la decisión de adquirir este tipo de inversiones.
<Inciso sustituido por el artículo 3 de la Resolución 145 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Asimismo, en notas a los estados contables debe revelarse la metodología de actualización de las distintas clasificaciones de inversiones. Tratándose de los instrumentos derivados con fines de cobertura, las partidas del balance cubiertas; y, en el caso del crédito mercantil generado en las inversiones patrimoniales en entidades controladas, el origen, el tiempo estimado para la amortización, la metodología de amortización aplicada y las contingencias que puedan modificarla.
28. CONSTITUCIÓN DE PASIVOS CONTINGENTES
Tratándose de inversiones en empresas, el inversionista reconocerá pasivos, ya sean reales o contingentes, en la medida en que haya contraído obligaciones o requiera efectuar pagos en nombre de la entidad controlada, asociada o entidad bajo control conjunto, para satisfacer obligaciones que éste haya garantizado o aceptado de alguna otra forma. En consecuencia, cuando el inversor vaya a realizar pagos por este concepto y haya constituido previamente el pasivo contingente, debe disminuirlo, constituyendo la obligación real.
En el caso de inversiones en entidades en liquidación, el inversionista reconocerá pasivos contingentes cuando las disposiciones legales o evaluaciones internas lo requieran. Por lo tanto, cuando el inversor vaya a realizar pagos por este concepto, previamente debe disminuir el pasivo contingente, constituyendo la obligación real.
PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DEL PORCENTAJE Y SOBRETASA AMBIENTAL AL IMPUESTO PREDIAL A FAVOR DE LAS CORPORACIONES AUTÓNOMAS REGIONALES Y ÁREAS METROPOLITANAS.
1. GENERALIDADES
Las disposiciones constitucionales y legales han señalado que los concejos municipales y distritales deben establecer una sobretasa sobre el avalúo de los bienes que sirven de base para liquidar el impuesto predial, o un porcentaje sobre el total del recaudo del impuesto predial, con destino a las corporaciones autónomas regionales del territorio de su jurisdicción.
Dado que independientemente de la modalidad de recaudo que apliquen los municipios y distritos, los referidos recursos pertenecen a las corporaciones autónomas regionales, se señala el siguiente procedimiento para el reconocimiento de esta operación por parte de los municipios, distritos y corporaciones autónomas regionales.
Este procedimiento también aplica para las áreas metropolitanas cuando se trate de la sobretasa metropolitana que los municipios y distritos le recaudan.
2. REGISTROS CONTABLES EN LOS MUNICIPIOS Y DISTRITOS
Los municipios y distritos reconocerán contablemente la parte del impuesto predial que les corresponde, para lo cual, en el momento de la declaración tributaria, o la liquidación oficial en firme u otro acto administrativo que liquide dicho impuesto, se debita la subcuenta 130507-Impuesto predial unificado, de la cuenta 1305-VIGENCIA ACTUAL, y se acredita la subcuenta 410507-Impuesto predial unificado, de la cuenta 4105- TRIBUTARIOS, por el valor que les corresponde como ingresos, sin sobreestimarlos, es decir, deben restar del valor total del impuesto liquidado el valor que equivale al porcentaje, y en el caso de la sobretasa, dado que ésta se identifica específicamente como un pormilaje del avalúo de la propiedad, sólo se reconocerá como ingreso lo correspondiente al impuesto predial.
Estas entidades contables públicas reconocerán en cuentas de orden de control el valor de la sobretasa o porcentaje, debitando la subcuenta 991523-Porcentaje y sobretasa ambiental al impuesto predial, de la cuenta 9915-ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB), y acreditando la subcuenta 939015-Porcentaje y sobretasa ambiental al impuesto predial, de la cuenta 9390-OTRAS CUENTAS ACREEDORAS DE CONTROL.
En el evento en que el recaudo de los recursos por parte de los municipios y distritos se produzca en la misma vigencia de la declaración tributaria, o la liquidación oficial en firme, u otro acto administrativo que liquide dicho impuesto, estas entidades deben registrar un débito en la subcuenta 111005-Cuenta corriente, de la cuenta 1110- DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS, por el total de los recursos recaudados, un crédito a la subcuenta 130507-Impuesto predial unificado, de la cuenta 1305- VIGENCIA ACTUAL, por el valor causado previamente, y un crédito a la subcuenta 290518-Recaudos del porcentaje y sobretasa ambiental al impuesto predial, de la cuenta 2905-RECAUDOS A FAVOR DE TERCEROS, por el valor que corresponde a las corporaciones autónomas regionales o a las áreas metropolitanas, sea en forma de porcentaje o sobretasa, según el caso.
Si el recaudo se produce en una vigencia diferente a la que corresponde la declaración tributaria, o la liquidación oficial en firme, u otro acto administrativo que liquide dicho impuesto, los municipios y distritos deben registrar un débito en la subcuenta 111005-Cuenta corriente, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS, y un crédito en las subcuentas 131007- Impuesto predial unificado, de la cuenta 1310-VIGENCIAS ANTERIORES, y 290518-Recaudos del porcentaje y sobretasa ambiental al impuesto predial, de la cuenta 2905-RECAUDOS A FAVOR DE TERCEROS.
De igual forma, en el momento del recaudo o cuando la renta se extinga por causas diferentes al pago, debe procederse a descargar los valores a favor de las corporaciones autónomas regionales y áreas metropolitanas de las cuentas de orden acreedoras, para lo cual deben registrar un débito en la subcuenta 939015-Porcentaje y sobretasa ambiental al impuesto predial, de la cuenta 9390-OTRAS CUENTAS ACREEDORAS DE CONTROL, y un crédito en la subcuenta 991523- Porcentaje y sobretasa ambiental al impuesto predial, de la cuenta 9915-ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB).
Dado que los recursos recaudados correspondientes al porcentaje o sobretasa al impuesto predial deben mantenerse en cuenta separada, los municipios y distritos llevarán el control en la subcuenta 111005- Cuenta corriente, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS, a través de códigos auxiliares, según la estructura del Catálogo General de Cuentas del Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública.
Cuando los municipios y distritos recauden los intereses de mora en el pago del impuesto predial a cargo de los contribuyentes, éstos deben registrar la parte correspondiente a la sobretasa con destino a las corporaciones autónomas regionales y áreas metropolitanas, para lo cual procederán a debitar la subcuenta 111005-Cuenta corriente, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS, y acreditar la subcuenta 290518-Recaudos del porcentaje y sobretasa ambiental al impuesto predial, de la cuenta 2905-RECAUDOS A FAVOR DE TERCEROS.
Debe tenerse en cuenta que este registro es aplicable en el evento de que la entidad territorial haya optado por el cálculo de la sobretasa.
Los intereses de mora que se lleguen a causar por el giro extemporáneo de estos recursos a las corporaciones autónomas regionales o a las áreas metropolitanas, se registran debitando la subcuenta 580190-Otros intereses, de la cuenta 5801-INTERESES y acreditando la subcuenta 242590-Otros acreedores, de la cuenta 2425-ACREEDORES.
Cuando los municipios y distritos giran los recursos a las corporaciones autónomas regionales o a las áreas metropolitanas, sean intereses o el valor del porcentaje o sobretasa ambiental, éstos deben debitar la subcuenta 290518-Recaudos del porcentaje y sobretasa ambiental al impuesto predial, de la cuenta 2905-RECAUDOS A FAVOR DE TERCEROS, y acreditar la subcuenta 111005- Cuenta corriente, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
Adicionalmente, debe garantizarse el adecuado flujo de información hacia las corporaciones autónomas regionales y áreas metropolitanas para que éstas efectúen los registros contables correspondientes, de tal manera que les permita obtener una información con las características de confiabilidad, relevancia y comprensibilidad a que se refiere el Marco Conceptual del Plan General de Contabilidad Pública.
3. REGISTROS CONTABLES EN LAS CORPORACIONES AUTÓNOMAS REGIONALES Y ÁREAS METROPOLITANAS
Con base en la información suministrada por los municipios y distritos, las corporaciones autónomas regionales y áreas metropolitanas reconocerán el ingreso por concepto del porcentaje o sobretasa ambiental al impuesto predial debitando la subcuenta 140159-Porcentaje y sobretasa ambiental al impuesto predial, de la cuenta 1401-INGRESOS NO TRIBUTARIOS, y acreditando la subcuenta 411060-Porcentaje y sobretasa ambiental al impuesto predial, de la cuenta 4110-NO TRIBUTARIOS.
El recaudo de los valores girados por los municipios y distritos se registra debitando la subcuenta 111005- Cuenta corriente, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS, y acreditando la subcuenta 140159-Porcentaje y sobretasa ambiental al impuesto predial, de la cuenta 1401-NO TRIBUTARIOS.
El recaudo de los intereses de mora generados por el giro extemporáneo de los recursos por parte de los municipios y distritos se reconoce debitando la subcuenta 111005-Cuenta corriente, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acreditando la subcuenta 411003-Intereses, de la cuenta 4110-NO TRIBUTARIOS.
PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE HECHOS RELACIONADOS CON LAS PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO.
1. ADICIONES Y MEJORAS
Las adiciones y mejoras a las propiedades, planta y equipo son erogaciones en que incurre la entidad contable pública para aumentar su vida útil, ampliar su capacidad productiva y eficiencia operativa, mejorar la calidad de los productos y servicios, o permitir una reducción significativa de los costos.
El valor de las adiciones y mejoras se reconoce como mayor valor del activo, para lo cual se debita la subcuenta de la cuenta que identifique la naturaleza del bien, del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO y se acredita la subcuenta 240101-Bienes y servicios ó la subcuenta 240601-Bienes y servicios, de la cuenta 2401-ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS NACIONALES o 2406-ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL EXTERIOR, según corresponda.
Tratándose de componentes de las propiedades, planta y equipo que cumplan con la definición de adición o mejora, la adquisición se registra debitando la subcuenta 163512- Componentes de propiedades, planta y equipo, de la cuenta 1635-BIENES MUEBLES EN BODEGA y acreditando las subcuentas 240101-Bienes y servicios ó 240601-Bienes y servicios, de la cuenta 2401-ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS NACIONALES o 2406-ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL EXTERIOR, según corresponda. Este registro procede cuando la entidad no utilice los bienes en forma inmediata.
Cuando el componente se incorpore al bien se debita la subcuenta respectiva de la cuenta que identifique la naturaleza del bien, del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO y se acredita la subcuenta 163512- Componentes de propiedades, planta y equipo, de la cuenta 1635-BIENES MUEBLES EN BODEGA.
2. REPARACIONES Y MANTENIMIENTO
Las reparaciones y mantenimiento de las propiedades, planta y equipo son erogaciones en las cuales incurre la entidad contable pública con el fin de recuperar y conservar su capacidad normal de producción y utilización.
El valor de las reparaciones y mantenimiento de las propiedades, planta y equipo que no se encuentren relacionados con la producción de bienes o la prestación de servicios individualizables, se reconoce como gasto en la subcuenta 511115-Mantenimiento o 511116- Reparaciones, de la cuenta 5111-GENERALES, o en la subcuenta 521113-Mantenimiento o 521114- Reparaciones, de la cuenta 5211-GENERALES, según corresponda.
El valor de las reparaciones y mantenimiento de las propiedades, planta y equipo relacionado con la producción de bienes o la prestación de servicios individualizables, se reconoce como costo de producción en la subcuenta denominada Generales, de las cuentas que correspondan, de la clase 7-COSTOS DE PRODUCCIÓN.
3. CAPITALIZACIÓN DE LOS COSTOS DE ENDEUDAMIENTO
Los costos de endeudamiento corresponden a intereses, comisiones y conceptos tales como la formalización de contratos, la diferencia en cambio de los intereses y la amortización de primas y descuentos en la colocación de bonos y títulos, originados en la obtención de financiación, por parte de la entidad contable pública.
Los costos de endeudamiento que se asocien con la adquisición o construcción de bienes, que no se encuentren en condiciones de utilización, se reconocen como un mayor valor del activo, siempre que la entidad contable pública reconozca el bien y la obligación.
Los intereses y comisiones se reconocen debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta que identifique la naturaleza del bien financiado, del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO y acreditando la subcuenta que identifique la operación de financiamiento, de la cuenta 2422-INTERESES POR PAGAR o 2423- COMISIONES POR PAGAR, según corresponda. Por su parte, la utilidad o pérdida en la actualización y negociación de las inversiones de administración de liquidez, efectuadas con recursos que provengan de un préstamo obtenido para financiar la adquisición o construcción de un activo que no se encuentre en condiciones de utilización, debe reconocerse, respectivamente, como un menor o mayor valor del activo financiado, sin afectar las cuentas de ingresos y gastos. El registro de esta operación se efectúa debitando o acreditando la subcuenta que identifique el título adquirido, de la cuenta 1201-INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN TÍTULOS DE DEUDA y acreditando o debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta que identifique la naturaleza del bien financiado, del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO.
La utilidad en la actualización y negociación de las inversiones con fines de política, efectuadas con recursos que provengan de un préstamo obtenido para financiar la adquisición o construcción de un activo, que no se encuentre en condiciones de utilización o venta, debe reconocerse como un menor valor del activo financiado.
El registro de esta operación se efectúa debitando la subcuenta que identifique el título adquirido, de la cuenta 1203-INVERSIONES CON FINES DE POLÍTICA EN TÍTULOS DE DEUDA y acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta que identifique la naturaleza del bien financiado, del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO.
<Inciso adicionado por el artículo 8 de la Resolución 558 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> La capitalización de los costos de endeudamiento debe finalizar cuando se hayan completado todas las actividades necesarias para poner el activo en condiciones de utilización. Por su parte, la capitalización de los costos de endeudamiento debe ser suspendida durante los periodos en los cuales se interrumpe el desarrollo de las actividades necesarias para poner el activo en condiciones de utilización. Durante este período los costos de endeudamiento se deben reconocer como gastos.
4. DEPRECIACIÓN Y AMORTIZACIÓN
Las propiedades, planta y equipo son objeto de depreciación o amortización. La depreciación, al igual que la amortización, reconoce la pérdida de la capacidad operacional por el uso y corresponde a la distribución racional y sistemática del costo histórico de las propiedades, planta y equipo durante su vida útil estimada, con el fin de asociar la contribución de los activos al desarrollo de las funciones de cometido estatal de la entidad contable pública. La depreciación y la amortización se deben calcular para cada activo individualmente considerado, excepto cuando se aplique la depreciación por componentes.
La vida útil corresponde al período durante el cual se espera que un activo pueda ser usado por la entidad contable pública, en desarrollo de sus funciones de cometido estatal. También se considera vida útil el número de unidades de producción o unidades de trabajo que la entidad contable pública espera obtener del activo.
5. MÉTODOS DE DEPRECIACIÓN Y AMORTIZACIÓN
La depreciación y amortización deben determinarse sistemáticamente mediante la aplicación de métodos de reconocido valor técnico que reflejen el patrón de consumo de los beneficios económicos, o del potencial de servicio que el activo incorpora. El método adoptado debe aplicarse en forma consistente durante el período contable, con independencia de las consideraciones tributarias o de rentabilidad.
El método aplicado debe revisarse en forma periódica y, si se ha producido un cambio importante en el patrón esperado de beneficios económicos o potencial de servicio del activo, debido a que el método no es el adecuado, debe cambiarse por uno que refleje el nuevo patrón. Cuando tal modificación se haga necesaria debe reconocerse el efecto a partir del período contable en el cual se efectúa el cambio.
Son considerados métodos de reconocido valor técnico, entre otros, los siguientes: Línea Recta, Número de Unidades de Producción u Horas de Trabajo, Suma de los Dígitos de los Años y Doble Tasa sobre Saldo Decreciente.
6. LÍNEA RECTA
Este método se aplica cuando el activo es utilizado de manera regular y uniforme en cada período contable, y consiste en determinar una alícuota periódica constante que se obtiene de dividir el costo histórico del activo entre la vida útil estimada.
7. NÚMERO DE UNIDADES DE PRODUCCIÓN U HORAS DE TRABAJO
Este método se basa en la capacidad de producción estimada del activo, y consiste en dividir el costo histórico del activo entre el número de unidades de producción u horas de trabajo estimadas. El valor de la depreciación o amortización se obtiene de multiplicar la tasa unitaria obtenida por el número de unidades producidas u horas trabajadas.
8. SUMA DE LOS DÍGITOS DE LOS AÑOS
Es un sistema de depreciación acelerada, según el cual los activos fijos se deprecian más durante los primeros años de vida y menos durante los últimos años. La fórmula utilizada en este método es: depreciación es igual al costo histórico multiplicado por el factor de depreciación. El factor de depreciación es una fracción cuyo numerador representa los años de vida que le quedan al activo y el denominador representa la suma de los años de vida útil probable, el cual es constante para cualquier año en que se calcule la depreciación.
9. DOBLE TASA SOBRE SALDO DECRECIENTE
Este método permite acelerar la depreciación de un activo, y consiste en aplicar una tasa de depreciación constante al saldo por depreciar, que se calcula tomando el doble del porcentaje que, siguiendo el método de línea recta, se cargaría por el uso del activo al finalizar el año. La aplicación de este método es apropiada en los casos en que la capacidad de producción del activo es mayor al principio de su vida útil y va declinando hacia el final de ésta, o cuando el valor del mantenimiento y las reparaciones van aumentando con el tiempo.
10. AÑOS DE VIDA ÚTIL DE ACTIVOS DEPRECIABLES O AMORTIZABLES
La vida útil de un activo depreciable o amortizable debe definirse por parte de la entidad contable pública, considerando los beneficios económicos futuros o el potencial de servicio del activo. Cuando se utilicen los métodos de depreciación de Línea Recta, Suma de los Dígitos de los Años o Doble Tasa sobre Saldo Decreciente, pueden tomarse como referencia las siguientes vidas útiles:
Activos Depreciables | Años de Vida Útil |
Edificaciones | 50 |
Redes, líneas y cables | 25 |
Plantas, ductos y túneles | 15 |
Maquinaria y equipo | 15 |
Equipo médico y científico | 10 |
Muebles, enseres y equipo de oficina | 10 |
Equipos de transporte, tracción y elevación | 10 |
Equipos de comedor, cocina, despensa y hotelería | 10 |
Equipos de comunicación | 10 |
Equipos de computación | 5 |
11. REVISIÓN DE LA VIDA ÚTIL
La vida útil de las propiedades, planta y equipo debe revisarse anualmente y, si las expectativas difieren significativamente de las estimaciones previas, por razones tales como adiciones o mejoras, avances tecnológicos, políticas de mantenimiento y reparaciones, obsolescencia u otros factores, podrá fijarse una vida útil diferente, registrando el efecto a partir del periodo contable en el cual se efectúa el cambio.
12. DEPRECIACIÓN DE BIENES USADOS
La depreciación de los bienes usados, adquiridos o incorporados, se debe determinar tomando como base la vida útil restante, de acuerdo con las condiciones naturales y la capacidad de producción o de servicio de los mismos.
13. DEPRECIACIÓN POR COMPONENTES
Cuando los componentes o partes de un activo depreciable tienen vidas útiles distintas, o suministren beneficios económicos, o potenciales de servicios a ritmos diferentes, la depreciación de cada componente debe calcularse según el método y vida útil más adecuado, y contabilizarse por separado, utilizando para el efecto códigos auxiliares.
14. DEPRECIACIÓN DE LOS ACTIVOS DE MENOR CUANTÍA
Los activos de menor cuantía son los que, con base en su valor de adquisición o incorporación, pueden depreciarse en el mismo año en que se adquieren o incorporan, teniendo en cuenta los montos que anualmente defina la Contaduría General de la Nación. La depreciación puede registrarse en el momento de la adquisición o incorporación del activo o durante los meses que resten para la terminación del período contable.
15. SUSPENSIÓN DE LA DEPRECIACIÓN
Cuando un activo se retire temporalmente del servicio, por mantenimiento u otras razones, la suspensión de la depreciación debe atender las políticas que para el efecto defina la entidad. En todo caso, cuando la entidad contable pública comience a utilizar nuevamente el activo debe continuar con su depreciación.
16. REGISTRO CONTABLE DE LA DEPRECIACIÓN Y AMORTIZACIÓN
Tratándose de las entidades del gobierno general pertenecientes al sector central, la depreciación y/ o amortización se registra debitando la subcuenta 312804-Depreciación de propiedades, planta y equipo o 312805-Amortización de propiedades, planta y equipo, de la cuenta 3128-PROVISIONES, AGOTAMIENTO,
DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES (DB) y acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1685- DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR) o 1686-AMORTIZACIÓN ACUMULADA (CR).
Para el caso de las entidades del gobierno general pertenecientes al sector descentralizado, la depreciación y/o amortización se registra debitando la subcuenta 327003-Depreciación de propiedades, planta y equipo o 327004-Amortización de propiedades, planta y equipo, de la cuenta 3270-PROVISIONES, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES (DB) y acreditando la subcuenta que corresponda de la cuenta 1685-DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR) o 1686-AMORTIZACIÓN ACUMULADA (CR).
Los anteriores registros se efectúan siempre que los activos objeto de depreciación o amortización no estén asociados con actividades de producción de bienes y prestación de servicios individualizables. En caso contrario, la depreciación y amortización se registra debitando la subcuenta Depreciación y Amortización, de las cuentas de la clase 7-COSTOS DE PRODUCCIÓN y acreditando la subcuenta que corresponda de la cuenta 1685-DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR) o 1686- AMORTIZACIÓN ACUMULADA (CR).
En el caso de las empresas públicas, la depreciación y amortización de los activos relacionados directamente con las actividades de producción de bienes y prestación de servicios individualizables se registra debitando la subcuenta Depreciación y Amortización, de las cuentas de la clase 7-COSTOS DE PRODUCCIÓN y acreditando la subcuenta que corresponda de la cuenta 1685- DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR) o 1686-AMORTIZACIÓN ACUMULADA (CR). Por su parte, la depreciación de las propiedades de inversión, así como de los activos de las entidades contables públicas dedicadas a las actividades de la administración de la seguridad social, el desarrollo de las actividades financiera o aseguradora, la explotación de los juegos de suerte y azar y, las actividades de dirección, planeación y apoyo logístico de las empresas públicas, se registra debitando las subcuentas que correspondan de la cuenta 5330- DEPRECIACIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO y acreditando las subcuentas de la cuenta 1685- DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR).
17. BIENES DE MEDIO (0.5) SALARIO MÍNIMO MENSUAL LEGAL VIGENTE
Los bienes adquiridos por un valor inferior o igual a medio (0.5) salario mínimo mensual legal vigente pueden registrarse como activo o como gasto. Cuando la entidad contable pública registre estos bienes como activo, aplica el procedimiento de depreciación para los activos de menor cuantía. Cuando la entidad registre los bienes como gasto, debita la subcuenta que corresponda de la cuenta 5111-GENERALES o 5211- GENERALES y acredita la subcuenta 240101-Bienes y servicios, de la cuenta 2401-ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS NACIONALES o 240601-Bienes y servicios, de la cuenta 2406-ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL EXTERIOR , según el tipo de operación.
18. ACTUALIZACIÓN
El valor de las propiedades, planta y equipo es objeto de actualización mediante la comparación del valor en libros con el costo de reposición o el valor de realización. El valor en libros corresponde al valor resultante de restarle al costo histórico de un bien, la depreciación o amortización acumulada y la provisión, y sumarle la valorización. Por su parte, el costo de reposición y el valor de realización pueden establecerse mediante avalúo técnico, el cual debe considerar, entre otros criterios, la ubicación, el estado, la capacidad productiva, la situación de mercado, el grado de negociabilidad, la obsolescencia y el deterioro que sufren los bienes. El costo de reposición también puede determinarse mediante precios de referencia publicados por organismos oficiales o especializados. Tratándose de terrenos destinados a adelantar proyectos de construcción podrá aplicarse el método (técnica) residual, como aplicación del valor presente neto que consiste en descontar los costos totales y la utilidad esperada del proyecto, al monto total de las ventas proyectadas.
La selección y aplicación de las metodologías para realizar el avalúo técnico debe tener en cuenta la relación costo-beneficio para la entidad contable pública, procurando evitar erogaciones significativas, para lo cual podrán efectuarse avalúos con personal de la entidad, con personas naturales o jurídicas o con el apoyo de otras entidades públicas, siempre que cuenten con la idoneidad y capacidad para su realización. Así mismo, deberá atender la expectativa inmediata de la administración, de acuerdo con la destinación prevista para el bien.
Si se actualiza un determinado elemento perteneciente a las propiedades, planta y equipo, también se deben actualizar todos los activos que pertenezcan a la misma clasificación.
19. REGISTRO DE LA ACTUALIZACIÓN
Si el costo de reposición o el valor de realización es mayor al valor en libros, la diferencia se registra debitando la subcuenta de la cuenta 1999-VALORIZACIONES, que identifique la naturaleza del bien actualizado y acreditando las subcuentas de la cuenta 3115-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN o 3240-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN, según corresponda. En caso contrario, se debitan las subcuentas de las cuentas 3115-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN o 3240-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN y se acreditan las subcuentas de la cuenta 1999- VALORIZACIONES, hasta agotar los saldos. El exceso debe registrarse como gasto debitando las subcuentas de la cuenta 5307-PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO y acreditando las subcuentas de la cuenta 1695-PROVISIONES PARA PROTECCIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (CR).
Tratándose de las entidades del gobierno general, el reconocimiento de la provisión afecta directamente el patrimonio, siempre que los activos no se encuentren asociados con actividades de producción de bienes y prestación de servicios individualizables. Para el registro se debita la subcuenta 312801-Provisiones para propiedades, planta y equipo, de la cuenta 3128-PROVISIONES, AGOTAMIENTO, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES (DB) o 327001-Provisiones para propiedades, planta y equipo, de la cuenta 3270- PROVISIONES, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES (DB) y se acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1695-PROVISIONES PARA PROTECCIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (CR). En caso contrario aplica el procedimiento contenido en el párrafo anterior.
20. FRECUENCIA DE LAS ACTUALIZACIONES
La actualización de las propiedades, planta y equipo debe efectuarse con periodicidad de tres (3) años, a partir de la última realizada, y el registro debe quedar incorporado en el período contable respectivo. No obstante, si con anterioridad al cumplimiento de este plazo el valor en libros de las propiedades, planta y equipo experimenta cambios significativos con respecto al costo de reposición, o al valor de realización, debe hacerse una nueva actualización, registrando su efecto en el período contable respectivo.
21. EXCEPCIONES A LA ACTUALIZACIÓN
No es obligatoria la actualización de los bienes muebles cuyo costo histórico, individualmente considerado, sea inferior a treinta y cinco (35) salarios mínimos mensuales legales vigentes, ni de las propiedades, planta y equipo ubicados en zonas de alto riesgo.
22. VENTA DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO
El registro contable considera si el valor de venta de las propiedades, planta y equipo es mayor, menor o igual a su valor en libros.
Si el valor de la venta es mayor al valor en libros, se debitan las subcuentas que correspondan de las cuentas 1685-DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR) y 1695- PROVISIONES PARA PROTECCIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (CR) y se acredita la subcuenta de la cuenta que identifique la naturaleza del bien vendido, del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO. La diferencia se registra en la subcuenta 480805-Utilidad en venta de activos, de la cuenta 4808-OTROS INGRESOS ORDINARIOS.
En caso de haberse registrado valorizaciones, se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 3115- SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN o 3240-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN y se acredita la subcuenta respectiva, de la cuenta 1999-VALORIZACIONES.
Si el valor de la venta es menor al valor en libros, se debitan las subcuentas que correspondan de las cuentas 1685-DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR) y 1695- PROVISIONES PARA PROTECCIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (CR) y se acredita la subcuenta de la cuenta que identifique la naturaleza del bien vendido, del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO. La diferencia se registra en la subcuenta 580801-Pérdida en venta de activos, de la cuenta 5808-OTROS GASTOS ORDINARIOS.
En caso de haberse registrado valorizaciones, se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 3115-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN o 3240-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN y se acredita la subcuenta respectiva, de la cuenta 1999-VALORIZACIONES.
Si el valor de la venta es igual al valor en libros, se debitan las subcuentas que correspondan de las cuentas 1685- DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR) y 1695-PROVISIONES PARA PROTECCIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (CR) y se acredita la subcuenta de la cuenta que identifique la naturaleza del bien vendido, del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO. En caso de haberse registrado valorizaciones se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 3115-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN o 3240-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN y se acredita la subcuenta respectiva de la cuenta 1999-VALORIZACIONES.
23. RETIRO DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO
Los bienes inservibles, los destruidos total o parcialmente y los bienes perdidos se retiran de los activos debitando las subcuentas que correspondan, de las cuentas 1685- DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR) y 1695-PROVISIONES PARA PROTECCIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (CR) y acreditando la subcuenta de la cuenta que identifique la naturaleza del bien retirado, del grupo 16- PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO. La diferencia se registra en la subcuenta 580802-Pérdida en retiro de activos, de la cuenta 5808-OTROS GASTOS ORDINARIOS, si corresponde a bienes inservibles, o la subcuenta 581006-Pérdidas en siniestros, de la cuenta 5810-EXTRAORDINARIOS, si corresponde a bienes destruidos o perdidos. En caso de haberse registrado valorizaciones, se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 3115-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN o 3240-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN y se acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1999-VALORIZACIONES.
El control de los bienes inservibles o destruidos total o parcialmente se registra en las cuentas de orden deudoras debitando la subcuenta 831510-Propiedades, planta y equipo, de la cuenta 8315-ACTIVOS RETIRADOS y acreditando la subcuenta 891506-Activos retirados, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR).
Los bienes perdidos respecto de los cuales se inicia un proceso de investigación para su recuperación, se controlan debitando la subcuenta 836101-En proceso internas, de la cuenta 8361-RESPONSABILIDADES y acreditando la subcuenta 891521-Responsabilidades, de la cuenta 8915- DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR).
24. TRASLADO DE BIENES ENTRE ENTIDADES CONTABLES PÚBLICAS
El traslado de bienes es el proceso mediante el cual se entregan y reciben bienes entre entidades contables públicas, que implica la transferencia de la propiedad de tales bienes.
La entidad contable pública que traslada propiedades, planta y equipo debita las subcuentas que correspondan, de las cuentas 1685-DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR) y 1695-PROVISIONES PARA PROTECCIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (CR) y acredita la subcuenta de la cuenta que identifique la naturaleza del bien trasladado, del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO. La diferencia que surja se registra debitando las subcuentas que correspondan, de la cuenta 3105- CAPITAL FISCAL o 3208-CAPITAL FISCAL, si se trata de entidades del gobierno general, o la subcuenta 580808- Bienes y derechos trasladados por las empresas a otras entidades contables públicas, de la cuenta 5808-OTROS GASTOS ORDINARIOS, si se trata de empresas públicas.
En caso de haberse registrado valorizaciones, se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 3115- SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN o 3240-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN y se acredita la subcuenta respectiva, de la cuenta 1999-VALORIZACIONES.
La entidad contable pública que recibe los bienes debita la subcuenta de la cuenta que identifique la naturaleza del bien, del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO, por el valor convenido, el cual puede ser el valor en libros o uno estimado mediante avalúo técnico y acredita la subcuenta 312525-Bienes, de la cuenta 3125- PATRIMONIO PÚBLICO INCORPORADO o la subcuenta 325525-Bienes, de la cuenta 3255-PATRIMONIO INSTITUCIONAL INCORPORADO.
25. BIENES DE USO PERMANENTE SIN CONTRAPRESTACIÓN
Los bienes de uso permanente sin contraprestación son los recibidos por la entidad contable pública sin que medie el traslado de la propiedad ni el reconocimiento de contraprestación alguna, para ser utilizados de manera permanente en desarrollo de sus funciones de cometido estatal, con independencia del plazo pactado para la restitución. Estos bienes se reconocen como propiedades, planta y equipo cuando la operación se realiza entre entidades del gobierno general.
La entidad del gobierno general que entrega a otra entidad del gobierno general, bienes para el uso permanente y sin contraprestación, debita las subcuentas que correspondan de las cuentas 1685- DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR) y 1695-PROVISIONES PARA PROTECCIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (CR) y acredita la subcuenta de la cuenta que identifique la naturaleza del bien trasladado, del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO. La diferencia se registra debitando la subcuenta que corresponda de la cuenta 3105-CAPITAL FISCAL o 3208-CAPITAL FISCAL.
En caso de haberse registrado valorizaciones, se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 3115- SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN o 3240-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN y se acredita la subcuenta respectiva, de la cuenta 1999-VALORIZACIONES.
Adicionalmente, la entidad debe controlar estos bienes en cuentas de orden deudoras, para lo cual debita la subcuenta 834704-Propiedades, planta y equipo, de la cuenta 8347-BIENES ENTREGADOS A TERCEROS y acredita la subcuenta 891518-Bienes entregados a terceros, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR).
Por su parte, la entidad del gobierno general que recibe los bienes los registra por el valor convenido, que puede ser el valor en libros o uno estimado mediante avalúo técnico, debitando la subcuenta que identifique, en cada cuenta, los bienes de uso permanente sin contraprestación y acreditando la subcuenta 312531-Bienes de uso permanente sin contraprestación, de la cuenta 3125- PATRIMONIO PÚBLICO INCORPORADO o 325531-Bienes de uso permanente sin contraprestación, de la cuenta 3255-PATRIMONIO INSTITUCIONAL INCORPORADO.
La entidad del gobierno general, o la empresa, que entrega a una empresa pública bienes para el uso permanente y sin contraprestación, debita las subcuentas que correspondan, de las cuentas 1685- DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR) y 1695-PROVISIONES PARA PROTECCIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (CR) y acredita la subcuenta de la cuenta que identifique la naturaleza del bien trasladado, del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO. La diferencia se registra debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1920-BIENES ENTREGADOS A TERCEROS. De haberse reconocido valorizaciones, se debita la subcuenta 199977-Otros activos y se acredita la subcuenta que identifique la naturaleza del bien reclasificado, de la cuenta 1999-VALORIZACIONES. También se debita la subcuenta que identifique la naturaleza del bien entregado y se acredita la subcuenta 311576-Otros activos o 324077-Otros activos, de la cuenta 3115- SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN o 3240-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN, según corresponda.
La empresa que recibe de otra empresa, o de una entidad del gobierno general, bienes para el uso permanente y sin contraprestación, los registra acreditando la subcuenta 934619-Propiedades, planta y equipo, de la cuenta 9346-BIENES RECIBIDOS DE TERCEROS y debitando la subcuenta 991506-Bienes recibidos de terceros, de la cuenta 9915-ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB).
26. RESTITUCIÓN DE LOS BIENES DE USO PERMANENTE SIN CONTRAPRESTACIÓN
La restitución de los bienes de uso permanente sin contraprestación de una entidad del gobierno general a otra entidad del gobierno general, se reconoce debitando las subcuentas que correspondan, de las cuentas 1685- DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR) y 1695-PROVISIONES PARA PROTECCIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (CR) y la subcuenta 312531-Bienes de uso permanente sin contraprestación, de la cuenta 3125-PATRIMONIO PÚBLICO INCORPORADO, o la subcuenta 325531-Bienes de uso permanente sin contraprestación, de la cuenta 3255-PATRIMONIO INSTITUCIONAL INCORPORADO y acreditando la subcuenta de la cuenta que identifique la naturaleza del bien restituido, del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO, las subcuentas 312801-Provisiones para propiedades, planta y equipo y 312804-Depreciación de propiedades, planta y equipo, de la cuenta 3128- PROVISIONES, AGOTAMIENTO, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES (DB) o las subcuentas 327001- Provisiones para propiedades, planta y equipo y 327003- Depreciación de propiedades, planta y equipo, de la cuenta 3270-PROVISIONES, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES (DB). La diferencia se registra acreditando las subcuentas que correspondan, de las cuentas 3105-CAPITAL FISCAL o 3208-CAPITAL FISCAL. En caso de haberse registrado valorizaciones, se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 3115-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN o 3240- SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN y se acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1999-VALORIZACIONES.
La entidad que recibe los bienes los incorpora por el valor en libros de la entidad que los restituye, debitando la subcuenta de la cuenta que identifique la naturaleza del bien, del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO y acreditando la subcuenta 312525-Bienes, de la cuenta 3125-PATRIMONIO PÚBLICO INCORPORADO o 325525- Bienes, de la cuenta 3255-PATRIMONIO INSTITUCIONAL INCORPORADO.
Adicionalmente, disminuye el valor registrado en las cuentas de orden, para lo cual acredita la subcuenta 834704-Propiedades, planta y equipo, de la cuenta 8347-BIENES ENTREGADOS A TERCEROS y debita la subcuenta 891518-Bienes entregados a terceros, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR). La depreciación de estos bienes se debe determinar tomando como base la vida útil restante que se estime.
Cuando la restitución de los bienes se realice entre entidades del gobierno general y empresas, o entre empresas, la entidad del gobierno o empresa que devuelve los bienes debita la subcuenta 934619-Propiedades, planta y equipo, de la cuenta 9346-BIENES RECIBIDOS DE TERCEROS y acredita la subcuenta 991506-Bienes recibidos de terceros, de la cuenta 9915-ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB).
Por su parte, la entidad del gobierno general o la empresa pública que recibe los bienes reclasifica el valor neto de la subcuenta que corresponda, de las cuentas 1920-BIENES ENTREGADOS A TERCEROS, 1922-PROVISIONES PARA PROTECCIÓN DE BIENES ENTREGADOS A TERCEROS (CR) y 1925-AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE BIENES ENTREGADOS A TERCEROS, a la subcuenta de la cuenta que identifique la naturaleza del bien, del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO.
De haberse reconocido valorizaciones, se debita la subcuenta que identifique la naturaleza del bien reclasificado y se acredita la subcuenta 199977-Otros activos, de la cuenta 1999-VALORIZACIONES. También se debita la subcuenta 311576-Otros activos ó la subcuenta 324077-Otros activos y se acredita la subcuenta que identifique el bien entregado, de la cuenta 3115- SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN o 3240-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN, según corresponda.
27. BIENES PENDIENTES DE LEGALIZAR
Los bienes pendientes de legalizar corresponden a las propiedades, planta y equipo de la entidad contable pública cuya propiedad no ha sido formalizada.
Una vez legalizada la propiedad, se debita la subcuenta que identifique la naturaleza del bien legalizado y se acredita la subcuenta que identifique la naturaleza del bien pendiente de legalizar, de las cuentas del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO. Adicionalmente, se debita la subcuenta 312530-Bienes pendientes de legalizar, de la cuenta 3125-PATRIMONIO PÚBLICO INCORPORADO o 325530-Bienes pendientes de legalizar, de la cuenta 3255-PATRIMONIO INSTITUCIONAL INCORPORADO y se acredita la subcuenta 312525- Bienes, de la cuenta 3125-PATRIMONIO PÚBLICO INCORPORADO o 325525-Bienes, de la cuenta 3255- PATRIMONIO INSTITUCIONAL INCORPORADO.
28. RECLASIFICACIONES
Los bienes inmuebles que se destinen a generar ingresos como producto de su arrendamiento, se registran debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1682-PROPIEDADES DE INVERSIÓN y acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1605- TERRENOS o 1640-EDIFICACIONES. Las depreciaciones, provisiones y valorizaciones continuarán registrándose conforme a la naturaleza del bien. Los bienes destinados por la entidad para su uso, y a la vez para obtener ingresos por arrendamientos, no son objeto de reclasificación a la cuenta 1682-PROPIEDADES DE INVERSIÓN.
Los terrenos que tienen por objeto la conservación del medio ambiente deben reclasificarse debitando la subcuenta 160503-Terrenos con destinación ambiental y acreditando la subcuenta 160501-Urbanos o 160502- Rurales, de la cuenta 1605-TERRENOS.
29. REVELACIÓN EN NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES
Deben revelarse en notas a los estados contables, situaciones del período contable que permitan conocer la siguiente información:
a) Monto de las adquisiciones o construcciones
b) Monto de las adiciones y mejoras
c) Monto de los bienes vendidos y el efecto en los resultados
d) Monto, justificación y efecto en los resultados por el retiro de bienes
e) Vida útil y métodos utilizados para la determinación de la depreciación o amortización
f) Cambio en la estimación de la vida útil de los activos y del método de depreciación o amortización aplicado
g) Metodologías aplicadas para la actualización de los bienes, el efecto generado y la fecha de los avalúos
h) Pignoraciones y otras restricciones de orden legal sobre bienes
i) Justificación de la existencia de bienes no explotados
j) Información de bienes de uso permanente relacionada con: entidad de la cual se reciben, o a la cual se entregan, monto, descripción, cantidad y duración del contrato, cuando a ello hubiere lugar
k) Información relacionada con el proceso de legalización de los bienes
l) Información sobre los bienes destinados por la entidad para su uso y a la vez para obtener ingresos por arrendamientos
PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN
DE LOS RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES Y DE LAS INVERSIONES Y GASTOS RELACIONADOS CON ESTOS RECURSOS.
1. RECONOCIMIENTO DE LOS RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES
Los descubrimientos de recursos naturales no renovables durante el período contable deben reconocerse con base en las metodologías de reconocido valor técnico, expedidas por la autoridad competente, y revelarse en la información de la entidad contable pública encargada del diseño de la política minera y energética. Para el efecto, se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1820-RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN y se acredita la subcuenta 312525- Bienes, de la cuenta 3125-PATRIMONIO PÚBLICO INCORPORADO. El saldo de la subcuenta 312525-Bienes, debe reclasificarse a la subcuenta 310501-Nación, de la cuenta 3105-CAPITAL FISCAL, al inicio del período contable siguiente.
2. ENTREGA DE LOS RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN
Los recursos naturales no renovables entregados en explotación deben revelarse adicionalmente en las cuentas de orden deudoras de control, debitando la subcuenta 831702-Recursos naturales no renovables en explotación, de la cuenta 8317-BIENES ENTREGADOS EN EXPLOTACIÓN y acreditando la subcuenta 891508- Bienes entregados en explotación, de la cuenta 8915- DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR). El valor registrado en las cuentas de orden debe actualizarse con los mayores o menores valores, determinados mediante estudio técnico, tanto en cantidad como en precio, y disminuirse con el valor del agotamiento de las reservas que se produce con la extracción.
La entidad contable pública que recibe los recursos debita por el mismo valor la subcuenta 931702-Recursos naturales no renovables en explotación, de la cuenta 9317-BIENES RECIBIDOS EN EXPLOTACIÓN y acredita la subcuenta 991504-Bienes recibidos en explotación, de la cuenta 9915-ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB). El valor registrado en las cuentas de orden debe actualizarse con los mayores o menores valores, determinados mediante estudio técnico, tanto en cantidad como en precio, y disminuirse con el valor del agotamiento de las reservas.
Por su parte, la Agencia Nacional de Hidrocarburos debe registrar las áreas hidrocarburiferas y las reservas que reciba del Ministerio de Minas y Energía para su administración, con un débito en la subcuenta 991506- Bienes recibidos de terceros, de la cuenta 9915- ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB) y un crédito en la subcuenta que corresponda de la cuenta 9346-BIENES RECIBIDOS DE TERCEROS. Adicionalmente, cuando asigne a terceros las áreas y las reservas para exploración y explotación, debita la subcuenta que corresponda de la cuenta 8347-BIENES ENTREGADOS A TERCEROS y acredita la subcuenta 891518-Bienes entregados a terceros, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR).
3. ACTUALIZACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES
El valor de las reservas probadas debe actualizarse para reflejar las variaciones originadas en precio y en volumen, con base en metodologías de reconocido valor técnico definidas por la autoridad competente. Si como resultado de la actualización se obtiene un mayor valor del recurso, se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1820-RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN y se acredita la subcuenta 310501- Nación, de la cuenta 3105-CAPITAL FISCAL. Si por el contrario, se obtiene un menor valor del recurso, se debita la subcuenta 310501-Nación, de la cuenta 3105-CAPITAL FISCAL y se acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1820-RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN.
4. AGOTAMIENTO DE LOS RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES
El agotamiento de los recursos naturales no renovables en explotación corresponde a la disminución gradual por efecto de su extracción, como reconocimiento de la pérdida de su capacidad económica y operacional en el transcurso de su vida útil, de acuerdo con la estimación efectuada mediante métodos de reconocido valor técnico. Se considera vida útil la capacidad estimada de producción correspondiente a las unidades que se espera extraer.
Para efectos de reconocer el agotamiento se debe utilizar el método de la tasa unitaria estimada, que consiste en dividir el costo del recurso natural agotable entre el número de unidades pendientes de producir. El valor del agotamiento se obtiene de multiplicar el número de unidades producidas por la tasa unitaria estimada.
El reconocimiento del agotamiento constituye un menor valor del patrimonio cuando la explotación es realizada por un tercero. Para el efecto, se debita la subcuenta 312803-Agotamiento de recursos naturales no renovables, de la cuenta 3128-PROVISIONES, AGOTAMIENTO, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES (DB) y se acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1825-AGOTAMIENTO ACUMULADO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN (CR).
Cuando la explotación es realizada por la entidad que registra la reserva probada, el agotamiento forma parte del costo de producción, para lo cual se debita la subcuenta 710901-Reservas extraídas, de la cuenta 7109-PETRÓLEO CRUDO o 711001-Reservas extraídas, de la cuenta 7110-GAS NATURAL o 711401-Reservas extraídas, de la cuenta 7114-PRODUCTOS DE MINAS o 711501-Reservas extraídas, de la cuenta 7115- SAL, según el recurso de que se trate, y se acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1825- AGOTAMIENTO ACUMULADO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN (CR).
El agotamiento también implica la actualización de las cuentas de orden deudoras y acreedoras de control, tanto para la entidad que entrega como para la entidad que recibe el recurso en explotación.
5. INVERSIONES EN RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES
Las inversiones en recursos naturales no renovables en explotación están conformadas por los costos incurridos en la etapa de exploración, que tengan relación directa con el descubrimiento de reservas específicas, siempre que los costos estén asociados con áreas que resulten productoras, por los costos incurridos en la etapa de desarrollo, hasta que se inicie la etapa de producción, y por los costos de abandono.
La etapa de exploración comprende las actividades relativas a la búsqueda de reservas de recursos naturales no renovables. Incluye la realización de estudios, así como la perforación y excavación de yacimientos. Los estudios y proyectos adelantados en esta etapa se reconocen como gasto.
La etapa de desarrollo comprende las actividades relacionadas con la creación de un sistema de pozos productivos que facilite la extracción de petróleo y/o gas, o con la excavación que permita la extracción de otros minerales. Los costos de desarrollo se asocian a reservas probadas concretas cuyos beneficios se pueden cuantificar.
Los costos de abandono corresponden al proceso sistémico de restauración integral requerido al final de la vida útil del recurso natural o por cesación de las operaciones, y está conformado por tres actividades básicas: la primera es el taponamiento de pozos o bocaminas, que corresponde al abandono técnico de pozos de petróleo y/o gas o de inyección de agua, así como de áreas de explotación de otros minerales, lo cual incluye el taponamiento y clausura, eliminando riesgos potenciales de activación posterior por acción natural y asegurando el uso futuro asignado al terreno; la segunda es el desmonte de facilidades, es decir, de equipos de proceso, extracción, trasiego, almacenamiento, tratamiento, procesamiento, incineración, plataformas, estructuras, edificaciones, campamentos y demás construcciones utilizadas para las operaciones de exploración, desarrollo y producción, refinación, transporte y/o almacenamiento; y la última actividad es la recuperación ambiental de zonas afectadas, que consiste en el sellamiento e impermeabilizado de fosas y piscinas que contengan desperdicios, eliminación de residuos superficiales y de suelos contaminados, incluida la restauración ecológica y del paisaje.
Las inversiones en recursos naturales no renovables se reconocen debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1840-INVERSIONES EN RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN y acreditando la subcuenta del activo y/o pasivo que se asocie directamente con la inversión y, tratándose de los costos de abandono, la subcuenta 279004-Reparaciones y renovaciones, de la cuenta 2790-PROVISIONES DIVERSAS. El reconocimiento de las inversiones en recursos naturales no renovables está sujeto a que técnica y financieramente sea posible completar la producción, de manera que se pueda disponer del recurso para su utilización o venta; igualmente, debe existir un mercado que le permita generar beneficios económicos futuros, y que la inversión pueda valorarse en forma confiable.
6. AMORTIZACIÓN DE LAS INVERSIONES EN RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES
La amortización de las inversiones en recursos naturales no renovables en explotación corresponde a la reducción sistemática de su valor, calculada con base en estudios técnicos. Estas inversiones deben amortizarse durante el período que resulte estimado para su recuperación, en función de la producción del recurso explotado.
Para efectos del reconocimiento de la amortización de las inversiones en recursos naturales no renovables en explotación debe utilizarse el método de la tasa unitaria estimada, que consiste en dividir el costo de las inversiones en recursos naturales no renovables en explotación, entre el número de unidades pendientes de producir. El valor de la amortización se obtiene de multiplicar el número de unidades producidas por la tasa unitaria estimada.
La amortización de estas inversiones se constituye en costo de producción teniendo en cuenta su relación con el proceso productivo. Para el efecto, se debita la subcuenta 710908-Depreciación y amortización, de la cuenta 7109-PETRÓLEO CRUDO o 711008- Depreciación y amortización, de la cuenta 7110-GAS NATURAL o 711408-Depreciación y amortización, de la cuenta 7114-PRODUCTOS DE MINAS o 711508-Depreciación y amortización, de la cuenta 7115-SAL, según el recurso de que se trate, y se acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1845-AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE INVERSIONES EN RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN (CR).
7. OTRAS EROGACIONES EFECTUADAS EN LA ETAPA DE EXPLORACIÓN
Los estudios en etapa de exploración, es decir, los tendientes a determinar si las zonas analizadas contienen o no recursos naturales no renovables en cantidades comercialmente explotables se reconocen como gasto, dado que no es factible relacionar directamente dichas erogaciones con la adquisición o descubrimiento de reservas específicas e identificables, por el período que transcurre entre el inicio del estudio y su ejecución. Para el efecto, se debita la subcuenta 521106-Estudios y proyectos, de la cuenta 5211-GENERALES y se acredita la subcuenta del activo y/o pasivo que corresponda.
Las erogaciones relacionadas con la perforación y excavación de yacimientos en etapa de exploración se registran en la subcuenta 191010-Gastos de exploración, de la cuenta 1910-CARGOS DIFERIDOS, hasta tanto se establezca que se trata de áreas productoras o no productoras. Si se trata de áreas productoras, el saldo de la subcuenta 191010-Gastos de exploración se reclasifica a la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1840-INVERSIONES EN RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN y debe ser objeto de amortización afectando el costo de producción. En caso contrario, se registra como gasto en la subcuenta 521158-Gastos de exploración, de la cuenta 5211- GENERALES.
8. RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS DE EXPLOTACIÓN O PRODUCCIÓN
Los derechos de explotación o producción otorgados a la entidad contable pública deben reconocerse con base en metodologías de reconocido valor técnico, debitando la subcuenta 836201-Recursos naturales no renovables, de la cuenta 8362-DERECHOS DE EXPLOTACIÓN O PRODUCCIÓN y acreditando la subcuenta 891522- Derechos de explotación o producción, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR).
9. REVELACIÓN EN NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES
Deben revelarse en notas a los estados contables las situaciones que permitan conocer, entre otros, los siguientes aspectos:
a) Valor total y por clases de recursos naturales no renovables
b) Monto y cantidad de las incorporaciones durante el período contable
c) Monto y cantidad del agotamiento de los recursos durante el período contable
d) Monto de las inversiones efectuadas durante el período contable
e) Monto de la amortización de las inversiones en recursos naturales no renovables del período contable
f) Monto y cantidad de los recursos entregados en explotación durante el período contable
g) Vida útil de los recursos naturales no renovables
h) Metodologías aplicadas para el reconocimiento y la actualización de los recursos naturales no renovables
i) Efecto financiero generado por la actualización de los recursos naturales no renovables y fecha de las actualizaciones.
PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN
DE LOS PROCESOS JUDICIALES, LAUDOS ARBITRALES, CONCILIACIONES EXTRAJUDICIALES, Y EMBARGOS DECRETADOS Y EJECUTADOS SOBRE LAS CUENTAS BANCARIAS.
1. APLICACIÓN CONTABLE EN PROCESOS JUDICIALES, ARBITRAJES Y CONCILIACIONES E XTRAJUDICIALES
Los procesos judiciales son el conjunto de trámites judiciales que se derivan de las demandas interpuestas ante un juez para que se revisen derechos presuntamente violados por un tercero, así como las pretensiones económicas que, a su juicio, subsanan el perjuicio causado.
El arbitraje es un mecanismo por el cual las partes involucradas en un conflicto de carácter transigible conceden su solución a un tribunal arbitral, quien toma una decisión denominada laudo arbitral.
Las conciliaciones extrajudiciales son los acuerdos económicos entre las partes involucradas en un conflicto, con la presencia de un conciliador, evitando el trámite ante la justicia ordinaria.
Los procesos judiciales, los arbitrajes y las conciliaciones extrajudiciales pueden constituirse en derechos u obligaciones, dependiendo de si las pretensiones económicas son a favor o en contra de la entidad.
2. RECONOCIMIENTO DE DERECHOS
Las demandas, arbitrajes y conciliaciones extrajudiciales interpuestas por la entidad contable pública en contra de un tercero deben reconocerse en las subcuentas que identifican su origen en civiles, penales, administrativas, fiscales y otras. Cuando se admitan las demandas, arbitrajes y conciliaciones extrajudiciales se registran como un derecho potencial, con un débito en las subcuentas que correspondan, de la cuenta 8120-LITIGIOS Y MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS, con crédito en la subcuenta 890506- Litigios y mecanismos alternativos de solución de conflictos, de la cuenta 8905-DERECHOS CONTINGENTES POR CONTRA (CR) y se actualizan de acuerdo con la evolución del proceso y la evaluación de la certeza del fallo a favor.
Con la sentencia definitiva a favor de la entidad contable pública se reconoce el derecho cierto, con un débito a la subcuenta 147079-Indemnizaciones, de la cuenta 1470- OTROS DEUDORES y un crédito a la subcuenta 481049- Indemnizaciones, de la cuenta 4810-EXTRAORDINARIOS. Simultáneamente se ajustan las cuentas de orden inicialmente registradas, disminuyendo con un débito la subcuenta 890506-Litigios y mecanismos alternativos de solución de conflictos, de la cuenta 8905-DERECHOS CONTINGENTES POR CONTRA (CR) y un crédito en las subcuentas que correspondan, de la cuenta 8120- LITIGIOS Y MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS.
Cuando la sentencia definitiva deniegue las pretensiones demandadas por la entidad contable pública, se ajustan las cuentas de orden inicialmente registradas, disminuyendo con un débito la subcuenta 890506-Litigios y mecanismos alternativos de solución de conflictos, de la cuenta 8905-DERECHOS CONTINGENTES POR CONTRA (CR) y un crédito en las subcuentas que correspondan, de la cuenta 8120-LITIGIOS Y MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS.
Tratándose de laudos arbitrales y conciliaciones extrajudiciales, su registro se efectúa con las decisiones y acuerdos, respectivamente, debitando la subcuenta 147079-Indemnizaciones, de la cuenta 1470-OTROS DEUDORES y acreditando la subcuenta 481049- Indemnizaciones, de la cuenta 4810-EXTRAORDINARIOS. Adicionalmente, se ajustan las cuentas de orden registradas inicialmente, disminuyendo con un débito la subcuenta 890506- Litigios y mecanismos alternativos de solución de conflictos, de la cuenta 8905-DERECHOS CONTINGENTES POR CONTRA (CR) y un crédito en las subcuentas que corresponda, de la cuenta 8120- LITIGIOS Y MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Una vez se hayan recibido los recursos para cancelar los derechos litigiosos, laudos arbitrales o conciliaciones extrajudiciales, la entidad contable pública debita la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110- DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS o 1106- CUENTA ÚNICA NACIONAL, si la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional, es quien recauda, y acredita la subcuenta 147079-Indemnizaciones, de la cuenta 1470-OTROS DEUDORES.
3. RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES
Las demandas, arbitrajes y conciliaciones extrajudiciales que se interpongan contra la entidad contable pública deben reconocerse en cuentas de orden acreedoras contingentes. Para el efecto, con la notificación de la demanda, o de acuerdo con los procedimientos definidos según se trate de un arbitraje o conciliación extrajudicial, la entidad contable pública constituye la responsabilidad contingente, registrando un crédito a las subcuentas 912001-Civiles, 912002-Laborales, 912004-Administrativos, 912005-Obligaciones fiscales o 912090-Otros litigios y mecanismos alternativos de solución de conflictos, de la cuenta 9120-LITIGIOS Y MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS, según corresponda, y un débito a la subcuenta 990505-Litigios y mecanismos alternativos de solución de conflictos, de la cuenta 9905- RESPONSABILIDADES CONTINGENTES POR CONTRA (DB).
Si como resultado de la evaluación del riesgo por la aplicación de metodologías de reconocido valor técnico o el estado del proceso, se determina que la contingencia es probable, reconoce el pasivo estimado, con un débito a la subcuenta 531401-Litigios, de la cuenta 5314-PROVISIÓN PARA CONTINGENCIAS y un crédito a la subcuenta 271005-Litigios, de la cuenta 2710- PROVISIÓN PARA CONTINGENCIAS, previa cancelación de las cuentas de orden acreedoras constituidas.
Tratándose de laudos arbitrales y conciliaciones extrajudiciales es factible constituir provisiones de acuerdo con la evaluación del riesgo. Para el efecto, la entidad contable pública registra un débito a la subcuenta 531411- Mecanismos alternativos de solución de conflictos, de la cuenta 5314-PROVISIÓN PARA CONTINGENCIAS y un crédito a la subcuenta 271015- Mecanismos alternativos de solución de conflictos, de la cuenta 2710-PROVISIÓN PARA CONTINGENCIAS, previa cancelación de las cuentas de orden acreedoras constituidas.
Con la sentencia definitiva condenatoria, laudo arbitral o conciliación extrajudicial, la entidad contable pública procede al registro del crédito judicialmente reconocido como un pasivo real. En este sentido, la entidad verifica el valor provisionado con respecto al de la sentencia, laudo arbitral o conciliación extrajudicial, teniendo en cuenta las siguientes situaciones:
a) Si el valor liquidado es igual al pasivo estimado, registra un débito a la subcuenta 271005-Litigios o 271015- Mecanismos alternativos de solución de conflictos, según corresponda, de la cuenta 2710- PROVISIÓN PARA CONTINGENCIAS y un crédito a la subcuenta 246002-Sentencias o 246003-Laudos arbitrales y conciliaciones extrajudiciales, de la cuenta 2460-CRÉDITOS JUDICIALES.
b) Si el valor liquidado es mayor al pasivo estimado se debita la subcuenta 271005-Litigios o 271015- Mecanismos alternativos de solución de conflictos, de la cuenta 2710-PROVISIÓN PARA CONTINGENCIAS y se acredita la subcuenta 246002-Sentencias o 246003- Laudos arbitrales y conciliaciones extrajudiciales, de la cuenta 2460-CRÉDITOS JUDICIALES. La diferencia debe reconocerse en la subcuenta 580812-Sentencias o 580813-Laudos arbitrales y conciliaciones extrajudiciales, según corresponda, de la cuenta 5808-OTROS GASTOS ORDINARIOS.
c) Si el valor liquidado es menor al pasivo estimado se debita la subcuenta 271005-Litigios o 271015- Mecanismos alternativos de solución de conflictos, de la cuenta 2710-PROVISIÓN PARA CONTINGENCIAS y se acredita la subcuenta 246002-Sentencias o 246003- Laudos arbitrales y conciliaciones extrajudiciales, de la cuenta 2460-CRÉDITOS JUDICIALES. La diferencia debe reconocerse en la subcuenta 531401-Litigios o 531411-Mecanismos alternativos de solución de conflictos, según corresponda, de la cuenta 5314- PROVISIÓN PARA CONTINGENCIAS, si la provisión fue constituida en el mismo período contable. De lo contrario, la diferencia se registra como un ingreso extraordinario en la subcuenta 481008-Recuperaciones, de la cuenta 4810-EXTRAORDINARIOS.
Los gastos adicionales posteriores a la liquidación final del crédito judicial reconocido, cuando se trate de intereses, se registran con un débito en la subcuenta 580109- Créditos judiciales, de la cuenta 5801-INTERESES y un crédito en la subcuenta que corresponda, de la cuenta 2460-CRÉDITOS JUDICIALES. Las costas del proceso se registran en la subcuenta 511166-Costas procesales, de la cuenta 5111-GENERALES, si el proceso corresponde a gastos de administración, o en la subcuenta 521168- Costas procesales, de la cuenta 5211-GENERALES, si el proceso corresponde a gastos de operación, utilizando como contrapartida la subcuenta que corresponda, de la cuenta 2460-CRÉDITOS JUDICIALES.
4. PAGO DE LA SENTENCIA, LAUDO ARBITRAL O CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL
En el momento del pago de la sentencia, laudo arbitral o conciliación, la entidad contable pública debe registrar un débito en las subcuentas 246002-Sentencias o 246003- Laudos arbitrales y conciliaciones extrajudiciales, de la cuenta 2460-CRÉDITOS JUDICIALES y un crédito a la subcuenta 111005-Cuenta corriente, de la cuenta 1110- DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
Cuando el pago se realice a través de la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional-DGCPTN, esta Dirección registra un débito en la subcuenta que corresponda, de la cuenta 5705-FONDOS ENTREGADOS y un crédito a la subcuenta 110601-Cajero, de la cuenta 1106-CUENTA ÚNICA NACIONAL. Por su parte, la entidad contable pública registra un débito en las subcuentas 246002-Sentencias o 246003-Laudos arbitrales y conciliaciones extrajudiciales, de la cuenta 2460- CRÉDITOS JUDICIALES y un crédito en la subcuenta que corresponda, de la cuenta 4705-FONDOS RECIBIDOS.
5. SENTENCIA ABSOLUTORIA O A FAVOR DE LA ENTIDAD CONTABLE PÚBLICA
En el evento en que la sentencia definitiva exima de responsabilidad a la entidad contable pública demandada deben ajustarse las cuentas afectadas durante el proceso, ya sea cancelando las cuentas de orden o los pasivos estimados, según corresponda. Este mismo tratamiento aplica cuando desaparezcan las causas que originaron las controversias que preveían un laudo arbitral o una conciliación.
<Inciso modificado por el artículo 10 de la Resolución 558 de 2008. El nuevo texto es elsiguiente:> En este sentido, cuando el registro corresponde a cuentas de orden se acredita la subcuenta 990505- litigios y mecanismos alternativos de solución de conflictos, de la cuenta 9905-responsabilidades contingentes por contra (DB) y se debitan las subcuentas 912001- Civiles, 912002- laborales, 912004- administrativos, 912005- obligaciones fiscales o 912090- otros litigios y mecanismos alternativos de solución de conflictos, de la cuenta 9120- litigios y otros mecanismos alternativos de solución de conflictos, según corresponda.
Si los registros se han realizado en el pasivo estimado y las causas que originaron las controversias desaparecen o se conoce el fallo a favor, en el mismo período contable, se debita la subcuenta 271005-Litigios o 271015-Mecanismos alternativos de solución de conflictos, de la cuenta 2710-PROVISIÓN PARA CONTINGENCIAS y se acredita la subcuenta 531401-Litigios o 531411- Mecanismos alternativos de solución de conflictos, de la cuenta 5314-PROVISIÓN PARA CONTINGENCIAS, según corresponda. De lo contrario, el registro crédito será a la subcuenta 481008-Recuperaciones, de la cuenta 4810-EXTRAORDINARIOS.
6. RECONOCIMIENTO DE EMBARGOS
Si en desarrollo de los procesos judiciales se ordena una medida cautelar de embargo a las cuentas bancarias de la entidad contable pública o a las cuentas de la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional- DGCPTN, originada en procesos ejecutivos contra una entidad, que sea una sección del Presupuesto General de la Nación, deben reconocerse los efectos de la medida cautelar en cada una de sus fases, a saber: reconocimiento del embargo, apertura del título judicial y pago de la sentencia con título judicial.
Cuando las cuentas embargadas pertenecen a la entidad contable pública demandada y el banco informa a la entidad sobre la ejecución de la orden de embargo recibida de la autoridad judicial, indicando el valor y el demandante, la entidad contable pública debe revelar la condición de estos recursos en cuentas de orden deudoras, registrando un débito en la subcuenta 839006-Recursos embargados, de la cuenta 8390- OTRAS CUENTAS DEUDORAS DE CONTROL y un crédito en la subcuenta 891590-Otras cuentas deudoras de control, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR).
Cuando las cuentas embargadas corresponden a la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional-DGCPTN, y el banco le informa sobre la ejecución de la orden de embargo recibida de la autoridad judicial, indicando el valor y el demandante, la DGCPTN del Ministerio de Hacienda y Crédito Público revela la nueva condición de estos fondos, para lo cual reclasifica las subcuentas de la cuenta 1106- CUENTA ÚNICA NACIONAL, registrando un débito en la subcuenta 110605-Embargos Nación y un crédito en la subcuenta 110601-Cajero. Adicionalmente debe revelar los recursos embargados en las cuentas de orden anteriormente relacionadas.
7. APERTURA DEL TÍTULO JUDICIAL
Una vez se han embargado los recursos se constituye con ese dinero el título judicial, el cual representa una garantía para el pago de las pretensiones económicas del demandante. En consecuencia, se cancelan las cuentas de orden registradas en el reconocimiento del embargo, para lo cual la entidad contable pública o la DGCPTN, según corresponda, debita la subcuenta 891590- Otras cuentas deudoras de control, de la cuenta 8915- DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR) y acredita la subcuenta 839006-Recursos embargados, de la cuenta 8390-OTRAS CUENTAS DEUDORAS DE CONTROL.
Cuando las cuentas embargadas pertenecen a la entidad contable pública demandada, se registra un débito a la subcuenta 142503-Depósitos judiciales, de la cuenta 1425-DEPÓSITOS ENTREGADOS EN GARANTIA, con crédito a la subcuenta 111005-Cuenta corriente, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
Cuando las cuentas embargadas corresponden a la DGCPTN, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con la nota débito del banco, registra un derecho a cobrar en calidad de préstamo gubernamental a cargo de la entidad demandada, teniendo en cuenta que esta operación cambia la disposición de los fondos, al constituirse el título judicial a órdenes del juzgado responsable del proceso. En consecuencia, como la entidad demandada debe cancelar el préstamo a la DGCPTN, ésta última registra un débito a la subcuenta 141646-Préstamos Concedidos al Gobierno General, de la cuenta 1416-PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES, con crédito a la subcuenta 110605-Embargos Nación, de la cuenta 1106-CUENTA ÚNICA NACIONAL.
Por su parte, la entidad contable pública demandada del nivel nacional que sea una sección del Presupuesto General de la Nación, con el título judicial constituido con fondos de las cuentas de la DGCPTN, debita la subcuenta 142503-Depósitos judiciales, de la cuenta 1425-DEPÓSITOS ENTREGADOS EN GARANTÍA y acredita la subcuenta 230606-Créditos de tesorería, de la cuenta 2306-OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO INTERNO DE CORTO PLAZO.
Cuando el funcionario judicial ordene el levantamiento del embargo, por considerarlo improcedente, la DGCPTN o la entidad contable pública, según correspondan los recursos embargados, cancela las subcuentas de las cuentas registradas anteriormente, previa consignación de los recursos en las cuentas bancarias de la DGCPTN, si estos pertenecen a dicha dirección.
8. PAGO DE LA SENTENCIA CON EL TÍTULO JUDICIAL
Si el valor de la liquidación final del crédito judicialmente reconocido determinado en sentencia condenatoria se cancela con el título judicial constituido, puede presentarse que el valor del título sea igual, menor o mayor que la liquidación definitiva:
a. Cuando el valor de la sentencia es igual al valor del título judicial, se registra un débito en la subcuenta 246002-Sentencias, de la cuenta 2460-CRÉDITOS JUDICIALES, con crédito a la subcuenta 142503- Depósitos judiciales, de la cuenta 1425-DEPÓSITOS ENTREGADOS EN GARANTÍA.
b. Cuando el valor de la sentencia es mayor al valor del título judicial se cancela el pasivo debitando la subcuenta 246002-Sentencias, de la cuenta 2460- CRÉDITOS JUDICIALES y acreditando la subcuenta 142503-Depósitos judiciales, de la cuenta 1425- DEPÓSITOS ENTREGADOS EN GARANTÍA y la diferencia se gira, para lo cual se acredita la subcuenta 111005- Cuenta corriente, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
Si la diferencia la gira la DGCPTN se registra un débito en la subcuenta 570508-Funcionamiento, de la cuenta 5705-FONDOS ENTREGADOS y un crédito a la subcuenta 110601-Cajero, de la cuenta 1106- CUENTA ÚNICA NACIONAL. Por su parte, la entidad contable pública registra un débito en la subcuenta 246002-Sentencias, de la cuenta 2460-CRÉDITOS JUDICIALES y un crédito en la subcuenta 142503- Depósitos judiciales, de la cuenta 1425-DEPÓSITOS ENTREGADOS EN GARANTÍA, y la diferencia girada por la DGCPTN la registra en la subcuenta 470508- Funcionamiento, de la cuenta 4705-FONDOS RECIBIDOS.
c. Si el valor de la sentencia es menor al valor del título judicial se registra un débito en la subcuenta 246002-Sentencias, de la cuenta 2460-CRÉDITOS JUDICIALES y un crédito a la subcuenta 142503- Depósitos judiciales, de la cuenta 1425-DEPÓSITOS ENTREGADOS EN GARANTÍA, quedando un saldo en esta última cuenta, que se cancelará cuando se reciba el efectivo. Para el efecto se registra un débito en la subcuenta 111005-Cuenta corriente, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS, con crédito en la subcuenta 142503- Depósitos judiciales, de la cuenta 1425-DEPÓSITOS ENTREGADOS EN GARANTÍA.
Tratándose de entidades del nivel nacional, donde el título judicial fue constituido con recursos de la DGCPTN, el sobrante se consigna en la cuenta única nacional y, en consecuencia, la entidad contable pública abona al préstamo gubernamental recibido, por lo cual se debita la subcuenta 230606-Créditos de tesorería, de la cuenta 2306-OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO INTERNO DE CORTO PLAZO y se acredita la subcuenta 142503- Depósitos judiciales, de la cuenta 1425-DEPÓSITOS ENTREGADOS EN GARANTÍA.
Por su parte, si la entidad contable pública pertenece al SIIF aplica el procedimiento de recaudo definido en el sistema SIIF para cancelar el saldo del depósito judicial. Adicionalmente, abona al préstamo con un débito a la subcuenta 230606-Créditos de tesorería, de la cuenta 2306-OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO INTERNO DE CORTO PLAZO, con crédito a la subcuenta 472211- Sobrantes de títulos judiciales, de la cuenta 4722- OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECTIVO. De otro lado, la DGCPTN aplica el procedimiento de recaudo definido en el sistema y adicionalmente afecta el préstamo gubernamental otorgado a la entidad contable pública, por lo cual debita la subcuenta 572211-Sobrantes de títulos judiciales, de la cuenta 5722-OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECTIVO y acredita la subcuenta 141646- Préstamos concedidos al gobierno general, de la cuenta 1416-PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES.
9. CANCELACIÓN DEL CRÉDITO DE TESORERÍA
En todos los casos, cuando el pago de la sentencia se haya realizado con el título judicial constituido con recursos de la DGCPTN, debe cancelarse el crédito de tesorería originado en el embargo, para lo cual la entidad contable pública del nivel nacional registra un débito en la subcuenta 230606-Créditos de tesorería, de la cuenta 2306-OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO INTERNO DE CORTO PLAZO y un crédito en la subcuenta 472207-Cancelación de sentencias y conciliaciones, de la cuenta 4722-OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECTIVO.
Por su parte, la DGCPTN del Ministerio de Hacienda y Crédito Público registra un débito en la subcuenta 572207-Cancelación de sentencias y conciliaciones, de la cuenta 5722-OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECTIVO y un crédito a la subcuenta 141646-Préstamos concedidos al gobierno general, de la cuenta 1416-PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES.
10. REVELACIÓN EN NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES
Debe revelarse en notas a los estados contables lo siguiente:
a) El valor pagado por sentencias, conciliaciones y laudos arbitrales, incluyendo los intereses y costas del proceso.
b) El valor registrado como gasto por sentencias, conciliaciones y laudos arbitrales.
c) La metodología aplicada para el registro del pasivo estimado.
d) El estado de los procesos.
PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN
DE LOS ACTIVOS INTANGIBLES.
1.- GENERALIDADES
Son activos intangibles aquellos bienes inmateriales, o sin apariencia física, que puedan identificarse, controlarse, de cuya utilización o explotación pueden obtenerse beneficios económicos futuros o un potencial de servicios, y su medición monetaria sea confiable.
Un activo intangible produce beneficios económicos futuros para la entidad contable pública cuando está en la capacidad de generar ingresos, o cuando el potencial de servicios que posea genere una reducción de costos.
Un activo intangible es controlable siempre que la entidad contable pública tenga el poder de obtener los beneficios económicos futuros que procedan de los recursos que se derivan del mismo, y además pueda restringir el acceso de terceras personas a tales beneficios; puede identificarse cuando es susceptible de ser separado o escindido de la entidad contable pública y vendido, cedido, dado en operación, arrendado o intercambiado; o cuando surge de derechos legales, con independencia de que esos derechos sean transferibles o separables de la entidad o de otros derechos u obligaciones; y su medición monetaria es confiable cuando exista evidencia de transacciones para el mismo activo u otros similares, o la estimación del valor dependan de variables que se pueden medir.
Para efectos del presente procedimiento los activos intangibles son de tres clases: adquiridos, desarrollados y formados.
2. ACTIVOS INTANGIBLES ADQUIRIDOS
Son aquellos que obtiene la entidad contable pública de un tercero, que puede ser otra entidad contable pública o una entidad privada.
3. ACTIVOS INTANGIBLES DESARROLLADOS
Son aquellos que genera internamente la entidad contable pública, y cumplen los criterios para su reconocimiento. Para esta clase de activos deben identificarse las fases de investigación y desarrollo. La primera fase comprende todo aquel estudio original y planificado que realiza la entidad contable pública con la finalidad de obtener nuevos conocimientos científicos o tecnológicos. La fase de desarrollo consiste en la aplicación de los resultados de la investigación, o de cualquier otro tipo de conocimiento científico, a un plan o diseño en particular para la producción de materiales, productos, métodos, procesos o sistemas nuevos o sustancialmente mejorados, antes del comienzo de su producción o utilización comercial.
4. ACTIVOS INTANGIBLES FORMADOS
Son aquellos que ha obtenido y consolidado la entidad contable pública a través del tiempo a partir de su reconocimiento, que le genera ventajas comparativas frente a otras entidades, sean éstas públicas o privadas.
5. REGISTRO CONTABLE DEL RECONOCIMIENTO COMO GASTO
En el evento de que un intangible no pueda identificarse, controlarse, que no genere beneficios económicos futuros y su medición monetaria no sea confiable, las erogaciones necesarias para su adquisición se reconocen como gasto. En este caso se debitan las subcuentas 511165-Intangibles o 521164-Intangibles, de las cuentas 5111-GENERALES y 5211-GENERALES, respectivamente, acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 2401- ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS NACIONALES, o 2406-ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL EXTERIOR, según corresponda.
Los desembolsos correspondientes a la fase de investigación para desarrollar un activo intangible se reconocerán contablemente como gastos, para lo cual la entidad contable pública debitará las subcuentas 511106-Estudios y proyectos o 521106-Estudios y proyectos, de las cuentas 5111-GENERALES y 5211- GENERALES, respectivamente, y acreditará la subcuenta respectiva de la cuenta que corresponda al tipo pasivo en que se incurre para realizar dichas investigaciones.
6. REGISTRO CONTABLE DEL RECONOCIMIENTO COMO ACTIVO
Los desembolsos incurridos en la fase de desarrollo serán tratados como costo del activo intangible, siempre que cumplan con las condiciones para su reconocimiento. En este caso la entidad contable pública debitará la subcuenta correspondiente, de la cuenta 1970- INTANGIBLES, y acreditará la subcuenta respectiva de la cuenta que corresponda al tipo pasivo en que se incurre para crear, producir y preparar dicho activo intangible.
La adquisición de activos intangibles se registra debitando la subcuenta correspondiente de la cuenta 1970- INTANGIBLES, y acreditando la subcuenta respectiva, de la cuenta 2401-ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS NACIONALES, o 2406-ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL EXTERIOR, según el tipo de operación.
Cuando una empresa pública determine que un activo intangible formado satisfaga los requerimientos para su reconocimiento, dicho activo podrá ser incorporado en el balance general. En este caso se procederá a debitar la subcuenta respectiva, de la cuenta 1970-INTANGIBLES, y a acreditar la subcuenta que corresponda, de la cuenta 3237-SUPERÁVIT POR FORMACIÓN DE INTANGIBLES. 7. VIDA ÚTIL DE LOS ACTIVOS INTANGIBLES La vida útil de los activos intangibles puede ser indefinida o finita. Es indefinida cuando no exista un límite previsible al período que se espera que el activo genere beneficios económicos futuros. Al contrario, la vida útil del activo intangible es finita cuando puede estimarse el período durante el cual la entidad contable pública recibirá beneficios económicos o un potencial de servicios.
8. AMORTIZACIÓN DE LOS ACTIVOS INTANGIBLES
Los activos intangibles con vidas útiles finitas se amortizan durante el lapso durante el cual la entidad contable pública espera percibir beneficios económicos o el potencial de servicios. En tanto que los activos intangibles con vidas útiles indefinidas no se amortizan.
El valor amortizable de un activo intangible con una vida útil finita se distribuirá sobre una base sistemática a lo largo de la vida útil estimada. Dicha amortización comenzará cuando el activo esté disponible para su utilización, es decir, cuando se encuentre en la ubicación y condiciones necesarias para que pueda funcionar.
En las entidades de gobierno general, la amortización de activos intangibles no asociados a la producción de bienes o servicios individualizables se registran debitando la subcuenta 312807-Amortización de Otros activos o 327006-Amortización de otros activos, de las cuentas 3128-PROVISIONES, AGOTAMIENTO, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES (DB); y 3270- PROVISIONES, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES (DD), respectivamente; acreditando la subcuenta correspondiente, de la cuenta 1975-AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE INTANGIBLES (CR).
En las empresas públicas, y en las entidades de gobierno general donde existan activos intangibles asociados a la producción de bienes y servicios individualizables, la amortización de dichos activos se registra debitando la subcuenta respectiva de las cuentas que conforman el grupo 71-PRODUCCIÓN DE BIENES, y acreditando la subcuenta correspondiente de la cuenta 1975- AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE INTANGIBLES (CR).
En las empresas públicas donde existan activos intangibles no asociados directamente a la producción de bienes y servicios individualizables, la amortización de dichos activos se registra debitando la subcuenta respectiva de la cuenta 5345-AMORTIZACIÓN DE INTANGIBLES, y acreditando la subcuenta correspondiente de la cuenta 1975-AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE INTANGIBLES (CR).
9. RECONOCIMIENTO DE AJUSTES
Cuando un activo intangible no satisfaga los requerimientos para su reconocimiento, pero haya sido reconocido previamente como un activo, éste deberá ser retirado del balance general. En este sentido, si se trata de una empresa pública societaria, se debita la subcuenta 325904-Otros bienes y derechos, de la cuenta 3259-EFECTO POR LA APLICACIÓN DEL RÉGIMEN DE CONTABILIDAD PÚBLICA, se debita la subcuenta correspondiente de la cuenta 1975-AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE INTANGIBLES (CR), en el evento de que al activo intangible se le hubiera calculado amortización, y se acredita la subcuenta respectiva de la cuenta 1970- INTANGIBLES.
Para el mismo caso, cuando se trate de una empresa pública no societaria, se debita la subcuenta 320801- Capital fiscal, de la cuenta 3208-CAPITAL FISCAL, se debita la subcuenta correspondiente de la cuenta 1975- AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE INTANGIBLES (CR), en el evento de que al activo intangible se le hubiera calculado amortización, y se acredita la subcuenta respectiva de la cuenta 1970-INTANGIBLES.
Si se trata de una entidad de gobierno general, se debita la subcuenta respectiva de la cuenta 3105- CAPITAL FISCAL o la subcuenta que corresponda de la cuenta 3208-CAPITAL FISCAL, se debita la subcuenta correspondiente de la cuenta 1975-AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE INTANGIBLES (CR), en el evento de que al activo intangible se le hubiera calculado amortización, y se acredita la subcuenta respectiva de la cuenta 1970- INTANGIBLES.
<Inciso sustituido por el artículo 5 de la Resolución 145 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> En las empresas públicas, cuando los desembolsos para desarrollar un activo intangible satisfagan los criterios para su reconocimiento como activo, pero estos se hubieran reconocido previamente como gastos, la entidad contable pública deberá proceder a incorporarlo en su balance general, para lo cual debitará la subcuenta respectiva de la cuenta 1970-Intangibles, y acreditará la subcuenta 325526-Derechos, de la cuenta 3255-Patrimonio Institucional Incorporado.
<Inciso sustituido por el artículo 5 de la Resolución 145 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> En las entidades de gobierno general, cuando los desembolsos para desarrollar un activo intangible satisfagan los criterios para su reconocimiento como activo, pero estos se hubieren reconocido previamente como gastos, la entidad contable pública deberá proceder a incorporarlo en su balance general, para lo cual debitará la subcuenta respectiva de la cuenta 1970-Intangibles, y acreditará la subcuenta 312526-Derechos, de la cuenta 3125-Patrimonio Público Incorporado, o la subcuenta 325526-Derechos, de la cuenta 3255-Patrimonio Institucional Incorporado, según corresponda.
10. REVELACIÓN EN NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES
Debe revelarse en notas a los estados contables:
a) El método utilizado para la amortización de los activos intangibles, así como su vida útil estimada.
b) Si las vidas útiles de los activos intangibles son finitas o indefinidas.
c) Razones para estimar que la vida útil de un activo intangible es indefinida, en el evento de que así se llegue a establecer.
d) Los activos intangibles que se hayan desarrollado, formado y adquirido.
PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO CONTABLE DE LAS OPERACIONES DERIVADAS DEL CUMPLIMIENTO DE GARANTÍAS Y DE LA ASUNCIÓN DE OBLIGACIONES CREDITICIAS ORIGINADAS EN OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO.
1. CUMPLIMIENTO DE GARANTÍAS DE OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO
La entidad contable pública que actuando en calidad de garante o deudor solidario deba responder, total o parcialmente, por una operación de crédito público a cargo de otra entidad contable pública, debita la subcuenta 141646-Préstamos concedidos al gobierno general o 141647-Préstamos concedidos a las empresas no financieras, de la cuenta 1416- PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES OTORGADOS, y acredita la subcuenta que identifique la operación que provee el financiamiento originalmente adquirido por la entidad que incumplió con su pago, de la cuenta que corresponda, del grupo 22-OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO Y FINANCIAMIENTO CON BANCA CENTRAL. Los intereses y comisiones se reconocen de conformidad con los términos pactados.
También debe cancelar las cuentas de orden relacionadas con las garantías otorgadas y las contragarantías recibidas. En el primer caso, la entidad contable pública debita la subcuenta 912528-Al gobierno general o 912529-A las empresas, de la cuenta 9125-DEUDA GARANTIZADA y acredita la subcuenta 990506-Deuda
garantizada, de la cuenta 9905-RESPONSABILIDADES CONTINGENTES POR CONTRA (DB), por el valor de la garantía. En el segundo caso, es decir para las contragarantías recibidas acredita la subcuenta 812413-Gobierno general o 812414-Empresas, de la cuenta 8124-CONTRAGARANTÍAS RECIBIDAS y debita la subcuenta 890508-Contragarantías recibidas, de la cuenta 8905-DERECHOS CONTINGENTES POR CONTRA (CR), por el valor de la contragarantía.
Por su parte, la entidad que ha incumplido con el pago debita la subcuenta y cuenta que correspondan del grupo 22-OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO Y FINANCIAMIENTO CON BANCA CENTRAL, y acredita la subcuenta 230612-Préstamos del gobierno general, de la cuenta 2306-OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO INTERNAS DE CORTO PLAZO, o la subcuenta 230706- Préstamos del gobierno general, de la cuenta 2307- OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO INTERNAS DE LARGO PLAZO. Los intereses y comisiones se reconocen de conformidad con los términos pactados.
Si de conformidad con las disposiciones normativas la entidad contable pública condona el préstamo gubernamental otorgado, debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 3105-CAPITAL FISCAL y acredita la subcuenta 141646-Préstamos concedidos al gobierno general o la subcuenta 141647-Préstamos concedidos a las empresas no financieras, de la cuenta 1416-PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES OTORGADOS. La entidad que se libera del pago de la obligación debita la subcuenta 230612-Préstamos del gobierno general,
de la cuenta 2306-OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO INTERNAS DE CORTO PLAZO o la subcuenta 230706- Préstamos del gobierno general, de la cuenta 2307- OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO INTERNAS DE LARGO PLAZO y acredita la subcuenta que corresponda de las cuentas 3105-CAPITAL FISCAL o 3208-CAPITAL FISCAL. Los intereses y comisiones se reconocen de conformidad con los términos pactados.
2. ASUNCIÓN DE OBLIGACIONES CREDITICIAS POR OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO A CAMBIO DE ACTIVOS
Teniendo en cuenta que las disposiciones legales establecen que en la asunción de obligaciones crediticias la entidad que las asume, recibe activos del deudor, la entidad que asume debita las subcuentas que identifiquen los activos recibidos y acredita la subcuenta que identifique la operación que provee el financiamiento, de
la cuenta que corresponda, del grupo 22-OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO Y FINANCIAMIENTO CON BANCA CENTRAL. Los intereses y comisiones se reconocen de conformidad con los términos pactados.
Si posteriormente la entidad que asume las obligaciones constituye una fiducia para la administración de los bienes, debita la subcuenta 192001-Bienes muebles entregados en administración y/o 192002-Bienes inmuebles entregados en administración, de la cuenta 1920-BIENES ENTREGADOS A TERCEROS y acredita la subcuenta de la cuenta que identifique el activo entregado.
No obstante, es posible que la entidad contable pública que asume la obligación constituya la fiducia en forma inmediata, por lo cual debita la subcuenta 192001-Bienes muebles entregados en administración y/o 192002- Bienes inmuebles entregados en administración, de la cuenta 1920-BIENES ENTREGADOS A TERCEROS y acredita la subcuenta que identifique la operación que provee el financiamiento, de la cuenta que corresponda del grupo 22-OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO Y FINANCIAMIENTO CON BANCA CENTRAL.
Por su parte, la entidad contable pública que entrega la obligación debita la subcuenta y cuenta que correspondan del grupo 22-OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO Y FINANCIAMIENTO CON BANCA CENTRAL, con crédito a las subcuentas de las cuentas que registren los activos entregados. Los intereses y comisiones se reconocen de conformidad con los términos pactados.
PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DEL PASIVO PENSIONAL, DE LA RESERVA FINANCIERA QUE LO SUSTENTA Y DE LOS GASTOS RELACIONADOS.
<Capítulo eliminado por el artículo 6 de la Resolución 633 de 2014>
PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN
DE LAS OPERACIONES INTERINSTITUCIONALES.
1. PAGOS A TRAVÉS DE LA TESORERÍA CENTRALIZADA
La tesorería centralizada es la dependencia encargada de administrar los recursos financieros de la administración central, ya sea del nivel nacional o territorial. Esta tesorería realiza los recaudos de los ingresos y los giros a la entidad contable pública del mismo nivel. Así mismo, administra los excedentes de liquidez.
Con el flujo de los recursos, las entidades contables públicas que intervienen deben estar informadas para corresponder las operaciones recíprocas de los fondos entregados y recibidos.
2. PAGOS DE LAS TESORERÍAS CENTRALIZADAS DEL NIVEL TERRITORIAL
Con el giro de los recursos, la tesorería centralizada debita las subcuentas de la cuenta 5705-FONDOS ENTREGADOS y acredita las subcuentas de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
En las entidades contables públicas, los recursos los recibe la tesorería interna de la entidad, para efectuar los pagos a los beneficiarios finales. En este caso, se debitan las subcuentas de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y se acreditan las subcuentas de la cuenta 4705- FONDOS RECIBIDOS. Con el giro de los recursos a los beneficiarios finales se debitan las subcuentas y cuentas del pasivo relacionado y se acreditan las subcuentas de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
3. PAGOS DE LA DIRECIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO Y DEL TESORO NACIONAL-DGCPTN
Con el giro de los recursos, la DGCPTN debita las subcuentas de la cuenta 5705-FONDOS ENTREGADOS y acredita la subcuenta 110601-Cajero, de la cuenta 1106-CUENTA ÚNICA NACIONAL.
Cuando las entidades contables públicas reciban los recursos a través de la tesorería interna, para efectuar los pagos a los beneficiarios finales, debitan las subcuentas de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acreditan las subcuentas de la cuenta 4705-FONDOS RECIBIDOS. Con el giro de los recursos a los beneficiarios finales debitan las subcuentas y cuentas del pasivo relacionado y se acreditan las subcuentas de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
En el evento en que las entidades contables públicas tengan definido el pago a beneficiario final por parte de la DGCPTN, cancelan la obligación debitando las subcuentas y cuentas del pasivo que corresponda y acreditando la subcuenta relacionada, de la cuenta 4705-FONDOS RECIBIDOS.
De otra parte, si se tiene pactado un anticipo o los recursos son entregados en administración, la entidad contable pública que ejecuta el presupuesto debita la subcuenta, de la cuenta 1420-AVANCES Y ANTICIPOS ENTREGADOS o 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN, según corresponda, y acredita la subcuenta relacionada, de la cuenta 4705-FONDOS RECIBIDOS.
4. REINTEGROS
Los reintegros corresponden a los recursos consignados en las cuentas de la tesorería centralizada, originados en la restitución de fondos por parte de un beneficiario final o de la entidad contable pública, con ocasión de la devolución de bienes y servicios adquiridos.
Lo anterior implica que previamente la entidad contable pública haya registrado la disminución de los saldos de las subcuentas de las cuentas de activos, gastos y obligaciones que fueron afectadas con la ejecución presupuestal.
Esta disminución de saldos se reconoce debitando las subcuentas, de las cuentas del pasivo originadas en la obligación y acreditando las subcuentas de las cuentas de activo inicialmente registradas, o las subcuentas de las cuentas de gastos, según corresponda.
Tratándose de reintegros por pagos al beneficiario final, la entidad contable pública constituye un deudor a cargo del beneficiario del pago, debitando la subcuenta 147090-Otros deudores, de la cuenta 1470-OTROS DEUDORES y acreditando las subcuentas de las cuentas de activo inicialmente registradas o, las subcuentas de las cuentas de gastos, según corresponda.
5. REINTEGROS A LAS TESORERÍAS CENTRALIZADAS DEL NIVEL TERRITORIAL
Con el reintegro de los recursos girados en la vigencia, la entidad contable pública debita las subcuentas de la cuenta 4705-FONDOS RECIBIDOS y acredita las subcuentas de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
Por su parte, la tesorería centralizada debita las subcuentas de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acredita las subcuentas de la cuenta 5705-FONDOS ENTREGADOS.
En el caso de los reintegros de fondos girados en la vigencia anterior, la entidad contable pública debita las subcuentas de la cuenta 5705-FONDOS ENTREGADOS y acredita las subcuentas de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
Mientras que, la tesorería centralizada debita las subcuentas de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acredita las subcuentas de la cuenta 4705-FONDOS RECIBIDOS.
6. REINTEGROS A LA DIRECIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO Y DEL TESORO NACIONAL-DGCPTN
Con el reintegro de los recursos girados en la vigencia, la entidad contable pública debita las subcuentas de la cuenta 4705-FONDOS RECIBIDOS y acredita las subcuentas de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS. Tratándose de entidades donde la DGCPTN tiene definido pagar directamente a los beneficiarios finales, debita la subcuenta que corresponda de la cuenta 4705-FONDOS RECIBIDOS, y acredita la subcuenta 147090-Otros deudores, de la cuenta 1470-OTROS DEUDORES.
Por su parte, la DGCPTN debita las subcuentas de la cuenta 1106-CUENTA ÚNICA NACIONAL y acredita las subcuentas de la cuenta 5705-FONDOS ENTREGADOS, efectuando la reclasificación de la subcuenta afectada con el recaudo.
En el caso de los reintegros de fondos girados en la vigencia anterior, la entidad contable pública debita las subcuentas de la cuenta 5705-FONDOS ENTREGADOS y acredita las subcuentas de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS. Tratándose de entidades donde la DGCPTN tiene definido pagar directamente a los beneficiarios finales, debita la cuenta 5705-FONDOS ENTREGADOS, subcuenta que corresponda y acredita la subcuenta 147090-Otros deudores, de la cuenta 1470- OTROS DEUDORES.
Mientras que, la DGCPTN debita las subcuentas de la cuenta 1106-CUENTA ÚNICA NACIONAL y acredita las subcuentas de la cuenta 4705-FONDOS RECIBIDOS, efectuando la reclasificación de la subcuenta afectada con el recaudo.
7. OPERACIONES DE ENLACE
Las operaciones de enlace se utilizan para el registro del recaudo, por parte de la DGCPTN, de los ingresos causados por las entidades contables públicas y, en consecuencia, sirven en las entidades para la cancelación de los derechos originados en los ingresos.
También se utilizan para contabilizar los recaudos por responsabilidades fiscales, que realizan las tesorerías territoriales de la administración central.
8. RECAUDOS
Las tesorerías que recaudan los recursos por cuenta de las entidades contables públicas, en cada nivel, utilizan las operaciones de enlace.
9. RECAUDOS EN LAS TESORERÍAS DEL NIVEL TERRITORIAL
Cuando la tesorería de la administración central del nivel territorial recaude los recursos por responsabilidades fiscales, reconocidas por otras entidades contables públicas del mismo nivel, la tesorería registra un débito a la subcuenta 111005-Cuenta corriente, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS, y un crédito en la subcuenta 472080-Recaudos, de la cuenta 4720-OPERACIONES DE ENLACE.
Por su parte, la entidad contable pública del nivel territorial que reconoció la responsabilidad fiscal, para disminuir el derecho causado, debita la subcuenta 572080-Recaudos, de la cuenta 5720-OPERACIONES DE ENLACE y acredita la subcuenta 147084-Responsabilidades Fiscales, de la cuenta 1470-OTROS DEUDORES, conforme lo definido en el procedimiento de Responsabilidades.
10. Recaudos en la DGCPTN y Reclasificación en la entidad Contable Pública <Numeral modificado por el artículo 3 de la Resolución 557 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Los recursos recaudados en las cuentas bancarias de la DGCPTN se registran debitando las subcuentas que correspondan, de la cuenta 1106- Cuenta Unica Nacional y acreditando la subcuenta 472080- Recaudos, de la cuenta 4720- Operaciones de Enlace.
Por su parte, la entidad contable pública debita la subcuenta 572080- Recaudos, de la cuenta 5720-Operaciones de Enlace y acredita las subcuentas y cuentas, de los grupos 13- Rentas por cobrar o 14- Deudores, según corresponda.
Los recaudos que al final del período contable no hayan sido reclasificados se reconocen, en la entidad contable pública que tiene registrado el derecho, debitando la subcuenta 572080-Recaudos, de la cuenta 5720- Operaciones de enlace y acreditando la subcuenta 290580-Recaudos por clasificar, de la cuenta 2905- Recaudos a favor de terceros. Este pasivo permanecerá hasta cuando la entidad reconozca la disminución de los derechos causados.
Los recaudos que al final del período contable hayan sido cargados a una entidad contable pública y que no correspondan a derechos de esta, deben reclasificarse temporalmente en la DGCPTN debitando la subcuenta 472080- Recaudos de la cuenta 4720- Operaciones de enlace y acreditando la subcuenta 290580- Recaudos por clasificar de la cuenta 2905-Recaudos a favor de terceros.
Al inicio del siguiente período contable, la DGCPTN debita la subcuenta 290580- recaudos por clasificar de la cuenta 2905- Recaudos a favor de terceros y acredita la subcuenta 472080- Recaudos de la cuenta 4720- Operaciones de enlace, cargando los recaudos a la entidad contable pública que tenga registrado el derecho.
11. DEVOLUCIONES DE RECAUDOS EN LA DGCPTN
Las devoluciones son los recursos girados por la tesorería centralizada al contribuyente o beneficiario, originadas en recaudados por valores en exceso de consignaciones, consignaciones erradas en cuentas bancarias y mayores valores liquidados en las declaraciones tributarias o actos administrativos que determinan la obligación, entre otras.
En este caso, la DGCPTN registra el giro de los recursos al contribuyente o beneficiario debitando la subcuenta 572081-Devoluciones de ingresos, de la cuenta 5720- OPERACIONES DE ENLACE y acreditando la subcuenta 110601-Cajero, de la cuenta 1106-CUENTA ÚNICA NACIONAL.
La entidad contable pública del nivel nacional que reconoció el saldo a favor registra el giro de estos recursos a través de la DGCPTN, debitando las subcuentas 242512-Saldos a favor de contribuyentes o 242513-Saldos a favor de beneficiarios, de la cuenta 2425-ACREEDORES, según corresponda, y acreditando la subcuenta 472081-Devoluciones de ingresos, de la cuenta 4720-OPERACIONES DE ENLACE. Lo anterior teniendo en cuenta que las devoluciones las efectúa directamente la DGCPTN al beneficiario final.
12. OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECTIVO
Corresponden a las operaciones realizadas entre entidades contables públicas sin que se requiera manejo de efectivo, tales como el cruce de cuentas, pago de obligaciones con títulos y operaciones no monetizadas con recursos de crédito externo.
13. CRUCE DE CUENTAS
El cruce de cuentas consiste en extinguir derechos y obligaciones expresas y exigibles a la fecha de cruce, de conformidad con las disposiciones normativas que las autoricen, entre entidades contables públicas que son recíprocamente deudoras y acreedoras.
14. CRUCE DE CUENTAS ENTRE ENTIDADES CONTABLES PÚBLICAS POR ACREENCIAS A FAVOR DE UN TERCERO QUE TIENE A SU CARGO OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
Para una persona natural o jurídica que tiene un saldo a favor como consecuencia de sentencias y conciliaciones judiciales, en una entidad contable pública que ejecuta recursos del presupuesto general de la Nación y, a su vez esta persona tiene obligaciones tributarias con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-DIAN, procede el cruce de cuentas.
El cruce de cuentas se realiza entre las entidades contables públicas que tienen registrado el pasivo, por una parte y la renta por cobrar, por otra.
Para el efecto, la entidad contable pública acreedora, debita el pasivo por el monto autorizado, en la subcuenta 246002- Sentencias o 246003-Laudos arbitrales y conciliaciones extrajudiciales, de la cuenta 2460-CRÉDITOS JUDICIALES y acredita la subcuenta 472201-Cruce de cuentas, de la cuenta 4722-OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECTIVO, con base en el acto administrativo expedido por la DIAN.
Por su parte, la DIAN cancela la renta por cobrar registrada a cargo de la persona natural o jurídica beneficiaria de la sentencia y conciliación judicial, con una operación de enlace con la entidad contable pública que tiene la acreencia. En este sentido, debita la subcuenta 572201-Cruce de cuentas, de la cuenta 5722-OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECTIVO y acredita las subcuentas, dependiendo del tipo de obligación tributaria y la naturaleza del impuesto, de las cuentas 1305-VIGENCIA ACTUAL o 1310-VIGENCIA ANTERIOR, del grupo 13-RENTAS POR COBRAR, según corresponda.
Como resultado final de estas operaciones, la persona natural o jurídica beneficiaria de la sentencia y conciliación judicial, no recibe dinero a cambio, por el cruce con el saldo a cargo por impuestos.
15. CRUCE DE CUENTAS ENTRE ENTIDADES CONTABLES PÚBLICAS POR EL PAGO DE SERVICIOS PÚBLICOS E IMPUESTO PREDIAL
Cuando de conformidad con la normativa vigente, aplique el cruce de cuentas de operaciones en las que intervienen entidades del nivel nacional y territorial, deben efectuarse los registros contables ilustrados con el siguiente ejemplo:
Una entidad contable pública del nivel nacional que ejecuta recursos del presupuesto general de la Nación (A) tiene obligaciones por concepto de servicios públicos o impuesto predial con una entidad contable pública del nivel territorial (B). La entidad (B) tiene obligaciones con otra entidad del nivel nacional (C) que ejecuta recursos del presupuesto general de la Nación y (C) tiene a su vez obligaciones por créditos presupuestarios con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (D). La relación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público (D) con la entidad (A) es que debe proveerle los recursos para la ejecución del presupuesto de gastos por concepto de servicios públicos o impuesto predial.
De acuerdo con lo anterior, la entidad (A) cancela la obligación debitando la subcuenta 242504-Servicios públicos, de la cuenta 2425-ACREEDORES o 244003- Impuesto predial unificado, de la cuenta 2440- IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS POR PAGAR, según corresponda, y acreditando la subcuenta 472201- Cruce de cuentas, de la cuenta 4722-OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECTIVO.
La entidad (B), que tiene registrado el derecho con la entidad (A) y a su vez tiene una obligación con la entidad (C), los cancela debitando la subcuenta o cuenta del pasivo que corresponda a la operación autorizada para el cruce de cuentas y acreditando las subcuentas respectivas de la cuenta 1408-SERVICIOS PÚBLICOS, o las subcuentas 130507-Impuesto predial unificado o 131007-Impuesto predial unificado, de las cuentas 1305-VIGENCIA ACTUAL o 1310-VIGENCIAS ANTERIORES, del grupo 13-RENTAS POR COBRAR, según corresponda.
La entidad (C) cancela el derecho con la entidad (B) y la obligación constituida a favor de la entidad (D), para lo cual debita las subcuentas y cuentas del grupo 22- OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO Y FINANCIAMIENTO CON BANCA CENTRAL que correspondan a la operación autorizada para el cruce de cuentas y acredita las subcuentas y cuentas del activo, que correspondan al derecho.
Por su parte, la entidad (D) que tiene registrado un derecho por cobrar a la entidad (C), lo cancela debitando la subcuenta 572201-Cruce de cuentas, de la cuenta 5722-OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECTIVO y acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1416-PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES OTORGADOS.
Como resultado de las operaciones anteriores, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (D) no gira recursos para el pago de los gastos por concepto de servicios públicos e impuesto predial, a la entidad (A). Por tanto, las Operaciones sin Flujo de Efectivo se constituyen en operaciones reciprocas.
16. CRUCE DE CUENTAS ENTRE ENTIDADES CONTABLES PÚBLICAS DEL NIVEL NACIONAL, PARA EL PAGO DE LA CUOTA DE FISCALIZACIÓN DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CON RECURSOS DE LA NACIÓN
Las entidades contables públicas que financian la cuota de fiscalización con recursos de la Nación, tienen una obligación por este concepto, con la Contraloría General de la República-CGR y a su vez ésta última tiene el derecho, que se puede cruzar con la obligación de la entidad, toda vez que por política de la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional-DGCPTN no se realiza flujo de recursos tanto para el recaudo de la cuota, como para el giro de la misma.
Para el efecto, la CGR registra el derecho con un débito en la subcuenta 140161-Cuota de Fiscalización y Auditaje, de la cuenta 1401-INGRESOS NO TRIBUTARIOS y un crédito en la subcuenta 411062-Cuota de fiscalización y auditaje, de la cuenta 4110-NO TRIBUTARIOS. Para cancelar el derecho, a través del cruce de cuentas, debita la subcuenta 572203-Cuota de fiscalización y Auditaje, de la cuenta 5722-OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECTIVO y acredita la subcuenta 140161-Cuota de fiscalización y auditaje, de la cuenta 1401-INGRESOS NO TRIBUTARIOS.
Por su parte, la entidad contable pública contribuyente registra la obligación con un débito en la subcuenta 512002-Cuota de fiscalización y auditaje, de la cuenta 5120-IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS y un crédito en la subcuenta 244014-Cuota de fiscalización y auditaje, de la cuenta 2440-IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS POR PAGAR. Posteriormente, efectúa el cruce de cuentas cancelando el pasivo registrado, con un débito en la subcuenta 244014-Cuota de fiscalización y auditaje, de la cuenta 2440-IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS POR PAGAR y un crédito en la subcuenta 472203-
Cuota de Fiscalización y auditaje, de la cuenta 4722- OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECTIVO.
Cuando se trate de la cuota de fiscalización que le corresponde pagar al Ministerio de Educación Nacional, por cuenta de las universidades que financian su presupuesto con recursos de la Nación, el Ministerio ejecuta un gasto por transferencia a favor de las universidades beneficiarias, para lo cual debita la subcuenta 542303-Para gastos de funcionamiento, de la cuenta 5423-OTRAS TRANSFERENCIAS y acredita la subcuenta 240315-Otras transferencias, de la cuenta 2403-TRANSFERENCIAS POR PAGAR. Teniendo en cuenta que el beneficiario de la contribución es la CGR, para cancelar la transferencia a favor de la universidad, el Ministerio debita la subcuenta 240315-Otras transferencias, de la cuenta 2403-TRANSFERENCIAS POR PAGAR y acredita la subcuenta 472290-Otras operaciones sin flujo de efectivo, de la cuenta 4722- OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECTIVO.
Por su parte, las universidades registran el derecho con el Ministerio de Educación Nacional, con un débito en la subcuenta 141314-Otras transferencias, de la cuenta
1413-TRANSFERENCIAS POR COBRAR y un crédito en la subcuenta 442803-Para gastos de funcionamiento, de la cuenta 4428-OTRAS TRANSFERENCIAS.
El pasivo por cuota de fiscalización, previa causación del gasto, se cancela directamente con el derecho por transferencia, debitando la subcuenta 244014-Cuota de fiscalización y auditaje, de la cuenta 2440-IMPUESTOS CONTRIBUCIONES Y TASAS POR PAGAR y acreditando la subcuenta 141314-Otras transferencias, de la cuenta 1413-TRANSFERENCIAS POR COBRAR.
17. PAGO DE OBLIGACIONES CON TÍTULOS
El gobierno dentro de sus políticas de obtención de recursos ha creado mecanismos tales como la emisión de títulos para la devolución de impuestos, títulos de incentivo tributario y títulos de deuda de inversión forzosa, que sirven para el pago de impuestos. Así mismo dentro de sus políticas de pago está la emisión de Títulos de Tesorería-TES, que los utiliza para el pago de algunas transferencias y sentencias y conciliaciones judiciales.
18. PAGO DE IMPUESTOS CON TÍTULOS
Considerando que las administraciones de impuestos autorizan a los contribuyentes, responsables o agentes de retención, a pagar con diversos títulos emitidos por entidades del gobierno los impuestos, anticipos, retenciones, intereses y sanciones relacionadas con tributos, es necesario precisar su tratamiento contable.
19. PAGO DE IMPUESTOS CON TIDIS
Cuando la entidad contable pública contribuyente, responsable o agente de retención reciba un Título de Devolución de Impuestos-TIDI por la cancelación de un saldo a favor por impuestos o retenciones, registra un débito en la subcuenta 120332-Bonos y títulos emitidos por el gobierno general, de la cuenta 1203- INVERSIONES CON FINES DE POLÍTICA EN TITULOS DE DEUDA y un crédito en la subcuenta que corresponda al tipo de impuesto, de la cuenta 1422-ANTICIPOS O SALDOS A FAVOR POR IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES.
Si el TIDI es adquirido en el mercado secundario, la entidad contable pública lo registra debitando la subcuenta 120332-Bonos y títulos emitidos por el gobierno general, de la cuenta 1203-INVERSIONES CON FINES DE POLÍTICA EN TITULOS DE DEUDA y acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110- DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
En el momento en que la entidad contable pública pague una obligación tributaria con TIDIS, debita las subcuentas, de las cuentas 2436-RETENCIÓN EN LA FUENTE E IMPUESTO DE TIMBRE, 2440-IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS POR PAGAR o 2445- IMPUESTO AL VALOR AGREGADO-IVA, según el tipo de obligación tributaria, y acredita la subcuenta 120332- Bonos y títulos emitidos por el gobierno general, de la cuenta 1203-INVERSIONES CON FINES DE POLÍTICA EN TITULOS DE DEUDA.
Por su parte, la DIAN o la entidad del nivel territorial que administre impuestos debita la subcuenta 263001- Títulos de devolución de impuestos-TIDIS, de la cuenta 2630-TITULOS EMITIDOS y acredita las subcuentas, de las cuentas 1305-VIGENCIA ACTUAL o 1310-VIGENCIAS ANTERIORES, del grupo 13-RENTAS POR COBRAR, según corresponda.
20. PAGO DE IMPUESTOS CON TÍTULOS RECIBIDOS COMO INCENTIVO TRIBUTARIO
Cuando una entidad contable pública reciba un Certificado de Reembolso Tributario-CERT por estímulo a las exportaciones o cualquier tipo de título, como incentivo tributario, la entidad lo registra debitando la subcuenta 120332-Bonos y títulos emitidos por el gobierno general, de la cuenta 1203-INVERSIONES CON FINES DE POLÍTICA EN TITULOS DE DEUDA y acreditando la subcuenta 480823-Incentivos Tributarios, de la cuenta 4808-OTROS INGRESOS ORDINARIOS.
Las entidades contables públicas contribuyentes, responsables o agentes de retención que pagan sus obligaciones tributarias con estos títulos a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-DIAN, debitan las subcuentas, de las cuentas 2436-RETENCIÓN EN LA FUENTE E IMPUESTO DE TIMBRE, 2440-IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS POR PAGAR o 2445- IMPUESTO AL VALOR AGREGADO-IVA, según el tipo de obligación tributaria, y acreditan la subcuenta 120332- Bonos y títulos emitidos por el gobierno general, de la cuenta 1203-INVERSIONES CON FINES DE POLÍTICA EN TITULOS DE DEUDA.
Por su parte, la entidad que emite el título, con su redención, debita la subcuenta 263002-Certificados de Reembolso Tributario-CERT, de la cuenta 2630-TÍTULOS EMITIDOS y acredita la subcuenta 472209-Aplicación de títulos al pago de tributos, de la cuenta 4722- OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECTIVO, generando una operación sin flujo de efectivo con la entidad contable pública que administra impuestos.
La entidad administradora de impuestos para registrar el recaudo en papeles, disminuye la renta por cobrar, correspondiendo la operación sin flujo de efectivo. Para el efecto, debita la subcuenta 572209-Aplicación de títulos al pago de tributos, de la cuenta 5722-OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECTIVO y acredita las subcuentas, de las cuentas 1305-VIGENCIA ACTUAL o 1310-VIGENCIAS ANTERIORES, del grupo 13-RENTAS POR COBRAR, según corresponda.
21. PAGO DE IMPUESTOS CON TÍTULOS DE DEUDA
Si una entidad contable pública invierte en títulos de deuda forzosos, que sirven para el pago de impuestos, registra la inversión debitando la subcuenta 120141-Bonos y títulos emitidos por el gobierno general ó 120332-Bonos y títulos emitidos por el gobierno general, de la cuenta 1201- INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN TITULOS DE DEUDA o 1203-INVERSIONES CON FINES DE POLÍTICA EN TITULOS DE DEUDA, según corresponda y acreditando la subcuenta relativa a la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
En el momento en que la entidad contable pública inversora paga sus obligaciones tributarias con estos títulos a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-DIAN, debita las subcuentas, de las cuentas 2436-RETENCIÓN EN LA FUENTE E IMPUESTO DE TIMBRE, 2440-IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS POR PAGAR o 2445-IMPUESTO AL VALOR AGREGADO IVA, según el tipo de obligación tributaria, y acredita la subcuenta 120141-Bonos y títulos emitidos por el gobierno general o 120332-Bonos y títulos emitidos por el gobierno general, de la cuenta 1201- INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN TITULOS DE DEUDA o 1203-INVERSIONES CON FINES DE POLÍTICA EN TITULOS DE DEUDA.
Por su parte, la entidad que emite el título, con su redención debita la subcuenta 220836-Otros bonos y títulos emitidos, de la cuenta 2208-OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO INTERNAS DE LARGO PLAZO y acredita la subcuenta 472209-Aplicación de títulos al pago de tributos, de la cuenta 4722-OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECTIVO, generando una operación sin flujo de efectivo con la entidad contable pública receptora del título (DIAN).
La entidad administradora de impuestos para registrar el recaudo en papeles, disminuye la renta por cobrar, correspondiendo la operación sin flujo de efectivo. Para el efecto, debita la subcuenta 572209-Aplicación de títulos al pago de tributos, de la cuenta 5722-OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECTIVO y acredita las subcuentas, de las cuentas 1305-VIGENCIA ACTUAL o 1310-VIGENCIAS ANTERIORES, del grupo 13-RENTAS POR COBRAR, según corresponda.
22. PAGO DE TRANSFERENCIAS Y SENTENCIAS Y CONCILIACIONES JUDICIALES CON TÍTULOS DE TESORERÍA-TES
Para registrar el pago de una obligación a cargo de una entidad contable pública del nivel nacional con TES se debitan las subcuentas de la cuenta 2403- TRANSFERENCIAS POR PAGAR, según corresponda o, la subcuenta 246002-Sentencias o 246003-Laudos arbitrales y conciliaciones extrajudiciales, de la cuenta 2460-CRÉDITOS JUDICIALES y se acredita la subcuenta 472210-Pago de obligaciones con títulos, de la cuenta 4722-OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECTIVO.
Por su parte, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, emisor de los TES, debita la subcuenta 572210-Pago de obligaciones con títulos, de la cuenta 5722-OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECTIVO y acredita la subcuenta 220835-Títulos TES, de la cuenta 2208- OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO INTERNAS DE LARGO PLAZO.
23. OPERACIONES NO MONETIZADAS CON RECURSOS DE CRÉDITO EXTERNO
Estas operaciones se caracterizan porque la entidad contable pública adquiere bienes y servicios del exterior, que serán cancelados directamente por el prestamista al proveedor, con recursos del crédito externo, previa autorización de desembolso, sin que los recursos ingresen al país. El crédito externo es registrado por otra entidad contable pública diferente a la que compra el bien.
Con la entrega de los bienes y servicios, la entidad contable pública registra un débito en las subcuentas de las cuentas de activo o gasto, con un crédito en la subcuenta que corresponda de la cuenta 2406- ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL EXTERIOR.
Con la autorización de desembolso, la entidad contable pública que adquiere el bien o servicio debita la subcuenta que corresponda de la cuenta 2406-ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL EXTERIOR y acredita la subcuenta 472205-Desembolso de crédito externo no monetizado, de la cuenta 4722-OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECTIVO.
Por su parte, la entidad contable pública que registra la operación de crédito público debita la subcuenta 572205-Desembolso de crédito externo no monetizado, de la cuenta 5722-OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECTIVO y acredita las subcuentas de las cuentas 2212-OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO EXTERNAS DE CORTO PLAZO o 2213-OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO EXTERNAS DE LARGO PLAZO, según corresponda.
24. OPERACIONES ENTRE UNIDADES EJECUTORAS DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Las operaciones entre las unidades ejecutoras del Ministerio de Hacienda y Crédito Público se registran a través de las cuentas de operaciones interinstitucionales. Para efectos de reporte, aplica lo definido en el procedimiento relacionado con las formas de organización y ejecución del proceso contable.
PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN
DE LAS RESPONSABILIDADES FISCALES.
1. RETIRO DE FONDOS, BIENES O DERECHOS DE LA CONTABILIDAD POR LA PÉRDIDA
En el momento que la entidad contable pública conozca de la pérdida o faltante de fondos o bienes o derechos, adicional a las gestiones administrativas relacionadas con la reclamación ante la compañía aseguradora y la puesta en conocimiento de los organismos o instancias competentes, y con independencia de si se inicia o no un proceso de responsabilidad fiscal, contablemente procederá a retirar de los saldos contables, el valor de los faltantes o pérdida de fondos, bienes o derechos, con un débito a la subcuenta 581006-Pérdida en siniestros, de la cuenta 5810-EXTRAORDINARIOS y un crédito a la subcuenta respectiva de las cuentas del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO, del grupo 11-EFECTIVO, o del grupo que identifique la cuenta en donde estaba reconocido el derecho.
De manera simultánea, la entidad contable pública reconoce la contingencia mediante un débito en la subcuenta 836101-En proceso internas, de la cuenta 8361- RESPONSABILIDADES, y como contrapartida un crédito en la subcuenta 891521-Responsabilidades, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA.
Si con las gestiones administrativas realizadas ante la compañía aseguradora ésta reconoce el pago de la indemnización el registro contable por el reconocimiento del derecho corresponde a un débito en la subcuenta 147079-Indemnizaciones de la cuenta 1470-OTROS DEUDORES, y un crédito a la subcuenta 481049-Indemnizaciones, de la cuenta 4810-EXTRAORDINARIOS, por el valor que reconocerá la compañía aseguradora y de forma simultánea cancelará las cuentas de orden donde se reconoció la contingencia.
2. CANCELACIÓN DE LOS DERECHOS ORIGINADOS EN LA PÉRDIDA DE FONDOS, BIENES O DERECHOS, CON EL PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN POR PARTE DE LA COMPAÑÍA ASEGURADORA O EL PAGO POR PARTE DEL SERVIDOR PÚBLICO MEDIANTE CANCELACIÓN EN EFECTIVO
Teniendo en cuenta que para las entidades pertenecientes a los sectores central y descentralizado del nivel nacional el recaudo se realiza a través de la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional, la entidad contable pública afecta la subcuenta 572080-Recaudos, de la cuenta 5720-OPERACIONES DE ENLACE, y un crédito a la subcuenta 147079-Indemnizaciones, de la cuenta 1470-OTROS DEUDORES.
Cuando el recaudo lo realice la tesorería central del ente contable público territorial, la entidad contable pública afectada realiza un debito a la subcuenta 572080- Recaudos, de la cuenta 5720-OPERACIONES DE ENLACE, y un crédito a la subcuenta 147079-Indemnizaciones, de la cuenta 1470-OTROS DEUDORES.
En el evento en que el recaudo se realice directamente en la tesorería de la entidad contable pública territorial afectada, el reconocimiento corresponde a un débito en las subcuentas correspondientes de las cuentas que representan el efectivo y un crédito a la subcuenta 147079-Indemnizaciones, de la cuenta 1470-OTROS DEUDORES.
Si existe una diferencia entre el valor que la compañía aseguradora reconoce y el valor de la pérdida o faltante de fondos o bienes o derechos, con el inicio del proceso de responsabilidad fiscal o disciplinario, contablemente procederá a registrar en cuentas de orden de control el valor correspondiente determinado, que dependerá de la situación que lo origina, con un débito a la subcuenta 836102-Ante autoridad competente de la cuenta 8361- RESPONSABILIDADES EN PROCESO y un crédito a la subcuenta 891521-Responsabilidades en proceso, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR).
3. CANCELACIÓN DE LOS DERECHOS ORIGINADOS EN LA PÉRDIDA DE FONDOS, BIENES O DERECHOS, CON EL PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN POR PARTE DE LA COMPAÑÍA ASEGURADORA O EL PAGO POR PARTE DEL SERVIDOR PÚBLICO MEDIANTE REPOSICIÓN DEL BIEN
En el caso de que el pago se realice con la reposición del bien, la entidad contable pública debita la subcuenta correspondiente de las cuentas del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO, y acredita la subcuenta 147079-Indemnizaciones, de la cuenta 1470-OTROS DEUDORES.
4. RECONOCIMIENTO EN CUENTAS DE ORDEN POR LA APERTURA DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL
Cuando se notifica el inicio de un proceso de responsabilidad fiscal por parte del organismo de control respectivo, en cumplimiento de las normas legales vigentes, la entidad contable pública afectada reconoce en cuentas de orden de control el valor correspondiente determinado, que dependerá de la situación que lo origina, con un débito a la subcuenta 836102-Ante autoridad competente de la cuenta 8361- RESPONSABILIDADES EN PROCESO y un crédito a la subcuenta 891521-Responsabilidades en proceso, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR).
Tratándose de la pérdida de un bien, el valor por el cual se debe afectar la cuenta de orden es el que determine el órgano de control correspondiente. Este valor no es susceptible de actualización.
Si el proceso de responsabilidad se inicia por la diferencia entre el valor que la compañía aseguradora reconoce y el valor de la pérdida o faltante de fondos o bienes o derechos, la entidad contable pública deberá ajustar el valor reconocido en las cuentas de orden, de tal manera que revelen el saldo que queda pendiente de recuperar.
Este registro permanecerá en la contabilidad hasta que el proceso sea fallado, se ordene su archivo, o se reintegre el valor en efectivo o el bien respectivo.
5. REGISTRO DEL FALLO SIN RESPONSABILIDAD
En este caso la entidad contable pública, con el acto administrativo que soporta el fallo, debe proceder a cancelar los registros contables que están en cuentas de orden, debitando la subcuenta 891521- Responsabilidades en proceso, de la cuenta 8915- DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR) y acreditando la subcuenta 836102-Ante autoridad competente, de la cuenta 8361-RESPONSABILIDADES EN PROCESO.
Este mismo registro también se realiza si en cualquier etapa del proceso de responsabilidad fiscal el organismo competente ordena el archivo del proceso.
6. REGISTRO DEL FALLO CON RESPONSABILIDAD
En este caso la entidad contable pública, con el acto administrativo que soporta el fallo, debe proceder inicialmente a cancelar los registros contables que están en cuentas de orden, debitando la subcuenta 891521-Responsabilidades en proceso de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR) y acreditando la subcuenta 836102-Ante autoridad competente, de la cuenta 8361-RESPONSABILIDADES EN PROCESO, y adicionalmente registra un débito en la subcuenta 147084-Responsabilidades fiscales, de la cuenta 1470-OTROS DEUDORES y un crédito en la subcuenta 481050-Responsabilidades fiscales, de la cuenta 4810-EXTRAORDINARIOS, por el valor establecido en el respectivo fallo.
7. RECAUDO DEL VALOR DE RESARCIMIENTO EN LAS ENTIDADES DEL NIVEL NACIONAL
Teniendo en cuenta que en las entidades pertenecientes a los sectores central y descentralizado del nivel nacional el recaudo se realiza a través de la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional, la entidad contable pública, con la información recibida por parte de la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional, debitará la subcuenta 572080-Recaudos, de la cuenta 5720-OPERACIONES DE ENLACE, y acreditará la subcuenta 147084-Responsabilidades fiscales, de la cuenta 1470-OTROS DEUDORES.
8. RECAUDO DEL VALOR DE RESARCIMIENTO EN LAS ENTIDADES DEL NIVEL TERRITORIAL
Cuando el recaudo lo realice la tesorería central del ente contable público territorial, la entidad contable pública afectada, realizará un debito a la subcuenta 572080-Recaudos, de la cuenta 5720-OPERACIONES DE ENLACE, y un crédito a la subcuenta 147084- Responsabilidades fiscales, de la cuenta 1470-OTROS DEUDORES.
Si el pago se realiza directamente en la tesorería de la entidad contable pública territorial afectada, el reconocimiento corresponde a un débito en las subcuentas correspondientes de las cuentas que representan el efectivo y un crédito a la subcuenta 147084-Responsabilidades fiscales, de la cuenta 1470- OTROS DEUDORES.
9. REVELACIÓN EN NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES
Debe revelarse en notas a los estados contables el grado de avance del proceso de responsabilidad fiscal y el detalle de las operaciones de enlace.
PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN
DE LA ACTUALIZACIÓN DE BIENES, DERECHOS Y OBLIGACIONES SOBRE
LA BASE DEL COSTO REEXPRESADO.
1. TASA REPRESENTATIVA DEL MERCADO-TRM
Cuando las normas técnicas de activos o pasivos no consideren metodologías específicas de actualización, los derechos y obligaciones representados en moneda extranjera se deben reexpresar mensualmente en moneda legal, mediante la aplicación de la Tasa Representativa del Mercado-TRM vigente al corte mensual certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia y convertida previamente a dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, si está expresada en una moneda distinta al dólar de los Estados Unidos. Para el efecto, se utiliza la tasa de cambio que rija entre las dos monedas informada por el Banco de la República.
La diferencia entre el valor en libros de los activos o pasivos en moneda extranjera y su valor reexpresado en la fecha de la actualización, representa el ajuste que debe registrarse como un mayor o menor valor del activo o pasivo y como contrapartida, un ingreso o gasto financiero, según corresponda.
2. ACTUALIZACIÓN DE UN DERECHO (ACTIVO) EN MONEDA EXTRANJERA
El incremento de la tasa representativa del mercado con respecto al mes anterior, genera para la entidad un mayor valor del activo y, por ende, un ingreso financiero.
Si, por ejemplo, se está actualizando un derecho por venta de bienes y el valor de la divisa se incrementa, se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1406-VENTA DE BIENES y se acredita la subcuenta 480602-Deudores, de la cuenta 4806-AJUSTE POR DIFERENCIA EN CAMBIO, previa disminución del gasto por diferencia en cambio si existiere. Si por el contrario, el valor de la divisa disminuye, se debita la subcuenta 580302-Deudores, de la cuenta 5803-AJUSTE POR DIFERENCIA EN CAMBIO, previa disminución del ingreso por diferencia en cambio si existiere y se acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1406-VENTA DE BIENES.
3. ACTUALIZACIÓN DE UNA OBLIGACIÓN (PASIVO) EN MONEDA EXTRANJERA
El incremento de la tasa representativa del mercado produce un aumento de la obligación y con ello, un gasto financiero. Si, por ejemplo, se está actualizando una obligación por adquisición de bienes y servicios, y el valor de la divisa se incrementa, se debita la subcuenta 580313-Adquisición de bienes y servicios del Exterior, de la cuenta 5803-AJUSTE POR DIFERENCIA EN CAMBIO, previa disminución del ingreso por diferencia en cambio si existiere y se acredita la subcuenta 240601-Bienes y servicios, de la cuenta 2406-ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL EXTERIOR. Si por el contrario, el comportamiento de la tasa representativa del mercado hubiese sido en sentido contrario, se genera una disminución en la obligación y en el registro se debita la subcuenta 240601-Bienes y servicios, de la cuenta 2406- ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL EXTERIOR y se acredita la subcuenta 480613-Adquisición de bienes y servicios del exterior, de la cuenta 4806-AJUSTE POR DIFERENCIA EN CAMBIO, previa disminución del gasto por diferencia en cambio si existiere.
4. UNIDAD DE VALOR REAL-UVR, PACTO DE AJUSTE U OTRA MODALIDAD ADMITIDA FORMALMENTE
Los derechos u obligaciones pactados en unidades de valor real-UVR se reexpresan mensualmente, mediante la aplicación de la cotización de dicha unidad, informada por el Banco de la República para el último día del mes. Cuando una operación tenga pactado un factor distinto a la TRM o a la UVR, la reexpresión del derecho o de la obligación se realiza al corte mensual, con base en la unidad de ajuste pactado entre las partes.
Pueden existir otras modalidades de ajustes que sean admitidas formalmente y se utilicen en el proceso de actualización. Esta reexpresión se realiza al corte mensual, con base en la modalidad que corresponda.
5. REEXPRESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES EN UVR O CON PACTO DE AJUSTE U OTRA MODALIDAD ADMITIDA FORMALMENTE
Los activos sobre los cuales se haya pactado algún ajuste de valor como por ejemplo la cotización de la UVR, la DTF, o salarios mínimos, deben reexpresarse de acuerdo con lo pactado o con la modalidad admitida formalmente. La diferencia del valor del activo así reexpresado con su valor en libros representa el valor del ajuste que debe registrarse como un mayor o menor valor del activo y como un ingreso o gasto financiero, según corresponda.
6. ACTUALIZACIÓN DE UN DERECHO (ACTIVO) EN UVR O CON PACTO DE AJUSTE U OTRA MODALIDAD ADMITIDA FORMALMENTE
El incremento del valor de la UVR o de otro índice pactado o modalidad admitida con respecto al mes anterior, genera para la entidad un mayor valor del activo y, por ende, un ingreso financiero. Si, por ejemplo, se está actualizando un derecho por un préstamo y el valor de la UVR o del índice se incrementa, se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1415-PRÉSTAMOS CONCEDIDOS o 1416-PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES OTORGADOS y se acredita la subcuenta 480507- Rendimiento por reajuste monetario, de la cuenta 4805- FINANCIEROS, previa disminución del gasto financiero si existiere. Si por el contrario, el valor de la UVR o del índice pactado disminuye, se debita la subcuenta 580512- Reajuste monetario, de la cuenta 5805-FINANCIEROS, previa disminución del ingreso financiero si existiere y se acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1415-PRÉSTAMOS CONCEDIDOS o 1416-PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES OTORGADOS.
7. ACTUALIZACIÓN DE UNA OBLIGACIÓN (PASIVO) EN UVR O CON PACTO DE AJUSTE U OTRA MODALIDAD ADMITIDA FORMALMENTE
El incremento de la UVR o de otro índice pactado con respecto al mes anterior, produce un aumento de la obligación y además un gasto financiero. Si, por ejemplo, se está actualizando una obligación por un préstamo y el valor de la UVR o del índice se incrementa, se debita la subcuenta 580512-Gastos financieros por reajuste monetario, de la cuenta 5805-FINANCIEROS, previa disminución del ingreso financiero si existiere y se acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 2203- OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO INTERNAS DE CORTO PLAZO, o 2208-OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO INTERNAS DE LARGO PLAZO, o 2306-OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO INTERNAS DE CORTO PLAZO, o 2307- OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO INTERNAS DE LARGO PLAZO. Si por el contrario, el comportamiento de la UVR o del índice pactado hubiese sido en sentido contrario, se genera una disminución en la obligación y en el registro se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 2203- OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO INTERNAS DE CORTO PLAZO, o 2208-OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO INTERNAS DE LARGO PLAZO, o 2306-OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO INTERNAS DE CORTO PLAZO, o 2307- OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO INTERNAS DE LARGO PLAZO y se acredita la subcuenta 480507-Rendimiento por reajuste monetario, de la cuenta 4805-FINANCIEROS, previa disminución del gasto financiero si existiere.
8. REGISTRO CONTABLE DE REEXPRESIONES SUCESIVAS
Si como consecuencia de la variación de los diferentes factores de ajustes (TRM, UVR, pacto de ajuste u otra modalidad admitida formalmente) del mes anterior al actual, la entidad debe reconocer un gasto o un ingreso financiero, teniendo en cuenta el saldo que está reconocido como gasto o ingreso hasta el mes anterior, por cuanto este valor será objeto de disminución, hasta el monto registrado, si el comportamiento de estos factores, en el mes de la actualización, es contrario al valor reconocido.
En consecuencia, la entidad contable pública no debe reconocer en un mismo período ingresos o gastos financieros por concepto de la reexpresión de activos o pasivos, que correspondan a un mismo hecho económico, por tanto, debe revelar un solo valor acumulado de la reexpresión, que puede ser ingreso o gasto.
9. ACTIVO FINANCIADO
<Numeral sustituido por el artículo 7 de la Resolución 558 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Cuando se adquiere o construye un activo financiado, y dicho activo no se encuentra en condiciones de utilización o venta, los gastos financieros causados (intereses, corrección monetaria, ajustes por diferencia en cambio de los intereses, etc.) se capitalizan, es decir, forman parte del costo del activo hasta cuando se encuentre en condiciones de utilización o venta, siempre y cuando la entidad que registra el activo sea la misma que registra el pasivo.
10. REGISTRO CONTABLE DE LA CAPITALIZACIÓN DEL INTERÉS
Suponiendo que el activo financiado corresponde a un equipo de comunicación y que la financiación a largo plazo fue efectuada por un banco nacional, el registro contable de la capitalización del interés se realiza debitando la subcuenta 167001-Equipo de comunicación, de la cuenta 1670-EQUIPOS DE COMUNICACIÓN Y COMPUTACIÓN, y acreditando la subcuenta 242202-Operaciones de crédito público internas de largo plazo, de la cuenta 2422-INTERESES POR PAGAR.
11. REGISTRO DE LOS INTERESES COMO GASTO FINANCIERO
Cuando el activo se encuentra en condiciones de utilización o venta, se suspende la capitalización de los intereses y la causación de los mismos se registra como un gasto financiero, con débito, en el ejemplo, a la subcuenta 580135-Operaciones de crédito público internas de largo plazo, de la cuenta 5801-OTROS GASTOS-INTERESES, y crédito a la subcuenta 242202- Operaciones de Crédito Público Internas de Largo Plazo, de la cuenta 2422-INTERESES POR PAGAR.
PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN
DE LOS RECURSOS DE LOS FONDOS DE SALUD.
Teniendo en cuenta que de conformidad con las disposiciones legales, para la administración y manejo de los recursos del Sistema General de Participaciones y de todos los demás recursos destinados al sector salud, las entidades territoriales deben organizar un fondo departamental, distrital o municipal de salud, conservando un manejo contable que permita identificar con precisión el origen y destinación de los recursos de cada fuente, el fondo de salud debe aplicar el siguiente procedimiento para el registro contable de estos recursos, con independencia de que pertenezca al sector central o descentralizado.
1. FUENTES DE FINANCIACIÓN DEL SECTOR SALUD
El registro contable de las fuentes de financiación del sector salud considera si los recursos tienen destinación específica para salud, y se recaudan directamente en las cuentas del fondo de salud, o si se recaudan en las cuentas de la gobernación de la respectiva entidad territorial.
Los recursos que tienen destinación específica para salud y se recaudan directamente en las cuentas del fondo de salud son: la participación para salud, las transferencias del Ministerio de la Protección Social-FOSYGA, otras transferencias del Ministerio de la Protección Social para programas especiales en salud, el impuesto a ganadores y loterías foráneas, la renta del monopolio de los juegos de suerte y azar, los recursos provenientes de la Empresa Territorial para la Salud-ETESA, el IVA cedido, incorporado en la participación porcentual o en el impuesto al consumo de licores, y el IVA cedido incorporado en el impuesto al consumo de cerveza.
Los recursos que se recaudan en las cuentas de las gobernaciones son: la participación porcentual o el impuesto al consumo de licores, las estampillas, los excedentes de las licoreras, los derechos de explotación y otras contraprestaciones económicas originadas en el monopolio de licores y el impuesto de registro.
2. PARTICIPACIÓN PARA SALUD
La participación para salud está conformada por los recursos que la Nación transfiere por el Sistema General de Participaciones con destinación específica para la salud.
El fondo de salud debe registrar la participación para salud debitando la subcuenta 141312-Sistema general de participaciones, de la cuenta 1413-TRANSFERENCIAS POR COBRAR y acreditando la subcuenta 440817- Participación para salud, de la cuenta 4408-SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES.
El recaudo de la participación para salud se registra debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acreditando la subcuenta 141312-Sistema general de participaciones, de la cuenta 1413-TRANSFERENCIAS POR COBRAR.
La participación para salud girada por la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional-DGCPTN a las administradoras de pensiones, salud, riesgos profesionales y cesantías, para el pago de los aportes patronales del personal dedicado a la prestación del servicio de salud de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud- IPS, con las cuales se haya contratado la prestación de los servicios, se registra debitando la subcuenta 248001- Subsidio a la oferta, de la cuenta 2480-ADMINISTRACIÓN Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD y acreditando la subcuenta 141312-Sistema general de participaciones, de la cuenta 1413-TRANSFERENCIAS POR COBRAR.
Este registro parte de la base de que previamente se reconoció el gasto público social, debitando la subcuenta 550208-Subsidio a la oferta, de la cuenta 5502-SALUD y acreditando la subcuenta 248001-Subsidio a la oferta, de la cuenta 2480-ADMINISTRACIÓN Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD.
3. TRANSFERENCIAS DEL MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL -FONDO DE SOLIDARIDAD Y GARANTÍA-FOSYGA Y OTRAS TRANSFERENCIAS DEL MINISTERIO
El fondo de salud debe reconocer los recursos que recibe del Ministerio de la Protección Social-FOSYGA, debitando la subcuenta 141311-Sistema general de seguridad social en salud, de la cuenta 1413-TRANSFERENCIAS POR COBRAR y acreditando las subcuentas 442101- FOSYGA-Solidaridad, 442102-FOSYGA-ECAT o 442103- FOSYGA-promoción de la salud, de la cuenta 4421- SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD. Los otros recursos del Ministerio de la Protección Social se reconocen debitando la subcuenta 141314-Otras transferencias, de la cuenta 1413-TRANSFERENCIAS POR COBRAR y acreditando la subcuenta 442804- Para programas de salud, de la cuenta 4428-OTRAS TRANSFERENCIAS. A nivel auxiliar debe identificarse que la fuente del recurso es el Ministerio de la Protección Social.
El recaudo de estos recursos se registra debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110- DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acreditando la subcuenta 141311-Sistema general de seguridad social en salud o 141314-Otras transferencias, de la cuenta 1413-TRANSFERENCIAS POR COBRAR.
4. IMPUESTO A GANADORES Y LOTERÍAS FORÁNEAS
El impuesto a ganadores representa el valor que deben pagar los ganadores de premios de lotería ordinaria o extraordinaria. El fondo de salud debe registrar el impuesto a ganadores, debitando la subcuenta 130546-Impuesto a ganadores sorteos ordinarios o 130547-Impuesto a ganadores sorteos extraordinarios, de la cuenta 1305-VIGENCIA ACTUAL y acreditando la subcuenta 410546-Impuesto a ganadores sorteos ordinarios o 410547-Impuesto a ganadores sorteos extraordinarios, de la cuenta 4105-TRIBUTARIOS.
El recaudo de estos recursos se registra debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110- DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acreditando la subcuenta 130546-Impuesto a ganadores sorteos ordinarios o 130547-Impuesto a ganadores sorteos extraordinarios, de la cuenta 1305- VIGENCIA ACTUAL, o las subcuentas 131045-Impuesto a ganadores sorteos ordinarios o 131046-Impuesto a ganadores sorteos extraordinarios, de la cuenta 1310- VIGENCIAS ANTERIORES.
Por su parte, el impuesto a loterías foráneas corresponde al porcentaje establecido legalmente sobre el valor nominal de cada billete o fracción, vendido por la lotería u operadores autorizados, fuera de la jurisdicción del departamento o Distrito Capital. Para el registro contable se debita la subcuenta 130548-Impuesto a loterías foráneas, de la cuenta 1305-VIGENCIA ACTUAL y se acredita la subcuenta 410548-Impuesto a loterías foráneas, de la cuenta 4105-TRIBUTARIOS.
El recaudo de estos recursos se registra debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110- DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acreditando la subcuenta 130548-Impuesto a loterías foráneas, de la cuenta 1305-VIGENCIA ACTUAL, o la subcuenta 131047-Impuesto a loterías foráneas, de la cuenta 1310-VIGENCIAS ANTERIORES.
5. RENTA DEL MONOPOLIO DE JUEGOS DE SUERTE Y AZAR
La renta del monopolio de los juegos de suerte y azar, conformada por los derechos de explotación y por el porcentaje de los ingresos brutos de cada juego y los excedentes obtenidos en la operación de loterías, juegos de apuestas permanentes o chance y demás juegos, se registra debitando la subcuenta 140171-Renta del monopolio de Juegos de Suerte y Azar, de la cuenta 1401- INGRESOS NO TRIBUTARIOS y acreditando la subcuenta 411072-Renta del monopolio de juegos de suerte y azar, de la cuenta 4110-INGRESOS NO TRIBUTARIOS.
El recaudo de estos recursos se registra debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110- DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acreditando la subcuenta 140171-Renta del monopolio de juegos de suerte y azar, de la cuenta 1401-INGRESOS NO TRIBUTARIOS.
Tratándose de las rifas, el recaudo al momento de su autorización, que corresponde a un porcentaje sobre la boletería emitida, se registra debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acreditando la subcuenta 245008-Anticipos Juegos de Suerte y Azar, de la cuenta 2450-AVANCES Y ANTICIPOS RECIBIDOS.
El reconocimiento del ingreso se registra debitando la subcuenta 245008-Anticipos Juegos de Suerte y Azar, de la cuenta 2450-AVANCES Y ANTICIPOS RECIBIDOS y acreditando la subcuenta 411072-Renta del monopolio de juegos de suerte y azar, de la cuenta 4110-INGRESOS NO TRIBUTARIOS. Cuando el valor de la boletería vendida sea inferior al anticipo, la devolución se registra debitando la subcuenta 245008-Anticipos juegos de suerte y azar, de la cuenta 2450-AVANCES Y ANTICIPOS RECIBIDOS y acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
6. RECURSOS PROVENIENTES DE LA EMPRESA TERRITORIAL PARA LA SALUD-ETESA
Representan el valor recibido de la Empresa Territorial para la Salud-ETESA por concepto de rifas que operan en dos o más departamentos, o en un departamento y el Distrito Capital: juegos promocionales nacionales; juegos localizados como bingos, videobingos, esferódromos, máquinas tragamonedas, casinos y similares; apuestas en eventos deportivos, gallísticos, caninos y similares; juegos novedosos como lotto preimpresa, lotería instantánea y lotto en línea; y otros juegos, para atender la prestación de servicios de salud.
Los recursos provenientes de ETESA se registran debitando la subcuenta 141314-Otras transferencias, de la cuenta 1413-TRANSFERENCIAS POR COBRAR y acreditando la subcuenta 442804-Para programas de salud, de la cuenta 4428-OTRAS TRANSFERENCIAS. A nivel auxiliar debe identificarse que la fuente del recurso es ETESA.
El recaudo de estos recursos se registra debitando la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110- DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acreditando la subcuenta 141314-Otras transferencias, de la cuenta 1413-TRANSFERENCIAS POR COBRAR.
7. IVA CEDIDO
El IVA cedido de licores se registra debitando la subcuenta 130549-IVA de licores a productores, de la cuenta 1305-VIGENCIA ACTUAL y acreditando la subcuenta 410549-IVA de licores a productores, de la cuenta 4105-TRIBUTARIOS.
El recaudo de estos recursos se registra debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110- DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acreditando la subcuenta 130549-IVA de licores a productores, de la cuenta 1305-VIGENCIA ACTUAL o la subcuenta 131048- IVA de licores a productores, de la cuenta 1310-VIGENCIAS ANTERIORES.
El porcentaje del IVA cedido por la venta de cerveza se registra debitando la subcuenta 130551-Impuesto a la venta de cerveza 8%, de la cuenta 1305-VIGENCIA ACTUAL y acreditando la subcuenta 410551-Impuesto a la venta de cerveza 8%, de la cuenta 4105-TRIBUTARIOS.
El recaudo de estos recursos se registra debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110- DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acreditando la subcuenta 130551-Impuesto a la venta de cerveza 8%, de la cuenta 1305-VIGENCIA ACTUAL o la subcuenta 131050-Impuesto a la venta de cerveza 8%, de la cuenta 1310-VIGENCIAS ANTERIORES.
8. RECURSOS RECAUDADOS POR LAS GOBERNACIONES
La participación porcentual o el impuesto al consumo de licores, las estampillas, los excedentes de las licoreras, los derechos de explotación y otras contraprestaciones económicas originadas en el monopolio de licores y el impuesto de registro, se reconocen dependiendo de si el fondo de salud forma parte del sector central o descentralizado.
Si el fondo de salud forma parte del sector central, el traslado de los recursos por parte de la gobernación se registra debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 3105-CAPITAL FISCAL y acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS. Por su parte, el fondo de salud debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acredita la subcuenta que corresponda de la cuenta 3105-CAPITAL FISCAL. En todo caso, con independencia de la organización contable del fondo de salud, la información relacionada con la fuente de financiamiento debe proveerla la respectiva gobernación.
Si el fondo de salud forma parte del sector descentralizado, el traslado de los recursos por parte de la gobernación se registra debitando la subcuenta 542304-Para programas de salud, de la cuenta 5423- OTRAS TRANSFERENCIAS y acreditando la subcuenta 240315-Otras transferencias, de la cuenta 2403- TRANSFERENCIAS POR PAGAR. Por su parte, el fondo de salud debita la subcuenta 141314-Otras transferencias, de la cuenta 1413-TRANSFERENCIAS POR COBRAR y acredita la subcuenta 442804-Para programas de salud, de la cuenta 4428-OTRAS TRANSFERENCIAS. A nivel auxiliar debe identificarse que la fuente del recurso es la participación porcentual o el impuesto al consumo de licores, las estampillas, los excedentes de las licoreras, los derechos de explotación y otras contraprestaciones económicas originadas en el monopolio de licores y el impuesto de registro. Esta información debe ser suministrada por la respectiva gobernación.
Con el recaudo, el fondo de salud debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acredita la subcuenta 141314-Otras transferencias, de la cuenta 1413- TRANSFERENCIAS POR COBRAR.
9. OTROS RECURSOS
Los recursos que financien el sector salud, distintos de los enunciados anteriormente, deben reconocerse considerando el origen del derecho y la naturaleza del ingreso, utilizando la estructura del Catálogo General de Cuentas del Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública.
10. OPERACIONES RECÍPROCAS
Los fondos de salud del sector descentralizado deben garantizar que la operación recíproca originada en la participación para salud, los recursos del FOSYGA y otros recursos del Ministerio de la Protección Social, así como los de ETESA, quede registrada con la respectiva entidad del nivel nacional.
11. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS EN GASTO PÚBLICO SOCIAL
Representa las erogaciones con cargo al fondo de salud para garantizar la atención en salud de la población vinculada o afiliada al régimen subsidiado del sistema general de seguridad social en salud, para las actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad y para el fortalecimiento institucional de la prestación de servicios de salud, de acuerdo con las normas vigentes.
12. RÉGIMEN SUBSIDIADO
Representa los recursos destinados para garantizar la afiliación de las personas al régimen subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud, mediante la suscripción de contratos con las Empresas Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado. Para el efecto, se debita la subcuenta 550210-Régimen subsidiado, de la cuenta 5502-SALUD y se acredita la subcuenta 248002- Régimen subsidiado, de la cuenta 2480-ADMINISTRACIÓN Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD.
13. SUBSIDIO A LA OFERTA
Representa los gastos destinados a la prestación de los servicios de salud a la población pobre y vulnerable que no se encuentra afiliada al régimen subsidiado ni al régimen contributivo, así como los servicios excluidos en el Plan Obligatorio de Salud del Régimen Subsidiado-POSS y los de la población del régimen contributivo durante los períodos de carencia. El recurso utilizado en la contratación de servicios de salud con una IPS, se registra debitando la subcuenta 550208-Subsidio a la oferta, de la cuenta 5502-SALUD y acreditando la subcuenta 248001- Subsidio a la oferta, de la cuenta 2480-ADMINISTRACIÓN Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD.
14. ACCIONES DE SALUD PÚBLICA
Representan los gastos orientados a realizar las acciones, intervenciones y procedimientos dirigidos a la colectividad con altas externalidades, en los componentes de promoción de la salud, prevención de la enfermedad, vigilancia en acciones de salud pública y control de factores de riesgo, definidos como prioritarios para el país por el Ministerio de la Protección Social. El recurso utilizado en la contratación de actividades de promoción de la salud y prevención de enfermedades con una IPS, se registra debitando la subcuenta 550216-Acciones de salud pública, de la cuenta 5502-SALUD y acreditando la subcuenta 248004-Acciones de salud pública, de la cuenta 2480-ADMINISTRACIÓN Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD.
15. FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
Representa los recursos ejecutados para desarrollar y fortalecer las unidades o instituciones de prestación de servicios de salud. El gasto debe reconocerse debitando la subcuenta 550211-Fortalecimiento institucional para la prestación de servicios de salud, de la cuenta 5502-SALUD y acreditando la subcuenta 240101-Bienes y servicios ó la subcuenta 240601-Bienes y servicios, de la cuenta 2401-ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS NACIONALES o 2406-ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL EXTERIOR, respectivamente.
PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN
DE LAS OPERACIONES REALIZADAS POR LAS INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD-IPS.
1. CAUSACIÓN DE LOS INGRESOS POR LA VENTA DE SERVICIOS DE SALUD
En el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud-SGSSS, las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud-IPS deben garantizar su subsistencia, para lo cual se requiere la facturación de la prestación de los servicios de salud, con independencia de la modalidad de contratación.
2. CONTRATOS POR EVENTO
Los contratos por evento consisten en que la IPS factura los servicios prestados a los usuarios, de acuerdo con los términos contractuales, y la entidad contratante asume el pago de dicha prestación. Estos contratos pueden pactarse con pago vencido o anticipado. La causación del ingreso debe efectuarse con base en el contrato o convenio, los soportes de la prestación del servicio y el manual de tarifas.
Si el contrato se pacta con pago vencido, se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1409-SERVICIOS DE SALUD y se acredita la subcuenta respectiva, de la cuenta 4312-SERVICIOS DE SALUD.
Si en el contrato se pacta el pago anticipado, cuando se reciban los recursos se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y se acredita la subcuenta 291007-Ventas, de la cuenta 2910-INGRESOS RECIBIDOS POR ANTICIPADO. Con la prestación del servicio, se debita la subcuenta 291007- Ventas, de la cuenta 2910-INGRESOS RECIBIDOS POR ANTICIPADO y se acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 4312-SERVICIOS DE SALUD.
3. CONTRATOS DE CAPITACIÓN Y DE ATENCIÓN A VINCULADOS
En estos contratos, por una suma fija predeterminada que paga la entidad contratante, la IPS se obliga a prestar el servicio de salud, con independencia de su frecuencia o demanda. Estos contratos pueden pactarse con pago vencido o anticipado. La causación del ingreso debe efectuarse con base en el contrato o convenio, los soportes de la prestación del servicio y el manual de tarifas.
Si el contrato se pacta con pago vencido, con la prestación del servicio y la correspondiente facturación, se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1409-SERVICIOS DE SALUD y se acredita la subcuenta respectiva, de la cuenta 4312-SERVICIOS DE SALUD. Tratándose de los contratos a vinculados, se debitan las subcuentas 140911- Atención con cargo al subsidio a la oferta y 140913-Cuota de recuperación, de la cuenta 1409-SERVICIOS DE SALUD y se acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 4312-SERVICIOS DE SALUD.
<Inciso modificado por el artículo 6 de la Resolución 558 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Si al finalizar el mes el valor de la facturación supera el valor del contrato, la diferencia debe registrarse debitando la subcuenta 580814- Margen en la contratación de servicios de salud, de la cuenta 5808- Otros gastos ordinarios, previa disminución del ingreso por el margen en la contratación de servicios de salud, si existiere, y acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1409- Servicios de Salud. Si por el contrario, el valor facturado es inferior al del contrato, la diferencia se registra con un débito en la subcuenta 147087-Margen en la contratación de servicios de salud, de la cuenta 1470- Otros deudores y con un crédito en la subcuenta 480822- Margen en la contratación de servicios de salud, de la cuenta 4808- Otros ingresos ordinarios, previa disminución del gasto por el margen en la contratación de servicios de salud, si existiere.
<Inciso modificado por el artículo 6 de la Resolución 558 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Si en el contrato se pacta el pago anticipado, cuando se reciban los recursos se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110- Depósitos en Instituciones Financieras y se acredita la subcuenta 291007- Ventas, de la cuenta 2910- Ingresos recibidos por anticipado. Con la prestación del servicio, se debita la subcuenta 291007- Ventas, de la cuenta 2910-Ingresos recibidos por anticipado y se acredita la subcuenta que corresponda de la cuenta 4312- Servicios de salud. Si la prestación del servicio supera el valor del contrato, se debita la subcuenta 580814- Margen en la contratación de servicios de salud, de la cuenta 5808-Otros gastos ordinarios, previa disminución del ingreso por margen en la contratación de servicios de salud, si existiere, y se acredita la subcuenta respectiva, de la cuenta 4312- Servicios de salud. Si la prestación del servicio es inferior al valor del contrato, se debita la subcuenta 291007- Ventas, de la cuenta 2910- Ingresos recibidos por anticipado y se acredita la subcuenta 480822- Margen en la contratación de servicios de salud, de la cuenta 4808- Otros ingresos ordinarios, previa disminución del gasto por margen en la contratación de servicios de salud, si existiere.
Tratándose de los contratos de atención a vinculados y considerando que estos usuarios deben pagar una cuota de recuperación por el servicio recibido, cuando la IPS decida condonar esta cuota, debita la subcuenta 550207- Condonación servicios de salud a vinculados, de la cuenta 5502-SALUD y acredita la subcuenta 140913-Cuota de recuperación, de la cuenta 1409-SERVICIOS DE SALUD.
4. RECAUDO DE LA CUOTA MODERADORA Y COPAGOS
De acuerdo con la ley, son ingresos de la Empresa Promotora de Salud-EPS, las cuotas moderadoras que reciben de los afiliados y los copagos que reciben de los beneficiarios, razón por la cual cuando la IPS efectúe el cobro por dichos conceptos, debe registrarlos como un recaudo a favor de terceros, debitando la subcuenta 110501-Caja principal, de la cuenta 1105-CAJA y acreditando la subcuenta 290503-Ventas por Cuenta de Terceros, de la cuenta 2905-RECAUDOS A FAVOR DE TERCEROS. Con el giro de los recursos a la EPS, se debita la subcuenta 290503-Ventas por cuenta de terceros, de la cuenta 2905-RECAUDOS A FAVOR DE TERCEROS y se acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
Si en el contrato se pacta que la cuota moderadora o el copago se abone a los derechos registrados por la IPS, se debita la subcuenta 290503-Ventas por cuenta de terceros, de la cuenta 2905-RECAUDOS A FAVOR DE TERCEROS y se acredita la subcuenta 140901-Plan obligatorio de salud POS-EPS, de la cuenta 1409- SERVICIOS DE SALUD.
5. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DE LA PARTICIPACIÓN PARA SALUD EN EL PAGO DE APORTES PATRONALES
La aplicación de los recursos de la participación para salud en el pago de aportes patronales tiene lugar cuando la Nación gira directamente los recursos de la participación para salud, a las administradoras de cesantías, salud, pensiones y riesgos profesionales, para el pago de los aportes patronales del personal vinculado a la prestación de servicios de salud de las IPS, y la IPS tiene derechos por cobrar al fondo de salud por la prestación de servicios en los que se ha pactado parte del pago con la participación para salud.
El reconocimiento de los aportes patronales se registra debitando las subcuentas 510124-Cesantías, de la cuenta 5101-SUELDOS Y SALARIOS, 510303-Cotizaciones a seguridad social en salud, 510305-Cotizaciones a riesgos profesionales y 510306-Cotizaciones a entidades administradoras del régimen de prima media, de la cuenta 5103-CONTRIBUCIONES EFECTIVAS, y las subcuentas denominadas Sueldos y Salarios y Contribuciones Efectivas, del grupo 73-SERVICIOS DE SALUD y acreditando la subcuenta 250502-Cesantías, de la cuenta 2505-SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES y las subcuentas 242518-Aportes a fondos pensionales, 242519-Aportes a seguridad social en salud y 242532-Aporte riesgos profesionales, de la cuenta 2425-ACREEDORES. La IPS debe reconocer las demás prestaciones a que haya lugar, de acuerdo con las disposiciones legales y no solamente las que se pagan con recursos del Sistema General de Participaciones.
El derecho por la prestación de servicios de salud se reconoce debitando la subcuenta 140911-Atención con cargo al subsidio a la oferta, de la cuenta 1409- SERVICIOS DE SALUD y acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 4312-SERVICIOS DE SALUD.
En consecuencia, la aplicación de los recursos debe efectuarse con el giro de los mismos por parte de la Nación, para lo cual la IPS debita la subcuenta 250502-Cesantías, de la cuenta 2505-SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES, las subcuentas 242518- Aportes a fondos pensionales, 242519-Aportes a seguridad social en salud y 242532-Aporte riesgos profesionales, de la cuenta 2425-ACREEDORES y acredita la subcuenta 140911-Atención con cargo al subsidio a la oferta, de la cuenta 1409-SERVICIOS DE SALUD. Si el valor de los recursos de la participación para salud es superior a los aportes patronales causados por la IPS, la diferencia se registra en la subcuenta 190512-Contribuciones efectivas, de la cuenta 1905-BIENES Y SERVICIOS PAGADOS POR ANTICIPADO. En caso contrario, la diferencia se registra acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS, previa disminución del saldo de la subcuenta 190512- Contribuciones efectivas, de la cuenta 1905-BIENES Y SERVICIOS PAGADOS POR ANTICIPADO, si existiere.
6. TRATAMIENTO CONTABLE DE LAS GLOSAS A LA FACTURACIÓN
Las glosas son objeciones a la facturación presentada por las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud- IPS, originadas en las inconsistencias detectadas en la revisión de las facturas y sus respectivos soportes, las cuales pueden determinarse al interior de la misma institución o por las entidades con las cuales se hayan celebrado contratos de prestación de servicios, tales como Empresas Promotoras de Salud-EPS, Empresas Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado, Compañías de Seguros, Fondos de Salud y otras IPS.
Entre las glosas más comunes se encuentran: documentos sin diligenciar o mal diligenciados, documentos enmendados, inconsistencias en los soportes anexos, cobros sin la comprobación de los derechos de usuario, falta de información estadística, errores en las liquidaciones, tarifas mal aplicadas, sumas mal realizadas, falta de la relación de pacientes, falta de documentos, prestación de servicios adicionales a los establecidos en el contrato, falta de pertinencia técnico-científica entre diagnóstico y procedimientos realizados y/o servicios prestados y documentos sin firma del paciente. Las glosas deben registrarse en cuentas de orden deudoras de control en el momento en que se presentan.
Para el efecto, se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 8333-FACTURACIÓN GLOSADA EN VENTA DE SERVICIOS DE SALUD y se acredita la subcuenta 891517-Facturación glosada en venta de servicios de salud, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR). El registro debe efectuarse por el valor de la factura, si la glosa es total o por el valor de los servicios glosados, si la glosa es parcial.
Las glosas pueden ser pertinentes o no pertinentes. La glosa pertinente es la que está adecuadamente justificada por la entidad contratante y puede ser subsanable o no subsanable. La glosa es subsanable si puede enmendarse completando la documentación o información requerida, realizando las correcciones necesarias o formulando las aclaraciones del caso y es no subsanable, cuando no es posible corregirla y en consecuencia es aceptada por la IPS. La glosa no pertinente es la que no se encuentra adecuadamente justificada y en este evento se formula la respuesta sustentando el rechazo.
Cuando la entidad contratante acepta la respuesta de rechazo de la glosa por no ser pertinente o, siendo pertinente, se da respuesta satisfactoria y oportuna a las objeciones, la IPS disminuye las cuentas de orden acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 8333-FACTURACIÓN GLOSADA EN VENTA DE SERVICIOS DE SALUD y debitando la subcuenta 891517-Facturación glosada en venta de servicios de salud, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR).
Cuando la institución comete errores en la liquidación de su facturación debe proceder a hacer las reliquidaciones y ajustes contables a que haya lugar, afectando las cuentas de deudores e ingresos, por los mayores o menores valores, según corresponda.
Las glosas no subsanables se registran debitando la subcuenta 580802-Pérdida en retiro de activos, de la cuenta 5808-OTROS GASTOS ORDINARIOS y acreditando la subcuenta que corresponda de la cuenta 1409- SERVICIOS DE SALUD. Adicionalmente, se disminuyen las cuentas de orden acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 8333-FACTURACIÓN GLOSADA EN VENTA DE SERVICIOS DE SALUD y debitando la subcuenta 891517-Facturación glosada en venta de servicios de salud, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR), sin perjuicio de los procesos adelantados para establecer responsabilidades.
7. TRASLADO DE INVENTARIOS
La IPS que traslade a otra bienes para la prestación del servicio que no constituyen formación bruta de capital, debita la subcuenta 580808-Bienes y derechos trasladados por las empresas a otras entidades contables públicas, de la cuenta 5808-OTROS GASTOS ORDINARIOS y acredita las subcuentas y cuentas que correspondan, del grupo 15-INVENTARIOS. Por su parte, la IPS que recibe los bienes debita las subcuentas y cuentas que correspondan, del grupo 15-INVENTARIOS y acredita la subcuenta 480816-Bienes y derechos que no constituyen formación bruta de capital, de la cuenta 4808-OTROS INGRESOS ORDINARIOS.
PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LAS OPERACIONES ORIGINADAS EN CONTRATOS PARA LA OPERACIÓN Y GESTIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS.
El procedimiento para el registro contable de las operaciones originadas en los contratos, mediante los cuales se entregan derechos para el uso o explotación, o cualquier otra modalidad de usufructo de bienes, para operar o gestionar servicios públicos, identifica los registros que debe efectuar tanto la entidad que entrega los bienes como la que los recibe.
1. REGISTROS CONTABLES DE LA RECLASIFICACIÓN PARA LA ENTIDAD CONTABLE PÚBLICA QUE ENTREGA LOS BIENES
La entidad contable pública que entrega los bienes debita las subcuentas que correspondan de las cuentas 1685-DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR) y 1695- PROVISIONES PARA PROTECCIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (CR) y acredita la subcuenta que corresponda, de las cuentas 1645-PLANTAS, DUCTOS Y TÚNELES, 1650-REDES, LÍNEAS Y CABLES o 1655- MAQUINARIA Y EQUIPO. La diferencia se registra debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1920-BIENES ENTREGADOS A TERCEROS. De haberse reconocido valorizaciones, se debita la subcuenta 199977-Otros Activos y se acredita la subcuenta que identifique la naturaleza del bien reclasificado, de la cuenta 1999-VALORIZACIONES. También se debita la subcuenta que identifique la naturaleza del bien entregado y se acredita la subcuenta 311576-Otros activos o 324077-Otros activos, de la cuenta 3115- SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN o 3240-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN, según corresponda.
2. AMORTIZACIÓN
Teniendo en cuenta que el bien continúa perdiendo capacidad operacional, la entidad contable pública debe registrar la amortización con un débito en la subcuenta que corresponda, de la cuenta 5344-AMORTIZACIÓN DE BIENES ENTREGADOS A TERCEROS y un crédito en la subcuenta respectiva, de la cuenta 1925-AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE BIENES ENTREGADOS A TERCEROS (CR).
3. REGISTROS CONTABLES EN CUENTAS DE ORDEN POR LA ENTREGA DEL BIEN
Adicional a la reclasificación del bien, debe efectuarse un registro en cuentas de orden de control, debitando la subcuenta 834704-Propiedades, planta y equipo, de
la cuenta 8347-BIENES ENTREGADOS A TERCEROS y acreditando la subcuenta 891518-Bienes entregados a terceros, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (Cr).
4. REGISTROS CONTABLES EN CUENTAS DE ORDEN PARA LAS ADICIONES Y MEJORAS
Con base en la información suministrada por la entidad que recibió los bienes, las adiciones y mejoras se registran debitando la subcuenta 834704-Propiedades, Planta y Equipo, de la cuenta 8347-BIENES ENTREGADOS A TERCEROS y acreditando la subcuenta 891518-Bienes Entregados a Terceros, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR).
5. REGISTROS CONTABLES EN CUENTAS DE ORDEN POR LA PÉRDIDA DE CAPACIDAD OPERACIONAL DE LOS BIENES
La entidad contable pública debe registrar la pérdida de capacidad operacional de los bienes entregados, incluidas las adiciones y mejoras, con un crédito en la subcuenta 834704-Propiedades, planta y equipo, de la cuenta 8347-BIENES ENTREGADOS A TERCEROS y un débito en la subcuenta 891518-Bienes entregados a terceros, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR).
6. REGISTROS CONTABLES EN CUENTAS DE ORDEN PARA LA ACTUALIZACIÓN
Los mayores valores originados en la actualización del bien deben registrarse con un débito en la subcuenta 834704-Propiedades, planta y equipo, de la cuenta 8347-BIENES ENTREGADOS A TERCEROS y un crédito en la subcuenta 891518-Bienes entregados a terceros, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR). Los menores valores se registran acreditando la subcuenta 834704-Propiedades, planta y equipo, de la cuenta 8347-BIENES ENTREGADOS A TERCEROS y debitando la subcuenta 891518-Bienes entregados a terceros, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR).
7. RESTITUCIÓN DE LOS BIENES A LA FINALIZACIÓN DEL CONTRATO
Con la restitución de los bienes, la entidad contable pública que ha cedido los derechos de uso de los bienes, debe reclasificar el neto de la subcuenta que corresponda, de las cuentas 1920-BIENES ENTREGADOS A TERCEROS y 1925-AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE BIENES ENTREGADOS A TERCEROS, a la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1645- PLANTAS, DUCTOS Y TÚNELES, 1650-REDES, LÍNEAS Y CABLES o 1655-MAQUINARIA Y EQUIPO. De haberse reconocido valorizaciones, se debita la subcuenta que identifique la naturaleza del bien reclasificado y se acredita la subcuenta 199977-Otros activos, de la cuenta 1999-VALORIZACIONES. También se debita la subcuenta 311576-Otros activos o 324077-Otros activos y se acredita la subcuenta que identifique el bien entregado, de la cuenta 3115-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN o 3240-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN, según corresponda.
Las adiciones o mejoras se incorporan mediante un registro débito en las subcuentas, de las cuentas 1645-PLANTAS, DUCTOS Y TÚNELES, 1650-REDES, LÍNEAS Y CABLES o 1655-MAQUINARIA Y EQUIPO y un crédito en la subcuenta 312525-Bienes, de la cuenta 3125-PATRIMONIO PÚBLICO INCORPORADO o 325525- Bienes, de la cuenta 3255-PATRIMONIO INSTITUCIONAL INCORPORADO, según corresponda.
Adicionalmente, se disminuye el valor registrado en cuentas de orden, acreditando la subcuenta 834704- Propiedades, planta y equipo, de la cuenta 8347- BIENES ENTREGADOS A TERCEROS y debitando la subcuenta 891518-Bienes entregados a terceros, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR).
8. REGISTROS CONTABLES DE LA REMUNERACIÓN PACTADA
La remuneración pactada con pago vencido se registra debitando la subcuenta 147067-Contratos para la gestión de servicios públicos, de la cuenta 1470- OTROS DEUDORES y acreditando la subcuenta 480818- Contratos para la gestión de servicios públicos, de la cuenta 4808-OTROS INGRESOS ORDINARIOS.
En caso de haberse pactado la remuneración con pago anticipado, debe registrarse un débito en la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y un crédito en la subcuenta 291512-Contratos para la gestión de servicios públicos, de la cuenta 2915-CRÉDITOS DIFERIDOS. La amortización de este diferido debe efectuarse debitando la subcuenta 291512-Contratos para la gestión de servicios públicos, de la cuenta 2915-CRÉDITOS DIFERIDOS y acreditando la subcuenta 480818-Contratos para la gestión de servicios públicos, de la cuenta 4808-OTROS INGRESOS ORDINARIOS.
9. REGISTROS CONTABLES EN CUENTAS DE ORDEN PARA LA ENTIDAD CONTABLE PÚBLICA QUE RECIBE LOS BIENES
La entidad contable pública que recibe los bienes, registra un crédito en la subcuenta 934619- Propiedades, planta y equipo, de la cuenta 9346- BIENES RECIBIDOS DE TERCEROS y un débito en la subcuenta 991506-Bienes recibidos de terceros, de la cuenta 9915-ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB) por el mismo valor del registro efectuado por la entidad que realiza la entrega.
10. OBRAS Y MEJORAS EN PROPIEDAD AJENA Y SU AMORTIZACIÓN
Para el efecto, la entidad contable pública que recibe los bienes debita la subcuenta 191511-Plantas, ductos y túneles o 191512-Redes, líneas y cables, de la cuenta 1915-OBRAS Y MEJORAS EN PROPIEDAD AJENA y acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 2401-ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS NACIONALES o 2406-ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL EXTERIOR.
La amortización debe registrarse debitando la subcuenta denominada Depreciación y Amortización, de las cuentas del grupo 75-SERVICIOS PÚBLICOS y acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1925- AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE BIENES ENTREGADOS A TERCEROS (CR).
La información correspondiente a las obras y mejoras debe darse a conocer a la entidad que entregó el bien, en los términos y condiciones pactadas, para que ésta a su vez pueda ejercer los controles pertinentes.
1. MANTENIMIENTO DE LOS BIENES
Los recursos destinados al mantenimiento de los bienes, se registran debitando la subcuenta denominada Generales, de las cuentas del grupo 75-SERVICIOS PÚBLICOS y acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 2401-ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS NACIONALES o 2406-ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL EXTERIOR, según corresponda.
2. RESTITUCIÓN DE LOS BIENES A LA FINALIZACIÓN DEL CONTRATO
La entidad contable pública que recibió los bienes debe registrar un débito en la subcuenta 934619- Propiedades, planta y equipo, de la cuenta 9346-BIENES RECIBIDOS DE TERCEROS y un crédito en la subcuenta 991506-Bienes recibidos de terceros, de la cuenta 9915-ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB).
3. REGISTROS CONTABLES DE LA REMUNERACIÓN PACTADA
La remuneración pactada con pago vencido se registra debitando la subcuenta denominada Generales, de las cuentas del grupo 75-SERVICIOS PÚBLICOS y acreditando la subcuenta 242549-Remuneración por el uso de bienes, de la cuenta 2425-ACREEDORES.
En caso de haberse pactado la remuneración con pago anticipado debe registrarse un débito en la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1910-CARGOS DIFERIDOS y un crédito en la subcuenta que corresponda, de la cuenta
1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS. La amortización de este diferido debe efectuarse debitando la subcuenta denominada Generales, de las cuentas del grupo 75-SERVICIOS PÚBLICOS y acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1910-CARGOS DIFERIDOS.
PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN
DE LOS SUBSIDIOS Y CONTRIBUCIONES POR PARTE DE LAS ENTIDADES CONTABLES PÚBLICAS PRESTADORAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS.
1. REGISTRO DE LOS INGRESOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Cuando de conformidad con las disposiciones legales, la prestación de los servicios de energía, acueducto, alcantarillado, aseo, gas combustible y telecomunicaciones, se dirija a la población subsidiada, l registro se efectúa debitando las subcuentas que identifiquen para cada servicio, el valor a cobrar al beneficiario por la prestación y el valor correspondiente al subsidio, de la cuenta 1408-SERVICIOS PÚBLICOS y acreditando las subcuentas y cuentas que correspondan, del grupo 43-VENTA DE SERVICIOS.
De igual manera, cuando la prestación del servicio se dirija a la población que debe contribuir con el pago de los subsidios, el registro se efectúa debitando las subcuentas que identifiquen para cada servicio, el valor a cobrar al beneficiario por la prestación, de la cuenta 1408-SERVICIOS PÚBLICOS y acreditando las subcuentas y cuentas que correspondan, del grupo 43-VENTA DE SERVICIOS. La diferencia se registra en la subcuenta que identifique el tipo de servicio para el cual se destina la contribución, de la cuenta 2430- SUBSIDIOS ASIGNADOS.
2. APLICACIÓN DE LAS CONTRIBUCIONES
Si como resultado de la comparación entre los subsidios y las contribuciones registrados para cada servicio la contribución es mayor, se debita la subcuenta que identifique el tipo de servicio para el cual se destina la contribución, de la cuenta 2430- SUBSIDIOS ASIGNADOS y se acredita la subcuenta que identifique el subsidio del mismo servicio, de la cuenta 1408-SERVICIOS PÚBLICOS. El saldo de la subcuenta del respectivo servicio, de la cuenta 2430- SUBSIDIOS ASIGNADOS corresponde al valor a pagar al Fondo de Solidaridad y Redistribución del Ingreso, de conformidad con la reglamentación establecida para cada servicio.
Si como resultado de la comparación entre los subsidios y las contribuciones registrados para cada servicio la contribución es menor, se debita la subcuenta que identifique el tipo de servicio para el cual se destina la contribución, de la cuenta 2430-SUBSIDIOS ASIGNADOS y se acredita la subcuenta que identifique el subsidio del mismo servicio, de la cuenta 1408-SERVICIOS PÚBLICOS.
El saldo de la subcuenta que identifica el subsidio, de la cuenta 1408-SERVICIOS PÚBLICOS corresponde al valor a cobrar al Fondo de Solidaridad y Redistribución del Ingreso, de conformidad con la reglamentación establecida para cada servicio.
3. TRATAMIENTO CONTABLE DE SUBSIDIOS PARA EL SERVICIO DE ENERGÍA EN ZONAS NO INTERCONECTADAS
El reconocimiento del ingreso por la prestación del servicio de energía en zonas no interconectadas se efectúa debitando las subcuentas 140801-Servicio de energía y 140807-Subsidio servicio de energía, de la cuenta 1408-SERVICIOS PÚBLICOS y acreditando las subcuentas que correspondan, de la cuenta 4315- SERVICIO DE ENERGÍA. En consecuencia, el recaudo de los recursos que aporta el Ministerio de Minas y Energía disminuye la subcuenta 140807-Subsidio servicio de energía, de la cuenta 1408-SERVICIOS PÚBLICOS.
Las erogaciones por la compra del combustible constituyen costo del servicio prestado, en la medida en que los recursos aportados por el Ministerio de Minas y Energía ya están reconocidos en el ingreso por la prestación del servicio. Por lo tanto, no deben registrarse como ingreso por transferencia.
PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LAS OPERACIONES QUE SURGEN COMO CONSECUENCIA DE LOS PROCESOS DE SUPRESIÓN, LIQUIDACIÓN, FUSIÓN Y ESCISIÓN.
1. Supresiones y Liquidaciones. <Numeral modificado por el artículo 5 de la Resolución 718 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
Considerando que el principio de Gestión Continuada no aplica tratándose de una entidad contable pública sobre la que se ordena la supresión y/o liquidación, a continuación se relacionan los procedimientos de carácter específico que debe aplicar.
Las operaciones derivadas del proceso de supresión y/o liquidación deben registrarse en los mismos libros de contabilidad de la entidad contable pública sobre la cual se ordenó el respectivo proceso.
Para efectos de este procedimiento, la supresión de una entidad implica su desaparición de la estructura de la administración pública, la cesación o el traslado de sus funciones, el licenciamiento o traslado de su personal y el traslado de activos y pasivos a otras entidades. Por su parte la liquidación implica, adicionalmente, la obligación expresa de realizar los activos para el pago de los pasivos, dando al remanente el tratamiento establecido en las disposiciones legales.
La supresión se puede presentar con propósitos de liquidación, fusión o escisión, en cuyo caso aplicará el procedimiento definido para cada uno de esos procesos. También puede ordenarse la supresión, permitiendo que la entidad continúe temporalmente con el desarrollo de algunas funciones, mientras estas se trasladan a otras entidades contables públicas.
2. Cierre contable de las operaciones de las entidades sobre las que se ordena la supresión y/o liquidación. <Numeral modificado por el artículo 5 de la Resolución 718 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
La entidad contable pública sobre la cual se ordene la supresión, y que conforme a las disposiciones legales deba continuar desarrollando temporalmente algunas funciones, realizará el cierre contable al final del período contable en el cual se ordena la supresión, una vez se haya efectuado la reclasificación de las cuentas del patrimonio señaladas en el numeral 3 de este procedimiento.
Por su parte, la entidad contable pública sobre la cual se ordena la liquidación debe proceder a efectuar el cierre contable de sus operaciones a la fecha de entrada en vigencia del respectivo acto o a la última fecha de operación, previo cumplimiento de la norma de cierre contable. Este cierre contable consiste en debitar las subcuentas de las cuentas de ingresos y acreditar las subcuentas de las cuentas de gastos y costos, utilizando como contrapartida las subcuentas de la cuenta 5905-Cierre de Ingresos, Gastos y Costos. El saldo neto del cierre se traslada a la subcuenta que corresponda de la cuenta 3110-Resultado del Ejercicio o 3230-Resultados del Ejercicio.
3. RECLASIFICACIÓN DE LAS CUENTAS DEL PATRIMONIO
<Numeral modificado por el artículo 5 de la Resolución 718 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:> Una vez conocido el acto administrativo con el cual se ordena la supresión, la entidad contable pública debe proceder a reclasificar los saldos de las cuentas que conforman el patrimonio a la subcuenta 314004-Supresión de la cuenta 3140-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales o 326004-Supresión de la cuenta 3260-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales, según corresponda.
En el caso de las entidades sobre las cuales se ordena la liquidación, una vez efectuado el cierre contable, se deben reclasificar los saldos de las cuentas que conforman el patrimonio, a la subcuenta 314001-Liquidación o 326001-Liquidación, de la cuenta 3140-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales o 3260-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales, según corresponda. Tratándose de entidades contables públicas de carácter societario, este procedimiento se aplica a todas las cuentas del patrimonio, excepto a las cuentas 3203-Aportes Sociales, 3204-Capital Suscrito y Pagado y 3210-Prima en Colocación de Acciones, Cuotas o Partes de Interés Social.
4. Inventario de la entidad en supresión y/o liquidación. <Numeral modificado por el artículo 5 de la Resolución 718 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
La entidad contable pública sobre la cual se ordene la supresión y/o liquidación debe realizar los inventarios de activos, pasivos, contingencias y bienes y derechos de terceros, de conformidad con las disposiciones legales, para efectos de adelantar el respectivo proceso.
La información financiera, económica, social y ambiental debe ser confrontada con la existencia y valor de los activos y pasivos establecidos en el inventario, y en caso de presentarse diferencias, deben realizarse los ajustes contables a que haya lugar.
5. Restitución de recursos embargados. <Numeral modificado por el artículo 5 de la Resolución 718 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
La restitución a bancos de los recursos embargados con anterioridad a la vigencia del acto que ordena la liquidación de la entidad contable pública, se registra debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras y acreditando la subcuenta 142503-Depósitos Judiciales, de la cuenta 1425-Depósitos Entregados en Garantía.
Tratándose de bienes que fueron embargados y tal condición fue registrada en cuentas de orden, con la restitución, la entidad contable pública debita la subcuenta 891590-Otras cuentas deudoras de control, de la cuenta 8915-Deudoras de Control por Contra (CR) y acredita la subcuenta 839006-Recursos embargados, de la cuenta 8390-Otras Cuentas Deudoras de Control.
6. Venta de activos.<Numeral modificado por el artículo 5 de la Resolución 718 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
El registro de la venta de bienes se efectúa por su valor en libros, y la diferencia con respecto al valor del derecho a cobrar (precio de venta), cuando este último sea mayor, debe registrarse en la subcuenta 480805-Utilidad en venta de activos, de la cuenta 4808-Otros Ingresos Ordinarios y, en caso contrario, en la subcuenta 580801-Pérdida en venta de activos, de la cuenta 5808-Otros Gastos Ordinarios. En caso de haberse registrado valorizaciones y superávit por valorizaciones, se debita la subcuenta 314001-Liquidación o 314004-Supresión, de la cuenta 3140-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales o la subcuenta 326001-Liquidación o 326004-Supresión, de la cuenta 3260-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales, y se acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1999-Valorizaciones.
7. Registros contables en la entidad que traslada bienes y derechos a otra que los recibe. <Numeral modificado por el artículo 5 de la Resolución 718 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:> Si en el acto administrativo que determina la supresión y/o liquidación de una entidad contable pública se establece el traslado de bienes y derechos a otra entidad contable pública, dicho acto debe reconocerse en el momento de la entrega de los bienes.
La entidad contable pública que traslada los bienes y derechos, los retira por el valor en libros, debitando las subcuentas que correspondan a las depreciaciones, amortizaciones y provisiones de los bienes y derechos trasladados y acreditando las subcuentas de las cuentas de activo relacionadas, de acuerdo con el bien o derecho que se entrega. Si el valor en libros es distinto de cero, la diferencia se registra con un débito en la subcuenta 314001-Liquidación o 314004-Supresión de la cuenta 3140-Patrimonio de Entidades en Procesos, o la subcuenta 326001-Liquidación o 326004-Supresión de la cuenta 3260-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales, según corresponda. Así mismo, retira las valorizaciones y el superávit por valorizaciones correspondientes, con un débito en la subcuenta 314001-Liquidación o 314004-Supresión, de la cuenta 3140-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales o a la subcuenta 326001-Liquidación o 326004-Supresión, de la cuenta 3260-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales y un crédito en la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1999-Valorizaciones.
8. Registros contables en la entidad que recibe bienes y derechos de otra que los traslada. <Numeral modificado por el artículo 5 de la Resolución 718 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
La entidad contable pública receptora de los bienes y derechos, los incorpora con un débito en las subcuentas y cuentas de activo, de acuerdo con su naturaleza y un crédito en la subcuenta 312525-Bienes o 312526-Derechos, de la cuenta 3125-Patrimonio Público Incorporado, si la entidad pertenece al sector central. En el caso de las entidades descentralizadas se acredita la subcuenta 325525-Bienes o 325526-Derechos, de la cuenta 3255-Patrimonio Institucional Incorporado, según corresponda. El valor por el cual deben registrarse los activos es el definido en el acto que ordena la liquidación; en su defecto, se utiliza el valor convenido, que puede ser el valor en libros o uno estimado mediante avalúo técnico. El valor por el cual se reconocen los bienes debe actualizarse de conformidad con las normas sobre la materia.
La incorporación de bienes y derechos debe realizarse sin perjuicio de garantizar el cumplimiento de las características cualitativas de la información contable pública.
9. Registros contables en la entidad que traslada obligaciones a otra que las recibe. <Numeral modificado por el artículo 5 de la Resolución 718 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
Si en el acto administrativo que determina la supresión y/o liquidación de una entidad contable pública se establece el traslado de obligaciones a otra entidad contable pública, dicho acto debe reconocerse en el momento de su entrega.
La entidad contable pública traslada el saldo de la obligación con los correspondientes costos de endeudamiento por pagar y la prima y descuento en colocación de bonos y títulos pendientes de amortizar, acreditando la subcuenta 314001-Liquidación o 314004-Supresión de la cuenta 3140-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales, o la subcuenta 326001-Liquidación o 326004-Supresión de la cuenta 3260-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales, según corresponda.
10. Registros contables en la entidad que recibe obligaciones de otra que las traslada. <Numeral modificado por el artículo 5 de la Resolución 718 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
La entidad contable pública receptora de las obligaciones, las incorpora, registrando el detalle de los conceptos asociados, en las subcuentas y cuentas respectivas, debitando la subcuenta 312527-Obligaciones (Db), de la cuenta 3125-Patrimonio Público Incorporado o la subcuenta 325527-Obligaciones (Db), de la cuenta 3255-Patrimonio Institucional Incorporado, según corresponda.
Cuando la entidad contable pública sobre la cual se ordene el proceso de supresión y/o liquidación, tenga a su cargo el reconocimiento de pensiones, y el acto administrativo correspondiente determine su traslado a otra entidad, aplica lo definido en el procedimiento para el reconocimiento y revelación del pasivo pensional.
La incorporación de obligaciones debe realizarse sin perjuicio de garantizar el cumplimiento de las características cualitativas de la información contable pública.
11. Registro de Pasivos no Reconocidos. <Numeral modificado por el artículo 5 de la Resolución 718 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
Si en el proceso de supresión y/o liquidación, como producto del emplazamiento por acreencias y reclamaciones, se establecen pasivos no reconocidos basados en documentos idóneos, estos deben ser incorporados, debitando las subcuentas y cuentas de activos, gastos y patrimonio de entidades en procesos especiales y acreditando las subcuentas y cuentas respectivas del pasivo, según corresponda.
12. Procesos judiciales y demás reclamaciones. <Numeral modificado por el artículo 5 de la Resolución 718 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
La entidad contable pública debe reconocer los procesos judiciales y demás reclamaciones, en cuentas de orden, pasivos estimados o pasivo real, dependiendo de la evolución de los procesos o la evaluación del riesgo, de conformidad con lo establecido en el procedimiento para el registro contable de los procesos judiciales. De igual forma registra los derechos judiciales reconociéndolos en cuentas de orden o como derechos judicialmente reconocidos, según corresponda. Los registros contables se indican en el procedimiento de procesos judiciales y embargos.
13. Cancelación de pasivos con bienes como dación en pago.<Numeral modificado por el artículo 5 de la Resolución 718 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
Si durante el proceso de liquidación se cancelan pasivos con bienes como dación en pago, se debitan los pasivos y se acreditan los activos por su valor en libros. El valor de la operación será conforme lo establezcan las normas vigentes.
14. Gastos relacionados con la supresión y/o liquidación. <Numeral modificado por el artículo 5 de la Resolución 718 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
Los gastos del personal que continúe vinculado a la entidad para el desarrollo de funciones asociadas con el proceso de supresión y/o liquidación, se registran debitando las subcuentas y cuentas del grupo 51-De Administración y acreditando las subcuentas, de las cuentas 2425-Acreedores y 2505-Salarios y Prestaciones Sociales, según corresponda.
Las indemnizaciones que se originen en la cancelación de contratos de trabajo deben registrarse con un débito en la subcuenta 510203-Indemnizaciones, de la cuenta 5102-Contribuciones Imputadas y un crédito en la subcuenta 250508-Indemnizaciones, de la cuenta 2505-Salarios y Prestaciones Sociales.
La contratación de personas especializadas para la realización de las actividades propias del proceso de supresión y/o liquidación, así como la remuneración asignada al liquidador, deben registrarse debitando las subcuentas que correspondan de la cuenta 5101-Sueldos y Salarios y/o la subcuenta 511111-Comisiones, honorarios y servicios, de la cuenta 5111-Generales y acreditando la subcuenta 242552-Honorarios, de la cuenta 2425-Acreedores o la subcuenta que corresponda de la cuenta 2505-Salarios y Prestaciones Sociales.
En todo caso, los gastos originados en la supresión y/o liquidación deben ser reconocidos por la entidad contable pública en la cual se esté adelantando dicho proceso, con independencia de que la apropiación presupuestal haya sido asignada a otra entidad contable pública. Cuando las normas establezcan que los recursos deben ser restituidos, la entidad en supresión y/o liquidación debe reconocer el pasivo a favor de la entidad que efectuó los pagos y cancelar los pasivos causados en la liquidación, para lo cual debita la subcuenta que generó para el pago de la obligación y acredita la subcuenta 249015-Obligaciones pagadas por terceros, de la cuenta 2490-Otras Cuentas por Pagar. Por su parte, la entidad que efectúa el pago debita la subcuenta 147064-Pago por cuenta de terceros, de la cuenta 1470-Otros Deudores y acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
En caso de que las normas no establezcan la restitución de los recursos, la entidad en supresión y/o liquidación, así como la entidad que efectúa los pagos, deben aplicar lo definido en este procedimiento para el traslado de obligaciones.
15. Reconocimiento de costos y gastos en entidades que continúen produciendo bienes o prestando servicios durante el proceso de supresión y/o liquidación. <Numeral modificado por el artículo 5 de la Resolución 718 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:> Si de conformidad con las disposiciones legales, durante el proceso de supresión y/o liquidación la entidad continúa prestando el servicio o produciendo bienes, debe reconocer los gastos y costos que correspondan, sin perjuicio de cumplir con el procedimiento contable para las supresiones y/o liquidaciones.
16. Depreciaciones, amortizaciones, provisiones y valorizaciones de activos. <Numeral modificado por el artículo 5 de la Resolución 718 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:> Los activos de una entidad que se encuentre en proceso de supresión y/o liquidación no son objeto de reconocimiento de provisiones y valorizaciones. Tampoco son objeto de reconocimiento de depreciaciones y amortizaciones, los activos de una entidad que se encuentre en proceso de supresión y/o liquidación, excepto los que se utilizan en la producción de bienes y servicios, cuando el Estado deba garantizar la continuidad en la producción de estos o la prestación del servicio; así mismo, son objeto de depreciaciones o amortizaciones los bienes que se destinen para el funcionamiento de la entidad durante el proceso de supresión y/o liquidación, se concesionen o se arrienden.
17. Devolución de bienes de terceros. <Numeral modificado por el artículo 5 de la Resolución 718 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
La devolución de bienes de una entidad en supresión y/o liquidación que pertenece al Gobierno general a otra entidad del Gobierno general se efectúa por el valor en libros, debitando la subcuenta 314001-Liquidación o 314004-Supresión de la cuenta 3140-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales, o la subcuenta 326001-Liquidación o 326004-Supresión de la cuenta 3260-Patrimonio de Entidades En Procesos Especiales, según corresponda, y acreditando las subcuentas de las cuentas de activo conforme a la naturaleza de los bienes.
Cuando la devolución de los bienes la realice una entidad en proceso de supresión y/o liquidación que pertenece al Gobierno general, a una empresa, o la devolución se realice entre empresas, la entidad del Gobierno o empresa que devuelve los bienes debita la subcuenta 934619-Propiedades, planta y equipo, de la cuenta 9346-Bienes Recibidos de Terceros y acredita la subcuenta 991506-Bienes recibidos de terceros, de la cuenta 9915-Acreedoras de Control por Contra (DB).
18. Restitución de bienes a la entidad en supresión y/o liquidación. <Numeral modificado por el artículo 5 de la Resolución 718 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
Si una entidad del Gobierno general le restituye bienes a otra entidad del Gobierno general que se encuentra en supresión y/o liquidación, esta última los debe incorporar debitando las subcuentas de las cuentas del grupo 16-Propiedades, Planta y Equipo y acreditando la subcuenta 314001-Liquidación o 314004-Supresión de la cuenta 3140-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales, o la subcuenta 326001-Liquidación o 326004-Supresión, de la cuenta 3260-Patrimonio de Entidades En Procesos Especiales, según corresponda.
Por su parte, cuando las empresas le restituyen bienes a la entidad en proceso de supresión y/o liquidación, esta debita las subcuentas de las cuentas que correspondan del grupo 16-Propiedades, Planta y Equipo por el valor neto que resulte de acreditar las subcuentas relacionadas, de la cuenta 1920-Bienes Entregados a Terceros y debitar las subcuentas de la cuenta 1925-Amortización Acumulada de Bienes Entregados a Terceros (CR).
19. Cierre contable durante el proceso de supresión y/o liquidación. <Numeral modificado por el artículo 5 de la Resolución 718 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
Al finalizar el período contable, la entidad contable pública debe efectuar el cierre de las operaciones con ocasión de la supresión y/o liquidación, para lo cual debita las cuentas de ingresos y acredita las cuentas de gastos y costos, utilizando como contrapartida las subcuentas de la cuenta 5905-Cierre de Ingresos, Gastos y Costos. El saldo neto del cierre se traslada a la subcuenta que corresponda de la cuenta 3111-Resultado del Ejercicio de Entidades en Procesos Especiales o 3233-Resultado del Ejercicio de Entidades en Procesos Especiales.
Al inicio del período contable siguiente, el saldo de la cuenta de resultados 3111-Resultado del Ejercicio de Entidades en Procesos Especiales o 3233-Resultado del Ejercicio de Entidades en Procesos Especiales se traslada a la subcuenta 314001-Liquidación, 314004-Supresión, 326001-Liquidación o 326004-Supresión, de las cuentas 3140-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales o 3260-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales, según corresponda.
20. CUENTAS DE PRESUPUESTO Y TESORERÍA
<Numeral eliminado por el artículo 6 de la Resolución 413 de 2011>
21. Contrato de fiducia mercantil posterior a la liquidación. <Numeral modificado por el artículo 5 de la Resolución 718 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
Cuando terminado el plazo de la liquidación, el liquidador celebre un contrato de fiducia mercantil por el cual transfiere al patrimonio autónomo activos para el pago de pasivos y contingencias, debe aplicar lo definido en este procedimiento para el traslado de bienes, derechos y obligaciones.
Igual tratamiento aplica la entidad contable pública beneficiaria del remanente cuando recibe bienes del patrimonio autónomo, una vez cancelados los pasivos.
22. Instrucciones adicionales para empresas de servicios públicos domiciliarios que sean intervenidas con fines de liquidación. <Numeral modificado por el artículo 5 de la Resolución 718 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
Las empresas de servicios públicos domiciliarios intervenidas con fines de liquidación deben causar el derecho de los recursos del Fondo Empresarial, debitando la subcuenta 147085-Apoyo del fondo empresarial, de la cuenta 1470-Otros Deudores y acreditando la subcuenta 480820-Apoyo del fondo empresarial, de la cuenta 4808-Otros Ingresos Ordinarios.
Cuando los recursos recibidos del Fondo excedan el valor de las contribuciones realizadas por la empresa, esta debe reconocer el mayor valor recibido, debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras y acreditando la subcuenta 230611-Préstamos o 230705-Préstamos de los fondos empresariales, de la cuenta 2306-Operaciones de Financiamiento Internas de Corto Plazo o 2307-Operaciones de Financiamiento Internas de Largo Plazo, Según corresponda.
23. Estados Contables. <Numeral modificado por el artículo 5 de la Resolución 718 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
Una vez realizado el cierre contable de las operaciones de la entidad en liquidación, referido en el numeral 2 de este procedimiento, la entidad contable pública debe elaborar como mínimo el Balance General y el Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental debidamente certificados, para efectos de establecer el balance de iniciación de la liquidación de acuerdo con lo señalado en el procedimiento de estados contables.
Para la elaboración y presentación del Balance General durante el proceso de liquidación los activos y pasivos se clasifican en corriente.
La preparación y presentación del estado de flujos de efectivo para las empresas debe estructurarse con base en las actividades propias de la liquidación, identificando las entradas y salidas de efectivo producto de dicho proceso.
La entidad contable pública durante el proceso de supresión y/o liquidación debe elaborar y presentar los estados contables básicos de acuerdo con el procedimiento establecido para este fin.
Debe revelarse en notas a los estados contables la existencia del fondo con destinación específica, que de conformidad con las disposiciones legales debe crearse para atender los gastos de conservación, guarda y depuración de los archivos.
24. Reporte de la información. <Numeral modificado por el artículo 5 de la Resolución 718 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:> Las entidades en supresión y/o liquidación deben informar oportunamente a la Contaduría General de la Nación la nueva situación o estado de la entidad mediante comunicación escrita, anexando el acto administrativo respectivo con el propósito de hacer la actualización respecto del “estado de la entidad” y la modificación del nombre de la entidad en el Sistema CHIP.
Por su parte, la entidad contable pública, cuando sea el caso, incorpora en el Sistema CHIP el cambio del representante legal y/o contador.
Así mismo, las entidades que se encuentran en los procesos antes mencionados seguirán reportando la información financiera, económica, social y ambiental, en la forma y términos establecidos por la Contaduría General de la Nación hasta tanto culmine dicho proceso. Para efectos de la elaboración y presentación del reporte de saldos y movimientos, los activos y pasivos de la entidad en liquidación deben clasificarse en la columna de Saldo Final Corriente.
25. FUSIONES Y ESCISIONES
Considerando que el principio de Gestión Continuada no aplica tratándose de una entidad contable pública sobre la que se ordene la fusión o escisión total, a continuación se relacionan los procedimientos de carácter específico que debe aplicar.
26. CIERRE CONTABLE DE LAS OPERACIONES HASTA LA FECHA EN QUE SE ORDENA LA FUSIÓN O ESCISIÓN TOTAL
La entidad contable pública sobre la cual se ordene la fusión o escisión total debe proceder a efectuar el cierre contable de sus operaciones a la fecha de entrada en vigencia del respectivo acto o a la última fecha de operación, previo cumplimiento de la norma de cierre contable.
El cierre contable consiste en debitar las subcuentas de las cuentas de ingresos y acreditar las subcuentas de las cuentas de gastos y costos, utilizando como contrapartida las subcuentas, de la cuenta 5905-CIERRE DE INGRESOS, GASTOS Y COSTOS. El saldo neto se traslada a la subcuenta que corresponda, de la cuenta 3110-RESULTADO DEL EJERCICIO o 3230-RESULTADOS DEL EJERCICIO.
27. RECLASIFICACIÓN DE LAS CUENTAS DEL PATRIMONIO
Una vez efectuado el cierre contable de las operaciones hasta la fecha en que se ordena la fusión o escisión total, la entidad contable pública debe reclasificar los saldos de las cuentas que conforman el patrimonio, a la subcuenta 314002-Fusión o 314003-Escisión, de la cuenta 3140-PATRIMONIO DE ENTIDADES EN PROCESOS ESPECIALES, tratándose de las entidades del sector central. En el caso de las entidades del sector descentralizado se deben reclasificar los saldos a la subcuenta 326002-Fusión o 326003-Escisión, de la cuenta 3260-PATRIMONIO DE ENTIDADES EN PROCESOS ESPECIALES, según corresponda.
Tratándose de entidades contables públicas de carácter societario, este procedimiento se aplica a todas las cuentas del patrimonio, excepto a las cuentas 3203- APORTES SOCIALES, 3204-CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO y 3210-PRIMA EN COLOCACIÓN DE ACCIONES, CUOTAS O PARTES DE INTERÉS SOCIAL.
28. I NVENTARIO DE LA ENTIDAD FUSIONADA O ESCINDIDA
La entidad contable pública sobre la cual se ordene la fusión o escisión debe realizar los inventarios de activos, pasivos y cuentas de orden, de conformidad con las disposiciones legales, para efectos de adelantar el respectivo proceso.
La información financiera, económica, social y ambiental debe ser confrontada con la existencia y valor de los activos y pasivos establecidos en el inventario, y en caso de presentarse diferencias deben realizarse los ajustes contables a que haya lugar.
29. REGISTROS CONTABLES EN LA ENTIDAD QUE TRASLADA BIENES Y DERECHOS A OTRA QUE LOS RECIBE
El traslado de bienes y derechos debe reconocerse en el momento de su entrega.
La entidad contable pública perteneciente al sector central que traslada bienes y derechos los retira por el valor en libros, debitando las subcuentas que correspondan a las depreciaciones, amortizaciones y provisiones de los bienes y derechos trasladados, y acreditando las subcuentas de las cuentas de activo relacionadas, de acuerdo con el bien o derecho que se entrega. Si el valor en libros es distinto de cero, la diferencia se registra debitando la subcuenta 314002-Fusión o 314003-Escisión, de la cuenta 3140- PATRIMONIO DE ENTIDADES EN PROCESOS ESPECIALES.
<Inciso modificado por el artículo 8 de la Resolución 145 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> La entidad contable pública perteneciente al sector central que traslada bienes y derechos, los retira por el valor en libros, debitando las subcuentas que correspondan a las depreciaciones, amortizaciones y provisiones de los bienes y derechos trasladados y acreditando las subcuentas de las cuentas de activo relacionadas, de acuerdo con el bien o derecho que se entrega. Si el valor en libros es distinto de cero, la diferencia se registra debitando la subcuenta 314002-Fusión o 314003-Escisión, de la cuenta 3140-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales. En el caso de las entidades del sector descentralizado, la diferencia se registra debitando la subcuenta 326002-Fusión o 326003-Escisión, de la cuenta 3260-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales, según corresponda. Así mismo, retira las valorizaciones y el superávit por valorizaciones correspondientes, con un débito a la subcuenta 314002-Fusión o 314003-Escisión, de la cuenta 3140-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales, si pertenece al sector central, o un débito en la subcuenta 326002-Fusión o 326003-Escisión, de la cuenta 3260-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales, si es del sector descentralizado y un crédito a la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1999-Valorizaciones.
30. REGISTROS CONTABLES EN LA ENTIDAD QUE RECIBE BIENES Y DERECHOS DE OTRA QUE LOS TRASLADA
La entidad contable pública receptora de los bienes y derechos los incorpora con un débito en las subcuentas y cuentas de activo, de acuerdo con su naturaleza y un crédito en la subcuenta 312525-Bienes o 312526- Derechos, de la cuenta 3125-PATRIMONIO PÚBLICO INCORPORADO, si la entidad pertenece al sector central.
En el caso de las entidades descentralizadas se acredita la subcuenta 325525-Bienes o 325526-Derechos, de la cuenta 3255-PATRIMONIO INSTITUCIONAL INCORPORADO, según corresponda. El valor por el cual deben registrarse los activos es el convenido, que puede ser el valor en libros o uno estimado mediante avalúo técnico. El valor por el cual se reconocen los bienes debe actualizarse de conformidad con las normas sobre la materia.
La incorporación de bienes y derechos debe realizarse sin perjuicio de garantizar el cumplimiento de las características cualitativas de la información contable pública.
31. REGISTROS CONTABLES EN LA ENTIDAD QUE TRASLADA OBLIGACIONES A OTRA QUE LAS RECIBE
El traslado de obligaciones debe reconocerse en el momento de su entrega.
La entidad contable pública perteneciente al sector central traslada el saldo de la obligación con los correspondientes costos de endeudamiento por pagar y la prima y descuento en colocación de bonos y títulos pendientes de amortizar, acreditando la subcuenta 14002-Fusión o 314003-Escisión, de la cuenta 3140- PATRIMONIO DE ENTIDADES EN PROCESOS ESPECIALES.
En el caso de las entidades del sector descentralizado, se acredita la subcuenta 326002-Fusión o 326003- Escisión, de la cuenta 3260-PATRIMONIO DE ENTIDADES EN PROCESOS ESPECIALES, según corresponda.
32. REGISTROS CONTABLES EN LA ENTIDAD QUE RECIBE OBLIGACIONES DE OTRA QUE LAS TRASLADA
La entidad contable pública receptora de las obligaciones las incorpora registrando el detalle de los conceptos asociados, en las subcuentas y cuentas respectivas, debitando la subcuenta 312527-Obligaciones (Db), de la cuenta 3125-PATRIMONIO PÚBLICO INCORPORADO o la subcuenta 325527-Obligaciones (Db), de la cuenta 3255-PATRIMONIO INSTITUCIONAL INCORPORADO, según corresponda.
Cuando la entidad contable pública sobre la cual se ordene el proceso de fusión o escisión tenga a su cargo el reconocimiento de pensiones, y el acto administrativo correspondiente determine su traslado a otra entidad, se aplicará lo definido en el procedimiento para el reconocimiento y revelación del pasivo pensional.
La incorporación de obligaciones debe realizarse sin perjuicio de garantizar el cumplimiento de las características cualitativas de la información contable pública.
33. DEVOLUCIÓN DE BIENES DE TERCEROS
La devolución de bienes de una entidad fusionada o escindida que pertenece al gobierno general a otra entidad de gobierno general, se efectúa por el valor en libros, debitando la subcuenta 314002-Fusión o 314003- Escisión, de la cuenta 3140-PATRIMONIO DE ENTIDADES EN PROCESOS ESPECIALES, cuando pertenece al sector central, acreditando las subcuentas y cuentas de activo, conforme a la naturaleza de los bienes. Tratándose de una entidad del gobierno general que pertenece al sector descentralizado, debita la subcuenta 326002-Fusión o 326003-Escisión, de la cuenta 3260-PATRIMONIO DE ENTIDADES EN PROCESOS ESPECIALES.
Cuando la devolución de los bienes la realice una entidad fusionada o escindida que pertenece al gobierno general, a una empresa, o la devolución se realice entre empresas, la entidad del gobierno o empresa que devuelve los bienes debita la subcuenta 934619-Propiedades, planta y equipo, de la cuenta 9346-BIENES RECIBIDOS DE TERCEROS y acredita la subcuenta 991506-Bienes recibidos de terceros, de la cuenta 9915-ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB).
34. RESTITUCIÓN DE BIENES A LA ENTIDAD FUSIONADA O ESCINDIDA
Si una entidad del gobierno general le restituye bienes a otra entidad de gobierno general fusionada o escindida, esta última los debe incorporar debitando las subcuentas de las cuentas del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO y acreditando la subcuenta 314002-Fusión o 314003-Escisión, de la cuenta 3140-PATRIMONIO DE ENTIDADES EN PROCESOS ESPECIALES, cuando la entidad pertenece al sector central. En el caso de las entidades descentralizadas se registra acreditando la subcuenta 326002-Fusión o 326003-Escisión, de la cuenta 3260-PATRIMONIO DE ENTIDADES EN PROCESOS ESPECIALES.
Por su parte, cuando las empresas le restituyan bienes a la entidad fusionada o escindida, ésta debita las subcuentas de las cuentas que correspondan, del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO por el valor neto que resulte de acreditar las subcuentas relacionadas, de la cuenta 1920-BIENES ENTREGADOS A TERCEROS y debitar las subcuentas, de la cuenta 1925- AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE BIENES ENTREGADOS A TERCEROS (CR).
35. PROCEDIMIENTOS ADICIONALES PARA LAS ENTIDADES CONTABLES PÚBLICAS DEL NIVEL NACIONAL QUE FORMAN PARTE DEL SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACIÓN FINANCIERA –SIIF
<Numeral modificado por el artículo 7 de la Resolución 413 de 2011. El nuevo texto es el siguiente:> Las entidades contables públicas suprimidas que de acuerdo con disposiciones presupuestales continúen con los registros contables, derivados de la ejecución, de las cuentas por pagar y las reservas presupuestales, deben revelar estas operaciones en la contabilidad patrimonial. Por su parte, la entidad contable pública absorbente, o creada, tendrá los registros contables de la ejecución presupuestal de la vigencia actual, a partir del momento en que se ordene la supresión.
Los registros de depreciaciones, amortizaciones, provisiones y agotamiento, así como otros registros que no implican ejecución presupuestal, deben efectuarse a través de la entidad contable pública absorbente o creada.
Para efectos de reporte a la Contaduría General de la Nación, mientras se termina la ejecución de las cuentas por pagar y reservas presupuestales y lo ejecutado de la vigencia actual en la entidad contable pública suprimida, la entidad contable pública absorbente o creada será responsable de la agregación de la información contable de la entidad suprimida. Por lo tanto, deben adoptarse los controles necesarios que permitan verificar la consistencia de la información agregada con la registrada en el sistema SIIF.
En relación con el registro de los libros de contabilidad, la entidad contable pública creada procederá a la apertura de los mismos, de conformidad con lo establecido en el Régimen de Contabilidad Pública.
36. REPORTE DE LA INFORMACIÓN
Las entidades que entran en procesos de fusión o escisión total deben informar oportunamente a la Contaduría General de la Nación la nueva situación o estado de la entidad mediante comunicación escrita, anexando el acto administrativo respectivo con el propósito de hacer la actualización respecto del “estado de la entidad” en el Sistema CHIP.
La obligación de reportar información de las entidades fusionadas o escindidas totalmente es de las entidades absorbentes, beneficiarias o creadas, según corresponda.
PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN FINANCIADOS CON RECURSOS REEMBOLSABLES, NO REEMBOLSABLES Y DE CONTRAPARTIDA.
Con el fin de procurar el seguimiento y control de los proyectos de inversión financiados con recursos reembolsables, no reembolsables y de contrapartida, la entidad ejecutora del proyecto-EEP, como responsable de la contabilidad del mismo, debe garantizar que a través de la contabilidad se pueda obtener información relacionada con los activos, pasivos, patrimonio, ingresos, gastos, costos y cuentas de orden del proyecto, atendiendo lo dispuesto en el Régimen de Contabilidad Pública.
La entidad ejecutora del proyecto es la entidad contable pública del nivel nacional o territorial que tiene dentro de su presupuesto la ejecución del proyecto de inversión.
1. TRATAMIENTO CONTABLE DE LOS PROYECTOS FINANCIADOS CON RECURSOS REEMBOLSABLES
Son aquellos proyectos financiados con recursos de crédito provenientes de organismos internacionales de fomento o banca multilateral, contratados por la Nación y demás entidades autorizadas, los cuales afectan el cupo de endeudamiento de la Nación, de los entes territoriales o del establecimiento público autorizado para contratar deuda.
Para el flujo de recursos al proyecto de inversión se tendrá en cuenta si los recursos se monetizan y se consignan en cuentas del proyecto en el país, si no se monetizan y se consignan en cuentas en el exterior, o si los recursos son consignados en cuentas de un agente financiero y/o administrador, para su administración.
En todo caso se atenderá lo definido en el procedimiento para el registro contable de las operaciones interinstitucionales expedido por la Contaduría General de la Nación, en cuanto a los fondos entregados y recibidos.
2. PROYECTOS FINANCIADOS CON RECURSOS NO REEMBOLSABLES
Los recursos no reembolsables corresponden a los que recibe el proyecto por concepto de asistencia técnica o cooperación internacional, donaciones y otros recursos.
Los recursos de asistencia técnica o cooperación internacional corresponden a las actividades que de manera conjunta se adelantan entre los países, y entre éstos y los organismos internacionales, para apoyar el desarrollo económico y social de la población. Por su parte, las donaciones son recursos sin contraprestación con la característica de destinación específica establecida por el donante, recibidos de otros gobiernos o de instituciones privadas de carácter nacional o internacional; y los otros recursos corresponden a los provenientes de las entidades o inversionistas del sector privado diferentes a los que firmaron el convenio o contrato de préstamo de cofinanciación del proyecto de inversión.
Los tres conceptos para efectos contables se registran debitando la subcuenta de la cuenta que identifique el tipo de bien o derecho recibido en donación, y acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 3120- SUPERÁVIT POR DONACIÓN o 3235-SUPERÁVIT POR DONACIÓN, según se trate de un proyecto administrado por una entidad del sector central, o descentralizado por servicios, si los bienes y derechos recibidos están destinados a la formación bruta de capital.
Si los recursos recibidos por estos conceptos se destinan para financiar gastos del proyecto de inversión se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS, y se acredita la subcuenta 480819-Donaciones, de la cuenta 4808-OTROS INGRESOS ORDINARIOS.
Por su parte, si expresamente se manifiesta la voluntad del donante de entregarlos directamente a un tercero como beneficiario, para disponer de la información de ejecución para el donante, se debita la subcuenta 939014- Donaciones a terceros por proyectos de inversión, de la cuenta 9390-OTRAS CUENTAS ACREEDORAS DE CONTROL, y se acredita la subcuenta 991590- Otras cuentas acreedoras de control, de la cuenta 9915-ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB).
Sobre estos valores se debe hacer la correspondiente revelación en notas a los estados contables de la entidad ejecutora del proyecto de inversión.
3. TRASLADO DE RECURSOS Y BIENES COMO CONTRAPARTIDA
Los recursos de contrapartida son los que de acuerdo con lo establecido en los convenios de crédito externo aportan las entidades contables públicas del nivel nacional y territorial y, demás entidades, para la cofinanciación de proyectos de inversión.
Cuando se maneje contabilidad separada, el traslado de los bienes de la entidad ejecutora del proyecto a título de contrapartida, en la contabilidad del proyecto, se registra debitando la subcuenta que identifique el tipo de bien objeto de traslado, afectando igualmente las cuentas asociadas al bien que se traslada (provisión, depreciación, valorización o amortización), acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 3105- CAPITAL FISCAL o 3208-CAPITAL FISCAL.
En el supuesto de que el bien que se traslada es un computador, en la contabilidad de la entidad ejecutora del proyecto se debitan las subcuentas 168507-Equipo de comunicación y computación, de la cuenta 1685- DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR) y 169511-Equipos de Comunicación y Computación, de la cuenta 1695- PROVISIONES PARA PROTECCIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (CR) y se acredita la subcuenta 167002- Equipo de computación, de la cuenta 1670-EQUIPOS DE COMUNICACIÓN Y COMPUTACIÓN. La diferencia se registra debitando las subcuentas que correspondan de la cuenta 3105-CAPITAL FISCAL o 3208-CAPITAL FISCAL.
En el caso de que para el bien objeto de traslado se haya registrado valorización, se debita la subcuenta 311569- Equipos de comunicación y computación, de la cuenta 3115-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN, o 324069-Equipos de comunicación y computación, de la cuenta 3240- SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN y se acredita la subcuenta 199969-Equipos de comunicación y computación, de la cuenta 1999-VALORIZACIONES.
Por su parte, en la contabilidad del proyecto se debita la subcuenta 167002-Equipo de computación, de la cuenta 1670-EQUIPOS DE COMUNICACIÓN Y COMPUTACIÓN y se acreditan las subcuentas 168507-Equipo de comunicación y computación, de la cuenta 1685-DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR) y 169511-Equipos de comunicación y computación, de la cuenta 1695-PROVISIONES PARA PROTECCIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (CR). La diferencia se registra acreditando las subcuentas que correspondan, de la cuenta 3105-CAPITAL FISCAL o 3208-CAPITAL FISCAL. Si el bien que le fue trasladado tiene registrada valorización, se debita la subcuenta 199969-Equipos de comunicación y computación, de la cuenta 1999- VALORIZACIONES y se acredita la subcuenta 311569- Equipos de comunicación y computación o 324069- Equipos de comunicación y computación, de la cuenta 3115-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN o 3240- SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN.
En todo caso, debe mantenerse el detalle del costo histórico, la provisión y depreciación del bien en la contabilidad del proyecto.
Cuando la contabilidad del proyecto se tiene estructurada de manera integrada a la de la entidad ejecutora, los registros para el traslado de bienes al proyecto se efectúan reclasificando al nivel de auxiliares de cada una de las cuentas asociadas al bien trasladado.
4. EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE INVERSIÓN
Teniendo en cuenta que la entidad ejecutora debe aplicar en su totalidad el Régimen de Contabilidad Pública, cuando los recursos del proyecto son administrados en sus cuentas corrientes, bien sea en el país o en el exterior, previo a la ejecución de los mismos, deben hacerse los registros de causación que correspondan, y aquellos relacionados con el pago.
Cuando los recursos del proyecto son depositados para su administración en cuentas de un agente financiero y/o administrador, con los soportes de la ejecución de los recursos que suministre este agente, se debita en la contabilidad del proyecto la respectiva cuenta y subcuenta de activo o gasto, según se trate, y se acredita la subcuenta 142402-En administración, de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN.
El agente financiero y/o administrador-AFE corresponde al organismo de carácter nacional o internacional autorizado por el organismo internacional de fomento o banca multilateral para prestar asistencia técnica en el tema de adquisiciones, gestión de obras y administrar fondos de los proyectos de inversión.
Cuando se ha autorizado por parte del organismo internacional de fomento o banca multilateral la contratación de un agente financiero y/o administrador- AFE, la entidad ejecutora del proyecto de inversión debe implementar los mecanismos tendientes a obtener de este agente la información relacionada con la ejecución de los recursos del proyecto que administra, con las especificaciones, características y periodicidad requerida, para que la información que se reporta, por parte de la entidad ejecutora del proyecto a la Contaduría General de la Nación, incorpore la información del proyecto de inversión.
Si en desarrollo del proyecto de inversión se adquieren bienes para la comunidad, se debita la subcuenta “Asignación de bienes y servicios” de las cuentas que conforman el grupo 55-GASTO PÚBLICO SOCIAL, si está orientado a la solución de necesidades básicas insatisfechas en los sectores definidos por la ley, o la subcuenta 521167-Asignación de bienes y servicios, de la cuenta 5211-GENERALES, si la inversión está dirigida a otros sectores, con crédito a la subcuenta 142402-En administración, de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN, si los recursos destinados para el proyecto están siendo administrados por un agente financiero y/o administrador; o la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110- DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS, si los recursos están depositados en las cuentas del proyecto de inversión.
En todo caso la entidad ejecutora del proyecto debe establecer los controles administrativos de los bienes adquiridos para el proyecto.
5. P ROYECTOS EJECUTADOS POR VARIAS ENTIDADES
Cuando el proyecto de inversión se ejecute con la participación de varias entidades, cada una de ellas registrará en su contabilidad la parte que le corresponda ejecutar, con base en lo definido en el convenio de préstamo o en el Manual Operativo del Proyecto.
6. LIQUIDACIÓN DE LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN
Concluida la vida del proyecto de inversión, el traslado de los bienes depende de lo definido en el Manual Operativo del Proyecto o por acuerdo entre la entidad ejecutora del mismo y el organismo internacional de fomento o banca multilateral cofinanciador, esto es considerando si los bienes se trasladan a la entidad ejecutora del proyecto, a una entidad contable pública diferente de la entidad ejecutora o a la comunidad.
7. TRASLADO A LA ENTIDAD EJECUTORA DEL PROYECTO DE INVERSIÓN O A UNA ENTIDAD CONTABLE PÚBLICA DIFERENTE DE LA ENTIDAD EJECUTORA
Bien sea que se trate de una entidad contable pública del gobierno general o de una empresa pública que administre un proyecto de inversión, para el traslado se atenderá lo definido en el Procedimiento contable para el reconocimiento y revelación de hechos relacionados con las propiedades, planta y equipo.
Para el efecto en la contabilidad del proyecto de inversión por el traslado de propiedades, planta y equipo se debitan las subcuentas que correspondan, de las cuentas 1685- DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR) y 1695-PROVISIONES PARA PROTECCIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (CR) y acredita la subcuenta de la cuenta que identifique la naturaleza del bien trasladado, del grupo 16- PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO. La diferencia se registra debitando las subcuentas que correspondan, de la cuenta 3105-CAPITAL FISCAL o 3208-CAPITAL FISCAL. En caso de haberse registrado valorizaciones, se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 3115-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN o 3240-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN y se acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1999-VALORIZACIONES.
Por su parte la entidad ejecutora del proyecto debita la subcuenta de la cuenta que identifique la naturaleza del bien, del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO, por el valor convenido que puede ser el valor en libros o uno estimado mediante avalúo técnico, y acredita las subcuentas que correspondan, de la cuenta 3105- CAPITAL FISCAL o 3208-CAPITAL FISCAL; tratándose de una entidad contable pública diferente a la ejecutora del proyecto, acredita la subcuenta 312525-Bienes, de la cuenta 3125-PATRIMONIO PÚBLICO INCORPORADO o 325525-Bienes, de la cuenta 3255-PATRIMONIO INSTITUCIONAL INCORPORADO.
Cuando la contabilidad del proyecto se tiene estructurada de manera integrada a la de la entidad ejecutora, los registros para el traslado de los bienes se efectúan reclasificando el nivel de auxiliares de cada una de las cuentas asociadas al bien que se traslada.
8. TRASLADO A LA COMUNIDAD BENEFICIARIA DEL PROYECTO
Si de conformidad con la descripción del Gasto Público Social, los bienes se entregan a la comunidad para satisfacer necesidades básicas en los sectores de acción social del Estado, definidos expresamente por las leyes, se debitan las subcuentas que correspondan de las cuentas 1685- DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR), y 1695-PROVISIONES PARA PROTECCIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (CR). Igualmente se acredita la subcuenta que identifique la naturaleza del bien que se entrega, del grupo 16- PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO. La diferencia se registra en la subcuenta “Asignación de bienes y servicios”, de las cuentas del grupo 55-GASTO PÚBLICO SOCIAL. En caso de haberse registrado valorizaciones, se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 3115-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN o 3240-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN y se acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1999-VALORIZACIONES.
Cuando se decrete la supresión o disolución con fines de liquidación, fusión o escisión de la entidad ejecutora del proyecto, se atenderá lo definido en el acto administrativo que ordene tal proceso.
Para el efecto, se debe realizar lo establecido en el procedimiento definido para el tratamiento contable de las operaciones que surgen como consecuencia del proceso de liquidación, fusión o escisión, expedido por la Contaduría General de la Nación.
9. CONTROL DE LA EJECUCIÓN TOTAL DEL PROYECTO DE INVERSIÓN
Para obtener en cualquier momento la información total del proyecto de inversión, corresponde a la entidad ejecutora acumular en su contabilidad, los activos, pasivos, ingresos y gastos durante toda la vida del proyecto. Para el efecto, tratándose de activos y gastos se utilizará la subcuenta que corresponda de la cuenta 8355-EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN, con crédito a la subcuenta 891516-Ejecución de Proyectos de Inversión, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR), o un débito a la subcuenta 991522- Ejecución de Proyectos de Inversión, de la cuenta 9915- ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB), y un crédito a la subcuenta que corresponda, de la cuenta 9355-EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN, si se trata de pasivos e ingresos.
10. REINTEGRO DE RECURSOS QUE NO ESTÉN AMPARANDO COMPROMISOS U OBLIGACIONES
De conformidad con las normas sobre la materia y con el fin de garantizar eficiencia en la ejecución de los recursos del crédito y donaciones de entidades de cooperación internacional, las entidades ejecutoras del proyecto de inversión deberán atender lo definido en el procedimiento de Operaciones interinstitucionales expedido por la Contaduría General de la Nación, específicamente en el tema de reintegros.
11. ENTIDADE S EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACIÓN FINANCIERA-SIIF
Para estas entidades la contabilidad de los proyectos de inversión será generada a través de asignaciones internas funcionales de la entidad ejecutora del proyecto, con lo cual se entiende que la información cumple en su totalidad con lo definido en el Régimen de Contabilidad Pública.
2. REVELACIÓN EN NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES
La siguiente información debe revelarse en las notas a los estados contables de la entidad contable pública ejecutora del proyecto de inversión:
a) El monto de los recursos provenientes de asistencia técnica o cooperación internacional y donaciones
b) Recursos de cooperación técnica no reembolsables y de donaciones que por solicitud expresa del donante se entregan a un tercero como beneficiario
c) Monto de los recursos que al final del período contable quedaron pendientes de ejecución en las cuentas del agente financiero y/o administrador, o en las cuentas abiertas para el manejo de los recursos del proyecto de inversión
d) Información de las donaciones en especie que se canalizan para los proyectos de inversión
e) Informe del monto de las cuentas por pagar y la antigüedad de las mismas
PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO
Y REVELACIÓN DE LAS ACTIVIDADES REALIZADAS CONJUNTAMENTE.
1. APLICACIÓN CONTABLE
Una actividad realizada conjuntamente es el acuerdo contractual en virtud de la cual dos o más entidades participantes emprenden una acción económica que se somete a control conjunto, con lo cual las entidades participantes comparten el control sobre dicha acción o actividad mediante un convenio vinculante.
Existen tres tipos de actividades que se pueden realizar conjuntamente: operaciones controladas conjuntamente, activos controlados conjuntamente y entidades controladas conjuntamente. Estos negocios tienen dos o más entidades vinculadas por un acuerdo que establece la existencia de control conjunto.
2. OPERACIONES CONTROLADAS CONJUNTAMENTE
Las operaciones controladas conjuntamente implican el uso de activos y otros recursos de las entidades contables públicas participantes, en lugar del establecimiento de una entidad u otra figura. Cada entidad participante usa sus propiedades, planta y equipo y demás activos necesarios para el desarrollo de la operación, incurre en gastos, costos y pasivos y obtiene recursos del crédito como parte de sus obligaciones. El acuerdo celebrado proporciona el medio por el cual el ingreso por la venta o suministro del producto o servicio, y los gastos incurridos en común, se comparten entre las entidades que controlan conjuntamente la operación.
Las operaciones del negocio conjunto pueden ser desarrolladas por los empleados de la entidad participante junto con las actividades realizadas regularmente. El acuerdo del negocio conjunto contendrá las normas precisas para la distribución entre las entidades contables públicas participantes de los ingresos por la venta o suministro del producto o servicio, y de los gastos y costos incurridos en común, lo cual deberá reconocerse en la contabilidad de cada entidad contable pública, según lo señalado en dicho acuerdo. En este negocio cada entidad contable pública participante también debe reconocer en sus estados contables los activos y pasivos bajo su control.
3. ACTIVOS CONTROLADOS CONJUNTAMENTE
Este tipo de actividad implica la propiedad conjunta por parte de las entidades contables públicas participantes, la cual ha sido aportada o adquirida para los fines del negocio, de cuya utilización las entidades contables públicas obtendrán beneficios. Cada participante puede tomar una porción de la producción obtenida de los activos, y asumir la porción acordada de los gastos incurridos.
Las entidades contables públicas participantes deberán reconocer en sus estados contables su parte en los activos controlados conjuntamente, de acuerdo con la naturaleza de los mismos, así como los pasivos, gastos y costos en los que ha incurrido; al igual que su participación en los ingresos obtenidos por las actividades realizadas.
Las entidades contables públicas participantes pueden elaborar informes contables específicos para evaluar el resultado del negocio conjunto, sea este en forma de operaciones o de activos.
4. ENTIDADES CONTROLADAS CONJUNTAMENTE
Es el tipo de actividad donde las entidades participantes adquieren el carácter de inversionistas, es decir que surge una entidad o persona jurídica nueva, a su vez que se comparten el control sobre dicha entidad.
Esta entidad que se crea controla los activos del negocio conjunto, incurre en pasivos y gastos y obtiene ingresos, celebra contratos en su propio nombre, obtiene financiamiento para los fines de la actividad del negocio y lleva su propia contabilidad. Cada entidad contable pública participante tiene derecho a una parte de los resultados de la entidad bajo control conjunto, así los aportes realizados por las entidades participantes adquieren el carácter de inversión patrimonial, por lo cual, en el momento que dichos aportes se efectúen, las entidades participantes deben debitar la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1208-INVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES CONTROLADAS, y acreditar las subcuentas que correspondan de la clase de activos, según se trate el tipo de aportes.
Dicha inversión debe actualizarse aplicando el método de participación patrimonial, y en este sentido debe observarse lo pertinente en el procedimiento contable para el reconocimiento y revelación de las inversiones.
5. REVELACIÓN EN NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES
Debe revelarse en notas a los estados contables una descripción de sus participaciones significativas en activos, pasivos, ingresos, gastos y costos, así como la participación en entidades controladas conjuntamente.
<Procedimiento adicionado por el artículo 5 de la Resolución 585 de 2009. El nuevo texto es el siguiente:>
De acuerdo con las disposiciones legales vigentes, se entiende por negocio fiduciario el acto de confianza en virtud del cual una persona entrega a una sociedad fiduciaria uno o más bienes determinados, transfiriéndole o no la propiedad de los mismos, con el propósito de que ésta cumpla con ellos una finalidad específica, bien sea en beneficio del fideicomitente o de un tercero. Este concepto incluye los encargos fiduciarios, los negocios denominados de fiducia pública y los encargos fiduciarios públicos, y la fiducia mercantil.
Los encargos fiduciarios, los negocios denominados de fiducia pública y los encargos fiduciarios públicos se caracterizan porque no hay transferencia de la propiedad de los bienes, a diferencia de la fiducia mercantil que se caracteriza por la transferencia de la propiedad de los bienes con los cuales se constituye un patrimonio autónomo.
El tratamiento contable de los negocios fiduciarios depende de si hay transferencia o no de la propiedad de los bienes, por lo que en el procedimiento se diferencia el tratamiento contable para los encargos fiduciarios, que incluyen la fiducia pública y los encargos fiduciarios públicos, del tratamiento correspondiente a la fiducia mercantil.
Para dar cumplimiento al procedimiento contable que se señala a continuación, la entidad contable pública debe solicitar a la sociedad fiduciaria, la información suficiente para un adecuado y oportuno reconocimiento de los hechos.
1. ENCARGOS FIDUCIARIOS
El procedimiento contable definido para los encargos fiduciarios es aplicable a los negocios denominados de fiducia pública y los encargos fiduciarios públicos. Lo anterior sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones legales vigentes contenidas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, por parte de las entidades contables públicas.
Tratándose de los encargos fiduciarios y atendiendo el principio de Causación o Devengo, la entidad contable pública debe reconocer, por lo menos al finalizar el mes, los activos, pasivos, ingresos, gastos y costos que se generen en el negocio fiduciario, con base en la información que presente la sociedad fiduciaria y dando cumplimiento al Régimen de Contabilidad Pública. Para suministrar información detallada del encargo fiduciario, la entidad contable pública puede crear códigos auxiliares que identifiquen los activos, pasivos, ingresos, gastos y costos del negocio fiduciario.
El tratamiento contable de los encargos fiduciarios depende de la finalidad con la que se realicen, es decir, fiducia de inversión, fiducia de administración, fiducia de garantía y fiducia inmobiliaria. En relación con la fiducia inmobiliaria debe aplicarse el procedimiento contable de la fiducia de administración, o de la fiducia de inversión, según corresponda, teniendo en cuenta que este negocio tiene como finalidad la administración de recursos y bienes afectos a un proyecto inmobiliario o la inversión y administración de los recursos en efectivo destinados a la ejecución de un proyecto inmobiliario.
2. FIDUCIA DE INVERSION INVERSIONES CON DESTINACION ESPECIFICA
Es el negocio fiduciario en el cual se consagra como finalidad principal la inversión o colocación a cualquier título de sumas de dinero, de acuerdo con las instrucciones impartidas por el constituyente.
Los encargos fiduciarios celebrados con esta finalidad se registran debitando la subcuenta 142403-Encargo fiduciario-Fiducia de inversión, de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACION y acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPOSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
Cuando la sociedad fiduciaria informe sobre la conformación del Portafolio, la entidad contable pública efectúa el registro contable debitando la subcuenta que identifique el título adquirido, de las cuentas 1201-INVERSIONES ADMINISTRACION DE LIQUIDEZ EN TITULOS DE DEUDA, 1202-INVERSIONES ADMINISTRACION DE LIQUIDEZ EN TITULOS PARTICIPATIVOS, o 1203-INVERSIONES CON FINES DE POLITICA EN TITULOS DE DEUDA, según corresponda, y acreditando la subcuenta 142403- Encargo fiduciario Fiducia de inversión, de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACION.
Para la actualización de estas inversiones debe aplicarse el Procedimiento Contable para el Reconocimiento y Revelación de las Inversiones e Instrumentos Derivados con Fines de Cobertura de Activos, con base en la información suministrada por la sociedad fiduciaria.
3. FIDUCIA DE INVERSION - CARTERAS COLECTIVAS
Conforme a las disposiciones legales vigentes, la cartera colectiva es todo mecanismo o vehículo de captación o administración de sumas de dinero u otros activos, integrado con el aporte de un número plural de personas determinables una vez la cartera colectiva entre en operación, recursos que serán gestionados de manera colectiva para obtener resultados económicos también colectivos.
Los recursos entregados, mediante encargo fiduciario, para realizar inversiones a través de carteras colectivas se registran debitando la subcuenta 120204-Carteras colectivas, de la cuenta 1202-INVERSIONES ADMINISTRACION DE LIQUIDEZ EN TITULOS PARTICIPATIVOS y acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPOSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
Para la actualización de estas inversiones debe aplicarse el Procedimiento Contable para el Reconocimiento y Revelación de las Inversiones e Instrumentos Derivados con Fines de Cobertura de Activos, con base en la información suministrada por la sociedad fiduciaria.
4. FIDUCIA DE ADMINISTRACION
Este procedimiento incluye el registro contable de la entrega de los recursos a la sociedad fiduciaria, del pago de obligaciones y de la administración y venta de bienes.
5. ENTREGA DE RECURSOS A LA SOCIEDAD FIDUCIARIA
Los recursos entregados, mediante encargo fiduciario, para ser administrados por la sociedad fiduciaria, se registran debitando la subcuenta 142404-Encargo fiduciario-Fiducia de administración, de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACION y acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPOSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
Cuando los recursos se originan en derechos de la entidad contable pública recaudados por la sociedad fiduciaria, el registro contable se efectúa debitando la subcuenta 142404- Encargo fiduciario-Fiducia de administración, de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACION y acreditando la subcuenta y cuenta que identifiquen el derecho recaudado.
Si los recursos se originan en el desembolso de un crédito obtenido por la entidad contable pública, el registro contable se efectúa debitando la subcuenta 142404- Encargo fiduciario-Fiducia de administración, de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACION y acreditando la subcuenta y cuenta de los grupos 22-OPERACIONES DE CREDITO PUBLICO Y FINANCIAMIENTO CON BANCA CENTRAL o 23-OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO E INSTRUMENTOS DERIVADOS, según corresponda.
Cuando los recursos se entregan a la sociedad fiduciaria para el pago de pensiones, a cargo de una entidad contable pública empleadora, el registro se efectúa debitando la subcuenta 190104-Encargos fiduciarios, de la cuenta 1901-RESERVA FINANCIERA ACTUARIAL y acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPOSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS o la subcuenta 190101-Efectivo de la cuenta 1901-RESERVA FINANCIERA ACTUARIAL.
6. PAGO DE OBLIGACIONES POR LA SOCIEDAD FIDUCIARIA
El registro contable del pago de las obligaciones a cargo de la entidad contable pública se efectúa debitando la subcuenta y cuenta que identifique el pasivo que se cancela y acreditando la subcuenta 142404-Encargo fiduciario-Fiducia de administración, de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACION o la subcuenta 190104-Encargos fiduciarios, de la cuenta 1901-RESERVA FINANCIERA ACTUARIAL, si el pasivo corresponde a obligaciones pensionales a cargo de la entidad contable pública empleadora.
7. ADMINISTRACION Y VENTA DE BIENES
Cuando el encargo fiduciario se constituya para la administración de bienes, la entidad contable pública debe continuar revelándolos como Propiedades, planta y equipo, en la cuenta que identifique su naturaleza o en las cuentas 1637-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO NO EXPLOTADOS o 1682-PROPIEDADES DE INVERSION, según corresponda, y debe seguir aplicando la norma técnica respectiva y el Procedimiento Contable para el Reconocimiento y Revelación de los Hechos Relacionados con las Propiedades, Planta y Equipo. En el caso de bienes que hacen parte de la reserva financiera actuarial, la revelación debe hacerse en la subcuenta 190105-Propiedades, planta y equipo, de la cuenta 1901-RESERVA FINANCIERA ACTUARIAL.
Si el bien entregado para administrar produce ingresos por concepto de arrendamiento, el registro se efectúa debitando la subcuenta 147006-Arrendamientos, de la cuenta 1470-OTROS DEUDORES y acreditando la subcuenta 480817-Arrendamientos, de la cuenta 4808-OTROS INGRESOS ORDINARIOS. El recaudo se registra debitando la subcuenta 142404-Encargo fiduciario-Fiducia de administración, de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACION y acreditando la subcuenta 147006-Arrendamientos, de la cuenta 1470-OTROS DEUDORES, o la subcuenta 190104-Encargos fiduciarios, de la cuenta 1901-RESERVA FINANCIERA ACTUARIAL.
Cuando el negocio fiduciario se efectúa con el propósito de vender los bienes y la sociedad fiduciaria efectúa la venta, la entidad contable pública debita la subcuenta 142404-Encargo fiduciario-Fiducia de administración, de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACION, o la subcuenta 190104-Encargos fiduciarios, de la cuenta 1901-RESERVA FINANCIERA ACTUARIAL, por el valor de la venta, y disminuye el saldo de las subcuentas y cuentas, que identifiquen el activo vendido del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO, así como las depreciaciones, provisiones, valorizaciones y su respectivo superávit por valorización. En el caso de bienes que hacen parte de la reserva financiera actuarial, el registro contable se hace en los códigos auxiliares que identifiquen los conceptos mencionados anteriormente, de la subcuenta 190105-Propiedades, planta y equipo, de la cuenta 1901-RESERVA FINANCIERA ACTUARIAL. La diferencia se registra en la subcuenta 480805-Utilidad en venta de activos, de la cuenta 4808-OTROS INGRESOS ORDINARIOS o en la subcuenta 580801-Pérdida en venta de activos, de la cuenta 5808-OTROS GASTOS ORDINARIOS, según corresponda.
Los recursos que obtenga la entidad contable pública por la venta de los bienes, se registran debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPOSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acreditando la subcuenta 142404-Encargo fiduciario-Fiducia de administración, de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACION. En el caso de bienes que hacen parte de la reserva financiera actuarial, se debita la subcuenta 190101-Efectivo y se acredita la subcuenta 190104-Encargos fiduciarios, de la cuenta 1901-RESERVA FINANCIERA ACTUARIAL.
8. FIDUCIA DE GARANTIA
Este procedimiento incluye el registro contable de la entrega de bienes o recursos a la sociedad fiduciaria, del pago de obligaciones y de la administración y venta de bienes.
9. ENTREGA DE BIENES O RECURSOS A LA SOCIEDAD FIDUCIARIA
Cuando la entidad contable pública entrega, mediante encargo fiduciario, bienes o recursos en efectivo con la finalidad de garantizar el cumplimiento de obligaciones, el registro contable se efectúa teniendo en cuenta lo siguiente:
Tratándose de recursos en efectivo, se debita la subcuenta 142405-Encargo fiduciario- Fiducia de garantía, de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACION y se acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPOSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
Cuando los recursos en efectivo se originan en derechos de la entidad contable pública recaudados por la sociedad fiduciaria, el registro contable se efectúa debitando la subcuenta 142405-Encargo fiduciario-Fiducia de garantía, de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACION y acreditando la subcuenta y cuenta que identifiquen el derecho recaudado.
Los recursos en efectivo que se entregan a la sociedad fiduciaria para el pago de pensiones, a cargo de una entidad contable pública empleadora, se registran debitando la subcuenta 190104-Encargos fiduciarios, de la cuenta 1901-RESERVA FINANCIERA ACTUARIAL y acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPOSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS, o la subcuenta 190101-Efectivo, de la cuenta 1901-RESERVA FINANCIERA ACTUARIAL.
En el caso de bienes, la entidad contable pública debe continuar revelándolos como Propiedades, planta y equipo, en la cuenta que identifique su naturaleza o en las cuentas 1637-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO NO EXPLOTADOS o 1682-PROPIEDADES DE INVERSION, según corresponda, y debe seguir aplicando la norma técnica respectiva y el Procedimiento Contable para el Reconocimiento y Revelación de los Hechos Relacionados con las Propiedades, Planta y Equipo.
Adicionalmente, para efectos de control, los bienes y recursos entregados con la finalidad de garantizar el cumplimiento de obligaciones se registran en cuentas de orden, para lo cual se debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 8301-BIENES Y DERECHOS ENTREGADOS EN GARANTIA y acreditando la subcuenta 891525-Bienes y derechos entregados en garantía, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR).
10. PAGO DE OBLIGACIONES POR LA SOCIEDAD FIDUCIARIA
En el evento en que la sociedad fiduciaria deba enajenar los bienes entregados en garantía para pagar la obligación, la entidad contable pública debita la subcuenta 142405-Encargo fiduciario-Fiducia de garantía, de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACION, por el valor de la venta, y disminuye el saldo de las subcuentas y cuentas que identifiquen el activo vendido del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO, así como las depreciaciones, provisiones, valorizaciones y su respectivo superávit por valorización. La diferencia se registra en la subcuenta 480805-Utilidad en venta de activos, de la cuenta 4808-OTROS INGRESOS ORDINARIOS o en la subcuenta 580801-Pérdida en venta de activos, de la cuenta 5808-OTROS GASTOS ORDINARIOS, según corresponda.
El pago de las obligaciones se registra debitando la subcuenta y cuenta que identifique el pasivo que se cancela y acreditando la subcuenta 142405-Encargo fiduciario-Fiducia de garantía, de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACION, o la subcuenta 190104-Encargos fiduciarios, de la cuenta 1901-RESERVA FINANCIERA ACTUARIAL, si el pasivo corresponde a obligaciones pensionales a cargo de la entidad contable pública empleadora.
Adicionalmente, se disminuyen las cuentas de orden, para lo cual se debita la subcuenta 891525-Bienes y derechos entregados en garantía, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR) y se acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 8301-BIENES Y DERECHOS ENTREGADOS EN GARANTIA.
11. ENCARGOS FIDUCIARIOS CON RECURSOS DE OTRAS ENTIDADES CONTABLES PÚBLICAS
<Numeral modificado por el artículo 4 de la Resolución 423 de 2011. El nuevo texto es el siguiente:> Cuando los recursos de una entidad contable pública sean administrados por otra entidad contable pública, a través de encargos fiduciarios en los cuales esta última participa como fideicomitente, deben efectuarse los siguientes registros contables:
La entidad contable pública titular de los recursos debita la subcuenta 142404-Encargo fiduciario-Fiducia de administración, de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN y acredita la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS o la subcuenta y cuenta que identifiquen el derecho directamente recaudado por la sociedad fiduciaria. Tratándose de recursos destinados al pago de pensiones, se debita la subcuenta 190104-Encargos fiduciarios, de la cuenta 1901- RESERVA FINANCIERA ACTUARIAL, y se acredita la subcuenta 190101-Efectivo de la cuenta 1901-RESERVA FINANCIERA ACTUARIAL, la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110- DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS, o la subcuenta y cuenta que identifiquen el derecho previamente causado y directamente recaudado por la sociedad fiduciaria.
La entidad contable pública que administra los recursos, a través del encargo fiduciario, acredita la subcuenta 930803-Recursos entregados en administración-Encargo fiduciario, de la cuenta 9308-RECURSOS ADMINISTRADOS EN NOMBRE DE TERCEROS y debita la subcuenta 991509-Recursos administrados en nombre de terceros, de la cuenta 9915- ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB).
Tratándose de recursos del Fonpet, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en calidad de administrador y fideicomitente, con el traslado de los recursos a las sociedades administradoras, acredita la subcuenta 930402-Recursos administrados por sociedades administradoras, de la cuenta 9304-RECURSOS ADMINISTRADOS EN NOMBRE DE TERCEROS-FONPET y debita la subcuenta 991508-Recursos administrados en nombre de terceros-FONPET, de la cuenta 9915-ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB).
Por lo menos al finalizar el mes, y con base en la información que presente la sociedad fiduciaria, la entidad contable pública que participa como fideicomitente debe ajustar el saldo en cuentas de orden de los recursos administrados a través de encargo fiduciario. Al mismo tiempo debe suministrar a la entidad contable pública propietaria de los recursos, la información sobre el detalle de los activos, pasivos, ingresos, gastos y costos que se generen en el negocio fiduciario, para que esta los incorpore en su información contable y ajuste el valor registrado en la subcuenta 142404-Encargo fiduciario-Fiducia de administración, de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN, o en la subcuenta 190104- Encargos fiduciarios, de la cuenta 1901-RESERVA FINANCIERA ACTUARIAL, según corresponda.
12. FIDUCIA MERCANTIL
La fiducia mercantil implica la constitución de un patrimonio autónomo al que se le transfiere la propiedad de los bienes destinados a cumplir la finalidad del negocio fiduciario, por lo que debe mantenerse separado contablemente, de los bienes propios del fiduciario y de aquellos pertenecientes a otros fideicomisos. En la medida en que la transferencia de la propiedad no es plena sino instrumental, es decir, la necesaria para cumplir la finalidad que se persigue con el negocio fiduciario, se generan para la entidad contable pública, unos derechos en fideicomiso.
En ese sentido, el procedimiento contable considera la constitución del patrimonio autónomo, el pago de obligaciones por la sociedad fiduciaria, la actualización de los derechos en fideicomiso y la restitución de remanentes.
13. CONSTITUCION DEL PATRIMONIO AUTONOMO
La constitución del patrimonio autónomo debe efectuarse por el valor de transferencia de los bienes y derechos a la Sociedad Fiduciaria, para lo cual se debita la subcuenta 192603-Fiducia Mercantil-Constitución de Patrimonio Autónomo, de la cuenta 1926-DERECHOS EN FIDEICOMISO y se acredita la subcuenta de la cuenta que identifique el activo transferido. Cuando el activo tenga asociadas depreciaciones, provisiones, valorizaciones y su correspondiente superávit, el registro contable debe considerar la disminución de estos conceptos. La diferencia que se presente se reconoce en la subcuenta 480572-Utilidad en derechos en fideicomiso, de la cuenta 4805-FINANCIEROS o en la subcuenta 580559-Pérdida en derechos en fideicomiso, de la cuenta 5805-GASTOS FINANCIEROS, según corresponda.
Adicionalmente, tratándose de la fiducia de garantía, los bienes o recursos transferidos se reconocen debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 8301-BIENES Y DERECHOS ENTREGADOS EN GARANTIA y acreditando la subcuenta 891525-Bienes y derechos entregados en garantía, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR).
14. PAGO DE OBLIGACIONES POR LA SOCIEDAD FIDUCIARIA
El registro contable del pago de las obligaciones a cargo de la entidad contable pública se efectúa debitando la subcuenta y cuenta que identifique el pasivo que se cancela y acreditando la subcuenta 192603-Fiducia Mercantil-Constitución de Patrimonio Autónomo, de la cuenta 1926-DERECHOS EN FIDEICOMISO.
Adicionalmente, si el negocio está constituido como una fiducia de garantía, se disminuyen las cuentas de orden, para lo cual se debita la subcuenta 891525-Bienes y derechos entregados en garantía, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR) y se acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 8301-BIENES Y DERECHOS ENTREGADOS EN GARANTIA.
15. ACTUALIZACION DE LOS DERECHOS EN FIDEICOMISO
Los derechos en fideicomiso deben actualizarse por lo menos una vez al mes, con base en la información que suministre la sociedad fiduciaria.
Los mayores valores obtenidos respecto a los derechos en fideicomiso registrados, deben reconocerse debitando la subcuenta 192603-Fiducia Mercantil-Constitución de Patrimonio Autónomo, de la cuenta 1926-DERECHOS EN FIDEICOMISO y acreditando la subcuenta 480572-Utilidad en derechos en fideicomiso, de la cuenta 4805-FINANCIEROS, previa disminución del gasto por la pérdida, reconocido en el período contable. Por su parte, los menores valores obtenidos, con respecto a los derechos en fideicomiso registrados, deben reconocerse debitando la subcuenta 580559-Pérdida en derechos en fideicomiso, de la cuenta 5805-GASTOS FINANCIEROS, previa disminución del ingreso por la utilidad, reconocido en el período contable, y acreditando la subcuenta 192603-Fiducia Mercantil-Constitución de Patrimonio Autónomo, de la cuenta 1926-DERECHOS EN FIDEICOMISO.
16. RESTITUCION DE REMANENTES
En la fiducia mercantil, la restitución corresponde a la transferencia de la propiedad de los recursos y bienes a la entidad contable pública en cuyo favor se ha constituido el fideicomiso. El registro contable se efectúa debitando las cuentas y subcuentas que correspondan, del grupo de activos que se restituya y acreditando la subcuenta 192603-Fiducia Mercantil-Constitución de patrimonio autónomo, de la cuenta 1926-DERECHOS EN FIDEICOMISO. Si el valor de los bienes y derechos restituidos es superior al valor del derecho en fideicomiso, la diferencia se registra en la subcuenta 480572-Utilidad en derechos en fideicomiso, de la cuenta 4805-FINANCIEROS. En caso contrario, la diferencia se registra en la subcuenta 580559-Pérdida en derechos en fideicomiso, de la cuenta 5805-FINANCIEROS. A partir de este registro deben aplicarse las normas que correspondan según el activo de que se trate.
17. TITULARIZACION
La titularización es un mecanismo de movilización de activos que consiste en el agrupamiento de bienes presentes o futuros generadores de flujos de caja, separados patrimonialmente y vinculados a un propósito especial, a partir del cual se emiten y colocan títulos, y cuyo flujo de caja constituirá la fuente de pago de tales títulos.
Las titularizaciones se llevan a cabo por medio de contratos de fiducia mercantil, lo cual implica la constitución de un patrimonio autónomo al que se le transfiere la propiedad de los bienes o derechos.
El procedimiento contable diferencia cuando la titularización se realiza sobre activos existentes o cuando se realiza sobre flujos futuros.
18. TITULARIZACION DE ACTIVOS EXISTENTES
La constitución del patrimonio autónomo con el fin de adelantar un proceso de titularización de activos existentes, debe efectuarse por el valor de transferencia de los bienes y derechos a la Sociedad Fiduciaria, para lo cual se debita la subcuenta 192603-Fiducia Mercantil-Constitución de Patrimonio Autónomo, de la cuenta 1926-DERECHOS EN FIDEICOMISO y se acredita la subcuenta de la cuenta que identifique el activo transferido. Cuando el activo tenga asociados intereses por cobrar, depreciaciones, provisiones, valorizaciones y su correspondiente superávit, el registro contable debe considerar la disminución de estos conceptos. La diferencia que se presente se reconoce en la subcuenta 480572-Utilidad en derechos en fideicomiso, de la cuenta 4805-FINANCIEROS o en la subcuenta 580559-Pérdida en derechos en fideicomiso, de la cuenta 5805-GASTOS FINANCIEROS, según corresponda.
Para efectos de control, los bienes y derechos transferidos al patrimonio autónomo deben registrarse debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 8344-BIENES Y DERECHOS TITULARIZADOS y acreditando la subcuenta 891513-Bienes y derechos titularizados, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR).
Los recursos transferidos a la entidad contable pública por la emisión y colocación de títulos se reconoce debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPOSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acreditando la subcuenta 192603-Fiducia Mercantil-Constitución de Patrimonio Autónomo, de la cuenta 1926-DERECHOS EN FIDEICOMISO.
Si al finalizar el negocio fiduciario quedan bienes o derechos que deban restituirse a la entidad contable pública, el registro se efectúa debitando las subcuentas y cuentas que correspondan, del grupo de activos que se restituya y acreditando la subcuenta 192603-Fiducia Mercantil-Constitución de Patrimonio Autónomo, de la cuenta 1926-DERECHOS EN FIDEICOMISO. Si el valor de los bienes y derechos restituidos es superior al valor del derecho en fideicomiso, la diferencia se registra en la subcuenta 480589-Utilidad en titularización de activos, de la cuenta 4805-FINANCIEROS. En caso contrario, la diferencia se registra en la subcuenta 580573-Pérdida en titularización de activos, de la cuenta 5805-FINANCIEROS. A partir de este registro deben aplicarse las normas que correspondan según el activo de que se trate.
19. TITULARIZACION DE FLUJOS FUTUROS
El registro contable de la titularización de flujos futuros considera la constitución del patrimonio autónomo, el reconocimiento de los derechos sobre los flujos futuros, la emisión y colocación de los títulos, el reconocimiento y recaudo de los derechos a cobrar que originaron la titularización de los flujos futuros, la garantía de flujos mínimos, los aportes de la entidad al patrimonio autónomo y la liquidación del patrimonio autónomo.
20. CONSTITUCION DEL PATRIMONIO AUTONOMO PARA TITULARIZAR FLUJOS FUTUROS
La entidad contable pública registra la constitución del patrimonio autónomo acreditando la subcuenta 939017-Titularización de flujos futuros, de la cuenta 9390-OTRAS CUENTAS ACREEDORAS DE CONTROL y debitando la subcuenta 991590-Otras cuentas acreedoras de control, de la cuenta 9915-ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB).
21. RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS SOBRE LOS FLUJOS FUTUROS
La entidad contable pública que lleve a cabo la titularización de flujos futuros debe controlar en cuentas de orden deudoras de control, el derecho a los flujos titularizados, para lo cual debita la subcuenta 834405-Flujos futuros, de la cuenta 8344-BIENES Y DERECHOS TITULARIZADOS y acredita la subcuenta 891513-Bienes y derechos titularizados, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR).
22. EMISION Y COLOCACION DE LOS TITULOS
Con la emisión y colocación de los títulos, la entidad contable pública debita la subcuenta 192603-Fiducia Mercantil-Constitución de Patrimonio Autónomo, de la cuenta 1926-DERECHOS EN FIDEICOMISO y acredita la subcuenta 291010-Procesos de titularización nacional o 291011-Procesos de titularización en el exterior, de la cuenta 2910-INGRESOS RECIBIDOS POR ANTICIPADO.
Cuando los recursos de la colocación de los títulos se consignen en las cuentas de la entidad contable pública, ésta debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPOSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acredita la subcuenta 192603-Fiducia Mercantil-Constitución de Patrimonio Autónomo, de la cuenta 1926-DERECHOS EN FIDEICOMISO. Si los recursos se mantienen en el patrimonio autónomo para que a través de éste se paguen pasivos o se efectúen anticipos, con el giro, la entidad contable pública debita las subcuentas y cuentas del grupo de pasivo que corresponda o la subcuenta respectiva, de la cuenta 1420-AVANCES Y ANTICIPOS ENTREGADOS y acredita la subcuenta 192603-Fiducia Mercantil-Constitución de Patrimonio Autónomo, de la cuenta 1926-DERECHOS EN FIDEICOMISO.
23. RECONOCIMIENTO Y RECAUDO DE LOS DERECHOS A COBRAR QUE ORIGINARON LA TITULARIZACION DE LOS FLUJOS FUTUROS
El reconocimiento de los derechos a cobrar que originaron la titularización de los flujos futuros, se efectúa debitando la subcuenta y cuenta que corresponda, del grupo 13-RENTAS POR COBRAR o 14-DEUDORES y acreditando la subcuenta y cuenta que identifique el ingreso correspondiente. Si los flujos futuros titularizados corresponden a recursos para la cofinanciación del sistema de transporte masivo, el registro se efectúa debitando la subcuenta 147088-Recursos de cofinanciación, de la cuenta 1470-OTROS DEUDORES y acreditando la subcuenta respectiva, de la cuenta 3265-RECURSOS DE COFINANCIACION.
Adicionalmente, en la medida que se reconozcan en el balance los derechos a cobrar originados en la titularización de los flujos futuros, se disminuyen las cuentas de orden deudoras en las que se controlaron los derechos sobre los flujos futuros. Para el efecto, se debita la subcuenta 891513-Bienes y derechos titularizados, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR) y se acredita la subcuenta 834405-Flujos futuros, de la cuenta 8344-BIENES Y DERECHOS TITULARIZADOS.
Cuando el patrimonio autónomo recaude los flujos titularizados, la entidad contable pública debita la subcuenta 291010-Procesos de titularización nacional o 291011-Procesos de titularización en el exterior, de la cuenta 2910-INGRESOS RECIBIDOS POR ANTICIPADO y acredita la subcuenta y cuenta que corresponda, del grupo 13-RENTAS POR COBRAR o 14-DEUDORES.
Adicionalmente, se disminuyen las cuentas de orden acreedoras en las que se controlaron los flujos futuros con los que se constituyó el patrimonio autónomo. Para el efecto, se debita la subcuenta 939017-Titularización de flujos futuros, de la cuenta 9390-OTRAS CUENTAS ACREEDORAS DE CONTROL y se acredita la subcuenta 991590-Otras cuentas acreedoras de control, de la cuenta 9915-ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB).
En una titularización de flujos futuros en la que los flujos se empiezan a recaudar con anterioridad a la colocación de los títulos, la entidad contable pública efectúa el registro contable debitando la subcuenta 192603-Fiducia Mercantil-Constitución de Patrimonio Autónomo, de la cuenta 1926-DERECHOS EN FIDEICOMISO y acreditando la subcuenta y cuenta que corresponda, de los grupos 13-RENTAS POR COBRAR o 14-DEUDORES, según corresponda. Previamente deben haberse reconocido el derecho e ingreso correspondientes.
En este caso, los recursos recibidos producto de la colocación de los títulos se registran debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPOSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acreditando la subcuenta 192603-Fiducia Mercantil-Constitución de Patrimonio Autónomo, de la cuenta 1926-DERECHOS EN FIDEICOMISO, hasta el monto por el cual se haya constituido el derecho en fideicomiso. Los recursos obtenidos por encima del valor del derecho, originados en la emisión y colocación de los títulos, se reconocen debitando la subcuenta 192603-Fiducia Mercantil-Constitución de Patrimonio Autónomo, de la cuenta 1926-DERECHOS EN FIDEICOMISO y acreditando la subcuenta 291010-Procesos de titularización nacional o 291011-Procesos de titularización en el exterior, de la cuenta 2910-INGRESOS RECIBIDOS POR ANTICIPADO, según corresponda.
A partir de allí, la entidad contable pública continúa aplicando el procedimiento previsto para la titularización de flujos futuros.
24. GARANTIAS DE FLUJOS MINIMOS
Cuando en una titularización se pactan garantías de flujos mínimos y se recaudan por encima de lo esperado, estos se reconocen con un débito en la subcuenta 192603-Fiducia Mercantil-Constitución de Patrimonio Autónomo, de la cuenta 1926-DERECHOS EN FIDEICOMISO y un crédito en la subcuenta 480589-Utilidad en titularización de activos, de la cuenta 4805-FINANCIEROS. En caso contrario, se debita la subcuenta 580573-Pérdida en titularización de activos, de la cuenta 5805-FINANCIEROS y se acredita la subcuenta 192604-Titularización, de la cuenta 1926-DERECHOS EN FIDEICOMISO.
25. APORTES DE LA ENTIDAD CONTABLE PUBLICA AL PATRIMONIO AUTONOMO
Si en desarrollo del contrato se tiene previsto el aporte de recursos por parte de la entidad contable pública al patrimonio autónomo, el registro contable se efectúa debitando la subcuenta 192603-Fiducia Mercantil-Constitución de Patrimonio Autónomo, de la cuenta 1926-DERECHOS EN FIDEICOMISO y acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPOSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
26. LIQUIDACION DEL PATRIMONIO AUTONOMO
El pago de los derechos en fideicomiso a favor de la entidad contable pública, como consecuencia de la liquidación del patrimonio autónomo, se registra debitando la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPOSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acreditando la subcuenta 192603-Fiducia Mercantil-Constitución de Patrimonio Autónomo, de la cuenta 1926-DERECHOS EN FIDEICOMISO. Si el valor girado es superior al valor del derecho en fideicomiso, la diferencia se registra en la subcuenta 480589-Utilidad en titularización de activos, de la cuenta 4805-FINANCIEROS. En caso contrario, la diferencia se registra en la subcuenta 580573-Pérdida en titularización de activos, de la cuenta 5805-FINANCIEROS.
27. CONSTITUCION DE PATRIMONIOS AUTONOMOS POR ENTIDADES EN LIQUIDACION
Si de conformidad con las disposiciones legales vigentes, a la terminación del plazo de liquidación de una entidad contable pública, el liquidador celebra contratos de fiducia mercantil para transferir los activos de la liquidación, con el fin de que se enajenen y su producto se destine a pagar los pasivos y contingencias de la entidad en liquidación, la entidad contable pública debe efectuar los registros contables del traslado de activos y pasivos, de conformidad con el Procedimiento Contable para el Reconocimiento y Revelación de las Operaciones que surgen como consecuencia de los Procesos de Liquidación, Fusión y Escisión.
En este caso, el patrimonio autónomo que se constituye no representa derechos en fideicomiso para la entidad contable pública en liquidación, teniendo en cuenta que de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, cumplido el plazo de la liquidación en el acta respectiva, se pone fin a la existencia legal de la entidad.
A partir de la constitución del patrimonio autónomo surge una nueva entidad contable que debe reportar información a la CGN.
Por lo anterior, la entidad contable pública en liquidación debe garantizar que, mientras exista el patrimonio autónomo, la sociedad fiduciaria reporte información del mismo a la Contaduría General de la Nación, previo el proceso técnico de homologación al Catálogo General de Cuentas del Régimen de Contabilidad Pública. Para el efecto, se asignará un código institucional durante la existencia del patrimonio autónomo. La supervisión del cumplimiento de esta obligación estará a cargo de la entidad a la cual se hubiere encontrado adscrita o vinculada la entidad liquidada, o a la que se defina como fideicomitente en los decretos de liquidación. El fideicomitente que se defina en los decretos de liquidación no debe reconocer ni revelar derechos en fideicomiso, toda vez que los recursos que queden, una vez pagadas las obligaciones a cargo de la entidad en liquidación, deben ser entregados al FOPEP, o al Fondo de Reservas de Bonos Pensionales.
28. COMISION DE LA SOCIEDAD FIDUCIARIA
En el caso de los encargos fiduciarios, la comisión que paga la entidad contable pública a la sociedad fiduciaria debe reconocerse como gasto, con independencia de que la misma se pague directamente o con los recursos entregados en encargo. Para el efecto, se debita la subcuenta 580237-Recursos entregados en administración, de la cuenta 5802-COMISIONES y se acredita la subcuenta 242551-Comisiones, de la cuenta 2425-ACREEDORES.
El pago de la comisión se registra debitando la subcuenta 242551-Comisiones, de la cuenta 2425-ACREEDORES y acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPOSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS, si el pago lo efectúa directamente la entidad contable pública, o la subcuenta respectiva, de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACION si se paga con recursos del encargo.
En las carteras colectivas, la comisión es un gasto del fondo, por lo que el valor de la comisión está contenido en la actualización de las inversiones, con base en la información suministrada por la sociedad fiduciaria.
Tratándose de la fiducia mercantil, pueden presentarse dos situaciones:
Que la comisión la asuma directamente la entidad contable pública, caso en el cual se registra un gasto debitando la subcuenta 580239-Derechos en fideicomiso, de la cuenta 5802-COMISIONES y se acredita la subcuenta 242551-Comisiones, de la cuenta 2425-ACREEDORES. El pago de la comisión se registra debitando la subcuenta 242551-Comisiones, de la cuenta 2425-ACREEDORES y acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-DEPOSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
Que la comisión la asuma el patrimonio autónomo y en ese sentido es un gasto del patrimonio autónomo. En este caso, el valor de la comisión queda contenido en la información suministrada por la sociedad fiduciaria, con base en la cual la entidad contable pública actualiza los derechos en fideicomiso.
29. FIDUCIA MERCANTIL CON RECURSOS DE OTRAS ENTIDADES CONTABLES PÚBLICAS
<Numeral adicionado por el artículo 4 de la Resolución 423 de 2011. El nuevo texto es el siguiente:> Cuando los recursos de una entidad contable pública sean administrados por otra entidad contable pública, a través de fiducia mercantil en la que esta última entidad participa como fideicomitente, deben efectuarse los siguientes registros contables:
La entidad contable pública titular de los recursos debita la subcuenta 192603-Fiducia mercantil-Constitución de patrimonio autónomo, de la cuenta 1926-DERECHOS EN FIDEICOMISO y acredita la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS o la subcuenta y cuenta que identifiquen el derecho directamente recaudado por la sociedad fiduciaria.
La entidad contable pública que administra los recursos, a través de fiducia mercantil, acredita la subcuenta 930804-Recursos entregados-Fiducia mercantil, de la cuenta 9308-RECURSOS ADMINISTRADOS EN NOMBRE DE TERCEROS y debita la subcuenta 991510-Recursos administrados en nombre de terceros, de la cuenta 9915-ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB).
Por lo menos al finalizar el mes, y con base en la información que presente la sociedad fiduciaria, la entidad contable pública que participa como fideicomitente debe ajustar el saldo en cuentas de orden de los recursos administrados a través de fiducia mercantil. Al mismo tiempo debe suministrar a la entidad contable pública propietaria de los recursos, la información para actualizar los derechos en fideicomiso.
30. REVELACIONES
<Numeral modificado por el artículo 5 de la Resolución 423 de 2011. El nuevo texto es el siguiente:> En notas a los estados contables, la entidad contable pública debe revelar la siguiente información:
a) En cada una de las cuentas y subcuentas de activos, pasivos, ingresos, gastos y costos, el monto que corresponda a encargos fiduciarios.
b) Identificación de la sociedad fiduciaria o la entidad contable pública que actúa como fideicomitente de recursos entregados para administración.
c) Objeto del negocio fiduciario.
d) Modalidad del negocio: fiducia mercantil, encargo fiduciario, negocios denominados de fiducia pública y encargo fiduciario público.
e) La entidad que administre recursos en nombre de terceros debe revelar la información necesaria que explique las variaciones de los saldos administrados, con relación al reporte anterior.
<Procedimiento contable adicionado por el artículo 6 de la Resolución 237 de 2010. El nuevo texto es el siguiente: >
1. RECONOCIMIENTO
Para efectos de la aplicación del presente procedimiento debe tenerse en cuenta que conforme a las disposiciones legales vigentes, los bienes adheridos a las distintas redes de transporte hacen parte de las mismas. Las redes carretera y férrea incluyen las zonas, las facilidades, las casetas de peaje, los paraderos, los contadores y las señalizaciones. Las redes fluvial y marítima incluyen los embarcaderos, los muelles, los muelles flotantes, los muelles marginales, las estructuras de protección de los muelles, los terminales portuarios de interés nacional y de interés regional, los canales de acceso a los puertos públicos, las obras e instalaciones afectas a la prestación de los servicios portuarios, los canales de acceso, las señalizaciones, faros y boyas. Finalmente, la red aeroportuaria incluye la infraestructura aeroportuaria y la aeronáutica. En consecuencia, los bienes adheridos hacen parte del costo del bien de uso público.
El procedimiento caracteriza y diferencia los contratos de concesión de la infraestructura de transporte que son gestionados directamente por la entidad titular de los bienes objeto de concesión, de aquellas concesiones que son realizadas por otra entidad que se denomina gestor, e incluye el tratamiento contable de la entrega de bienes y de las transacciones, hechos y operaciones que se presentan en las etapas precoperativa y de explotación, y en la finalización del contrato. También incluye el reconocimiento de las contingencias por las garantías de ingresos que surjan de los contratos pactados con el cesionario.
2. REGISTRO DE LA ENTREGA DE BIENES POR PARTE DE LA ENTIDAD TITULAR AL GESTOR
En el evento en que una entidad contable pública entregue a otra entidad contable pública parte de la infraestructura de transporte con el fin de que esta a su vez gestione contratos de concesión, debe registrar un débito en la subcuenta que identifique el tipo de red que se entrega, de las cuentas 1720-BIENES DE USO PÚBLICO E HISTÓRICOS Y CULTURALES ENTREGADOS A TERCEROS y 1785-AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE BIENES DE USO PÚBLICO (CR) y un crédito en la subcuenta que corresponda de la cuenta 1710-BIENES DE USO PÚBLICO EN SERVICIO.
Si la entidad que entrega la infraestructura, entrega además propiedades, planta y equipo estos bienes deben reconocerse por el valor en libros que resulta de restar del costo histórico, la depreciación y la provisión, cuando estas existan, con un débito en la subcuenta 192001-Bienes muebles entregados en administración, o 192002-Bienes inmuebles entregados en administración, de la cuenta 1920- BIENES ENTREGADOS A TERCEROS y un crédito en la subcuenta y cuenta que corresponda del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO. Adicionalmente, si existe valorización el saldo se traslada de la subcuenta que corresponda a la naturaleza del activo entregado, a la subcuenta 199977-Otros activos, de la cuenta 1999-VALORIZACIONES y, en consecuencia, el superávit por valorización se traslada a las subcuentas, 311576-Otros activos, de la cuenta 3115- SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN o 324077-Otros activos, de la cuenta 3240- SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN, según corresponda.
Tratándose de activos intangibles, como en el caso del software, estos deben permanecer registrados en la subcuenta que corresponda de la cuenta 1970- INTANGIBLES, y debe revelarse en notas a los estados contables que estos activos hacen parte de un contrato de concesión.
3. REGISTRO DE LOS BIENES POR PARTE DEL GESTOR
La entidad contable pública que recibe los bienes para gestionar la concesión debe registrarlos en cuentas de orden por el valor en libros de la entidad titular, con un crédito en las subcuentas 934618-Bienes de uso público e históricos y culturales, 934619-Propiedades, planta y equipo y 934620-Otros activos, según corresponda, de la cuenta 9346-BIENES RECIBIDOS DE TERCEROS, y un débito en la subcuenta 991506-Bienes recibidos de terceros, de la cuenta 9915- ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB).
4. REGISTRO DE LA ENTREGA DE BIENES POR PARTE DE LA ENTIDAD TITULAR, CUANDO GESTIONA DIRECTAMENTE LOS CONTRATOS DE CONCESIÓN
Si la entidad contable pública titular de los bienes los entrega directamente en concesión debe efectuar una reclasificación de los mismos, para lo cual registra un débito en la subcuenta que corresponda de la cuenta 1785-AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE BIENES DE USO PÚBLICO (CR) y un crédito en la subcuenta que corresponda de la cuenta 1710-BIENES DE USO PÚBLICO EN SERVICIO. La diferencia se registra con un débito en la subcuenta que identifique la red que se entrega, de la cuenta 1711-BIENES DE USO PÚBLICO EN SERVICIO - CONCESIONES.
Si la entidad en virtud del contrato de concesión entrega bienes que están registrados como propiedades, planta y equipo estos deben reconocerse por el valor neto que resulta de restar del costo histórico, la depreciación y la provisión, cuando estas existan, con un débito en la subcuenta 192011-Bienes muebles entregados en concesión, o 192012-Bienes inmuebles entregados en concesión, de la cuenta 1920-BIENES ENTREGADOS A TERCEROS y un crédito en la subcuenta y cuenta que corresponda del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO. Adicionalmente, si existe valorización el saldo se traslada de la subcuenta que corresponda a la naturaleza del activo a la subcuenta 199977- Otros activos, de la cuenta 1999-VALORIZACIONES y, en consecuencia, el superávit por valorización se traslada a la subcuenta 311576-Otros activos, de la cuenta 3115-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN o 324077-Otros activos, de la cuenta 3240-SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN, según corresponda.
Tratándose de activos intangibles, como en el caso del software, estos deben permanecer registrados en la cuenta 1970-INTANGIBLES, y debe revelarse en notas a los estados contables que estos activos hacen parte de un contrato de concesión.
5. ETAPAS DE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN O ETAPA PREOPERATIVA
Esta etapa comienza una vez cumplidos los requisitos de ejecución del contrato de concesión y finaliza con la entrada en uso del bien construido y/o rehabilitado. El procedimiento considera el reconocimiento contable de los aportes de la entidad contable pública, de la inversión privada y del recaudo de tasas cuando no se ha efectuado inversión privada, y aplica para la entidad que gestione el contrato de concesión, bien sea la titular de los bienes o la entidad contable pública que actúe como gestor.
6. TRATAMIENTO CONTABLE DE LOS APORTES DE LA ENTIDAD CONTABLE PÚBLICA
Los aportes efectuados por la entidad contable pública se deben reconocer por el valor desembolsado con un débito en la subcuenta que identifique el tipo de red, de la cuenta 1706-BIENES DE USO PÚBLICO EN CONSTRUCCIÓN - CONCESIONES y con un crédito en la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS, o en la subcuenta 142404-Encargo fiduciario-Fiducia de administración, de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN.
7. TRATAMIENTO CONTABLE DE LA INVERSIÓN PRIVADA
La inversión privada corresponde al valor que espera recibir el concesionario por concepto de la inversión efectuada y por su rentabilidad, en cumplimiento de las cláusulas del contrato. El monto de la inversión privada se debe reconocer con base en los informes presentados por el concesionario, los cuales deben ser definidos por la entidad contable pública concedente, de manera que garantice la obtención de la información completa, oportuna y pertinente.
La inversión privada se reconoce con un débito en la subcuenta que identifique el tipo de red, de la cuenta 1706-BIENES DE USO PÚBLICO EN CONSTRUCCIÓN- CONCESIONES y un crédito en la subcuenta 291511-Concesiones, de la cuenta 2915-CRÉDITOS DIFERIDOS.
8. RECAUDO DE TASAS CUANDO NO SE HA EFECTUADO INVERSIÓN PRIVADA
Cuando en la etapa preoperativa el concesionario recaude peajes con anterioridad a efectuar desembolsos por concepto de la inversión que le corresponde realizar en virtud de contrato de concesión, la entidad que gestione el contrato de concesión, bien sea la titular de los bienes o la entidad contable pública que actúe como gestor, debita la subcuenta 140152-Concesiones, de la cuenta 1401-INGRESOS NO TRIBUTARIOS y acredita la subcuenta 411051-Concesiones, de la cuenta 4110-NO TRIBUTARIOS.
En la medida que el concesionario efectúe la inversión que le corresponde, la entidad contable pública debita la subcuenta que identifique el tipo de red, de la cuenta 1706-BIENES DE USO PÚBLICO EN CONSTRUCCIÓN-CONCESIONES y acredita la subcuenta 140152-Concesiones, de la cuenta 1401-INGRESOS NO TRIBUTARIOS.
9. ETAPA DE EXPLOTACIÓN
Esta etapa inicia con la utilización del bien construido y/o rehabilitado y culmina con la recuperación de la inversión del concesionario a través del mecanismo financiero establecido contractualmente. El procedimiento considera la reclasificación del bien, el reconocimiento contable del pago de la remuneración a la inversión privada del concesionario en las concesiones de la red carretera y aeroportuaria y, la contraprestación económica a favor de la Nación y de las entidades territoriales, en la concesión de las redes férrea y portuaria.
10. RECLASIFICACIÓN DEL BIEN
Una vez formalizada la terminación de la etapa preoperativa, la entidad contable pública reconoce un débito en la subcuenta que identifique el tipo de red, de la cuenta 1711-BIENES DE USO PÚBLICO EN SERVICIO-CONCESIONES, y un crédito en la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1706-BIENES DE USO PÚBLICO EN CONSTRUCCIÓN-CONCESIONES.
11. PAGO DE LA REMUNERACIÓN A LA INVERSIÓN PRIVADA
Teniendo en cuenta que la remuneración a la inversión privada se paga con el recaudo que hace el concesionario de los recursos que produce la infraestructura, la entidad contable pública debe reconocer los ingresos correspondientes a dicho recaudo para lo cual debita la subcuenta 140152-Concesiones, de la cuenta 1401-INGRESOS NO TRIBUTARIOS y acredita la subcuenta 411051-Concesiones, de la cuenta 4110-NO TRIBUTARIOS. Para amortizar el crédito diferido, la entidad contable pública concedente debe proceder a efectuar un debito en la subcuenta 291511-Concesiones, de la cuenta 2915-CRÉDITOS DIFERIDOS y un crédito en la subcuenta 140152-Concesiones, de la cuenta 1401-INGRESOS NO TRIBUTARIOS.
Los anteriores registros se deben efectuar con base en los informes que soporten los recaudos de las tasas específicas de cada red, los cuales deben ser definidos por la entidad contable pública concedente, de manera que garantice la obtención de la información completa y oportuna, de parte del concesionario.
Lo anterior, con independencia de que durante la etapa de explotación se deban reconocer mayores valores por inversiones adicionales, dentro de los términos del contrato, para lo cual se debita la subcuenta que corresponda de la cuenta 1711-BIENES DE USO PÚBLICO EN SERVICIO-CONCESIONES y se acredita la subcuenta 291511-Concesiones, de la cuenta 2915-CRÉDITOS DIFERIDOS.
12. RECONOCIMIENTO DE LOS INGRESOS POR LA CONTRAPRESTACIÓN ECONÓMICA EN LAS CONCESIONES DE LAS REDES FÉRREAS Y PORTUARIAS
Teniendo en cuenta que en las concesiones de las redes férreas y portuarias se genera una contraprestación económica a favor de la Nación, municipios y distritos donde los concesionarios operan la infraestructura, la entidad contable pública debe reconocer esta contraprestación con un débito en la subcuenta 140152-Concesiones, de la cuenta 1401-INGRESOS NO TRIBUTARIOS, y un crédito en la subcuenta 411051-Concesiones, de la cuenta 4110-NO TRIBUTARIOS.
El recaudo se registra debitando la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110- DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acreditando la subcuenta 140152-Concesiones, de la cuenta 1401-INGRESOS NO TRIBUTARIOS. En el caso de las concesiones de la red portuaria, si la entidad contable pública acepta que la contraprestación se pague con acciones de la sociedad portuaria de que se trate, reconoce un débito en la subcuenta 120751-Entidades privadas, de la cuenta 1207-INVERSIONES PATRIMONIALES EN ENTIDADES NO CONTROLADAS y un crédito en la subcuenta 140152-Concesiones, de la cuenta 1401-INGRESOS NO TRIBUTARIOS.
13. FINALIZACIÓN DEL CONTRATO DE CONCESIÓN
A continuación se señalan los registros contables que deben efectuar el gestor de los contratos de concesión, así como la entidad titular de los bienes, cuando finaliza la concesión. El procedimiento considera el tratamiento contable de la devolución de los bienes inicialmente entregados, ya sean bienes afectados al uso público u otros elementos como propiedades, planta y equipo e intangibles; la entrega de la nueva infraestructura, y la entrega de los bienes adquiridos por el concesionario que pasan a ser propiedad de la entidad contratante sin que por ello esta deba efectuar compensación alguna, en virtud de la cláusula de reversión.
14. REGISTROS CONTABLES DEL GESTOR
Los bienes inicialmente recibidos se devuelven a la entidad titular del bien con un débito en las subcuentas 934618-Bienes de uso público e históricos y culturales, 934619-Propiedades, planta y equipo y/o 934620-Otros activos, según corresponda, de la cuenta 9346-BIENES RECIBIDOS DE TERCEROS, y un crédito en la subcuenta 991506-Bienes recibidos de terceros, de la cuenta 9915-ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB).
Con anterioridad al traslado de los nuevos bienes a la entidad titular, la entidad gestora del contrato debe formalizar las solicitudes de información a los concesionarios, incluida la relacionada con los avalúos, con el fin de diferenciar y valorar los bienes objeto de reversión que corresponden a aquellos distintos de los bienes de uso público, adquiridos por el concesionario en desarrollo del contrato de concesión, los cuales deben reclasificarse de las subcuentas que correspondan, de la cuenta 1711-BIENES DE USO PÚBLICO EN SERVICIO-CONCESIÓN, a las cuentas y subcuentas que correspondan del grupo 16- PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO.
La entrega a la entidad titular, de los bienes de uso público construidos, se registra con un débito en la subcuenta 310501-Nación, o 310502-Departamento, o 310503-Distrito, o 310504-Municipio, de la cuenta 3105-CAPITAL FISCAL, o 320801-Capital fiscal, de la cuenta 3208-CAPITAL FISCAL, según corresponda y un crédito en la subcuenta que identifique el tipo de red, de la cuenta 1711-BIENES DE USO PÚBLICO EN SERVICIO - CONCESIONES.
Con base en la cláusula de reversión, los bienes distintos de los bienes de uso público se trasladan a la entidad titular, con un débito en la subcuenta 310501- Nación, o 310502-Departamento, o 310503-Distrito, o 310504-Municipio, de la cuenta 3105-CAPITAL FISCAL, o 320801-Capital fiscal, de la cuenta 3208-CAPITAL FISCAL y un crédito a las cuentas y subcuentas que correspondan del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO.
15. REGISTROS CONTABLES EN LA ENTIDAD TITULAR DE LOS BIENES
La entidad titular de los bienes de uso público debe reconocer la devolución de los bienes inicialmente entregados al gestor, de la siguiente manera: tratándose de la infraestructura, se debita la subcuenta que identifique el tipo de red, de la cuenta 1710-BIENES DE USO PÚBLICO EN SERVICIO y se acredita la subcuenta que corresponda de la cuenta 1720-BIENES DE USO PÚBLICO E HISTÓRICOS Y CULTURALES ENTREGADOS A TERCEROS. En el caso de los bienes distintos de los de uso público, se debita la subcuenta y cuenta que corresponda del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO y se acredita la subcuenta 192001-Bienes muebles entregados en administración, o 192002-Bienes inmuebles entregados en administración, de la cuenta 1920-BIENES ENTREGADOS A TERCEROS.
La infraestructura construida durante el contrato de concesión se reconoce con un débito en la subcuenta que identifique el tipo de red, de la cuenta 1710-BIENES DE USO PÚBLICO EN SERVICIO y un crédito en la subcuenta 312525-Bienes, de la cuenta 3125-PATRIMONIO PÚBLICO INCORPORADO o 325525-Bienes, de la cuenta 3255-PATRIMONIO INSTITUCIONAL INCORPORADO, según corresponda.
Por su parte, los bienes distintos de los de uso público, objeto de reversión, se reconocen con un débito en la subcuenta y cuenta que corresponda del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO y un crédito en la subcuenta 312525-Bienes, de la cuenta 3125-PATRIMONIO PÚBLICO INCORPORADO o 325525-Bienes, de la cuenta 3255-PATRIMONIO INSTITUCIONAL INCORPORADO, según corresponda.
16. REGISTROS CONTABLES CUANDO LA ENTIDAD TITULAR DE LOS BIENES GESTIONA EN FORMA DIRECTA LOS CONTRATOS DE CONCESIÓN
Si la entidad titular del bien de uso público gestiona directamente el contrato de concesión, una vez finalizado el contrato, debe formalizar las solicitudes de información a los concesionarios, incluida la relacionada con los avalúos, con el fin de diferenciar y valorar los bienes objeto de reversión que corresponden a aquellos distintos de los bienes de uso público, adquiridos por el concesionario en desarrollo del contrato de concesión, los cuales deben reclasificarse de las subcuentas que correspondan, de la cuenta 1711-BIENES DE USO PÚBLICO EN SERVICIO-CONCESIÓN, a las cuentas y subcuentas que correspondan del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO. La diferencia, que corresponde a la devolución de los bienes de uso público, se reconoce en la subcuenta que identifique el tipo de red, de la cuenta 1710-BIENES DE USO PÚBLICO EN SERVICIO.
Finalmente, si la entidad contable pública entregó al concesionario bienes distintos a los de uso público debe registrar un débito en las subcuentas y cuentas que correspondan del grupo 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO y un crédito en la subcuenta 192011-Bienes muebles entregados en concesión, o 192012-Bienes inmuebles entregados en concesión, de la cuenta 1920-BIENES ENTREGADOS A TERCEROS.
17. TRATAMIENTO CONTABLE DE CONTINGENCIAS
Si la entidad contable pública que gestiona los contratos de concesión ha pactado garantías de ingreso por la remuneración de la inversión privada, estas se deben reconocer dependiendo de la probabilidad de que se hagan efectivas. Para el efecto debe tenerse en cuenta si los flujos reales superan los estimados, caso en el cual surgiría un derecho para la entidad contable pública, o si por el contrario, los flujos reales son inferiores a los estimados, circunstancia en la que surgiría una obligación.
18. TRATAMIENTO CONTABLE DE LOS FLUJOS REALES SUPERIORES A LOS ESTIMADOS
En el evento en que los flujos reales sean superiores a los estimados, y la probabilidad de ocurrencia de que se haga efectiva la garantía es eventual, remota o probable, la diferencia calculada se reconoce con un débito en la subcuenta 812801-Contratos de concesión, de la cuenta 8128-GARANTÍAS CONTRACTUALES y un crédito en la subcuenta 890509-Garantías contractuales, de la cuenta 8905-DERECHOS CONTINGENTES POR CONTRA (CR).
Una vez se establezca el valor de los derechos y que los recursos los va a recibir directamente la entidad contable pública, se debe reconocer un débito en la subcuenta 140152-Concesiones, de la cuenta 1401-INGRESOS NO TRIBUTARIOS, y un crédito en la subcuenta 411051-Concesiones, de la cuenta 4110-NO TRIBUTARIOS.
Si los recursos reducen el plazo de la concesión, el registro que corresponde es la amortización del crédito diferido con un débito en la subcuenta 291511-Concesiones, de la cuenta 2915-CRÉDITOS DIFERIDOS y un crédito en la subcuenta 411051-Concesiones, de la cuenta 4110-NO TRIBUTARIOS.
Si los recursos se destinan directamente a obras adicionales se debe reconocer un débito en la subcuenta que identifique la red, de la cuenta 1711-BIENES DE USO PÚBLICO EN SERVICIO-CONCESIONES y un crédito en la subcuenta 411051-Concesiones, de la cuenta 4110-NO TRIBUTARIOS.
19. TRATAMIENTO CONTABLE DE LOS FLUJOS REALES INFERIORES A LOS ESTIMADOS
En el evento en que los flujos reales sean inferiores a los flujos estimados, si la probabilidad de ocurrencia de que se haga efectiva la garantía es eventual o remota, la diferencia calculada se reconoce con un crédito en la subcuenta 912801-Contratos de concesión, de la cuenta 9128-GARANTÍAS CONTRACTUALES y un débito en la subcuenta 990511-Garantías contractuales, de la cuenta 9905-RESPONSABILIDADES CONTINGENTES POR CONTRA (DB).
Si por el contrario la contingencia es probable, se reconoce un débito en la subcuenta 531405-Garantías contractuales, de la cuenta 5314-PROVISIÓN PARA CONTINGENCIAS y un crédito en la subcuenta 271017-Garantías contractuales- Concesiones, de la cuenta 2710-PROVISIÓN PARA CONTINGENCIAS, previa disminución de las cuentas de orden.
Una vez establecido el valor de la obligación, se registra un débito en la subcuenta 271017-Garantías contractuales-Concesiones, de la cuenta 2710-PROVISIÓN PARA CONTINGENCIAS, y un crédito en la subcuenta 249019-Garantías contractuales- Concesiones, de la cuenta 2490-OTRAS CUENTAS POR PAGAR. Si la provisión es mayor a la obligación, la diferencia se reconoce con un crédito en la subcuenta que corresponda de la cuenta 5314-PROVISIÓN PARA CONTINGENCIAS, si la provisión se constituyó en el mismo período o a la subcuenta 481008-Recuperaciones, de la cuenta 4810-EXTRAORDINARIOS, si la provisión se constituyó en períodos anteriores. Si la provisión es menor al valor de la obligación, la diferencia debe reconocerse con un débito en la subcuenta 580890-Otros gastos ordinarios, de la cuenta 5808-OTROS GASTOS ORDINARIOS.
Si para el cumplimiento de las garantías se acude a demandas interpuestas ante un juez, la entidad contable pública debe aplicar el Procedimiento Contable para el Reconocimiento y Revelación de los Procesos Judiciales, Laudos Arbitrales, Conciliaciones Extrajudiciales y Embargos Decretados y Ejecutados sobre las Cuentas Bancarias, contenido en el Capítulo V, del Manual de Procedimientos, del Régimen de Contabilidad Pública.
20. REVELACIONES EN NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES
En notas a los estados contables deben revelarse situaciones del período contable que permitan conocer la siguiente información:
a) La descripción del objeto del contrato o contratos de concesión vigentes.
b) Los criterios que sirvieron de base para entregar en concesión las redes de transporte.
c) Metodologías aplicadas en la evaluación de los proyectos.
d) Información relacionada con litigios y demandas contractuales.
e) Información concerniente a las garantías de ingresos por la remuneración privada, establecidas en los contratos.
f) Identificación del concesionario.
g) Duración y prórrogas del contrato.
h) Información detallada de los recursos públicos y los aportados por el concesionario que financian las obras, tanto del período como acumulados.
i) Detalle de los kilómetros de carretera o de vía férrea, y obras adicionales y complementarias, así como su localización geográfica, tanto del período como acumulados.
j) Detalle de la cuantía y del destino de los recursos de la contraprestación económica de las concesiones portuarias.
k) Detalle de los criterios utilizados para establecer las valoraciones de los activos que se revierten y devuelven.
PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL RECONOCIMIENTO Y REVELACIÓN DE LOS RECURSOS DEL FONPET.
<Procedimiento adicionado por el artículo 3 de la Resolución 423 de 2011. El nuevo texto es el siguiente:>
1. REGISTROS EN EL FONPET
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, como administrador del Fonpet, debe llevar en forma independiente la contabilidad del Fonpet, la cual debe actualizarse en forma mensual, a partir de los siguientes registros.
Recursos recibidos
Los recursos del Fonpet recibidos por el Tesoro Nacional o por sociedades administradoras, distribuidos o no en las cuentas de las entidades territoriales, se registran mensualmente debitando la subcuenta y cuenta que corresponda de los grupos 11- EFECTIVO o 12-INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS y acreditando la subcuenta 245301-En administración, de la cuenta 2453-RECURSOS RECIBIDOS EN ADMINISTRACIÓN.
Constitución de inversiones
Mensualmente, con base en la información reportada por el Tesoro Nacional y por las sociedades administradoras, se registran las inversiones efectuadas debitando la subcuenta que corresponda de la cuenta 1201-INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN TÍTULOS DE DEUDA o de la cuenta 1202-INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN TÍTULOS PARTICIPATIVOS, y acreditando la subcuenta y cuenta que corresponda del grupo 11-EFECTIVO.
Registro de la actualización de las inversiones y recaudo de rendimientos
Mensualmente, con base en la información reportada por el Tesoro Nacional y por las sociedades administradoras, se actualizan las inversiones incrementando o disminuyendo su valor e incrementando o disminuyendo el pasivo por los recursos recibidos en administración. Con el recaudo de los rendimientos se disminuye el valor de las inversiones y se aumenta el valor del efectivo.
Registro de las erogaciones por la gestión y control de los recursos del Fonpet
Mensualmente, con base en la información reportada por el Tesoro Nacional y por las sociedades administradoras, se reconocen las erogaciones originadas en la gestión y control de los recursos, debitando la subcuenta 245301-En administración, de la cuenta 2453-RECURSOS RECIBIDOS EN ADMINISTRACIÓN y acreditando la subcuenta o cuenta que corresponda del grupo 11-EFECTIVO.
Recursos trasladados a las entidades territoriales, o aplicados a los pasivos pensionales a su cargo
Los recursos trasladados a las entidades territoriales, o aplicados a los pasivos pensionales a su cargo se registran debitando la subcuenta 245301-En administración, de la cuenta 2453-RECURSOS RECIBIDOS EN ADMINISTRACIÓN y acreditando la subcuenta y cuenta que corresponda del grupo 11-EFECTIVO.
Registros en cuentas de orden de control
En la contabilidad del Fonpet, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público debe revelar mensualmente en cuentas de orden de control, información sobre los siguientes aspectos:
1. Se debe controlar el acumulado anual de los rendimientos, acreditando la subcuenta
930704-Rendimientos anuales generados, de la cuenta 9307-FONPET y debitando la subcuenta 991509-FONPET, de la cuenta 9915-ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB).
2. Se debe controlar el acumulado anual de las erogaciones por la gestión y control de los recursos del FONPET, debitando la subcuenta 830703-Gastos anuales incurridos, de la cuenta 8307-FONPET y acreditando la subcuenta 891526-FONPET de la cuenta 8915- DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR).
3. Las obligaciones por la gestión y control de los recursos del FONPET que en la fecha de reporte se encuentren pendientes de pago, se controlan acreditando la subcuenta 930701-Cuentas por pagar, de la cuenta 9307-FONPET, y debitando la subcuenta 991509-FONPET, de la cuenta 9915-ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB).
4. Las solicitudes de retiro de recursos para el pago del pasivo pensional o de devolución de recursos, por parte de la entidad territorial, se controlan acreditando la subcuenta 930702-Solicitudes de retiro pendientes de aprobación, de la cuenta 9307-FONPET y debitando la subcuenta 991509-FONPET, de la cuenta 9915-ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB). Con las aprobaciones de retiro se acredita la subcuenta 930703- Retiros aprobados pendientes de giro y se debita la subcuenta 930702-Solicitudes de retiro pendientes de aprobación, de la cuenta 9307-FONPET.
Con el giro de los recursos, se debita la subcuenta 930703-Retiros aprobados pendientes de giro, de la cuenta 9307-FONPET y se acredita la subcuenta 991509- FONPET, de la cuenta 9915-ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB).
5. Los recursos a cargo de las entidades territoriales, pendientes de recaudo, sobre los que no existan actos administrativos en firme, se controlan en cuentas de orden deudoras mediante un débito en la subcuenta 830702-Derechos por cobrar sin acto administrativo en firme, de la cuenta 8307-FONPET y un crédito en la subcuenta 891526-FONPET, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR).
Una vez adelantado el proceso de cobro coactivo por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el acto administrativo que acredita la obligación quede en firme, se debita la subcuenta 830701-Derechos por cobrar con acto administrativo en firme y se acredita la subcuenta 830702-Derechos por cobrar sin acto administrativo en firme, de la cuenta 8307-FONPET.
Con el recaudo de los recursos, se acredita la subcuenta 830701-Derechos por cobrar con acto administrativo en firme, de la cuenta 8307-FONPET y se debita la subcuenta 891526-FONPET, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR).
2. REGISTROS EN EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Traslado de los recursos Fonpet a las sociedades administradoras o al Tesoro Nacional
- Recursos ejecutados y distribuidos
Previo al traslado de los recursos, el MHCP reconoce la transferencia, debitando la subcuenta y cuenta que corresponda del grupo 54-TRANSFERENCIAS y acreditando la subcuenta que corresponda de la cuenta 2403-TRANSFERENCIAS POR PAGAR.
Con el traslado de los recursos a las administradoras, se debita la subcuenta que corresponda de la cuenta 2403-TRANSFERENCIAS POR PAGAR y se acredita la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
- Recursos ejecutados y no distribuidos
Con el traslado de los recursos a las administradoras, o cuando el Tesoro Nacional administre directamente los recursos, el MHCP debita la subcuenta 142406-Recursos FONPET por distribuir, de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN y acredita la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
Mensualmente, con base en la información reportada por el Tesoro Nacional y por las sociedades administradoras se actualizan los Recursos FONPET por distribuir incrementando o disminuyendo su valor e incrementando o disminuyendo el respectivo ingreso o gasto por las variaciones originadas en la valoración de las inversiones.
Cuando se expida el acto administrativo que haga la distribución a las entidades territoriales, el MHCP debita la subcuenta y cuenta que corresponda del grupo 54- TRANSFERENCIAS y acredita la subcuenta 142406-Recursos FONPET por distribuir, de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN.
Control en cuentas de orden
El MHCP debe controlar en cuentas de orden acreedoras de control, los recursos del Fonpet, que se encuentran en poder del Tesoro Nacional o de las sociedades administradoras, así como los derechos del Fonpet sobre los recursos que por mandato legal deben ser trasladados por las entidades territoriales.
3. REGISTROS EN EL TESORO NACIONAL
Recursos Fonpet administrados por el Tesoro nacional
- Recursos ejecutados (distribuidos y no distribuidos)
Cuando el Tesoro nacional administre directamente los recursos, se debita la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y se acredita la subcuenta 245301-En administración, de la cuenta 2453-RECURSOS RECIBIDOS EN ADMINISTRACIÓN. En el caso de los recursos distribuidos y para efectos del reporte de operaciones recíprocas, el tercero es la entidad territorial correspondiente, y para los no distribuidos, el tercero es el MHCP.
Las inversiones efectuadas se registran debitando la subcuenta que corresponda de las cuentas 1201-INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ EN TÍTULOS DE DEUDA y acreditando la subcuenta y cuenta que corresponda del grupo 11-EFECTIVO.
Las variaciones originadas en la valoración de las inversiones se reconocen debitando o acreditando el valor de la inversión y debitando o acreditando la subcuenta 245301-En administración, de la cuenta 2453-RECURSOS RECIBIDOS EN ADMINISTRACIÓN.
Con el traslado a las sociedades administradoras del FONPET, debita la subcuenta 245301- En administración, de la cuenta 2453-RECURSOS RECIBIDOS EN ADMINISTRACIÓN y acredita la subcuenta y cuenta que corresponda del grupo 11-EFECTIVO o 12-INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS.
<Resolución 139 de 2012 derogada a aprtir del 1o. de enero de 2018 por la Resolución 470 de 2016, "por la cual se incorpora, al Marco Normativo para Entidades de Gobierno, el Procedimiento contable para el registro de los recursos del Sistema General de Regalías">
<Procedimiento adicionado por el artículo 6 de la Resolución 139 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
Los registros contables que deben efectuar las entidades que participan en la liquidación, recaudo, transferencia, distribución y asignación de regalías, así como la ejecución de proyectos con dichos recursos, entre otras operaciones, se relacionan a continuación:
1. Liquidación de las regalías
Con el acto administrativo en el que se liquiden las regalías, expedido por la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) o la Agencia Nacional de Minería (ANM), deben efectuarse los siguientes registros contables.
1.1 Registros contables en la ANH y la ANM
La entidad que expida el acto administrativo de liquidación de las regalías debita la subcuenta que corresponda de la cuenta 8365-REGALÍAS POR RECAUDAR y acredita la subcuenta 891527-Regalías por recaudar de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR).
1.2 Registros contables en el Sistema General de Regalías
<Numeral modificado por el artículo 2 de la Resolución 52 de 2013. El nuevo texto es el siguiente:> Con la información que suministren la Agencia Nacional de Hidrocarburos y la Agencia Nacional de Minería sobre la liquidación de las regalías, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) reconoce los derechos por este concepto en la contabilidad del Sistema General de Regalías mediante un débito en la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1405-REGALÍAS y un crédito en la subcuenta respectiva, de la cuenta 4111-REGALÍAS.
2. Recaudo de las regalías
Con el recaudo de las regalías deben efectuarse los siguientes registros contables:
2.1 Recaudo en efectivo
Con el recaudo en efectivo de las regalías, la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y la Agencia Nacional de Minería (ANM) debitan la subcuenta y cuenta que corresponda del grupo 11-EFECTIVO y acreditan la subcuenta 290501-Regalías, de la cuenta 2905-RECAUDOS A FAVOR DE TERCEROS.
Adicionalmente, disminuyen las cuentas de orden deudoras de control debitando la subcuenta 891527-Regalías por recaudar, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR) y acreditando la subcuenta que corresponda de la cuenta 8365-REGALÍAS POR RECAUDAR.
Si durante el tiempo que permanecen los recursos en poder de las agencias se generan rendimientos, la respectiva agencia debita la subcuenta y cuenta que corresponda del grupo 11-EFECTIVO y acredita la subcuenta 290501-Regalías, de la cuenta 2905-RECAUDOS A FAVOR DE TERCEROS.
2.2 Recaudo en especie
2.2.1 Registros contables en la ANH
El recaudo de regalías en especie se registra debitando la subcuenta 991525-Regalías recaudadas en especie, de la cuenta 9915-ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB) y acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 9365-REGALÍAS RECAUDADAS EN ESPECIE.
Adicionalmente, se disminuyen las cuentas de orden deudoras de control debitando la subcuenta 891527-Regalías por recaudar, de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR) y acreditando la subcuenta que corresponda de la cuenta 8365-REGALÍAS POR RECAUDAR.
Con la comercialización de las regalías, la ANH debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 9365-REGALÍAS RECAUDADAS EN ESPECIE y acredita la subcuenta 991525-Regalías recaudadas en especie, de la cuenta 9915-ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB).
Con el recaudo de las regalías comercializadas, la ANH debita la subcuenta y cuenta que corresponda del grupo 11-EFECTIVO y acredita la subcuenta 290501-Regalías, de la cuenta 2905- RECAUDOS A FAVOR DE TERCEROS.
2.2.2 Registros contables en el Sistema General de Regalías
Con el recaudo en especie de las regalías, el MHCP, en la contabilidad del SGR, reconoce el inventario, para lo cual debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1530-EN PODER DE TERCEROS y acredita la subcuenta 140501-Hidrocarburos, de la cuenta 1405-REGALÍAS.
3. Transferencia de los recursos
3.1 Registros contables en la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y en la Agencia Nacional de Minería (ANM)
Cuando las agencias transfieran los recursos al Sistema General de Regalías, debitan la subcuenta 290501-Regalías, de la cuenta 2905-RECAUDOS A FAVOR DE TERCEROS y acreditan la subcuenta y cuenta que corresponda del grupo 11-EFECTIVO.
3.2 Registros contables en el Sistema General de Regalías-SGR
Con el recaudo de los recursos, el MHCP, en la contabilidad del SGR, debita la subcuenta 114001-Sistema General de Regalías, de la cuenta 1140-CUENTA ÚNICA SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS y acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1405-REGALÍAS, en la contabilidad del SGR.
Los rendimientos transferidos por las agencias se reconocen debitando la subcuenta 114001- Sistema General de Regalías, de la cuenta 1140-CUENTA ÚNICA SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS y acreditando la subcuenta 480590-Otros ingresos financieros, de la cuenta 4805-FINANCIEROS.
Cuando se transfieran recursos producto del recaudo de las regalías en especie, el MHCP, en la contabilidad del SGR, debita la subcuenta 114001-Sistema General de Regalías, de la cuenta 1140- CUENTA ÚNICA SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS y acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1530-EN PODER DE TERCEROS, y por la diferencia entre el precio base de liquidación de la regalía y el precio de comercialización, acredita la subcuenta 480807-Margen en la comercialización de bienes y servicios, de la cuenta 4808-OTROS INGRESOS ORDINARIOS o debita la subcuenta 580815-Margen en la comercialización de bienes y servicios, de la cuenta 5808-OTROS GASTOS ORDINARIOS.
El recaudo en efectivo de las regalías, por parte de las agencias, no implica reclasificar el derecho por concepto de regalías para el SGR. Lo anterior, teniendo en cuenta que el plazo establecido legalmente para la transferencia de los recursos es máximo de 10 días.
4. Recaudo directo en la cuenta única del Sistema General de Regalías
Cuando el operador responsable del pago consigna directamente, en la Cuenta Única del Sistema General de Regalías, los recursos por regalías liquidadas previamente por la ANH y la ANM, el MHCP, en la contabilidad del SGR, debita la subcuenta 114001-Sistema General de Regalías, de la cuenta 1140-CUENTA ÚNICA SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS y acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1405-REGALÍAS.
En este caso, se debe garantizar un flujo de información completa y oportuna entre el MHCP y las agencias, con el fin de que en la contabilidad del SGR se asocien los recaudos a los derechos correspondientes, y en las agencias se reversen las cuentas de orden inicialmente reconocidas en las cuales se controlan las regalías por recaudar.
5. Pagos directos del titular minero o del comercializador a la cuenta única del Sistema General de Regalías por la explotación de títulos mineros
Cuando el titular minero o comercializador consigne directamente en la Cuenta Única del Sistema General de Regalías las regalías derivadas de la explotación de títulos mineros, sin previa liquidación por parte de la ANM, el MHCP, en la contabilidad del SGR, debita la subcuenta 114001- Sistema General de Regalías, de la cuenta 1140-CUENTA ÚNICA SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS y acredita la subcuenta 291024-Regalías, de la cuenta 2910-INGRESOS RECIBIDOS POR ANTICIPADO.
El MHCP debe suministrar la información pertinente para que la ANM efectúe la liquidación y expida el acto administrativo correspondiente, con el cual el MHCP procederá a reconocer el ingreso en la contabilidad del SGR, mediante un débito en la subcuenta 291024-Regalías, de la cuenta 2910-INGRESOS RECIBIDOS POR ANTICIPADO y un crédito en la subcuenta que corresponda, de la cuenta 4111-REGALÍAS.
6. Distribución de recursos del Sistema General de Regalías
Con la distribución de los recursos del SGR que realiza el Departamento Nacional de Planeación, el MHCP, en la contabilidad del SGR, acredita las subcuentas que identifiquen el concepto distribuido y debita la subcuenta 292580-Regalías recaudadas (Db), de la cuenta 2925-REGALÍAS DISTRIBUIDAS.
7. Reconocimiento de las asignaciones
7.1 Registros contables en el Sistema General de Regalías
<Numeral modificado por el artículo 1 de la Resolución 111 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:> Con base en el documento soporte de la distribución de las asignaciones directas a las entidades territoriales, el MHCP, en la contabilidad del SGR, debita la subcuenta 541301-Asignaciones directas, de la cuenta 5413-Sistema General de Regalías y acredita la subcuenta 240316-Sistema General de Regalías, de la cuenta 2403-Transferencias por Pagar.
Las asignaciones a las entidades territoriales de los recursos distribuidos en los distintos fondos se registran debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 5413-Sistema General de Regalías y acreditando la subcuenta 240316-Sistema General de Regalías, de la cuenta 2403-Transferencias por Pagar.
Las asignaciones del 0.5% de los ingresos del SGR para proyectos de inversión en los municipios ribereños del Río Grande de la Magdalena, incluidos, los del Canal del Dique, se registran debitando la subcuenta 541306-Para proyectos de inversión de los municipios ribereños del río Grande de la Magdalena y Canal del Dique, de la cuenta 5413-Sistema General de Regalías y acreditando la subcuenta 240316-Sistema General de Regalías, de la cuenta 2403-Transferencias Por pagar.
Adicionalmente, el MHCP, en la contabilidad del SGR, acredita la subcuenta 292580-Regalías recaudadas (Db) y debita las subcuentas que identifiquen el concepto distribuido, de la cuenta 2925-Regalías Distribuidas.
7.2 Registros contables en la entidad territorial y en Cormagdalena.
<Numeral modificado por el artículo 1 de la Resolución 111 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:> Con base en el documento soporte de la distribución de las asignaciones directas a las entidades territoriales, la entidad territorial debita la subcuenta 141313-Sistema General de Regalías, de la cuenta 1413-Transferencias por Cobrar y acredita la subcuenta 441301-Asignaciones directas, de la cuenta 4413-Sistema General de Regalías.
Las asignaciones a las entidades territoriales de los recursos distribuidos en los distintos fondos se registran debitando la subcuenta 141313-Sistema General de Regalías, de la cuenta 1413-Transferencias por Cobrar y acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 4413-Sistema General de Regalías.
Las asignaciones del 0.5% de los ingresos del SGR para proyectos de inversión en los municipios ribereños del río Grande de la Magdalena, incluidos, los del Canal del Dique se registran en Cormagdalena, debitando la subcuenta 141313-Sistema General de Regalías, de la cuenta 1413-Transferencias por Cobrar y acreditando la subcuenta 441306-Para proyectos de inversión de los municipios ribereños del Río Grande de la Magdalena y Canal del Dique, de la cuenta 4413-Sistema General de Regalías.
8. Giro de las asignaciones
8.1. Registros contables en el Sistema General de Regalías
<Numeral modificado por el artículo 1 de la Resolución 111 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:> Con el giro a la entidad territorial, a Cormagdalena o a la entidad ejecutora del proyecto, el MHCP, en la contabilidad del SGR, debita la subcuenta 240316-Sistema General de Regalías, de la cuenta 2403-Transferencias por Pagar y acredita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1140-Cuenta Única Sistema General de Regalías.
8.2 Registros contables en la entidad territorial y en Cormagdalena.
<Numeral modificado por el artículo 1 de la Resolución 111 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:> Con el giro de la asignación directa en la cuenta autorizada, la entidad territorial debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras y acredita la subcuenta 141313-Sistema General de Regalías, de la cuenta 1413-Transferencias por Cobrar.
Las asignaciones provenientes de los fondos se registran debitando el activo o pasivo correspondiente y acreditando la subcuenta 141313-Sistema General de Regalías, de la cuenta 1413-Transferencias por Cobrar, de acuerdo con la información de la ejecución de los proyectos de inversión suministrada por la entidad que designe el respectivo Órgano Colegiado de Administración y Decisión.
El giro de las asignaciones del 0.5% de los ingresos del SGR para proyectos de inversión en los municipios ribereños del Río Grande de la Magdalena, incluidos, los del Canal del Dique se registran en Cormagdalena, debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras y acreditando la subcuenta 141313-Sistema General de Regalías, de la cuenta 1413-Transferencias por Cobrar”.
Cuando el giro de las asignaciones se realiza directamente a la entidad ejecutora del proyecto, se registra por la entidad territorial o por Cormagdalena, debitando la subcuenta 142402- En administración, de la cuenta 1424-Recursos Entregados en Administración y Acreditando la subcuenta 141313-Sistema General de Regalías, de la cuenta 1413-Transferencias por Cobrar.
9. Ejecución de los proyectos de inversión
<Numeral modificado por el artículo 1 de la Resolución 111 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:> Con la ejecución de los proyectos de inversión financiados con recursos del Sistema General de Regalías, a través de los Fondos, y del 0.5% de los ingresos del SGR para proyectos de inversión en los municipios ribereños del Río Grande de la Magdalena, incluidos, los del Canal del Dique, la entidad territorial o Cormagdalena deben reconocer el respectivo activo o gasto en las cuentas y subcuentas que correspondan con contrapartida en la cuenta y subcuenta del pasivo a que haya lugar. Lo anterior, de acuerdo con la información de la ejecución de los proyectos de inversión suministrada por la entidad que designe el respectivo Órgano Colegiado de Administración y Decisión.
Si la ejecución y financiación de un proyecto involucra a más de una entidad territorial, para el reconocimiento de los activos, pasivos, ingresos y gastos relacionados en cada una de ellas, se debe aplicar lo dispuesto en el Procedimiento contable para el reconocimiento y revelación de las actividades realizadas conjuntamente, contenido en el capítulo XVIII del Libro II del Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública. Para tal efecto, se debe garantizar el flujo de información completa y oportuna por parte del ejecutor del proyecto a las entidades territoriales.
10. Recursos entregados al fondo de ahorro y estabilización
El MHCP registra, en la contabilidad del SGR, los recursos entregados al Fondo de Ahorro y Estabilización del Sistema General de Regalías, administrado por el Banco de la República, mediante un débito en la subcuenta 142402-En administración de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN y un crédito en la subcuenta 114001-Sistema General de Regalías, de la cuenta 1140-CUENTA ÚNICA SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS.
El desembolso de los recursos por desahorro del Fondo de Ahorro y Estabilización se registra debitando la subcuenta 114001-Sistema General de Regalías, de la cuenta 1140-CUENTA ÚNICA SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS y acreditando la subcuenta 142402-En administración, de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN.
11. Recursos destinados para el ahorro pensional territorial
11.1 Registros contables en el Sistema General de Regalías
Con base en el documento soporte de la distribución de los recursos destinados para el ahorro pensional entre las entidades territoriales, el MHCP, en la contabilidad del SGR, debita la subcuenta 541305-Para ahorro pensional territorial, de la cuenta 5413-SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS y acredita la subcuenta 240316-Sistema General de Regalías, de la cuenta 2403- TRANSFERENCIAS POR PAGAR.
Con el giro de los recursos se debita la subcuenta 240316-Sistema General de Regalías, de la cuenta 2403-TRANSFERENCIAS POR PAGAR y se acredita la subcuenta 114001-Sistema General de Regalías, de la cuenta 1140-CUENTA ÚNICA NACIONAL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS.
11.2 Registros contables en la entidad territorial
Con la distribución y ejecución de los recursos para ahorro pensional territorial, la entidad territorial debita la subcuenta 141313-Sistema General de Regalías, de la cuenta 1413- TRANSFERENCIAS POR COBRAR y acredita la subcuenta 441305-Para ahorro pensional territorial, de la cuenta 4413-SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS.
Con el giro de los recursos al FONPET, la entidad territorial debita la subcuenta 190104-Encargos fiduciarios, de la cuenta 1901-RESERVA FINANCIERA ACTUARIAL y acredita la subcuenta 141313- Sistema General de Regalías, de la cuenta 1413-TRANSFERENCIAS POR COBRAR.
12. Reconocimiento de gastos del Sistema General de Regalías
<Numeral modificado por el artículo 4 de la Resolución 52 de 2013. El nuevo texto es el siguiente:> El MHCP debe reconocer los gastos de fiscalización del SGR, en la contabilidad del Sistema, debitando la subcuenta 511168-Fiscalización del Sistema General de Regalías, de la cuenta 5111-GENERALES y acreditando la subcuenta 249020-Fiscalización del Sistema General de Regalías, de la cuenta 2490-OTRAS CUENTAS POR PAGAR.
El MHCP debe reconocer los gastos de monitoreo, seguimiento, control y evaluación del SGR, en la contabilidad del Sistema, debitando la subcuenta 511169-Monitoreo, seguimiento, control y evaluación del Sistema General de Regalías, de la cuenta 5111-GENERALES y acreditando la subcuenta 249021-Monitoreo, seguimiento, control y evaluación del Sistema General de Regalías, de la cuenta 2490-OTRAS CUENTAS POR PAGAR.
El MHCP debe reconocer los gastos de funcionamiento del SGR, en la contabilidad del Sistema, debitando la subcuenta 511170-Funcionamiento del Sistema General de Regalías, de la cuenta 5111-GENERALES y acreditando la subcuenta 249022- Funcionamiento del Sistema General de Regalías, de la cuenta 2490- OTRAS CUENTAS POR PAGAR.
El MHCP debe reconocer los gastos para apoyar el fortalecimiento de las Secretarías Técnicas de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión del SGR, en la contabilidad del Sistema, debitando la subcuenta 511171-Apoyo para el fortalecimiento de las Secretarías Técnicas de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión del SGR, de la cuenta 5111-GENERALES y acreditando la subcuenta 249023-Apoyo para el fortalecimiento de las Secretarías Técnicas de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión del SGR, de la cuenta 2490-OTRAS CUENTAS POR PAGAR.
Si en desarrollo de las funciones de fiscalización, monitoreo, seguimiento, control, evaluación y funcionamiento del SGR, se adquieren bienes, los mismos deben ser reconocidos en la entidad beneficiaria mediante un débito en la subcuenta y cuenta que corresponda, del grupo 16-Propiedades, planta y equipo y un crédito en la subcuenta 312525-Bienes, de la cuenta 3125-PATRIMONIO PÚBLICO INCORPORADO.
13. Recursos entregados en administración al tesoro nacional
Teniendo en cuenta que la normativa legal vigente autoriza a la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional del MHCP para invertir, en calidad de administrador, los excedentes transitorios de liquidez de los recursos del SGR que se presenten entre el recaudo en la Cuenta Única del Sistema General de Regalías y el giro de los mismos, y que la misma normativa dispone que los rendimientos obtenidos forman parte del SGR, los cuales deben destinarse a las finalidades previstas legalmente, corresponde realizar los siguientes registros contables:
13.1 Registros contables en el Sistema General de Regalías
Con los recursos entregados, el MHCP, en la contabilidad del SGR, debita la subcuenta 142402-En administración, de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN y acredita la subcuenta que corresponda, de la 1140-CUENTA ÚNICA SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS.
Los rendimientos generados en la administración de los recursos se reconocen debitando la subcuenta 142402-En administración, de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN y acreditando la subcuenta 480535-Rendimientos sobre recursos entregados en administración, de la cuenta 4805-FINANCIEROS.
Con base en el documento soporte de la distribución de los rendimientos a las entidades territoriales, el MHCP, en la contabilidad del SGR, debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 5413-SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS y acredita la subcuenta 240316-Sistema General de Regalías, de la cuenta 2403-TRANSFERENCIAS POR PAGAR.
13.2 Registros contables en el Tesoro Nacional
Con los recursos recibidos, el Tesoro Nacional debita la subcuenta que corresponda, del grupo 11-EFECTIVO y acredita la subcuenta 245301-En administración, de la cuenta 2453-RECURSOS RECIBIDOS EN ADMINISTRACIÓN.
Los rendimientos generados en la administración de los recursos se reconocen debitando la subcuenta y cuenta que corresponda del grupo 11-EFECTIVO y acreditando la subcuenta 245301-En administración, de la cuenta 2453-RECURSOS RECIBIDOS EN ADMINISTRACIÓN.
13.3 Registros contables en la entidad territorial
Los rendimientos por la administración de los recursos del SGR, que sean distribuidos entre los distintos conceptos, se reconocen en la entidad territorial que corresponda debitando la subcuenta 141313-Sistema General de Regalías, de la cuenta 1413-TRANSFERENCIAS POR COBRAR y acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 4413-SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS.
Con el recaudo en sus cuentas, la entidad territorial debita la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acredita la subcuenta 141313-Sistema General de Regalías, de la cuenta 1413-TRANSFERENCIAS POR COBRAR.
14. Cierre de ingresos y gastos
Para efectos del cierre de ingresos y gastos, el MHCP, en la contabilidad del Sistema, debe aplicar el principio de contabilidad pública de Período Contable, lo que implica que se midan los resultados de las operaciones del Sistema y el patrimonio público bajo su control, entre el 1o de enero y el 31 de diciembre, del respectivo año. Lo anterior, sin perjuicio de que el sistema presupuestal del SGR sea bianual.
15. Control de las reservas probadas administradas
La Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y la Agencia Nacional de Minería (ANM) deben controlar, respectivamente, las reservas probadas de hidrocarburos y minerales, con base en la información suministrada por el Ministerio de Minas y Energía, para lo cual acreditan la subcuenta que corresponda, de la cuenta 9367-RESERVAS PROBADAS y debitan la subcuenta 991527- Reservas probadas, de la cuenta 9915-ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB).
Con la liquidación de las regalías, la respectiva agencia debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 9367-RESERVAS PROBADAS y acredita la subcuenta 991527-Reservas probadas, de la cuenta 9915-ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB).
16. Operaciones recíprocas
Los gastos y obligaciones por transferencias del Sistema General de Regalías a las entidades territoriales, bien sea por asignaciones directas o por la ejecución de los recursos de los Fondos, constituyen operaciones recíprocas con los Ingresos y derechos reconocidos por las entidades territoriales, según corresponda.
Los recursos del Sistema General de Regalías entregados en administración al Tesoro Nacional, constituyen una operación recíproca entre el derecho del Sistema General de Regalías y la obligación del Tesoro Nacional.
<Resolución 453 de 2012 derogada por el artículo 3 de la Resolución 469 de 2016, a partir del 1o de enero de 2017 para las empresas y a partir del 1o de enero de 2018 para las entidades de Gobierno>
<Procedimiento adicionado por el artículo 3 de la Resolución 453 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>
1. Movilización de cartera
1.1. Cartera de más de 180 días de vencida
1.1.1. Cesión de cartera
1.1.1.1. Registros en la entidad cedente
La entidad que, de conformidad con las normas legales vigentes de movilización de activos, ceda la cartera con más de 180 días de vencida debe retirar el derecho entregado mediante un crédito a la subcuenta y cuenta que corresponda del grupo 14-Deudores y un débito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 1480-Provisión para deudores (CR), cuando a ello hubiere lugar, y debitar la subcuenta 147078-Enajenación de activos de la cuenta 1470-Otros deudores, por el valor de la cartera establecido en el convenio Interadministrativo respectivo. Si se presenta diferencia, esta se registra en la subcuenta 480805-Utilidad en venta de activos de la cuenta 4808-Otros Ingresos Ordinarios o 580801-Pérdida en venta de activos de la cuenta 5808-Otros Gastos Ordinarios, según corresponda.
Este registro también debe ser aplicado por los Patrimonios Autónomos de Remanentes, que administran recursos de una entidad pública cuyo proceso de liquidación ya terminó, para la cartera cedida con más de 180 días de vencida, para lo cual se tendrá en cuenta el valor establecido en el convenio interadministrativo.
1.1.1.2. Registros en CISA
Al suscribir el convenio interadministrativo con las entidades contables públicas cedentes, CISA registra el valor correspondiente con un débito a la subcuenta 147062-Cartera improductiva adquirida de la cuenta 1470-Deudores y un crédito a la subcuenta 242555-Cartera adquirida por movilización de activos de la cuenta 2425-Acreedores.
En complemento debe realizar el control correspondiente en cuentas de orden, debitando la subcuenta 836601-Cartera improductiva adquirida por movilización de activos de la cuenta 8366-Cartera adquirida y acreditando la subcuenta 891529-Cartera adquirida de la cuenta 8915-Deudoras de Control por Contra (CR).
Este procedimiento también aplica a la cartera recibida de los Patrimonios Autónomos de Remanentes.
1.1.2. Recaudo de la cartera de más de 180 días de vencida
En la medida que CISA realice el recaudo de la cartera adquirida, registra un débito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras y un crédito a la subcuenta 147062-Cartera improductiva adquirida de la cuenta 1470-Deudores. Si se presenta diferencia entre el valor recaudado y el valor de adquisición, esta se registra en la subcuenta 480571-Gestión en la recuperación de cartera improductiva o 580574-Pérdida en la gestión de la cartera improductiva adquirida, según corresponda.
Simultáneamente, se deben disminuir, por el valor del recaudo, las cuentas de orden de control debitando la subcuenta 891529-Cartera adquirida de la cuenta 8915-Deudoras de Control por Contra (CR) y acreditando la subcuenta 836601-Cartera improductiva adquirida por movilización de activos de la cuenta 8366-Cartera Adquirida. Los saldos que subsistan, luego de agotar la gestión de cobro, se deben retirar previa decisión administrativa.
Este procedimiento también aplica al recaudo de la cartera adquirida a los Patrimonios Autónomos de Remanentes.
1.1.3. Giro de los recursos de la cartera recibida de más de 180 días de vencida
1.1.3.1. Registros en CISA
Cuando CISA gire el valor de la cartera a la entidad cedente, debe cancelar el pasivo con un débito a la subcuenta 242555-Cartera adquirida por movilización de activos de la cuenta 2425-Acreedores y un crédito a la subcuenta respectiva de la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras. Lo anterior, previo descuento de los costos y/o retribuciones ya causados o pagados por CISA en su gestión, para lo cual acredita la subcuenta 147064-Pago por cuenta de terceros y/o la subcuenta 147072-Comisiones, de la cuenta 1470-Otros deudores, según corresponda.
1.1.3.2. Registros en la entidad cedente de la cartera vencida
Si en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes CISA gira los recursos al Tesoro Nacional, la entidad cedente aplicará el procedimiento de recaudos definido en el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) Nación debitando la subcuenta 572080-Recaudos de la cuenta 5720-Operaciones de enlace y acreditando la subcuenta 147078-Enajenación de activos de la cuenta 1470-Otros deudores.
Si el pago lo recibe la entidad cedente, esta registra un débito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras y un crédito a la subcuenta 147078- Enajenación de activos de la cuenta 1470-Otros Deudores.
Los Patrimonios Autónomos de Remanentes registrarán el recaudo aplicando el procedimiento indicado en el párrafo anterior.
1.2. Administración de cartera
1.2.1. Entrega de la cartera en administración
1.2.1.1. Registros en la entidad que entrega la cartera
Cuando la entidad contable pública entregue en administración el cobro de su cartera a CISA, debe mantener la clasificación correspondiente y continuar reconociendo las operaciones relacionadas con la gestión de la cartera, de acuerdo con lo definido en el Régimen de Contabilidad Pública. Así mismo, debe revelar en notas a los estados contables la condición de cartera entregada en administración y el valor convenido.
Lo dispuesto en este numeral aplica a los Patrimonios Autónomos de Remanentes que entreguen su cartera para ser administrada por CISA.
1.2.1.2. Registro en CISA
La cartera que reciba CISA en administración se debe controlar en cuentas de orden, para lo cual se acredita la subcuenta 930201-Cartera en administración de la cuenta 9302-Movilización de activos y se debita la subcuenta 991511-Movilización de activos de la cuenta 9915-Acreedoras de Control por Contra (DB).
1.2.2. Recaudo de la cartera entregada en administración
1.2.2.1. Registros en CISA
Con el recaudo, CISA registra un débito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-Depósitos en instituciones financieras y un crédito a la subcuenta 290505-Cobro cartera de terceros de la cuenta 2905-Recaudos a favor de terceros a nombre del Tesoro Nacional o de la entidad pública titular de la cartera, según corresponda. De manera simultánea, informará del recaudo a la entidad titular de la cartera para que esta realice la reclasificación del derecho.
Así mismo, debe disminuir las cuentas de orden de control, por el valor de la cartera recaudada, debitando la subcuenta 930201-Cartera en administración de la cuenta 9302-Movilización de activos y acreditando la subcuenta 991511-Movilización de activos de la cuenta 9915-Acreedoras de control por contra (DB).
Adicionalmente, CISA debe informar los detalles de la cartera recaudada a la entidad titular de la misma, a fin de que cuente con los datos suficientes para realizar los registros contables a que haya lugar.
Este mismo tratamiento debe ser aplicado por CISA para el registro del recaudo de la cartera recibida de los Patrimonios Autónomos de Remanentes.
1.2.2.2. Registro en la entidad titular de la cartera entregada en administración
Cuando el recaudo lo realice CISA, la entidad titular de la cartera entregada en administración debita la subcuenta 147065-Derechos cobrados por terceros de la cuenta 1470-Deudores, por el valor del recaudo, y cancela el derecho y sus conceptos relacionados mediante un débito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 1480-Provisión para Deudores (CR), cuando a ello hubiere lugar, y un crédito a la subcuenta de la cuenta que corresponda del grupo 14-Deudores. El anterior registro se efectúa con base en la información suministrada por CISA.
Si en el convenio de administración se establece que el recaudo lo hace la entidad titular de la cartera entregada en administración, esta debita la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-Depósitos en instituciones financieras, por el valor del recaudo, y cancela el derecho y sus conceptos relacionados mediante un débito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 1480-Provisión para Deudores (CR), cuando a ello hubiere lugar, y un crédito a la subcuenta de la cuenta que corresponda del grupo 14-Deudores. El anterior registro se efectúa con base en la información suministrada por CISA.
1.2.3. Pago de la cartera recibida en administración
1.2.3.1. Registros en CISA
Con el giro del valor recaudado, CISA registra un débito a la subcuenta 290505-Cobro cartera de terceros de la cuenta 2905-Recaudos a favor de Terceros y un crédito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
1.2.3.2. Registro en la entidad titular de la cartera entregada en administración
Cuando la entidad titular de la cartera entregada en administración, haga parte del ámbito del Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) Nación, debe aplicar el procedimiento de recaudos definido, debitando la subcuenta 572080-Recaudos de la cuenta 5720-Operaciones de enlace y acreditando la subcuenta 147065-Derechos cobrados por terceros de la cuenta 1470- Deudores.
Si el recaudo lo efectúa la entidad titular de la cartera entregada en administración, registra un débito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-Depósitos en instituciones financieras y un crédito a la subcuenta 147065-Derechos cobrados por terceros de la cuenta 1470-Otros deudores.
Los Patrimonios Autónomos de Remanentes deben registrar el recaudo aplicando el procedimiento indicado en el párrafo anterior.
1.2.4. Comisión por cobro de la cartera entregada en administración
1.2.4.1 Registros en CISA
Con base en el convenio suscrito con la entidad titular de la cartera entregada en administración, CISA reconoce el ingreso por comisión, para lo cual registra un débito a la subcuenta 147072-Comisiones de la cuenta 1470-Deudores y un crédito a la subcuenta 480813-Comisiones de la cuenta 4808-Otros ingresos ordinarios. Posteriormente, descuenta del saldo a favor de la entidad titular de la cartera, el valor de la comisión debitando la subcuenta 290505-Cobro cartera de terceros de la cuenta 2905-Recaudos a favor de terceros y acreditando la subcuenta 147072-Comisiones de la cuenta 1470-Deudores.
1.2.4.2. Registro en la entidad titular de la cartera entregada en administración
La entidad titular de la cartera entregada en administración a CISA reconoce la comisión con un débito a la subcuenta 511111-Comisiones, honorarios y servicios o 521109-Comisiones, honorarios y servicios, de la cuenta 5111-Generales o 5211-Generales según corresponda, y un crédito a la subcuenta 147065-Derechos cobrados por terceros de la cuenta 1470-Deudores.
Los Patrimonios Autónomos de Remanentes reconocen la comisión aplicando el registro contable señalado en el párrafo anterior.
2. Movilización de inmuebles
Si bien la normativa que regula la movilización de activos señala que la transferencia de los inmuebles a CISA se hace a título gratuito y mediante acto administrativo, estos bienes deben continuar reconociéndose como activos de la entidad que los transfiere, hasta tanto se reasignen a otras entidades públicas o se comercialicen. Lo anterior, teniendo en cuenta que la transferencia de la propiedad a CISA se hace con el fin de viabilizar y agilizar la movilización de los activos, constituyéndose CISA, en su calidad de colector de activos públicos, en el administrador de los bienes recibidos para cumplir la finalidad establecida legalmente.
2.1. Inmuebles transferidos para ser reasignados a otra entidad pública o para ser comercializados
2.1.1. Registros en la entidad que transfiere los inmuebles
La entidad que de conformidad con las normas legales vigentes de movilización de activos transfiera a CISA bienes inmuebles, debe reclasificarlos mediante un crédito a la subcuenta y cuenta que corresponda del grupo 16-Propiedades, planta y equipo y un débito a las subcuentas relacionadas con el bien transferido, de las cuentas 1685-Depreciación Acumulada (CR) y 1695-Provisiones para Protección de Propiedades, Planta y Equipo (CR), y debitar la subcuenta 192002-Bienes inmuebles entregados en administración de la cuenta 1920-Bienes entregados a terceros. La entidad debe mantener a nivel auxiliar el detalle del costo histórico, la depreciación y la provisión asociadas al bien transferido.
Adicionalmente, si existe valorización, el saldo se reclasifica a la subcuenta 199977-Otros activos, de la cuenta 1999-Valorizaciones y el superávit por valorización a la subcuenta 311576-Otros activos, de la cuenta 3115-Superávit por valorización o a la subcuenta 324077-Otros activos, de la cuenta 3240-Superávit por Valorización, según corresponda.
Los bienes inmuebles transferidos y reclasificados no son objeto de depreciación ni actualización a partir de la fecha de transferencia.
Igual tratamiento contable aplicarán los Patrimonios Autónomos de Remanentes para los bienes inmuebles transferidos a CISA.
2.1.2. Registro en CISA
Los bienes inmuebles recibidos por CISA de las entidades públicas, con el fin de reasignarlos a otra entidad pública o comercializarlos, deben registrarse en cuentas de orden de control, por el valor en libros de la entidad cedente, para lo cual CISA registra un crédito a la subcuenta 930202-Inmuebles para reasignar a otras entidades públicas o a la subcuenta 930203-Inmuebles para comercializar de la cuenta 9302-Movilización de activos y un débito la subcuenta 991511- Movilización de activos de la cuenta 9915-Acreedoras de Control por Contra (DB).
2.2. Reasignación del inmueble por parte de CISA a otra entidad pública
2.2.1. Registro en CISA
Con la reasignación del inmueble a otra entidad pública, CISA disminuye las cuentas de orden acreedoras de control debitando la subcuenta 930202-Inmuebles para reasignar a otras entidades públicas de la cuenta 9302-Movilización de activos y acreditando la subcuenta 991511-Movilización de activos de la cuenta 9915-Acreedoras de control por contra (DB).
Al mismo tiempo, CISA debe informar de esta transferencia a la entidad pública que cedió inicialmente el bien, para que realice 105 registros contables correspondientes al retiro del bien.
2.2.2. Registros en la entidad que transfirió el inmueble
Con la información recibida de CISA sobre la reasignación del bien, la entidad que transfirió el inmueble registra un débito a la subcuenta 310501-Nación de la cuenta 3105-Capital Fiscal o a la subcuenta 320801-Capital Fiscal de la cuenta 3208-Capital Fiscal, según corresponda, y un crédito a la subcuenta 192002-Bienes inmuebles entregados en administración de la cuenta 1920-Bienes entregados a terceros.
Adicionalmente, si existe valorización, acredita la subcuenta 199977-Otros activos, de la cuenta 1999-Valorizaciones y debita la subcuenta 311576-Otros activos de la cuenta 3115-Superávit por Valorización o la subcuenta 324077-Otros activos, de la cuenta 3240-Superávit por Valorización, según corresponda.
2.2.3. Registros en la entidad pública beneficiaria del bien inmueble reasignado
La entidad pública beneficiaria del bien inmueble reasignado debita la subcuenta de la cuenta que identifique la naturaleza del bien, del grupo 16-Propiedades, planta y equipo, por el valor en libros o uno estimado mediante avalúo técnico y acredita la subcuenta 312525-Bienes, de la Cuenta 3125-Patrimonio Público Incorporado o la Subcuenta 325525-Bienes, de la cuenta 3255-Patrimonio Institucional Incorporado, según corresponda. A partir de este momento debe aplicar lo dispuesto en el Procedimiento para el reconocimiento y revelación de hechos relacionados con las Propiedades, planta y equipo.
Así mismo, cuando en cumplimiento de las normas sobre movilización de activos, deba reconocer los gastos asociados al bien recibido, debita las subcuentas y cuentas relacionadas del grupo 51-De Administración o del grupo 52-De Operación, según corresponda, y acredita las subcuentas y cuentas respectivas del grupo 24-Cuentas por Pagar.
2.3. Comercialización de los inmuebles recibidos
2.3.1. Registros en CISA
El recaudo efectuado por CISA, producto de la comercialización de los bienes inmuebles recibidos, se registra debitando la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-Depósitos en instituciones financieras y acreditando la subcuenta 290503-Ventas por cuenta de terceros de la cuenta 2905-Recaudos a favor de terceros. CISA debe suministrar la información a la entidad pública que transfirió el bien inmueble, según corresponda, con el fin de que realice los registros contables pertinentes.
Así mismo, debe disminuir las cuentas de orden de control con un crédito a la subcuenta 991511-Movilización de activos de la cuenta 9915-Acreedoras de Control por Contra (DB) y un débito a la subcuenta 930203-Inmuebles para comercializar de la cuenta 9302-Movilización de Activos.
La comisión por la comercialización del bien inmueble se registra debitando la subcuenta 147072-Comisiones de la cuenta 1470-Otros Deudores y acreditando la subcuenta 480813-Comisiones, de la cuenta 4808-Otros Ingresos Ordinarios. Adicionalmente, registra un débito en la subcuenta 290503-Ventas por cuenta de terceros de la cuenta 2905-Recaudos a Favor de Terceros y un crédito en la subcuenta 147072-Comisiones de la cuenta 1470-Otros Deudores para deducir la comisión.
Si en cumplimiento de las normas de movilización de activos, y conforme a lo pactado en el convenio interadministrativo, CISA debe asumir los gastos administrativos relacionados con el bien, debe registrar un débito a la subcuenta y cuenta que corresponda del grupo 51-De Administración y un crédito a la subcuenta respectiva de la cuenta 2401-Adquisición de bienes y servicios.
Los gastos pagados por CISA y que deban ser reconocidos por la Nación o por la entidad pública beneficiaria del bien inmueble reasignado, deben ser registrados por CISA con un débito a la subcuenta 147064-Pago por cuenta de terceros, de la cuenta 1470-Otros Deudores y un crédito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
2.3.2. Registros en la entidad que transfirió el inmueble
Una vez recibida la información sobre la comercialización del bien, por parte de CISA, la entidad que transfirió el inmueble registra un débito a la subcuenta 147078-Enajenación de activos de la cuenta 1470-Otros deudores y un crédito a la subcuenta 192002-Bienes inmuebles entregados en administración de la cuenta 1920-Bienes Entregados a Terceros. La diferencia se registra en la subcuenta 480805-Utilidad en venta de activos de la cuenta 4808-Otros Ingresos Ordinarios o en la subcuenta 580801-Pérdida en venta de activos de la cuenta 5808-Otros Gastos Ordinarios, según corresponda.
Adicionalmente, si existe valorización, acredita la subcuenta 199977-Otros activos, de la cuenta 1999-Valorizaciones y debita la subcuenta 311576-Otros activos de la cuenta 3115-Superávit por Valorización o la subcuenta 324077-Otros activos, de la cuenta 3240-Superávit por Valorización, según corresponda.
Cuando la entidad que transfirió el inmueble deba reconocer los gastos relacionados con el bien comercializado, registra un débito a las subcuentas de las cuentas de gastos que correspondan de los grupos 51-De Administración o 52-De Operación, según corresponda, y un crédito a las subcuentas de las cuentas relacionadas con el grupo 24-Cuentas por Pagar. Por su parte, la comisión convenida con CISA por la comercialización, se registra con un débito a la subcuenta 511111-Comisiones, honorarios y servicios, de la cuenta 5111-Generales y un crédito a la subcuenta 242551-Comisiones de la cuenta 2425-Acreedores.
Con anterioridad al recaudo por parte del Tesoro Nacional o de la entidad que transfirió el inmueble, esta última debe cancelar el saldo de las subcuentas y cuentas relacionadas con los pasivos originados por los gastos de administración y comisión del bien mencionado, del grupo 24-Cuentas por Pagar, acreditando la subcuenta 147078-Enajenación de activos de la cuenta 1470-Deudores.
2.4. Giro de los recursos por la comercialización
2.4.1. Registro en CISA
Con el giro de los recursos CISA debita la subcuenta 290503-Ventas por cuenta de terceros de la cuenta 2905-Recaudos a Favor de Terceros y acredita la subcuenta correspondiente de la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
2.4.2. Registros en la entidad que transfirió el inmueble
Si conforme a las disposiciones legales sobre la materia, los recursos producto de la comercialización son consignados por CISA en el Tesoro Nacional, la entidad que transfirió el inmueble debe aplicar el procedimiento de recaudos definido, debitando la subcuenta 572080-Recaudos de la cuenta 5720-Operaciones de Enlace y acreditando la subcuenta 147078-Enajenación de activos de la cuenta 1470-Deudores.
Cuando los recursos producto de la comercialización son consignados por CISA en la entidad que transfirió el inmueble, esta última registra un débito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras y un crédito a la subcuenta 147078-Enajenación de activos de la cuenta 1470-Deudores.
El anterior registro debe ser aplicado por los Patrimonios Autónomos de Remanentes.
2.5. Revocatoria del acto administrativo de asignación de bienes inmuebles
Considerando que de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia, procede la revocatoria de asignación de un bien inmueble y su posterior restitución, los siguientes son los registros contables que deben efectuar las entidades involucradas.
2.5.1. Registros en la entidad pública beneficiaria del bien inmueble reasignado
Con la expedición del acto administrativo mediante el cual se revoca la asignación, la entidad pública beneficiaria del bien inmueble reasignado debe retirar el costo histórico del bien y los conceptos asociados, disminuyendo el patrimonio incorporado o el capital fiscal, según corresponda.
2.5.2. Registro en CISA
Con la expedición del acto administrativo mediante el cual se revoca la asignación, CISA debe controlar el bien en cuentas de orden para lo cual debita la subcuenta 991511-Movilización de activos de la cuenta 9915-Acreedoras de Control por Contra (DB) y acredita la subcuenta 930202-Inmuebles para reasignar a otras entidades públicas de la cuenta 9302-Movilización de Activos.
Así mismo, CISA debe informar esta situación a la entidad que transfirió el bien inmueble para que lo incorpore nuevamente.
2.5.3. Registros en la entidad que transfirió el inmueble
La entidad que transfirió el inmueble incorpora el bien por el valor inicialmente retirado debitando la subcuenta 192002-Bienes inmuebles entregados en administración de la cuenta 1920-Bienes Entregados a Terceros y acreditando la subcuenta 310501-Nación de la cuenta 3105-Capital Fiscal o la subcuenta 320801-Capital Fiscal de la cuenta 3208-Capital Fiscal, según corresponda.
Adicionalmente, si en el momento del retiro del bien existía valorización, se debita la subcuenta 199977-Otros activos, de la cuenta 1999-Valorizaciones y se acredita la subcuenta 311576-Otros activos, de la cuenta 3115-Superávit por Valorización o a la subcuenta 324077-Otros activos, de la cuenta 3240-Superávit por Valorización, según corresponda.
2.6. Revocatoria de la transferencia por bienes inmuebles no saneados
2.6.1. Registros en CISA
En el caso de que CISA solicite a la entidad pública que transfirió el bien inmueble revocar la transferencia porque este no se encuentra saneado, según lo disponen las normas de movilización de activos y se expida el acto administrativo de revocatoria por parte de la entidad, CISA lo retira de las cuentas de orden para lo cual registra un débito a la subcuenta 930202-Inmuebles para reasignar a otras entidades públicas de la cuenta 9302-Movilización de Activos y un crédito a la subcuenta 991511-Movilización de activos de la cuenta 9915-Acreedoras de Control por Contra (DB).
2.6.2. Registros en la entidad pública que transfirió el inmueble
La entidad pública que transfirió el inmueble, lo incorpora afectando los conceptos asociados del grupo 16-Propiedades, Planta y Equipo, y acreditando la subcuenta 192002-Bienes inmuebles entregados en administración de la cuenta 1920-Bienes Entregados a Terceros. Lo anterior, considerando que la entidad cuenta con la información a nivel auxiliar del detalle del costo histórico, la depreciación y la provisión asociadas al bien transferido.
Adicionalmente, si en el momento del traslado también reclasificó una valorización debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1999-Valorizaciones y acredita la subcuenta respectiva de la cuenta 3115-Superávit por Valorización o de la cuenta 3240-Superávit por Valorización, según corresponda.
A partir de este momento, la entidad debe aplicar lo dispuesto en el Procedimiento para el reconocimiento y revelación de hechos relacionados con las Propiedades, planta y equipo.
2.7. Movilización de inmuebles clasificados como bienes recibidos en dación de pago
Para el caso de inmuebles que están clasificados como bienes recibidos en dación de pago y que son transferidos a CISA, para ser comercializados, deben realizarse los registros contables mencionados en los numerales 2.1.1 Registros en la entidad que transfiere los inmuebles y 2.3.2 Registros en la entidad pública que transfirió el inmueble, utilizando la subcuenta 193502-Inmuebles de la cuenta 1930-Bienes Recibidos en Dación de Pago. Además, cuando tenga provisión, la entidad debe mantener a nivel auxiliar el detalle del costo histórico y la provisión asociadas al bien transferido.
Los inmuebles transferidos y reclasificados no son objeto de provisión, a partir del momento de la transferencia.
3. Recaudos en el Tesoro Nacional
Los recaudos efectuados por el Tesoro Nacional con ocasión de la movilización de activos, se registran debitando la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras y acreditando la subcuenta 472080-Recaudos de la cuenta 4720-Operaciones de enlace.
<Procedimiento adicionado por el artículo 6 Resolución 160 de 2013. El nuevo texto es el siguiente:>
l. Recaudo de las cotizaciones en las EPS O EOC
Considerando que las cuentas maestras de recaudo son cuentas bancarias de las Empresas Promotoras de Salud (EPS) o de las Entidades Obligadas a Compensar (EOC), con el recaudo de las cotizaciones, estas registran un débito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110- DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y un crédito a la subcuenta 247501-Cotizaciones de la cuenta 2475-RECURSOS RECIBIDOS DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD.
2. Liquidación del proceso integral de giro y compensación en Fosyga
2.1 Reconocimiento del ingresos por cotizaciones en Fosyga <Numeral modificado por el artículo 1 de la Resolución 413 de 2014. El nuevo texto es el siguiente:> Con base en el recaudo efectivo de las cotizaciones que realicen las Empresas Promotoras de Salud (EPS) o las Entidades Obligadas a Compensar (EOC), se efectuará, por un lado, el reconocimiento de los ingresos por cotizaciones que correspondan a las subcuentas del Fosyga: Compensación, Promoción y Solidaridad, conforme a los porcentajes definidos en las normas que regulan la materia, para lo cual se registrará un débito a las subcuentas 140164-Fosyga-Compensación, 140165-Fosyga-Solidaridad y 140166-Fosyga-Promoción de la cuenta 1401-INGRESOS NO TRIBUTARIOS y, por otro lado, un crédito a las subcuentas 411065-Fosyga-Compensación, 411066-Fosyga-Solidaridad y 411067-FosygaPromoción de la cuenta 4110-NO TRIBUTARIOS.
2.2 Reconocimiento de los gastos del proceso de compensación en Fosyga
Con base en la información de afiliados, en la subcuenta Compensación del Fosyga se reconoce el valor de las Unidades de Pago por Capitación, las prestaciones económicas por licencias de maternidad y paternidad y recursos destinados a financiar las incapacidades. Para este propósito, el Fosyga registra un débito a la subcuenta 520501-Subcuenta Compensación de la cuenta 5205- PROCESO DE COMPENSACIÓN y un crédito a la subcuenta 240801-Subcuenta Compensación de la cuenta 2408- PROCESO DE COMPENSACIÓN FOSYGA.
Adicionalmente, en la subcuenta Solidaridad del Fosyga se reconoce el gasto que cofinancia la Unidad de Pago por Capitación (UPC) de madres comunitarias, para lo cual se registra un débito a la subcuenta 520502-Subcuenta de Solidaridad de la cuenta 5205-PROCESO DE COMPENSACIÓN y un crédito a la subcuenta 240802-Subcuenta de Solidaridad de la cuenta 2408-PROCESO DE COMPENSACIÓN FOSYGA.
En la subcuenta Promoción del Fosyga se reconoce el gasto por UPC mediante un débito a la subcuenta 520503-Subcuenta de Promoción de la cuenta 5205-PROCESO DE COMPENSACIÓN y un crédito a la subcuenta 240803-Subcuenta de Promoción de la cuenta 2408-PROCESO DE COMPENSACIÓN FOSYGA.
2.3 Liquidación del superávit o déficit por la terminación del proceso de compensación en Fosyga
A la terminación del proceso de compensación se determina el déficit o superávit para las subcuentas de Compensación y Promoción del Fosyga. El déficit o superávit se calcula, para cada subcuenta, estableciendo la diferencia entre el valor de los derechos y el valor de las obligaciones con la misma EPS o EOC. Para el efecto, se debita la subcuenta 240801-Subcuenta de Compensación o la subcuenta 240803-Subcuenta de Promoción, según corresponda, de la cuenta 2408-PROCESO DE COMPENSACIÓN FOSYGA y se acredita la subcuenta 140164-FosygaCompensación o la subcuenta 140165 <140166>* Fosyga Promoción, según corresponda, de la cuenta 1401-INGRESOS NO TRIBUTARIOS. Si la diferencia es positiva, es decir que se presenta un saldo a favor del Fosyga, se registra un débito en la subcuenta 147047-Superávit por compensación de la cuenta 1470-OTROS DEUDORES. Cuando la diferencia es negativa, es decir, que se presenta un saldo a cargo del Fosyga, se registra un crédito en la subcuenta 240805 Déficit por compensación de la cuenta 2408-PROCESO DE COMPENSACIÓN FOSYGA.
2.4 Giro del superávit o déficit por compensación en Fosyga
Cuando se presente superávit en el proceso de compensación y la EPS o EOC realice el giro, el Fosyga registra un débito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y un crédito a la subcuenta 147047-Superávit por compensación de la cuenta 1470-OTROS DEUDORES.
En caso de que se presente déficit en el proceso de compensación, con el giro a favor de la EPS o de la EOC, el Fosyga registra un débito a la subcuenta 240805 Déficit por compensación, de la cuenta 2408-PROCESO DE COMPENSACIÓN FOSYGA y un crédito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
3. Registros en la EPS o EOC por el proceso integral de giro y compensación
3.1 Reconocimiento de los ingresos de la EPS o EOC
Cuando el Fosyga haya autorizado el pago de las Unidades de Pago por Capitación (UPC), las prestaciones económicas por licencias de maternidad y paternidad y recursos destinados a financiar las incapacidades, la EPS o EOC reconoce el ingreso debitando las subcuentas 141101 Unidad de pago por capitación régimen contributivo UPC, 141102-Unidad de pago por capitación adicional régimen contributivo-UPC, 141119-licencias de maternidad y paternidad y 141120- Incapacidades de la cuenta 1411-ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD y acreditando las subcuentas 431101-Unidad de pago por Capitación Régimen Contributivo (UPC), 431102-Unidad de pago por capitación adicional régimen contributivo-UPC, 431119-licencias de maternidad y paternidad y 431120-Incapacidades de la cuenta 4311-ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD.
3.2 Liquidación del superávit o déficit por la terminación del proceso de compensación
Una vez aceptado el proceso de compensación del Fosyga por parte de la EPS o EOC, esta debita la subcuenta 247501-Cotizaciones de la cuenta 2475-RECURSOS RECIBIDOS DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL y acredita las subcuentas 141101-Unidad de pago por capitación régimen contributivo-UPC, 141102-Unidad de pago por capitación adicional régimen contributivo-UPC, 141119-Licencias de maternidad y paternidad y 141120-Incapacidades de la cuenta 1411-ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD. Si la diferencia es positiva, es decir que se presenta un saldo a favor de la CPS o EOC, se registra un débito en la subcuenta 141115-Cuentas por cobrar Fosyga de la cuenta 1411-ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD. Cuando la diferencia sea negativa, es decir, que se presenta un saldo a cargo de la EPS o EOC, se registra un crédito en la subcuenta 247503-Superávit por compensación de la cuenta 2475-RECURSOS RECIBIDOS DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD.
3.3 Giro del superávit o déficit por compensación
Cuando se presente un superávit por compensación, con el giro del saldo a favor del Fosyga, la EPS o EOC realiza un débito a la subcuenta 247503-Superávit por compensación de la cuenta 2475-RECURSOS RECIBIDOS DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD y un crédito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
En caso de que se presente un déficit, con el giro efectuado por el Fosyga, la EPS o EOC registra un débito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acredita la subcuenta 141115-Cuentas por cobrar-Fosyga de la cuenta 1411-ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD.
3.4 Apropiación de los recursos por aceptación del proceso de compensación del Fosyga, por parte de la EPS o EOC
Con la autorización del pago de los conceptos que corresponden al proceso de compensación, por parte del Fosyga, la EPS o EOC debe realizar el traslado entre las cuentas maestras de cotizaciones a la cuenta maestra de pagos de la EPS o EOC por el valor aprobado, para lo cual debita y acredita los auxiliares que correspondan, de la subcuenta de bancos de la cuenta 1110- DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
4. Recursos de las cotizaciones no compensadas <Numeral modificado por el artículo 2 de la Resolución 413 de 2014. El nuevo texto es el siguiente:> Si dentro del proceso de compensación se presentan recursos de las cotizaciones no compensadas con el traslado de los saldos al Fosyga, la EPS o EOC registrará un débito a la subcuenta 247501 - Cotizaciones de la cuenta 2475-RECURSOS RECIBIDOS DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD y un crédito a la subcuenta que corresponda y que se relacione con la cuenta maestra de recaudo de cotizaciones, de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS. Así mismo, registrará este valor en cuentas de orden de control, para lo cual debitará la subcuenta 839090-Otras cuentas deudoras de control de la cuenta 8390-OTRAS CUENTAS DEUDORAS DE CONTROL y acreditará la subcuenta 891590-Otras cuentas deudoras de control de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA.
Por su parte, el Fosyga registrará un débito a la subcuenta respectiva de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acreditará las subcuentas 140164-Fosyga-Compensación, 140165-Fosyga-Solidaridad y 140166-Fosyga-Promoción de la cuenta 1401-INGRESOS NO TRIBUTARIOS por el valor de los porcentajes que correspondan a cada subcuenta, previa la causación del ingreso.
Las cotizaciones del Régimen Contributivo en Salud no compensadas por las EPS o EOC que, de acuerdo con las disposiciones legales, se trasladen a la subcuenta de Garantías para la Salud, se registrarán debitando la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acreditando la subcuenta 411074-FOSYGA-Garantías para la Salud de la cuenta 4110 INGRESOS NO TRIBUTARIOS. A la vez, se debitarán la subcuentas 520501-Subcuenta de Compensación y 520503 Subcuenta de Promoción, de la cuenta 5205-PROCESO DE COMPENSACIÓN FOSYGA, y se acreditará la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
Con la conciliación de las cotizaciones o el traslado de los recursos a la subcuenta de Garantías para la Salud, la EPS o EOC cancelará las cuentas de orden de control debitando la subcuenta 839090-Otras cuentas deudoras de control de la cuenta 8390-OTRAS CUENTAS DEUDORAS DE CONTROL y acreditando la subcuenta 891590-Otras cuentas deudoras de control de la cuenta 8915-DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA.
5. Operaciones recíprocas
El superávit por compensación corresponde a una operación recíproca que debe reportarse en la subcuenta 147047-Superávit por compensación por parte del Fosyga y en la subcuenta 247503- Superávit por compensación por la EPS o EOC.
El déficit por compensación es una operación recíproca que debe reportar el Fosyga en la subcuenta 240805 Déficit por compensación y la EPS o EOC en la subcuenta 141115-Cuentas por cobrar Fosyga.
Así mismo, el Fosyga debe reportar como operación recíproca los saldos de las subcuentas de las cuentas 2408-PROCESO DE COMPENSACIÓN FOSYGA y 5205-PROCESO DE COMPENSACIÓN FOSYGA con la EPS o EOC, quienes reportarán los saldos de las subcuentas que correspondan al proceso de compensación de las cuentas 1411-ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD y 4311-ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD.
<Procedimiento adicionado por el artículo 33 de la Resolución 499 de 2013. El nuevo texto es el siguiente:>
1. Traslado de los recursos del FONTV con destino a los operadores públicos del servicio de televisión
1.1. Registros contables en la ANTV
Con la expedición del acto administrativo de asignación de recursos a los operadores públicos del servicio de televisión para la ejecución de los proyectos de inversión y para gastos de funcionamiento del operador nacional de televisión, la ANTV debita la subcuenta 191040- Transferencias condicionadas de la cuenta 1910-Cargos Diferidos y acredita la subcuenta 240315-Otras transferencias de la cuenta 2403-Transferencias por pagar.
Con el giro de los recursos del FONTV a los operadores públicos del servicio de televisión, la ANTV debita la subcuenta 240315-Otras transferencias de la cuenta 2403-Transparencias por pagar y acredita la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
1.2. Registros contables en los operadores públicos del servicio de televisión
Con base en el acto administrativo de asignación de recursos a los operadores públicos del servicio de televisión para la ejecución de los proyectos de inversión y para el funcionamiento del operador nacional de televisión, dichos operadores debitan la subcuenta 141314-Otras transferencias de la cuenta 1413-Transferencias por cobrar y acreditan la subcuenta 291522-Transferencias condicionadas de la cuenta 2915-Créditos Diferidos.
Con el giro de los recursos del FONTV, los operadores públicos del servicio de televisión debitan la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras y acreditan la subcuenta 141314-Otras transferencias, de la cuenta 1413-Transferencias por cobrar.
2. Ejecución de los recursos por parte de los operadores Públicos del Servicio de televisión
2.1. Registros contables en los operadores públicos del servicio de televisión
2.1.1. Adquisición de bienes y servicios
Cuando los operadores públicos del servicio de televisión, en cumplimiento de los proyectos de inversión aprobados, adquieren bienes y servicios, debitan las subcuentas y cuentas que correspondan del grupo 16-Propiedades, Planta y Equipo, las subcuentas respectivas de la cuenta 1970-Intangibles y las subcuentas y cuentas que correspondan del grupo 52-Gastos de operación, y acreditan las subcuentas relacionadas con el grupo 24-Cuentas por pagar.
2.1.2. Ejecución de los gastos de funcionamiento del operador público nacional de televisión
Cuando el operador público nacional de televisión ejecute los recursos recibidos para el funcionamiento, afecta las subcuentas y cuentas que correspondan de activos, gastos y pasivos según corresponda.
2.1.3. Reconocimiento del ingreso por transferencias
Con la ejecución de los recursos para los proyectos de inversión aprobados y con la ejecución de los gastos de funcionamiento del operador nacional de televisión, los operadores públicos de televisión reconocen el ingreso por transferencias y amortizan el crédito diferido, para lo cual debitan la subcuenta 291522-Transferencias condicionadas de la cuenta 2915-Créditos Diferidos y acreditan la subcuenta 442802-Para proyectos de inversión o la subcuenta 442803- Para gastos de funcionamiento de la cuenta 4428-Otras Transferencias.
No obstante, si con la ejecución de los recursos, se adquieren bienes correspondientes a propiedades, planta y equipo o a activos intangibles, el reconocimiento del ingreso por transferencias, así como la amortización del crédito diferido se hará con base en la depreciación y/o amortización de dichos activos.
2.2. Reconocimiento del gasto por transferencias en la ANTV
Con la rendición de los informes trimestrales sobre la ejecución y el estado de avance de los planes de inversión, la ANTV reconoce el gasto por transferencias y amortiza el cargo diferido, para lo cual debita las subcuentas 542302-Para proyectos de inversión y/o 542303-Para gastos de funcionamiento, de la cuenta 5423-Otras Transferencias, y acredita la subcuenta 191040- Transferencias condicionadas, de la cuenta 1910-Cargos Diferidos.
3. Rendimientos Financieros
3.1. Registros contables de los operadores públicos de televisión
Teniendo en cuenta que conforme a las disposiciones legales, los rendimientos financieros pertenecen al FONTV, aquellos que ingresan a las cuentas de los operadores públicos de televisión se registran debitando la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras y acreditando la subcuenta 290590-Otros recaudos a favor de terceros de la cuenta 2905-Recaudos a favor de terceros.
Cuando se giran los rendimientos financieros a la ANTV, se debita la subcuenta 290590-Otros recaudos a favor de terceros de la cuenta 2905-Recaudos a favor de terceros y se acredita la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
La información correspondiente a los rendimientos financieros del FONTV, que recauden los operadores públicos de televisión, debe revelarse en notas a los estados contables.
3.2. Registros contables en la ANTV
Teniendo en cuenta que conforme a las disposiciones legales, los rendimientos financieros pertenecen al FONTV, para efectos del registro contable, cuando se giran los recursos por parte de los operadores públicos de televisión, la ANTV debita la subcuenta respectiva de la cuenta 1110- Depósitos en Instituciones Financieras y acredita la subcuenta 480522-Rendimientos sobre depósitos en instituciones financieras de la cuenta 4805-Financieros.
4. Reintegro de recursos asignados sin ejecutar
Al final de la vigencia y con base en los informes trimestrales presentados por los operadores, se establece el monto de los recursos no ejecutados, los cuales son objeto de reintegro.
4.1. Registros contables de los operadores públicos de televisión
Con la determinación del valor a reintegrar, los operadores públicos de televisión reclasifican el valor de los recursos no ejecutados de la subcuenta 291522-Transferencias condicionadas de la cuenta 2915-Créditos Diferidos a la subcuenta 249024-Recursos de FONTV recibidos no ejecutados de la cuenta 2490-Otras cuentas por pagar.
Con el giro a la ANTV, los operadores públicos de televisión debitan la subcuenta 249024-Recursos de FONTV recibidos no ejecutados de la cuenta 2490-Otras cuentas por pagar y acreditan la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras.
4.2. Registros contables en la ANTV
Con la determinación del valor a reintegrar, la ANTV reclasifica el saldo de la subcuenta 191040- Transferencias condicionadas de la cuenta 1910-Cargos Diferidos a la subcuenta 147089-Recursos de FONTV asignados no ejecutados de la cuenta 1470-Otros Deudores.
Con el giro por parte de los operadores públicos de televisión, la ANTV debita la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras y acredita la subcuenta 147089-Recursos de FONTV asignados no ejecutados de la cuenta 1470-Otros Deudores.
5. Operaciones Recíprocas
Los saldos de las subcuentas 240315-Otras transferencias y 141314-Otras transferencias deben ser reportados como operaciones recíprocas entre la ANTV y los operadores públicos del servicio de televisión, respectivamente. De igual manera, la ANTV deberá reportar el saldo de la subcuenta 147089-Recursos de FONTV asignados no ejecutados, y los operadores públicos del servicio de televisión deberán reportar el saldo de la subcuenta 249024- Recursos de FONTV recibidos no ejecutados.
Asimismo, debe ser reportado como operación recíproca, el saldo registrado por la ANTV en la subcuenta 542302-Para proyectos de inversión con el saldo de la subcuenta 442802-Para proyectos de Inversión registrado por los operadores públicos de televisión, siempre que la ejecución de los recursos no corresponda a la adquisición de propiedades, planta y equipo o de activos intangibles. Lo anterior debido a que, en este caso, el reconocimiento del ingreso se efectúa con base en la depreciación y/o amortización de los activos y no coincide con el reconocimiento del gasto en la ANTV, el cual se efectúa con base en el cumplimiento de las condiciones.
También debe reportarse como operación recíproca el saldo registrado por la ANTV en la subcuenta 542303-Para gastos de funcionamiento, con el saldo de la subcuenta 442803-Para gastos de funcionamientos registrado por el operador nacional de televisión.
<Texto adicionado por el artículo 4 de la Resolución 633 de 2014. El nuevo texto es el siguiente:>
Para efectos de este procedimiento, las entidades responsables del pasivo pensional corresponden a las empresas que no cotizan en el mercado de valores, y que no captan ni administran ahorro del público y a las entidades de Gobierno que, con anterioridad a la expedición de la Ley 100 de 1993, asumían el reconocimiento y pago de las pensiones de sus empleados, así como a las que, por excepción, aún continúan asumiéndolo de manera directa, una vez estos cumplen los requisitos para consolidar su derecho pensional de acuerdo con la normatividad aplicable. También son responsables del pasivo pensional, las entidades que, por disposiciones legales, asumen obligaciones pensionales, incluidas las entidades gubernamentales responsables de las obligaciones pensionales de los extrabajadores de sus entidades liquidadas, adscritas o vinculadas.
1. REGISTRO DEL CÁLCULO ACTUARIAL
El cálculo actuarial del pasivo pensional representa el valor presente de los pagos futuros que la entidad responsable del pasivo pensional deberá realizar a sus pensionados actuales, o a quienes hayan adquirido derechos, de conformidad con las condiciones definidas en las disposiciones legales vigentes, por concepto de pensiones y cuotas partes de pensiones. También corresponde al valor de las pensiones futuras, es decir, al valor presente de los pagos futuros que la entidad deberá realizar a favor del personal activo, una vez este consolide su derecho pensional.
El cálculo actuarial deberá realizarse por lo menos una vez cada tres años considerando las variables e hipótesis relativas a la población que hace parte del mismo. En los años en que no deba realizarse el cálculo actuarial, el valor disponible del mismo deberá actualizarse financieramente en la contabilidad de las entidades responsables del pasivo pensional, por lo menos al cierre del período contable, considerando las variables e hipótesis financieras que sustentan el cálculo actuarial. La metodología para la realización del cálculo actuarial así como para su actualización financiera observará los parámetros y bases técnicas establecidas por la autoridad competente.
Las entidades territoriales que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9o de la Ley 549 de 1999, deban realizar su cálculo actuarial a través de Pasivocol, revelarán el cálculo actuarial suministrado, a través de la página web, por la Dirección de Regulación Económica de la Seguridad Social del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el cual es la base para determinar el monto de la reserva financiera actuarial.
Las entidades del nivel nacional responsables del pasivo pensional que, de acuerdo con la normatividad vigente, deban observar el cálculo actuarial aprobado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, revelarán la estimación de dicho cálculo. Cuando, por alguna circunstancia, el cálculo actuarial no haya sido aprobado por el Ministerio, podrán revelar la estimación del cálculo actuarial pendiente de aprobación, siempre que se atiendan los parámetros y bases técnicas establecidas por las disposiciones legales vigentes para su elaboración. Una vez se apruebe el cálculo actuarial por parte de dicho Ministerio, la entidad realizará la conciliación y los ajustes a que haya lugar.
El registro del cálculo actuarial de pensiones se realiza afectando la cuenta 2720-PROVISIÓN PARA PENSIONES. Para tal efecto, se debitan las subcuentas 272004-Pensiones actuales por amortizar (Db), 272006-Futuras pensiones por amortizar (Db) y 272008-Cuotas partes de pensiones por amortizar (Db), y se acreditan las subcuentas 272003-Cálculo actuarial de pensiones actuales, 272005-Cálculo actuarial de futuras pensiones y 272007-Cálculo actuarial de cuotas partes de pensiones, según corresponda.
2. REGISTRO DE LA ACTUALIZACIÓN DEL CÁLCULO ACTUARIAL
Los incrementos en el valor del cálculo actuarial se registrarán afectando la cuenta 2720- PROVISIÓN PARA PENSIONES. Para tal efecto, se debitarán las subcuentas 272004-Pensiones actuales por amortizar (Db), 272006-Futuras pensiones por amortizar (Db) y 272008-Cuotas partes de pensiones por amortizar (Db), y se acreditarán las subcuentas 272003-Cálculo actuarial de pensiones actuales, 272005-Cálculo actuarial de futuras pensiones y 272007-Cálculo actuarial de cuotas partes de pensiones, según corresponda, las futuras pensiones corresponden a los empleados activos que obtendrán su derecho pensional, una vez cumplan los requisitos legales y/o convencionales.
Las disminuciones en el valor del cálculo actuarial se registrarán afectando la cuenta 2720-
PROVISIÓN PARA PENSIONES. Para tal efecto, se debitarán las subcuentas 272003-Cálculo actuarial de pensiones actuales, 272005-Cálculo actuarial de futuras pensiones y 272007-Cálculo actuarial de cuotas partes de pensiones, y se acreditarán las subcuentas 272004-Pensiones actuales por amortizar (Db), 272006-Futuras pensiones por amortizar (DB) y 272008-Cuotas partes de pensiones por amortizar (Db), según corresponda.
Cuando el cálculo actuarial se encuentre amortizado en su totalidad, los aumentos o disminuciones que se generen por su actualización afectarán los resultados del periodo contable en curso.
3. REGISTRO DE LA AMORTIZACIÓN DEL CÁLCULO ACTUARIAL
Las entidades responsables del pasivo pensional amortizarán el cálculo actuarial en el plazo previsto en las disposiciones legales vigentes que apliquen a cada entidad en particular. A falta de regulación específica, amortizarán el cálculo actuarial teniendo como plazo máximo el 31 de diciembre de 2029. En todo caso, los plazos para amortizar el cálculo actuarial se tendrán como referencia hasta tanto entre en vigencia el período de aplicación de los marcos normativos expedidos por la Contaduría General de la Nación en convergencia con las Normas Internacionales de Información financiera (NIIF) y con las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSP).
El monto mínimo de la amortización anual corresponde al valor que resulta de dividir el saldo del cálculo actuarial pendiente de amortizar registrado a 31 de diciembre del año anterior, entre el número de años que faltan para culminar el plazo previsto para la amortización del cálculo actuarial.
La amortización del cálculo actuarial se registrará con un débito a las subcuentas que correspondan de la cuenta 5102-CONTRIBUCIONES IMPUTADAS y un crédito a las subcuentas que correspondan de la cuenta 2720-PROVISIÓN PARA PENSIONES. Cuando se trate del cálculo actuarial de pensiones futuras, la amortización se registrará con un débito a las subcuentas que correspondan de la cuenta 5203-CONTRIBUCIONES IMPUTADAS y/o a las subcuentas denominadas Contribuciones Imputadas de la Clase 7-COSTOS DE PRODUCCIÓN y un crédito a las subcuentas que correspondan de la cuenta 2720-PROVISIÓN PARA PENSIONES.
4. REGISTRO DE LA RESERVA FINANCIERA ACTUARIAL
La reserva financiera actuarial corresponde al conjunto de activos que la entidad responsable del pasivo pensional ha destinado a la atención de las obligaciones pensionales, en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes o por iniciativa propia.
Los activos destinados para el pago de las obligaciones pensionales a cargo de la entidad se revelarán en las subcuentas de la cuenta 1901-Reserva financiera actuarial. Los activos que se reclasifiquen a esta cuenta se trasladarán por su valor neto, el cual resulta de restar al costo, la depreciación y la provisión, cuando existan saldos por estos conceptos. Si existe valorización, esta se traslada a la subcuenta 199977-otros activos y el superávit se trasladará a la subcuenta 311576-otros activos o 324077-Otros activos de la cuenta SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN, según corresponda.
Con posterioridad a la reclasificación de los activos como reserva financiera actuarial, se aplicarán, a cada uno de ellos, las normas técnicas y procedimientos de acuerdo con la naturaleza del activo, registrando a nivel auxiliar los conceptos de depreciación, valorización y provisión.
En el caso de las entidades territoriales, hacen parte de la reserva financiera actuarial los recursos que estas tienen en el Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet); estos deberán actualizarse con base en la información suministrada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
5. REGISTRO DE LA NÓMINA DE PENSIONES Y CONCEPTOS RELACIONADOS
La entidad responsable del pasivo pensionar reconocerá la nómina de pensionados a cargo, mediante un débito a la subcuenta 510206-Pensiones de jubilación patronales de la cuenta 5102-CONTRIBUCIONES IMPUTADAS y un crédito a la subcuenta 251001-Pensiones de jubilación patronales de la cuenta 2510-PENSIONES Y PRESTACIONES ECONÓMICAS POR PAGAR, los conceptos relacionados con la nómina de pensiones se registrarán afectando el gasto y el pasivo que correspondan.
El pago de la nómina de pensionados se registrará debitando la subcuenta 251001-Pensiones de jubilación patronales de la cuenta 2510-PENSIONES Y PRESTACIONES ECONÓMICAS POR PAGAR y acreditando las subcuentas que correspondan de la cuenta 1901-RESERVA FINANCIERA ACTUARIAL o de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
Cuando existan cuotas partes de pensiones a cargo de otras entidades, la entidad responsable del pasivo pensional reconocerá la nómina de pensionados a cargo, mediante un débito a la Subcuenta 510206-Pensiones de jubilación patronales de la cuenta 5102-CONTRIBUCIONES IMPUTADAS, por el valor del gasto que le corresponda; un débito a la subcuenta 147008-Cuotas partes de pensiones de la cuenta 1470-OTROS DEUDORES, por el valor de la cuota parte por cobrar, y un crédito a la subcuenta 251001-Pensiones de jubilación patronales de la cuenta 2510- PENSIONES Y PRESTACIONES ECONÓMICAS POR PAGAR.
El registro del recaudo de las cuotas partes de pensiones se realizará debitando las subcuentas que correspondan de la cuenta 1901-RESERVA FINANCIERA ACTUARIAL o de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS, y acreditando la subcuenta 147008-Cuotas partes de pensiones de la cuenta 1470-OTROS DEUDORES.
Si el recaudo lo realiza la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional (DGCPTN) la entidad responsable del pasivo pensional reclasificará el recaudo por cuenta de la Nación, registrando un débito a la subcuenta 572080-Recaudos de la cuenta 5720-OPERACIONES DE ENLACE y un crédito a la subcuenta 147008-Cuotas partes de pensiones de la cuenta 1470-OTROS DEUDORES.
El pago de la nómina de pensionados se registrará debitando la subcuenta 25100l-Pensiones de jubilación patronales de la cuenta 2510-PENSIONES Y PRESTACIONES ECONÓMICAS POR PAGAR y acreditando las subcuentas que correspondan de la cuenta 1901-RESERVA FINANCIERA ACTUARIAL o de la cuenta 1110- DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
6. REGISTRO DE LAS CUOTAS PARTES DE PENSIONES A CARGO
La entidad responsable del pasivo pensional reconocerá el pasivo exigible correspondiente a las cuotas partes de pensiones mediante un débito a la subcuenta 510207-Cuotas partes de pensiones de la cuenta 5102-CONTRIBUCIONES IMPUTADAS y un crédito a la subcuenta 251006- Cuotas partes de pensiones de la cuenta 2510-PENSIONES Y PRESTACIONES ECONÓMICAS POR PAGAR.
La entidad responsable del pasivo pensional registrará el pago por concepto de cuotas partes de pensiones mediante un débito a la subcuenta 251006-Cuotas partes de pensiones de la cuenta 2510-PENSIONES Y PRESTACIONES ECONÓMICAS POR PAGAR y un crédito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 1901-RESERVA FINANCIERA ACTUARIAL o de la cuenta 1110- DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
7. PAGO DE OBLIGACIONES PENSIONALES DE ENTIDADES DEL NIVEL NACIONAL A TRAVÉS DE TERCEROS
Cuando se realicen pagos de obligaciones pensionales de entidades del nivel nacional a través de la DGCPTN, del Fopep o de otro tercero, se aplicarán los registros contables que se definen a continuación, dependiendo de la entidad que tiene autorizado el gasto y de la entidad que tiene la función de hacer el pago.
7.1 Pago de obligaciones pensionales a través de la DGCPTN.
Cuando la entidad responsable del pasivo pensional, previa causación de la obligación pensional, ordene el pago a través de la DGCPTN, debitará la subcuenta que corresponda de la cuenta 2510-PENSIONES Y PRESTACIONES ECONÓMICAS POR PAGAR y acreditará la subcuenta 470508-Funcionamiento de la cuenta 4705-FONDOS RECIBIDOS. Por su parte, la DGCPTN debitará la subcuenta 570508-Funcionamiento de la cuenta 5705-FONDOS ENTREGADOS y acreditará la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
7.2 Pago de obligaciones pensionales a través de Fopep con recursos de este Fondo.
Con el traslado de los recursos de la DGCPTN al Fopep, la DGCPTN registra un débito a la subcuenta 570508-Funcionamiento de la cuenta 5705-FONDOS ENTREGADOS y un crédito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS. Por su parte, el Ministerio de Trabajo, previa causación de la obligación pensional, registra un débito a la subcuenta 142402-En administración de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN y un crédito a la subcuenta 470508-Funcionamiento de la cuenta 4705- FONDOS RECIBIDOS. A su vez, el Fopep registra un débito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y un crédito a la subcuenta 245301-En administración de la cuenta 2453-RECURSOS RECIBIDOS EN ADMINISTRACIÓN.
Cuando el Fopep realiza los pagos a los beneficiarios, registra un débito a la subcuenta 245301-En administración de la cuenta 2453-RECURSOS RECIBIDOS EN ADMINISTRACIÓN y un crédito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110- DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS. Por su parte, el Ministerio de Trabajo registra un débito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 2510-PENSIONES Y PRESTACIONES ECONÓMICAS POR PAGAR y un crédito a la subcuenta 142402- En administración de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN.
7.3 Traslado de recursos de la entidad responsable del pasivo pensional para que el Fopep realice el pago.
Cuando la entidad responsable del pasivo pensional, previa causación de la obligación pensional, traslada los recursos al Fopep, registra un débito a la subcuenta 142402-En administración de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN y un crédito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS. Por su parte el Fopep registra un débito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y un crédito a la subcuenta 245301-En administración de la cuenta 2453-RECURSOS RECIBIDOS EN ADMINISTRACIÓN.
Cuando el Fopep realiza el pago a los beneficiarios debita la subcuenta 245301-En administración de la cuenta 2453-RECURSOS RECIBIDOS EN ADMINISTRACIÓN y acredita la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS. Por su parte la entidad responsable de la obligación pensional debita la subcuenta que corresponda de la cuenta 2510-PENSIONES Y PRESTACIONES ECONÓMICAS POR PAGAR y acredita la subcuenta 142402-En administración de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN.
Los registros definidos para el Fopep aplicarán para las entidades que realicen funciones similares a las de este Fondo en relación con el pago de pensiones.
7.4 Pagos de la entidad responsable del pasivo pensional que se realizan a través de entidades diferentes al Fopep.
Con el traslado de recursos con asignación presupuestal de la entidad responsable del pasivo pensional hacia la entidad que realizará el pago, la DGCPTN registra un débito a la subcuenta 570508-Funcionamiento de la cuenta 5705-FONDOS ENTREGADOS y un crédito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS. Por su parte la entidad responsable del pasivo pensional y ejecutará del presupuesto, previa causación de la obligación pensional, registra un débito a la subcuenta 142402-En administración de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN y un crédito a la subcuenta 470508- Funcionamiento de la cuenta 4705-FONDOS RECIBIDOS. Con la recepción de los recursos, la entidad que realizará el pago registra un débito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y un crédito a la subcuenta 245301-En administración de la cuenta 2453-RECURSOS RECIBIDOS EN ADMINISTRACIÓN.
La entidad que realiza el pago debita la subcuenta 245301-En administración de la cuenta 2453- RECURSOS RECIBIDOS EN ADMINISTRACIÓN y acredita la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS. Por su parte la entidad responsable del pasivo pensional realiza un débito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 2510-PENSIONES Y PRESTACIONES ECONÓMICAS POR PAGAR y un crédito a la subcuenta 142402-En administración de la cuenta 1424-RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN.
8. REGISTRO DE BONOS PENSIONALES.
8.1 Emisión de bonos pensionales.
La emisión de un bono pensional corresponde a la expedición, por parte de la entidad competente, del acto administrativo que reconoce el derecho al bono pensionar. Con la emisión del bono pensional se hace exigible el pasivo a los contribuyentes del bono. Tanto el emisor del bono como los demás contribuyentes deben reconocer, individualmente, la obligación de la cuota parte en el bono pensional, a partir de la proyección financiera que implica dicha obligación.
El registro contable de la emisión del bono pensional se realiza por el valor de la cuota parte de la obligación a cargo, mediante un débito a la subcuenta 510213-Cuotas partes de bonos pensionales emitidos de la cuenta 5102-CONTRIBUCIONES IMPUTADAS y un crédito a la subcuenta 262501-Cuotas partes de bonos pensionales emitidos de la cuenta 2625-BONOS PENSIONALES.
8.2 Registro del pago de las cuotas partes de bonos pensionales emitidos.
Cuando la entidad responsable de la cuota parte de bono pensional efectúa el pago, debita la subcuenta 262501-Cuotas partes de bonos pensionales emitidos de la cuenta 2625-BONOS PENSIONALES y acredita la subcuenta que corresponda de la cuenta 1901-RESERVA FINANCIERA ACTUARIAL o de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
Cuando la DGCPTN realice el pago de las cuotas partes de bonos pensionales emitidos a cargo de la Nación, la entidad responsable del pasivo pensional debita la subcuenta 262501-Cuotas partes de bonos pensionales emitidos de la cuenta 2625-BONOS PENSIONALES y acredita la subcuenta 470508-Funcionamiento de la cuenta 4705-FONDOS RECIBIDOS. Por su parte, la DGCPTN debita la subcuenta 570508-Funcionamiento de la cuenta 5705-FONDOS ENTREGADOS y acredita la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
8.3 Anulación del bono pensional.
Cuando se anule un bono pensional, los responsables de las cuotas partes del mismo, debitan la subcuenta 262501-Cuotas partes de bonos pensionales emitidos de la cuenta 2625-BONOS PENSIONALES y acreditan la subcuenta 510213-Cuotas partes de bonos pensionales emitidos de la cuenta 5102-CONTRIBUCIONES IMPUTADAS si el bono se emitió durante el periodo contable o, la subcuenta 481008-Recuperaciones de la cuenta 4810-EXTRAORDINARIOS si el bono se emitió en períodos anteriores.
8.4 Liquidación provisional de bonos pensionales.
Las entidades responsables del pasivo pensional revelarán la liquidación provisional de bonos pensionales por el valor de la proyección financiera correspondiente a la obligación potencial a cargo, mediante un crédito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 9149-LIQUIDACIÓN PROVISIONAL DE BONOS PENSIONALES y un débito a la subcuenta 990520-Liquidación provisional de bonos pensionales de la cuenta 9905-RESPONSABILIDADES CONTINGENTES POR CONTRA (DB).
La liquidación provisional de bonos pensionales se actualizará con base en la proyección financiera que implicaría la obligación potencial a cargo, para lo cual se aumentará o disminuirá la subcuenta que corresponda de la cuenta 9149-LIQUIDACIÓN PROVISIONAL DE BONOS PENSIONALES y la subcuenta 990520-Liquidación provisional de bonos pensionales de la cuenta 9905-RESPONSABILIDADES CONTINGENTES POR CONTRA (DB).
<Procedimiento adicionado por el artículo 7 de la Resolución 634 de 2014. El nuevo texto es el siguiente:>
Los fondos de reservas de pensiones se caracterizan porque.
a) Cumplen la función de reconocer y pagar las pensiones y otras prestaciones económicas a quienes tienen la calidad de afiliados o beneficiarios del Régimen de Prima Media con prestación definida (RPM) o de los regímenes especiales de pensiones; y
b) Sus recursos provienen de cotizaciones, bonos pensionales, y aportes estatales y cuotas partes de pensiones, entre otros.
Para efectos del presente procedimiento, se consideran como fondos de reservas de pensiones, las siguientes entidades: Colpensiones–Fondo de vejez, Colpensiones–Fondo de Invalidez, Colpensiones–Fondo de Sobrevivientes, Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (Fomag), Caja de Retiro de las Fuerzas Militares (Cremil), Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional (Casur), Fonprecón–Vejez–, Fonprecón–Invalidez, Fonprecón–Sobrevivientes, Fondo de Reservas Pensionales Superfinanciera y Entidad Administradora de Pensiones de Antioquia.
En el caso específico de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares (Cremil) y la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional (Casur), este procedimiento aplica para el personal activo y retirado de las Fuerzas Militares y de la Policía. Las pensiones del personal civil a cargo de Casur y Cremil se tratarán conforme a lo dispuesto en el procedimiento contable para el reconocimiento y revelación del pasivo pensional y de los recursos que lo financian, en las entidades responsables del pasivo pensional, del Régimen de Contabilidad Pública.
1. RECURSOS DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES
Los recursos de los fondos de reservas son los siguientes:
Cotizaciones
Corresponden a las contribuciones que realizan los afiliados y empleadores al régimen de prima media o a los regímenes especiales de pensiones.
Aportes estatales.
Comprende los recursos que gira la Nación o las entidades territoriales para coadyuvar al pago de pensiones.
Aportes del Fondo de Solidaridad Pensional.
Corresponde a los recursos recibidos del Fondo de Solidaridad Pensional para subsidiar las cotizaciones al Sistema General de Pensiones de los trabajadores, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.
Cuotas partes de pensiones.
Representa el valor de los recursos con los cuales otras entidades responsables de obligaciones pensionales, deben concurrir al pago de pensiones reconocidas por el fondo de reservas.
Bonos pensionales y cuotas partes de bonos pensionales.
Constituyen recursos destinados a la conformación del capital necesario para financiar las pensiones de los afiliados al Sistema General de Pensiones, de acuerdo con las disposiciones legales sobre la materia.
Títulos pensionales.
Corresponde a l valor de la reserva financiera que se traslada al RPM, cuando los afiliados de empresas del sector privado que tenían a su cargo el reconocimiento y pago de pensiones, se afilian a dicho régimen, de acuerdo con las disposiciones legales sobre la materia.
Recursos obtenidos por conmutación pensional.
Comprende los recursos recibidos por el fondo de reservas de pensiones para la financiación del pasivo pensional cuando este sustituye a una entidad empleadora en su obligación pensional.
Recursos obtenidos por convalidación pensional.
Comprende los recursos recibidos por el fondo de reservas de pensiones para la financiación del pasivo pensional, originados en la restitución de los derechos del trabajador en materia pensional, que sucede cuando este ha sido retirado del trabajo por un tiempo y es reintegrado posteriormente.
Reintegros pensionales.
Corresponde al mayor valor pagado por mesadas pensionales y determinado en una reliquidación. Así mismo, incluye las mesadas pensionales no reclamadas.
Devolución de cotizaciones.
Representa el valor de los recursos recibidos por el fondo de reservas de pensiones originados en cotizaciones consignadas equivocadamente en otro fondo.
Reconocimiento de semanas.
Representa el valor que el patrono repone al trabajador, cuando no se consignan sus cotizaciones periódicas.
Recuperación de cartera.
Representa el valor de las recuperaciones efectuadas a entidades públicas o privadas por concepto de cuentas por cobrar anteriores a la vigencia de la Ley 100 de 1993.
Intereses de mora.
Representa el valor causado por concepto de intereses moratorias ocasionados por retrasos de las entidades aportantes en el pago de cotizaciones, autoliquidaciones, bonos pensionales, cuotas partes y cartera (cuentas de cobro).
2. REGISTRO DE LOS RECURSOS DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES
2.1 Registro de los aportes estatales y otros derechos.
Los fondos de reservas de pensiones registrarán los derechos a cobrar por conceptos tales como aportes estatales, cuotas partes de pensiones y de bonos pensionales, títulos pensionales, recursos por convalidación y conmutación pensional, reintegros pensionales y devolución de aportes, con base en el acto administrativo o el documento soporte que corresponda, mediante un débito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 1417-RECURSOS DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES y un crédito a la subcuenta 320701-Capital de los fondos de reservas de pensiones de la cuenta 3207-CAPITAL DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES.
Cuando los fondos de reservas recauden los recursos para el pago de pensiones, debitarán la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y acreditarán las subcuentas que correspondan de la cuenta 1417-RECURSOS DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES.
2.2 Registro de las cotizaciones y otros recaudos.
El registro de los recursos provenientes de las cotizaciones se efectuará mediante un débito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y un crédito a la subcuenta 320702-Recaudos de cotizaciones en proceso de la cuenta 3207-CAPITAL DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES.
Los recursos que correspondan a las cotizaciones de los afiliados al fondo de reservas de pensiones se registrarán mediante un débito a la subcuenta 320702-Recaudos de cotizaciones en proceso y un crédito a la subcuenta 320701-Capital de los fondos de reservas de pensiones, de la cuenta 3207-CAPITAL DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES.
Los recursos que en el proceso de identificación se determine que corresponden a otras administradoras de pensiones, o a cotizaciones efectuadas en exceso por los afiliados, se registrarán mediante un débito a la subcuenta 320702-Recaudos de cotizaciones en proceso y un crédito a la subcuenta 320703-Cotizaciones por devolver a terceros, de la cuenta 3207-CAPITAL DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES.
Por su parte, los otros recursos recaudados, tales como, aportes del fondo de solidaridad pensional, reconocimiento de semanas, recuperación de cartera e intereses de mora se registrarán mediante un débito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110- DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS y un crédito a la subcuenta 320701-Capital de los fondos de reservas de pensiones de la cuenta 3207-CAPITAL DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES.
3. REGISTRO DE LAS OBLIGACIONES PENSIONALES EXIGIBLES
Las obligaciones pensionales exigibles, tales como la nómina de pensiones, las cuotas partes de pensiones y de bonos pensionales, y las reliquidaciones, se registrarán debitando la subcuenta 320701-Capital de los fondos de reservas de pensiones de la cuenta 3207-CAPITAL DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES y acreditando la subcuenta que corresponda de la cuenta 2570-OBLIGACIONES DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES.
El pago de las obligaciones pensionales se registrará debitando las subcuentas que correspondan de la cuenta 2570-OBLIGACIONES DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES y acreditando la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS.
4. REGISTRO DE INGRESOS Y GASTOS DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES
Los fondos de reservas de pensiones afectarán sus cuentas de resultados con partidas que se deriven de la administración, explotación o mantenimiento de sus recursos.
5. REGISTRO DE LA GARANTÍA ESTATAL
Corresponde a la estimación de los derechos potenciales derivados de la obligación que tiene la Nación de cubrir los faltantes de recursos para el pago de pensiones, en el evento en que estos se agoten.
Los fondos de reservas de pensiones registrarán estos derechos contingentes debitando las subcuentas que correspondan de la cuenta 8125-GARANTÍA ESTATAL EN EL RÉGIMEN DE PRIMA MEDIA CON PRESTACIÓN DEFINIDA y acreditando la subcuenta 890501-Garantía estatal en el régimen de prima media con prestación definida de la cuenta 8905-DERECHOS CONTINGENTES POR CONTRA (CR).
6. REGISTRO DEL CÁLCULO ACTUARIAL DE LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES
El cálculo actuarial de pensiones corresponde al valor presente de los pagos futuros que el fondo deberá realizar a sus afiliados que tengan o vayan a adquirir el derecho, de conformidad con las condiciones definidas en el RPM o en los regímenes especiales, por concepto de pensiones actuales y futuras, y cuotas partes de pensiones.
Los fondos de reservas registrarán el valor del cálculo actuarial de pensiones en cuentas de orden acreedoras contingentes mediante un crédito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 9147- CÁLCULO ACTUARIAL DE LOS FONDOS DE RESERVAS PENSIONES y un débito a la subcuenta 990518-Cálculo actuarial de los fondos de reservas de pensiones de la cuenta 9905- RESPONSABILIDADES CONTINGENTES POR CONTRA (DB).
Los fondos de reservas realizarán anualmente los cálculos actuariales de pensiones actuales, pensiones futuras y cuotas partes de pensiones de acuerdo con la metodología que establezca la autoridad competente y registrarán las variaciones resultantes de la actualización en las mismas subcuentas en que se registraron originalmente dichos cálculos.
El fondo de reservas de pensiones revelará, en notas a los estados financieros, la metodología aplicada para la cuantificación de los cálculos actuariales; los principales supuestos actuariales utilizados, tales como la tasa de descuento, las tablas de mortalidad, la tasa esperada de incremento salarial, entre otros; y la fecha de actualización.
7. REGISTRO DE BONOS PENSIONALES
7.1 Emisión de bonos pensionales
Los fondos de reservas de pensiones revelarán la emisión de bonos pensionales por el valor de la cuota parte que le corresponda en dicha emisión mediante un crédito a la subcuenta 914801-Bonos pensionales emitidos de la cuenta 9148-BONOS PENSIONALES EMITIDOS POR LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES y un débito a la subcuenta 990519-Bonos pensionales emitidos por los fondos de reservas de pensiones de la cuenta 9905-RESPONSABILIDADES CONTINGENTES POR CONTRA (DB).
Los bonos pensionales emitidos se actualizarán con base en la proyección financiera que implicaría la redención del bono si llegara a materializarse y la tasa de interés que devengue el mismo, para lo cual el fondo de reservas acreditará la subcuenta 914801-Bonos pensionales emitidos de la cuenta 9148-BONOS PENSIONALES EMITIDOS POR LOS FONDOS DE RESERVAS DE PENSIONES y debitará la subcuenta 990519-Bonos pensionales emitidos por los fondos de reservas de pensiones de la cuenta 9905-RESPONSABILIDADES CONTINGENTES POR CONTRA (DB).
7.2 Liquidación provisional de bonos pensionales.
Los fondos de reservas de pensiones revelarán la liquidación provisional de bonos pensionales por el valor de la proyección financiera de la obligación potencial a cargo, mediante un crédito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 9149-LIQUIDACIÓN PROVISIONAL DE BONOS PENSIONALES y un débito a la subcuenta 990520- Liquidación provisional de bonos pensionales de la cuenta 9905-RESPONSABILIDADES CONTINGENTES POR CONTRA (DB).
La liquidación provisional de bonos pensionales se actualizará con base en la proyección financiera que implicaría la obligación potencial a cargo, para lo cual se aumentará o disminuirá la subcuenta que corresponda de la cuenta 9149-LIQUIDACIÓN PROVISIONAL DE BONOS PENSIONALES y la subcuenta 990520-Liquidación provisional de bonos pensionales de la cuenta 9905-RESPONSABILIDADES CONTINGENTES POR CONTRA (DB).
<Procedimiento adicionado por el artículo 3 de la Resolución 635 de 2014. El nuevo texto es el siguiente:>
Para efectos de la aplicación de este procedimiento, se entenderá como “Entidad responsable del pasivo pensional” lo definido en el Procedimiento contable para el reconocimiento y revelación del pasivo pensional y de los recursos que lo financian, en las entidades responsables del pasivo pensional.
1. Registro de los aportes pensionales
1.1 UGPP
La UGPP, al emitir el acto administrativo de cobro, registrará en cuentas de orden deudoras de control un débito a la subcuenta 830901-Aportes pensionales por cobrar de la cuenta 8309- Gestión de pensiones y un crédito a la subcuenta 891530-Gestión de pensiones de la cuenta 8915-Deudoras de control por contra (CR), para el adecuado control y seguimiento de su cobro.
En el momento del recaudo, la UGPP registrará un crédito a la subcuenta 830901-Aportes pensionales por cobrar de la cuenta 8309-Gestión de pensiones y un débito a la subcuenta 891530-Gestión de pensiones de la cuenta 8915-Deudoras de control por contra (CR).
1.2 Entidad responsable del pasivo pensional
La entidad responsable del pasivo pensional registrará, a nombre de la nación, un débito a la subcuenta 147019-Aportes pensionales de la cuenta 1470-Otros deudores y un crédito a la subcuenta 480824-Aportes pensionales de la cuenta 4808-Otros ingresos ordinarios.
Con el recaudo por parte de la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional (DGCPTN), la entidad responsable del pasivo pensional reclasificará el recaudo a nombre de la nación, registrando un débito a la subcuenta 572080-Recaudos de la cuenta 5720-Operaciones de enlace y un crédito a la subcuenta 147019-Aportes pensionales de la cuenta 1470-Otros deudores.
2. Registro de las cuotas partes de pensiones por cobrar
2.1 UGPP
Cuando la UGPP expida el acto administrativo de reconocimiento de pensión, emita la cuenta de cobro a las entidades que participan en el reconocimiento de la pensión y envíe copia del acto administrativo correspondiente a la entidad responsable del pasivo pensional para que esta última realice el registro contable del derecho, la UGPP debitará la subcuenta 830902-Cuotas partes de pensiones por cobrar de la cuenta 8309-Gestión de pensiones y acreditará la subcuenta 891530-Gestión de Pensiones de la cuenta 8915-Deudoras de control por contra (CR), a fin de realizar un adecuado control y seguimiento de su pago.
En el momento del recaudo, la UGPP registrará en cuentas de orden un crédito a la subcuenta 830902-Cuotas partes de pensiones por cobrar de la cuenta 8309-Gestión de pensiones y un débito a la subcuenta 891530-Gestión de Pensiones de la cuenta 8915-Deudoras de control por contra (CR).
2.2 Entidad responsable del pasivo pensional
La entidad responsable del pasivo pensional aplicará lo definido en el numeral 5 del procedimiento contable para el reconocimiento y revelación del pasivo pensional y de los recursos que lo financian, en las entidades responsables del pasivo pensional.
3. Registro de los intereses de aportes pensionales y de cuotas partes de pensiones por cobrar
3.1 UGPP
Cuando se causen intereses sobre el aporte pensional o la cuota parte de pensiones, la UGPP registrará, en cuentas de orden de manera independiente, los intereses causados por cada concepto a cargo de cada entidad, debitando la subcuenta que corresponda de la cuenta 8309- Gestión de pensiones y acreditando la subcuenta 891530-Gestión de pensiones de la cuenta 8915-Deudoras de control por contra (CR), para el adecuado control y seguimiento de su recaudo.
Con el recaudo, la UGPP acredita la subcuenta que corresponda de la cuenta 8309-Gestión de pensiones y debita la subcuenta 891530-Gestión de pensiones de la cuenta 8915-Deudoras de control por contra (CR).
3.2 Entidad responsable del pasivo pensional
La entidad responsable del pasivo pensional registrará los intereses sobre el aporte pensional o la cuota parte de pensiones debitando la subcuenta 147083-Otros intereses de la cuenta 1470-Otros deudores y acreditando la subcuenta 480504-Intereses de deudores de la cuenta 4805-Financieros. Si se trata de aportes pensionales o de cuotas partes de pensiones, el registro se realizará de manera separada o al nivel de auxiliar.
En el momento del recaudo, la entidad responsable del pasivo pensional reclasificará el recaudo por cuenta de la nación, registrando un débito a la subcuenta 572080-Recaudos de la cuenta 5720-Operaciones de enlace y un crédito a la subcuenta 147083-Otros intereses de la cuenta 1470-Otros deudores.
4. Registro de los reintegros de pensiones
Se presenta cuando la UGPP realiza una reliquidación y establece que hubo un mayor valor pagado en las mesadas pensionales o por la compartibilidad. En consecuencia y para conocer los resultados de su gestión, en el momento del recaudo, la UGPP registrará un débito a la subcuenta 830906-Reintegros de pensiones de la cuenta 8309-Gestión de pensiones y un crédito a la subcuenta 891530-Gestión de pensiones de la cuenta 8915-Deudoras de control por contra (CR).
5. Registro del cálculo actuarial de pensiones revelado por la UGPP
5.1 UGPP
Conforme a las disposiciones legales vigentes, la UGPP revelará los cálculos actuariales de las entidades o fondos de reservas a los que haya sustituido en el reconocimiento de obligaciones pensionales. Para el efecto, acreditará la subcuenta que corresponda de la cuenta 9310-Cálculo actuarial de pensiones revelado por la UGPP y debitará la subcuenta 991529-Cálculo actuarial de pensiones revelado por la UGPP de la cuenta 9915-Acreedoras de control por contra (DB).
Los incrementos en el valor del cálculo actuarial se registrarán acreditando la subcuenta que corresponda de la cuenta 9310-Cálculo actuarial de pensiones revelado por la UGPP y debitando la subcuenta 991529-Cálculo actuarial de pensiones revelado por la UGPP de la cuenta 9915-Acreedoras de control por contra (DB).
Las disminuciones en el valor del cálculo actuarial se registrarán debitando la subcuenta que corresponda de la cuenta 9310-Cálculo actuarial de pensiones revelado por la UGPP y acreditando la subcuenta 991529-Cálculo actuarial de pensiones revelado por la UGPP de la cuenta 9915-Acreedoras de control por contra (DB).
5.2 Entidad responsable del pasivo pensional
La entidad responsable del pasivo pensional revelará, actualizará y amortizará el cálculo actuarial, de conformidad con lo establecido en el procedimiento contable para el reconocimiento y revelación del pasivo pensional y de los recursos que lo financian, en las entidades responsables del pasivo pensional.
6. Registro de obligaciones pensionales
6.1 UGPP
La UGPP revelará las obligaciones pensionales por conceptos tales como, nómina de pensionados, cuotas partes de pensiones, intereses sobre aportes pensionales y cuotas partes de pensiones, retroactivos liquidados y sentencias a cargo de la nación, mediante un crédito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 9309-Gestión de pensiones y un débito a la subcuenta 991528-Gestión de pensiones de la cuenta 9915-Acreedoras de control por contra (DB).
Con el pago de las obligaciones pensionales, la UGPP registrará un débito a la subcuenta que corresponda de la cuenta 9309-Gestión de pensiones y un crédito a la subcuenta 991528-Gestión de pensiones de la cuenta 9915-Acreedoras de control por contra (DB).
6.2 Entidad responsable del pasivo pensional
La entidad responsable del pasivo pensional registrará el reconocimiento del pasivo y el pago por las obligaciones pensionales, de conformidad con lo establecido en el Procedimiento contable para el reconocimiento y revelación del pasivo pensional y de los recursos que lo financian, en las entidades responsables del pasivo pensional.
7. Litigios y demandas
7.1 UGPP
En caso de que se presenten demandas a favor de la nación, la UGPP registrará el valor de las pretensiones económicas estimadas debitando la subcuenta 839009-Litigios y demandas a favor de la nación gestionadas por la UGPP de la cuenta 8390-Otras cuentas deudoras de control y acreditando la subcuenta 891590-Otras cuentas deudoras de control de la cuenta 8915-Deudoras de control por contra (CR). Estos saldos se disminuirán con las conciliaciones o laudos arbitrales o con los fallos que concedan o nieguen las pretensiones económicas a la Nación.
Los fallos a favor de la nación se registrarán por el valor del fallo o sentencia, mediante un débito a la subcuenta 830905-Créditos judiciales por pensiones a favor de la nación de la cuenta 8309-gestión de pensiones y un crédito a la subcuenta 891530-Gestión de pensiones de la cuenta 8915-Deudoras de control por contra (CR).
Cuando se realice el recaudo, la UGPP realizará el registro contable acreditando la subcuenta 830905-Créditos judiciales por pensiones a favor de la nación de la cuenta 8309-Gestión de pensiones y debitando la subcuenta 891530-Gestión de pensiones de la cuenta 8915-Deudoras de control por contra (CR).
En caso de que se presenten demandas en contra de la nación, la UGPP registrará el valor de las pretensiones económicas estimadas mediante un crédito a la subcuenta 939018-Litigios y demandas en contra de la nación gestionadas por la UGPP de la cuenta 9390-Otras cuentas acreedoras de control y un débito a la subcuenta 991590-Otras cuentas acreedoras de control de la cuenta 9915-Acreedoras de control por contra (DB). Estos saldos disminuirán con las conciliaciones o laudos arbitrales, o con los fallos que concedan o nieguen las pretensiones económicas del tercero.
Los fallos a cargo de la nación se registrarán mediante un crédito a la subcuenta 930906-Créditos judiciales por pensiones a cargo de la nación de la cuenta 9309-Gestión de pensiones y un débito a la subcuenta 991528-Gestión de pensiones de la cuenta 9915-Acreedoras de control por contra (DB).
Cuando se realice el pago, la UGPP realizará el registro contable debitando la subcuenta 930906- Créditos judiciales por pensiones a cargo de la nación de la cuenta 9309-Gestión de pensiones y acreditando la subcuenta 991528-Gestión de pensiones de la cuenta 9915-Acreedoras de control por contra (DB).
7.2 Entidad responsable del pasivo pensional
La entidad responsable del pasivo pensional registrará los litigios y demandas, a favor y en contra, de acuerdo con lo establecido en el procedimiento para el reconocimiento y revelación de los procesos judiciales, laudos arbitrales, conciliaciones extrajudiciales y embargos decretados y ejecutados sobre las cuentas bancarias, con base en la información que le reporte la UGPP.
<Procedimiento adicionado por el artículo 3 de la Resolución 38 de 2015. El nuevo texto es el siguiente:>
El presente procedimiento deberá ser aplicado por las entidades contables públicas ejecutoras del Presupuesto General de la Nación (PGN) y por la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional (DGCPTN) cuando, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, se presenten operaciones de reintegro y devolución de recursos, así como de cesión de derechos fiduciarios.
1. REINTEGRO DE SALDOS DISPONIBLES A LA DGCPTN
Considerando que, de acuerdo con las disposiciones legales sobre la materia, los recursos reintegrados a la DGCPTN serán objeto de devolución, los registros contables que se deben efectuar, tanto en la DGCPTN como en las entidades contables públicas ejecutoras del PGN, son los siguientes:
1.1 Registros en la DGCPTN
Con el recaudo de los reintegros, la DGCPTN debitará la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-Depósitos en instituciones financieras y acreditará la subcuenta 246601- Reintegros de tesorería de la cuenta 2466-Saldos disponibles en patrimonios y autónomos y otros recursos entregados en administración.
1.2 Registros en la entidad contable pública ejecutora del PGN
Con el giro de los recursos a la DGCPTN por parte de los patrimonios autónomos o de la entidad administradora de los recursos, la entidad contable pública ejecutora del PGN debitará la subcuenta 143501-Reintegros de tesorería de la cuenta 1435-Saldos disponibles en patrimonios autónomos y otros recursos entregados en administración y acreditará la subcuenta que corresponda de la cuenta 1424-Recursos entregados en administración o la subcuenta 192603-Fiducia mercantil-Constitución de patrimonio autónomo de la cuenta 1926-Derechos en fideicomiso.
2. DEVOLUCIÓN DE RECURSOS REINTEGRADOS
2.1 Registros en la DGCPTN.
Con el giro de los recursos a los patrimonios autónomos o a la entidad administradora de los recursos, que se origina en la devolución de los recursos reintegrados, la DGPTN debitará la subcuenta 246601-Reintegros de tesorería de la cuenta 2466-Saldos disponibles en patrimonios autónomos y otros recursos entregados en administración y acreditará la subcuenta que corresponda de la cuenta 1110-Depósitos en instituciones financieras.
2.2 Registros en la entidad contable pública ejecutora del PGN
Con el giro de los recursos a los patrimonios autónomos o a la entidad administradora de los recursos, originado en la devolución de los recursos reintegrados, la entidad contable pública ejecutora del PGN debitará la subcuenta que corresponda de la cuenta 1424-Recursos entregados en administración o la subcuenta 192603-Fiducia mercantil-Constitución de patrimonio autónomo de la cuenta 1926-Derechos en fideicomiso y acreditará la subcuenta 143501-Reintegros de tesorería de la cuenta 1435-Saldos disponibles en patrimonios autónomos y otros recursos entregados en administración.
3. CESIÓN DE DERECHOS FIDUCIARIOS
Considerando que, de acuerdo con las disposiciones legales sobre la materia, la cesión de derechos fiduciarios a la DGCPTN no afecta los recursos en los patrimonios autónomos y estos recursos siguen conservando la naturaleza y fines por los cuales fueron constituidos, por lo que, de ninguna manera, su cesión exime, a la entidad estatal, de la responsabilidad por el seguimiento de la debida ejecución de los recursos, los registros contables que se deben efectuar, tanto en la DGCPTN como en las entidades contables públicas ejecutoras del PGN, son los siguientes:
3.1 Registros en la DGCPTN
Con la cesión de derechos fiduciarios, por parte de las entidades contables públicas ejecutoras del PGN, la DGCPTN debitará la subcuenta 192603-Fiducia mercantil-Constitución de patrimonio autónomo de la cuenta 1926-Derechos en fideicomiso y acreditará la subcuenta 246602-Derechos fiduciarios cedidos de la cuenta 2466-Saldos disponibles en patrimonios autónomos y otros recursos entregados en administración.
3.2 Registros en la entidad contable pública ejecutora del PGN
Por su parte, la entidad contable pública ejecutora del PGN debitará la subcuenta 143502- Derechos fiduciarios cedidos de la cuenta 1435-Saldos disponibles en patrimonios autónomos y otros recursos entregados en administración y acreditará la subcuenta 192603-Fiducia mercantil-Constitución de patrimonio autónomo de la cuenta 1926-Derechos en fideicomiso.
4. PAGOS DE OBLIGACIONES CON RECURSOS DE DERECHOS FIDUCIARIOS CEDIDOS A LA DGCPTN
4.1 Registros en la DGCPTN
Con base en la información reportada por la entidad contable pública ejecutora del PGN sobre la utilización de los recursos del patrimonio autónomo, la DGCPTN debitará la subcuenta 246602-Derechos fiduciarios cedidos de la cuenta 2466-Saldos disponibles en patrimonios autónomos y otros recursos entregados en administración y acreditará la subcuenta 192603-Fiducia mercantil-Constitución de patrimonio autónomo de la cuenta 1926-Derechos en fideicomiso.
4.2 Registros en la entidad contable pública ejecutora del PGN.
Por su parte, la entidad contable pública ejecutora del PGN debitará la subcuenta y cuenta que registre la obligación que se pague y acreditará la subcuenta 143502-Derechos fiduciarios cedidos de la cuenta 1435-Saldos disponibles en patrimonios autónomos y otros recursos entregados en administración.
5. RENDIMIENTOS FINANCIEROS Y VARIACIONES DE LOS DERECHOS FIDUCIARIOS
Los rendimientos financieros y las variaciones de los derechos fiduciarios que se originen en los saldos disponibles en patrimonios autónomos y otros recursos entregados en administración, se reconocerán como ingreso o gasto, según corresponda, en la entidad contable pública ejecutora del PGN.
6. OPERACIONES RECÍPROCAS
Los saldos de las subcuentas de las cuentas 1435-Saldos disponibles en patrimonios autónomos y otros recursos entregados en administración y 2466-Saldos disponibles en patrimonios autónomos y otros recursos entregados en administración deberán ser reportados como operaciones recíprocas entre las entidades contables públicas ejecutoras del PGN y la DGCPTN.
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LOS ESTADOS, INFORMES Y REPORTES CONTABLES.
PROCEDIMIENTO CONTABLE PARA EL DILIGENCIAMIENTO Y ENVÍO DE LOS REPORTES CONTABLES RELACIONADOS CON LA INFORMACIÓN FINANCIERA, ECONÓMICA, SOCIAL Y AMBIENTAL A LA CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, A TRAVÉS DEL SISTEMA CONSOLIDADOR DE HACIENDA E INFORMACIÓN PÚBLICA –CHIP.
1. ESTRUCTURA Y DILIGENCIAMIENTO DE FORMULARIOS
Los formularios constituyen el mecanismo a través del cual, las entidades reportan la información financiera, económica, social y ambiental de naturaleza cuantitativa y cualitativa, es decir, son las diferentes estructuras informáticas que se obtienen a partir de las categorías de información y se integran por la agrupación de conceptos y variables.
2. ASPECTOS GENERALES Y TÉCNICOS DE LOS FORMULARIOS <Numeral modificado por el artículo 1 de la Resolución 97 de 2017. El nuevo texto es el siguiente:>
Valores de reporte. Los valores se diligencian en pesos.
Nivel de desagregación. Los datos se incluyen a nivel de subcuentas.
Actualización de formularios. Las entidades contables públicas deben tener en cuenta que antes de iniciar el diligenciamiento de los formularios se debe realizar el proceso de actualización de los mismos, siempre que la Contaduría General de la Nación así lo publique en la página web del CHIP, actividad que se efectúa a través de la funcionalidad definida para el efecto en el sistema CHIP local.
Igualmente, se debe tener en cuenta que si la Contaduría General de la Nación desarrolla una nueva versión del aplicativo, las entidades deben actualizar en el CHIP local el aplicativo a la nueva versión, antes de actualizar los respectivos formularios.
Medios de incorporación de información al Sistema CHIP. Las entidades contables públicas disponen en el Sistema CHIP de dos funcionalidades a través de las cuales se incorpora la información a reportar:
a) Diligenciamiento directo en el sistema de los formularios definidos, en los términos del presente procedimiento.
b) Importación de la información al sistema a través de archivos planos, cuyos aspectos técnicos de esta funcionalidad se encuentran incorporados en el sistema de ayuda en línea del aplicativo local.
3. FORMULARIOS DEFINIDOS PARA LAS CATEGORÍAS DE INFORMACIÓN
Para el efecto se definen los siguientes formularios:
a) CGN2005_001_SALDOS _Y_ MOVIMIENTOS
b) CGN2005_002_OPERACIONES_ RECIPROCAS
c) CGN2005NE_003_NOTAS _DE _CARACTER_ ESPECIFICO
d) CGN2005NG_003_NOTAS_ DE_ CARACTER_ GENERAL
4. FORMULARIO CGN2005_001_SALDOS _Y_ MOVIMIENTOS
Se utiliza para reportar la información contable correspondiente al saldo inicial, movimientos débito y crédito y saldo final, en las fechas de corte y por cada período definido. El saldo final se discrimina en porción corriente y no corriente.
El saldo inicial corresponde al saldo final del período inmediatamente anterior. La sumatoria de los movimientos débito debe ser igual a la sumatoria de los movimientos crédito. Los saldos al final de cada período deben conservar la ecuación contable, los cuales constituyen el balance de prueba.
La estructura del formulario CGN2005_001_SALDOS_ Y _MOVIMIENTOS corresponde a la establecida en el ANEXO 1 del presente procedimiento.
Encabezado del formulario. Los datos de encabezado aparecen automáticamente como parte del esquema del formulario, una vez la entidad haya efectuado la actualización respectiva. Es decir, la entidad no requiere diligenciarlos a través del Sistema CHIP.
Descripción de conceptos. Los conceptos corresponden a las subcuentas definidas en el Catálogo General de Cuentas establecidas y habilitadas a través de los respectivos ámbitos para la entidad contable pública. Estos conceptos aparecen automáticamente al seleccionar el formulario a diligenciar.
5. DESCRIPCIÓN Y DILIGENCIAMIENTO DE VARIABLES CUANTITATIVAS
Saldo inicial. Para cada período de la categoría a reportar, el saldo inicial corresponde al saldo final del período inmediatamente anterior. Este dato debe ser diligenciado por la entidad.
Cuando una entidad reporta por primera vez a través del sistema la variable saldo inicial debe ser reportada en cero (Debe digitarse el número 0), se incluyen las creadas, producto de un proceso de escisión o fusión, cuando presenta su primer reporte. Cuando la fusión se da por absorción, en la variable de saldo inicial se debe reportar la información de la entidad absorbente y los valores que se incorporan del organismo absorbido deben reportarse conjuntamente con el movimiento de la absorbente.
La variable saldo inicial debe diligenciarse a nivel de subcuenta, toda vez que el Sistema CHIP Local realizará automáticamente las sumas algebraicas verticales a partir de la “Cuenta” hasta la “Clase” respectiva.
Los valores deben ser positivos, es decir, sin signo. Se exceptúan las subcuentas que tengan el atributo “NATURALEZA” contrario a la de su clase, como sucede con las cuentas valuativas relativas a la Depreciación, Provisiones, Amortizaciones, Agotamiento y aquellas subcuentas, cuentas y grupos que siendo de igual NATURALEZA a la de la clase, por situaciones extraordinarias la DINÁMICA permite saldos contrarios, como sucede con las cuentas Resultado del ejercicio, Pensiones actuales por amortizar, Patrimonio público incorporado y la clase Patrimonio, entre otras. Estas excepciones se reportan con signo negativo (Atributo de la cuenta “Ambisigno”).
Movimientos débitos y créditos. Los valores de las subcuentas deben diligenciarse en todos los casos sin signos. Estos valores corresponden a los registrados por la entidad contable pública entre el primero y el último día del período de reporte establecido en la categoría.
Movimiento débito. Corresponde al valor de la sumatoria de los movimientos débito de la respectiva subcuenta, registrados durante el período de reporte.
Movimiento crédito. Corresponde al valor de la sumatoria de los movimientos crédito de la respectiva subcuenta, registrados durante el período de reporte.
Saldo final. Corresponde a la suma algebraica que resulte de los valores incluidos en las variables saldo inicial, movimiento débito y movimiento crédito, dependiendo de la naturaleza de la clase a la que pertenezca el concepto. El Sistema CHIP Local hará el cómputo en cada entidad en el momento de ejecutar la funcionalidad de validación o de cálculo.
Si la clase a la cual pertenece la subcuenta tiene asignado el atributo “Naturaleza Débito”, tomará el valor de la columna “Saldo inicial”, le sumará el valor registrado en la columna movimiento “Débito” y restará el valor registrado en la columna movimiento “Crédito”.
Si la clase a la cual pertenece la subcuenta tiene asignado el atributo “Naturaleza Crédito”, tomará el valor de la columna “Saldo Inicial”, le restará el valor registrado en la columna movimiento “Débito” y sumará el valor registrado en la columna movimiento “Crédito”.
Una vez realizados los cálculos descritos anteriormente, el “Saldo Final” deberá conservar las mismas reglas establecidas para el “Saldo Inicial”.
Distribución del saldo final en Corriente y no Corriente. <Texto modificado por el artículo 8 de la Resolución 413 de 2011. El nuevo texto es el siguiente:> En todo caso, el saldo final de las cuentas de Patrimonio, Ingresos, Gastos, Costos y Cuentas de Orden, se ubica en la columna del Saldo Final No Corriente, conservando el signo correspondiente de la variable Saldo Final.
Saldo final corriente. Corresponde a una porción del saldo final, clasificado y definido bajo el concepto de “Corriente” teniendo en cuenta el criterio de liquidez en los activos o exigibilidad en los pasivos así:
El activo corriente comprende los bienes y derechos que razonablemente pueden ser convertidos en efectivo, o que por su naturaleza pueden realizarse o consumirse, en un período no superior a un año, contado a partir de la fecha del balance general. El pasivo corriente agrupa las obligaciones derivadas de las actividades de la entidad contable pública, exigibles en un período no mayor de un año, contado a partir de la fecha del balance general. El valor corriente debe conservar el signo correspondiente a la columna del saldo final.
Tratándose de entidades en proceso de liquidación, fusión o escisión, deben atenderse los procedimientos relativos a la presentación de información definidos en el procedimiento expedido por la Contaduría General de la Nación.
Saldo final no corriente. Corresponde a una porción del saldo final, el cual la entidad contable pública ha clasificado y definido bajo el concepto de “No Corriente” teniendo en cuenta el criterio de liquidez en los activos o exigibilidad en los pasivos, así:
El activo no corriente está constituido por los bienes y derechos de relativa permanencia que se adquieren con el fin de utilizarlos, consumirlos o explotarlos y no con la intención de comercializarlos. El pasivo no corriente corresponde a las obligaciones derivadas de las actividades de la entidad contable pública exigibles en un período mayor a un año, contado a partir de la fecha del balance general. El valor no corriente debe conservar el signo correspondiente a la columna del saldo final.
Tratándose de entidades en proceso de liquidación, fusión o escisión, deben atenderse los procedimientos relativos a la presentación de información definidos en el procedimiento expedido por la Contaduría General de la Nación.
6. FORMULARIO CGN2005_002_OPERACIONES_ RECIPROCAS
Se utiliza para reportar los saldos de las transacciones económicas y financieras realizadas entre entidades contables públicas, los cuales están asociados con activos, pasivos, patrimonio, ingresos, gastos o costos, que son objeto de eliminación en el proceso de consolidación, de acuerdo con la Tabla de Correlaciones, que se puede consultar a través de la página WEB: www.contaduria.gov.co
La estructura del formulario CGN2005_002_ OPERACIONES _RECIPROCAS corresponde a la establecida en el ANEXO 2 del presente procedimiento.
Encabezado del formulario. Los datos de encabezado aparecen automáticamente como parte del esquema del formulario, una vez la entidad haya efectuado la actualización respectiva. Es decir, la entidad no requiere diligenciarlos a través del Sistema CHIP.
Descripción de conceptos. Los conceptos corresponden a las subcuentas definidas en el Catálogo General de Cuentas establecidas y habilitadas a través de los respectivos ámbitos para la entidad contable pública. Estos conceptos aparecen automáticamente al seleccionar el formulario a diligenciar.
7. DESCRIPCIÓN Y DILIGENCIAMIENTO DE LA VARIABLE DE DETALLE
Entidad recíproca. Corresponde al código institucional y al nombre de la entidad contable pública con quien se generó la operación recíproca. Es una variable donde el reporte de los valores de cada concepto debe efectuarse indicando la(s) respectiva(s) entidad(es) con la(s) cual(es) se ha generado la reciprocidad, que se obtiene de la lista que presenta el sistema.
8. DESCRIPCIÓN Y DILIGENCIAMIENTO DE LAS VARIABLES CUANTITATIVAS
Valor corriente. Valor derivado de la fracción clasificada en la variable Saldo Final Corriente en el formulario CGN2005_001_SALDOS _Y_ MOVIMIENTOS, conservando el signo del valor registrado en dicho formulario. La suma de los valores reportados en este formulario, para una misma subcuenta, puede ser igual o menor al reportado en el formulario CGN2005_001_ SALDOS_ Y_ MOVIMIENTOS.
Valor no corriente. Valor derivado de la fracción clasificada en la variable Saldo Final No Corriente en el formulario CGN2005_001_SALDOS _Y _MOVIMIENTOS, conservando el signo del valor registrado en dicho formulario. La suma de los valores reportados en este formulario, para una misma subcuenta, puede ser igual o menor al reportado en el formulario CGN2005_001_ SALDOS _Y_ MOVIMIENTOS.
9. FORMULARIO CGN2005NE_003_NOTAS_ DE _CARÁCTER _ESPECÍFICO
Se utiliza para informar sobre aspectos de carácter específico que se refieren a situaciones particulares de las subcuentas que por su importancia deben revelarse.
La estructura del formulario CGN2005NE_003_NOTAS_ DE _CARÁCTER _ESPECIFICO corresponde a la establecida en el ANEXO 3 del presente procedimiento.
Encabezado del formulario. Los datos de encabezado aparecen automáticamente como parte del esquema del formulario, una vez la entidad haya efectuado la actualización respectiva. Es decir, la entidad no requiere diligenciarlos a través del Sistema CHIP.
Descripción de conceptos. Los conceptos corresponden a las subcuentas definidas en el Catálogo General de Cuentas establecidas y habilitadas a través de los respectivos ámbitos para la entidad contable pública. Estos conceptos aparecen automáticamente al seleccionar el formulario a diligenciar.
10. DESCRIPCIÓN Y DILIGENCIAMIENTO DE VARIABLES CUALITATIVAS
Clasificación notas específicas. Es una variable cualitativa de detalle que permite particularizar información y revelar por cada subcuenta del Catálogo General de Cuentas aspectos relacionados con: consistencia y razonabilidad de las cifras, valuación, recursos restringidos y situaciones particulares.
Detalle notas específicas. Se utiliza para informar sobre aspectos de carácter específico que se refieren a situaciones detalladas en la variable Clasificación Notas Específicas cuando sobre una misma subcuenta es necesario revelar diferentes situaciones que afectan el saldo respectivo.
11. DESCRIPCIÓN Y DILIGENCIAMIENTO DE LA VARIABLE CUANTITATIVA
Valor Nota específica. Revela el valor de la situación que se está informando en la respectiva subcuenta que fue objeto de detalle en la variable Clasificación Notas
Específicas.
12. FORMULARIO DE LA CATEGORÍA NOTAS GENERALES CGN2005_003NG_NOTAS _DE_ CARÁCTER _GENERAL
Se utiliza para revelar situaciones de carácter general que complementan los estados contables y los saldos de los reportes, atendiendo los criterios definidos por la Contaduría General de la Nación en el procedimiento definido para la elaboración y presentación de las notas a los estados contables.
La estructura del formulario CGN2005_003NG_NOTAS_ DE _CARACTER _GENERAL es la que corresponde a la establecida en el ANEXO 4 del presente procedimiento.
Encabezado del formulario. Los datos de encabezado aparecen automáticamente como parte del esquema del formulario, una vez la entidad haya efectuado la actualización respectiva. Es decir, la entidad no requiere diligenciarlos a través del Sistema CHIP.
Descripción de Conceptos. Las notas de carácter general, como lo indica la norma técnica de los estados, informes y reportes contables, hacen referencia a las características, políticas y prácticas contables de la entidad contable pública, entre otros aspectos, así como a aquellos que afectan o pueden afectar la información contable, de modo que permitan revelar una visión global del ente público y del proceso contable.
En este contexto, para la categoría NOTAS GENERALES, los conceptos de las notas de carácter general se circunscriben a las definiciones establecidas en el procedimiento estructurado para ello.
13. DESCRIPCIÓN Y DILIGENCIAMIENTO DE LAS VARIABLES CUALITATIVAS.
Detalle notas de carácter general. Revela el detalle particular para cada concepto definido en la categoría.
Referencia a nota específica. Se utiliza para hacer una correlación con las notas específicas, por lo tanto debe identificarse el código de la subcuenta o subcuentas asociadas a la nota específica de la categoría contable, en la cual se registran los valores relacionados con las variaciones significativas.
14. APROXIMACIÓN DE VALORES <Numeral modificado por el artículo 2 de la Resolución 97 de 2017. El nuevo texto es el siguiente:>
Para las variables cuantitativas de los diferentes formularios las cifras se expresarán en pesos
15. P ROCEDIMIENTOS PARA INCORPORAR UN CONCEPTO A UN ÁMBITO
Se entiende por ámbito a la segmentación del Catálogo General de Cuentas que, de acuerdo a la naturaleza de la entidad y de las funciones que desarrolla, puede utilizar para el reconocimiento de sus hechos, transacciones y operaciones financieras, económicas, sociales y ambientales.
Una vez la categoría de información es publicada, quedan disponibles los diferentes formularios para ser diligenciados por parte de las entidades contables públicas. Esto significa que el catálogo de cuentas publicado para cada ámbito no puede ser modificado, sino hasta la siguiente publicación.
En este sentido, cuando una entidad contable pública considere que dentro del ámbito definido no se encuentra alguna subcuenta que requiere utilizar, debe proceder así:
Solicitar a la Contaduría General de la Nación con una antelación no inferior a 15 días calendario a la terminación de la fecha de corte del período a reportar, mediante comunicación escrita, la incorporación del concepto dentro de su ámbito, con la debida sustentación, indicando la transacción en la cual utilizará dicho concepto.
La Contaduría evaluará la solicitud y decidirá su incorporación, comunicándole a la entidad la decisión tomada.
16. MENSAJES DE VALIDACIÓN
En el proceso de validación y envío de los diferentes formularios, el sistema le advierte a la entidad contable pública sobre diferentes tipos de mensajes que indican que la información no cumple con algún parámetro de validación previamente definido por la CGN, los cuales están clasificados en permisibles y no permisibles. Los mensajes permisibles indican que la entidad contable pública debe revisar y analizar la información que va a enviar para determinar si hay lugar a modificación de la misma. Este mensaje es una advertencia, pero no es impedimento para el envío.
Los mensajes no permisibles indican que la entidad contable pública presenta deficiencias en la información a reportar y que el sistema no le permitirá el envío, hasta tanto se realice la modificación que corresponda.
17. DEFINICIONES EN LÍNEA
Las definiciones técnicas propias del lenguaje del Sistema CHIP, tales como formularios, variables, conceptos, atributos, ámbitos, fragmentación, se encuentran en la funcionalidad de ayuda en línea dispuesta en el Sistema CHIP.
18. ANEXOS
A continuación se presentan las diferentes vistas para cada uno de los formularios definidos a través del sistema CHIP.
ANEXO 1
CGN2005_001_SALDOS _Y _MOVIMIENTOS
<SHAPE>
823200000 | 10406 | 2006 GN2005_001_SALDOS_ Y_ MOVIMIENTOS | ||||
0 | 0 | 107429 | 107429 | 0 | 0 | 0 |
0.2 | 0 | 42017 | 42017 | 0 | 0 | 0 |
0.2.01 | 202744 | 555 | 0 | 203299 | 0 | 203299 |
0.2.01.50 | 198694 | 555 | 0 | 199249 | 0 | 199249 |
0.2.01.89 | 4050 | 0 | 0 | 4050 | 0 | 4050 |
0.2.06 | 155865 | 41462 | 555 | 114958 | 0 | 114958 |
0.2.06.50 | 144865 | 41462 | 555 | 114958 | 0 | 114958 |
0.2.11 | 46879 | 0 | 41462 | 88341 | 0 | 88341 |
0.2.11.50 | 42829 | 0 | 41462 | 84291 | 0 | 84291 |
0.2.11.89 | 4050 | 0 | 0 | 4050 | 0 | 4050 |
0.3 | 0 | 65412 | 65412 | 0 | 0 | 0 |
0.3.05 | 202744 | 0 | 555 | 203299 | 0 | 203299 |
0.3.05.11 | 138120 | 0 | 0 | 138120 | 0 | 138120 |
0.3.05.15 | 1 | 0 | 0 | 1 | 0 | 1 |
0.3.05.16 | 51916 | 0 | 0 | 51916 | 0 | 51916 |
0.3.05.17 | 6145 | 0 | 555 | 6700 | 0 | 6700 |
0.3.05.55 | 4877 | 0 | 0 | 4877 | 0 | 4877 |
0.3.05.56 | 1685 | 0 | 0 | 1685 | 0 | 1685 |
0.3.10 | 162188 | 555 | 64587 | 97886 | 0 | 97886 |
0.3.10.11 | 110523 | 0 | 47176 | 63347 | 0 | 63347 |
0.3.10.15 | 1 | 0 | 0 | 1 | 0 | 1 |
0.3.10.16 | 41042 | 0 | 9272 | 31770 | 0 | 31770 |
0.3.10.17 | 6057 | 555 | 6229 | 383 | 0 | 383 |
0.3.10.55 | 3539 | 0 | 1711 | 1828 | 0 | 1828 |
0.3.10.56 | 1026 | 0 | 469 | 557 | 0 | 557 |
0.3.15 | 8318 | 7386 | 0 | 15704 | 0 | 15704 |
0.3.15.11 | 7436 | 1938 | 0 | 9374 | 0 | 9374 |
<SHAPE>
ANEXO 2
CGN2005_002_OPERACIONES _RECÍPROCAS
<SHAPE> | S | 823200000 | 10406 | 2006 CGN2005-002-OPERACIONES RECÍPROCAS | |
D | 2.4.25.20 | 23900000 | 1036 | 0 | |
D | 2.4.25.20 | 26800000 | 691 | 0 | |
D | 2.4.36.03 | 910300000 | 151 | 0 | |
D | 1.2.01.27 | 910300000 | 2499 | 0 | |
D | 3.2.04.01 | 117676000 | 0 | 162500 | |
D | 3.2.04.01 | 214776147 | 0 | 30000 | |
D | 3.2.25.02 | 117676000 | 0 | 93555 | |
D | 3.2.25.02 | 214776147 | 0 | 17266 | |
D | 3.2.40.52 | 117676000 | 0 | 341156 | |
D | 3.2.40.52 | 214776147 | 0 | 62961 | |
D | 3.2.40.62 | 117676000 | 0 | 105307 | |
D | 3.2.40.62 | 214776147 | 0 | 19435 | |
D | 3.2.45.01 | 117676000 | 0 | 134251 | |
D | 3.2.45.01 | 214776147 | 0 | 24777 | |
D | 3.2.45.05 | 117676000 | 0 | -12070 | |
D | 3.2.45.05 | 214776147 | 0 | -2227 | |
D | 5.1.04.01 | 23900000 | 0 | 754 | |
D | 6.3.45.02 | 23900000 | 0 | 283 | |
D | 5.1.04.02 | 26800000 | 0 | 502 | |
D | 6.3.45.02 | 26800000 | 0 | 188 | |
D | 6.3.45.02 | 232676147 | 0 | 1764 |
<SHAPE>
ANEXO 3
CGN2005NE_003_NOTAS_ DE_ CARACTER_ ESPECÍFICO
S | 115050000 | 11012 | 2005 | CGN2005- 003NE-NOTAS DE CARÁCTER ESPECÍFICO | |
D | 1.1.05.01 | 1 | Se Trasladó a la cuenta bienes y derechos en investigación administrativa, un excedente en caja por cuanto no ha sido posible establecer la diferencia entre contabilidad y tesorería, al parecer son posibles errores en los saldos iniciales. | 544474488 | |
D | 1.1.05.01 | 4 | El saldo en caja se encuentra sobreestimado por la duplicación de los recibos de caja No. 0078 y 0165 de 2003 por concepto de ingresos tributarios – Registro y anotación, no corregidos en 2005. | 2421200 | |
D | 1.1.10.05 | 4 | Existe un mayor valor en la cuenta bancaria 131813-2 de Bancafé, debido a que se giró un cheque de gerencia para el pago de un proveedor y no se registró la nota en el sistema. | 1463795 | |
D | 1.2.08.07 | 2 | La inversión patrimonial en la E.I.C.E. Electrificadora del Meta se encuentra actualizada al 30/11/2005 por cuanto no fue posible obtener los estados financieros al 31/12/2005 | 4964733 | |
D | 1.1.25.04 | 3 | Del saldo de fondos especiales se encuentran en proceso de embargo la cuenta especial de Bancafé No. 138254-2 Proyecto de cofinanciación ICBF- Gobernación Menores maltratados, lo que ha originado la suspensión temporal del proyecto. | 4568971 |
ANEXO 4
CGN2005NG_003_NOTAS _ DE _CARÁCTER _GENERAL
S | 214776147 | 11012 | 2005 CGN2005- 003NE- NOTAS DE CARÁCTER ESPECÍFICO | |
D | N1.1 | El Departamento del Meta fue creado según Dcto. Ley 118 del 16/12/1959. Políticamente está dividido en 29 municipios. Administrativamente está conformada por trece secretarías, una consejería, tres gerencias y cinco institutos descentralizados. | N/A | |
D | N2.1 | Para el proceso de clasificación, identificación, reconocimiento, registro y revelación de los estados contables se aplica en su totalidad el marco conceptual de la contabilidad pública y las normas técnicas establecidas en el PGCP vigente. | N/A | |
D | N2.2 | Para el registro de los hechos financieros, económicos, sociales y ambientales se aplica el CGC – ámbito gobernaciones a nivel de documento fuente, se cuenta con procedimientos debidamente estructurados para este fin. | N/A | |
D | N2.3 | Se están aplicando las normas y procedimientos establecidos por la CGN. Los activos y pasivos se reconocen y valúan aplicando los criterios y normas relacionadas con la constitución de provisiones, depreciaciones, amortizaciones y agotamiento. | N/A | |
D | N2.4 | En materia de libros de contabilidad y preparación de los documentos soporte, se aplican las normas y procedimientos establecidos por la CGN que garantizan la custodia, veracidad y documentación de las cifras registradas en los libros. | N/A |
PROCEDIMIENTO PARA LA ESTRUCTURACIÓN Y PRESENTACIÓN
DE LOS ESTADOS CONTABLES BÁSICOS CONTABLES.
1. FORMALIDADES COMUNES PARA LA ELABORACIÓN Y DIVULGACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES BÁSICOS
Los estados contables básicos son el Balance General; el Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental; el Estado de Cambios en el Patrimonio y el Estado de Flujos de Efectivo. Las notas a los estados contables forman parte integral de los mismos.
Los estados contables básicos se preparan al finalizar el período contable, efectuando los ajustes y cierre de las operaciones en los libros de contabilidad.
Los estados contables de períodos intermedios corresponden a los que se preparan durante el transcurso del período contable, sin que esto signifique el cierre de las operaciones. Para este propósito, se deben usar métodos alternativos que permitan calcular los resultados y que no alteren la razonabilidad de los mismos.
En su elaboración y divulgación deben tenerse en cuenta las siguientes directrices:
2. ENCABEZADO
Deben presentarse con un encabezado que contenga el nombre de la entidad contable pública, el nombre del estado contable básico, la fecha de corte o el período al que corresponde, indicando el día, mes en letras, año, y el nivel de precisión utilizado en la presentación de las cifras (millones, miles, etc.).
3. REFERENCIAS CRUZADAS
Deben usarse referencias que permitan el cruce de cada uno de los conceptos y valores con las notas a los estados contables, mostrando el número de la nota relacionada.
4. RESPONSABLES
Los funcionarios responsables por el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la preparación y presentación de los estados contables básicos son el representante legal y el contador público a cuyo cargo esté la contabilidad de la entidad contable pública. Así mismo, estos funcionarios deben certificar los mencionados estados, conforme lo indican las normas técnicas.
5. CERTIFICACIÓN
Consiste en un escrito que contenga la declaración expresa y breve de que los saldos fueron tomados fielmente de los libros de contabilidad, que la contabilidad se elaboró conforme a la normativa señalada en el Régimen de Contabilidad Pública, y que la información revelada refleja en forma fidedigna la situación financiera, económica, social y ambiental de la entidad contable pública, además de que se han verificado las afirmaciones contenidas en los estados contables básicos, principalmente las referidas a:
a) Que los hechos, transacciones y operaciones han sido reconocidos y realizados por la entidad contable pública durante el período contable
b) Que los hechos económicos se revelan conforme a lo establecido en el Régimen de Contabilidad Pública
c) Que el valor total de activos, pasivos, patrimonio, ingresos, gastos, costos y cuentas de orden, ha sido revelado en los estados contables básicos hasta la fecha de corte, por la entidad contable pública
d) Que los activos representan un potencial de servicios o beneficios económicos futuros y los pasivos representan hechos pasados que implican un flujo de salida de recursos, en desarrollo de las funciones de cometido estatal de la entidad contable pública, en la fecha de corte
La certificación se afectará cuando los estados contables sean modificados por decisión de la asamblea de accionistas o junta directiva de la entidad contable pública, o por las autoridades gubernamentales, y en consecuencia deben certificarse nuevamente. La certificación de los estados contables básicos debe estar firmada por el representante legal de la entidad contable pública, y por el contador público con el número de tarjeta profesional.
6. FIRMAS DE LOS ESTADOS CONTABLES BÁSICOS
Los estados contables básicos deben estar firmados por el representante legal y el contador, anteponiendo la expresión “Ver certificación anexa”. Para el efecto deben escribirse, en forma legible, los nombres y apellidos de los responsables, cargo y el número de la tarjeta profesional del contador.
Si los estados contables son dictaminados deberá adicionarse la firma del revisor fiscal, indicando la expresión “Anexo dictamen”, enunciando los nombres y apellidos, así como el número de la tarjeta profesional.
Los estados contables certificados, salvo prueba en contrario, se presumen auténticos con la firma de los responsables y la certificación anexa.
7. PUBLICACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES BÁSICOS
El representante legal debe garantizar la publicación de los estados contables básicos certificados, junto con la declaración de la certificación, en las dependencias de la respectiva entidad, en un lugar visible y público. Cuando sean dictaminados, deben ir acompañados del respectivo dictamen del revisor fiscal.
Lo anterior, sin perjuicio de que las entidades contables públicas, de acuerdo con las disposiciones legales, deban publicar mensualmente estados contables intermedios, que para este efecto se trata del Balance General y el Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental.
8. ESTRUCTURA DE LOS ESTADOS CONTABLES BÁSICOS
Se preparan de acuerdo con los criterios definidos en las normas técnicas relativas a los estados, informes y reportes contables.
Para su elaboración y los requisitos mínimos de su contenido se deben tener en cuenta las reglas que se relacionan a continuación, además de las normas técnicas.
9. BALANCE GENERAL
La estructura de los activos debe conservar el orden de liquidez a solvencia, y los pasivos su grado de exigibilidad; reflejando de esta forma los bienes, derechos, obligaciones y el patrimonio. Los saldos de activo y pasivo se clasifican en corrientes y no corrientes, mostrándolos en forma comparativa con el período contable inmediatamente anterior, a nivel de cuenta.
Para la clasificación de los activos y pasivos en partidas corrientes y no corrientes es necesario atender lo definido en las normas técnicas relativas a los estados, reportes e informes contables, teniendo en cuenta las siguientes precisiones:
Activo corriente. Presenta la suma de los saldos de las cuentas de los grupos 11-EFECTIVO, 13-RENTAS POR COBRAR y 15-INVENTARIOS, así como las partidas corrientes de las cuentas de los grupos 12-INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS, 14-DEUDORES y 19- OTROS ACTIVOS, que pueden ser convertidos en efectivo o realizarse en un período inferior a un año, contado a partir de la fecha del balance.
Activo no corriente. Corresponde a la sumatoria de los saldos de las cuentas de los grupos 16-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO, 17*-BIENES DE BENEFICIO Y USO PÚBLICO E HISTÓRICOS Y CULTURALES y 18-RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES. Incluye las partidas no corrientes de las cuentas de los grupos 12-INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS, 14-DEUDORES y 19- OTROS ACTIVOS, que se adquieren con la intención de utilizarlos, consumirlos o explotarlos y no se tiene la intención de comercializarlos.
Total activo. Presenta la sumatoria del activo corriente y no corriente.
Pasivo corriente. Es la sumatoria de los saldos de las cuentas de los grupos 21-OPERACIONES DE BANCA CENTRAL E INSTITUCIONES FINANCIERAS, 22-OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO Y FINANCIAMIENTO CON BANCA CENTRAL, 23-OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO E INSTRUMENTOS DERIVADOS, 24-CUENTAS POR PAGAR, 25-OBLIGACIONES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL, 26-OTROS BONOS Y TÍTULOS EMITIDOS, 27- PASIVOS ESTIMADOS y 29-OTROS PASIVOS, que tienen exigibilidad inferior a un año.
Pasivo no corriente. Corresponde a la sumatoria de los saldos de las cuentas de los grupos 21- OPERACIONES DE BANCA CENTRAL E INSTITUCIONES FINANCIERAS, 22-OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO Y FINANCIAMIENTO CON BANCA CENTRAL, 23-OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO E INSTRUMENTOS DERIVADOS, 24- CUENTAS POR PAGAR, 25-OBLIGACIONES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL, 26-OTROS BONOS Y TÍTULOS EMITIDOS, 27-PASIVOS ESTIMADOS y 29-OTROS PASIVOS, cuya exigibilidad es superior a un año.
Total pasivo. Presenta la sumatoria del pasivo corriente y no corriente.
Patrimonio. Es el resultado de restar al total del activo, el total del pasivo. Corresponde al total de las cuentas de los grupos 31-HACIENDA PÚBLICA, si es una entidad del sector central o 32-PATRIMONIO INSTITUCIONAL, si es una entidad del sector descentralizado o por servicios.
Total pasivo y patrimonio. Corresponde a la sumatoria del total pasivo y el patrimonio.
En este estado se revelan los saldos de las cuentas de orden deudoras y acreedoras, a nivel de cuenta, así: Cuentas de orden deudoras. Corresponde a la sumatoria de los saldos de las cuentas de los grupos 81-DERECHOS CONTINGENTES, 82-DEUDORAS FISCALES, 83-DEUDORAS DE CONTROL y 89-DEUDORAS POR CONTRA (CR).
Cuentas de orden acreedoras. Es la sumatoria de los saldos de las cuentas de los grupos 91- RESPONSABILIDADES CONTINGENTES, 92-ACREEDORAS FISCALES, 93-ACREEDORAS DE CONTROL y 99- ACREEDORAS POR CONTRA (DB).
Las entidades contables públicas que se encuentren en proceso de liquidación presentan como corrientes los saldos de las cuentas de activo y pasivo, considerando que su propósito es liquidar los activos para el pago de los pasivos.
A manera de ilustración y con el propósito de aclarar la estructura del Balance General, a continuación se presenta el siguiente modelo:
MODELO
NOMBRE DE LA ENTIDAD CONTABLE PÚBLICA
BALANCE GENERAL
A 31 DE DICIEMBRE DE 200X
(cifras en xxx pesos)
(Presentación Por cuentas)
Notas | (Año actual) | (Año anterior) | |
ACTIVOS | 200X | 200X.1 | |
ACTIVO CORRIENTE | XXX | XXX | |
EFECTIVO | (1) | XXX | XXX |
Depósitos En instituciones Financieras | XXX | XXX | |
Administración de Liquidez | XXX | XXX | |
INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS | (2) | XXX | XXX |
Inversiones Administración de Liquidez en Títulos de Deuda | XXX | XXX | |
Inversiones Administración de Liquidez en Instrumentos Derivados | XXX | XXX | |
DEUDORES | (3) | XXX | XXX |
Venta de Bienes | XXX | XXX | |
Avances y Anticipos Entregados | XXX | XXX | |
Anticipos o Saldos a Favor por Impuestos y Contribuciones | XXX | XXX | |
Otros Deudores | XXX | XXX | |
INVENTARIOS | (4) | XXX | XXX |
Mercancías en Existencia | XXX | XXX | |
En poder de Terceros | XXX | XXX | |
ACTIVO NO CORRIENTE | |||
INVERSIONES E INSTRUMENTOS DERIVADOS | (2) | XXX | XXX |
Inversiones Patrimoniales en Entidades Controladas | XXX | XXX | |
DEUDORES | XXX | XXX | |
Otros Deudores | XXX | XXX | |
PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO | (5) | XXX | XXX |
Terrenos | XXX | XXX | |
Edificaciones | XXX | XXX | |
Muebles, Enseres y Equipos de Oficina | XXX | XXX | |
Depreciación Acumulada (Cr) | XXX | XXX | |
OTROS ACTIVOS | (6) | XXX | XXX |
Cargos Diferidos | XXX | XXX | |
Bienes Entregados a Terceros | XXX | XXX | |
Amortización Acumulada de Bienes Entregados a Terceros (Cr) | XXX | XXX | |
TOTAL ACTIVO | XXXX | XXXX | |
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS | (14) | XXX | XXX |
DERECHOS CONTINGENTES | XXX | XXX | |
Bienes Entregados en Garantía | XXX | XXX | |
Recursos y Derechos Potenciales | XXX | XXX | |
DEUDORAS FISCALES | (15) | XXX | XXX |
DEUDORAS DE CONTROL | (16) | XXX | XXX |
Mercancías entregadas en Consignación | XXX | XXX | |
Responsabilidades en proceso | XXX | XXX | |
DEUDORAS POR CONTRA (CR) | XXX | XXX | |
Derechos Contingentes por contra (Cr) | XXX | XXX | |
Deudoras Fiscales por contra (Cr) | XXX | XXX | |
Deudoras de Control por contra (Cr) | XXX | XXX |
Notas | (Año actual) | (Año anterior) | |
PASIVOS | 200X | 200X-1 | |
PASIVO CORRIENTE | XXX | XXX | |
OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO Y FINANCIAMIENTO CON BANCA CENTRAL | (7) | XXX | XXX |
Operaciones de Crédito Público Externas de Corto Plazo | XXX | XXX | |
OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO E INSTRUMENTOS DERIVADOS | (8) | XXX | XXX |
Operaciones de Financiamiento Internas de Corto Plazo | XXX | XXX | |
CUENTAS POR PAGAR | (9) | XXX | XXX |
Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales | XXX | XXX | |
Adquisición De Bienes y Servicios en el Exterior | XXX | XXX | |
Intereses por pagar | XXX | XXX | |
OBLIGACIONES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL | (10) | XXX | XXX |
Salarios Y Prestaciones Sociales | XXX | XXX | |
Pensiones y Prestaciones Económicas por Pagar | XXX | XXX | |
PASIVOS ESTIMADOS | (11) | XXX | XXX |
Provisión para Obligaciones Fiscales | XXX | XXX | |
Provisión para Prestaciones Sociales | XXX | XXX | |
OTROS PASIVOS | (12) | XXX | XXX |
Recaudos a favor de Terceros | XXX | XXX | |
Ingresos recibidos por Anticipado | XXX | XXX | |
PASIVO NO CORRIENTE | XXX | XXX | |
CUENTAS POR PAGAR | (9) | XXX | XXX |
Adquisición de Bienes y Servicios en el Exterior | XXX | XXX | |
Otras cuentas por Pagar | XXX | XXX | |
PASIVOS ESTIMADOS | (11) | XXX | XXX |
Provisión para Contingencias | XXX | XXX | |
OTROS PASIVOS | (12) | XXX | XXX |
Créditos Diferidos | XXX | XXX | |
Provisiones Diversas | XXX | XXX | |
TOTAL PASIVO | XXX | XXX | |
PATRIMONIO | XXX | XXX | |
PATRIMONIO INSTITUCIONAL | (13) | XXX | XXX |
Capital Suscrito y Pagado | XXX | XXX | |
Reservas | XXX | XXX | |
Resultados de Ejercicios Anteriores | XXX | XXX | |
Resultados del Ejercicio | XXX | XXX | |
TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO | XXX | XXX | |
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS | XXX | XXX | |
RESPONSABILIDADES CONTINGENTES | (17) | XXX | XXX |
Litigios y Demandas | XXX | XXX | |
Garantías Contractuales | XXX | XXX | |
ACREEDORAS FISCALES | (18) | XXX | XXX |
ACREEDORAS DE CONTROL | (19) | XXX | XXX |
Contratos De Leasing Operativo | XXX | XXX | |
Mercancías Recibidas en Consignación | XXX | XXX | |
ACREEDORAS POR CONTRA (DB) | XXX | XXX | |
Responsabilidades Contingentes por Contra (Db) | XXX | XXX | |
Acreedoras Fiscales por Contra (Db) | XXX | XXX | |
Acreedoras de Control por Contra (Db) | XXX | XXX |
FIRMA REPRESENTANTE LEGAL FIRMA CONTADOR PÚBLICO
NOMBRE: NOMBRE:
(Adjunto Certificación) T.P.
FIRMA REVISOR FISCAL
NOMBRE:
T.P.
(Adjunto Dictamen)
10. ESTADO DE ACTIVIDAD FINANCIERA, ECONÓMICA, SOCIAL Y AMBIENTAL
El Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental se presenta mostrando los saldos a nivel de cuenta en forma comparativa con el período contable inmediatamente anterior, presentando las actividades ordinarias clasificadas en operacionales y no operacionales y las partidas extraordinarias.
Este estado se estructura en orden de precedencia revelando los saldos de las actividades ordinarias y partidas extraordinarias, así como las operacionales y no operacionales, conforme lo define la norma técnica relativa a las cuentas de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental.
En primer lugar, de las actividades ordinarias, se muestran los ingresos, costos y gastos operacionales, con el fin de calcular el excedente o déficit operacional, así:
Actividades ordinarias. Corresponden a la operación básica o principal de la entidad contable pública, así como a las complementarias y vinculadas a la misma y se caracterizan porque son recurrentes. Se clasifican en operacionales y no operacionales.
Ingresos operacionales. Sumatoria de los saldos por concepto de ingresos que corresponden a la operación básica o principal de la entidad contable pública.
La entidad conociendo la operación básica o principal, presentará su estado de actividad financiera, económica, social y ambiental conforme a la naturaleza de sus operaciones. Es decir, las entidades de gobierno general, se caracterizan porque sus ingresos operacionales corresponden por lo general a los fiscales y las transferencias, mientras que para las empresas son la venta de bienes y servicios.
Costo de ventas y operación. Para la clasificación de los costos incurridos en la producción y venta de bienes y la prestación de servicios individualizables debe realizarse la asociación con los ingresos que los generaron, teniendo en cuenta que corresponden a la operación básica o principal de la entidad contable pública.
Para el efecto el costo de ventas y de operación corresponde a la sumatoria de las cuentas de los grupos 62-COSTO DE VENTAS DE BIENES, 63-COSTO DE VENTAS DE SERVICIOS y 64-COSTO DE OPERACIÓN DE SERVICIOS.
Gastos operacionales. Sumatoria de los saldos por concepto de gastos incurridos en la operación básica o principal de la entidad contable pública.
Se consideran operacionales los gastos de administración, de operación y las provisiones, depreciaciones y amortizaciones. Para las entidades de gobierno, adicionalmente se incluyen las transferencias y el gasto público social.
Excedente (Déficit) operacional. Corresponde al resultado de restar de los ingresos operacionales, el costo de ventas y de operación, y los gastos operacionales.
En segundo lugar, se revelan los ingresos, costos y gastos no operacionales para efectos de obtener el excedente o déficit no operacional.
Ingresos no operacionales. Comprenden los ingresos generados en las actividades complementarias a la actividad básica y las adicionales que no se relacionan con ésta, y que son recurrentes.
Los ingresos no operacionales de las entidades de gobierno general son los relacionados con la venta de bienes y servicios, siempre y cuando no pertenezcan a la operación básica de la entidad. Las empresas, cuando reciban aportes de la Nación, revelan de esta misma forma las transferencias. Adicionalmente se incluyen en esta clasificación los otros ingresos, excepto los extraordinarios.
Costo de ventas no operacional. Es la sumatoria de los grupos 62-COSTO DE VENTAS DE BIENES, 63-COSTO DE VENTAS DE SERVICIOS y 64-COSTO DE OPERACIÓN DE SERVICIOS, que cubren los costos incurridos en la producción y venta de bienes y la prestación de servicios individualizables, cuando no corresponden a la operación básica o principal de la entidad contable pública.
Gastos no operacionales. Se consideran no operacionales los gastos de administración, provisiones, depreciaciones y amortizaciones, siempre y cuando no correspondan a la operación básica de la entidad.
Así mismo contienen los otros gastos, excluidos los extraordinarios.
Excedente (Déficit) no operacional. Corresponde al resultado de restar de los Ingresos no operacionales, el costo de ventas y gastos no operacionales.
Excedente (Déficit) de actividades ordinarias. Es el resultado de sumar algebraicamente el excedente o déficit operacional y no operacional.
En tercer lugar, se presentan las partidas de ingresos y gastos extraordinarios obteniendo el resultado neto de partidas extraordinarias.
Partidas extraordinarias. Es el resultado de restar de los ingresos extraordinarios registrados en la cuenta 4810- EXTRAORDINARIOS, los gastos registrados en la cuenta 5810-EXTRAORDINARIOS.
Excedente (Déficit) del ejercicio. Es el resultado de sumar el excedente o déficit de actividades ordinarias y el excedente o déficit de partidas extraordinarias.
A manera de ilustración y con el propósito de aclarar la estructura del estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental, a continuación se presenta el siguiente modelo:
MODELO
NOMBRE DE LA ENTIDAD CONTABLE PÚBLICA
ESTADO DE ACTIVIDAD FINANCIERA, ECONÓMICA, SOCIAL Y AMBIENTAL
DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 200X
(Cifras en XXX pesos)
(Presentación por cuentas)
NOTA | (Año Actual) | (Año anterior) | |
200X | 200X-1 | ||
ACTIVIDADES ORDINARIAS | |||
INGRESOS OPERACIONALES | XXX | XXX | |
VENTA DE BIENES | (20) | XXX | XXX |
Bienes comercializados | XXX | XXX | |
VENTA DE SERVICIOS | (21) | XXX | XXX |
Servicios informáticos | XXX | XXX | |
OTROS INGRESOS | (22) | XXX | XXX |
Financieros | XXX | XXX | |
COSTOS DE VENTAS Y OPERACIÓN | XXX | XXX | |
COSTO DE VENTAS DE BIENES | (23) | XXX | XXX |
Equipos de Comunicación y Computación | XXX | XXX | |
COSTO DE VENTAS DE SERVICIOS | (24) | XXX | XXX |
Servicios Informáticos | XXX | XXX | |
GASTOS OPERACIONALES | XXX | XXX | |
DE ADMINISTRACIÓN | (25) | XXX | XXX |
Sueldos y Salarios | XXX | XXX | |
Aportes sobre la Nómina | XXX | XXX | |
PROVISIONES, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES | (26) | XXX | XXX |
Muebles, Enseres y Equipo de Oficina | XXX | XXX | |
OTROS GASTOS | (27) | XXX | XXX |
Comisiones | XXX | XXX | |
EXCEDENTE (DÉFICIT) OPERACIONAL | XXX | XXX | |
INGRESOS NO OPERACIONALES | XXX | XXX | |
OTROS INGRESOS | (22) | ||
Arrendamientos | XXX | XXX | |
GASTOS NO OPERACIONALES | XXX | XXX | |
OTROS GASTOS | (27) | XXX | XXX |
Pérdidas en Retiro de Activos | XXX | XXX | |
EXCEDENTE (DÉFICIT NO OPERACIONAL | XXX | XXX | |
EXCEDENTE (DÉFICIT) DE ACTIVIDADES ORDINARIAS | XXX | XXX | |
PARTIDAS EXTRAORDINRIAS | XXX | XXX | |
INGRESOS EXTRAORDINARIOS | (28) | XXX | XXX |
Aprovechamientos | XXX | XXX | |
GASTOS EXTRAORDINARIOS | (29) | XXX | XXX |
Ajustes O Mermas sin Responsabilidad | XXX | XXX | |
EXCEDENTE (DÉFICIT) DEL EJERCICIO) | XXX | XXX |
FIRMA REPRESENTANTE LEGAL FIRMA REVISOR FISCAL
NOMBRE: NOMBRE:
(Adjunto certificación) T.P.
FIRMA CONTADOR PÚBLICO
NOMBRE:
T.P.
(Adjunto Dictamen)
11. UTILIZACIÓN DE LAS SUBCUENTAS DENOMINADA S “OTROS”
Para el reconocimiento de las diferentes transacciones, hechos y operaciones realizadas por las entidades contables públicas, se debe tener en cuenta que el valor revelado en las subcuentas denominadas “Otros”, de las cuentas que conforman el Balance General y el Estado de Actividad Financiera, Económica y Social, no debe superar el cinco por ciento (5%) del total de la cuenta de la cual forma parte.
A falta de un concepto específico en el Catalogo General de Cuentas para el reconocimiento de una operación realizada, las entidades contables públicas harán el respectivo reconocimiento en las subcuentas denominadas “Otros”. No obstante, cuando el monto de la subcuenta supere el porcentaje antes señalado, las entidades deben solicitar a la Contaduría General de la Nación que evalúe la pertinencia de crear la subcuenta correspondiente.
La anterior restricción no aplica para las entidades contables públicas que utilizan a nivel de documento fuente otros planes de cuentas para registrar la información contable, y que por tal razón deben realizar procesos de homologación para efectos de reportar información a la Contaduría General de la Nación.
12. ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO
Este estado se presenta partiendo del saldo del patrimonio del período contable anterior, al cual se le suma la variación total del patrimonio del período actual, para obtener el saldo final del patrimonio del período actual.
El cálculo de cada una de las variaciones de los niveles de cuentas que componen el Patrimonio, se realiza restando de los saldos del período contable actual, los del período inmediatamente anterior.
El resultado de esta comparación se detalla indicando las cuentas que presentaron variaciones, clasificadas en incrementos y disminuciones; así como las partidas sin variación. La sumatoria de estos tres conceptos debe ser igual al valor de la variación del Patrimonio.
Para el efecto deben tenerse en cuenta los siguientes aspectos:
Incrementos. Corresponden a las variaciones positivas de las cuentas pertenecientes al grupo 31-HACIENDA PÚBLICA o 32-PATRIMONIO INSTITUCIONAL, presentadas en el período contable.
Disminuciones. Corresponden a las variaciones negativas de las cuentas pertenecientes al grupo 31- HACIENDA PÚBLICA o 32-PATRIMONIO INSTITUCIONAL, presentadas dentro del período contable.
MODELO
NOMBRE DE LA ENTIDAD CONTABLE PÚBLICA
ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO
A 31 DE DICIEMBRE DE 200X
(Cifras en XXX pesos)
(Presentación por cuentas)
Nota | Valores | |||
Saldo del Patrimonio a 31 de Diciembre de 200x-1 (año anterior) | XXX | |||
Variaciones patrimoniales durante el año 200X | XXX | |||
Saldo del patrimonio a 31 de Diciembre de 200X (Año Objeto de Estudio) | XXX | |||
(Año Actual) | (Año anterior) | |||
DETALLE DE LAS VARIACIONES PATRIMONIALES | (13) | 200X | 200x-1 | |
INCREMENTOS | XXX | |||
Resultado del Ejercicio | XXX | XXX | ||
Reservas | XXX | XXX | ||
(…) | XXX | XXX | ||
DISMINUCIONES | (13) | XXX | ||
Resultados de Ejercicios Anteriores | XXX | XXX | ||
(…) | XXX | XXX | ||
PARTIDAS SIN VARIACIÓN | (13) | XXX | ||
Capital Suscrito y Pagado | XXX | XXX | ||
(…) | XXX | XXX |
FIRMA REPRESENTANTE LEGAL FIRMA REVISOR FISCAL
NOMBRE NOMBRE
(Adjunto Certificación) T.P.
(Adjunto dictamen)
FIRMA CONTADOR PÚBLICO
NOMBRE
T.P.
Partidas sin variación. Corresponden a las cuentas pertenecientes al grupo 31-HACIENDA PÚBLICA o 32- PATRIMONIO INSTITUCIONAL, en las que no se haya presentado variación durante el período contable.
A manera de ilustración y con el propósito de aclarar la estructura del Estado de Cambios en el Patrimonio, a continuación se presenta el siguiente modelo:
1. ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO
Este estado debe ser elaborado por las empresas públicas y revela en forma comparativa con el período contable inmediatamente anterior, a nivel de cuenta, los fondos provistos y utilizados, clasificados en actividades de operación, inversión y financiación. Para el efecto deben considerarse los siguientes aspectos:
Efectivo. Son los recursos de liquidez inmediata que se registran en caja, cuentas corrientes y cuentas de ahorro.
Partidas equivalentes a efectivo. Representan gran liquidez, porque son fácilmente convertibles a efectivo, sin que pierdan valor en forma significativa, tales como las inversiones por administración de liquidez y los fondos vendidos con compromiso de reventa, para cumplir el pago de obligaciones a corto plazo.
Flujos de efectivo. Comprenden las entradas y salidas de efectivo y equivalentes a efectivo, realizadas en las actividades de la entidad contable pública.
Actividades de operación. Corresponden a las transacciones de entrada y salida de efectivo, derivadas de las actividades ordinarias de la entidad contable pública.
Actividades de inversión. Son las que representan la adquisición y disposición de activos a mediano y largo plazo, así como las inversiones no consideradas como equivalentes a efectivo.
Actividades de financiación. Partidas que representan entrada y salida de efectivo, relacionadas directamente con la adquisición y pago de recursos de capital aportado y endeudamiento, de la entidad contable pública.
Partidas extraordinarias. Se relacionan con los flujos originados en hechos, transacciones u operaciones que no tienen relación con las actividades ordinarias y deben ser clasificadas en cada una de las actividades de operación, inversión o financiación, según su origen.
Para su elaboración y presentación existen dos métodos: El directo y el indirecto. Por tanto, cada empresa pública debe presentar sus flujos de efectivo por el método que le resulte más apropiado.
2. ESTRUCTURA DEL ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO POR EL MÉTODO DIRECTO
El método directo presenta el origen y aplicación del efectivo y equivalentes a efectivo, relacionados con las actividades de operación, inversión y financiación, obteniendo los flujos netos de efectivo por cada una de estas actividades, para calcular el incremento o disminución neto del efectivo y equivalentes al efectivo.
Para obtener el flujo neto de efectivo originado en las actividades de operación se registran las partidas que generan o requieren de efectivo para el desarrollo de las funciones relacionadas con el cometido estatal, tales como recaudos por deudores, transferencias, avances y anticipos recibidos, depósitos recibidos en administración, así como los pagos originados por compra de inventario y pago de proveedores, bienes y servicios pagados por anticipado, pago de acreedores, entre otros.
Igualmente se revelan las partidas propias de las actividades de inversión, como venta de propiedades, planta y equipo o inversiones que no han sido clasificadas como equivalentes a efectivo, entre otros y los valores pagados en la compra de estos mismos recursos, para obtener así el flujo neto de efectivo por actividades de inversión.
Además se presentan las partidas propias de las actividades de financiación tales como préstamos recibidos, deuda por operaciones de crédito público y financiamiento, aportes de capital, así como el pago de dividendos y las amortizaciones por endeudamiento, obteniendo los flujos de efectivo por actividades de financiación.
Finalmente se calcula el incremento o disminución del efectivo y equivalentes al efectivo, obtenido de la suma algebraica de los flujos netos de efectivo originados en las actividades de operación, inversión y financiación.
A este valor se le suma el saldo inicial del efectivo y equivalentes al efectivo, para obtener el saldo final del período.
A manera de ilustración y con el propósito de aclarar la estructura del Estado de Flujos de Efectivo aplicando el método directo puede observarse el siguiente modelo:
Este estado se complementa con los anexos 1 y 2 que revelan la desagregación de los conceptos de efectivo y equivalentes al efectivo, así como la conciliación entre el resultado del ejercicio y el flujo de efectivo neto de las actividades de operación.
MODELO
NOMBRE DE LA ENTIDAD CONTABLE PÚBLICA
ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO
PARA EL AÑO TERMINADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 200X
(Cifras en xxx pesos)
MÉTODO DIRECTO
(Año Actual) | (Año Anterior) | |
200X | 200X-1 | |
FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE OPERACIÓN | ||
Origen/ Recaudos | ||
Deudores | XXX | XXX |
Avances y Anticipos Recibidos | XXX | XXX |
Depósitos Recibidos en Garantía | XXX | XXX |
Recaudos a favor de Terceros | XXX | XXX |
Ingresos recibidos por Anticipado | XXX | XXX |
Oros Recursos Recibidos | XXX | XXX |
EFECTIVO ORIGINADO EN LA OPERACIÓN | XXX | XXX |
Aplicación /Pagos | ||
Avances y Anticipos entregados | XXX | XXX |
Anticipos o Saldos a favor por Impuestos y Contribuciones | XXX | XXX |
Depósitos entregados en Garantía | XXX | XXX |
Compra de inventarios y proveedores | XXX | XXX |
Compra de Otros Activos | XXX | XXX |
Bienes y Servicios Pagados por Anticipado | XXX | XXX |
Pago de Acreedores por Intereses, Impuestos y otros | XXX | XXX |
Pago de Obligaciones Laborales y de seguridad Social Integral | XXX | XXX |
Pagos por Prestación de Servicios | XXX | XXX |
Otros Pagos en Actividades de Operación | XXX | XXX |
EFECTIVO APLICADO EN ACTIVIDADES DE OPERACIÓN | XXX | XXX |
FLUJO NETO DE EFECTIVO EN ACTIVIDADES DE OPERACIÓN | XXX | XXX |
FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE INVERSIÓN | ||
Origen /recaudos | ||
Venta de Propiedades, Planta y Equipo | XXX | XXX |
EFECTIVO ORIGINADO EN ACTIVIDADES DE INVERSIÓN | XXX | XXX |
Aplicación /Pagos | ||
Adquisición de propiedades, Planta y Equipo | XXX | XXX |
Otros Pagos Originados en Actividades de Inversión | XXX | XXX |
EFECTIVO APLICADO EN ACTIVIDADES DE INVERSIÓN | XXX | XXX |
FLUJO NETO DE EFECTIVO EN ACTIVIDADES DE INVERSIÓN | XXX | XXX |
FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE FINANCIACIÓN | ||
Origen /Recaudos | ||
Deuda por Operaciones de Crédito Público y Financiamiento con Banca Central | XXX | XXX |
Deuda por Operaciones de Financiamiento e Instrumentos Derivados | XXX | XXX |
Otros Ingresos Recibidos en Actividades de Financiación | XXX | XXX |
EFECTIVO ORIGINADO EN ACTIVIDADES DE FINANCIACIÓN | XXX | XXX |
Aplicación /Pagos | ||
Amortización de Operaciones de Crédito Público y Financiamiento con Banca Central | XXX | XXX |
Amortización de Operaciones de Financiamiento e Instrumentos Derivados | XXX | XXX |
Redención de Otros Títulos Emitidos | XXX | XXX |
Otros Pagos Originados en Actividades de Financiación | XXX | XXX |
EFECTIVO APLICADO EN ACTIVIDADES DE FINANCIACIÓN | XXX | XXX |
FLUJO NETO DE EFECTIVO EN ACTIVIDADES DE FINANCIACIÓN | XXX | XXX |
INCREMENTO (DISMINUCIÓN) NETO DEL EFECTIVO Y EQUIVALENTES A EFECTIVO | XXX | XXX |
EFECTIVO Y EQUIVALENTES A EFECTIVO AL INICIO DEL PERIODO | XXX | XXX |
EFECTIVO Y EQUIVALENTES A EFECTIVO AL FINAL DEL PERIODO | XXX | XXX |
FIRMA REPRESENTANTE LEGAL FIRMA CONTADOR PÚBLICO
NOMBRE: NOMBRE:
(Adjunto Certificación) T.P.
FIRMA REVISOR FISCAL
NOMBRE:
T.P.
(Adjunto Dictamen
En el Anexo 1 Las empresas públicas deben elaborar un anexo que indique la desagregación de las cuentas de efectivo y equivalentes al efectivo, en forma comparativa con el período anterior, con el fin de informar cómo se compone el resultado de este estado. Así mismo, se informará si existe restricción de recursos tales como embargos, destinación específica, entre otros.
En el Anexo 2 Las empresas públicas deben elaborar el anexo relativo a la conciliación del resultado del ejercicio y el flujo de efectivo neto en actividades de operación.
3. ESTRUCTURA DEL ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO POR EL MÉTODO INDIRECTO
El método indirecto se presenta partiendo del excedente (déficit) del ejercicio, depurando en forma separada las partidas que no involucraron efectivo y que afectaron el resultado, tales como provisiones, depreciaciones y amortizaciones, para establecer el efectivo generado en la operación, al que se le adiciona el resultado de las variaciones en activos y pasivos, relacionadas con las actividades de operación, para obtener el flujo neto de efectivo originado en actividades de operación.
Igualmente se revelan las partidas propias de las actividades de inversión como compra de propiedades, planta y equipo o inversiones que no han sido clasificadas como equivalentes a efectivo, entre otros y los valores recaudados por venta de estos mismos recursos, dando como resultado el flujo neto de efectivo por actividades de inversión.
Además se presentan las partidas propias de las actividades de financiación tales como préstamos recibidos, deuda por operaciones de crédito público y financiamiento,
ANEXOS AL ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO
ANEXO I. DETALLE DEL EFECTIVO Y EQUIVALENTES A EFECTIVO
(Año Actual) | (Año anterior) | |
200X | 200X-1 | |
Efectivo y equivalentes de Efectivo | ||
Depósitos en Instituciones Financieras | XXX | XXX |
Operaciones de Administración de Liquidez | XXX | XXX |
Inversiones por Administración de Liquidez | XXX | XXX |
total Efectivo y Equivalentes de Efectivo | XXX | XXX |
=========== | ============ | |
Recursos Restringidos | XXX | XXX |
Embargos | XXX | XXX |
Destinación Específica | XXX | XXX |
ANEXO 2 – CONCILIACIÓN ENTRE EL RESULTADO DEL EJERCICIO Y EL FLUJO DE EFECTIVO NETO DE ACTIVIDADES DE OPERACIÓN | ||
(Año Actual) | (Año anterior) | |
200X | 200X-1 | |
EXCEDENTE (DÉFICIT) DEL EJERCICIO | XXX | XXX |
MOVIMIENTO DE PARTIDAS QUE NO INVOLUCRAN EFECTIVO | XXX | XXX |
Ingreso por Operaciones sin Flujo de Efectivo | XXX | XXX |
Ingresos Extraordinarios | XXX | XXX |
Provisiones | XXX | XXX |
Depreciaciones | XXX | XXX |
Amortizaciones | XXX | XXX |
Gastos Extraordinarios | XXX | XXX |
Otras Partidas que no involucran Efectivo | XXX | XXX |
Incremento (Disminución) Inventarios | XXX | XXX |
Incremento (Disminución) Otros Activos | XXX | XXX |
Incremento (Disminución) Cuentas por Pagar | XXX | XXX |
Incremento (Disminución) Obligaciones Laborales y de seguridad Social Integral | XXX | XXX |
Incremento (Disminución) Pasivos Estimados | XXX | XXX |
Incremento (Disminución) Otros Pasivos | XXX | XXX |
FLUJO NETO DE EFECTIVO EN ACTIVIDADES DE OPERACIÓN | XXX | XXX |
aportes de capital, así como el pago de dividendos y las amortizaciones de endeudamiento, obteniendo los flujos de efectivo por actividades de financiación.
Finalmente se calcula el incremento o disminución del efectivo y equivalentes al efectivo, obtenido de la suma algebraica de los flujos netos del efectivo originado en las actividades de operación, inversión y financiación. A este valor se le suma el saldo inicial del efectivo y equivalentes al efectivo, para establecer el saldo final del período.
A manera de ilustración y con el propósito de aclarar la estructura del estado de flujos de efectivo, aplicando el método indirecto, a continuación se presenta el siguiente modelo:
MODELO
NOMBRE DE LA ENTIDAD CONTABLE PÚBLICA
ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO
PARA EL AÑO TERMINADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 200X
(Cifras en xxx pesos)
(Año actual) | (Año anterior) | |
200X | 200X-1 | |
FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE OPERACIÓN | ||
EXCEDENTE (DÉFICIT) DEL EJERCICIO | XXX | XXX |
MOVIMIENTO DE PARTIDAS QUE NO INVOLUCRAN EFECTIVO | XXX | XXX |
Ingreso por Operaciones sin Flujo de Efectivo | XXX | XXX |
Provisiones | XXX | XXX |
Depreciaciones | XXX | XXX |
Amortizaciones | XXX | XXX |
Ingresos Extraordinarios | XXX | XXX |
Gastos Extraordinarios | XXX | XXX |
Otras Partidas que no involucran Efectivo | XXX | XXX |
EFECTIVO GENERADO EN LA OPERACIÓN | XXX | XXX |
CAMBIOS EN ACTIVOS Y PASIVOS | XXX | XXX |
Deudores | XXX | XXX |
Inventarios | XXX | XXX |
Otros Activos | XXX | XXX |
Cuentas por Pagar | XXX | XXX |
Obligaciones Laborales y de Seguridad Social Integral | XXX | XXX |
Pasivos Estimados | XXX | XXX |
Otros Pasivos | XXX | XXX |
EFECTIVO GENERADO EN CAMBIOS DE ACTIVOS Y PASIVOS | XXX | XXX |
FLUJO NETO DE EFECTIVO EN ACTIVIDADES DE OPERACIÓN | XXX | XXX |
FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE INVERSIÓN | ||
Adquisición de Propiedades, Planta y Equipo | XXX | XXX |
Venta de Propiedades, Planta y Equipo | XXX | XXX |
Otros Ingresos Recibidos en Actividades de Inversión | XXX | XXX |
Otros Pagos Originados en Actividades de Inversión | XXX | XXX |
FLUJO NETO DE EFECTIVO EN ACTIVIDADES DE INVERSIÓN | XXX | XXX |
FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE FINANCIACIÓN | XXX | XXX |
Deuda por Operaciones de Crédito Público y Financiamiento con Banca Central | XXX | XXX |
Amortización de Operaciones de Crédito Público y Financiamiento con Banca Central | XXX | XXX |
Deuda por Operaciones de Financiamiento e Instrumentos Derivados | XXX | XXX |
Otros Ingresos Recibidos en Actividades de Financiación | XXX | XXX |
Otros Pagos originados en Actividades de Financiación | XXX | XXX |
FLUJO NETO DE EFECTIVO EN ACTIVIDADES DE FINANCIACIÓN | XXX | XXX |
INCREMENTO (DISMINUCIÓN) NETO DEL EFECTIVO Y EQUIVALENTES A EFECTIVO | XXX | XXX |
EFECTIVO Y EQUIVALENTES A EFECTIVO AL INICIO DEL PERIODO | XXX | XXX |
EFECTIVO Y EQUIVALENTES A EFECTIVO AL FINAL DEL PERIODO | XXX | XXX |
========= | ========== |
FIRMA REPRESENTANTE LEGAL FIRMA CONTADOR PÚBLICO
NOMBRE NOMBRE
(Adjunto Certificación) T.P.
FIRMA REVISOR FISCAL
NOMBRE
T.P.
(Adjunto Dictamen)
ANEXO 1 – DETALLE DEL EFECTIVO Y EQUIVALENTES A EFECTIVO
(Año Actual) | (Año Anterior) | |
200X | 200X-1 | |
Efectivo y Equivalentes de Efectivo | ||
Depósitos en Instituciones Financieras | XXX | XXX |
Operaciones de Administración de Liquidez | XXX | XXX |
Inversiones por Administración de Liquidez | XXX | XXX |
Total Efectivo y Equivalentes de Efectivo | XXX | XXX |
========== | ============= | |
Recursos Restringidos | XXX | XXX |
Embargos | XXX | XXX |
Destinación Específica | XXX | XXX |
Este estado se complementa a través de un anexo que revela la desagregación de los conceptos de efectivo y equivalentes al efectivo.
En el Anexo 1 las empresas públicas deben desagregar las cuentas de efectivo y equivalentes al efectivo, en forma comparativa con el período anterior, con el fin de informar cómo se compone el resultado de este estado. Así mismo, se informará si existe restricción de recursos tales como embargos, destinación específica, entre otros.
4. NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES BÁSICOS
Las notas a los estados contables básicos son parte integral de éstos y forman con ellos un todo indisoluble. Estas notas son de carácter general y específico y tienen como propósito dar a conocer información adicional sobre las cifras presentadas, así como aspectos cualitativos o cuantitativos físicos, que presentan dificultad para su medición monetaria y que han afectado o pueden afectar la situación financiera, económica, social y ambiental de la entidad contable pública.
Sin perjuicio de la información que expresamente se solicita en las normas técnicas y los procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública, en lo correspondiente a revelaciones en notas, para su elaboración y presentación se debe considerar:
5. NOTAS DE CARÁCTER GENERAL
Permiten conocer situaciones que caracterizan particularmente a la entidad y realidades de su proceso contable, en donde se informa:
6. NATURALEZA JURÍDICA Y FUNCIONES DE COMETIDO ESTATAL
Corresponde a la estructura orgánica de la entidad contable pública que incluye la denominación, la naturaleza jurídica y su régimen jurídico, indicando los órganos superiores de dirección y administración, el ministerio o departamento administrativo al cual está adscrito o vinculado, cuando sea el caso y las actividades que desarrolla con el fin de cumplir con las funciones de cometido estatal asignadas.
Adicionalmente, señala los cambios ordenados que comprometen su continuidad, tales como supresión, fusión, escisión o liquidación.
7. POLÍTICAS Y PRÁCTICAS CONTABLES
Se refieren a la aplicación del Régimen de Contabilidad Pública en cuanto a sus principios, normas técnicas y procedimientos. Así como los métodos y prácticas contables, de carácter específico, si las hubiera, adoptados por la entidad contable pública para el reconocimiento de las transacciones, hechos y operaciones, y para preparar y presentar sus estados contables básicos. También, se informan las razones sobre las decisiones adoptadas en el evento en que existan diferentes posibilidades de reconocer de manera confiable un hecho y el impacto en los estados contables.
8. LIMITACIONES Y DEFICIENCIAS GENERALES DE TIPO OPERATIVO O ADMINISTRATIVO QUE TIENEN IMPACTO CONTABLE
Corresponden a circunstancias que inciden en el normal desarrollo del proceso contable o en la consistencia y razonabilidad de las cifras, tales como procedimientos establecidos para el proceso y manejo de los documentos y soportes contables, conformación del área financiera, implementación de sistemas integrados para cada una de las áreas responsables del proceso, procedimientos para la realización de inventarios y avalúos, entre otras.
9. EFECTOS Y CAMBIOS SIGNIFICATIVOS EN LA INFORMACIÓN CONTABLE
Revelan los cambios en la aplicación de métodos o procedimientos contables; las razones y efectos derivados de los ajustes o correcciones realizadas, originadas en reclasificaciones y depuración de cifras y conciliaciones; así como la cuantía, el origen y efecto de los ajustes de ejercicios anteriores, que incidieron significativamente en las cifras presentadas en los estados contables básicos. Igualmente, se informa sobre las diferencias presentadas entre los valores reportados en la información y, los valores establecidos mediante inventarios físicos o reales de los bienes, derechos y obligaciones.
10. NOTAS DE CARÁCTER ESPECÍFICO
Se refieren a situaciones particulares sobre la información contable, estructuradas de acuerdo con el Catálogo General de Cuentas y que por su materialidad deben mostrar información adicional cualitativa y cuantitativa, como valor agregado, la cual sirve para interpretar las cifras de los estados contables, por cuanto no solamente las amplían sino que incorporan análisis específicos, en determinadas cuentas, considerando entre otros aspectos:
11. CONSISTENCIA Y RAZONABILIDAD DE LAS CIFRAS
Considera la información relacionada con aspectos tales como ausencia de avalúos y actualización de los bienes, derechos y obligaciones, así como la información no incorporada en la contabilidad, que se originó por los procesos de fusión, escisión o liquidación. Si se presentaron hechos posteriores al cierre, que afectan la consistencia y razonabilidad de las cifras debe hacerse remisión a la nota correspondiente. También se informa sobre la implementación de procedimientos que garantizan la sostenibilidad de las cifras.
12. VALUACIÓN
Revela las bases específicas de medición utilizadas por la entidad contable pública que le permitieron cuantificar las operaciones incorporadas en la información contable pública; así como la conversión de las cifras en moneda extranjera a moneda nacional y los métodos para la estimación de provisiones, amortizaciones y agotamiento, que de manera particular se informa en las notas referidas a las cuentas.
13. RECURSOS RESTRINGIDOS
Se refiere a los recursos que por mandato legal tienen destinación específica y fueron incorporados en la información contable pública y que requieren un sistema de cuentas separadas, para lo cual se informarán los recursos disponibles, bienes, derechos, obligaciones, ingresos, gastos y costos. Así mismo, incluye los recursos embargados de efectivo, derechos y bienes.
14. SITUACIONES PARTICULARES
Consideran situaciones específicas sobre las cuentas de los diferentes estados contables, ampliando la información y mostrando un análisis de interés para los lectores, tales como:
Efectivo. Se debe informar si las conciliaciones bancarias han sido elaboradas en forma oportuna y se realizaron los ajustes correspondientes, y si existen valores pendientes de reintegrar a la tesorería centralizada.
Inversiones. Se revelan los diferentes tipos de inversión, el nombre el emisor, el tipo de título, el costo, el porcentaje de participación o valor intrínseco, valorizaciones o provisiones constituidas, así como la metodología aplicada para la actualización.
Rentas por cobrar. Muestran los saldos de los diferentes impuestos por cobrar, indicando la antigüedad de las cifras reveladas en la vigencia anterior, clasificada por anualidades, y los índices de rotación de cartera. Igualmente revela el valor total recaudado en efectivo y títulos, señalando el tipo de título y monto.
Deudores. Se informa sobre el resultado del análisis de la rotación de cartera y los métodos y criterios utilizados para la estimación de las provisiones constituidas y el riesgo de incobrabilidad. Así mismo el deudor, monto y antigüedad de los avances y anticipos entregados y la misma información de los recursos y depósitos entregados.
Inventarios. Revelan la situación de las existencias en cuanto a si se realizan conteos físicos y si se ajustan oportunamente; se han implementado procedimientos para su salvaguarda y seguimiento, el método de valoración utilizado y las provisiones reconocidas.
Propiedades, planta y equipo. De acuerdo con la clasificación de los bienes, informa situaciones como: vida útil adoptada o cualquier cambio en su estimación y el método utilizado para las depreciaciones y amortizaciones; metodología aplicada para la actualización de los bienes; bienes de uso permanente recibidos o trasladados entre entidades del gobierno, indicando la entidad que recibió o que trasladó el bien y, si es a una empresa, indica su nombre y el valor reclasificado.
Bienes de beneficio y uso público* e históricos y culturales. Cuando no sea posible la medición monetaria confiable debe revelarse la información cualitativa o cuantitativa física de los bienes, indicando el tipo, característica o naturaleza; situación (en servicio, concesionado o en administración); ubicación y estado.
Recursos naturales no renovables. Deben revelar la metodología aplicada para el reconocimiento y la actualización y su efecto financiero, monto y cantidad de las incorporaciones y recursos entregados en explotación durante el período contable, vida útil y agotamiento.
También debe revelarse el monto de las inversiones realizadas, así como la amortización registrada, en el período contable.
Otros activos. Informan sobre la metodología aplicada para la amortización de los activos diferidos, el número de períodos de amortización o vida útil estimada, relación de bienes, cuya tenencia esté en poder de un tercero y el acto o contrato que los respalda.
Operaciones de crédito público y financiamiento con banca central. De acuerdo con el origen, informa el monto total autorizado y emitido, el plazo pactado para los títulos de deuda, la entidad que provee el financiamiento, las obligaciones garantizadas, el deudor, y el monto de las obligaciones asumidas y condonadas.
Cuentas por pagar. Muestran información sobre saldos antiguos y razones de su existencia, el beneficiario, monto y antigüedad de los avances y anticipos recibidos, así como el acreedor y el monto de los recursos y depósitos recibidos, origen y valor de las sentencias y conciliaciones judiciales.
Pasivos estimados. Revelan la composición general de las provisiones y el procedimiento para su estimación, descripción detallada de las provisiones diversas y de los litigios y demandas, en cuanto al estado del proceso, demandante, monto y evaluación del riesgo.
Otros pasivos. Detalle de los recaudos a favor de terceros con indicación del beneficiario de los recursos.
En relación con los anticipos de impuestos, indicar si se realizaron los reconocimientos y las aplicaciones en la vigencia correspondiente, cuando se liquiden en las declaraciones tributarias o actos administrativos correspondientes.
Patrimonio. Revela la estructura y clasificación de los aportes patrimoniales, indicando los porcentajes de participación, el monto respectivo, la entidad pública o privada a la que pertenecen, aportes adicionales de capital, monto y porcentaje de los dividendos cancelados en efectivo y los que son pagados en acciones o cuotas partes, naturaleza de las reservas constituidas y monto de lo utilizado, variación en la participación patrimonial y restricciones existentes sobre distribución de ganancias acumuladas; también se debe indicar si la situación patrimonial compromete la continuidad o funcionamiento de la entidad contable pública y el detalle de los bienes, derechos y obligaciones incorporados.
Ingresos y gastos. Tratándose de Operaciones Interinstitucionales, informan si se realizaron las conciliaciones de las operaciones con la tesorería centralizada y se efectuaron los ajustes y reclasificaciones. Igualmente, se debe revelar el origen de los ajustes imputables a ejercicios anteriores, el origen y monto de las partidas extraordinarias, el valor de los bienes y derechos castigados determinando la razón de su retiro, el valor de las pérdidas originadas por caso fortuito o fuerza mayor. Cuando se realicen transacciones con entes vinculados o adscritos, que puedan tener alguna relevancia en los resultados, se indicará la entidad contable pública, el concepto y el monto.
Costo de ventas y operación, y producción. Informa sobre el sistema de costos utilizado, metodología del costeo, bases sobre la cual funciona el sistema de costos y la distribución de costos indirectos.
Cuentas de orden. En relación con los derechos y responsabilidades contingentes se informan los hechos o situaciones que generan incertidumbre sobre un posible derecho u obligación, identificando la persona natural o jurídica relacionada, la situación particular, el monto y si podrían influir en los resultados. En cuanto a las cuentas de orden fiscales se presenta la conciliación entre las cifras contables y las fiscales, así como la conciliación patrimonial, cuando sea el caso. Por su parte, sobre las cuentas de orden de control se indican las operaciones realizadas con terceros que no se encuentran registradas en cuentas de balance o actividad y las operaciones que deben ser controladas por la entidad contable pública, tales como bienes entregados en custodia, mercancías en consignación, contratos de leasing operativo y préstamos por recibir.
15. HECHOS POSTERIORES AL CIERRE
Debe revelarse la información conocida con posterioridad a la fecha de cierre y que, estando los estados contables emitidos, no fue incorporada en las cuentas reales y de resultado.
PROCEDIMIENTO RELACIONADO CON LAS FORMAS DE ORGANIZACIÓN
Y EJECUCIÓN DEL PROCESO CONTABLE.
De acuerdo con la estructura y características de las entidades contables públicas, éstas desarrollan su proceso contable de tal forma que se ajuste a sus necesidades y requerimientos. En este sentido, se presentan las siguientes formas de organización contable:
1. Entidades contables públicas que llevan contabilidad independiente pero que deben agregar la información para el reporte a la Contaduría General de la Nación
2. Entidades contables públicas que llevan su contabilidad en un proceso integrado como una sola
3. Entidades contables públicas que están organizadas a través de seccionales o regionales y el proceso contable es integrado
4. Entidades contables públicas que internamente organizan el proceso contable a través de unidades o centros de responsabilidad contable
5. Entidades contable públicas que administran fondos cuentas y/o fondos especiales y/o cuentas especiales
6. Formas alternativas de organización contable
1. ENTIDADES CONTABLES PÚBLICAS QUE LLEVAN CONTABILIDAD INDEPENDIENTE PERO SON AGREGADAS POR OTRAS PARA EL REPORTE A LA CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Entidades Contables Públicas Agregadoras. Son entidades agregadoras las que además de preparar y reportar su propia información, les corresponde agregar la información de otras entidades contables públicas, denominadas agregadas, mediante un proceso extracontable y por instrucción de la Contaduría General de la Nación. Se consideran como tales los departamentos, distritos y municipios, es decir, en general, las entidades territoriales.
Entidades Contables Públicas Agregadas. Son entidades agregadas las que preparan su información contable en forma independiente y la reportan a la Contaduría General de la Nación a través de las entidades agregadoras, en virtud de la organización presupuestal y financiera, y por disposición del Contador General. En el contexto del plan general de contabilidad pública se caracterizan por ser unidades administrativas o económicas que generalmente no tienen personería jurídica, aunque tienen autonomía administrativa y financiera y hacen parte de la administración central de la entidad.
En el nivel territorial corresponde a la información que preparan, entre otras, las contralorías territoriales, asambleas departamentales, concejos municipales, personerías, colegios, y hospitales que no están constituidas como empresas sociales del Estado.
2. PROCESO DE AGREGACIÓN DE LAS CONTABILIDADES INDEPENDIENTES
La agregación es el proceso mediante el cual se suman algebraicamente los saldos y movimientos contables de una entidad agregadora con los saldos y movimientos del mismo período de otra entidad agregada, con el fin de generar saldos agregados y presentarlos como los de una sola entidad contable pública, a los usuarios que lo requieran.
La organización del proceso contable en forma independiente, en cada una de las entidades que son agregadas, está caracterizada por los siguientes aspectos:
a) La totalidad de las actividades del proceso contable se administran y controlan en forma independiente de la entidad agregadora, tales como: administración de soportes contables, elaboración de comprobantes de contabilidad, registro de las operaciones en los libros de contabilidad, elaboración de estados, informes y reportes contables
b) Las entidades agregadas tienen la obligación de reportar a la CGN a través de una entidad agregadora
c) El reconocimiento contable de las operaciones que impliquen traslados de fondos entre las respectivas entidades agregadas y la agregadora se realizará en cumpliendo de las disposiciones contenidas en el Régimen de Contabilidad Pública, utilizando las respectivas cuentas 4705-FONDOS RECIBIDOS y 5705-FONDOS ENTREGADOS, o 4428-OTRAS TRANSFERENCIAS y 5423-OTRAS TRANSFERENCIAS, según corresponda
3. INFORMACIÓN OBJETO DE AGREGACIÓN
Las entidades contables públicas agregadas deben preparar y reportar la información contable a las entidades contables públicas agregadoras en los formularios definidos por la CGN con el contenido, características y requisitos exigidos en la resolución de plazos y requisitos. Estos son:
a) CGN2005_001_SALDOS _Y _MOVIMIENTOS
b) CGN2005_002_OPERACIONES _RECÍPROCAS
c) CGN2005NE_003_NOTAS _D E_ CARÁCTER_ ESPECIFICO
d) CGN2005NG_003_NOTAS _DE _CARÁCTER _GENERAL
4. REQUISITOS PARA EL REPORTE DE LA INFORMACIÓN DE LAS ENTIDADES AGREGADAS A LAS AGREGADORAS
La información que envían las entidades contables públicas agregadas a las agregadoras debe reunir los siguientes requisitos:
a) Debe enviarse en las fechas establecidas en la resolución de plazos y requisitos
b) Debe remitirse en medio magnético o electrónico
c) Debe conservarse la misma estructura definida a través del Sistema Consolidador de Hacienda e Información Pública – CHIP
d) Debe validarse previamente la consistencia de la información. Este proceso se puede realizar directamente en la entidad contable pública agregada, si tiene habilitada la funcionalidad correspondiente del CHIP, o a través de la entidad agregadora
f) La información reportada debe estar certificada según lo establecido en el Régimen de Contabilidad Pública
5. PROCESO TÉCNICO DE AGREGACIÓN DE LA INFORMACIÓN CONTABLE EN LA ENTIDAD AGREGADORA
Le corresponde a la entidad contable pública agregadora realizar un proceso extracontable de agregación para los formularios CGN2005_001_SALDOS Y MOVIMIENTOS y CGN2005_002_OPERACIONES_ RECIPROCAS.
El proceso extracontable corresponde al conjunto ordenado de actividades y operaciones que se desarrollan en la entidad agregadora para conformar o estructurar los formularios agregados que se reportan a la CGN, sin afectar los saldos de libros de contabilidad y los registros realizados a través de los documentos fuente, en las entidades partícipes del proceso de agregación.
6. AGREGACIÓN DEL FORMULARIO CGN2005_ 001_SALDOS _Y _MOVIMIENTOS
En el proceso de agregación de este formulario se deben tener en cuenta los siguientes pasos:
Conformación de la hoja de trabajo. La entidad agregadora debe generar una Hoja de Trabajo de Agregación para este formulario con los saldos reportados por cada una de las entidades contables públicas agregadas y los propios, la cual es la base para la elaboración del respectivo formulario agregado de saldos y movimientos que es objeto de reporte a la CGN.
El proceso se realiza tomando la información individual contenida en el formulario denominado CGN2005_001_ SALDOS Y MOVIMIENTOS tanto de la agregadora como de las agregadas a nivel de subcuenta.
Determinación del saldo inicial agregado. Este saldo se obtiene de la sumatoria de los saldos iniciales reportados por las entidades agregadas y por la agregadora para cada una de las subcuentas objeto de agregación. Es la primera columna de la Hoja de Trabajo de Agregación.
Agregación de los movimientos débitos y créditos de las entidades partícipes en el proceso. Estos valores se obtienen de la sumatoria de los movimientos débitos y créditos reportados por la entidad agregadora y las agregadas para el periodo objeto de reporte.
Eliminación de operaciones recíprocas de las entidades partícipes en el proceso de agregación. Si fueron reportados saldos de operaciones recíprocas entre las entidades que forman parte del proceso de agregación, se debe incluir una columna en la Hoja de Trabajo de Agregación para las eliminaciones, como parte del movimiento, cuyos valores se obtienen de la sumatoria de los saldos recíprocos reportados en las respectivas subcuentas recíprocas.
Obtención del saldo final. El saldo final corresponde a la suma algebraica del saldo inicial con los movimientos débitos y créditos, menos la columna de eliminaciones, siguiendo las reglas establecidas para el correspondiente formulario.
Distribución del saldo final en corriente y no corriente. Teniendo en cuenta que la información individual reportada para el proceso de agregación por las entidades agregadas y la agregadora contienen la información distribuida en corriente y no corriente, la entidad agregadora realizará la distribución tomando combo base dicha información individual, sumando algebraicamente los saldos de cada columna.
Comprobación de saldos agregados. La entidad agregadora debe realizar las comprobaciones de consistencia en la obtención de los diferentes saldos agregados que conforman la Hoja de Trabajo de Agregación, que sirve de base para el reporte a la CGN a través del CHIP.
7. AGREGACIÓN DEL FORMULARIO CGN2005_ 002_OPERACIONES_ RECIPROCAS
En el proceso de agregación de este formulario se deben tener en cuenta los siguientes pasos:
Reporte de operaciones recíprocas para la agregación. Las entidades agregadas reportarán a la entidad agregadora la totalidad de los saldos que conforman las operaciones recíprocas en el formulario CGN2005_002_ OPERACIONES _RECIPROCAS. Por su parte, la entidad agregadora tendrá su propio formulario CGN2005_002_OPERACIONES _RECIPROCAS con la totalidad de los saldos que conforman las operaciones recíprocas.
Se denomina operaciones recíprocas a la transacción financiera que se realice entre diferentes entidades contables públicas por conceptos que pueden estar asociados con activos, pasivos, patrimonio, ingresos, gastos o costos, cualesquiera sea el nivel y sector al que pertenezcan.
Incorporación de operaciones recíprocas entre entidades que son agregadas por una misma entidad agregadora. En el reporte de la información en este formulario las entidades agregadas y agregadoras deben tener en cuenta que cuando la entidad contable pública con la cual se realizó la operación recíproca corresponda a alguna de las que hacen parte del proceso de agregación deben incorporar esta operación recíproca en el respectivo formulario CGN2005_002_ OPERACIONES _RECIPROCAS. Para ello, utilizarán el código institucional asignado a la entidad agregadora con el nombre de la entidad con la cual se realizó la operación recíproca. Por ejemplo: Si el Concejo Municipal realiza una operación recíproca con la Personería Municipal, el reporte se realizará utilizando el código institucional del municipio, debidamente conciliados.
Conformación hoja de trabajo para el formulario de agregación. La entidad agregadora debe generar una Hoja de Trabajo de Agregación de Operaciones Reciprocas con los saldos recíprocos reportados por cada una de las entidades contables públicas agregadas y los propios, la cual es la base para la elaboración del respectivo formulario agregado de operaciones recíprocas que será objeto de reporte a la CGN.
El proceso se realiza tomando la información individual contenida en el formulario denominado CGN2005_002_OPERACIONES _RECIPROCAS tanto de la agregadora como de las agregadas.
Situaciones a tener en cuenta en el proceso de agregación de las operaciones recíprocas. En el proceso de agregación del formulario CGN2005_002_ OPERACIONES _RECIPROCAS la entidad agregadora debe tener en cuenta las siguientes situaciones:
a) Cuando se reporten operaciones recíprocas en subcuentas diferentes y con entidades contables públicas diferentes a las que hacen parte del proceso de agregación, la totalidad de estas operaciones se incorpora al formulario de agregación.
b) Cuando en una misma subcuenta se reportan operaciones recíprocas con una misma entidad, se suman los valores reportados en esta subcuenta conservando la distribución en corriente y no corriente.
c) Cuando en una misma subcuenta se reportan operaciones recíprocas con diferentes entidades, se incorporan al formulario de agregación cada uno de los valores reportados.
d) La entidad agregadora debe garantizar la eliminación plena de los saldos de las operaciones recíprocas reportadas entre las entidades que hacen parte del proceso de agregación. Para el efecto, debe procurar que los saldos reportados de estas operaciones estén debidamente conciliados, lo cual significa que los saldos deben ser iguales en las subcuentas recíprocas en cada una de las entidades.
e) El proceso de eliminación debe realizarse en la Hoja de Trabajo de Agregación del Formato CGN2005_001_SALDOS Y MOVIMIENTOS, incorporando como parte del movimiento los saldos de operaciones recíprocas a eliminar, en una columna adicional que resta de la sumatoria del saldo inicial más el movimiento. Se debe garantizar que no se elimine un mayor valor al del saldo inicial más el movimiento respectivo. En este caso, el Saldo Final Agregado se obtiene de la suma algebraica del Saldo Inicial más o menos el movimiento del periodo, menos la columna de eliminaciones.
f) Cuando los saldos de operaciones recíprocas entre las entidades partícipes del proceso de agregación no estén conciliados y no sea posible para la agregadora obtener su conciliación, no se debe realizar el proceso de eliminación para la operación o el saldo no conciliado. En este caso, esta operación recíproca debe incorporarse al formulario CGN2005_002_OPERACIONES _RECIPROCAS y como entidad recíproca el código institucional de la entidad agregadora, para que el proceso de eliminación lo realice la CGN.
Comprobación de saldos agregados. La entidad agregadora debe realizar las comprobaciones de consistencia en la obtención de los diferentes saldos agregados que conforman la Hoja de Trabajo Agregada, que sirve de base para el reporte a la CGN a través del CHIP.
8. AGREGACIÓN DE LOS FORMULARIOS CGN2005NE_003_NOTAS _DE _CARACTER_ ESPECIFICO Y CGN2005NG_003_NOTAS_ DE_ CARÁCTER _GENERAL
En la fecha de corte del 31 de diciembre y en los plazos definidos en la Resolución de plazos y requisitos las entidades agregadas deben enviar a la entidad agregadora, en medio magnético y en archivo de texto, las notas a los estados contables de acuerdo con la estructura definida en el procedimiento relacionado con la preparación de estados contables.
La entidad agregadora debe estructurar un formulario de Notas de Carácter Específico y General Agregado tomando como base las notas que preparó respecto a su propia información y las notas reportadas por las entidades agregadas.
El proceso consiste en complementar las notas a los estados contables de la entidad agregadora con las notas enviadas por las entidades agregadas, tomando la información que se considere relevante para incorporarse al formulario de notas de carácter específico y general agregado, el cual sirve de base para la incorporación o diligenciamiento a través del CHIP de los formularios respectivos.
9. ENTIDADES CONTABLES PÚBLICAS QUE LLEVAN LA CONTABILIDAD EN UN PROCESO INTEGRADO COMO UNA SOLA ENTIDAD
Las mismas entidades que se definen como agregadoras y agregadas pueden organizar, autónoma y concertadamente, el proceso contable en forma integrado entre todas ellas. Esta organización trae como consecuencia la existencia de una sola contabilidad.
Esta situación se presenta cuando en el nivel central del municipio o del departamento se lleva la contabilidad tanto del concejo municipal, asamblea departamental, de la personería, o contraloría, según corresponda.
La administración del proceso contable en forma integrado está caracterizado por aspectos tales como:
a) Aunque actúan varias entidades contables públicas el proceso contable se desarrolla como si se tratara de una sola entidad en cabeza de la entidad principal.
b) Las actividades propias del proceso contable se desarrollan en forma centralizada en la entidad principal, a donde llegarán los soportes o documentos fuentes generadores de información contable, que se producen en cualquiera de las entidades.
c) Deben existir códigos contables auxiliares para cada entidad que permitan identificar las operaciones en forma separada para la preparación de informes y reportes por entidad.
d) Los libros principales son únicos y están en cabeza de la entidad principal e incorporan la totalidad de las operaciones de las entidades involucradas.
e) Deben existir libros auxiliares en cada entidad.
f) Teniendo en cuenta la caracterización de este proceso que se administra en forma integrado no se considera pertinente la realización de un proceso extracontable de agregación, por cuanto la información que se genera contiene la totalidad de las operaciones individualmente realizadas por las entidades contable públicas y están integradas a nivel de los documentos fuentes o soportes, en la entidad responsable del reporte a la CGN.
g) Los estados contables se preparan en la entidad principal y corresponden a la situación y resultados de la totalidad de las entidades involucradas.
En esta forma de administración del proceso contable integrado se pueden presentar situaciones específicas o particulares entre la entidad principal, que tiene centralizada la contabilidad, y las demás entidades para el manejo separado de algunas actividades del proceso, lo cual debe ser definido y concertado entre las unidades participantes, con los procedimientos internos que correspondan.
En la organización y estructura de las entidades contables que se definen como agregadoras y agregadas se pueden presentar situaciones de organización del proceso contable en forma independiente con algunas agregadas y en forma integrada con otras. En este caso se aplican los procedimientos definidos para cada situación.
10. ENTIDADES CONTABLES PÚBLICAS QUE ESTÁN ORGANIZADAS A TRAVÉS DE SECCIONALES, REGIONALES O SIMILARES
Cuando una entidad contable pública está organizada a través de seccionales o regionales, que para efectos contables se denominan UNIDADES, se debe entender que el proceso contable está integrado, aunque cada unidad maneja parte de la información contable en forma separada, y la responsabilidad frente a la preparación de la información contable corresponde a la respectiva entidad y en cabeza del Representante Legal y del Contador, por tanto, la información contable debe ser observada y analizada integralmente como una sola entidad, sin perjuicio de la preparación de informes o reportes específicos que los organismos de control y administrativos puedan solicitar a estas unidades para el cumplimiento de sus funciones.
Son ejemplos de entidades contables públicas organizadas de esta forma el Ministerio de Protección Social, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, el Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA.
La administración del proceso contable en las entidades contables públicas organizadas con regionales, seccionales o similares se caracteriza por aspectos tales como:
a) Es una sola entidad contable pública que desarrolla su proceso contable integrado, pero con actividades de este proceso en las deferentes regionales y seccionales.
b) Las actividades de preparación o elaboración de los estados, informes o reportes contables es responsabilidad de la regional central o principal de acuerdo con la estructura interna de la entidad contable pública.
c) De acuerdo con la organización interna del proceso contable en la regional central o principal se centralizará el proceso de preparación de la información contable para reportarla a los diferentes usuarios que la requieran.
d) La entidad establecerá internamente los procedimientos contables o administrativos relacionados con la administración de soportes contables, del flujo de información contable entre las diferentes seccionales y de los documentos o información necesaria para la preparación de los estados, informes y reportes contables para el cumplimiento de las obligaciones con los diferentes usuarios.
e) Los libros principales son únicos y están en cabeza de la entidad contable pública, y en cuanto a la administración de los mismos se aplicará lo definido en el Régimen de Contabilidad Pública.
f) Las regionales o seccionales podrán tener los libros auxiliares necesarios que soporten la preparación de informes o reportes que soliciten autoridades o los usuarios de la información.
g) Si existen relaciones contables entre las diferentes regionales o seccionales a través de operaciones internas, la entidad contable pública debe estructurar un procedimiento interno para el manejo administrativo de estas relaciones, pero el reconocimiento contable de estas operaciones administrativas debe estar en concordancia con lo definido en el Régimen de Contabilidad Pública, y en ningún momento se constituyen en operaciones recíprocas a reportar a la Contaduría General de la Nación.
h) Las relaciones contables entre unidades que corresponden a traslados de activos y pasivos se registran afectando las respectivas cuentas 3105-Capital Fiscal o 3208-Capital Fiscal, según corresponda.
11. ENTIDADES CONTABLES PÚBLICAS ORGANIZADAS A TRAVÉS DE UNIDADES O CENTROS DE RESPONSABILIDAD CONTABLE
Cuando la entidad contable pública organiza internamente el proceso contable a través de centros o áreas de responsabilidad contable, que para efectos contables se denominan UNIDADES, se debe entender que el proceso contable está integrado, aunque cada unidad maneja parte de la información contable en forma separada y la responsabilidad frente a la preparación de la información contable corresponde a la entidad contable, la cual se debe observar y analizar integralmente como una sola entidad, sin perjuicio de la preparación de informes o reportes específicos que los organismos de control y administrativos puedan solicitar a los respectivos centros o áreas de responsabilidad contable para el cumplimiento de sus funciones.
La administración del proceso contable en las entidades contables públicas organizadas con unidades o centros o áreas de responsabilidad contable se caracteriza por aspectos tales como:
a) Es una sola entidad contable pública que desarrolla su proceso contable integrado, pero con actividades de este proceso en las deferentes unidades.
b) Las actividades de preparación o elaboración de los estados, informes o reportes contables es responsabilidad de la unidad central o principal de acuerdo con la estructura interna de la entidad contable pública.
c) De acuerdo con la organización interna del proceso contable deben estar centralizadas las actividades de preparación de la información contable para el suministro a los diferentes usuarios que la requieran.
d) La entidad establecerá internamente los procedimientos contables o administrativos relacionados con la administración de soportes contables, del flujo de información contable entre las diferentes unidades y de los documentos o información necesaria para la preparación de los estados, informes y reportes contables para el cumplimiento de las obligaciones con los diferentes usuarios.
e) Los libros principales son únicos y están en cabeza de la entidad contable pública, y en cuanto a la administración de los mismos se aplicará lo definido en el Régimen de Contabilidad Pública.
f) Las unidades deben tener los libros auxiliares necesarios que soporten la preparación de informes o reportes que soliciten autoridades o los usuarios de la información.
g) Si existen relaciones contables entre las diferentes unidades o centros o áreas de responsabilidad contable a través de operaciones internas, la entidad contable pública debe estructurar un procedimiento interno para el manejo administrativo de estas relaciones, pero el reconocimiento contable de estas operaciones administrativas debe estar en concordancia con lo definido en el Régimen de Contabilidad Pública, y en ningún momento se constituyen en operaciones recíprocas a reportar a la Contaduría General de la Nación.
h) Las relaciones contables entre unidades que corresponden a traslados de activos y pasivos se registran afectando las respectivas cuentas 3105-Capital Fiscal o 3208-Capital Fiscal, según corresponda.
12. ENTIDADES CONTABLES PÚBLICAS QUE ADMINISTRAN FONDOS CUENTAS Y/O FONDOS ESPECIALES Y/O CUENTAS ESPECIALES
Las entidades contables públicas que por disposiciones legales administran fondos cuentas o fondos especiales o cuentas especiales en donde se indica la separación contable de estos recursos con los de la entidad que los administra, debe entenderse que la organización del proceso contable es integrado, y que la responsabilidad frente a la preparación de la información contable corresponde a la entidad contable, la cual se debe observar y analizar integralmente como una sola entidad, sin perjuicio de la preparación de informes o reportes específicos que los organismos de control o administrativos puedan solicitar de los fondos cuentas fondos especiales o cuentas especiales para el cumplimiento de sus funciones.
Fondos cuentas. Se asimilan a los que normalmente están definidos como un sistema de manejo de cuentas separadas por parte de un organismo, para el cumplimiento de los objetivos contemplados en los actos de su creación, cuya administración se hace en los términos que en el mismo están señalados y con el personal de la entidad a la cual están adscritos, por tanto carecen de personería jurídica.
Fondos especiales. Constituyen fondos especiales en el orden nacional, los ingresos definidos en la ley para la prestación de un servicio público específico, así como los pertenecientes a fondos sin personería jurídica creados por el legislador (Artículo 30 del Decreto 111 de 1996).
Son ingresos definidos en la Ley del Presupuesto General de la Nación cuyos recursos se encuentran clasificados presupuestalmente en forma independiente. Estos fondos carecen de personería jurídica. Cuenta especial. Para los propósitos de este procedimiento, este concepto se asimila al de Fondo cuenta.
La administración del proceso contable en las entidades contables públicas que administran fondos cuentas y/o fondos especiales y/o cuentas especiales se caracteriza por aspectos tales como:
a) Es una sola entidad contable pública que desarrolla su proceso contable integrado, pero con la identificación plena y suficiente de las actividades y de los recursos de los fondos o cuentas que administra.
b) Las actividades de preparación o elaboración de los estados, informes o reportes contables es responsabilidad de la entidad contable pública, en donde de acuerdo con la organización interna estará la dependencia encargada de la preparación de la información contable para reportarla a los diferentes usuarios que la requieran.
c) Los libros principales son únicos y están en cabeza de la entidad contable pública, y en cuanto a la administración de los mismos se aplicará lo definido en el Régimen de Contabilidad Pública.
d) Los Fondos Cuentas o Fondos Especiales o Cuentas Especiales tendrán los libros auxiliares necesarios que soporten la preparación de informes o reportes que soliciten los diferentes usuarios de la información.
e) Si existen relaciones contables al interior de la entidad contable pública y los fondos o cuenta que administra, la entidad contable pública debe estructurar un procedimiento interno para el manejo administrativo de estas relaciones, pero el reconocimiento contable de estas operaciones administrativas debe estar en concordancia con lo definido en el Régimen de Contabilidad Pública, y en ningún momento se constituyen en operaciones recíprocas a reportar a la Contaduría General de la Nación.
f) Cuando estos fondos cuentas o fondos especiales se administren a través de entidades contables públicas que hacen parte del Sistema Integrado de Información Financiera – SIIF se deben tener en cuenta los aspectos técnicos y operativos que inciden en el proceso contable y los procedimientos específicos definidos por el SIIF.
13. FORMAS ALTERNATIVAS DE ORGANIZACIÓN CONTABLE
En la aplicación y definición de las situaciones particulares relacionadas con la organización del proceso contable en la entidad contable pública, pueden presentarse situaciones específicas en donde una entidad contable pública puede reunir aspectos o elementos de las diferentes situaciones planteadas y que por ello, sea necesario determinar con precisión la forma de organizar el proceso. En este caso, es necesario que la entidad contable pública defina con la Contaduría General de la Nación el esquema contable a aplicar en la organización del proceso contable y en el reporte de la información.
4. REVELACIÓN EN NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES
Las entidades contables públicas que en la organización del proceso contable y el reporte de la información a la Contaduría General de la Nación se identifican con las situaciones analizadas deben revelar en las notas a los estados contables, entre otra, la siguiente información:
a) La entidad agregadora informará en cada periodo objeto de reporte, a través del sistema CHIP, las entidades que fueron agregadas en la información reportada.
b) Identificación y DESCRIPCIÓN: de la situación que le corresponde en la organización del proceso contable y del reporte de la información a la Contaduría General de la Nación.
c) Entidades que agrega, Número de seccionales o regionales, centros de responsabilidad que tiene.
d) Los fondos especiales, cuentas especiales o fondos cuentas que administra.
PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DEL INFORME CONTABLE CUANDO SE PRODUZCAN CAMBIOS DE REPRESENTANTE LEGAL.
<Procedimiento modificado por el artículo 1 de la Resolución 137 de 2015. El nuevo texto es el siguiente:>
1. CONTENIDO DEL INFORME
El informe contable que se debe elaborar cuando se produzca cambio de representante legal en las entidades hace parte del acta de informe de gestión, establecido en la normativa vigente, y se refiere a las condiciones en que se entrega ei sistema contable de la entidad.
Ei sistema contable comprende el conjunto de subsistemas tales como el administrativo, financiero, de costos y tributario, entre otros, los cuates acopian los procedimientos y operaciones de la entidad que se encuentran respaldados por documentos, soportes, comprobantes contables, y los libros de contabilidad principales y auxiliares. Así mismo, incluye las aplicaciones de software que utiliza la entidad y la correspondencia interna y externa.
Cuando se produzca cambio de representante legal, se deben informar, como mínimo, los siguientes aspectos:
a) La entrega del sistema de información contable con todos los elementos que lo integran.
b) La disposición de los libros de contabilidad, principales y auxiliares, debidamente actualizados a la fecha de entrega del cargo con todos los documentos y soportes contables correspondientes a las transacciones y operaciones registradas. Así mismo, la correspondencia existente entre la Contaduría General de la Nación y la entidad.
c} La realización y registro de los cálculos actuariales y las amortizaciones, así como los recursos destinados para el pago de estos pasivos. En caso de no contar con estos, se debe evidenciar si se está realizando el estudio respectivo o se conoce el estado de esta obligación.
d) La identificación, valoración y registro de las situaciones especiales que afectan los procesos y reclamaciones en contra y a favor de la entidad,
e) La relación de los fondos especiales y fondos cuenta a cargo de la entidad que fueron entregados en administración o en fiducia.
f) Las situaciones y hechos económicos pendientes de resolver en materia contable, de manera detallada.
g) La descripción de los temas contables específicos respecto a los cuales se haya acordado, entre las partes, que se entregarán con posterioridad.
Se le debe anexar al informe lo siguiente:
a) Los estados contables básicos certificados junto con sus notas, elaborados con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior a la fecha en que se produzca el cambio de representante legal.
b) El dictamen del revisor fiscal, cuando la entidad esté obligada a tenerlo, sobre tos estados contables de la entidad con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior a la fecha en que se produzca el cambio de representante legal.
c) El informe de control interno contable, realizado con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior a la fecha en que se produzca el cambio de representante legal, conforme a la normatividad vigente.
d) El Balance General y el Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental (o los estados que se les asimilen, conforme al marco normativo que le resulte aplicable a la entidad, de acuerdo con el Régimen de Contabilidad Pública) certificados por el contador y el representante legal saliente, y elaborados con corte al último día del mes anterior a la fecha del cambio de representante legal. Cuando el cambio se produzca en el mes de enero, se presentarán estos estados contables con corte al 30 de noviembre del año inmediatamente anterior.
e) Los últimos reportes contables transmitidos a la Contaduría General de la Nación a través del CHIP.
f) Cuando no se disponga de los documentos enumerados en los literales a), b) y c), bien sea porque aún no es exigible su presentación o porque siéndolo no se cuente con ellos, se anexarán los correspondientes al último periodo anual que hayan sido presentados para efectos legales y se dejará constancia de los hechos o circunstancias que impidieron la disposición de la información a que hacen referencia los literales enunciados.
2. REPORTE DE LA INFORMACIÓN
Para efectos del reporte de información, las entidades en las cuales se produzca cambio de representante legal, aplicarán el presente procedimiento y harán el reporte correspondiente en tas condiciones y fechas establecidas por la Contaduría General de la Nación.
Ei reporte y certificación de la información económica, financiera y social de la entidad, que se presenta a la Contaduría General de la Nación, le corresponderán al representante legal y al contador que se encuentren en ejercicio de sus funciones en el momento del envío a través del CHIP, sin importar que esta se refiera al periodo inmediatamente anterior durante el cual los firmantes no eran titulares del cargo.
Así mismo, se actualizarán los datos básicos en el CHIP, correspondientes a los nuevos responsables de la información financiera.