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DECRETO 2536 DE 1993

(diciembre 17)

Diario Oficial No. 41.142 de 17 de diciembre de 1993

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

Por el cual se declara como Monumento Nacional el edificio de la carrera 12 número 5-53 de la ciudad de Santafé de Bogotá, D. C.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confieren la Ley 163 de 1959 y su Decreto reglamentario 264 de 1963, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 6o. de la Ley 163 de 1959, faculta al Consejo de Monumentos Nacionales para proponer, previo estudio de la documentación correspondiente, la calificación de ciudades, sectores de ciudades, zonas o accidentes geográficos o inmuebles como Monumento Nacional;

Que el edificio de la carrera 12 número 5-53 de la actual nomenclatura urbana Santafé de Bogotá D. C., fue construido en 1920 por el Ministerio de Obras Públicas y Transporte, con planos del arquitecto José María del Corral, el cual fue concebido inicialmente como “laboratorio oficial de higiene”;

Que dicho edificio cumplió durante largo tiempo una función social pionera, ya que primero fue Dirección Municipal luego Departamental y más tarde Dirección Nacional de Salubridad e Higiene, con varias secciones que llegaron a formar el Ministerio de Higiene y Asistencia Social, hoy Ministerio de Salud y la Escuela Superior de Higiene, hoy Escuela de la Salud Pública con sede en Medellín;

Que el edificio en mención reúne valores culturales, arquitectónicos y urbanísticos, que hacen necesaria su conservación como testimonio de una época;

Que el Consejo de Monumentos Nacionales en su reunión del 12 de julio de 1990, según consta en el Acta número 8 correspondiente, estudió la documentación del edificio ubicado en la carrera 12 número 5-53 de la actual nomenclatura urbana de Santafé de Bogotá, D. C., y determinó que los valores del inmueble cumplen con las exigencias de un Monumento Nacional;

Que por medio de la Resolución número 009 1992 el Consejo de Monumentos Nacionales realiza la propuesta al Gobierno Nacional de declarar como Monumento Nacional el edificio ubicado en la carrera 12 número 5-53 de Santafé de Bogotá, D. C.,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Declarar como Monumento Nacional el edificio ubicado en la carrera 12 número 5-53 de la ciudad de Santafé de Bogotá, D. C.

ARTÍCULO 2o. En aplicación de lo dispuesto por la Ley 163 de 1959 y su decreto reglamentario, todas las restauraciones, refacciones, remodelaciones y las obras de protección, defensa y conservación que deban efectuarse en el edificio, deberán contar con la previa aprobación del Consejo de Monumentos Nacionales.

ARTÍCULO 3o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 17 de diciembre de 1993.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

La Ministra de Educación Nacional,

Maruja Pachón de Villamizar.

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