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DECRETO NUMERO 1905 DE 1995

(noviembre 2)

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXI. N. 42075. 2, NOVIEMBRE, 1995. PÁG. 4.

Por el cual se declara como Monumento Nacional el Conjunto Residencial El Parque, en Santafé de Bogotá, D. C.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de las facultades que le confiere la Ley 163 de 1959 y su Decreto Reglamentario 264 de 1963, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 6o de la Ley 163 de 1959 faculta al Consejo de Monumentos Nacionales para proponer, previo estudio de la documentación correspondiente, la calificación y declaración de sectores de ciudades, zonas de accidentes geográficos e inmuebles como Monumentos Nacionales;

Que la junta de Administración del Conjunto Residencial El Parque, manifestó a la Subdirección de Patrimonio de Colcultura su interés en que este inmueble sea declarado Monumento Nacional;

Que el Conjunto Residencial El Parque está construido al Oriente de la Plaza de Toros y está compuesto por tres torres de formas curvas que evocan el círculo de la misma. Su estructura se compone de muros en concreto armado que se abren en abanicos desplazados y las fachadas están recubiertas de ladrillo a la vista, constituyéndose así un ejemplo representativo de la arquitectura moderna en Colombia;

Que por arquitectura moderna se entienden los inmuebles y espacios urbanos construidos aproximadamente a partir de la década de 1930 y que siguen los postulados del movimiento moderno;

Que son características fundamentales de la arquitectura moderna la búsqueda de la funcionalidad, la vivencia del espacio interior, la economía y racionalidad de los sistemas estructurales y constructivos como el rechazo a la estética de movimientos historicistas mediante la simplificación de los volúmenes y los detalles;

Que dadas las condiciones de flexibilidad de la arquitectura moderna, deber ser motivo de conservación de los inmuebles principalmente la volumetría, las fachadas y las zonas exteriores;

Que el Consejo de Monumentos Nacionales estudió la propuesta para la declaratoria como Monumento Nacional del Conjunto Residencial El Parque, en su sesión ordinaria del 4 de agosto de 1994, según consta en el Acta número 9 del mismo año y verificó que sus condiciones históricas y arquitectónicas cumplen con las exigencias para ser considerado Monumento Nacional;

Que el Consejo de Monumentos Nacionales, determinó proponer al Gobierno Nacional la declaratoria como Monumento Nacional, del Conjunto Residencial El Parque, en Santafé de Bogotá, mediante Resolución número 052 del 26 de octubre de 1994,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Declarar como Monumento Nacional, el Conjunto Residencial El Parque, en Santafé de Bogotá.

ARTÍCULO 2o. Delegar a la Junta Administradora del conjunto Residencial El Parque la revisión y aprobación de los proyectos de remodelación de los apartamentos de los cuales deberá presentar un informe semestral al Consejo de Monumentos Nacionales.

ARTÍCULO 3o. Cualquier proyecto de intervención que afecte la volumetría, las fachadas y/o los espacios públicos del conjunto de que trata el presente Decreto deberá contar con la autorización precia del Consejo de Monumentos Nacionales, según lo establece la Ley 163 de 1959 y su Decreto reglamentario 264 de 1963.

ARTÍCULO 4o. Se delimita como parea de influencia del conjunto Residencial El Parque, todo el perímetro que comprende el Parque de la Independencia.

ARTÍCULO 5o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 2 de noviembre de 1995.

ERNESTO SAMPER PIZANO.

La Ministra de Educación Nacional,

María Emma Mejía Vélez.

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