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DECRETO NUMERO 0596 DE 1996

(marzo 26)

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXI. N. 42754. 27, MARZO, 1996. PÁG. 15.

Por el cual se adopta una recomendación del Consejo de Monumentos Nacionales, para la declaratoria como Monumento Nacional de algunas edificaciones de la Universidad Nacional.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de las facultades que le confiere la Ley 163 de 1959 y su Decreto reglamentario 264 de 1963,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Adoptar en su totalidad la recomendación del Consejo de Monumentos Nacionales contenida en la Resolución número 005 de 1995, del mencionado Consejo, mediante la cual se propone declarar como Monumento Nacional algunas edificaciones de la Universidad Nacional de Colombia y se define el área de conservación dentro de las instalaciones de la misma y que a letra dice:

“RESOLUCION NUMER 005 DE 1995

(marzo 16)

Por la cual se propone al Gobierno Nacional la declaratoria como Monumento Nacional de una serie de edificios de la Universidad Nacional de Colombia y se define si área de influencia.

El Consejo de Monumentos Nacionales, en uso de las facultades que le confiere la Ley 163 de 1959 y su Decreto Reglamentario 624 de 1963, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 6o de la Ley 163 de 1959 lo faculta para proponer, previo estudio de la documentación correspondiente la calificación de ciudades, sectores de ciudades, zonas o accidentes geográficos o inmuebles como Monumento Nacional;

Que siguiendo el proceso de reconocimiento y declaratoria como Monumento Nacional que ha adelantado el Consejo de Monumentos Nacionales de la Universidad Nacional como especiales representantes de dicho movimiento no solo por su trazado urbanístico dentro del campus universitario;

Que dichos edificios son los más representativos de las diversas épocas de construcción de la ciudad universitaria, en especial de la primera, razón por la cual la Rectoría de la Universidad Nacional ha manifestado su complacencia con el reconocimiento que se haga del interés cultural que tienen estas edificaciones para la Nación;

Que el consejo de Monumentos Nacionales en su sesión ordinaria del 18 de octubre de 1994, según consta en Acta número 12 del mismo año, estudió y aprobó la propuesta de la declaratoria de algunos edificios pertenecientes a la Universidad Nacional de Colombia y la delimitación de su área de influencia y en consecuencia,

RESUELVE:

Artículo 1o. Proponer al Gobierno Nacional la declaratoria como Monumento Nacional de los siguientes edificios de la Universidad Nacional de Colombia:

Instituto Botánico, 1936

Escuela de Veterinaria. 1936-1937

Facultad de Arquitectura, 1936-1937

Facultad de Derecho, 1936-1937

Estadio Alfonso López e Instituto de Educación Física, 1937

Auditorio León de Greiff, 1968.

Artículo 2o. Se delimita como área de influencia de los edificios enunciados en el artículo anterior todo el perímetro que comprende en campus universitario de la Universidad Nacional de Colombia.

Artículo 2o (sic) En aplicación de lo dispuesto en la Ley 163 de 1959 y su Decreto Reglamentario 624 de 1963, todas las restauraciones, remodelaciones, construcciones, obras de protección, defensa y conservación a efectuarse en cualquiera de los inmuebles objeto de esta resolución, así como su área de influencia, deberán ser aprobadas y supervisadas por el Consejo de Monumentos Nacionales.

Artículo 3o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Santafé de Bogotá, D. C; a 26 de marzo de 1996.

El Presidente

Juan Luis Mejía Arango.

La Secretaria,

Olga Pizarro.”

ARTÍCULO 2o. Que la Resolución transcrita en el artículo anterior fue publicada en el Diario Oficial número 41.807 del 17 de abril de 1995.

ARTÍCULO 3o. El presente Decreto rige desde la fecha de su publicación.

Publíquese, y cúmplase.

Dada en Santafé de Bogotá, D. C., a 26 de marzo de 1996.

ERNESTO SAMPER PIZANO

La Ministra de Educación Nacional,

María Emma Mejía Vélez.

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