CIRCULAR EXTERNA 1 DE 2023
(enero 2)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Bogotá D. C.,
PARA: | Secretarios Generales, Directores financieros, Jefes financieros, Jefes de Presupuesto y Jefes de Tesorerias o quienes hagan sus veces en las Unidades Ejecutoras que manejan recursos del Presupuesto Nacional. |
ASUNTO: | Calendario PAC Vigencia 2023 y consideraciones de importancia para su ejecución. |
La presente circular informa a las Unidades Ejecutoras que forman parte del Presupuesto General de la Nación- PGN, los diferentes criterios que deben tener en cuenta para realizar de manera oportuna y adecuada, sus proyecciones de pagos durante la vigencia fiscal 2023, en concordancia con las normas que regulan y orientan la gestión financiera y presupuestal.
De acuerdo con el Decreto 1068 de 2015, la información registrada en el Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF- constituye la fuente oficial de registro y seguimiento presupuestal de carácter oficial que coordina, integra, centraliza y estandariza la gestión financiera pública nacional, con el fin de propiciar una mayor eficiencia y seguridad en el uso de los recursos del Presupuesto General de la Nación y de brindar información oportuna y confiable y por lo tanto todas las solicitudes de modificación al PAC, deben ser registradas en este aplicativo
La asignación de PAC de Inversión CSF de la vigencia 2023 se efectuará cada mes de manera gradual, previa revisión mensual de los ingresos de la Nación. Dicha asignación se hará a partir del mes febrero, salvo aquellas partidas que contractualmente exijan pago para el mes de enero.
Teniendo en cuenta que las Unidades Ejecutoras que conforman el Presupuesto General de la Nación - PGN son responsables de analizar y adoptar medidas que permitan una óptima y adecuada programación del PAC, en atención a lo dispuesto en la Circular No. 21 del 21 de junio de 2006, adjunta, mediante la cual se implementa el indicador de PAC No Utilizado - INPANUT - este podrá ser considerado de acuerdo con los criterios que se tengan en cuenta para cada mes de aprobación de solicitudes de modificaciones al PAC durante la vigencia 2023, como una medida de control del uso eficiente de los recursos; otros criterios que se podrán tener en cuenta son los siguientes:
- Indicador Promedio de días de permanencia de los recursos en los bancos, podrá ser utilizado con tal fin y así mismo en virtud de lo establecido en la Ley Orgánica de Presupuesto el artículo 15 del Decreto 359 de 1995;
- El cumplimiento de Fiducias-Patrimonios Autónomos y/o Convenios Administrativos, al cierre de cada mes y durante los cinco días siguientes deben reportar a la Subdirección de Operaciones los saldos depositados en las citadas Fiducias-Patrimonios Autónomos y/o Convenios Administrativos, de acuerdo con lo establecido en las normas que sobre esta materia rigen.
- Indicador de Cumplimiento de Cuentas Recíprocas de acuerdo con lo establecido en las normas que sobre esta materia rigen.
1. Se recuerda a todas las Unidades Ejecutoras que conforman el Presupuesto General de la Nación-PGN, dar estricto cumplimiento a lo establecido en la Circular Externa No. 039 del 15 de noviembre de 2022 promulgada por la Administración SIIF Nación, la cual hace referencia a los ASPECTOS A CONSIDERAR PARA EL CIERRE DE LA VIGENCIA 2022 Y APERTURA DEL AÑO 2023 EN EL SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACIÓN FINANCIERA - SIIF NACIÓN.
2. De acuerdo con lo anterior, se recomienda hacer una adecuada programación y ejecución de los recursos del PAC asignados mes a mes en la vigencia 2023, para cumplir con el propósito fundamental de mantener las finanzas públicas dentro de las metas y cumplir con la regla fiscal considerando medidas de austeridad.
3. Las asignaciones de PAC de Funcionamiento CSF se efectuarán mes a mes, atendiendo lo eminentemente necesario sin afectar los programas sociales del gobierno y aquellos que protejan y fomenten el empleo.
4. De acuerdo con el calendario PAC 2023, adjunto, las asignaciones se harán mes anticipado, y solo se estudiará su aprobación si media una solicitud previamente registrada en SIIF Nación. Esta debe, en la parte pertinente a notas de los datos administrativos, contener una justificación que consiste en una breve y clara explicación del uso que se les dará a los recursos solicitados, agrupando los conceptos del gasto de mayor a menor.
Con los recursos de Gastos Generales, se recomienda, a las Unidades Ejecutoras atender estos llevando un orden de prioridad, por ejemplo: Servicios públicos, arriendos, seguros y los demás gastos que normativamente se requieran para mantener dentro de este objeto de gasto su buen funcionamiento.
Para los Gastos de Inversión, se establecerán las respectivas asignaciones en forma mensual, posterior a la constitución del Rezago 2022.
El Calendario PAC, para la vigencia Fiscal 2023, queda así:
CALENDARIO PARA EL CARGUE DE SOLICITUDES DE MODIFICACION AL
PROGRAMA ANUAL DE CAJA - PAC-
VIGENCIA 2023
MES | FECHA DE CARGA EN SIIF | FECHA DE REUNION PAC | MES A EVALUAR |
ENERO | 10 - 11 de enero | 20 de enero | enero y febrero |
FEBRERO | 09 - 10 de febrero | 20 de febrero | marzo |
MARZO | 09 - 10 de marzo | 21 de marzo | abril |
ABRIL | 10 - 11 de abril | 21 de abril | mayo |
MAYO | 11 - 12 de mayo | 19 de mayo | junio |
JUNIO | 08 - 09 de junio | 22 de junio | julio |
JULIO | 11 - 12 de julio | 21 de julio | agosto |
AGOSTO | 10 - 11 de agosto | 22 de agosto | septiembre |
SEPTIEMBRE | 07 y 08 de septiembre | 21 de septiembre | octubre |
OCTUBRE | 10 y 11 de octubre | 20 de octubre | noviembre |
NOVIEMBRE | 09 y 10 de noviembre | 22 de noviembre | diciembre |
DICIEMBRE | 06 y 07 de diciembre | 18 de diciembre | Extraordinarias de diciembre, originadas por traslados presupuestales |
Cordialmente,
HECTOR ALBERTO SIERRA DURAN
Subdirector de Operaciones (E)