RESOLUCIÓN 572 DE 2020
(junio 5)
Diario Oficial No. 51.340 de 9 de junio de 2020
UNIDAD PARA LA ATENCIÓN Y REPARACIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS
Por medio de la cual se modifica la Resolución número 00126 del 31 de enero de 2018 “por medio del cual se unifican y actualizan las delegaciones de la Unidad para la Atención y Reparación a las Víctimas, se hacen algunas derogatorias y se dictan otras disposiciones”.
LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA UNIDAD PARA LA ATENCIÓN Y REPARACIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS,
en uso de las facultades constitucionales, legales y reglamentarias en especial, las conferidas en la Ley 489 de 1998, Ley 1448 de 2011, el Decreto 4802 de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política consagra que “la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, delegación y la desconcentración de funciones”.
Que el artículo 9o de la Ley 489 de 1998 señala que “Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias”.
Que la Dirección General de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, profirió la Resolución número 00126 de 31 de enero de 2018 por medio del cual se unifican y actualizan las delegaciones de la Unidad para la Atención y Reparación a las Víctimas, se hacen algunas derogatorias y se dictan otras disposiciones.
Que a través de la Resolución 02072 del 12 de junio de 2018 se modificó y adicionó la Resolución número 00126 de 31 de enero de 2018 por medio del cual se unifican y actualizan las delegaciones de la Unidad para la Atención y Reparación a las Víctimas, se hacen algunas derogatorias y se dictan otras disposiciones.
Que a través de la Resolución 0126 de 2018 se delega en el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica la representación legal en lo judicial y extrajudicial de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas y los fondos adscritos a la misma, en todos los procesos y diligencias y actuaciones de carácter judicial, extrajudicial o administrativo relacionadas con todos y cada uno de los asuntos inherentes al desarrollo del objetivo de la Unidad.
Que, en aras de fortalecer el seguimiento a la actividad de representación judicial de la Entidad, se hizo necesario concentrar y consolidar en la Oficina Asesora Jurídica las intervenciones institucionales ante las jurisdicciones constitucional, administrativa, civil, justicia y paz, restitución de tierras, penal, jurisdicción especial para la paz, entre otras, de conformidad con las funciones y competencias ya aludidas.
Que, por lo anterior, además de mantener los grupos internos de trabajo adscritos a la Oficina Asesora Jurídica, se creó un nuevo grupo, denominado Respuesta Judicial, el cual tiene por objeto tramitar y consolidar la respuesta institucional a los requerimientos, acciones y procesos judiciales de: (i) tutela, (ii) justicia y paz, (iii) restitución de tierras, y (iv) Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y Garantías de No Repetición.
Que, dada la creación de este Grupo de trabajo en la Oficina Asesora Jurídica, a través de la Resolución 00236 del 5 de marzo de 2020 y en el marco de los señalado en el artículo 3o, Grupo de respuesta escrita numeral 9, que establece que este Grupo de trabajo se encarga de “ Consolidar los insumos de las direcciones misionales, territoriales y oficinas asesoras, y estructurarlos para dar una respuesta integral a los despachos judiciales …”, se consolidó la representación judicial, razón por la que se debe mantener la articulación entre las áreas, encaminada a brindar en oportunidad los insumos con los cuales se atenderán los requerimientos judiciales por parte de la Oficina Jurídica -Grupo de Respuesta Judicial- y con los cuales se fortalece la defensa jurídica de la entidad.
Que la Resolución 00126 de 2018 delega en los jefes de la Oficina Asesora Jurídica, Oficina Asesora de Planeación, Oficina de Tecnologías de la Información, Oficina Asesora de Comunicaciones, Oficina de Control Interno, Dirección de Gestión Interinstitucional, Dirección de Gestión Social y Humanitaria, Dirección de Reparación, Dirección de Registro y Gestión de la Información, Dirección de Asuntos Étnicos, Direcciones Territoriales y Secretaría General, la facultad para gestionar, resolver, atender, expedir y suscribir las respuestas a las peticiones, quejas, y requerimientos judiciales generados en el marco de una acción de tutela, y demás solicitudes presentadas por los particulares, de conformidad con las funciones establecidas a cada una de las dependencias en el Decreto 4802 de 2011.
Que con el objeto de concentrar la representación judicial, en consonancia con lo delegado al Jefe de la Oficina Jurídica y a las funciones desarrolladas a través de sus grupos de trabajo y en aras de dar mayor claridad respecto de las delegaciones en los jefes de la Oficina Asesora Jurídica, Oficina Asesora de Planeación, Oficina de Tecnologías de la Información, Oficina Asesora de Comunicaciones, Oficina de Control Interno, Dirección de Gestión interinstitucional, Dirección de Gestión Social y Humanitaria, Dirección de Reparación, Dirección de Registro y Gestión de la Información, Dirección de Asuntos Étnicos, Direcciones Territoriales y Secretaría General se hace necesario modificar el artículo 36 de la Resolución 00126 del 31 de enero de 2018.
Que en virtud de las anteriores consideraciones y en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 36 DE LA RESOLUCIÓN 00126 DEL 31 DE ENERO DE 2018. El artículo 36 de la Resolución 00126 del 31 de enero de 2018 quedará así:
Artículo 36. Delegar en los jefes de la Oficina Asesora Jurídica, Oficina Asesora de Planeación, Oficina de Tecnologías de la Información, Oficina Asesora de Comunicaciones, Oficina de Control Interno, Dirección de Gestión interinstitucional, Dirección de Gestión Social y Humanitaria, Dirección de Reparación, Dirección de Registro y Gestión de la Información, Dirección de Asuntos Étnicos, Direcciones Territoriales y Secretaría General, la facultad para gestionar, resolver, atender, expedir y suscribir las respuestas a las peticiones, quejas, y demás solicitudes presentadas por los particulares, de conformidad con las funciones establecidas a cada una de las dependencias en el Decreto 4802 de 2011.
PARÁGRAFO. Con el fin de garantizar la integralidad, operatividad, línea técnica misional, unificación de criterios, actualización y articulación de la información de las diferentes dependencias de la Unidad para las Víctimas, y con el objeto de asegurar la oportuna atención a las víctimas y la defensa judicial de la Entidad, podrán establecerse espacios de trabajo, conformados principalmente por la Subdirección General, la Oficina Asesora Jurídica, la Oficina de Tecnologías de la Información, las Direcciones Misionales para canalizar los avances, dificultades, retrasos y/o estancamientos en cada una de las funciones a cargo, aclarar dudas, estudiar casos especiales e informar a la Dirección General, cuando esto se requiera, así como evaluar situaciones específicas de cara a la estrategia de servicio al ciudadano y la representación judicial.
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 5 de junio de 2020.
El Director General,
Ramón Alberto Rodríguez Andrade