RESOLUCIÓN 144 DE 2017
(enero 23)
Diario Oficial No. 50.140 de 7 de febrero de 2017
MINISTERIO DEL TRABAJO
Por la cual se adopta el Formato de identificación de peligros establecido en el artículo 2.2.4.2.5.2, numerales 6.1 y 6.2 .del Decreto 1563 del 2016 y se dictan otras disposiciones.
EL MINISTERIO DEL TRABAJO,
en uso de sus atribuciones legales, en especial las que les confieren los numerales 10 del artículo 2o y 7 del artículo 6o del Decreto número 4108 de 2011, y
CONSIDERACIONES:
Que el artículo 56 del Decreto número 1295 de 1994, sobre la prevención de los riesgos laborales, establece como una de las responsabilidades del Gobierno nacional, la de expedir las normas reglamentarias técnicas tendientes a garantizar la seguridad de los trabajadores y de la población en general, en la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
Que la Comunidad Andina, de la cual Colombia es país miembro, en la Decisión 584 adoptó el “Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo”, mediante el cual se establecen las normas fundamentales en materia de seguridad y salud en el trabajo que sirven de base para la gradual y progresiva armonización de las leyes y los reglamentos que regulen las situaciones particulares de las actividades laborales que se desarrollan en cada uno de los Países Miembros, y que deberán servir al mismo tiempo para impulsar en tales países la adopción de directrices sobre sistemas de gestión de la seguridad y la salud en el trabajo así como el establecimiento de un Sistema Nacional de Seguridad y Salud en el trabajo;
Que se hace necesario establecer las condiciones de afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de los trabajadores de que trata el literal b) del artículo 13 del Decreto número 1295 de 1994, modificado por el artículo 2o de la Ley 1562 de 2012.
Que el Decreto 1072 Único Reglamentario del Sector Trabajo en el artículo 2.2.4.6.2., en sus numerales 20 y 27 nos dice que la identificación de peligro es el proceso para establecer si existe un peligro y definir las características de este y el peligro es la fuente, situación o acto con potencial de causar daño en la salud de los trabajadores, que se presentan en las condiciones y medio ambiente de trabajo.
Que el Decreto 1563 del 2016, por el cual adiciona al Capítulo 2 del Título 4 de la parte 2 del libro 2 del Decreto número 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, una sección 5 por medio de la cual se reglamenta la afiliación voluntaria al sistema general de riesgos laborales.
Que el artículo 2.2.4.2.5.2. del Decreto número 1563 del 2016 estableció las reglas de afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales, para los trabajadores independientes que de manera voluntaria quieran pertenecer al Sistema General de Riesgos Laborales y, en el numeral 6.1, dice que se debe adoptar el formato de identificación de peligros de conformidad con las ocupaciones u oficios que va a desarrollar este trabajador.
Que la Resolución número 2346 del 2007 regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales, para expedir certificado médico, indicando las restricciones existentes y las recomendaciones o condiciones que se requiere adaptar para que el trabajador pueda desempeñar la labor.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. OBJETO. Adoptar el formato e instructivo de identificación de peligros, para la afiliación voluntaria de los trabajadores independientes que devenguen uno (1) o más salarios mínimos mensuales legales vigentes, el cual deben diligenciar como requisito para acceder a la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales.
PARÁGRAFO 1o. El formato que se adopta mediante la presente resolución se identificará con el nombre que se señala a continuación:
NOMBRE | SIGLA |
Formato Único de Identificación de Peligros para la afiliación voluntaria de los trabajadores independientes que devenguen uno (1) o más salarios mínimos mensuales legales vigentes al Sistema General de Riesgos Laborales | FUIPSRL |
PARÁGRAFO 2o. El formato e instructivo anexo hacen parte integral de la presente resolución.
ARTÍCULO 2o. CAMPO DE APLICACIÓN. El formato a que se refiere el artículo anterior es de obligatorio cumplimiento para los trabajadores que de manera independiente desarrollan alguna de las ocupaciones u oficios establecidos en la “Tabla de Clasificación de Ocupaciones u Oficios más representativos”, establecida en el anexo del Decreto 1563 del 2016, sin contrato de prestación de servicios superior a un mes y devengan uno (1) o más salarios mínimos legales mensuales vigentes; asimismo, a las Administradoras de Riesgos Laborales y a los operadores de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).
ARTÍCULO 3o. DILIGENCIAMIENTO DEL FORMATO ÚNICO DE IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS PARA LA AFILIACIÓN VOLUNTARIA DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES QUE DEVENGUEN UNO (1) O MÁS SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTES AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES “FUIPSRL”. El formato de identificación de peligros debe diligenciarse en el momento en que el trabajador se afilia al Sistema General de Riesgos Laborales de manera voluntaria.
El Formato Único de Identificación de Peligros para la afiliación voluntaria de los trabajadores independientes que devenguen uno (1) o más salarios mínimos mensuales legales vigentes al Sistema General de Riesgos Laborales “FUIPSRL” debe modificarse y actualizarse en los siguientes casos:
a) Por cambio de ocupación u oficio.
b) En el momento en que identifique un nuevo peligro.
c) Por Accidente de Trabajo o enfermedad laboral: al momento de la ocurrencia de accidente de trabajo o la calificación de la enfermedad laboral donde no se haya identificado el peligro al momento de la afiliación.
ARTÍCULO 4o. PRESENTACIÓN DEL FORMATO. El Formato Único de Identificación de Peligros para la afiliación voluntaria de los trabajadores independientes que devenguen uno (1) o más salarios mínimos mensuales legales vigentes al Sistema General de Riesgos Laborales “FUIPSRL” deberá presentarse al momento de la afiliación como requisito para la misma.
La presentación del formato se podrá hacer de manera física o electrónica y será cargada al formulario de afiliación que disponga el Ministerio de Salud y Protección Social.
Las Administradoras de Riesgos Laborales verificarán los datos consignados en el formulario de afiliación, formato y certificación de resultados del examen preocupacional y enviarán el reporte a los operadores de la Planilla Integrada de Afiliación de Aportes (PILA), para autorizar su inclusión.
ARTÍCULO 5o. RADICACIÓN DEL FORMATO. En el proceso de presentación del Formato Único de Identificación de Peligros para la afiliación voluntaria de los trabajadores independientes que devenguen uno (1) o más salarios mínimos mensuales legales vigentes al Sistema General de Riesgos Laborales “FUIPSRL” deberá diligenciarse en su totalidad.
Una vez diligenciado el formulario de afiliación, el Formato Único de Identificación de Peligros para la afiliación voluntaria de los trabajadores independientes que devenguen uno (1) o más salarios mínimos mensuales legales vigentes al Sistema General de Riesgos Laborales “FUIPSRL” y el Certificado del resultado del examen preocupacional, la Administradora de Riesgos Laborales procederá a dar trámite final a la afiliación.
ARTÍCULO 6o. EVALUACIÓN MÉDICA OCUPACIONAL. Las evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales se realizarán, conforme a lo establecido en las Resoluciones números 2346 de 2007 y 1918 de 2009 expedidas por el Ministerio de la Protección Social o las normas que las modifiquen, sustituyan o adicionen.
El certificado médico debe ser expedido por el médico con licencia en seguridad y salud en el trabajo, resultante de la evaluación médica preocupacional, será presentado por los trabajadores, como requisito para afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales establecidos en el Decreto número 1563 de 2016.
Los exámenes periódicos se deberán hacer cada doce (12) meses, contados a partir de la evaluación médica preocupacional inicial y harán parte de la Historia Clínica Ocupacional de los trabajadores independientes.
PARÁGRAFO. Las evaluaciones médicas preocupacionales y periódicas correrán por cuenta de los trabajadores independientes que de manera voluntaria quieran pertenecer al Sistema General de Riesgos Laborales “FUIPSRL”.
ARTÍCULO 7o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 23 de enero de 2017.
La Ministra del Trabajo,
CLARA LÓPEZ OBREGÓN.
INSTRUCTIVO FORMATO DE IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Y NOVEDADES DE AFILIACIÓN VOLUNTARIA DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES.
FECHA DE RADICACIÓN | Escriba en números arábigos la fecha de radicación, según el orden establecido en las casillas año, mes, día. De acuerdo con el documento de identidad. |
FECHA DE INICIO DE COBERTURA | Escriba en números arábigos la fecha de inicio de la cobertura, según el orden establecido en las casillas año, mes, día. Es importante conocer que la cobertura en riesgos laborales, se inicia al día siguiente de la afiliación a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL). Es necesario que el contratista esté afiliado a la Administradora de Riesgos Laborales antes de iniciar sus labores. |
I.I NOVEDADES MODIFICACIÓN O ACTUALIZACIÓN DEL FUIPSRL
TIPO DE TRÁMITE | Marque según corresponda si es registro de identificación de peligros o es el registro de una novedad. |
TIPO DE NOVEDAD | Marque según corresponda la novedad(es), esta no será retroactiva se tomará en cuenta la fecha en que se registra la misma. |
FECHA DE NOVEDAD | Escriba en números arábigos la fecha de novedad, según el orden establecido en las casillas año, mes, día. |
II. DATOS DEL TRABAJADOR DONDE REALIZA LA OCUPACIÓN U OFICIO
TIPO Y NÚMERO DOCUMENTO | Llene la casilla que corresponde, CC si es cédula de ciudadanía, CE si es cédula de extranjería, PA si es pasaporte, TI si es tarjeta de identidad, y escriba en las casillas el número de identificación completo. |
PRIMER APELLIDO | Escriba el primer apellido conforme figura en el documento de identidad. |
SEGUNDO APELLIDO | Escriba el segundo apellido conforme figura en el documento de identidad. |
PRIMER NOMBRE | Escriba el primer nombre conforme figura en el documento de identidad. |
SEGUNDO NOMBRE | Escriba el segundo nombre conforme figura en el documento de identidad. |
FECHA DE NACIMIENTO | Escriba en números arábigos la fecha de nacimiento, según el orden establecido en las casillas año, mes, día. De acuerdo con el documento de identidad. |
DIRECCIÓN Y CIUDAD | Escriba la dirección del trabajador independiente que se afilia de manera voluntaria al Sistema General de Riesgos Laborales donde realiza su ocupación u oficio, escriba la ciudad y Departamento. |
TELÉFONO | Escriba en esta casilla el número telefónico del trabajador independiente que se afilia de manera voluntaria al Sistema General de Riesgos Laborales donde realiza su ocupación u oficio. |
TELÉFONO CELULAR | Escriba en esta casilla el número celular del trabajador independiente que se afilia de manera voluntaria al Sistema General de Riesgos Laborales donde realiza su ocupación u oficio. |
CORREO ELECTRÓNICO | Escriba el correo electrónico del trabajador independiente que se afilia de manera voluntaria al Sistema General de Riesgos Laborales donde realiza su ocupación u oficio. |
CÓDIGO OCUPACIÓN U OFICIO | Escriba el código, la clase de riesgo y el nombre de la Ocupación u Oficio a la cual se va afiliar al Sistema General de Riesgos Laborales en relación al anexo del Decreto 1563 del 2016. |
GÉNERO | Marque según corresponda M: masculino o F: Femenino. |
EPS ACTUAL | Escriba la Empresa Promotora de Salud en la que se encuentra afiliado. |
AFP ACTUAL | Escriba la Administradora de Fondo de Pensiones en la que se encuentra afiliado. |
ARL ACTUAL | Escriba la Administradora de Riesgos laborales en la que se va afiliar o se encuentra afiliado. |
III. INFORMACIÓN DE LUGAR DE RESIDENCIA DEL TRABAJADOR
DIRECCIÓN Y CIUDAD | Escriba la dirección del trabajador independiente que se afilia de manera voluntaria al Sistema General de Riesgos Laborales donde reside, ciudad y departamento. |
TELÉFONO | Escriba en esta casilla el número telefónico de residencia. |
TELÉFONO CELULAR | Escriba en esta casilla el número celular del trabajador. |
IV. INFORMACIÓN DE DATOS CONYUGE, COMPAÑERO (A) PERMANENTE O ACUDIENTE
TIPO Y NÚMERO DOCUMENTO | Llene la casilla que corresponde, CC si es cédula de ciudadanía, CE si es cédula de extranjería, PA si es pasaporte, TI si es tarjeta de identidad, y escriba en las casillas el número de identificación completo del cónyuge o acudiente del trabajador independiente. |
PRIMER APELLIDO | Escriba el primer apellido conforme figura en el documento de identidad. |
SEGUNDO APELLIDO | Escriba el segundo apellido conforme figura en el documento de identidad. |
PRIMER NOMBRE | Escriba el primer nombre conforme figura en el documento de identidad. |
SEGUNDO NOMBRE | Escriba el segundo nombres conforme figura en el documento de identidad. |
DIRECCIÓN Y CIUDAD | Escriba la dirección del trabajador independiente que se afilia de manera voluntaria al Sistema General de Riesgos Laborales donde realiza su trabajo y escriba la ciudad. |
TELÉFONO | Escriba en esta casilla el número telefónico fijo del conyugue, compañero (a) permanente o acudiente. |
TELÉFONO CELULAR | Escriba en esta casilla el número de teléfono celular del cónyuge, compañero (a) permanente o acudiente. |
V. IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS
Debe marcar con una x únicamente los peligros a que se expone en su ocupación u oficio diaria
V.I PELIGROS FÍSICOS | Son los factores ambientales de naturaleza física, que cuando entren en contacto con las personas pueden tener efectos nocivos sobre la salud dependiendo de su intensidad, exposición y concentración. |
RUIDO | Consiste en un movimiento ondulatorio producido en un medio elástico por una vibración, cualquier sonido que es molesto y desagradable para el oído humano e impide escuchar lo que se habla, el ruido puede ser continuo, intermitente o de impacto que al estar expuesto en tiempo puede causar una disminución auditiva. |
ANEXO NÚMERO 1 (INSTRUCTIVO)
VIBRACIÓN | Son considerados efectos físicos que actúan sobre el hombre por transmisión de energía mecánica desde fuentes oscilantes. Las fuentes de vibración pueden ser, martillos neumáticos, taladros, conducir vehículos y motos, compactadoras de terreno, etc., pueden causar daños físicos permanentes e incluso lesiones en el sistema nervioso. También puede afectar la presión sanguínea y sistema urológico. |
PRESIONES ANORMALES | Toda presión superior o inferior , ya sea en la superficie, en el mar o río, en socavones y ejerzan una presión diferente a la del medio ambiente a nivel del mar en el cuerpo humano se considera anormal como por ejemplo, trabajos de buceo, minería en altura, aviación, construcción de túneles |
TEMPERATURA EXTREMA POR FRÍO O CALOR | Se considera los aspectos relacionados con calor y frío como agentes susceptibles de provocar riesgo. |
FRÍO | Cuando el calor cedido al medio ambiente, es superior al calor recibido o producido por medio del metabolismo basal y el de trabajo, debido a la actividad física que se está ejercitando. |
CALOR | Cuando el calor cedido por el organismo al medio ambiente, es inferior al calor recibido o producido por el metabolismo total (metabolismo basal y el de trabajo). |
RADIACIONES NO IONIZANTES | Se refiere a aquellas regiones del espectro electromagnético en que la energía de los fotones emitidos es insuficiente, bajo circunstancias ordinarias, para producir ionizaciones en los átomos de las moléculas absorbentes. Generalmente se considera que el límite más bajo de longitud de onda para estas radiaciones no ionizantes es de 100 nm, en su orden son radiación ultra violeta, visible, infrarroja, microondas, radio frecuencia, campos magnéticos, como por ejemplo, soldadores, fundidores de metal, trabajadores a campo abierto, mantenimiento de equipos radiofrecuencia, etc. |
RADIACIONES IONIZANTES | Son radiaciones electromagnéticas o corpusculares capaces de producir iones directa o indirectamente a su paso a través de la materia. |
V.II PELIGROS QUÍMICOS | Son aquellos constituidos por elementos y sustancias que al entrar al organismo, mediante inhalación, absorción cutánea o ingestión pueden provocar intoxicación, quemaduras, irritaciones o lesiones sistémicas. Depende del grado de concentración y tiempo de exposición pueden tener efectos irritantes, asfixiantes, anestésicos, narcóticos, tóxicos, sistémicos, alergénicos, neumoconióticos, carcinogénicos, mutagénicos y teratogénicos. |
AGREGADOS MOLECULARES | Son asociaciones de macromoléculas (macromoléculas como las proteínas, lípidos, etc.) que forman estructuras que pueden ser las organelas celulares por ejemplo la membrana celular. |
AEROSOLES SOLIDOS: | Dispersión de partículas sólidas en un medio gaseoso, de tamaño inferior a 100 micras. Dentro del campo de los aerosoles, se presentan estados físicos como el estado sólido (polvos, fibras y humos) |
AEROSOLES LÍQUIDOS: | Dispersión de partículas líquidas en un medio gaseoso, de tamaño inferior a 100 micras. Dentro del campo de los aerosoles, se presentan estados físicos como estado líquido (neblinas). |
MOLECULARES | Peligros químicos de tamaño moleculares, indica cuántas veces la masa de una molécula de una sustancia es mayor que la unidad de masa molecular y sus elementos. Su valor numérico coincide con el de la masa molar, pero expresado en unidades de masa atómica en lugar de gramos/mol. |
GASES | Son substancias que a la presión y temperatura ambiente están en estado gaseoso y son siempre invisibles. Algunos puedan que no tengan olor o sabor. |
VAPORES | Son substancias que se evaporan de un líquido o sólido, de la misma manera que el agua se transforma en vapor. Generalmente son caracterizados por su olor. |
V.III PELIGROS BIOLÓGICOS | Son aquellos representados y originados por microorganismos, toxinas, secreciones biológicas, tejidos y órganos corporales humanos y animales, presentes en determinados ambientes laborales, que al entrar en contacto con el organismo pueden desencadenar enfermedades infecciosas, reacciones alérgicas, intoxicaciones o efectos negativos en la salud de los trabajadores. |
MICROORGANISMOS | |
VIRUS | Cuando existe contacto o posibilidad de infección con virus, microorganismos de tamaño que oscila entre 18 y 300 nanomicras y peso molecular variable, poseen un solo tipo de ácido nucleico (RNA o DNA). |
BACTERIAS | Cuando existe contacto o posibilidad de infección con bacterias, microorganismos unicelulares que presentan diferentes formas de las cuales depende un tipo de su clasificación (cocos o bacilos). |
RICKETTSIAS | Cuando existe contacto o posibilidad de infección con un género de bacterias colectivamente llamadas rikettsias, de tipo intracelular obligado, gran negativas, pleomorficas (cocos o bacilos). |
HONGOS | Cuando existe contacto o posibilidad de infección con hongos, organismos eucarióticos uní o pluricelulares, heterotropos y necesitan de materia orgánica preformada para desarrollarse. Poseen dimorfismo pudiendo estar en forma de mohos o levaduras que se diferencian por el crecimiento por encima o sobre el sustrato respectivamente. |
ARTRÓPODOS | Tipo de animales invertebrados de cuerpo formado por una serie lineal de segmentos y provistos de apéndices articulados o artejos. |
CRUSTÁCEOS, | Son un extenso subfilo de artrópodos, con más de 67.000 especies (sin duda, faltan por descubrir hasta cinco o diez veces este número) Incluyen varios grupos de animales, como las langostas, los camarones, los cangrejos, los langostinos y los percebes. Los crustáceos son fundamentalmente acuáticos y habitan en todas las profundidades y en distintos medios, como el mar, el agua salobre y el agua dulce. |
ARÁCNIDOS | Son una clase de artrópodos quelicerados de la que han sido descritas más de 102.000 especies. Incluye formas tan conocidas como las arañas, las garrapatas, los escorpiones y los ácaros. |
ANEXO NÚMERO 1 (INSTRUCTIVO)
ROEDORES | Son un orden de mamíferos placentarios con aproximadamente 2.280 especies actuales; es el orden más numeroso de mamíferos. Pueden hallarse en gran número en todos los continentes salvo la Antártida. Los roedores tienen incisivos afilados que usan para roer la madera, perforar la comida y morder a los depredadores. |
ANIMALES
INVERTEBRADOS; Parásitos, Protozoos | Son todos aquellos animales (reino Animalia) que no se encuadran dentro del subfilo de los vertebrados del filo cordados. El nombre alude a que, a diferencia de estos últimos, carecen de columna vertebral y de esqueleto interno articulado. Agrupa al 95% de todas las especies animales. |
VERTEBRADOS | Son un subfilo muy diverso de cordados que comprende a los animales con espina dorsal o columna vertebral, compuesta de vértebras. Incluye casi 62.000 especies actuales y muchos fósiles. |
VEGETALES
VEGETALES, Musgos, Helechos, Semillas. | Musgos: Son plantas no vasculares que presentan un ciclo vital con alternancia de generaciones heterofásica y heteromórfica, el gametófito desarrolla gametangios, anteridios y arquegonios (arquegoniadas). Helechos: Son plantas vasculares sin semilla, cuyas características morfológicas más sobresalientes son sus hojas grandes (“megafilos” o “frondes”), usualmente pinadas y con prefoliación circinada, Semillas: Es cada uno de los cuerpos que forman parte del fruto que da origen a una nueva planta; es la estructura mediante la cual realizan la propagación las plantas que por ello se llaman espermatofitas (plantas con semilla). La semilla se produce por la maduración de un óvulo de una gimnosperma o de una angiosperma. Una semilla contiene un embrión del que puede desarrollarse una nueva planta bajo condiciones apropiadas. |
V. IV PELIGROS ERGONÓMICOS | Son todos aquellos factores inherentes al proceso o tarea que incluyan aspectos organizacionales, de la interacción del hombre medio ambiente-condiciones de trabajo y productividad |
CARGA FÍSICA | Se refieren a los factores que entorno a la labor realizada imponen en el trabajador un esfuerzo físico e implica el uso de los componentes del sistema osteomuscular y cardiovascular. Estos factores son: Postura, Fuerza y Movimiento. |
CARGA FÍSICA ESTÁTICA | Originada por la prolongada contracción muscular es más fatigoso que el esfuerzo dinámico o sea el movimiento: la postura adecuada de trabajo, dentro del esfuerzo estático, es la que un individuo adopta y mantiene para realizar su labor. La postura ideal y óptima dentro de esta concepción sería: la posición de los diferentes segmentos corporales con respecto al eje corporal con un máximo de eficacia y el mínimo de consumo energético, además de un buen confort en su actividad, la postura prolongada: Es decir, el trabajador permanece en ella por más del 75% de la jornada laboral, la postura mantenida: es cuando el trabajador permanece por más de dos horas (de pie) sin posibilidad de cambios o más de 10 minutos (cuclillas, rodillas), la postura inadecuada es cuando el trabajador por hábitos posturales, o por el diseño del puesto de trabajo adopta una postura incorrecta, la postura forzada o extrema: es cuando el trabajador por el diseño del puesto de trabajo debe realizar movimientos que se salen de los ángulos de confort, la postura antigravitacional; es cuando adopta posturas en las que algunos de los segmentos corporales, deben realizar fuerza muscular en contra de la fuerza de la gravedad. |
CARGA FÍSICA DINÁMICA | Es la ocasionada por el trabajo muscular durante el movimiento repetitivo o durante acciones esforzadas como el levantamiento y transporte de cargas. |
DISEÑO DE PUESTO DE TRABAJO, PLANOS DE TRABAJO INADECUADO, ESPACIOS DE TRABAJO INADECUADO | Se trata de las características del entorno al espacio de trabajo, en relación con las áreas de trabajo, los planos, los espacios, las herramientas, los equipos, las máquinas de trabajo. Se convierten en factor de riesgo cuando esas condiciones del trabajo o requerimientos (demandas) de la tarea no corresponden a las aptitudes físicas del trabajador. |
V.V PELIGROS DE SEGURIDAD | Son todos los factores de riesgo que involucra aspectos relacionados con electricidad, explosión e incendio, mecánicos y locativos. |
FÍSICO -QUÍMICO | Se consideran a todos los objetos, elementos, sustancias, fuentes de calor o sistemas eléctricos que en ciertas circunstancias de inflamabilidad, combustibilidad o defectos, respectivamente puedan desencadenar incendio y explosiones. |
ELÉCTRICO | Se refiere a los sistemas eléctricos de las máquinas, equipos instalaciones locativas que conducen o generan energía dinámica o estática y que, al entrar en contacto pueden provocar, entre otras lesiones como: quemaduras, shock, fibrilación ventricular, según sea la intensidad y el tiempo de contacto.Factores a tener en cuenta: tipo de corriente, intensidad, tipo de contacto, resistencia del cuerpo, tensión, recorrido de la corriente a través del cuerpo. |
MECÁNICOS | Este factor de riesgo hace referencia a todo lo relacionado con objetos, máquinas, equipos y herramientas que por sus condiciones de funcionamiento, diseño, forma, tamaño, ubicación tienen la capacidad potencial de entrar en contacto con las personas o materiales provocando lesiones o daños. |
LOCATIVOS | Este factor de riesgo hace referencia a condiciones de las instalaciones o áreas de trabajo que bajo circunstancias no adecuadas pueden ocasionar accidentes de trabajo o pérdidas para la empresa, pueden generar caídas, golpes, atrapamiento etc., o se puede decir que es todo lo relacionado con infraestructura, involucra techos, paredes, escaleras, ventanas, sistemas de almacenamiento, etc., que en un momento determinado puedan producir lesiones personales y daños materiales. |
V. VI PELIGROS FENÓMENOS NATURALES | Son todos aquellos que son provocados por los fenómenos de tipo natural repentinos e imprevistos que afectan la infraestructura o la continuidad de los procesos, por ejemplo, Terremotos, inundaciones, tormentas, deslizamientos, erupciones volcánicas, etc. |
ANEXO NÚMERO 1 (INSTRUCTIVO)
V. VII PELIGROS PÚBLICOS | Son todos aquellos aspectos que se viven en espacios públicos y que pueden poner en riesgo la vida y la integridad física de las personas. Por lo general están relacionados con tránsito y violencia. |
V. VIII PELIGROS PSICOSOCIAL FACTORES DE RIESGO | Son aquellos aspectos intralaborales, los extralaborales o externos a la organización y las condiciones individuales o características intrínsecas del trabajador, los cuales en una interrelación dinámica, mediante percepciones y experiencias, influyen en la salud y el desempeño de las personas”. |