RESOLUCIÓN 2947 DE 2015
(octubre 8)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE CULTURA
Por la cual se conforma el subcomité de defensa jurídica del sector cultura
LA MINISTRA DE CULTURA (E)
En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere la Ley 489 de 1998, y el Decreto 1746 de 2003, y,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo previsto en el articulo 44 de la Ley 489 de 1998, la orientación del ejercicio de las funciones a cargo de los organismos y entidades que conforman un Sector Administrativo está a cargo del Ministro o Director def Departamento Administrativo a cuyo despacho se encuentran adscritos o vinculados, sin perjuicio de las potestades de decisión, que de acuerdo con la ley y los actos de creación o de reestructuración, les correspondan.
Que de acuerdo al Decreto 1746 de 2013, el sector administrativo de cultura está conformado por el Ministerio de Cultura como entidad directora del sector y como entidades adscritas eí Instituto Colombiano de Antropología e Historia -ICANH-, Archivo General de la Nación, e Instituto Caro y Cuervo.
Que con el fin de establecer o mejorar la coordinación interlnstitucional en la defensa jurídica del Estado, se deben crear los Subcomités Sectoriales de Defensa Jurídica del Estado, los cuales harán parte de los Comités Sectoriales de Desarrollo Administrativo.
Que esta instancia le permitirá a las entidades públicas que Integran el sector cultura, Identificar las problemáticas comunes, de fondo y de forma, en la gestión del ciclo de defensa jurídica del Estado, estudiarlas y abordarlas en forma agregada a nivel sectorial, para generar economías de escala, transferencias de conocimiento, y lograr una mejor articulación de la defensa jurídica del Estado.
Que el objetivo de la conformación del subcomité del sector cultura de defensa jurídica del Estado es constituirse en un espacio de creación y socialización de conocimiento, coordinación, análisis y evaluación transversal de los asuntos de la defensa jurídica de especial Impacto o relevancia para el sector.
Que se hace necesario que el representante legal del Ministerio de Cultura proceda a la conformación del referido subcomité, en consecuencia.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Conformar el subcomité del sector cultura de defensa jurídica del Estado.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dicho subcomité tendrá las siguientes funciones:
1. Determinar las políticas y lineamientos para la adecuada gestión del ciclo de defensa jurídica, aplicable a todas las entidades y organismos que Integran el sector cultura, en materias de prevención del daño antijurídico, estrategias prejudiciales y de defensa judicial, cumplimiento de sentencias y conciliaciones y recuperación de dineros públicos como consecuencia de fallos condenatorios contra el Estado.
2. Estudiar, coordinar y determinar estrategias de defensa jurídica sectorial y lineamientos para el uso de mecanismos alternativos de solución de conflictos y fomentar su uso.
3. Coordinar fa defensa jurídica de la Nación, cuando varias entidades del sector cultura sean demandadas, tengan intereses o de las que se requieran ínsumos para la sustentación de la defensa en un mismo proceso y determinar, según la naturaleza del derecho debatido y/o la situación jurídica planteada, la entidad que liderará la estrategia de representación judicial y extrajudicial del grupo de entidades demandadas.
4. Impartir lineamientos para que las funciones a cargo de los comités de conciliación de las entidades pertenecientes al sector administrativo se desarrollen de manera articulada.
5. Analizar y evaluar los asuntos de defensa jurídica de especial impacto o relevancia para el sector cultura e impartir los lineamientos respectivos.
6. Las demás funciones afines y complementarias, necesarias para cumplir con el objetivo.
ARTÍCULO TERCERO: El subcomité del sector cultura de defensa jurídica del Estado estará integrado así:
1. El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio de Cultura quien actúa como delegado del Ministro de Cultura.
2. Los jefes de las oficinas jurídicas del Instituto Colombiano de Antropología e Historia -ICANH-, y del Archivo General de la Nación.
3. Los responsables o coordinadores de la defensa jurídica y/o judicial del Ministerio de Cultura, del Instituto Colombiano de Antropológica e Historia -ICANH-, y del Archivo General de la Nación.
4. Un delegado del Director del Instituto Caro y Cuervo.
5. Un representante de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
ARTÍCULO CUARTO: El subcomité del sector cultura de defensa jurídica del Estado contará con una Secretarla Técnica que estará a cargo de la oficina asesora jurídica del Ministerio de Cultura.
ARTÍCULO QUINTO: Serán funciones de la Secretaría Técnica:
1. Realizar las convocatorias a las reuniones del subcomité.
2. Realizar todas las gestiones logísticas para las sesiones del subcomité.
3. Levantar las actas de las sesiones y llevar el archivo de las mismas.
4. Solicitar a los comités de conciliación de las entidades que integran el subcomité la información requerida para hacer los estudios de litigiosidad sectorial.
ARTÍCULO SEXTO: Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
MARIANA GARCES CORDOBA
Ministra de Cultura (E)