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RESOLUCIÓN 2630 DE 2017

(septiembre 6)

Diario Oficial No. 50.351 de 09 de septiembre de 2017

MINISTERIO DE LA CULTURA

<No se efectúan las modificaciones que surgen de esta norma y no incliye análisis de vigencia>

Por la cual se modifica, la Resolución número 1642 de 2011 – Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) del conjunto de inmuebles de arquitectura republicana y su zona de influencia en la ciudad de Quibdó, departamento del Chocó. Antiguo Hospital San Francisco de Asís, Cárcel Anayanci, Colegio Carrasquilla, Escuela Modelo y edificio del Palacio Episcopal.

LA MINISTRA DE CULTURA,

en ejercicio de las facultades legales que le confiere el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 397 de 1997, modificado por el artículo 7o de la Ley 1185 de 2008 y su Decreto número 763 2009, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución número 1642 del 25 de agosto de 2011, se expidió aprobó el Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) del conjunto de inmuebles de arquitectura republicana y su zona de influencia en la ciudad de Quibdó, departamento del Chocó. Antiguo Hospital San Francisco de Asís, Cárcel Anayanci, Colegio Carrasquilla, Escuela Modelo y edificio del Palacio Episcopal, declarados bienes de interés cultural del ámbito nacional;

Que la Antigua Escuela Modelo de la ciudad de Quibdó-Chocó, fue declarada como Bien de Interés Cultural del Ámbito Nacional mediante la Resolución número 793 del 31 de julio de 1998;

Que en el predio identificado con la dirección calle 24 No 2-71/75/79, ubicado en el municipio de Chocó-Quibdó, donde funcionaba el Teatro César Conto Ferrer, barrio Yescagrande, se encuentra ubicado en la zona de influencia de la Escuela Modelo, como se puede observar en el plano de Delimitación de áreas afectadas y sus zonas de influencia – sector A de la Resolución número 1642 de 2011 – Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) del conjunto de inmuebles de arquitectura republicana y su zona de influencia en la ciudad de Quibdó, departamento del Chocó. Antiguo hospital San Francisco de Asís, Cárcel Anayanci, Colegio Carrasquilla, Escuela Modelo y edificio del Palacio Episcopal;

Que en el mencionado predio (Teatro Cesar Conto Ferrer), se viene adelantando desde el 2016, la campaña “Todos por el Chocó, como Proyecto de Nación”;

Que la mencionada campaña se realiza en alianza con La W Radio y la Gobernación del Chocó y busca la recuperación del Teatro César Conto Ferrer, el cual representa para los chocoanos tener nuevamente un espacio digno para el desarrollo y disfrute de sus manifestaciones culturales;

Que hace más de dos décadas, la ciudad de Quibdó no cuenta con el teatro en el que se desarrollaban toda clase de espectáculos de carácter cultural y funcionaba como la única sala de proyección de cine;

Que el proyecto de recuperación del Teatro César Conto Ferrer toma trascendencia nacional cuando en agosto de 2016 se lleva a cabo el paro cívico por la dignidad del Chocó, en el cual sus gestores priorizaron la recuperación del teatro como una de sus solicitudes primordiales ante el Gobierno nacional;

Que en la actualidad el teatro se encuentra en estado de ruina por lo que el Ministerio de Cultura en alianza con La W Radio y la Gobernación del Chocó han decidido llevar a cabo la recuperación del mismo través de un nuevo proyecto arquitectónico contemporáneo, que representará un proyecto de renovación urbana y proveerá de nuevos espacios públicos a la ciudad de Quibdó;

Que el artículo 4o. Integración del Patrimonio Cultural de la Nación, de la Ley 397 de 1997 – Ley General de Cultura – establece que “el patrimonio cultural de la Nación está constituido por todos los bienes materiales, las manifestaciones inmateriales, los productos y las representaciones de la cultura que son expresión de la nacionalidad colombiana, tales como la lengua castellana, las lenguas y los dialectos de las comunidades indígenas, negras y creoles, la tradición, el conocimiento ancestral, el paisaje cultural, las costumbres y los hábitos, así como los bienes materiales de naturaleza mueble e inmueble a los que se les atribuye, entre otros, especial interés histórico, artístico, científico, estético o simbólico en ámbitos como el plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico o antropológico”;

Que el nuevo proyecto, no solo buscará salvaguardar la antigua Escuela Modelo, como Bien de Interés Cultural inmueble a través de la revitalización de su contexto, sino que se interesa por la proyección de un espacio adecuado para la conservación y difusión de todas las manifestaciones establecidas en el artículo 4o de la Ley 397 de 1997, antes citado;

Que el nuevo proyecto se implantará en la manzana 043 y se ajusta a lo establecido en el artículo 17 de la Resolución número 1642 de 2011 – Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) del conjunto de inmuebles de arquitectura republicana y su zona de influencia en la ciudad de Quibdó, departamento del Chocó. Antiguo Hospital San Francisco de Asís, Cárcel Anayanci, Colegio Carrasquilla, Escuela Modelo y Edificio del Palacio Episcopal, donde se le da tratamiento de REVITALIZACIÓN URBANA a dicha manzana, el cual “se aplica a sectores urbanos localizados en las zonas de influencia (sectores A, B y C) y a los predios del área afectada, exceptuando los BICN que requieren intervenciones urbanas que contribuyan con su recuperación, mediante la revitalización de sus contextos urbanos circundantes, para recuperar la imagen de representatividad institucional que tuvieron en la época de su construcción, mejorar las condiciones actuales del contexto urbano, y generar espacios públicos que los vinculen con el contexto y les permita la puesta en valor de su patrimonio arquitectónico”;

Que la Dirección de Patrimonio ha estudiado las condiciones contextuales del Bien de Interés Cultural del Ámbito Nacional, Antigua Escuela Modelo y considera que la normativa que afecta la altura de los predios donde está implantado el Teatro César Conto Ferrer y los locales comerciales anexos (no bancarios) (Locales 104-105-106-107-108- 109-111 del predio ubicado en la calle 24 No 2/71/75/79, situados en la Manzana catastral (043), requiere ser revaluada, pues es demasiado restrictiva en atención a las necesidades de revitalización del contexto urbano, antes expuestas;

Que los predios están registrados con matrícula inmobiliaria de la siguiente manera:

– Local 104: 180-27250

– Local 105: 180-27251

– Local 106: 180-27252

– Local 107: 180-27253

– Local 108: 180-27254

– Local 109: 180-27255

– Local 111: 180-27257;

Que el artículo 22. Alturas, de la Resolución número 1642 de 2011 – Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) – del conjunto de inmuebles de arquitectura republicana y su zona de influencia en la ciudad de Quibdó, departamento del Chocó. Antiguo Hospital San Francisco de Asís, Cárcel Anayanci, Colegio Carrasquilla, Escuela Modelo y Edificio del Palacio Episcopal, establece para la Manzana 043, Sector A, una altura máxima de “7 metros, 2 pisos” como se muestra en la tabla;

Que la Dirección de Patrimonio en su evaluación considera pertinente modificar el artículo 22. Alturas, con su respectiva tabla y plano Pl-Plano 3 – Plancha # 1 de 3, de la Resolución número 1642 de 2011 – Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) del conjunto de inmuebles de arquitectura republicana y su zona de influencia en la ciudad de Quibdó, departamento del Chocó. Antiguo Hospital San Francisco de Asís, Cárcel Anayanci, Colegio Carrasquilla, Escuela Modelo y Edificio del Palacio Episcopal y su respectivo Documento Técnico de Soporte, otorgando a los predios donde está implantado el Teatro César Conto Ferrer y los locales comerciales anexos (no bancarios) (Locales 104-105-106-107-108-109-111 del predio ubicado en la calle 24 No 2/71/75/79, situados en la Manzana Catastral 043), una altura máxima de 32 metros, con el fin de atender las necesidades de revitalización del contexto urbano;

Que el artículo 20. Normas urbanísticas generales aplicables a las áreas afectadas y a las zonas de influencia de la Resolución número 1642 de 2011 – Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) del conjunto de inmuebles de arquitectura republicana y su zona de influencia en la ciudad de Quibdó, departamento del Chocó. Antiguo Hospital San Francisco de Asís, Cárcel Anayanci, Colegio Carrasquilla, Escuela Modelo y Edificio del Palacio Episcopal, establece que “Las normas generales sobre uso y edificabilidad (v. gr. alturas, englobes, tipología edificatoria, aislamientos y parqueos) aplicables en la intervención de edificaciones y/o el desarrollo de inmuebles en el ámbito de cada uno de los sectores normativos de que trata el artículo anterior serán aquellas contenidas en las respectivas fichas normativas de áreas afectadas y en las de las zonas de influencia que se adoptan con la presente resolución”;

Que la Dirección de Patrimonio considera que de manera complementaria a las modificaciones de altura, se deben revaluar los aspectos físico-técnicos atinentes a los predios donde se implanta el Teatro César Conto Ferrer y los locales comerciales anexos (no bancarios) (Locales 104-105-106-107-108-109-111 del predio ubicado en la calle 24 No 2/71/75/79, situados en la Manzana Catastral 043), en atención a las necesidades de revitalización del contexto urbano, antes expuestas;

Que el artículo 43. Instancias de decisión de la Resolución número 1642 de 2011 – Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) del conjunto de inmuebles de arquitectura republicana y su zona de influencia en la ciudad de Quibdó, departamento del Chocó. Antiguo Hospital San Francisco de Asís, Cárcel Anayanci, Colegio Carrasquilla, Escuela Modelo y Edificio del Palacio Episcopal establece que “Cualquier intervención que se pretenda adelantar en las áreas afectadas deberá contar con la autorización del Ministerio de Cultura, y para sus zonas de influencia deberá contar con concepto previo del Consejo Departamental de Patrimonio Cultural. En ambos casos se deberá presentar el proyecto respectivo, de conformidad con los requisitos establecidos por dicho ministerio”;

Que el artículo 45. Diferencias de criterio, de la Resolución número 1642 de 2011 – Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) del conjunto de inmuebles de arquitectura republicana y su zona de influencia en la ciudad de Quibdó, departamento del Chocó. Antiguo Hospital San Francisco de Asís, Cárcel Anayanci, Colegio Carrasquilla, Escuela Modelo y Edificio del Palacio Episcopal establece que “Las diferencias de criterio que surjan en relación con la aplicación e interpretación de la reglamentación, serán dirimidas por el Ministerio de Cultura”;

Que la Dirección de Patrimonio no encuentra procedente la necesidad de contar con concepto previo del Consejo Departamental de Patrimonio para la aprobación de proyectos de revitalización del contexto urbano, circunscritos en proyectos de nación, adelantados por el Ministerio de Cultura en la zona de influencia de los BIC - NAL, pues si bien lo establece el artículo 43, antes mencionado, el artículo 45 le da prelación de criterio al Ministerio de Cultura;

Que los miembros del Comité Técnico del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural estuvieron unánimemente de acuerdo en recomendar la aprobación de la modificación de la Resolución número 1642 del 25 de agosto de 2011, la Ministra de Cultura aprobó el Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) del conjunto de inmuebles de arquitectura republicana y su zona de influencia en la ciudad de Quibdó, departamento del Chocó. Antiguo Hospital San Francisco de Asís, Cárcel Anayanci, Colegio Carrasquilla, Escuela Modelo y edificio del Palacio Episcopal, declarados bienes de interés cultural del ámbito nacional, en relación con las consideraciones expuestas en reunión del 26 de julio de 2017;

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. MODIFICAR EL ARTÍCULO 20. Normas urbanísticas generales aplicables a las áreas afectadas y a las zonas de influencia de la Resolución número 1642 de 2011 – Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) del conjunto de inmuebles de arquitectura republicana y su zona de influencia en la ciudad de Quibdó, departamento del Chocó. Antiguo Hospital San Francisco de Asís, Cárcel Anayanci, Colegio Carrasquilla, Escuela Modelo y Edificio del Palacio Episcopal, en atención a las necesidades de revitalización del contexto urbano, antes expuestas.

ARTÍCULO 2o. INCORPORAR AL ARTÍCULO 20. <Esta norma no incluye análisis de vigencia> Normas urbanísticas generales aplicables a las áreas afectadas y a las zonas de influencia, el siguiente parágrafo:

PARÁGRAFO. Los predios donde se encuentra implantado el Teatro César Conto Ferrer y los locales comerciales anexos (no bancarios) (Locales 104-105-106-107-108-109-111 del predio ubicado en la calle 24 No 2/71/75/79, situados en la Manzana Catastral 043), en aras de buscar la REVITALIZACIÓN DEL CONTEXTO URBANO del sector, responderán a la siguiente normativa:

ARTÍCULO 3o. MODIFICAR EL ARTÍCULO 22. <Esta norma no incluye análisis de vigencia> Alturas, con su respectiva tabla y plano Pl- Plano 3 – Plancha # 1 de 3, de la Resolución número 1642 de 2011 – Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) del conjunto de inmuebles de arquitectura republicana y su zona de influencia en la ciudad de Quibdó, departamento del Chocó. Antiguo Hospital San Francisco de Asís, Cárcel Anayanci, Colegio Carrasquilla, Escuela Modelo y Edificio del Palacio Episcopal y su respectivo Documento Técnico de Soporte, otorgando a los predios donde está implantado el Teatro César Conto Ferrer y los locales comerciales anexos (no bancarios) (Locales 104-105-106-107-108- 109-111 del predio ubicado en la calle 24 No 2/71/75/79, situados en la Manzana Catastral 043), una altura máxima de 32 metros, con el fin de atender las necesidades de revitalización del contexto urbano. Quedando establecida la normativa de la siguiente manera:

ARTÍCULO 4o. MODIFICAR EL ARTÍCULO 43. Instancias de decisión de la Resolución número 1642 de 2011 – Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) del conjunto de inmuebles de arquitectura republicana y su zona de influencia en la ciudad de Quibdó, departamento del Chocó. Antiguo Hospital San Francisco de Asís, Cárcel Anayanci, Colegio Carrasquilla, Escuela Modelo y Edificio del Palacio Episcopal, incluyendo el siguiente parágrafo:

PARÁGRAFO. Los predios donde se encuentra implantado el Teatro César Conto Ferrer y los locales comerciales anexos (no bancarios) (Locales 104-105-106-107-108-109-111 del predio ubicado en la calle 24 No 2/71/75/79, situados en la Manzana Catastral 043), en aras de buscar la REVITALIZACIÓN DEL CONTEXTO URBANO del sector no requerirán concepto previo del Consejo departamental de Patrimonio cultural para la aprobación de solicitudes de intervención.

Publíquese, y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 6 de septiembre de 2017.

MARIANA GARCÉS CÓRDOBA

La Ministra de Cultura,

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