RESOLUCIÓN NÚMERO 1560 DE 2015
(junio 1)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE CULTURA
Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 1158 de 2015
LA MINISTRA DE CULTURA
En uso de las facultades legales que le confiere la Constitución Política, la Ley 489 de 1998 y el Decreto 1083 de 2015,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 1158 de 2015 se estableció el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Ministerio de Cultura de conformidad con lo establecido en el Decreto 1785 de 2014.
Que por necesidades del servicio se requiere efectuar modificación en la identificación, ei propósito principal, las funciones esenciales, las contribuciones individuales, los conocimientos esenciales y los requisitos de estudio y experiencia de algunos cargos incluidos en este Manual.
Que en consideración a lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modifíquese el propósito principal del cargo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO código 2028 grado 14, hoja 162 del Manual de Funciones y Competencias Laborales, así:
I. IDENTIFICACIÓN | |
Denominación del empleo | Profesional Especializado |
Código | 2028 |
Grado | 14 |
Número de cargos | Uno (1) |
Dependencia | Dirección de Artes |
Cargo del jefe inmediato | Quien ejerza la supervisión inmediata |
ID Ministerio | 157 |
II. PROPÓSITO PRINCIPAL | |
Asistir al Director de Artes en el diseño, coordinación y ejecución de los programas y proyectos que valoricen y fortalezcan todas las dimensiones del campo artístico, en particular el sector de la danza, en sus dimensiones de gestión, circulación y apropiación, en el país, con fundamento en el marco de la Constitución Política de Colombia, la Ley de Cultura y el Plan de Desarrollo. | |
III. DESCRIPCIÓN FUNCIONES ESENCIALES | |
1. Realizar las actividades necesarias orientadas al diseño y la supervisión de los programas de gestión, circulación y apropiación, en el campo de la danza en el ámbito nacional. | |
2. Apoyar y asistir el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de programas y proyectos culturales que fomenten la gestión, circulación y apropiación en el campo de la danza en el ámbito nacional. | |
3. Diseñar, proponer y apoyar la ejecución de estrategias que promuevan la apropiación de los planes estratégicos en el área de danza en el ámbito local, regional y nacional. | |
4. Asistir a la Dirección en el desarrollo de los reportes a que haya lugar relacionados con la gestión del área de danza. | |
5. Apoyar la articulación de actores y procesos del campo de la danza y su interacción con otras áreas y dependencias culturales tanto al interior del Ministerio como en los distintos ámbitos territoriales e institucionales. | |
6. Sugerir y apoyar acciones que en materia de cooperación interinstitucional a nivel nacional e internacional deban adelantarse para consolidar y proyectar la actividad de la danza en el país | |
7. Preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y periodicidad requeridas. | |
8. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño y la naturaleza del empleo. | |
IV. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES | |
1. Ley General de Cultura y sus decretos reglamentarios. | |
2. Plan Nacional de Desarrollo. | |
3. Estructura del Estado. | |
4. Formulación y evaluación de proyectos. | |
V. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES | |
COMUNES | POR NIVEL JERARQUICO |
Orientación a resultados | Aprendizaje continuo |
Orientación al usuario y al ciudadano | Experticia profesional |
Transparencia | Trabajo en equipo y colaboración |
Compromiso con la organización | Creatividad e innovación |
VI. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y DE EXPERIENCIA | |
Formación Académica | Experiencia |
Título Profesional en las disciplinas académicas del núcleo básico de conocimiento en: Artes Plásticas Visuales y Afines; Artes Representativas. Título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas afines. Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley. | Trece (13) meses de experiencia profesional relacionada. |
VII. ALTERNATIVA | |
Formación Académica | Experiencia |
Título Profesional en las disciplinas académicas del núcleo básico de conocimiento en: Artes Plásticas Visuales y Afines; Artes Representativas. Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley. | Treinta y siete (37) meses de experiencia profesional relacionada. |
ARTICULO 2o. Los demás artículos de la Resolución 1158 de 2015 no sufrirán modificación.
ARTICULO 3o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición, y modifica en lo pertinente la Resolución 1158 de 2015.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 1 JUN 2015
MARIANA GARCÉS CÓRDOBA
Ministra de Cultura