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RESOLUCIÓN 1212 DE 2022

(julio 19)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE CULTURA

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 599 de 2023>

Por medio de la cual se suprime un Grupo Interno de Trabajo, se crea el Grupo Centro Nacional de las Artes-CNA, y se designa su coordinador.

LA SECRETARIA GENERAL

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 59 y 115 de la Ley 489 de 1998, la Ley 397 de 1997, el artículo 18 del Decreto 2120 de 2018, el artículo 5o de la Resolución DM No 0135 de 2022 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 prevé que "Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas de organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo". Asimismo, que "En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento".

Que mediante Decreto No. 2120 del 15 de noviembre de 2018, se modificó la estructura del Ministerio de Cultura.

Que el numeral 15 del artículo 6o del Decreto 2120 de 2018, determina que son funciones del ministro de Cultura “Crear, organizar y conformar mediante resolución interna y con carácter permanente o transitorio, los comités internos y los grupos internos de trabajo, para atender las necesidades del servicio y el cumplimiento oportuno, eficiente y eficaz de los objetivos, políticas y programas del ministerio, indicando las actividades que deban cumplir y los responsables de las mismas”.

Qué mediante Decreto No. 2121 del 15 de noviembre de 2018, se modificó la planta de personal del Ministerio de Cultura.

Que mediante Resolución DM No. 0135 de 6 de mayo de 2022, se establecieron los Grupos internos de Trabajo en el Ministerio de Cultura, con el fin de facilitar el cumplimiento de sus funciones y que estas se desarrollarán conforme a las nuevas necesidades del Ministerio.

Que en el artículo quinto de la Resolución DM No 0135 de 6 de mayo de 2022, se delegó en el Secretario General del Ministerio de Cultura la facultad de crear, organizar y conformar mediante con carácter permanente o transitorio, los grupos internos de trabajo, para atender las necesidades del servicio y el cumplimiento oportuno, eficiente y eficaz de los objetivos, políticas y programas del ministerio, indicando las actividades que deban cumplir y los responsables de estas

Que el Departamento Administrativo de la Función Pública en Concepto 42111 de 2019, señaló que la creación de grupo “se origina en la necesidad de suplir dentro de la organización de las entidades niveles intermedios que faciliten la prestación del servicio de manera eficiente y eficaz en estructuras planas y flexibles a las que corresponden plantas globales, sin que necesariamente conlleven la existencia de un nivel jerárquico''.

Que el Consejo de Estado en concepto No. 2030 de 29 de octubre de 2010, Expediente 11001-03-06-000-2010-00093-00 M.P. Augusto Hernández Becerra, se pronunció respecto a los Grupos Internos de Trabajo indicando que (...) Dichos grupos no forman parte de la estructura orgánica de la entidad. Pudiendo ser de carácter permanente o transitorio los grupos de trabajo, su creación y, por consiguiente, su disolución, derivan de una resolución del jefe del organismo respectivo. Así como el director del organismo tiene la facultad legal de crearlos, tiene igual potestad para disolverlos, de acuerdo con las necesidades del servicio. (...)

Que el Ministerio de Cultura mediante Resolución No. 1896 del 1 de julio de 2015, en virtud de sus competencias autorizó la ampliación del Teatro Cristóbal Colón, y adelantó el proceso de licitación pública No. MC-LP-09 2015 del 19 de octubre de 2015 y posteriormente celebró el contrato No. 3014 de 2015, cuyo objeto es “Contratar la obra pública para realizar el proyecto de ampliación de la etapa III del Teatro de Cristóbal Colón, bien de interés cultural del ámbito nacional localizado en Bogotá”.

Que el Ministerio de Cultura recibió el pasado 6 de mayo de 2022 la obra de ampliación del Teatro Cristóbal Colón ahora denominado Centro Nacional de las Artes. El Centro comprende una infraestructura física con escenarios, espacios multifuncionales y polivalentes para la creación y producción de proyectos escénicos, incluyendo las artes escénicas clásicas y contemporáneas, así como otras expresiones culturales de origen ancestral y de grupos sociales diversos que se expresan en clave de lo escénico. A su vez, será una plataforma de intercambios, creaciones y proyectos colaborativos entre las expresiones y artes escénicas del orden nacional y regional en perspectiva de fortalecer el sentido diverso y multicultural de la nación.

Que en virtud de lo anterior es necesario suprimir el Grupo Interno de Trabajo Teatro Colón y crear el Grupo Interno de Trabajo denominado Centro Nacional de las Artes-CNA con el fin orientar a las diferentes instancias para promover su carácter nacional mediante la inclusión de una estrategia de intercambios, creaciones y proyectos colaborativos entre las expresiones y artes escénicas diversas de las regiones y territorios de la nación.

Qué en razón a lo anterior, se hace necesario suprimir el Grupo Teatro Colón, crear el Grupo Centro Nacional de las Artes y señalar sus funciones, con el fin de cumplir oportuna, eficiente y eficaz los objetivos, funciones, políticas y programas del Ministerio de Cultura.

Que, en mérito de Lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 599 de 2023> Modificar el artículo 1o y 2o de la Resolución No. 135 de 2022, suprimiendo el Grupo Interno de Trabajo denominado “Teatro Colón”, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo.

ARTÍCULO 2. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 599 de 2023> Crear el Grupo Interno de Trabajo Centro Nacional de las Artes-CNA, adscrito a la Dirección de Artes del Ministerio de Cultura, que tendrá como objetivo realizar las acciones necesarias para la implementación de los planes, proyectos y estrategias del Centro Nacional de las Artes-CNA en condiciones de eficiencia, eficacia, calidad y probidad.

ARTÍCULO 3. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 599 de 2023> La Dirección de Artes del Ministerio de Cultura, estará conformada por los siguientes Grupos Internos de Trabajo:

 Grupo de Danza
1Dirección deGrupo de Literatura
ArtesGrupo de Música
 Grupo Centro Nacional de las Artes

ARTÍCULO 4. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 599 de 2023> Asignar al Grupo Centro Nacional de las Artes, las siguientes funciones así:

1. Realizar los procesos de planeación estratégica, de planeación presupuestal, de gestión financiera y administrativa, requeridos para el adecuado funcionamiento del Centro Nacional de las Artes de acuerdo con las orientaciones de la Dirección de Artes.

2. Presentar para aprobación la propuesta de programación del Centro Nacional de las Artes antes las instancias designadas para tal fin.

3. Realizar la producción de las actividades y proyectos para promover la creación, producción y circulación de proyectos de carácter cultural y artístico.

4. Fomentar la realización y circulación de proyectos artísticos en los diferentes espacios que posee el CNA.

5. Promover la preservación del patrimonio, la memoria y el diálogo intercultural y la diversidad cultural.

6. Gestionar con entidades públicas y organismos privados proyectos de creación y de producción artística y presentarlos a las instancias de coordinación pertinentes.

7. Coordinar con la Oficina de Prensa del Ministerio de Cultura los planes y acciones propias de la comunicación, relaciones públicas y el mercadeo, necesarias para apoyar la sostenibilidad financiera del escenario y en general todos los proyectos del Centro Nacional de las Artes y sus salas alternas.

8. Liderar el plan de comunicaciones y mercadeo necesarios para implementar estrategias para la divulgación de las actividades que se programan y los servicios que ofrece el CNA y sus salas alternas.

9. Diseñar e implementar estrategias de mediación y formación de públicos para ofrecer oportunidades de acceso a las diversas manifestaciones artísticas a todos los sectores de la población.

10. Garantizar acciones de articulación e integración de las comunidades de contexto del CNA y del país a los proyectos del CNA.

11. Facilitar el desarrollo de actividades de producción y logística, requeridas para la puesta en escena de espectáculos.

12. Promover el intercambio de proyectos artísticos, tanto a nivel nacional como internacional, necesario para fortalecer la circulación de las prácticas artísticas.

13. Controlar y dar cuenta del manejo de los recaudos producto de la venta de boletería y de funciones, así corno del alquiler de espacios, necesarios para asegurar el ingreso de estos recursos.

14. Participar y asegurar el desarrollo y sostenimiento de los sistemas integrados de gestión, y la observancia de sus recomendaciones, a fin de lograr sus objetivos.

15. Realizar las gestiones necesarias para la consecución de recursos privados, públicos, e internacionales con el fin de fomentar los proyectos artísticos y culturales del CNA.

16. Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza para la cual fue creado el grupo.

ARTÍCULO 5. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 599 de 2023> Designar como coordinador del Grupo Centro Nacional de las Artes-CNA, a la servidora CLAUDIA CECILIA DEL VALLE MUÑOZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.968.562, directora de Teatro Código 0136 Grado 17 de la Dirección de Artes del Ministerio de Cultura.

ARTÍCULO 6. VIGENCIA. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 599 de 2023> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición, y modifica las Resoluciones DM No. 0135 del 6 de mayo de 2022 y la No. 1034 del 28 de junio de 2022, las demás disposiciones que no fueron modificadas continúan vigentes.

PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., 19 JULIO 2022

CLAUDIA JINETH ALVAREZ BENÍTEZ

Secretaria General

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