RESOLUCIÓN 1132 DE 2020
(junio 26)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE CULTURA
Por la cual se efectúa una Delegación
LA MINISTRA DE CULTURA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Ley 489 de 1998, el Decreto 2120 de 2018, el Decreto 2149 de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 2149 del 20 de diciembre de 2017 crea el Sistema Nacional de Depuración de Datos y Archivos de Inteligencia y Contrainteligencia, denominado “SND”, como un conjunto de instancias, orientaciones de actividades, recursos, definiciones, programas e instituciones que permiten la aplicación de los principios generales y las disposiciones sobre actualización, corrección, retiro de datos y archivos de inteligencia y contrainteligencia.
Que el marco del artículo 2.2.3.12.2.1. del Decreto 2149 de 2017, el cual prevé:
“Del Consejo Directivo del Sistema Nacional de Depuración de Datos y Archivos de Inteligencia y Contrainteligencia. El Consejo Directivo del Sistema Nacional de Depuración "SND"lo conformarán:
1. El o la Ministro (a) del Interior o su delegado (a).
2. El o la Ministro (a) de Relaciones Exteriores o su delegado (a).
3. El o la Ministro (a) de Defensa Nacional o su delegado (a) quien lo presidirá;
4. El o la Ministro (a) de Justicia y del Derecho o su delegado (a).
5. El o la Ministro (a) de Hacienda y Crédito Público o su delegado (a).
6. El o la Ministro (a) de Cultura o su delegado (a).
7. El o la Director (a) del Departamento Administrativo "Dirección Nacional de Inteligencia" o su delegado (a).
Parágrafo 1. Los delegados asignados por los titulares tendrán voz y voto en las reuniones.
Parágrafo 2. El Consejo Directivo del Sistema "SND" se reunirá cada seis (6) meses o en forma extraordinaria cuando lo estimen pertinente.
Parágrafo 3. La documentación que se genere con ocasión de las actividades del Consejo Directivo del “SND” estará bajo la responsabilidad y custodia de su secretaría técnica.
Parágrafo 4. La Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y la Contraloría General de la República, sin perjuicio de las funciones Constitucionales y legales que les corresponden, podrán designar un o una delegado (a) para que asistan
Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 prevé “Delegación. Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.
Sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas, en todo caso, los ministros, directores de departamento administrativo, superintendentes, representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegarla atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presente Ley”.
Que, conforme a lo anterior, se hace pertinente delegar la representación de la señora MINISTRA DE CULTURA de manera permanente en las sesiones ordinarias del Consejo Directivo del Sistema Nacional de Depuración de Datos y Archivos de Inteligencia y Contrainteligencia, en el VICEMINISTRO DE FOMENTO REGIONAL Y PATRIMONIO del Ministerio de Cultura.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Delegar de manera permanente en el VICEMINISTRO DE FOMENTO REGIONAL Y PATRIMONIO, la representación de la señora MINISTRA DE CULTURA, en las sesiones ordinarias del Consejo Directivo del Sistema Nacional de Depuración de Datos y Archivos de Inteligencia y Contrainteligencia.
ARTÍCULO SEGUNDO: Esta Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, a los 26 JUN 2020
CARMEN INÉS VÁSQUEZ CAMACHO
Ministra de Cultura