RESOLUCIÓN 904 DE 2020
(junio 9)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE CULTURA
Por la cual se conforma el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo en el Ministerio de Cultura, para la vigencia 2020-2022
LA MINISTRA DE CULTURA
En ejercicio de sus facultades legales y en cumplimiento de la Resolución 2013 de 1986 del Ministerio de Trabajo y el Decreto 1295 de 1994.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1o de la Resolución 2013 de 1986, modificado por el Decreto 1295 de 1994, establece que todas las empresas públicas o privadas que tengan a su servicio diez (10) o más trabajadores, están obligadas a Constituir un Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Que el artículo 2o de la Resolución en cita, señala que el citado comité estará compuesto por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores con sus respectivos suplentes y de acuerdo con la cantidad de trabajadores de la entidad.
Que el artículo 5o ibidem, establece que el empleador designará directamente sus representantes al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo y que los trabajadores elegirán los suyos mediante votación libre.
Que de acuerdo con el número de trabajadores dentro de la planta de personal del Ministerio de Cultura, el Comité deberá estar conformado por dos representantes principales y dos representantes suplentes por cada una de las partes, quienes una vez elegidos ocuparán su plaza en el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo por un período de dos (2) años.
Que el día 28 de abril 2020, se realizó de forma virtual la jornada electoral para la elección de los representantes de los trabajadores ante el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el trabajo del Ministerio de Cultura.
Que de conformidad con el resultado de la votación que consta en el acta de escrutinio de fecha 28 de abril de 2020, fueron elegidos representantes de los servidores los candidatos que obtuvieron la mayoría de los votos, con sus respectivos suplentes así:
MIEMBROS PRINCIPALES | CARGO | MIEMBROS SUPLENTES | CARGO |
Jaime Humberto Quevedo Urrea | Profesional Especializado 2028-18 | Pedro Antonio Fonseca Rincón | Auxiliar Administrativo 4044-16 |
Alexandra Lucía Gamboa Mendoza | Profesional Especializado 2028-15 | Didier Yohan Alcalá Hoyos | Auxiliar Administrativo 4044-18 |
Que como miembros representantes de la administración fueron designados los siguientes funcionarios:
MIEMBROS PRINCIPALES | CARGO | MIEMBROS SUPLENTES | CARGO |
Diana Milena Vivas Muñoz | Asesor 1020-06 | Zoila Rosa Pupiales Saavedra | Asesor 1020-06 |
Lady Carolina Hernández Thiriat | Asesor 1020-12 | Adriana Patricia Páez Ávila | Técnico 3100-17 |
Que de acuerdo con lo anterior, es procedente conformar al interior del Ministerio de Cultura, el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el trabajo, por un período de dos (2) años.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Conformar el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo COPASST, del Ministerio de Cultura, para el período 2020-2022, de la siguiente manera:
MIEMBROS | REPRESENTANTE EMPELADOS | REPRESENTANTE EMPLEADOR | ||
Miembros principales | Jaime Humberto Quevedo Urrea Profesional Especializado 2028-18 | Alexandra Lucía Gamboa Mendoza Profesional Especializado 2028-15 | Diana Milena Vivas Muñoz Asesor 1020- 06 | Lady Carolina Hernández Thiriat Asesor 1020-12 |
Miembros suplentes | Pedro Antonio Fonseca Rincón Auxiliar Administrativo 4044-16 | Didier Yohan Alcalá Hoyos Auxiliar Administrativo 4044-18 | Zoila Rosa Pupiales Saavedra Asesor 1020- 06 | Adriana Patricia Páez Ávila Técnico 3100-17 |
PARÁGRAFO: El período de los miembros del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo, será de dos (2) años contados a partir de la expedición de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2o. Designar como presidente del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo a la funcionaria DIANA MILENA VIVAS MUÑOZ, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Resolución 2013 de 1986.
ARTÍCULO 3o. Comunicar el contenido de la presente Resolución, a los servidores señalados en el artículo 1 de este acto administrativo, a través del Grupo de Gestión Humana.
ARTÍCULO 4o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá D.C., a los 09 JUN 2020
PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
CARMEN INÉS VÁSQUEZ CAMACHO
Ministra