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RESOLUCION 873 DE 2004

(julio 13)

Diario Oficial No. 45.614, de 19 de julio de 2004

MINISTERIO DE CULTURA

Por la cual se reestructura el Comité Técnico Sectorial de Desarrollo Administrativo del Sector Cultura.

La Ministra de Cultura, en ejercicio de sus facultades legales y constitucionales y en especial de las que le confiere el artículo 19 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 189 de la Constitución Política señala en los numerales 15 y 16 que el Gobierno debe ejercer en los términos que señala la ley las políticas de desarrollo administrativo;

Que el artículo 4º de la Ley 489 de 1998 determina que la función administrativa del Estado busca la satisfacción de las necesidades generales de todos los habitantes, de conformidad con los principios, finalidades y cometidos consagrados en la Constitución Política;

Que el mismo artículo establece que los organismos, entidades y personas encargadas, de manera permanente o transitoria, del ejercicio de funciones administrativas deben ejercerlas consultando en interés general;

Que los principios y finalidades de la función administrativa definidos en el artículo 3º de la Ley 489 de 1998 son: La función administrativa se desarrollará conforme a los principios constitucionales, en particular los atinentes a la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, participación, publicidad, responsabilidad y transparencia. Los principios anteriores se aplicarán igualmente en la prestación de servicios públicos, en cuanto fueren compatibles con su naturaleza y régimen;

Que el Capítulo IV de la Ley 489 de 1998 define los fundamentos, políticas, desarrollo y divulgación del Sistema de Desarrollo;

Que mediante Resolución 0225 del 8 de marzo de 2000 se conformó el Comité Técnico Sector ial de Desarrollo Administrativo del Sector Cultura;

Que mediante Resolución 0135 del 9 de febrero de 2001 se reestructuró el Comité Técnico Sectorial de Desarrollo Administrativo del Sector Cultura;

Que mediante Resolución 0831 del 6 de julio de 2004 se reestructuró el Comité Técnico Sectorial de Desarrollo Administrativo del Sector Cultura;

Que de conformidad con lo señalado en el considerando anterior, se hace necesario adicionar el artículo 1º de la Resolución 0135 del 9 de febrero de 2001;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adicionar el artículo 1º de la Resolución 0135 del 9 de febrero de 2001, el cual quedará así:

1. El(La) Secretario(a) General del Archivo General de la Nación.

2. El(La) Jefe de la Oficina de Planeación del Archivo General de la Nación.

3. El(La) Subdirector(a) Administrativo y Financiero del Instituto Colombiano de Antropología e Historia, ICANH.

4. El(La) Jefe de la Oficina de Planeación del Instituto Colombiano de Antropología e Historia, ICANH.

5. El(La) Coordinador(a) del Grupo de Gestión Administrativa y de Archivo del Ministerio de Cultura.

6. El(La) Coordinador(a) del Grupo de Gestión Humana del Ministerio de Cultura.

7. El(La) Jefe de la Oficina de Control Interno del Ministerio de Cultura.

8. El(La) Jefe de la Oficina de Planeación del Ministerio de Cultura, quien hará las veces de Secretario Técnico de este Comité.

9. El(La) Subdirector Oficina de Planeación del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes.

10. El(La) Sindico(a) del Instituto Caro y Cuervo.

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 13 de julio de 2004.

La Ministra de Cultura,

María Consuelo Araújo Castro.

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