RESOLUCIÓN 770 DE 2017
(marzo 24)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE CULTURA
Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 1158 de 2015
LA MINISTRA DE CULTURA
En uso de las facultades legales que le confiere la Constitución Política, la Ley 489 de 1998 y el Decreto 1083 de 2015,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 1158 de 2015 se estableció el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Ministerio de Cultura de conformidad con lo establecido en el Decreto 1083 de 2015.
Que por necesidades del servicio se requiere efectuar modificaciones en algunos de los perfiles incluidos en este Manual.
Que en consideración a lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modifíquense los requisitos de formación académica y experiencia del cargo de DIRECTOR DE MUSEO código 0136 grado 08, ID Ministerio: 53, hoja 57 de la Resolución 1158 de 2015, así:
1. IDENTIFICACION | |
Denominación del empleo | Director de Museo |
Código | 0136 |
Grado | 08 |
Número de cargos | Uno (1) |
Dependencia | Museo de Arte Colonial y Santa Clara |
Cargo del jefe inmediato | Ministro de Cultura |
ID Ministerio | 53 |
II. PROPÓSITO PRINCIPAL | |
Dirigir, liderar y evaluar los planes, programas y servicios de los museos; dirigir y coordinar los equipos de trabajo para el cumplimiento de la misión museal. | |
III. DESCRIPCIÓN FUNCIONES ESENCIALES | |
1. Dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de los programas y prestación de los servicios museo ales y responder por el cumplimiento y manejo de los recursos humanos, físicos, tecnológicos, administrativos y financieros. | |
2. Gestionar y supervisar la elaboración, ejecución y desarrollo de los contratos y convenios del Plan de Contratación que figuran en el Plan de Acción Anual de los museos. | |
3. Supervisar y efectuar seguimiento de la ejecución el plan presupuestal. | |
4. Supervisar las labores de investigación y conservación preventiva realizadas en los museos. | |
5. Supervisar las estrategias museológicas para comunicar el conocimiento generado en las investigaciones curatoriales adelantadas en los museos. | |
6. Dirigir, supervisar y promover el enriquecimiento de las colecciones de los museos mediante la adquisición de obras y objetos de valor histórico y patrimonial. | |
7. Controlar el inventario físico de las obras y objetos históricos y artísticos pertenecientes a los museos asignados. | |
8. Coordinar, supervisar, vigilar y responder por el recaudo de la taquilla de los museos asignados. | |
9. Reunir, clasificar y catalogar las piezas de colecciones y registrarlas en Colecciones Colombianas. | |
10. Diseñar, proponer y aplicar las normas que garanticen la conservación y seguridad del patrimonio de los museos asignados. | |
11. Preparar y realizar actividades educativas y culturales en concordancia con los planes anuales de acción y la característica misma de los museos a su cargo. | |
12. Gestionar proyectos expositivos en los museos. | |
13. Preparar y presentar los informes sobre los planes de acción anuales y la evaluación sobre las actividades desarrolladas en los mismos, con la oportunidad y periodicidad requeridas | |
IV. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES | |
1. Historia y Arte Colonial. | |
2. Museología, restauración y conservación. | |
3. Pedagogía museológica. | |
4. Gestión Cultural. | |
5. Ley General de Cultura y Decretos Reglamentarios. | |
V. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES | |
COMUNES | POR NIVEL JERARQUICO |
Orientación a resultados | Liderazgo |
Orientación al usuario y al ciudadano | Planeación |
Transparencia | Toma de decisiones |
Compromiso con la organización | Dirección y desarrollo de personal |
Conocimiento del entorno | |
VI. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y DE EXPERIENCIA | |
Formación Académica | Experiencia |
Título Profesional en las disciplinas académicas del núcleo básico de conocimiento en: Administración; Artes Plásticas Visuales y Afines; Antropología, Artes Liberales; Geografía, Historia; Lenguas Modernas, Literatura, Lingüística y Afines; Ingeniería Industrial y Afines; Comunicación Social, Periodismo y Afines; Filosofía; Geografía; Sociología; Trabajo Social y Afines; Arquitectura y Afines; Psicología. Título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas afines. Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley. | Cuarenta (40) meses de experiencia profesional relacionada. |
VII. ALTERNATIVA | |
Formación Académica | Experiencia |
Título Profesional en las disciplinas académicas del núcleo básico de conocimiento en: Administración; Artes Plásticas Visuales y Afines; Antropología, Artes Liberales; Geografía, Historia; Lenguas Modernas, Literatura, Lingüística y Afines; Ingeniería Industrial y Afines; Comunicación Social, Periodismo y Afines; Filosofía; Geografía; Sociología; Trabajo Social y Afines; Arquitectura y Afines; Psicología. Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley. | Sesenta y cuatro (64) meses de experiencia profesional relacionada. |
ARTÍCULO 2o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición, modifica en lo pertinente la Resolución 1158 de 2015 y todas aquellas que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 24 MAR 2017
MARIANA GARCES CORDOBA
Ministra de Cultura