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RESOLUCIÓN 577 DE 2023

(diciembre 15)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS SABERES

Por la cual se efectúa una delegación permanente al Comité Nacional de Seguridad Digital

EL MINISTRO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS SABERES

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las previstas en el artículo 209 de la Constitución Política y el articulo 9 Ley 489 de 1998,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia en su Artículo 209 sostiene que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

Que al mismo tenor, en su artículo 211 de la Carta Política establece:

"ARTÍCULO 211.- (...)

La delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad consiguiente."

Que el Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, Concepto del 26 de marzo de 1998, Radicación: 1.089 reiterado en múltiples conceptos el Departamento Administrativo de la Función Pública (030771 de 2022, 081261 de 2022, 123301 de 2021, respecto de la delegación de funciones, sostuvo:

"La delegación - junto con la descentralización y la desconcentración - es uno de los medios establecidos en el Estado de Derecho para el adecuado ejercicio de la función administrativa, toda vez que ésta se encuentra al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en principios rectores, tales como los de eficacia, economía y celeridad, que complementan los de igualdad, moralidad, imparcialidad y publicidad.

Así la concibe la Constitución Política, la cual se refiere a las funciones que el Presidente de la República podrá delegar en los ministros, directores de departamentos administrativos, representantes legales de entidades descentralizadas, superintendentes, gobernadores, alcaldes y agencias del Estado que la ley determine. Precisa que la ley señalará las funciones susceptibles de delegación por parte del Presidente de la República y que ella, igualmente, "fijará ¡as condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades" y "establecerá los recursos que se puedan interponer contra los actos de los delegatarios" (Arts. 209 y 211).

Que el Decreto 338 de 2022 que adicional el título 21 a la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único 1078 de 2015, Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en su artículo 2.2.21.1.3.5. indica quienes componen dicho comité:

"ARTÍCULO 2.2.21.1.3.5. Conformación del Comité Nacional de Seguridad Digital. El Comité Nacional de Seguridad digital estará conformado por:

1. El Coordinador Nacional de Seguridad Digital o su delegado, quien presidirá el comité.

2. El Ministro de Relaciones Exteriores o su delegado.

3. El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado.

4. El Ministro de Justicia y del Derecho o su delegado.

5. El Ministro de Defensa Nacional o su delegado.

6. El Ministro de Minas y Energía o su delegado.

7. El Ministro de Salud y Protección Social o su delegado.

8. El Ministro de Educación Nacional o su delegado.

9. Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible o su delegado.

10. El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio o su delegado.

11. El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o su delegado.

12. El Ministro de Transporte o su delegado.

13. El Ministro de Cultura o su delegado.

(...)

Que en virtud de dicho artículo y dada la facultad contenida en el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, dispone que las autoridades administrativas: "podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias", se delega en la Dirección del Grupo de Gestión de Tecnologías y Sistemas de la Información, la participación del Ministro de las culturas en el Comité Nacional de Seguridad Digital.

En virtud de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Delegar de manera permanente - en el asesor(a) designado como coordinador(a) del Grupo de Gestión de Tecnologías y Sistemas de la Información, la representación del Ministro de las Culturas las Artes y los Saberes en Comité Nacional de Seguridad Digital para que cumpla con las funciones contenidas en el artículo 2.2.21.1.3.6. del Decreto 338 de 2022.

ARTÍCULO 2. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D. C., a los 15 DIC 2023

JUAN DAVID CORREA ULLOA

Ministro

Ministerio de las Culturas las Artes y los Saberes

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