RESOLUCIÓN 575 DE 2023
(diciembre 15)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS SABERES
Por la cual se efectúa una delegación permanente a la Comisión Intersectorial en Salud Pública
EL MINISTRO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS SABERES
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las previstas en el artículo 209 de la Constitución Política y el articulo 9 Ley 489 de 1998,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia en su Artículo 209 sostiene que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
Que al mismo tenor, en su artículo 211 de la Carta Política establece:
"ARTÍCULO 211.- (...)
La delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad consiguiente."
Que el Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, Concepto del 26 de marzo de 1998, Radicación: 1.089 reiterado en múltiples conceptos el Departamento Administrativo de la Función Pública (030771 de 2022, 081261 de 2022, 123301 de 2021, respecto de la delegación de funciones, sostuvo:
"La delegación - junto con la descentralización y la desconcentración - es uno de los medios establecidos en el Estado de Derecho para el adecuado ejercicio de la función administrativa, toda vez que ésta se encuentra al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en principios rectores, tales como los de eficacia, economía y celeridad, que complementan los de igualdad, moralidad, imparcialidad y publicidad.
Así la concibe la Constitución Política, la cual se refiere a las funciones que el Presidente de la República podrá delegar en los ministros, directores de departamentos administrativos, representantes legales de entidades descentralizadas, superintendentes, gobernadores, alcaldes y agencias del Estado que la ley determine. Precisa que la ley señalará las funciones susceptibles de delegación por parte del Presidente de la República y que ella, igualmente, "fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades" y "establecerá los recursos que se puedan interponer contra los actos de los delegatarios" (Arts. 209 y 211).
Que en cumplimiento a lo ordenado en la Ley 1438 de 2011, articulo 7 parágrafo primero que indica:
"PARÁGRAFO 1. Para los efectos de coordinación créese la Comisión Intersectorial de Salud Pública que se reunirá cada seis (6) meses para hacer seguimiento a las acciones para el manejo de determinantes en salud, la cual informará al CONPES"
Que el Decreto 859 de 6 de mayo de 2014 reglamenta la Ley 1438 de 2011, y crea la Comisión Intersectorial de Salud Pública, la cual está compuesta por:
"Artículo 3. Integrantes de la Comisión Intersectorial de Salud Pública. La Comisión estará integrada por:
1. El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado;
2. El Ministro de Salud y Protección Social o su delegado, quien la presidirá;
3. El Ministro de Trabajo o su delegado;
4. EL Ministro de Minas y Energía o su delegado;
5. El Ministro de Educación Nacional o su delegado;
6. El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible o su delegado;
7. El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio o su delegado;
8. El Ministro de Transporte o su delegado;
9. El Ministro de Cultura o su delegado;
(...).
Con el fin de cumplir las normas precitadas y dada la facultad contenida en el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, dispone que las autoridades administrativas: "podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias", se delega en la Oficina Asesora de Planeación, la participación del Ministro de las culturas en la Comisión Intersectorial de Salud Pública.
En virtud de lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Delegar de manera permanente - en la Oficina Asesora de Planeación, la representación del Ministro de las Culturas las Artes y los Saberes en Comisión Intersectorial en Salud Pública para que cumpla con las funciones contenidas en el artículo 4 del Decreto 859 de 2014.
ARTÍCULO 2. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D. C., a los 15 DIC 2023
JUAN DAVID CORREA ULLOA
Ministro
Ministerio de las Culturas las Artes y los Saberes