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RESOLUCIÓN 562 DE 2023

(diciembre 12)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS SABERES

Por La cual se efectúa una delegación a La Comisión Intersectorial de Propiedad Intelectual -CIPI-.

EL MINISTRO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS SABERES

En ejercicio de sus facultades legales, y en especial Las que le confiere la Ley
489 de 1998, la Ley 1502 de 2011, el Decreto 1162 de 2010 y el Decreto 1650 de 2020

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 1162 de 2010 organiza el Sistema Administrativo Nacional de Propiedad Intelectual con el fin de coordinar las actividades estatales y de los particulares para Lograr un nivel adecuado de protección, uso y promoción de los derechos de propiedad intelectual, incrementando su impacto en La competitividad y productividad del país, con equilibrio entre los derechos de los titulares, el interés público, los intereses de los usuarios del conocimiento, los bienes protegidos y la riqueza cultural nacional.

Que para la coordinación y orientación superior de las políticas comunes en materia de propiedad intelectual y de su ejecución el Decreto 1162 de 2010 crea la Comisión Intersectorial de Propiedad Intelectual- CIPI- integrada por varios funcionarios de diferentes sectores con voz y voto:

“Artículo 5. Integración de la Comisión Intersectorial de Propiedad Intelectual. La CIPI estará Integrada por los siguientes funcionarios con voz y voto:

(...)

*El Ministro de Cultura o su delegado.

(...)”

Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, en consonancia con la Carta Política, dispone que las autoridades administrativas: “podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias”.

Que en múltiples Conceptos (030771 de 2022, 081261 de 2022, 123301 de 2021), el Departamento Administrativo de la Función Pública cita el concepto del H. Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil, 1.089, que, frente a la delegación de funciones, consideró:

“La delegación - junto con la descentralización y la desconcentración - es uno de los medios establecidos en el Estado de Derecho para el adecuado ejercicio de la función administrativa, toda vez que ésta se encuentra al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en principios rectores, tales como los de eficacia, economía y celeridad, que complementan los de igualdad, moralidad, imparcialidad y publicidad.

Así la concibe la Constitución Política, la cual se refiere a las funciones que el Presidente de la República podrá delegar en los ministros, directores de departamentos administrativos, representantes legales de entidades descentralizadas, superintendentes, gobernadores, alcaldes y agencias del Estado que la ley determine.

Precisa que la ley señalará las funciones susceptibles de delegación por parte del Presidente de la República y que ella, igualmente, "fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades" y "establecerá los recursos que se puedan interponer contra los actos de los delegatarios" (Arts. 209 y 211).

(...)

Mediante la delegación, la autoridad administrativa transfiere el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, siempre por acto de delegación (decreto o resolución) y con sujeción a la Constitución o la Ley.”

Que, dada la importancia de esta Comisión, y de los asuntos que allí se discuten y de las facultades constitucionales y legales aquí descritas, es viable y necesario delegar la participación del Ministro de las Culturas para el adecuado desarrollo de la sesión de la Comisión Intersectorial de Propiedad Intelectual- CIPI así como las actividades del Sistema Administrativo Nacional de Propiedad Intelectual.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Delegar de manera permanente en la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Emprendimiento (DEDE) la participación en la Comisión Intersectorial de Propiedad Intelectual- CIPI con Las mismas facultades conferidas en el artículo 5 del Decreto 1162 de 2010

ARTÍCULO 2. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

ADRIANA MOLANO ARENAS

MINISTRA (E)

MINISTERIO DE LAS CULTURAS LAS ARTES Y LOS SABERES

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