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RESOLUCION 400 DE 2016

(marzo 3)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

MINISTERIO DE CULTURA

Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 1158 de 2015

LA MINISTRA DE CULTURA

En uso de las facultades legales que le confiere la Constitución Política,
la Ley 489 de 1998 y el Decreto 1083 de 2015,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 1158 de 2015 se estableció el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Ministerio de Cultura de conformidad con lo establecido en el Decreto 1083 de 2015.

Que por necesidades del servicio se requiere efectuar modificaciones en algunos de los perfiles incluidos en este Manual.

Que en consideración a lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modifiqúense los requisitos de formación académica y experiencia del cargo de ASESOR código 1020 grado 13, ID Ministerio: 54, hoja 58 de la Resolución  1158 de 2015, así:

I. IDENTIFICACION

Denominación del empleoAsesor
Código1020
Grado13
Número de cargosUno (1)
DependenciaGrupo de Gestión Administrativa y de Servicios
Cargo del jefe InmediatoSecretaría General
ID MinisterioSecretario General

II. PROPOSITO PRINCIPAL

Asesorar al Ministerio en la formulación y ejecución de políticas y programas de gestión administrativa y de servicios. Brindar asistencia técnica en el diseño y ejecución de proyectos y programas encaminados a la adecuada gestión de las actividades administrativas y la prestación de los servicios que apoyen el cumplimiento de la misión de la entidad.

III.DESCRIPCIÓN FUNCIONES ESENCIALES

1. Asesorar al Secretario General y demás dependencias en la formulación, implementación, ejecución y seguimiento de las estrategias en el campo administrativo y de servidos requeridas para el normal desarrollo de la entidad.

2. Asesorar y participar en el desarrollo de actividades que garanticen el control y la adecuada prestación de los servicios generales para el correcto funcionamiento del Ministerio,

3. Prestar asistencia técnica en el desarrollo de acciones que permitan el control de los Inventarlos de elementos devolutivos y de consumo, así como el almacenamiento y custodia de bienes y materiales.

4. Administrar los bienes inmuebles del Ministerio de Cultura.

5. Desarrollar acciones encaminadas a garantizar el mantenimiento preventivo y correctivo de los bienes muebles e inmuebles necesarios para el funcionamiento interno del Ministerio.

6. Asesorar el diseño de planes y programas de administración, orientados a consolidar el mejoramiento sostenido de la gestión organlzacional y el fortalecimiento Institucional.

7. Asesorar la formulación de planes y programas institucionales en materia de gestión administrativa y de servicios para
mejorar la funcionalidad y la organización del Ministerio.

8. Absolver consultas, prestar asistencia técnica y emitir conceptos en lo de su competencia para la toma de decisiones relacionadas con la adopción, ejecución y control de los programas y proyectos a cargo de la dependencia.

9. Preparar y presentar los Informes sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y periodicidad requeridas.

10. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño y la naturaleza del empleo.

IV. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Ley General de Cultura y sus decretos reglamentarios.

2. Plan Nacional de Desarrollo.

3. Metodología y normatividad de inventarios en el sector público.

4. Generalidades sobre seguros.

5. Ley General de Presupuesto y Ley de Contratación.

V. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

COMUNESPOR NIVEL JERARQUICO
Orientación a resultadosExperticia profesional
Orientación al usuario y al ciudadanoConocimiento del entorno
TransparenciaConstrucción de relaciones
Compromiso con la organizaciónIniciativa

VI. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y DE EXPERIENCIA

Formación AcadémicaExperiencia
Título Profesional en las disciplinas académicas del núcleo básico de conocimiento en: Administración; Economía; Contaduría Pública; Ingeniería Industrial y Afines; Derecho y Afines.
Título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas afines.
Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley.
Cuarenta y seis (46) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. ALTERNATIVA

Formación AcadémicaExperiencia
Título Profesional en las disciplinas académicas del núcleo básico de conocimiento en: Administración; Economía; Contaduría Pública; Ingeniería Industrial y Afines; Derecho y Afines.
Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley.
Setenta (70) meses de experiencia profesional relacionada.

ARTICULO 2o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición, modifica en lo pertinente la Resolución 1158 de 2015 y todas aquellas que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 3 de marzo de 2016

MARIANA GARCÉS CÓRDOBA

Ministra de Cultura

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