RESOLUCIÓN DM 0181 DE 2023
(abril 20)
Diario Oficial No. 52.378 de 27 de abril de 2023
MINISTERIO DE CULTURA
Por la cual se declara el 2023 como el año Centenario del natalicio de los maestros Álvaro Mutis Jaramillo y Manuel Mejía Vallejo.
EL MINISTRO DE CULTURA (E),
en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 397 de 1997, el Decreto número 1080 de 2015, el Decreto número 2120 de 2018, el Decreto número 317 de 2023, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 70 de la Constitución Política señala que “La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación”;
Que el artículo 71 de la Constitución Política dispuso que “La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades”;
Que el artículo 2o de la Ley 397 de 1997 señala que: “Las funciones y los servicios del Estado en relación con la cultura se cumplirán en conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior, teniendo en cuenta que el objetivo primordial de la política estatal sobre la materia son la preservación del Patrimonio Cultural de la Nación y el apoyo y el estímulo a las personas, comunidades e instituciones que desarrollen o promuevan las expresiones artísticas y culturales en los ámbitos locales, regionales y nacional”;
Que el artículo 17 de la Ley 397 de 1997 dispone que “El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica”;
Que por su parte, el artículo 18 de la Ley 397 de 1997 dispone que “El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales”;
Que el Decreto número 1080 de 2015 establece como objetivos del Ministerio de Cultura formular, coordinar, ejecutar programas y proyectos culturales del Sector Administrativo a su cargo;
Que el artículo 2o del Decreto número 2120 de 2018 señala que, son funciones generales del Ministerio de Cultura: “1. Proteger, conservar, rehabilitar y divulgar el Patrimonio Cultural de la Nación como testimonio de la identidad cultural nacional, tanto en el presente como en el futuro y 2. Fomentar y preservar la pluralidad y diversidad cultural de la Nación”;
Que en el artículo 6o del mencionado decreto se dispone entre las funciones del Despacho del Ministro de Cultura, 1. Formular y promover las políticas, planes, programas y proyectos del sector administrativo y ejercer las funciones de dirección, coordinación y control en las materias de su competencia;
Que con la declaración del “Año Centenario del natalicio” el Ministerio de Cultura busca la promoción y difusión de los valores literarios de la cultura colombiana, por lo que con esta acción se divulga y exalta el trabajo de los maestros Álvaro Mutis Jaramillo y Manuel Mejía Vallejo. Es así como, a partir de la declaración del “Año Centenario del natalicio”, se propician actividades de formación, agenda académica en torno a la literatura colombiana, exhibiciones y otros espacios de reflexión en torno a los mencionados Maestros.
- Del Maestro Álvaro Mutis Jaramillo:
Que Álvaro Mutis Jaramillo (Bogotá, 25 de agosto de 1923 - Cuidad de México, 22 de septiembre de 2013), es una de las más significativas figuras de las letras colombianas del siglo XX;
Que se formó en el Colegio Saint Michel de Bruselas, donde recibió la educación primaria, y a los nueve años debido a la muerte de su padre, Santiago Mutis Dávila, se estableció en Colombia definitivamente;
Que en 1942, trabajó en la emisora Nuevo Mundo, que con los años se convirtió en la matriz de la Cadena Radial Colombiana, Caracol, y fue contratado por la Radiodifusora Nacional como locutor de noticias hasta 1946, cuando la Compañía Colombiana de Seguros lo nombró jefe de redacción de su revista institucional, Vida, donde aparecieron sus primeros escritos y su primer poema titulado “La creciente”;
Que en 1959 publicó en la Revista MITO, como separata, el libro Reseña de los hospitales de ultramar, publicación que significó la aparición en el mundo de las letras del romántico personaje de Maqroll el Gaviero;
Que en 1965 se publicó su libro Los trabajos perdidos, con el que obtuvo el Premio Nacional del nadaísmo para poesía de ese año;
Que en 1973 se publicó en España, Summa de Maqroll el Gaviero (1947-1970), obra que contenía las obras Primeros poemas, Los elementos del desastre, Los trabajos perdidos, Reseña de los hospitales de ultramar y Recuento de ciertas visiones;
Que en 1977 inició la columna semanal “Rincón Reaccionario” en el periódico Uno más Uno, que después continuó en El Sol de México y en el diario Novedades;
Que en 1978 se publicó una segunda edición de La mansión de Araucaíma, junto con los cuatro relatos escritos en la cárcel;
Que en 1982 publicó su libro de poemas Caravansary;
Que en 1983 se le concedió en Colombia el Premio Nacional de Poesía;
Que en 1984 publicó Los emisarios, obra que le valió en México el premio de crítica Los Abriles; y, al año siguiente, Crónica vieja y alabanza del reino;
Que en 1986 publicó La nieve del almirante, primer volumen de la serie Empresas y tribulaciones de Maqroll el Gaviero, y en 1989 obtuvo por esa novela el premio Médicis al mejor libro traducido al francés;
Que en 1987 apareció la segunda obra de la saga, Ilona llega con la lluvia, que le valió la Orden del Águila Azteca;
Que en 1988 la Universidad del Valle le concedió el grado de Doctor honoris causa en letras y recibió el premio Xavier Villaurrutia;
Que en 1989 el Gobierno francés le otorgó la Orden de las Artes y las Letras en el grado de caballero;
Que en 1990 el Gobierno italiano le concedió el premio Nonino al mejor libro extranjero publicado en Italia;
Que en 1993, con motivo de sus setenta años, la Universidad de Antioquia le concedió el grado de Doctor honoris causa en literatura y el Gobierno colombiano le otorgó la Cruz de Boyacá;
Que en 1997 fue galardonado con el Premio Cavour, en Italia, y con el Príncipe de Asturias, en España;
Que en 2001 recibió el máximo galardón de las letras castellanas, el Premio Cervantes;
Que la obra de Álvaro Mutis Jaramillo es una de las más significativas de las letras colombianas de todos los tiempos. Mutis hizo parte de una generación notable de escritores que revitalizaron la lengua y el imaginario del continente;
Se destacó tanto como narrador como poeta con un uso exquisito del idioma y una imaginación prodigiosa. Sus personajes y los lugares en los que trascurren sus historias son parte del acervo literario de la humanidad y su obra es leída, admirada, traducida y estudiada en todo el mundo.
- Del Maestro Manuel Mejía Vallejo:
Que Manuel Mejía Vallejo (Jericó, Antioquia, 1923 - El Retiro, Antioquia, 1998), fue una figura de gran trascendencia en la literatura colombiana;
Que en 1945 publicó su primera novela, La tierra éramos nosotros;
Que en 1947 fue nombrado secretario de auditoría de la Contraloría Departamental de Antioquia y ocupó la presidencia de la Casa de Cultura de Medellín e inició su vida de periodista como colaborador del periódico El Sol de México;
Que en 1949 se vinculó como profesor de literatura del Liceo de la Universidad de Antioquia;
Que en 1950 se radicó en Venezuela y trabajó como redactor de planta del diario Panorama de Occidente, de Maracaibo;
Que en 1951 se publicó en el Magazín Dominical de El Espectador “El milagro”, cuento que fue seleccionado entre los mejores en el VI Concurso Anual del Cuento de Caracas, y en 1952 obtuvo el tercer premio en el mismo evento;
Que en 1955 participó en el Concurso Internacional de Cuento de El Nacional de México con “Tiempo de sequía”, una de sus narraciones más publicadas, con la cual obtuvo un premio;
Que en 1956 consiguió dos primeros puestos: en el XI Concurso Anual de Caracas, con “Al pie de la ciudad”, y en el Concurso Centroamericano de Cuento, en El Salvador, con “La muerte de Pedro Canales”;
Que en 1957 escribió su primer libro de ensayo, Breve elogio de la muerte, ganó el primer premio en el Concurso Nacional de Cuento Folclórico con “Riña para cuatro gallos”, y publicó la primera edición de un volumen de sus cuentos, que tituló Tiempo de sequía;
Que entre 1957 y 1962 ocupó et cargo de Director de la Imprenta Departamental de Antioquia, empleo desde el cual adelantó importantes iniciativas culturales, entre las que se destacan la reiniciación en 1958 de la Colección de Autores Antioqueños, y en 1961 el Primer Festival del Libro Antioqueño;
Que en 1958 editó un segundo y un tercer volúmenes de Al pie de la ciudad y Cielo cerrado;
Que en 1963 fue nombrado director de la Emisora Cultural y de la Imprenta de la Universidad de Antioquia;
Que en 1964 obtuvo el Premio Nadal con la novela El día señalado, en España, además, se vinculó como profesor de historia del arte en el Instituto de Artes de Medellín, actividad en la que permaneció hasta 1967;
Que en 1967 publicó su cuarto volumen de relatos, Cuentos de zona tórrida y fue nombrado profesor de español y Literatura de la Universidad Nacional de Medellín, centro docente en el que trabajó hasta 1981;
Que fue condecorado en 1968 con la Estrella de Antioquia;
Que en 1972 Manuel Mejía Vallejo obtuvo una mención especial en el Premio Casa de Las Américas, de Cuba, por su novela Las muertes ajenas;
Que en 1973 la novela Aire de tango fue premiada en la Primera Bienal de Novela Colombiana y obtuvo también el Premio Vivencias de Cali;
Que en 1976 publicó su quinto volumen de cuentos, Las noches de la vigilia, en la colección Biblioteca Básica Colombiana del Instituto Colombiano de Cultura;
Que en 1978, acorde con su vocación pedagógica, comenzó a dirigir el taller de escritores de la Biblioteca Pública Piloto de Medellín;
Que en 1979 estuvo como colaborador del diario El Mundo, de Medellín y su novela Tarde de verano fue laureada en el Concurso Plaza y Janés;
Que en 1980 participó en el Primer Encuentro de Escritores Latinoamericanos en la Universidad de La Sorbona (París) y publicó el Libro de coplas, Prácticas para el olvido;
Que en 1984, durante la presidencia de Belisario Betancur, fue condecorado con la Orden de San Carlos;
Que en 1986 y 1987, Mejía Vallejo recibió dos lauros importantes como reconocimiento a su labor lite aria: doctor honoris causa de la Universidad Nacional y Orden al Mérito Literario en Cali;
Que en 1989 su novela La casa de las dos palmas, fue galardonada con el prestigioso Premio Rómulo Gallegos;
Que en 1990 publicó un complemento a su trabajo sobre la provincia antioqueña, el volumen de cuentos Otras historias de Balandú, y en 1991 otra novela sobre el mismo tema, Los abuelos de cara blanca;
Que en 1992 escribió el texto para el libro de fotografía Colombia campesina;
Que en 1993, con motivo de sus setenta años, se le rindieron diversos homenajes y publicó su último volumen de cuentos, Sombras contra el muro;
Que es uno de los autores colombianos de quien más obras han sido llevadas a la pantalla de televisión: El día señalado, Las muertes ajenas y La casa de las dos palmas, adaptadas por programadoras colombianas con un notable éxito de audiencia;
Que el 8 de marzo del 2013 se sancionó la Ley 1619 de 2013, por la cual se rinde homenaje a la memoria, vida y obra del intelectual, librepensador y escritor antioqueño y se decretan disposiciones y efectos en su honor;
Que, por la vastedad y profundidad de su obra, por sus inmensos aportes como escritor, catedrático, periodista y gestor, por la manera en la que sus historias se han integrado a la cultura popular, por los importantes reconocimientos que recibió a lo largo de su vida, Manuel Mejía Vallejo es una figura fundamental de la literatura colombiana;
Que el proyecto de resolución junto con su memoria justificativo será publicado en el Sistema Único de Consulta Pública (SUCOP), conforme a las reglas consignadas para estos efectos en el Decreto número 1081 de 2015 en su artículo 2.1.2.1.14, con aplicación de la excepción de publicación por un plazo inferior que se encuentra en el artículo citado, y establece la posibilidad de hacerlo en un menor tiempo, siempre y cuando se señalen las razones y las argumentaciones que se requieren, a fin de determinar por qué se debe hacer la publicación en la página web para comentarios de la ciudadanía en un menor tiempo. Sobre este particular, la norma señala:
“Excepcionalmente, la publicación podrá hacerse por un plazo inferior, siempre que la entidad que lidera el proyecto de reglamentación lo justifique de manera adecuada. En cualquier caso, el plazo deberá ser razonable y ajustado a la necesidad de la regulación”;
Que en ese sentido, conmemora el año centenario del natalicio de tan célebres Maestros de la Literatura Colombiana, es un acto de agradecimiento y exaltación a la memoria de los Maestros, que no justifica la publicación por el tiempo ordenado y el ajustar este plazo en nada afecta la regulación existente desde lo sustancial, como tampoco la vulneración de derechos del público en general y amantes de la literatura, por lo que son inexistentes consideraciones adicionales que determinen un plazo completo en cuanto a la exigencia establecida en el artículo 2.1.2.1.14 de la norma arriba citada, por lo que es razonable señalar unos tiempos más reducidos para adelantar la publicación del proyecto en cuestión por un término de tres (3) días calendario;
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Declárese el año 2023 como el Año del Centenario del natalicio de los maestros Álvaro Mutis Jaramillo y Manuel Mejía Vallejo, para conmemorar su nacimiento, honrar su memoria y promover la divulgación de su vida, obra y aporte a la literatura colombiana, como materia de interés para las nuevas generaciones de artistas.
ARTÍCULO 2o. Promuévase en el marco de las actividades del campo literario en las que participa el Ministerio de Cultura, acciones de formación, agenda académica y exposiciones que permitan conmemorar la memoria de estos escritores.
ARTÍCULO 3o. Créase un comité académico para asesorar y coordinar las actividades que serán realizadas con motivo de esta celebración. Forman parte de este comité académico los siguientes funcionarios: la Directora de la Biblioteca Nacional de Colombia, la Directora de Artes del Ministerio de Cultura y el director del Instituto Caro y Cuervo, o quienes hagan sus veces.
ARTÍCULO 4o. Contra la presente resolución no procede recurso alguno.
ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
20 de abril de 2023.
El Ministro de Cultura (e),
Jorge Ignacio Zorro Sánchez